4M | Elecciones en la Comunidad de Madrid

La Junta Electoral valida la candidatura de Toni Cantó fiándose de su DNI sin comprobar si estaba empadronado en Madrid

Toni Cantó e Isabel Díaz Ayuso durante un acto de campaña para las elecciones a la Asamblea de Madrid del 4 de mayo.

La Junta Electoral de Madrid validó las candidaturas de Toni Cantó y Agustín Conde en la lista del PP para los comicios del próximo 4 de mayo fiándose de la dirección que consta en sus respectivos DNI, pero sin comprobar si estaban empadronados en la comunidad.

Según ha explicado este martes el organismo de observación electoral, "con carácter previo a la presentación de candidaturas, se remitió a todos los partidos concurrentes a este proceso electoral un listado de los requisitos que debían cumplir todas sus candidaturas, en el que se establecía que si en el DNI de cada candidato no constaba su domicilio en la Comunidad de Madrid, deberían aportar volante de empadronamiento o certificado de empadronamiento". En el caso de aquellos candidatos que "no tenían domicilio en la Comunidad de Madrid en su DNI, se les ha solicitado volante o certificado de empadronamiento o certificación censal", añade.

Una Sala del TC de mayoría conservadora y con un exdiputado del PP decidirá sobre las candidaturas de Cantó y Conde en Madrid

Una Sala del TC de mayoría conservadora y con un exdiputado del PP decidirá sobre las candidaturas de Cantó y Conde en Madrid

"En relación con los candidatos" Cantó y Conde, números 5 y 23 de la lista que lidera Isabel Díaz Ayuso, respectivamente, "ambos han aportado su DNI, en el que consta su domicilio en Madrid", explica la Junta Electoral, que no añade que les fuera requerido ningún certificado de empadronamiento.

Esta es la explicación que ha dado la Junta Electoral después de que este lunes validara la lista que ha presentado el PP para los comicios del 4 de mayo, en respuesta a una denuncia presentada por el PSOE en la que impugnaba la candidatura del partido conservador al entender que ni Cantó ni Conde contaban "con los requisitos de elegibilidad" establecidos en la legislación vigente "por carecer de la condición de elector, residente, y de la vecindad civil en la Comunidad de Madrid a fecha 1 de enero de 2021". Este martes, el candidato socialista a la Presidencia de la Comunidad de Madrid, Ángel Gabilondo, ha avanzado que recurrirá la decisión del organismo, informa Europa Press.

La Junta Electoral Provincial también ha aceptado la petición del PSOE de "examinar la documentación" aportada por los dos candidatos del PP.

Más sobre este tema
stats