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Una jueza pone en duda que la abogada que denuncia irregularidades en Podemos llevase a cabo ninguna investigación

El secretario general de Podemos y vicepresidente segundo del Gobierno, Pablo Iglesias, interviene en el Consejo Confederal de Unidas Podemos.

La titular del Juzgado de lo Social número 1 de Granollers (Barcelona), Carmen Briones Jurado, duda de que la abogada Mónica Carmona, exresponsable de Cumplimiento Normativo de Podemos, llevase a cabo ninguna investigación sobre las supuestas irregularidades que ha denunciado en los juzgados de Madrid, en concreto en el marco de la causa abierta por la contratación de la consultora Neurona para la campaña de las elecciones generales de abril de 2019. Según la jueza, las alegaciones de la denunciante "no constan acreditadas a través de ningún medio de prueba".

Así consta en una sentencia, a la que ha tenido acceso infoLibre, después de que Carmona denunciara la reducción de su jornada laboral acordada por el partido en diciembre de 2019 y pidiera su nulidad, reclamando a su vez una indemnización de 75.000 euros al alegar que fue despedida como represalia a consecuencia de la investigación que, según dice, había iniciado unos meses antes. Fue otro abogado de Podemos, José Manuel Calvente, quien denunció las supuestas irregularidades ante la Guardia Civil tras ser despedido, lo que dio lugar a la apertura de la causa en el Juzgado de Instrucción número 42 de Madrid.

Aunque la jueza de Granollers da la razón en parte a la abogada al declarar nula la modificación de la jornada laboral y acuerda reponer las condiciones anteriores de 40 horas semanales en las funciones propias de su categoría profesional de Asesora Jurídica así como el abono de una indemnización, la sentencia también estima que de la prueba examinada "no se aprecia indicio alguno de vulneración de derechos fundamentales". "La práctica totalidad de documentos aportados por la parte actora, en relación a supuestas irregularidades, los aporta manifestando ser parte de unos supuestos expedientes de investigación que la misma estaba elaborando. Sin embargo, se trata de meras alegaciones de la parte actora, que no constan acreditadas a través de ningún medio de prueba", explica.

Según la sentencia, Carmona no ha acreditado que antes de conocer la propuesta de su cese como responsable de Cumplimiento Normativo "hubiera elaborado informe alguno, recabado información, ni actuación instructora alguna para poner" las supuestas irregularidades en la contratación de consultoras como Neurona y las obras de la nueva sede del partido "en conocimiento de la ejecutiva o gerencia de Podemos, tal y como le exige el artículo 5.2.3 10, 11 y 12 del Plan de Cumplimiento Normativo". Así, considera que el conocimiento de la abogada de las presuntas irregularidades "sólo se desprende de la testifical" de José Manuel Calvente.

Este abogado, continúa la resolución, es quien manifiesta haber puesto en conocimiento de Carmona las supuestas irregularidades, "pero en ningún momento manifiesta ni se desprende de la documentación aportada cuándo lo hace, ni a través de qué vía formal lo hace". "Lo único que consta es un burofax del mes de octubre (23/10/2019) donde el señor Calvente pone en conocimiento de la señora Carmona, así como de la Secretaría de Organización Estatal que está siendo objeto de represalias por estar investigando 'supuestas irregularidades'. Por tanto, lo que se desprende de todo ello es que el señor Calvente está realizando alguna actuación, pero no la trabajadora demandante", añade.

"Sorprende" su falta de actuación

La jueza duda también de que Calvente interpusiera la denuncia en la Guardia Civil una vez fue despedido, y apunta que "sorprende" que si Carmona "conocía o tenía sospechas desde el mes de mayo o junio de ciertas irregularidades, no llevara a cabo ninguna acción en cumplimiento de sus funciones". "No realizó, o no consta, ni petición formal de documentación, ni actuación instructora al respecto ni siquiera anotación en el libro de registro de incidencias del que habla el art.5.2.3 12 del Plan de Cumplimiento Normativo", subraya.

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"Tampoco puso en conocimiento de la Gerencia del partido advirtiendo de los posibles riesgos, ni siquiera comunicó el hecho mismo de la investigación, ni elaboró informe alguno, ni formuló denuncia alguna de dichas irregularidades, según su propio testimonio derivado del interrogatorio de parte practicado. No consta, por consiguiente, que el empleador o cualquiera de sus órganos tuviera conocimiento de la existencia de una investigación por parte de la actora, por lo que a juicio de esta juzgadora no se ofrece indicio alguno que permita invertir la carga de la prueba o que permita afirmar que la actuación del empleador de modificar la jornada de trabajo de la actora obedece a una represalia por el ejercicio o cumplimiento de sus funciones de la que únicamente era conocedora la actora y el señor Calvente", afirma la resolución.

Carmona defiende, como hizo también en la declaración ante el juez de instrucción de Madrid que el 4 de diciembre de 2019 dirigió un mensaje a través de Telegram al líder de Podemos, Pablo Iglesias, que no fue contestado. Pero de la prueba examinada, la jueza de lo Social dice no haber sido "capaz de localizar tal chat de Telegram"

Sí hay acreditados correos electrónicos, aportados por Carmona, dirigidos a la Gerencia, a la Secretaría de Organización, a la dirigente Ione Belarra y al Consejo Ciudadano donde hacía referencia a que el despido de Calvente y su propuesta de cese como responsable de Cumplimiento Normativo se debía a una represalia por investigar las presuntas irregularidades, pero la jueza concluye que esos e-mails los envió "una vez tiene conocimiento que va a ser despojada de sus funciones, por lo que tampoco pueden considerarse como indicio de vulneración de la garantía de indemnidad que permita invertir la carga de la prueba".

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