Obstáculos por salvar

La ausencia de sanciones lastra las normas de transparencia y el control real de cargos y directivos públicos

El líder de Vox, Santiago Abascal, en los pasillos del Congreso.
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Siete años después de que la Ley de Transparencia normalizase la idea de que los cargos públicos han de rendir cuentas sin disfraz sobre patrimonio, actividades e intereses económicos, la ausencia de sanciones y controles se traduce en lo que el catedrático de Ciencia Política Manuel Villoria resume así: "La infracción sale gratis". Miembro del comité de dirección de Transparencia Internacional en España,  Villoria sostiene que el universo legal que gravita en torno a la transparencia sufre de "enormes debilidades": porque impone obligaciones a quienes participan de la cosa pública pero no hay castigo para quien vulnere las normas en esa materia. 

Un ejemplo: a finales de febrero, los 52 diputados de Vox protagonizaron un desplante conjunto al incumplir el nuevo Código de Conducta de las Cortes, que obliga a los parlamentarios a detallar sus intereses económicos y sus vínculos con lobbies de cualquier naturaleza. Los 52 presentaron un formulario donde se declaraban al servicio del "interés superior de España". Lo hicieron sin aportar un solo dato. Y nada ocurrió dado que el Reglamento del Congreso no prevé que ocurra nada en ese tipo de casos.

Ahora, una proposición de ley registrada en el Congreso por el PSOE hace dos semanas abre la vía a un cambio. La proposición, relata el diputado socialista Odón Elorza, prevé que pierdan incluso los pluses salariales quienes se salten a la torera el Código de Conducta y falseen sus declaraciones de bienes y actividades u omitan datos. La iniciativa postula también la creación un registro de lobbieslobbiesen el Congreso, fiscalizar su influencia en las leyes e imponer un régimen sancionador.

El mismo día en que esa proposición de ley cruzó la frontera del Registro de la Cámara Baja, el Tribunal de Cuentas emitió un informe donde, por segunda vez en cinco años, insta a la Oficina de Conflictos de Intereses (OCI) a realizar "comprobaciones periódicas y aleatorias" de las actividades y bienes de altos cargos. Las recomendaciones hechas por el tribunal cuando examinó el trienio 2012-2014 seguían sin aplicarse en 2019, dice el informe. "No hay capacidad. Lo que da la Oficina es consejos", dice Villoria, uno de los máximos expertos españoles en transparencia, un campo en el que se adentró cuando pocos creían que el derecho de acceso a la información se convertiría en asunto de primer nivel.

Así que volviendo a cómo el cruce sigiloso de la frontera entre el espacio público y privado resulta fácil diga lo que diga la actual normativa, asoma de pronto el diagnóstico: el de que si alguien  se incorpora a una empresa del mismo sector donde intervino como alto cargo sin haber cumplido los dos años de "cuarentena" –esa es la palabra que usan los entendidos–, lo habitual es que ni se detecte ni se actúe. En eso coincide Villoria con otro experto como es el abogado Juan Moreno Yagüe, antiguo diputado andaluz de Podemos y hoy en el equip0 de la empresa Kratio, especializada en la evaluación de sistemas telemáticos y analógicos de difusión y acceso a información.

Pero Moreno cree que no todo se limita a la cuestión de las declaraciones de diputados, concejales o altos cargos. Donde se localiza otra falla de importancia, argumenta el letrado, es en la publicidad de los contratos públicos. La reticencia de las administraciones –"en muchos casos, el Gobierno central"– a facilitar toda la información acaba en numerosas ocasiones en los tribunales. Y ello "pese a que habría una solución fácil". Moreno lo explica así: "Igual que cuando vas a un organismo oficial tienes que enseñar tu DNI, pues hagamos que quien adjudica el contrato y con las precauciones que sean necesarias para mantener la protección de datos se vea ante este dilema: o publicita el expediente íntegro, que es el DNI de la adjudicación, o el contrato no sirve". Con una sola excepción: "La seguridad nacional".

Los agujeros de la legislación no afectan solo a la ausencia de normas efectivas. La falta de controles marca en todas partes el territorio, convienen los dos expertos. En Cataluña, expone Villoria, la legislación autonómica sobre la materia sí prevé sanciones, "pero casi no se aplican".

Y aquí llega otra pregunta relativa a un ámbito mucho más amplio y disperso que el central o, incluso, el autonómico: ¿hace alguien algo si un alcalde deja de serlo y se incorpora al poco tiempo a una constructora a la que su ayuntamiento adjudicó contratos? No, responde Villoria. Básicamente, porque nadie con capacidad de reacción lo detecta. Y porque tampoco en lo que concierne a la extensísima administración local –66.982 ediles tras las elecciones de 2019– nadie vigila. "Hay pueblos donde el concejal equis ni siquiera presenta la declaración de bienes o se la guarda el secretario en un cajón", abunda el catedrático. Los cargos públicos, "y también los altos funcionarios", entran y salen por una puerta giratoria que los especialistas consultados creen que habría que poner bajo la lupa con una nueva ley de conflictos de intereses. La idea, desliza Villoria, catedrático de Ciencia Política de la Universidad Rey Juan Carlos (URJC), está sobre la mesa en el denominado IV Plan de Gobierno Abierto. Y ya dirá el tiempo cómo evoluciona ese plan y qué objetivos alcanza.

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Defensor de un planteamiento normativo ambicioso, Villoria entiende que ha de aprobarse "rápidamente" una ley de lobbies. "A saber qué puede ocurrir ahora con los fondos de Next Generation?", se pregunta en referencia a los 150.000 millones de la UE que el Plan de Recuperación hará llegar a España.

¿Y basta con controlar a los integrantes del poder ejecutivo y el legislativo? ¿Qué ocurre con el ámbito de los operadores judiciales, donde ni a jueces ni a fiscales obliga ninguna ley a declarar sus bienes ni señala con suficiente claridad dónde debe colocarse la raya de las incompatibilidades? Por ejemplo, ¿debe abstenerse un juez que instruya o juzgue una causa si entre los imputados o los acusadores se cuenta una empresa en cuyo centro universitario imparte clases, por ahora siempre compatible y por la que no se sabe cuánto cobra?

Villoria cree que en ese caso debería abstenerse. "Hay un problema", entiende el profesor. Porque jueces y fiscales "pueden entrar y salir". Y lanza una reflexión que ilustra su inquietud: "Imagínate que Enrique López [consejero de Justicia de Madrid, ahora en funciones] vuelve como magistrado a la Audiencia Nacional". En ese mismo caso se encontrarían los ministros Fernando Grande Marlaska o Margarita Robles. "Por supuesto", responde. Y, aunque a distinto nivel, también cualquier fiscal o inspector de Hacienda con información tributaria relevante que acabe de director jurídico de una compañía con problemas tributarios. El escenario abunda en cambios de equipo como el descrito. Y de momento nada indica que a corto plazo se vaya a estrechar o remodelar el marco de la puerta giratoria que enlaza lo público y lo privado. O el de aquella otra que conecta el poder judicial con el ejecutivo.

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