La portada de mañana
Ver
La red infinita del lobby de la vivienda: fondos, expolíticos, un alud de 'expertos' y hasta un pie en la universidad

Independentismo

La Abogacía elude posicionarse sobre los indultos del 'procés' pero señala que el "perjuicio económico" está reparado

Los condenados por el 1-O Josep Rull, Jordi Sànchez, Raül Romeva, Joaquim Forn, Jordi Cuixart, Jordi Turull y Oriol Junqueras salen de la cárcel con el tercer grado.

infoLibre

La Abogacía del Estado ha remitido ya al Tribunal Supremo (TS) su informe sobre los indultos solicitados para los condenados por el procés, donde rehúsa pronunciarse a favor o en contra de la concesión de los mismos, por considerar que es una decisión que compete únicamente al Gobierno, si bien aclara que el "perjuicio económico" provocado con el referéndum independentista del 1-O estaría reparado, según informa Europa Press. 

En el escrito enviado por la Abogacía del Estado a la Sala de lo Penal del TS, ha indicado que "ni el informe que se acompaña al presente escrito ni el escrito mismo incorporan una valoración sobre la justicia o conveniencia y forma de la concesión de la gracia".

Y ello, ha explicado, porque informa en su condición de "parte ofendida" por el perjuicio económico causado por el 1-O a la Administración General del Estado (AGE), una AGE de la que también forman parte "tanto el órgano que debe formular la propuesta de indulto (el ministro de Justicia) como el órgano que debe acordarlo (el Gobierno)".

"Dada la personalidad jurídica única de la Administración General del Estado (...), no corresponde a la Subsecretaría de Hacienda ni a esta Abogacía del Estado, en su representación, en cuanto órganos de la propia Administración General del Estado, manifestarse sobre la justicia o conveniencia del indulto o sobre la forma de la concesión de la gracia, pudiendo entenderse en el caso de hacerlo que con ello se estaría anticipando o determinando el sentido de una decisión que solo al Gobierno compete", ha esgrimido.

Así, el informe se limita a analizar "exclusivamente" lo relativo al delito de malversación de caudales públicos por el que fueron condenados el ex vicepresidente catalán Oriol Junqueras y los ex consejeros Raül Romeva, Jordi Turull y Dolors Bassa.

Los Servicios Jurídicos del Estado han considerado que el daño económico ya ha sido resarcido y se apoyan para ello en el informe emitido por el Tribunal de Cuentas que acredita que los 4,1 millones de euros fijados como liquidación provisional en el juicio contable por los gastos y pagos del 1-O ya han quedado garantizados.

"Habiéndose determinado provisionalmente el alcance y sus presuntos responsables, y encontrándose garantizada esa cantidad a día de hoy, tal y como establecen la providencia de 24 de febrero de 2020 del Tribunal de Cuentas y el informe de la Subsecretaria del Ministerio de Hacienda de 25 de marzo de 2021, ese afianzamiento constituye un elemento que repararía el perjuicio económico producido a la Hacienda Pública", ha sostenido.

Más de cuatro millones de euros

En enero de 2020, se practicó la liquidación provisional por los gastos y pagos del referéndum ilegal en la que se declaró un presunto alcance por importe total de 4.146.274,97 euros: 3.903.294,86 euros por el principal y 242.980,11 euros por los intereses estimados desde que ocurrieron los hechos hasta esa liquidación provisional.

El acta de liquidación provisional, elaborada tras la instrucción y válida hasta que se dicta sentencia, conlleva que los presuntos responsables han de afianzar o depositar las cantidades que se han determinado. En este caso, los 4.146.274,97 euros fueron afianzados en febrero de 2020.

Fue el pasado 10 de febrero cuando los Servicios Jurídicos del Estado preguntaron al alto tribunal por esta "información complementaria" relativa a la devolución de las cantidades malversadas en el procés, al considerarlo imprescindible para poder elaborar su informe sobre la conveniencia o no de otorgar indultos a los líderes independentistas condenados por el TS.

En la sentencia del procés, los magistrados del Supremo ya fijaron que sería el Tribunal de Cuentas el encargado de dirimir y reclamar la responsabilidad civil en que pudieran haber incurrido los cuatro condenados que lo fueron por malversación de fondos públicos, además de por sedición.

La Fiscalía, en contra

La Sala de lo Penal del TS, tras recabar la información penitenciaria respecto de los doce condenados –nueve de ellos en prisión–, cuenta ya con el informe de la Fiscalía, que se opone a la concesión de la medida de gracia debido la gravedad de los hechos y al entender que no existen razones de justicia, equidad o utilidad pública que justifiquen su aplicación.

Tras analizar los argumentos de las dos acusaciones que ejercieron en el juicio, la propia Sala emitirá su propio informe, si bien ninguno de ellos es vinculante para el Gobierno, que es el que debe decidir sobre la concesión o no de los indultos solicitados.

El Gobierno concedió 18 indultos durante la segunda mitad de 2020, menos del 1% de las peticiones resueltas

El Gobierno concedió 18 indultos durante la segunda mitad de 2020, menos del 1% de las peticiones resueltas

Se presentaron al menos siete peticiones de indulto a favor de Junqueras; los ex consejeros Dolors Bassa, Joaquim Forn, Josep Rull, Raül Romeva, Jordi Turull, Santi Vila, Meritxell Borràs y Carles Mundó; los Jordis –Jordi Cuixart y Jordi Sànchez–; y la ex presidenta del Parlament Carme Forcadell. Algunas de ellas se refieren a todos los condenados y otras solo a algunos.

El indulto referido a Junqueras –condenado a 13 años por sedición y malversación de caudales públicos– fue presentado por varios internos de la cárcel de Lledoners donde cumple su pena, el jurista Francesc Jufesa, el presidente del partido Justicia Económica y Social (JES) Sergio Querol y otro particular, Juan Andrés Arnáiz Cabezas, quienes pedían el indulto total o parcial mediante la reducción de la pena de prisión impuesta o la sustitución de esta por pena de inhabilitación.

El indulto puede solicitarse por el propio condenado, sus parientes o cualquier otra persona en su nombre. La concesión, en caso de producirse, compete al rey, a propuesta del ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros, y debe acordarse mediante Real Decreto publicado en el Boletín Oficial del Estado.

Más sobre este tema
stats