El futuro de Cataluña

El Supremo corrige a la Abogacía del Estado y comunica a Cerdeña que la orden contra Puigdemont nunca se desactivó

El expresident de la Generalitat Carles Puigdemont.

El magistrado del Tribunal Supremo Pablo Llarena ha remitido un escrito al Tribunal de Apelación de Sassari, en Cerdeña (Italia) en el que remarca que la orden europea de detención y entrega (OEDE) dictada contra el expresidente de la Generalitat de Cataluña Carles Puigdemont está vigente y nunca ha sido suspendida por el planteamiento de la cuestión prejudicial ante el Tribunal General de la Unión Europea (TUE) que él mismo remitió el pasado mes de marzo. Llarena corrige explícitamente a la Abogacía del Estado, que en sus alegaciones ante este órgano judicial con sede en Luxemburgo comunicó que las euroórdenes estaban desactivadas. 

"En el procedimiento ante el TUE, según parece recogerse en la resolución, la Abogacía del Estado del Reino de España informó al Tribunal que estaban suspendidas las OED emitidas por este instructor. Como se ha dicho, eso no es así. La decisión de suspender una medida cautelar que era ejecutiva desde el año 2019 es una decisión de este instructor y nunca ha sido adoptada", recalca el magistrado en su oficio, que ha sido remitido este jueves al representante de España en Eurojust para que lo traslade al tribunal de Cerdeña, a sólo cuatro días de que el expresidente catalán comparezca.

Según afirma Llarena, esta "situación" de las órdenes europeas "no sería desconocida para la Abogacía del Estado, pues es parte en el procedimiento penal que se sigue ante el Tribunal Supremo de España" y, además, "nunca le ha sido notificada a la Abogacía del Estado una posible decisión de suspender las OEDE, como tampoco la Abogacía del Estado ha promovido que tal decisión se produzca".

Un "desajuste de información"

Considerando que el Tribunal Supremo no tiene intervención en el procedimiento ante el TUE –al que acudió Puigdemont cuando le fue retirada la inmunidad parlamentaria– y que sí la tiene la Abogacía del Estado, pues el Reino de España es coadyuvante con el Parlamento Europeo en ese proceso, el juez hace referencia a la información facilitada por la Abogacía del Estado y explica a la autoridad judicial italiana que "ese desajuste de información podría explicar la incorrección que sobre la vigencia de las OEDE aparece en una parte de la resolución del TUE del pasado 30 de julio, al no haberse podido aportar para la resolución la información proveniente de la autoridad judicial –esto es, el Supremo– a la que corresponde decidir sobre la subsistencia de las medidas cautelares".

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En el documento enviado a Eurojust, el juez instructor de la causa del procés amplía la información relativa al expediente de solicitud de entrega de Puigdemont, subrayando que éste carece actualmente de inmunidad parlamentaria, que le fue retirada por la Eurocámara el pasado marzo. Solicita por ello a la autoridad judicial italiana la entrega inmediata del exdirigente catalán a la jurisdicción española, a fin de poder continuar la tramitación del procedimiento. Llarena procesó a Puigdemont por rebelión y malversación, aunque tras la sentencia del Tribunal Supremo rectificó la orden de detención a sedición y malversación.

Subsidiariamente, para el supuesto de que Puigdemont volviera a reclamar ante el TUE la recuperación cautelar de su inmunidad y suponiendo que le fuera concedida, el magistrado solicita al tribunal de Cerdeña que suspenda la tramitación del proceso de entrega ahora iniciado, pero adoptando las medidas precisas para garantizar que se sigan dando las condiciones materiales necesarias para una entrega efectiva cuando el expresident haya dejado de disfrutar del privilegio o inmunidad.

Para el caso contrario, esto es, en el supuesto de que se mantenga la retirada de la inmunidad actualmente imperante, y sólo para en caso de que el tribunal italiano entendiera que la respuesta a la cuestión prejudicial puede condicionar su decisión, el instructor señala la posibilidad de que la autoridad judicial italiana paralice el procedimiento de ejecución hasta que Luxemburgo se pronuncie, subrayando que esta es la posición que ha seguido Bélgica.

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