El futuro de Cataluña

El TS recuerda al Parlament que es el Pleno, y no la Mesa, quien puede recurrir el acuerdo de la JEC

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El Tribunal Supremo ha recordado al Parlamento de Cataluña que el órgano que tiene competencia para recurrir el acuerdo de la Junta Electoral Central (JEC) del pasado 3 de enero, que acordó retirar la credencial como diputado autonómico del presidente de la Generalitat, Quim Torra, es el Pleno y no la Mesa.

Así lo ha dicho la Sección Cuarta de la Sala Tercera del alto tribunal, encargada de resolver los recursos sobre este asunto, en una providencia que ha dictado este jueves y que acompaña a la decisión que ha adoptado por unanimidad de no suspender de forma cautelar la ejecución del acuerdo y, por tanto, mantener la inhabilitación de Torra como parlamentario, según informa Europa Press.

El Supremo contesta así a la intención de la Mesa de presentar un recurso contra esta decisión de la JEC, tal y como acordó, con el voto favorable de JxCat, ERC y PSC, el pasado 14 de enero, mismo día que ratificó la condición de Torra como diputado y rechazara dejar su escaño vacante. Ahora, la Sala ha otorgado un plazo de 15 días para subsanar esta cuestión, al considerar que al tratarse de una asamblea legislativa corresponde al Pleno del Parlament adoptar el acuerdo para recurrir.

Según explica la Sala, se viene así exigiendo para las entidades locales cuando la materia litigiosa no es competencia exclusiva del alcalde, así como en el ámbito de los procesos constitucionales al Congreso de los Diputados y al Senado. Además, la resolución recuerda que aún está pendiente que el presidente del Parlament, Roger Torrent, aporte el poder para pleitos en su calidad de presidente de la cámara y no como ha hecho en su propio nombre.

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