Gas y Electricidad

Facua presenta ante Consumo una denuncia contra las grandes eléctricas por "fraude" en las ofertas

El ministro de Consumo, Alberto Garzón, llega al Palacio de la Moncloa para asistir al primer Consejo de Ministros del Gobierno.

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Facua-Consumidores en Acción ha presentado ante el nuevo Ministerio de Consumo una denuncia por "un fraude generalizado" en el sector eléctrico por el que las comercializadoras omiten los impuestos indirectos en su publicidad e información comercial, "induciendo a creer a los usuarios que sus tarifas son mucho más bajas".

En concreto, la denuncia de Facua va dirigida contra diez comercializadoras eléctricas, entre ellas las tres principales: Iberdrola, Endesa y Naturgy. Junto a éstas, también figuran Cepsa, CHC Energía, Feníe, Holaluz, Lucera, Repsol y Som Energía.

Según informó la asociación, en su denuncia pide al ministro Alberto Garzón que "aperciba a las eléctricas para que cesen en estas prácticas de publicidad engañosa y, de negarse a rectificar, emprenda acciones judiciales contra las que continúan infringiendo la Ley".

A este respecto, Facua señala que el Ministerio tiene competencias para llevar a los tribunales a las empresas que vulneren determinados preceptos del texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias.

Análisis de las ofertas

La organización señala que, tras realizar un análisis sobre ofertas comerciales de estas compañías, ha detectado no sólo que todas son considerablemente más elevadas que la tarifa semirregulada (PVPC), sino que su publicidad e información comercial no facilita en ningún caso el precio del kilovatio (kW) de potencia contratada y el kilovatio hora (kWh) de energía consumida incluyendo el 27,19% que representan el IVA y el impuesto especial sobre la electricidad.

A este respecto, subraya que el artículo 20 de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios establece que todas las ofertas comerciales deben informar "el precio final completo, incluidos los impuestos".

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También destaca que el artículo 60, relativo a la información previa al contrato, y el 97, sobre los datos facilitados a los consumidores antes de firmar contratos a distancia o fuera de establecimientos mercantiles, indican que las empresas están obligadas a indicar los precios con los impuestos y tasas incluidos.

Así, Facua considera que al facilitar tarifas que no incluyen los impuestos indirectos, "además de infringir los citados preceptos legales, las comercializadoras eléctricas inducen a error a los consumidores sobre el importe real que pagarían de contratarlas, incurriendo con ello también en publicidad engañosa".

Así, estima que estas prácticas vulneran también el artículo 3 de la Ley 34/1988, de 11 de noviembre, General de Publicidad y los artículos 7 y 18 de la Ley 3/1991, de 10 de enero, de Competencia Desleal.

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