Tribunales

La Fundación Abogados de Atocha recurre a Estrasburgo la puesta en libertad de García Juliá, condenado por la matanza

Monumento a los Abogados de Atocha

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La Fundación Abogados de Atocha ha recurrido ante el Tribunal de Europeo de Derechos Humanos (TEDH) la puesta en libertad en noviembre de 2020 de Carlos García Juliá, condenado por la matanza de los abogados de Atocha de 1977 y que fue extraditado en febrero de 2020 desde Brasil. Denuncian que fue excarcelado cuando aún le faltaban diez años para cumplir la condena, según informa Europa Press. 

La salida de Soto del Real de García Juliá se produjo después de que se le hiciera una nueva liquidación de condena por la Audiencia Provincial de Ciudad Real que rebajaba los años que tenía que continuar en prisión, por lo que no cumplió con los 12 años que le restaban por su participación en la matanza de Atocha, cometida el 24 de enero de 1977 en un bufete de abogados laboralistas por miembros de la extrema derecha.

Ahora la fundación va a Europa para denunciar la actuación de los tribunales de justicia españoles. En una nota de prensa, señalan que se da una "enorme arbitrariedad" de la justicia al no aplicar las leyes y la jurisprudencia que impedirían la aplicación de beneficios de redención de penas por trabajo a García Juliá.

Lamentan además que no ha cumplido más de diez años de la condena impuesta de 193 años –ya reducida a 30 por las leyes vigentes– y que los beneficios que le han sido aplicados le habían sido prohibidos por su conducta ya que trató de quebrantar su condena.

Por otro lado, desde la fundación ponen el foco en el "abandono absoluto" al que la justicia española ha sometido a las víctimas ya que no han podido oponerse a estas "irregularidades" porque no se les han notificado a lo largo del procedimiento pese a ser parte personada.

"Esperamos dar esta última batalla ente el Tribunal de Derechos Humanos Europeo, con la esperanza de que la justicia sea algo más que la arbitrariedad en la aplicación de las leyes y el abandono absoluto de unas victimas tan duramente golpeadas por unos hechos que estremecieron a todo el país en su momento de transición de la

dictadura a la democracia", recuerdan.

La entrega de Brasil

García Juliá, que ha estado preso en la cárcel madrileña de Soto del Real, fue entregado a España por las autoridades brasileñas en febrero de 2020 después de que estuviera más de 20 años en búsqueda y captura. Tras ser condenado por la matanza de Atocha a 193 años y cumplir varios años de cárcel, se fugó cuando disfrutaba de un permiso a principios de los noventa.

Cuando ingresó en Soto del Real, al terrorista le quedaban por cumplir 3.845 días, esto es, diez años de condena, concretamente hasta agosto de 2030. Entre otras cosas, el tribunal le ha aplicado 787 días de liquidación por redención extraordinaria y 429 días por la estancia en prisión en Brasil tras ser arrestado en diciembre de 2018.

Fue en plena plandemia de coronavirus, y con el estado de alarma vigente, cuando se conoció que el abogado de García Juliá se había dirigido a la Audiencia Provincial de Ciudad Real solicitando la práctica de una nueva liquidación de condena por ser el último tribunal que emitió una sentencia en su contra, en este caso por una causa distinta a la de la matanza de Atocha. Algo que le fue concedido.

En noviembre de 2020, la Fundación Abogados de Atocha presentó un recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional (TC) solicitando medidas cautelares que impidieran el excarcelamiento de Carlos García Juliá, pero fue en vano ya que fue rechazado por el alto tribunal ante el estupor de la defensa por la inmediatez de la decisión.

Ese recurso llegaba después de que hubieran impugnado sin éxito ante la Audiencia Provincial de Ciudad Real la liquidación provisional de condena del preso y solicitaran a la Audiencia Nacional la nulidad de todas las actuaciones relacionadas con el condenado desde su entrega a nuestro país.

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Creen que no hay conexidad

Sobre la liquidación realizada desde Ciudad Real el 7 de mayo y que le reconoce los 3.138 días de redenciones ordinarias y extraordinarias, las víctimas recordaban que dado que el terrorista de ultraderecha quebrantó la libertad condicional con su huida de Paraguay, esto implicaría a tenor de lo dispuesto en el Código Penal y en las leyes penitenciarias y de enjuiciamiento, la pérdida de todo lo redimido. De esta forma deberían descontarse del tiempo efectivamente cumplido 1.207 días.

Además, indicaban que no podía haber conexidad entre los delitos de la calle Atocha con los que se le imputaban por otro incidente en la prisión de Ciudad Real, por lo que la liquidación no sería válida.

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