Tribunales

Torra se juega su futuro como 'president'

El 'president' de la Generalitat, Quim Torra.

El conflicto catalán sigue enredándose en los tribunales. Un mes después de que el Supremo emitiera su histórica sentencia por el procés, el foco mediático se traslada ahora al Tribunal Superior de Justicia de Cataluña. El president de la Generalitat, Quim Torra, se sentará este lunes en el banquillo acusado de un delito de desobediencia por el tira y afloja que mantuvo durante diez días con la Junta Electoral Central a raíz de la presencia en edificios públicos dependientes de la Generalitat de simbología vinculada al movimiento independentista en pleno proceso electoral. Sobre la mesa, una petición de inhabilitación que podría precipitar la celebración de nuevos comicios y que se mueve entre el año y ocho meses que pide la Fiscalía y los dos años que solicita Vox, que ejerce la acusación popular.

La vista oral llega tras la decisión del Ministerio Público de abrir una investigación sobre “la posible trascendencia penal” derivada de la tramitación en el Parlament de varias mociones a favor de la autodeterminación. Iniciativas sobre las que el Tribunal Constitucional ha advertido en diferentes ocasiones.

Los hechos que serán objeto de enjuiciamiento, en sesiones de mañana y tarde, se remontan al pasado mes de marzo. Cuando quedaba poco más de un mes para la celebración de las elecciones generales del 28 de abril, Ciudadanos decidió presentar una queja ante la Junta Electoral Central (JEC) por la presencia en edificios públicos de lazos amarillos y pancartas a favor de los políticos encarcelados. El organismo dio al president 48 horas para que procediera a la “inmediata retirada” de estos “símbolos partidistas utilizados por formaciones electorales concurrentes a las elecciones”. Y lo hizo recordando que “la ley prohíbe a los poderes públicos tomar partido” durante unos comicios. Tras el acuerdo, comenzó el tira y afloja. Torra presentó un escrito pidiendo a la JEC que reconsiderase su decisión. El organismo electoral, por su parte, respondió insistiendo en que “el derecho fundamental a la libertad de expresión de los empleados públicos” no incluía “la utilización de edificios y lugares públicos de forma partidista” y dando un nuevo ultimátum de 24 horas. 

Con el segundo pronunciamiento de la Junta Electoral Central, el president decidió sustituir la pancarta con el lazo amarillo que colgaba de un balcón del Palau de la Generalitat por otra con la misma frase –“Llibertat presos polítics i exiliats” (“Libertad presos políticos y exiliados”)– junto a un lazo blanco con una franja roja. Horas después, el organismo electoral adoptó un nuevo acuerdo en el que se requería al conseller de Interior, Miquel Buch, para que diera instrucciones a los Mossos d’Esquadra para la retirada de “banderas esteladas, lazos amarillos o blancos con rayas rojas u otros de análogo significado, fotografías, carteles o cualquier otro símbolo partidista o que contenga imágenes o expresiones coincidentes o similares a las utilizadas por cualquiera de las entidades políticas concurrentes a las elecciones”. “La actuación llevada a cabo, que no puede entenderse o valorarse ni tan siquiera como un intento de cumplimiento formal, no tiene otra finalidad que eludir o burlar los requerimientos emitidos”, aseveraba entonces la Junta Electoral Central.

El mandato se terminó cumpliendo finalmente sin incidencias. Pero a pesar de ello, el Ministerio Público se inclinó por interponer ante el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña una querella contra el líder del Ejecutivo catalán por un supuesto delito de desobediencia. El escrito fue admitido a trámite al considerar que “la relación circunstanciada de hechos” que incorporaba presentaba “a priori una apariencia delictiva”a priori y aportaba “un principio de prueba de los mismos”, aunque dejaba claro que la resolución no asumía ni daba por supuestas “todas y cada una de las valoraciones fácticas y jurídicas” que contenía la querella. Se designó entonces al magistrado Carlos Ramos como instructor y el partido de extrema derecha Vox se sumó a la causa como acusación popular. Tres meses después de la admisión a trámite, el instructor decretó la apertura de juicio oral contra el president. Y la Sala Civil y Penal del TSJC acordó que la vista se celebrara los días 27 y 28 de septiembre, semana y media antes de que el Supremo hiciese pública la esperada sentencia del procés.

“Un caso flagrante de falta de imparcialidad”

Pero el calendario que se manejó inicialmente terminó trastocándose después de que la defensa de Torra decidiese recusar tanto al instructor de la causa como a los magistrados Jesús Barrientos y Mercedes Armas, designados para formar parte del tribunal encargado de enjuiciar al president. Al primero le acusaba de estar “estrechamente vinculado” al PSC porque fue nombrado magistrado del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña a propuesta de esta formación. En cuanto a los otros dos jueces, la defensa alegaba que habían participado anteriormente en la causa –firmaron el auto de admisión a trámite de la querella de la Fiscalía– y, por tanto, “el fondo del objeto del debate” resultaría “objetivamente contaminado”. En el caso de Barrientos, presidente del TSJC, ponía también sobre la mesa algunas de sus declaraciones públicas “sobre temas que entran de lleno en el objeto del debate propio del juicio oral”, lo que, a juicio de la defensa, constituye “un caso flagrante de falta de imparcialidad”.

El alto órgano judicial en Cataluña decidió entonces aplazar el juicio hasta el 18 de noviembre para resolver las recusaciones planteadas. La que afectaba al propio instructor de la causa fue rechazada por él mismo con un auto en el que acusaba al recusante de reincidir “en su afán por atribuir propósitos e intenciones espurias a este instructor”. También fueron tumbados los incidentes contra Barrientos y Armas. El hecho de que ambos interviniesen en el auto de admisión a trámite “no constituye desde el punto de vista procesal una ‘instancia’ diferente de la del plenario” a ojos de la Sala de Apelaciones, que también destacó que el propio contenido de dicho escrito “no revela la sospecha o recelo de pérdida de imparcialidad”. En el caso específico de Barrientos, el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña concluyó que ni sus declaraciones públicas en relación con Cataluña ni sus palabras a favor de la retirada de los lazos amarillos son “muestra reveladora de una pérdida de imparcialidad objetiva o subjetiva”.

Peticiones de inhabilitación de más de un año

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Cuatro meses después de que se dictara el auto de apertura del juicio oral, el líder del Ejecutivo catalán se sentará finalmente este lunes en el banquillo. Lo hará tras la decisión de la Fiscalía de abrir una investigación sobre “la posible trascendencia penal” derivada de la tramitación en el Parlament de varias mociones a favor de la autodeterminación. En su escrito de acusación, el Ministerio Público señala que Torra “desatendió abiertamente” los requerimientos de la JEC a pesar de ser “consciente de su obligación” de cumplirlos. Un “desprecio absoluto” a acatar la orden, en palabras de la Fiscalía, que se vio con la sustitución de la pancarta inicial por la segunda con el mismo mensaje y el lazo blanco. “Ha actuado con conocimiento del deber de acatamiento que le incumbía; a sabiendas de las consecuencias de no obedecer a la Junta Electoral Central; vulnerando de forma manifiesta y a conciencia la obligación de los poderes públicos de mantener la neutralidad política durante los procesos electorales; y manteniendo su habitual pulso al Estado de derecho”, señala Vox en su escrito.

La Fiscalía solicita para el president una pena de un año y ocho meses de inhabilitación especial para el ejercicio de cargos públicos electivos, ya sean a nivel local, autonómico, estatal o europeo, así como para el ejercicio de funciones de gobierno en los mismos ámbitos, una condena que lleva aparejada la privación definitiva de los honores que le sean anejos. La extrema derecha, por su parte, le acusa de un delito de desobediencia o, subsidiariamente, uno de denegación de auxilio y pide dos años de inhabilitación. Además, tanto Ministerio Público como acusación popular exigen imponer también a Torra una multa que va desde los 30.000 euros que solicita la Fiscalía a los 72.000 euros que pide la ultraderecha para el líder del Ejecutivo catalán.

El escrito de defensa, por su parte, se limita a dejar claro que no están conformes con el relato de la acusación. “Sin que existan hechos constitutivos de delito alguno, no cabe hablar ni de autoría, ni de circunstancias modificativas, ni de pena, ni de responsabilidad civil derivada de un delito que no se ha cometido”, apunta la representación de Torra. Uno de los puntos en los que se podría centrar la defensa sería el de la obligación o no de acatar los requerimientos emitidos por la Junta Electoral Central. Sin embargo, la representación de Torra, encarnada en los abogados Gonzalo Boye e Isabel Elbal, ha decidido esconder hasta el juicio su línea defensiva. Las cartas se pondrán boca arriba este mismo lunes. Mientras tanto, el president de la Generalitat se limita a asegurar que una eventual inhabilitación sería “una de las acciones más ridículas y desmesuradas en una persecución delirante al independentismo”.

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