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El Supremo archiva la querella de Vox contra Belarra por tildar a los de Abascal de "nazis a cara descubierta"

El Supremo archiva la querella de Vox contra Belarra por tildar a los de Abascal de "nazis a cara descubierta"

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La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo (TS) ha archivado la querella presentada por el partido político Vox contra la ministra de Derechos Sociales y Agenda 2030, Ione Belarra, en la que acusaban de un delito de odio por haber calificado a dicha formación en un mitin de la campaña electoral de Madrid, celebrado el pasado 25 de abril en Collado Villalba, como "nazis a cara descubierta".  El alto tribunal destaca en un auto que "podrá entenderse que tales expresiones son contrarias al debido respeto que deben depararse los distintos partidos políticos en confrontación electoral, pero no son constitutivas de un delito de odio".

La resolución, ponencia de Julián Sánchez Melgar, repasa su jurisprudencia sobre el delito de odio y destaca que dicho delito "tiene como esencia el incitar públicamente al odio, hostilidad, discriminación o violencia contra un grupo, una parte del grupo o contra una persona determinada, pero atacada por razón de su pertenencia a aquél, por motivos racistas, antisemitas u otros referentes a la ideología, religión o creencias, situación familiar, la pertenencia de sus miembros a una etnia, raza o nación, su origen nacional, su sexo, orientación o identidad sexual, por razones de género, enfermedad o discapacidad".

"Es decir, se trata de comportamientos que tienen como sujetos pasivos a tales grupos, que están caracterizados por su raza, su origen nacional, su sexo, orientación o identidad sexual, por razones de género, enfermedad o discapacidad ideología, religión o creencias. Tales grupos no son, en línea de principio, partidos políticos, constituidos legalmente, que se encuentran en liza electoral en un debate público, en el contexto de unas elecciones democráticas", añaden los magistrados.

La Sala explica que "el delito de odio defiende a esas minorías sociales, citadas en el texto del precepto comentado, pero no a otros colectivos, como es el caso de los partidos políticos, cuyo acomodo más natural se residencia en los delitos contra el honor, siempre que concurran sus requisitos, muy matizados por nuestra jurisprudencia en el contexto de campañas electorales y con el amparo, en otras ocasiones, de la prerrogativa parlamentaria de la inviolabilidad".

Por ello, entienden los magistrados que las expresiones referidas por Belarra señalando que Vox había hecho "publicidad filofascista" y que acaban "siendo evidentemente lo que son, unos nazis, pero ya a cara descubierta", "no integra el delito de odio que ha sido denunciado, pues tal delito se refiere a minorías sociales protegidas por tales elementos ya analizados, como sus características raciales, comportamientos antisemitas u otros referentes a la ideología, religión o creencias, situación familiar, la pertenencia de sus miembros a una etnia, raza o nación, su origen nacional, su sexo, orientación o identidad sexual, por razones de género, enfermedad o discapacidad".

Archivada también la causa contra Monedero

La titular del Juzgado número 16 de Madrid, Margarita Valcarce, ha acordado el sobreseimiento provisional y archivo de la causa contra el cofundador de Podemos Juan Carlos Monedero en la que figuraba como investigado por identificar a Vox con crímenes de lesa humanidad como los cometidos por la Alemania nazi. En un auto de 27 de julio, al que ha tenido acceso Europa Press, la instructora asegura que "procede decretar el sobreseimiento provisional de la causa" porque "no existen indicios de la comisión de ninguno de los delitos a que hace referencia el escrito de querella" presentado por el partido liderado por Santiago Abascal. Así, descarta posibles delitos de calumnias y de odio y un delito grave de injurias realizado con publicidad.

La magistrada considera que es "evidente" que "no podemos encontrarnos con un delito de calumnias", tal y como pretendía Vox, dado que en las manifestaciones vertidas por Monedero en un vídeo publicado en redes sociales "no se está imputando ningún hecho delictivo al partido político ni a sus simpatizantes, representantes o afiliados".

Sostiene que el exdirigente realiza una "crítica desacertada por los términos utilizados" a la propuesta de los diputados de Vox de que se retire la asistencia sanitaria a los extranjeros en situación irregular en España, pero subraya que de las expresiones que se recogen en el vídeo "no se desprende que se esté imputando al partido político Vox un delito de odio contra colectivos vulnerables". La jueza también precisa que las declaraciones de Monedero "no pueden considerarse como expresiones destinadas a provocar el odio o discriminación hacia dicho grupo político, ni hieren los sentimientos de la ciudadanía".

En este sentido, recuerda que en el ámbito de la crítica política "es muy común oír expresiones del tipo de las proferidas por el señor Monedero por uno u otro grupo político hacia el contrario, con la finalidad de hacer prevalecer una opinión frente a otra". En el marco de su resolución, la instructora insiste en que las declaraciones del cofundador de Podemos no son perseguibles en el ámbito penal, pero asegura que Vox, "si así lo considerara", podría acudir a la jurisdicción civil para "restablecer su honor".

"A mí no me van a silenciar"

Monedero prestó declaración el pasado 22 de abril y ratificó ante la jueza instructora los pronunciamientos que hizo en un vídeo sobre Vox, donde lo identificó con crímenes de lesa humanidad como los cometidos por la Alemania nazi al afirmar que "es un partido que no respeta los Derechos Humanos". El cofundador de Podemos insistió aquel día, en declaraciones a la prensa, que se había "reafirmado en el contenido" de su monólogo porque creía que la voluntad de Vox era "intentar frenar la libertad de expresión". "A mí no me van a silenciar", dijo.

El partido basó su querella en un vídeo difundido por Monedero en el que comentaba una serie de propuestas de Vox, como "quitar la sanidad gratuita a los migrantes sin papeles durante el estado de alarma" o "ampliar el plazo de permanencia en los CIE de los extranjeros irregulares por razones de interés general".

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La formación de Abascal alegaba que las afirmaciones de Monedero superaban "los límites de la libertad de expresión y crítica política". De hecho, insistía en que no criticaba posturas políticas, sino que "solo" vertía "numerosos insultos". En su vídeo, Monedero cuestionaba si "esta gente de Vox son cristianos, porque el cristianismo se basa en la compasión". "Me recuerdan a menudo a esos delincuentes que en Medellín, queriéndose engañar a ellos mismos, van a rezar a la Virgen de lo Sicarios", señaló.

El cofundador de la formación morada concluía su monólogo recordando que "abandonar a unos seres humanos a su suerte es un delito de lesa humanidad". "Otros por menos han terminado en el tribunal de La Haya. Los ídolos de Vox terminaron en Nuremberg", indicó. El partido insistió en que esas palabras suponían identificar al partido con los más graves y sangrientos crímenes contra la Humanidad, como los campos de exterminio nazis o los sicarios del Cártel de Medellín.

Tras el archivo de esta causa, queda pendiente otra querella presentada por Vox contra Monedero por publicar mensajes en la red social Twitter en los que "vincula" a la formación con el caso de Samuel Luiz. La formación considera que el exdirigente podría haber incurrido con su comentario en delitos de calumnias, de injurias y de odio. Hasta el momento no ha trascendido si ha sido admitida a trámite o no.

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