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El futuro de la monarquía

La regularización del emérito le evitaría una sentencia dura y con cárcel incluso si llega a ser condenado por delito fiscal

El rey Juan Carlos, en un acto militar en una imagen de archivo.

La regularización fiscal que acaba de presentar Juan Carlos I ante la administración tributaria tiene que ser estudiada de forma pormenorizada por los fiscales del Tribunal Supremo que le investigan desde hace seis meses. "Su espontaneidad, veracidad y completitud", en palabras del Ministerio Público, son los tres requisitos que deberá cumplir a efectos de que pueda quedar anulado el delito contra la Hacienda Pública por el que se le ha señalado en el caso de la utilización por parte del ex jefe del Estado de tarjetas bancarias con fondos opacos. Pero aunque los investigadores consideren que la regularización no se ha hecho en tiempo para eludir el delito, la admisión de los hechos que implica que haya saldado su deuda le evitaría una sentencia dura y con pena de cárcel incluso si llega a ser condenado.

Ponerse al día con Hacienda suele ser motivo para una rebaja en la pena, se haga cuando se haga, pues en esos casos los tribunales tienen en cuenta el reconocimiento de la culpabilidad y el pago de la deuda tributaria, según recuerdan expertos en infracciones fiscales consultados por infoLibre. El Código Penal contempla rebajas de pena de uno o dos grados tanto en la condena de cárcel que implican los delitos fiscales como en la multa a la que tiene que hacer frente el contribuyente.

Para calcular la rebaja, explican las fuentes consultadas, se partiría de la pena más baja que determina la ley para delitos contra la Hacienda Pública, esto es, un año de prisión. La bajada de un grado se correspondería con la mitad de esa pena, mientras que dos grados conllevaría una cuarta parte. Así, el rey emérito podría quedarse con una condena de entre tres y seis meses de prisión. En cuanto a la multa, la reducción por un grado acarrearía el pago de la mitad de lo defraudado y sería de un cuarto en el caso de dos grados de rebaja. Si Juan Carlos de Borbón evadió impuestos por importe de unos 500.000 euros, la multa que le podría poner un tribunal sería de entre 125.000 y 250.000 euros, aparte de lo que él ya ha devuelto, 678.393,72 euros, dinero que, según su abogado, corresponde con lo defraudado en 2016, 2017 y 2018, más intereses y recargos. Un posible delito de blanqueo de capitales derivado del fiscal no sumaría condena al rey emérito, ya que se trataría de un ilícito subsidiario al de fraude a la Hacienda Pública.

Si bien las consecuencias prácticas no serían, por tanto, dramáticas para el rey emérito en el caso del delito fiscal si llega a ser juzgado por el impago de los impuestos que él ha declarado, el impacto que tendría en el país el hecho de que un ex jefe del Estado sea condenado como defraudador sería de consecuencias considerables, más aún para una institución como es la de la Monarquía que ya está siendo puesta en duda desde distintos sectores políticos.

El "hecho nuevo" de la regularización

Sea como sea, en lo que están ahora los investigadores es en determinar si la regularización efectuada por Juan Carlos I, realizada con la intención de evitar una imputación por delito fiscal, es "veraz y completa", tal y como exige la ley. Veraz hace referencia a si el origen de los fondos coincide con el donante, el empresario mexicano Allen Sanginés-Krause, y no deriva del blanqueo de capitales. Completa significa que el importe devuelto a las arcas públicas se ajusta al montante del fraude que investigan los fiscales. También se estudiará el origen de los 678.393,72 euros. La declaración ante Hacienda constituye de un "hecho nuevo" que debe ser analizado de forma pormenorizada antes de decidir sobre el archivo o no de las diligencias de investigación que fueron abiertas hace más de un año.

Tal y como ha anunciado la Fiscalía General del Estado en un comunicado oficial, el equipo que investiga al rey emérito, liderado por el fiscal de Sala Juan Ignacio Campos, ha mantenido una reunión este viernes en la que se ha decidido valorar el alcance de la declaración tributaria que presentó el ex jefe del Estado el pasado miércoles por impagos correspondientes a ejercicios posteriores a su abdicación en junio de 2014. Estas comprobaciones llevarán su tiempo, por lo que las pesquisas sobre las finanzas de Juan Carlos I no acaba ni mucho menos con la regularización ante Hacienda, sino que seguirá su curso "en el marco de una investigación más amplia que se continuará llevando a cabo por la Fiscalía del Tribunal Supremo".

La tercera duda que tendrá que dilucidar el Ministerio Público, y que determinará si el emérito puede ser imputado o no por delito fiscal, es la validez de la citada declaración en base al artículo 305.4 del Código Penal, que dice que se considerará regularizada la situación tributaria y quedará extinta la responsabilidad penal cuando se haya procedido al completo reconocimiento y pago de la deuda tributaria "antes de que el Ministerio Fiscal, el Abogado del Estado o el representante procesal de la administración autonómica, foral o local de que se trate interponga querella o denuncia contra aquél dirigida, o antes de que el Ministerio Fiscal o el juez de instrucción realicen actuaciones que le permitan tener conocimiento formal de la iniciación de diligencias".

En todo este tiempo, ni la Fiscalía ha presentado querella contra el rey emérito ni la Agencia Tributaria ha iniciado ningún tipo de inspección, pero es la última frase del artículo 305.4 la que genera controversia. El Código Penal premia la regularización espontánea de lo no declarado, es decir, sin que exista conocimiento previo oficial por parte del defraudador de que está siendo objeto de investigación por delito fiscal. Si le avisan de una investigación, la declaración de lo defraudado ya no se considera voluntaria y ajena a evitar consecuencias penales.

Debate juridico sobre el "conocimiento formal"

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Una vía para tener este conocimiento es una citación a declarar o la interposición de una querella. Pero este jueves se conoció que la Fiscalía del Tribunal Supremo comunicó al rey emérito a principios de noviembre que había dos investigaciones abiertas en su contra: la de las presuntas comisiones por la construcción del AVE  a la Meca y la de las tarjetas que el ex jefe del Estado y miembros de su familia habrían utilizado para gastos personales y que se nutrían con fondos supuestamente donados por Sanginés-Krause. Juan Carlos de Borbón pudo haber sabido antes de estas pesquisas, ya que tanto el empresario mexicano como el coronel Nicolás Murga Mendoza, antiguo ayudante de campo del monarca abdicado y a cuyas cuentas se habrían canalizado los fondos, declararon ante la Fiscalía Anticorrupción hace más de un año. Pero es la notificación del Ministerio Público del mes pasado la que habría supuesto el conocimiento oficial.

La última parte del artículo 305.4, relativa a "actuaciones" que permitan tener conocimiento formal de las diligencias, es el aspecto que abre ahora un debate jurídico no menor en Fiscalía para dar o no por buena la regularización a efectos de anular el presunto delito fiscal. Una sentencia del Supremo de febrero del pasado año apunta a la existencia de una notificación formal –en este caso se trataba de una citación ante Fiscalía de un contribuyente–, como factor de "bloqueo automático" de la validez de la declaración voluntaria que el acusado presentó para librarse del procedimiento judicial por el que fue finalmente condenado. Sin embargo, fuentes jurídicas consultadas por este diario señalan que la jurisprudencia prima la existencia de denuncia o querella formal como elemento de entidad suficiente para invalidar el intento de exoneración. Otras fuentes apuntan que el espíritu de la ley pasa por que la "espontaneidad" derive de la inexistencia de ningún tipo de conocimiento formal y previo de las pesquisas para que la declaración tenga validez.

Todo esto en lo que respecta al delito fiscal que el rey emérito, con su regularización, admite haber cometido. No entran en este escenario otros posibles ilícitos que la Fiscalía del alto tribunal pueda encontrar como consecuencia de su investigación. Por lo pronto, las pesquisas continúan; la declaración ante Hacienda no paralizará las diligencias que se están llevando a cabo y que incluyen comisiones rogatorias a otros países para seguir la pista del dinero utilizado por el ex jefe del Estado y que no habría entrado en el circuito legal.

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