¿Verdad o mentira?

Artur Mas: "Organizar un referéndum, incluso sin autorización, no es un acto delictivo en España"

El expresident de la Generalitat Artur Mas.

El magistrado del Tribunal Supremo Pablo Llarena terminó este viernes de tomar declaración a los ocho exconsellers investigados del Govern catalán. Horas antes, el expresident de la Generalitat Artur Mas hablaba para los micrófonos de Onda Cero, en una entrevista donde afirmaba que "si el acto delictivo es haber organizado un referéndum, yo les recuerdo que esto en el año 2005 se sacó del Código Penal, por tanto organizar un referéndum, incluso sin autorización, no es un acto delictivo en España. Puede ser un acto con penas administrativas, con penas económicas, pero no es un delito penal". Aunque la afirmación de Artur Mas es correcta, lo cierto es que los miembros del Govern no están siendo investigados por haber convocado el referéndum del 1 de octubre, sino por delitos de rebelión, sedición o malversación de fondos en relación con la proclamación unilateral de la independencia catalana.

La convocatoria de referéndum sí fue delito en la legislación española durante un breve periodo de dos años. Para entender las palabras del expresident es necesario retroceder a noviembre del año 2003. El Gobierno que presidía José María Aznar, que contaba con mayoría absoluta en el Congreso, incluyó en el Código Penal un delito que castigaba la convocatoria ilegal de un referéndum. Lo hacía después de que el lehendakari Juan José Ibarretxe anunciara su intención de convocar una consulta en Euskadi en caso de que su plan, conocido como plan Ibarretxe, no fuera finalmente aceptado por el Congreso de los Diputados.

De este modo creaba el Ejecutivo conservador el artículo 506 bis del Código Penal, que incluía el "delito de convocatoria ilegal de elecciones o consultas populares por vía de referéndum". El castigo oscilaba entre los tres y cinco años de cárcel, y entre seis y diez de inhabilitación. Este artículo y el 521 bis también penalizaban a quienes facilitaran, promovieran o aseguraran la realización de tales procesos o consultas. 

La modificación del Código Penal fue anunciada por el PP sin consenso previo con el PSOE, principal partido de la oposición. El que fuera portavoz del Gobierno, Eduardo Zaplana, aseguraba que la actuación de los conservadores suponía una "respuesta serena y contundente al camino emprendido por el PNV: del consenso a la confrontación total".

Dos años después, tal y como recuerda ahora Artur Mas en su entrevista radiofónica, el Gobierno socialista de José Luis Rodríguez Zapatero tumbó los citados artículos al considerar que la reforma era "desafortunada e inapropiada". Para la revocación, el PSOE recabó el apoyo de todos los grupos parlamentarios a excepción del PP.

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Los artículos, acordó el Congreso, "se refieren a conductas que no tienen la suficiente entidad como para merecer el reproche penal, y menos aún si la pena que se contempla es la prisión".Por ello, añadía, "el ejercicio de las potestades de convocar o promover consultas por quien no las tiene legalmente atribuidas es perfectamente controlable por vías diferentes a la penal".

Ya en septiembre de 2017, el entonces conseller de Presidencia y portavoz del Govern, Jordi Turull –hoy uno de los consellers cesados e investigados–, insistía en que convocar un referéndum "no es delito" de acuerdo con la propia legislación española, y advertía de que cualquier actuación del Estado contra la consulta supondría un "atentado" contra las leyes que rigen en la Unión Europea. Igual que Artur Mar, Turull recalcaba que "convocar un referéndum no es delito y esto lo dice la ley que aprobó el Congreso en 2005".

Aunque la afirmación de ambos es correcta, lo cierto es que ninguno de los consellers cesados está imputado por organizar el referéndum celebrado el 1 de octubre, ya que efectivamente no es una conducta tipificada en el Código Penal. A los investigados se les achacan posibles delitos de sedición, rebelión y malversación de fondos por haber promovido la declaración unilateral de independencia de Cataluña, comportamientos que sí están sancionados penalmente.  

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