Tribunales

El 'caso Alsasua' llega al Supremo alejado del "fantasma del terrorismo"

Manifestación Alsasua

Continúa el viacrucis judicial de los jóvenes de Alsasua. Tres años después de la agresión en un bar de la localidad navarra a dos guardias civiles fuera de servicio y sus parejas, el Tribunal Supremo se encargará este miércoles de revisar en vista pública la condena de entre 2 y 13 años de cárcel que la Audiencia Nacional impuso a los ocho acusados por los delitos de atentado contra un agente de la autoridad, lesiones, desórdenes públicos y amenazas. Las defensas, que se muestran “razonablemente esperanzadas” en los recursos interpuestos, exigirán ante el Alto Tribunal la absolución de sus representados. La Fiscalía, por su parte, intentará rebatir estos escritos y pedirá a la Sala de lo Penal del Supremo que mantenga las penas que fueron impuestas. En la vista pública, sin embargo, no se entrará a valorar el delito de terrorismo que el Ministerio Público defendió hasta el último minuto y que la Audiencia Nacional finalmente no apreció. Y no lo hará porque la Fiscalía del Alto Tribunal renunció pedir al Supremo esta calificación.

Los hechos se remontan al 15 de octubre 2016, cuando un teniente y un sargento de la Guardia Civil y sus dos parejas fueron agredidos en el bar Koxka, en la localidad navarra de Alsasua. Pocas horas después, la pelea ya estaba presente en gran parte de los medios de comunicación. Desde la delegación del Gobierno, se empezó a deslizar que los agresores “podrían” estar vinculados a la izquierda abertzale. En la misma línea se pronunciaron la Unión de Guardias Civiles (UGC) y la Asociación Española de Guardias Civiles (AEGC). La primera aseguró tener “constancia” de que estas personas podrían “estar vinculadas al movimiento denominado Ospa Eguna, de la izquierda radical abertzale, para reclamar la expulsión de las fuerzas de seguridad estatales de País Vasco y Navarra, una vieja reclamación de ETA”. “Una vez más los valientes gudaris, haciendo gala de una cobardía sin parangón, (…) se han lanzado cual jauría de perros rabiosos contra unos servidores públicos por el simple pecado de ser Guardia Civil”, apuntó la AEGC.

El Colectivo de Víctimas del Terrorismo (Covite) interpuso, cuatro días después de la agresión, una denuncia en la Audiencia Nacional al considerar que la agresión podría enmarcarse dentro de los delitos de odio y terrorismo. Fue entonces cuando la jueza Carmen Lamela preguntó a la Fiscalía sobre su competencia para investigar los hechos. Y el Ministerio Público no lo dudó. “Se trata de graves hechos delictivos contra la integridad física de miembros de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad realizados con el propósito de atemorizar a colectivos que no comparten sus ideas y generando una grave alteración para la paz pública”, apuntó la Fiscalía de la Audiencia Nacional en su escrito, en el que consideraba que los hechos sucedidos en Alsasua están enmarcados “dentro de la campaña de hostigamiento que sufren los agentes en determinadas localidades del País Vasco y Navarra”. Lamela acogió la tesis del Ministerio Público, se declaró competente, comenzó a investigar lo sucedido y acordó practicar las primeras diligencias.

Una agresión convertida en terrorismo

Un mes después de la agresión en el bar Koxka, la magistrada decidió procesar a 9 jóvenes –finalmente en el banquillo de los acusados se sentarían 8–, a los que atribuyó un presunto delito de terrorismo en concurso con atentado, lesiones y odio, una calificación que rechazaron miles de personas en una multitudinaria manifestación en la localidad navarra en la que participaron partidos como el PSOE, Podemos, PNV o EH Bildu. También la Audiencia de Navarra rechazó en los meses posteriores que los hechos pudieran ser constitutivos de un delito de terrorismo al entender que “no” podía “deducirse” que lo que se pretendía con la agresión era “alterar gravemente la paz pública o generar un estado de terror en la población o en una parte de ella”. Por ello, instó al Juzgado de Instrucción número 3 de Pamplona, que conoció de los hechos en primer lugar, a plantear una cuestión de competencia ante el Supremo, que terminó considerando competente a la Audiencia Nacional para continuar llevando las riendas del proceso.

El juicio contra los jóvenes de Alsasua arrancó en abril de 2018, dos días después de otra multitudinaria marcha de apoyo que aglutinó a decenas de miles de personas. En el banquillo de los acusados se sentaron Ohian Arnanz, Jokin Unamuno, Adur Ramírez, Aratz Urrizola, Julem Goikoetxea, Jon Ander Cob, Iñaki Abab y Ainara Urquijo. El Ministerio Público solicitó para todos ellos penas que sumaban 375 años de prisión. Un par de meses después, la Audiencia Nacional hizo público el fallo, en el que se condenó a los acusados a penas que oscilaron entre los 2 y los 13 años de cárcel –frente a la horquilla de entre 12 años y medio y 62 años y medio que pedía la Fiscalía– por los delitos de atentado contra los agentes de la autoridad, lesiones, desórdenes públicos y amenazas. Aunque los magistrados descartaron el delito de terrorismo al no considerar “plenamente acreditada la finalidad terrorista de la acción”, sí que señaló que los acusados actuaron por “movidos por la animadversión y menosprecio hacia la Guardia Civil y por motivos claramente ideológicos”.

Ministerio Público y acusaciones –AUGC y Covite– recurrieron el fallo de la Sala de lo Penal e insistieron en la tipificación que habían planteado hasta ese momento. Pero, de nuevo, la Sala de Apelaciones de la Audiencia Nacional rechazó que los hechos pudieran encuadrarse en el 532 del Código Penal: “Los acusados eran menores de edad cuando, al inicio de esta década, la banda terrorista manifestó que abandonaba la lucha armada y dejó de estar operativo el denominado frente armado, por lo que difícilmente hubieran asumido y mantenido en el tiempo este ideario con dicha edad”. Tras este nuevo varapalo, tanto la Fiscalía como las acusaciones decidieron no recurrir ante el Supremo, aunque Covite sí que había anunciado en un primer momento su intención de llevar el asunto ante el Alto Tribunal. Por el contrario, las defensas de los ocho condenados sí que presentaron sus respectivos recursos, escritos que serán analizados por el tribunal presidido por Andrés Martínez-Arieta y en los que se pide la absolución de los jóvenes.

Mantener las penas o absolución

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En la vista de este miércoles, por tanto, los magistrados no entrarán en el debate de si se incurrió o no en un delito de terrorismo tras el rechazo del Ministerio Público del Supremo y de las acusaciones de pedir al Alto Tribunal esta calificación. La Fiscalía, por tanto, se encargará de defender que se mantengan las penas impuestas por la Sala de Apelaciones de la Audiencia Nacional –sólo modificó respecto de la primera sentencia la condena a Iñaki Abad– y de rebatir los recursos de apelación interpuestos por las defensas. Así, en un informe remitido al Supremo, el fiscal Álvaro Redondo pide impugnar los recursos al considerar que existe “prueba suficiente y válida” tanto de la agresión sufrida por los agentes de la Guardia Civil y sus parejas como del delito de desórdenes públicos. Además, sostiene que las lesiones vienen agravadas por la discriminación por motivos ideológicos de la que fueron víctimas los guardias civiles y defiende que los magistrados del tribunal enjuiciador no actuaron de forma sesgada.

Los abogados de los acusados, por su parte, pedirán la absolución de sus representados, aunque alguno también podría plantear como alternativa o una reducción de condena o la eliminación de agravantes. Fuentes de las defensas señalan, en conversación con infoLibre, que están “razonablemente” esperanzadas porque salen definitivamente “fuera del ámbito de la Audiencia Nacional, de la falta de garantías e imparcialidad” a donde les llevó “el fantasma del terrorismo agitado por las acusaciones”, que “ha producido mucho ruido mediático”. “Ahora el debate podrá ser mucho más sereno y en términos jurídicos”, sostienen esas mismas fuentes, que consideran “muy deficientes” las sentencias de la Audiencia Nacional. A lo largo de la vista, concluyen, la mayor parte de las defensas plantearán cuestiones tales como la “falta de garantías”, la ausencia de “imparcialidad”, la “infracción del principio de presunción de inocencia”, la “adecuada tipificación de los hechos”, la “individualización de la pena arbitraria” o la “indescriptible agravante de discriminación ideológica”.

Mientras tanto, los familiares de los condenados siguen moviéndose en la arena política. El pasado viernes, comparecieron en el Parlamento de Navarra a petición de Geroa Bai, EH Bildu, Podemos e Izquierda-Ezkerra. Durante su intervención en la Cámara autonómica, los familiares de los jóvenes pidieron el apoyo de las formaciones navarras frente a lo que calificaron “una situación judicial totalmente extraordinaria” y reclamaron a los partidos que “hagan todo lo que esté en sus manos para terminar con este sufrimiento”. Además, se preguntaron si con este caso no se había hecho “una clara banalización del concepto terrorismo” y denunciaron la vulneración de derechos de sus hijos, entre ellos el derecho a la presunción de inocencia, a la intimidad y al honor y a la libertad provisional. En este último aspecto recordaron que algunos de los condenados llevan ya más de un millar de días en prisión. Es el caso de Ramírez, Arnanz y Unamuno. Otros cuatro acumulan ya en la cárcel casi 500 días. Sólo Urquijo, que salió de la Audiencia Nacional con la pena más baja, ha conseguido librarse.

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