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Tribunales

Vox ya acumula 14 'denuncias falsas' después de que el Supremo le tumbe otra querella contra Torra

El presidente de Vox, Santiago Abascal, en el Congreso de los Diputados.

La extrema derecha se estrella por enésima vez contra la justicia. El Tribunal Supremo ha decidido dar carpetazo a la querella interpuesta a comienzos de octubre contra el presidente de la Generalitat de Cataluña, Quim Torra, por los delitos de rebelión y colaboración con grupo terrorista. El Supremo considera que el querellante “no aporta principios de prueba”, sino que “se basa principalmente en noticias publicadas en medios de comunicación sobre el estado de las diligencias” que se están siguiendo en el Juzgado Central de Instrucción número 6 de la Audiencia Nacional en relación con la causa de los CDR detenidos en septiembre. “En ese juzgado se están investigando aquellos hechos, de manera que la autoridad judicial, con mejor y más completo conocimiento de lo actuado, adoptará las resoluciones que considere oportunas si resultaran indicios consistentes contra alguna persona aforada”, completa el auto, fechado el pasado 18 de diciembre y del que fue ponente el magistrado Miguel Colmenero.

Con esta, ya son al menos catorce el número de ataques judiciales iniciados por Vox contra sus rivales políticos que han terminado en una papelera judicial. La mayoría por falta de pruebas y el resto por no ser los hechos constitutivos de delito. infoLibre repasa a continuación esa lista de denuncias falsas planteadas por el partido de Santiago Abascal.

Las 'bofetadas judiciales' en 2019

18 de diciembre de 2019. El partido de extrema derecha interpuso a principios de octubre una querellal contra el presidente de la Generalitat, Quim Torra, por los delitos de rebelión, colaboración con grupo terrorista y provocación, conspiración y proposición para la rebelión. Poniendo sobre la mesa la supuesta relación del líder del Ejecutivo con los miembros de los Comités de Defensa de la República (CDR) investigados en la Audiencia Nacional en el marco de la Operación Judas, la formación ultra solicitó la detención y puesta a disposición judicial del president, así como su ingreso en prisión provisional. El Supremo, sin embargo, ha decidido dar carpetazo al asunto señalando que la causa abierta contra los CDR se encuentra bajo investigación en el Juzgado Central número 6 de la Audiencia Nacional y aseverando que el partido liderado por Santiago Abascal únicamente se está basando en las noticias publicadas en los medios de comunicación sobre el estado de dichas diligencias. “[La acusación] no aporta principios de prueba”, resalta el Alto Tribunal.

7 de diciembre de 2019. El Juzgado de Instrucción número 15 de Valencia decide dar carpetazo a la denuncia interpuesta por Vox contra el alcalde de València, Joan Ribó, y su número dos en el consistorio, Sandra Gómez, por un presunto delito de “odio y calumnias”. El partido ultra había situado bajo el foco judicial las declaraciones que ambos políticos habían realizado tras la decisión de la formación de Abascal de no sumarse a los actos convocados con motivo del 25N. Tanto Ribó como Gómez denunciaron que la posición de Vox suponía “una ruptura en el gran consenso político existente en esta cuestión” y criticaron que “su manera de afrontar” esta lacra parecía “un alegato a determinados comportamientos machistas”. Pero el juzgado consideró que tales manifestaciones no suponían “más que una crítica política” enmarcada “en el ámbito del desencuentro y la discusión propia de un debate político”. Declaraciones amparadas por el derecho de cualquier ciudadano a expresarse libremente y de un responsable político “a fijar su posición en un tema tan relevante”.

18 de julio de 2019. El juez de la Audiencia Nacional Santiago Pedraz decide inadmitir a trámite la querella que el partido de extrema derecha interpuso en junio contra el expresidente del Gobierno José Luis Rodríguez Zapatero por colaboración con banda armada, revelación de secretos y omisión del deber de perseguir tipos delictivos durante las negociaciones que mantuvo el Gobierno socialista con ETA entre 2005 y 2007. El movimiento judicial se apoyaba fundamentalmente en las actas incautadas en Francia a la organización terrorista ETA para sostener que Zapatero habría alertado de detenciones de miembros de la banda en suelo galo durante las conversaciones. Sin embargo, el magistrado Pedraz rechaza el intento. “El armazón de la querella se conforma por una serie de afirmaciones que tiene su origen en noticias periodísticas de toda índole, elevando a la categoría de ciertos e incontrovertibles los hechos que se describen en la misma”, señala el auto, que concluye que con esta estrategia Vox trataba de elevar “a categoría de hecho demostrado afirmaciones ayunas de todo sustento probatorio”.

1 de abril de 2019. El Tribunal Supremo inadmite a trámite una querella interpuesta por los ultras contra Quim Torra por un presunto delito de provocación, conspiración o proposición para la rebelión. El escrito de Vox se centraba, principalmente, en las declaraciones realizadas por el líder del Ejecutivo catalán durante un acto en Bruselas sobre la denominada vía eslovena. Sin embargo, los magistrados consideran que “la expresión de una opción política teórico por el modelo esloveno, puede parecer disparatada, irritante e imprudente en Cataluña, pero queda amparada por la libertad de expresión y aún más, en el contexto de la retórica con la que algunos políticos se expresan ante los medios de comunicación, pues es evidente que la expresión de opiniones goza de un mayor margen de libertad que encuentra prácticamente su único límite en la protección del honor y la integridad moral frente a la burla, el escarnio o la degradación intolerables”. Y añaden: “La mera mención […] desvinculada de acciones o decisiones concretas ulteriores […] no puede incardinarse en la provocación, proposición o la conspiración”.

6 de marzo de 2019. El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña confirma el archivo de una querella de Vox contra el presidente del Parlament, Roger Torrent, por los supuestos delitos de prevaricación y desobediencia. En concreto, los ultras ponían bajo la lupa judicial el hecho de que se hubiera sometido a votación unos meses antes un dictamen sobre la suspensión de varios diputados independentistas –Carles Puigdemont, Oriol Junqueras, Jordi Turull, Raül Romeva, Josep Rull y Jordi Sànchez– ordenada por el Supremo. El órgano judicial señala que “no es cierto” que la inclusión por parte de la Mesa del Parlament “en el orden del día” de la propuesta de la Comisión del Estatuto de los Diputados pueda ser constitutiva de un delito. Además, sostiene que “carece de trascendencia” el hecho de que en aquel pleno se aprobase que los parlamentarios suspendidos pudieran designar a un compañero de su grupo en el que delegar todas sus funciones. “Tales acuerdos no han supuesto un incumplimiento o desobediencia de lo dispuesto [por el Supremo]”, concluyen.

6 de febrero de 2019. El Alto Tribunal inadmite a trámite la querella de Vox contra el actual presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, por los delitos de prevaricación administrativa, cohecho, tráfico de influencias y contra la propiedad intelectual por haber utilizado, supuestamente, trabajos de otros autores en su tesis doctoral sin citarlos. El Supremo señala que “la mayor o menor originalidad de una tesis, su valor dogmático y, en fin, lo verdaderamente innovador de su contenido, son cuestiones que han de ser evaluadas en el ámbito académico y totalmente ajenas al derecho penal”. El partido de extrema derecha intentó, posteriormente, recurrir el carpetazo. No tuvo suerte. “Al margen de la mayor o menor credibilidad que a la parte querellante le sugieran las informaciones periodísticas que amparaban su querella, los hechos objeto de la misma, en cualquier caso, y como declarábamos en la resolución recurrida, no son constitutivos de delito”, reiteró el Supremo sólo un mes después.

14 de enero de 2019. La jueza de la Audiencia Nacional María Tardón inadmite las querellas interpuestas por Vox y la plataforma de juristas Movimiento 24DOS contra la jueza belga Anne Dessy, encargada de tramitar la demanda del expresidente de la Generalitat Carles Puigdemont y cuatro de sus exconsejeros huidos contra el instructor de la causa del procés, el magistrado Pablo Llarena. En el escrito de la formación ultra, dirigido también contra el exlíder del Ejecutivo, su abogado y los antiguos consellers, se ponían sobre la mesa los delitos de rebelión y alternativamente de sedición, contra la paz e independencia del Estado, prevaricación judicial, usurpación de funciones, falsedad documental y estafa procesal. Sin embargo, Tardón señala en el auto de inadmisión que “ninguno de los hechos que se les atribuye” en las querellas interpuestas “puede tener encaje alguno en las conductas objetivas que castigan los preceptos penales enunciados”. Sí que podría haber tenido cabida, añade, el de falsedad documental, pero lo rechaza alegando que ese tipo sólo puede ser perseguido previa interposición de querella del agraviado o la Fiscalía.

10 de enero de 2019. La justicia archiva la querella del partido de Santiago Abascal contra el alcalde de València, Joan Ribó, por haber cedido un muro en la pared de un solar para que un artista pintase un mural en el que pedía la puesta en libertad de los ocho jóvenes condenados por la agresión a dos guardias civiles y sus parejas en la localidad navarra de Alsasua. Vox acusaba al regidor valenciano de un supuesto delito de odio. Sin embargo, el juez tilda la denuncia de “parca e imprecisa”. “Apenas cumple los mínimos requisitos para ser considerada como tal porque, su sucintísimo relato fáctico, de tan solo diez líneas, apenas permite hacerse una idea de las conductas cuyo acaecimiento pretende dar noticia”, recogía el auto, que afea que el escrito de la extrema derecha se sostenga únicamente sobre una noticia a raíz de la cual “no hay constancia de que haya reacción alguna, penal o no, por los hechos allí referidos”. El juez, además, considera que en la denuncia “se mezclan sin la debida separación” las conductas de los organizadores de las jornadas Solidaritat amb els jovens d’Altsasu con las del Ayuntamiento de València.

Los archivos de 2018: Dolores Delgado, Torra o Rajoy

21 de diciembre de 2018. El Supremo guarda en un cajón la querella ultra contra la entonces ministra de Justicia, Dolores Delgado. El partido liderado por Santiago Abascal la acusaba de prevaricación y denegación de auxilio a la justicia. En concreto, sostenía en su escrito que la titular de Justicia habría comunicado a la abogada general del Estado que el Ejecutivo no iba a costear la defensa de Llarena en la demanda presentada contra él en Bélgica por motivos estrictamente de oportunidad política. Sin embargo, los magistrados deciden archivar las actuaciones al considerar, en línea con la Fiscalía, que no existen indicios de prevaricación. “No consta resolución alguna adoptada por la querellada respecto de la cual pueda si quiera realizarse un examen de indicios sobre su injusticia a los efectos del artículo 404 del Código Penal”, señalan en el auto, en el que también descartan la denegación de auxilio por no haberse aportado elementos de prueba sobre su existencia.

6 de noviembre de 2018. El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña da carpetazo al procedimiento contra la alcaldesa de Girona, Marta Madrenas, por el cambio de nombre de la Plaza de la Constitución por el de Plaza 1 de octubre. La querella fue interpuesta en los juzgados de la localidad catalana por los delitos de incitación al odio, ultraje a España, contra el honor, malversación de caudales públicos y desobediencia. Luego, por la condición de aforada de la regidora, fue remitida al TSJC. El órgano judicial termina por archivar la querella por cuestiones de procedimiento: “El art. 227 de la Lecrim dispone que el escrito de querella ha de ser presentado por procurador con poder bastante para formularla y con firma de abogado, y al que se deberán acompañar los documentos y pruebas que sirvan para acreditar los hechos objeto de la misma. En el presente caso al no reunir los requisitos formales y tampoco haber la parte procedido a su subsanación dentro del plazo concedido al efecto, cabe acordar el archivo del presente procedimiento sin más trámites”.

9 de octubre de 2018. El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña inadmite a trámite la querella interpuesta por Vox contra el presidente de la Generalitat, Quim Torra, por varios tuits y artículos escritos en 2012 en los que afirmaba, entre otras cosas, que “los españoles solo saben expoliar” y en los que calificaba a los rivales políticos de “bestias”, “carroñeros” o “víboras”. En opinión de los magistrados, están “amparados” por la libertad de opinión y expresión “por desabridas e incluso supremacistas que se consideren” las afirmaciones.

23 de febrero de 2018. El Supremo archiva la querella presentada contra el entonces presidente del Gobierno, Mariano Rajoy, por haberse dilatado en la aplicación del artículo 155 de la Constitución en Cataluña. El movimiento judicial de Vox, que se produjo cuatro días después del referéndum del 1-O, incluía también los delitos de desobediencia, denegación de auxilio judicial y omisión del deber de impedir y perseguir delitos. El Alto Tribunal, en el auto de archivo adelantado por El Confidencial, no ve ningún delito en la decisión de atrasar la aplicación del 155, un instrumento que, recuerdan los magistrados, fue aplicado tras la escalada de tensión con el Govern de Carles Puigdemont que terminó con la declaración unilateral de independencia de finales de octubre.

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Iglesias y el 'caso Vidal' en 2017

7 de marzo de 2017. Un juzgado madrileño inadmite la querella contra el líder de Podemos, Pablo Iglesias, por los delitos de blanqueo de capitales, delitos electorales y delitos que comprometen la paz o la independencia del Estado. El partido ultra había acudido a los tribunales en 2016 para que se investigase la presunta financiación de Iglesias y Podemos por parte de Venezuela a través de un paraíso fiscal, una supuesta información que publicó Okdiario. Sin embargo, la jueza acaba considerando que las “sospechas” planteadas por los ultras en su escrito eran insuficientes para comenzar un proceso. Según el auto, los artículos periodísticos que utilizó el partido para su querella no aportan ningún elemento que sustente las afirmaciones realizadas.

20 de febrero de 2017. El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña tumba la querella de Vox contra los entonces president y vicepresident de la Generalitat, Carles Puigdemont y Oriol Junqueras por el conocido como caso Vidal. En su escrito, los ultras consideraban que los hechos relacionados con las declaraciones del exjuez Santiago Vidal asegurando que la Generalitat tenía los datos fiscales de los catalanes podrían ser constitutivos de los delitos de malversación de caudales públicos, desobediencia a resoluciones judiciales, revelación de secretos, infidelidad en la custodia de documentos, prevaricación, sedición, rebelión y contra la paz e independencia del Estado español. El TSJC, sin embargo, considera que antes de meterse en faena es preciso comprobar la “autenticidad” y “veracidad” de los hechos revelados por Vidal en sus conferencias para despejar la duda de que pudieran tratarse de “meras soflamas e invectivas pronunciadas con el propósito de enardecer a oyentes crédulos”.

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