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Ley de memoria histórica

El Gobierno abre el melón de la represión económica del franquismo pero protege al Estado del pago de indemnizaciones

El dictador Francisco Franco, en una de sus asistencias bajo palio a una celebración de la Iglesia católica.

El Gobierno abre el melón de la represión económica del franquismo. El texto de la Ley de Memoria Histórica, todavía pendiente de posibles cambios tanto en el seno del Ejecutivo como en su tramitación parlamentaria, prevé una auditoría de los bienes expoliados, que serán incorporados a un inventario oficial. Una iniciativa pionera, que precederá a alguna forma de “reconocimiento”. ¿Económico? Todo apunta a que no. La ley también obliga a anular las sentencias políticas de los tribunales franquistas, pero con una anulación que no generará derecho a compensación económica. Con respecto al trabajo esclavo, habrá –si la ley se aprueba con actual redacción– un inventario de edificaciones realizadas por miembros de los Batallones Disciplinarios y otros grupos de prisioneros. También se “impulsará” que las empresas que se beneficiaron de este trabajo esclavo adopten algún tipo de medida de reconocimiento, que queda en el aire. Tanto por la redacción provisional de la ley, como por las dificultades técnicas y hasta jurídicas existentes, los investigadores y miembros del movimiento memorialista consultados señalan que este paso adelante en el terreno del reconocimiento de la represión económica parece inscribirse más en el campo simbólico y moral que en el metálico.

La represión económica, un tabú de la Transición sólo roto para la reparación de partidos políticos y sindicatos, continúa siendo el más desconocido de los pilares sobre los que se asentó la represión franquista. Pero las incautaciones fueron masivas. El bando franquista se dotó, ya antes de instituirse en Estado, de mecanismos jurídicos para armar el expolio de los bienes de los –que acabarían siendo los– perdedores. En septiembre del 36 se promulga un decreto de incautación de las posesiones de las agrupaciones y sindicatos. En 1937 llega la ley que crea las comisiones provinciales de incautación. Un decreto de 1938 del Ministerio de Hacienda del Gobierno franquista, con sede en Burgos, prohibía tener "papel moneda puesto en circulación por el enemigo". Es decir, por la República. Ciudadanos de todo el país acudieron a depositar dinero en el Banco de España y los ayuntamientos. Miles perdieron para siempre su dinero. En febrero de 1939, poco antes de terminar la guerra, sale la Ley de Responsabilidades Políticas, que imponía a quienes se habían opuesto al movimiento nacional sanciones económicas, además de otras penas accesorias como la inhabilitación laboral o el destierro.

En octubre de 1941, los tribunales habían incoado casi 125.000 expedientes de incautación y quedaban unas 100.000 denuncias pendientes, según los datos recopilados por Manuel Álvaro en el libro colectivo La gran represión (2009), coordinado por Mirta Núñez, profesora de la Complutense. Más de 200.000 familias sufrieron en España –con una población que en 1940 rondaba los 26 millones– la investigación, retención o expolio de sus bienes Un vistazo a un expediente de la época da idea del nivel de grosería jurídica. Un párroco de la antigua población de Guájar, en Granada, daba la descripción de la acusada: "Profesa ideas avanzadas". El guardia civil añadía: "Votó siempre que fue necesario al Frente Popular". El Tribunal de Responsabilidades Políticas no necesitaba más para decretar la incautación de la acusada, de profesión sus labores: tres camas, casa y plantación de almendros. La multa fue de 500 euros. Otros castigos económicos son más conocidos, porque más conocidos fueron los condenados. El notario Blas Infante (1885-1936), oficialmente considerado “padre de la patria andaluza” desde 1983, fue asesinado sin juicio ni sentencia en agosto de 1936. Su condena se dictó en 1940. A la viuda se le comunicó una fría resolución con una multa de 2.000 pesetas. Eran tiempos –por situarnos– en que un bancal de tierra para alimentar a una familia podía costar cien pesetas y una casa obrera en un pueblo andaluz, entre 300 y 500. Si el condenado estaba muerto o en el exilio, las condenas in abstentia iban a la familia.

Pantomima jurídica y terror

El de Blas Infante es uno de tantos ejemplos de la pantomima sin garantías en que el franquismo convirtió el aparato de justicia. La traición cambió de bando, tomando como referencia de la nueva verdad jurídica la palabra de las autoridades locales: el alcalde, el jefe de la Falange, el guardia civil, el cura. Ser de izquierdas, o simplemente no parecerle al denunciante de turno un probado adepto al bando franquista, costó la libertad y la vida a muchos miles y miles. Pero también el patrimonio.

Lógicamente, el expolio no tenía sólo como finalidad conseguir dinero y patrimonio, sino ejercer la dominación e infundir terror. Una vez conseguido, en 1942 se suavizó la ley, multiplicando los sobreseimientos. En 1945, con el franquismo intentando un primer maquillaje de su imagen, cesaron los expedientes. Pero hubo familias que estuvieron pagando plazos hasta finales de los 60. El régimen se había hecho de camino con un fichero de rojos y había extendido por todo el país la cultura del terror y la delación.

Un asunto postergado

El expolio económico fue un tema postergado no sólo en la Transición. Ha carecido de protagonismo político hasta hoy. Pocos casos han resplandecido y conseguido atención. Los intentos de obtener reparación han sido empeños quijotescos, enfrentado al tiempo transcurrido, a las dificultades probatorias, a la dificultad para seguir el hilo de las propiedades y a la propia arquitectura político-jurídica de la Transición, con su Ley de Amnistía y su paso “de la ley a la ley”.

Destaca la tarea de la Asociación de Perjudicados por la Incautación del Gobierno Franquista, que lleva tres lustros tratando de recuperar el dinero incautado del decreto de 1938. “Vemos con sorpresa cómo se reconoce el derecho de recuperar el patrimonio a partidos políticos, sindicatos y asociaciones y se niega este mismo derecho a la población civil. Nuestro reto y los esfuerzos de la asociación se centran en qué sean devueltas las cantidades incautadas con valor actualizado y que el Gobierno, en definitiva, asuma su responsabilidad”, señala la asociación en su presentación.

El despacho legal de Baltasar Garzón, que representa a un centenar de víctimas a las que les fueron incautados más de medio millón de pesetas de la época, ha llevado la causa del dinero rojo llegue al Tribunal Europeo de Derechos Humanos de Estrasburgo tras un recorrido sin éxito por los tribunales españoles. Los denunciantes alegan que, según consta en el informe del Banco de España de 11 de marzo de 1938, el monto total del dinero republicano confiscado durante la Guerra Civil por el ejército de Franco ascendió a 35.047.500 pesetas. Hay estimaciones que sitúan su valor actualizado en más de 3.000 millones de euros. Es una cifra que todos en el movimiento memorialista han oído, que se publica frecuentemente en los artículos sobre el tema. Pero todos son conscientes de que no tiene excesiva utilidad.

Anulación de sentencias

El Gobierno pisa ahora este pantanoso terreno. El texto de la nueva Ley de Memoria Histórica elaborado por el Ministerio de la Presidencia, Relaciones con las Cortes y Memoria Democrática que dirige la vicepresidenta primera Carmen Calvo, que el Ejecutivo prevé aprobar en Consejo de Ministros el martes, supera ampliamente lo establecido en la ley de 2007. No sólo, como entonces, se hace una declaración genérica de la “ilegitimidad” de los tribunales franquistas: Tribunal de Represión de la Masonería y el Comunismo, Tribunal de Orden Público, Tribunales de Responsabilidades Políticas y Consejos de Guerra “constituidos por motivos políticos, ideológicos, de conciencia o creencia religiosa”. Es que, además, se declara la “nulidad de sus resoluciones”. Son “nulas, por vicios de forma y fondo, las condenas y sanciones dictadas por motivos políticos, ideológicos o de creencia” señala el texto, cuya redacción podría cambiar antes de llegar el martes al Consejo de Ministros y, por supuesto, en la tramitación parlamentaria posterior [ver aquí y aquí informaciones en detalle].

Existe un debate jurídico-político en torno a la idoneidad o no de anular las sentencias del franquismo, teniendo en cuenta que anular es dejar sin efecto. En palabras de Estanislao Naranjo, el nieto de Blas Infante que lleva media vida batallando por la anulación de la condena a su abuelo, la nulidad provocaría que fuera “como si la condena no hubiera tenido lugar”. Los favorables a la anulación creen que el "hecho nuevo" que reclama la doctrina legal para la revisión de una sentencia no tiene por qué ser una prueba nueva, como ocurre en el derecho convencional, sino que puede ser un hecho jurídico nuevo, en este caso la Constitución del 78. Eso daría cobertura para una anulación plena con una nueva legislación democrática, como la que hay en curso. Los contrarios a las anulaciones alertan de la inseguridad jurídica que provoca la imposición retroactiva de las garantías del Estado de derecho de 2020 a los juicios de los años 40, con un Estado naciente tras una guerra. Y advierten de la dificultad fáctica de discriminar uno a uno los juicios por razones ideológicas de los seguidos contra delincuentes reales.

La nueva ley evidencia un conocimiento de estos problemas y riesgos. Fernando Martínez, secretario de Estado de Memoria Histórica, es un investigador académico con trayectoria en el campo de la represión económica [ver aquí un artículo sobre el caso andaluz]. Conoce el terreno. La norma cubre las espaldas del Estado. “La declaración de nulidad dará lugar al derecho a obtener una declaración de reconocimiento y reparación personal […] sin que pueda producir efectos para el reconocimiento de responsabilidad patrimonial del Estado, de cualquier administración pública o de particulares, ni dar lugar a efecto, reparación o indemnización de índole económica o profesional”.

Eduardo Ranz, abogado especializado en memoria histórica, ve una cierta contradicción. Por un lado, se anularían las sentencias; por otro, sin consecuencias económicas. “Si se anula es que nunca se ha producido. Hay que prever las consecuencias de esa no-existencia. Tenemos que esperar a ver el alcance de la ley, si acaba generando una vía de acceso a reclamaciones en el Estado, y qué efectos genera en los tribunales”, expone. A su juicio, una ley difícilmente puede declarar una anulación global, una especie de “amnistía general”. “Las condenas son personalísimas. Habría que impugnar en cada caso, en mi opinión. El que otorga revoca. Es decir. Yo creo que tendría que anularlo un órgano judicial y caso a caso”, explica.

El catedrático de Historia Contemporánea Lourenzo Fernández, sin entrar en los posibles efectos de una ley que aún no está aprobada, sí pide atención para la reciente sentencia sobre el Pazo de Meirás, que a su juicio puede desplegar amplios efectos. El Juzgado de Primera Instancia número 1 de A Coruña acaba de declarar al Estado propietario del Pazo y ha condenado a la familia Franco a la devolución del inmueble, sin derecho a indemnización por los gastos en el mantenimiento. “La sentencia es histórica porque representa un triunfo del trabajo de los historiadores y el estado de derecho contra un estado sin ley”, ha escrito Fernández en La Voz de Galicia. A su juicio, es de enorme relevancia que prospere judicialmente la idea de que “los golpistas se constituyeron en autoridad pero sin tenerla”.

¿Se puede proyectar lo ocurrido con el Pazo a los bienes incautados en la guerra y posguerra? “Lo que hace el régimen es lo mismo que hace Franco, o lo que hace Franco es lo mismo que hace el régimen. Toda la economía autárquica fue una pura requisa”, señala Fernández. Pero advierte: “Lo del Pazo, que fue un regalo, tiene particularidades. No ha sido de hoy para mañana. Es una singularidad, una causa con apoyo de partidos, instituciones...”. Hay un problema añadido, según Fernández: el tiempo transcurrido, las pruebas perdidas, la propia “falta de confianza” de los posibles afectados en que sea posiblemente un resarcimiento a estas alturas.

Auditoría e inventario

El proyecto de ley incluye en la última versión desvelada por este periódico un elemento novedoso: el Estado “realizará una auditoría de los bienes expoliados” en la Guerra Civil y la dictadura. La auditoría incluirá “el papel moneda u otros signos fiduciarios depositados por las autoridades franquistas, así como la imposición de sanciones económicas en aplicación de la normativa de responsabilidades políticas”. El resultado será “un inventario de bienes y derechos incautados”. La ley no hace referencia a ninguna forma de reparación económica. Se limita a indicar: “Una vez finalizada la auditoría, se implementarán las posibles vías de reconocimiento”. Surge la duda de si el reconocimiento oficial de un “expolio” no acabaría generando un derecho de reparación, aunque no sea la voluntad del Gobierno.

La auditoría puede traducirse en un trabajo colosal... o en una declaración de intenciones. El periodista Antonio Maestre, autor de Franquismo SA (Akal, 2019), publicó en su cuenta de Twitter tras conocer la realización de este inventario: “Lo profundo de esa auditoría marcará lo valiente de la ley. En principio pinta bien”. Pero que “pinte bien” no significa que no tenga sus dudas. A su juicio, la anulación de sentencias –aunque llega más allá de la declaración de ilegitimidad– se queda a medias sin reparación económica. “Puede quedarse en algo simbólico”, afirma. Además, recalca, aunque sea factible anular una sentencia y por lo tanto dejar sin efecto una condena, más complicado es conseguir la “trazabilidad”. Es decir, unir con una flecha el bien expoliado con su propietario de hoy.

Empresas y régimen franquista

De “trazabilidad” sabe algo Maestre. Su libro Franquismo SA es un diagrama de empresas, herederos, matrimonios, alianzas, nombres, apellidos. Una genealogía empresarial desde el golpe del Estado al IBEX. El periodista detalla desde groseras usurpaciones hasta el más institucionalizado “cambio de guardia empresarial” de los años 60, determinado por las complicidades con el régimen, con la consolidación de las empresas de los Oriol con Hidrola, March con Fecsa, Careaga con Iberduero... Como relata el libro, Pedro Barrié de la Maza, dueño de Fensa, era amigo personal de Franco y consiguió dominar el mercado tras el fusilamiento de su principal competidor, Pepe Miñones, responsable de Unión Eléctrica Coruñesa y diputado republicano. También está el caso de Entrecanales y Távora, que en 1997 pasaría a ser Acciona, que obtuvieron beneficios del trabajo esclavo en Sevilla. Navieras banca, construcción: Franquismo SA muestra la consustancialidad de la vanguardia capitalista con el régimen. Y traza líneas que lo unen con el presente de la empresa española. “Nadie hereda los pecados de los padres. Los pecados, no. Pero el fruto de esos pecados no lo escupen”, escribe.

La nueva ley de memoria no toca este tema. Pero cabe preguntarse: ¿llegaría la “auditoría” a poner colorado a algún millonario actual de fortuna forjada en el franquismo? Dependerá de su profundidad. Lo que sí hace la ley –a falta de ver si cambia en el proyecto llevado al Consejo de Ministros– es dedicar un capítulo a los “trabajos forzados”. La ley tiene dos puntos sobre este tema:

1. “La Administración General del Estado impulsará actuaciones para el reconocimiento y reparación a las víctimas que realizaron trabajos forzados, como la señalización de los lugares directamente relacionados con los trabajos forzados, de forma que se permitan su identificación y el recuerdo de lo sucedido, así como impulsar iniciativas por parte de las organizaciones o empresas respecto de las que se constate, a través de la realización de un censo, que utilizaron los trabajos forzados en su beneficio para que adopten medidas en ese sentido.

2."La Administración General del Estado, en colaboración con las demás administraciones públicas, confeccionará un inventario de edificaciones y obras realizadas por miembros de los Batallones Disciplinarios de Soldados Trabajadores, así como por prisioneros en campos de concentración, Batallones de Trabajadores y prisioneros en Colonias Penitenciarias Militarizadas".

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Trabajos forzados

Maestre cree que con la redacción ahora conocida la cosa podría terminar en una placa en un campo de trabajos forzados. Sin más. El periodista , que ha estudiado el proceso de “desnazificación”, pone como ejemplo aprovechable para una iniciativa ambiciosa la Fundación Memoria, Responsabilidad y Futuro en Alemania, un proyecto conjunto entre el Estado y las empresas acusadas de colaborar con el nazismo para ofrecer compensaciones financieras. Resultado: el pago de más de 4.370 millones de euros por parte de importantes empresas, entre ellas Deutsche Bank o Volkswagen. “En la ley española cabría eso. Pero, ¿qué ocurre? Que en Alemania el coste para la reputación de las empresas era enorme, y la sanción social muy alta. Aquí no”.

A lo largo de la elaboración de su libro, Maestre afirma no haber encontrado ni una empresa con un discurso autocrítico y reparador. La moneda corriente es la habitual: “De eso hace mucho, pasemos página”. A Cecilio Gordillo, uno de los impulsores del proyecto Todos los Nombres, le ha hecho enarcar la ceja la redacción provisional de la norma. “Qué es eso de que se va a 'impulsar' que las empresas tomen medidas. ¿Impulsar? ¿Qué es eso de 'impulsar' en una ley?”. Sindicalista de la CGT y veterano de muchas batallas, se fía poco del papel oficial si no viene acompañado de hechos contantes. Tampoco destila entusiasmo Emilio Silva, presidente de la Asociación para la Recuperación de la Memoria Histórica. “¿Esa auditoría es sólo descriptiva o va a tener consecuencias? ¿Qué finalidad tiene? ¿Se va a perseguir de verdad el patrimonio de la familia Franco? ¿Y de la familia Banús?”. Silva ve un acto de “cinismo” que se haya devuelto el patrimonio a partidos políticos y no a las víctimas individuales. Ha pasado algo que no es exclusivo de la represión económica: en 1978 era demasiado pronto; ahora, quizás, demasiado tarde.

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