Caso Villarejo

Iglesias pide declarar nula la petición del juez para imputarle y que se investigue si el pendrive de Dina llegó a la 'policía patriótica'

Fotografía de archivo del vicepresidente segundo y líder de Podemos, Pablo Iglesias.

"Incumple" la resolución de la Sala Penal de la Audiencia que le obligaba a devolver a Pablo Iglesias la condición de perjudicado, basa en "suposiciones" la solicitud al Tribunal Supremo para le investigue y da el salto sin haber averiguado si el comisario Villarejo dijo la verdad al declarar que entregó a la cúpula policial copia del pendrive con los archivos del teléfono de su asesora Dina Bousselham. Así podría resumirse el trípode argumental del recurso presentado este viernes por la defensa del vicepresidente segundo del Gobierno contra el auto con que el juez de la Audiencia Nacional Manuel García Castellón cierra las investigaciones del caso Dina y pide al alto tribunal que impute al vicepresidente. El titular del juzgado de instrucción 6 de la Audiencia Nacional atribuye a Iglesias los delitos de descubrimiento y revelación de secretos, "con agravante de género", daños informáticos y denuncia falsa en relación con el robo del móvil de Dina Bousselham.

Dirigido no al juez sino directamente en apelación a la Sala Penal de la Audiencia, el recurso sostiene que García Castellón ha vulnerado el derecho constitucional de defensa  y pide la "nulidad radical" del auto que da carpetazo a la instrucción así como la de "la decisión complementaria de elevar la exposición razonada al Tribunal Supremo". Para Iglesias, y así lo agrega a renglón seguido su letrado, Raúl Maíllo, resulta imprescindible realizar "las oportunas diligencias que corresponden respecto de la Dirección Adjunta Operativa [DAO] de la Policía Nacional". 

La ausencia de pesquisas para averiguar si la tarjeta de memoria del móvil de Dina Bousselham acabó en manos de la DAO traza una de las líneas prioritarias del recurso. A tenor de lo ya investigado, en 2016 la DAO era el epicentro de la llamada policía patrióticacreada –según el Congreso– para "investigar a adversarios" del PP. Pero en la pieza Dina del caso Villarejo no se ha practicado ninguna diligencia sobre ese aspecto del caso a lo largo de una instrucción que duró año y medio. Y ello, expone el recurso, pese a que los archivos del móvil cuyo robo denunció Bousselham en noviembre de 2015 fueron encontrados en el domicilio de Villarejo y "pese a que el propio investigado declaró haber remitido los mismos supuestamente a la Dirección Adjunta Operativa de la Policía, el juzgado nunca ha investigado tal extremo". Iglesias declaró ante el juez el 27 de marzo de 2019 tras el ofrecimiento que este le hizo. Fue dos días después cuando, también ante el juez García Castellón, Villarejo declaró que había entregado el móvil de Dina a la Policía.

"Innecesario e impertinente" preguntar a la Policía

La antigua asesora de Iglesias, hoy directora de un digital auspiciado por Podemos, denunció el robo de su móvil el 1 de noviembre de 2015. Ya en esas fechas y con Ignacio Cosidó como director general de la Policía, el DAO era Eugenio Pino. Y en su equipo ocupaba un lugar preeminente como jefe de la unidad de escuchas Enrique García Castaño, también investigado. Este último señaló en octubre de 2019 a un exasesor de María Dolores de Cospedal –el también imputado Andrés Gómez Gordo– como autor del denominado informe PISA contra Podemos. El informe fue publicado por varios medios –La Sexta, El Confidencial y OK Diario– el 12 de enero de 2016. El 22 de julio de ese mismo año, un mes después de las elecciones generales donde Podemos obtuvo 69 escaños, OK Diario publicó el mensaje más polémico de los que almacenaba el móvil cuyo robo había denunciado Bousselham: aquel donde, en un chat interno de su partido, Iglesias escribió "la azotaría hasta que sangre". Se refería a la periodista Mariló Montero.

Una de las claves de la exposición remitida por García Castellón al Supremo para que abra una investigación penal contra Iglesias reside en un razonamiento directamente vinculado a esa noticia de Ok Diario: el magistrado entiende que el móvil de Bousselham ni fue objeto de "hurto ni hubo conexión entre la sustracción y la publicación" del mensaje sobre Montero. Iglesias "sabía que ella [su asesora] era el origen de la publicación". Es decir, que Villarejo no tuvo arte ni parte: Podemos había pedido que declarasen antiguos cargos de Interior y la Policía para "esclarecer el presunto origen policial de la sustracción" del móvil. En el auto con que la instrucción queda cerrada y se inicia el camino hacia el juicio para tres imputados –Villarejo y dos antiguos periodistas de Interviú– el juez sostiene que esa diligencia se refiere "a extremos que nada tienen que ver con el objeto" de la pieza Dina. Y por la misma razón, califica de "innecesario e impertinente" requerir a la DAO "cualquier documentación sobre investigaciones llevadas a cabo sobre Podemos".

Precisamente por el carácter central que ese argumento adquiere no solo en el auto de cierre sino en la exposición razonada del juez, el recurso de Iglesias enfatiza que "habría resultado fácil" averiguar si Villarejo dijo la verdad o mintió sobre la entrega de una copia de los archivos de la tarjeta del móvil. "Entiende esta parte –dice el texto– que habría resultado fácil contrastar si se realizó tal remisión de dispositivos de almacenamiento de información a actuaciones de investigación policial pre existentes, pudiendo acreditarse de esta forma si existía o no tal investigación. Ello habría permitido contrastar los contenidos de la declaración del investigado y así indiciariamente ser verificados o refutados, y no tener que remitirse para su valoración a elementos periférico y documentos que supuestamente acreditarían de la veracidad o no de lo manifestado por el propio investigado".

El recurso del vicepresidente recuerda que en el auto con que el 7 de octubre dio por cerrada la instrucción, García Castellón considera cierta la "desaparición" del abrigo en cuyo bolsillo estaba el móvil de Bousselham pero de forma simultánea sostiene que Iglesias "sabía de antemano que ni había hurto ni conexión entre la sustracción y la publicación". Porque, agrega el magistrado, sabía "que ella era el origen de la filtración". El texto de la impugnación califica de "muy sorprendente" que se pueda "concluir sin fundamentar ni razonar de dónde proviene el cambio de criterio del instructor" de que la filtración a OK Diario "procedían de filtraciones del propio partido". La acusación de denuncia falsa que lanza el juez contra Iglesias guarda estrecha relación con ese punto.

Calvente y su "enemistad manifiesta"

El letrado de Iglesias abunda asimismo en los tres elementos más conocidos de su defensa. El primero, el más vinculado a la tempestad desatada tras el despido del abogado José Manuel Calvente, se resume así en el recurso: "Que la ausencia de elemento indiciario alguno o las contradicciones evidenciadas en la instrucción no pueden soslayarse por las meras declaraciones de un testigo con enemistad manifiesta respecto de quienes ahora se obvia su condición de víctimas o perjudicados, con reclamaciones pendientes por cientos de miles de euros contra la organización de la que forman parte las personas respecto a las cuales se eleva exposición razonada". En su declaración como testigo, Calvente afirmó que Iglesias y miembros de su equipo habían urdido un "montaje" con el supuesto robo del móvil de Dina para presentarse como víctima de las cloacas. Cuando la Fiscalía le preguntó cómo lo sabía, el testigo respondió que se lo habían contado. Pero se negó a desvelar quién.

En su exposición razonada, García Castellón califica de “minucioso” el relato de Calvente. Y basa en él parte de sus imputaciones. Tres semanas antes de que el juez enviase al Supremo su exposición razonada contra Iglesias, la Sala Penal de la Audiencia le había corregido: las sospechas sobre el vicepresidente son “meras hipótesis que no desvirtúan la conexión de Iglesias con el objeto del proceso”. Para los magistrados, era “verosímil” considerar que la obtención de los archivos se puede achacar a la “organización de Villarejo” y que la difusión en medios de comunicación podía tener el objetivo de “causar un quebranto” en Iglesias. El primero de los motivos por los que el recurso pide la nulidad del auto de cierre y del envío de exposición razonada al Supremo es precisamente que García Castellón "incumple" la resolución de la Sala Penal y deja "sin efecto material" la orden de devolver a Iglesias la condición de perjudicado.

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El segundo elemento que la defensa considera relevante es este: que para que hubiera un delito de revelación de secreto, Dina Bousselham tendría que haber denunciado o señalado al vicepresidente como quien se hizo con su móvil, cosa que no solo nunca ocurrió sino que la antigua asesora ya ha insistido en lo contrario.

Y el tercero, que el juez le endosa a Iglesias un delito de daños informáticos sin pruebas: "Se ha concluido –dice el texto– que no se puede acreditar el previo estado al exceso de lijado producido en el proceso al que fue sometida por la empresa de recuperación, conforme acreditan tanto la empresa de recuperación como la propia policía científica.

La defensa de Iglesias cree que junto a la vulneración del derecho a la defensa otro motivo para declarar la nulidad de lo acordado por García Castellón es su falta de competencia. ¿Cuál es el argumento para incluir tal afirmación? Que si el juez sostiene que la organización criminal de Villarejo no tuvo ninguna participación en la desaparición del móvil de Dina y la posterior publicación de mensajes almacenados, debería haberse abstenido y enviar el caso a los juzgados ordinarios de Madrid. Negar lo uno y mantenerse al frente del caso constituye, según el recurso, una contradicción.

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