caso Avalmadrid

El Gobierno madrileño del PP intentó esquivar el expediente del Banco de España sobre Avalmadrid escudándose en su “inimputabilidad”

Sede de la entidad semipública Avalmadrid.

El Gobierno madrileño del PP ha intentado por todos los medios salir airoso del expediente abierto por el Banco de España sobre las irregularidades detectadas en la entidad semipública Avalmadrid. La Consejería de Economía de la Comunidad de Madrid trató de esquivar las posibles sanciones que le puede imponer el supervisor bancario escudándose en su supuesta “inimputabilidad” tanto en el ámbito penal como en el administrativo, según consta en el pliego de cargos del pasado mes de julio al que ha tenido acceso infoLibre. Unas alegaciones que, sin embargo, el Banco de España desestimó de plano aseverando que “la traslación de los principios penales al procedimiento administrativo sancionador no es mecánica ni automática”. Con este argumento rechazado, el supervisor bancario decidió mantener en la lista de expedientados al departamento que en la actualidad dirige Manuel Giménez, para el que se ha propuesto una multa de 50.000 euros por el incumplimiento de dos de los tres requerimientos que el Banco de España hizo a Avalmadrid hace siete años.

El origen del expediente se remonta al año 2012, cuando el supervisor bancario llevó a cabo una investigación sobre la entidad semipública, que se encuentra en el ojo del huracán por el préstamo de 400.000 euros que concedió a la firma MC Infortécnica, participada por los progenitores de la actual presidenta madrileña, Isabel Díaz Ayuso. Las pesquisas concluyeron con un duro informe, de fecha 6 de noviembre de 2012, en el que los inspectores incluían tres requerimientos dirigidos a Avalmadrid para solventar algunas de las deficiencias detectadas durante la investigación. La entidad semipública se comprometió a cumplir con las exigencias del Banco de España a partir del 1 de enero de 2013. Sin embargo, cuatro años después y tras una nueva investigación, el supervisor bancario descubrió que Avalmadrid no había dado cumplimiento en tiempo y forma a dos de los tres requerimientos: el relativo a la política de reducción de concentración de riesgos y el referente al seguimiento del riesgo.

El Banco de España, en relación con la primera de las exigencias, destacó en el pliego de cargos del pasado mes de julio que a pesar de que la entidad semipública comunicó al supervisor bancario que “el 1 de enero de 2013 implementaría las medidas para dar cumplimiento al señalado requerimiento, estableciendo con carácter general que el límite máximo por operación financiera sería el de las cantidades máximas de reaval estatal y autonómico”, adoptó con posterioridad a esa fecha “acuerdos contradictorios con ese límite”. En cuanto al segundo requerimiento incumplido, el Banco de España detectó en su segunda investigación incidencias tales como que la revisión de los riesgos “no siempre” se estaba efectuando con la “periodicidad establecida en el Manual de Seguimiento de Riesgos”, que “con frecuencia” los informes de seguimiento eran “deficientes para explicar la situación actual y evolución del negocio avalado” o que en estos no se aportase “información” sobre la posibilidad “de obtener o ejecutar garantías”.

Economía alega “inimputabilidad”“inimputabilidad”

Con estos hechos probados, el Banco de España decidió mantener como imputada por el incumplimiento de los dos requerimientos a la Consejería de Economía y Hacienda de la Comunidad de Madrid, que ha ocupado durante el periodo analizado la presidencia del Consejo de Administración y de la Comisión Ejecutiva de Avalmadrid, además de formar parte de la Comisión Delegada de Riesgos, según especifica el supervisor bancario. Además, el pliego de cargos también tiene en consideración que Economía “recordó en varias ocasiones” al resto del Consejo de Administración “los requerimientos del Banco de España y adoptó algunas iniciativas al respecto”. Asimismo, señala que estuvo presente en la reunión que dio lugar a que la entidad finalmente “cumpliese con el requerimiento relativo a la política de disminución de la concentración de riesgos”, un cónclave que se celebró el 4 de julio de 2014 a pesar de que Avalmadrid se había comprometido con el Banco de España a dejar solventado este asunto el 1 de enero de 2013.

El Banco de España propuso entonces imponer a la Consejería de Economía una multa de 50.000 euros. Y lo hizo después de analizar y rechazar las alegaciones planteadas por el departamento. Una defensa que se centró, principalmente, en su supuesta inimputabilidad. “La Comunidad de Madrid, en tanto que Administración Pública territorial de relevancia constitucional, que debe estar al margen de injerencias en el ejercicio de sus funciones públicas, goza de inimputabilidad tanto en el ámbito penal como en el ámbito administrativo sancionador, por la necesaria aplicación en éste de los principios penales”, sostuvo Economía en sus alegaciones. En este sentido, puso sobre la mesa el artículo 31 quinquies del Código Penal, que establece que “las disposiciones relativas a la responsabilidad penal de las personas jurídicas” no serán aplicables “al Estado”, a las “administraciones públicas territoriales e institucionales”, a los “organismos reguladores” o a las “agencias y entidades públicas empresariales”, entre otras.

El Banco de España rechaza el argumento 

Pero el supervisor bancario rechazó el intento de esquivar el expediente. En el pliego de cargos del pasado mes de julio, el Banco de España sostiene que “la traslación de los principios penales al procedimiento administrativo sancionador” no es “mecánica ni automática”. Si bien el supervisor reconoce que en el ámbito del derecho penal se ha previsto una norma –el artículo 31 quinquies del Código Penal– que “exime” a las administraciones públicas territoriales “de las disposiciones relativas a la responsabilidad penal de las personas jurídicas”, añade que “el legislador, pudiendo hacerlo, no ha previsto una norma análoga en el ámbito del derecho administrativo sancionador –en el que se conoce de conductas menos graves que las propias del derecho penal, con sanciones acordes a tales conductas–”.

“Antes al contrario, el legislador ha optado expresamente por aplicar a las sociedades de garantía recíproca –como lo es Avalmadrid– y a quienes ostenten cargos de administración y dirección de las mismas el régimen disciplinario propio de las entidades de crédito”, señala el Banco de España, que añade que esto se ha hecho “teniendo bien presente, como reconoce la expedientada, la ‘participación fundamental de la Administración pública’ en dichas sociedades y el hecho de que las Administraciones Públicas pueden ser socios protectores de las sociedades de garantía recíproca y, en tanto que tal, miembros del Consejo de Administración de la entidad”. “Es decir, asumiendo que entre los sujetos sometidos a ese régimen disciplinario estarían las Administraciones Públicas”, completa el supervisor bancario, que considera que con estos mimbres es improcedente “querer trasladar de manera acrítica y automática” la norma especial del ámbito penal al administrativo sancionador.

Consejeros cubiertos por un seguro

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El Banco de España, tras estudiar todas las alegaciones planteadas por los expedientados, decidió el pasado mes de julio reducir la lista de imputados y hacer las diferentes propuestas de multa, que en todos los casos se situaron en el tercio inferior de la horquilla sancionadora. Así, propuso, en primer lugar, una sanción de 100.000 euros para la entidad semipública. Además, planteó multas para otros 17 cargos de administración y dirección de Avalmadrid: siete de ellas son personas jurídicas –Consejería de Economía de la Comunidad de Madrid, Cámara Oficial de Comercio e Industria, Gesmare Sociedad Gestora, Valoración y Control SL, Participaciones y Cartera de Inversión SL, Banco Santander y CEIM Confederación Empresarial de Madrid CEOE– y una decena más personas físicas –Fernando Rodríguez Sousa, Alfonso Carcasona, Juan Luis Fernández-Rubíes, Jesús Martín, Jesús Alejandro Vidal-Anchía, José María Rotellar, Jorge Morán, Juan Pablo Lázaro Montero de Espinosa, Pedro Irigoyen y Juan Iranzo–.

Estos diez últimos consejeros suman entre todos 276.000 euros de multa, siendo la sanción más alta la que se ha propuesto para Rodríguez Sousa (50.000 euros). Sin embargo, algunos de ellos ni siquiera tendrán que pagarlas de su propio bolsillo. Según ha informado este lunes la Cadena SER, Avalmadrid firmó en octubre de 2015 una póliza de seguros con la compañía CHUBB que permite a los consejeros de la entidad tener asegurada una cobertura de “hasta 500.000 euros” por sanciones administrativas que les puedan ser impuestas, siempre y cuando no se aprecie dolo o intencionalidad en las conductas. A algunos de los consejeros ya les han confirmado por escrito que no pagarán un euro en su bolsillo. En otros casos, sin embargo, hay alguna duda dado que el seguro no cubre sanciones relativas a la gestión anterior a la entrada en vigor de la póliza. En este caso, el periodo que comprende el expediente sancionador del Banco de España comprende desde 2012 hasta 2018.

[Puedes consultar aquí todas las informaciones desveladas por infoLibre sobre el caso Ayuso].

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