¿Y por qué no también una sustanciosa indemnización por daños y perjuicios? ¿O es que va a resultar ahora que pasarse por el forro la Constitución, el Estatut, los dictados judiciales, etc., va a ser penalmente enjuiciable e incluso condenable? ¿Hasta dónde va a llegar la represión?
Un comentarista, ante en otro artículo de estas mismas páginas, decía hoy mismo: “se ha condenado a quien no se podía, pues gozaba de 'impunidad', por lo que el juicio es nulo”. Curioso lapsus (confundir inmunidad con impunidad), que seguramente es involuntario, pero que inevitablemente remite a un sobreentendido común en la “fe”-ligresía secesionista. Esto es, que el juicio es nulo no porque lo dice el TJEU (que no lo dice), sino porque en última instancia los hoy encarcelados o huidos no cometieron ningún delito, ya que su iluminismo secesionista les conferían automáticamente, no ya la inmunidad, sino la impunidad más absoluta para hacer lo que hicieron y más.
Y así seguimos tras las sentencia del TJEU, de ensoñación en ensoñación (o por mejor decir, así siguen los crédulos independentistas de base, que los de arriba a estas alturas lo tienen bien claro y por eso algunos ya están armando otras escapatorias... personales, naturalmente).
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Y dos huevos duros.
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Ocultar 1 RespuestasY ademas deberían pedir que suelten a los otros condenados que no son eurodiputados. Pero igual son demasiados huevos duros y les da la risa a ellos mismos. Pero, oye, si te has inventado una independencia y una republica ¿ como no te vas a sacar de la manga una absolución?
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www.infolibre.es ISSN 2445-1592
La Constitución obliga a todas las entidades del Estado a facilitar, al cargo electo, que pueda coger sus credenciales. ¿Porqué el Supremo incumplió la Constitución y no le permitió a Junqueras a coger sus credenciales? Ha tenido que recordárselo un jurado de la CE. ¿Es que el Supremo no quiere oír?
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Pues no mire, de hecho el TS fue el que hizo la consulta al Tribunal europeo por no haber jurisprudencia sobre la materia. De hecho fue al Congreso a recoger sus credenciales como diputado, o no ?
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El TS planteó una cuestión perjudicial. Como el propio tėrmino indica, debería haber suspendido la publicación de la sentencia hasta recibir la contestación del Tribunal de Luxemburgo. Porquė no lo hizó? Por soberbia, por arrogarse la defensa de la unidad del estado? Habia mucha prisa por presentar una sentencia y , ante un hecho consumado, que no hubiese vuelta atrás. Esto acabará en el Tribunal de Derechos Humanos, ya que se han vulnerado derechos fundamentales.
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Lamento haber señalado el dedo verde, en lugar del rojo, procedente.
Las cuestiones prejudiciales:
- ¿tienen plazo?
- ¿existe el silencio administrativo? y/o,
- ¿existe procedimientos de urgencia a necesidad del Estado miembro, habilitando los medios informáticos al uso, para abreviar al máximo la efectividad de la respuesta?
[Recomendaciones. Tribunal de Justicia de la Unión Europea. A los órganos jurisdiccionales nacionales, relativas al planteamiento de cuestiones prejudiciales (218/C 257/1-38/6 ES Diario Oficial de la Unión Europea]
Es interesante transcribir parte -a mi criterio- fundamental del texto DOL 265 de 29/9/2012 p.I...:
..."Como la responsabilidad de la futura resolución judicial, recae en el órgano jurisdiccional nacional, es a éste órgano -y únicamente a él- a quien corresponde apreciar, habida cuenta de las particularidades de cada asunto, tanto la necesidad de una petición de decisión prejudicial para poder emitir su fallo como la pertienencia de los criterios que plantee el TJUE."
art 267 TFUE, párrafo 2º, art 23bis del Estatuto; Procedimiento acelerado art 105 a 114 del Reglamento de Procedimiento.
Las defensan pueden utilizar las fórmulas que entienda favorables para la resolución de la causa de sus clientes, esto es así. Pero, aparte del nivel chamarilero, que como he mencionado antes, es lo que se espera, ¿Cree de recibo que un grupo de sediciosos, que han dejado claro donde se les pregunte -refiero los que están en prisión, condenados- que lo volverán a intentar, cuantas veces sea menester, hasta 'la victoria final' ¿burlen el respeto - y con ello, abonen la verborrea de cualquier frustación personal de 'esos ciudadanos que refería Azaña' CONVENCIDOS DE SU DERECHO a poseer una autorización personal en el bolsillo de la chaqueta, en la que se les reconozca 'SU DERECHO a hacer lo que les de la gana' poniendo en duda -para toda la ciudadania- la integridad del mas alto tribunal de justicia español?
Inconcebible imaginar una parte del 'pueblo' (alentados por funcionarios eméritos de las mas altas Instituciones, que en activo, no lo hubiesen permitido) tirando piedras contra pilares fundamentales del Estado democrático de Derec
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