Violencia género

La Audiencia Nacional condena al Ministerio del Interior por no proteger a una mujer asesinada por violencia machista

Imagen de un acto de protesta contra la violencia machista.

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La Audiencia Nacional condena al Ministerio del Interior tras haber constatado la ausencia de protección por parte de la Guardia Civil hacia una mujer, víctima de violencia de género, que solicitó una orden contra el que terminó siendo su asesino. Los magistrados de la Sección Quinta estiman que las autoridades son responsables directas, dado que la valoración policial del riesgo era mínima. La mujer perdió la vida a manos de su cóyuge en Sanlúcar La Mayor (Sevilla) un mes después de interponer la denucia.

Según señala la Sala, "la actuación de los agentes ante situaciones de violencia de género no debería quedar limitada a aspectos formales", sino que por el contrario "su actuación exige una atención preferente de asistencia y protección de las mujeres" con el fin de "prevenir y evitar" las consecuencias de la violencia machista.

La mujer denunció a su maltratador en septiembre de 2016 y solicitó una orden de protección que le fue denegada. Los agentes determinaron que el riesgo para la mujer era "no apreciado". El tribunal concluye que existe una responsabilidad directa y objetiva del Estado, a quien "corresponde dar respuesta eficaz en evitación de tal resultado, debiendo hacer frente a los daños ocasionados por el funcioamiento, incluso cuando fuera moral, del servicio público".

Las expertas celebran el fallo

Asociaciones de mujeres han celebrado la sentencia pero lamentan que haya tenido que ser "a costa de un sufrimiento tremendo". Así opina la vicepresidenta de la Asociación de Mujeres Juristas Themis, María Ángeles Jaime de Pablo, quien ha calificado la sentencia como "una noticia positiva porque permitirá reforzar la protección de las víctimas", pero ha lamentado que "el derecho sea a consta de sangre y que los hijos de esta mujer hayan tenido que quedarse huérfanos".

Según ha indicado la abogada, la sentencia aplica "la obligación de cumplir los convenios internacionales suscritos por España como el de Estambul que habla de la diligencia debida que deben seguir las actuaciones de los poderes públicos" y, a su juicio, "llama la atención "la exigencia de una exhaustividad en la investigación de los actores implicados". En su opinión, la resolución judicial es "una importante referencia a la hora de determinar el alcance de la responsabilidad" y considera que debe llevar "a la revisión de los protocolos y pautas existentes de actuación de las cuerpos y fuerzas de seguridad del Estado".

En esta misma línea se ha posicionado la presidenta de la Federación de Mujeres Progresistas, Yolanda Besteiro, quien ha puesto también en cuestión la aplicación automática de los protocolos del sistema VioGén de protección a las mujeres y ha defendido la necesidad de formación del personal que atiende a las víctimas de violencia machista. "Hace falta personal con preparación, sensibilidad y empatía que recoja las denuncias, para que sean capaces de traslucir, más allá de lo que la víctima cuenta, de cuál es el verdadero riesgo, que ha sido lo que ha fallado en este caso", ha indicado Besteiro en declaraciones a Europa Press.

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En septiembre del presente año, según los datos confeccionados por la cartera dirigida por Fernando Grande-Marlaska, se registraron un total de 64.205 casos en activo. De ellos, nueve fueron catalogados de riesgo extremo y 454 alto (el 0,72% del total). Como riesgo medio se encuentran, según los mismos datos, 6.574 mujeres, mientras que la mayor horquilla se encuentra en la parte más tenue del riesgo: 25.716 mujeres se encuadran dentro de riesgo bajo y en 31.452 casos no se aprecia riesgo alguno.

Los casos activos son aquellos que merecen atención policial, aunque el nivel de riesgo va evolucionando "en base al tiempo y circunstancias". Las mujeres con un nivel de riesgo no apreciado disponen de "medidas de seguimiento" como la "revisión periódica", aunque "de ser necesario" también pueden necesitar "medidas policiales de protección". En los casos de riesgo bajo, medio, alto o extremo, los instrumentos de protección "van aumentando en intensidad según se incremente el nivel de riesgo".

No sólo las juristas especializadas en violencia contra la mujer vienen alertando de las deficiencias en la valoración de riesgo, sino que la propia Fiscalía la ha catalogada como "insuficiente". En su última memoria anual, el Ministerio Fiscal recuerda que el sistema VioGén es "en muchos casos el único instrumento de valoración del riesgo del que disponen jueces y fiscales al resolver una orden de protección solicitada por la víctima". En 2019, la Secretaría de Estado de Seguridad aprobó la instrucción 4/2019 que establece unos nuevos protocolos de valoración del riesgo.

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