Plaza Pública

Garantizar los derechos digitales

Un usuario con su ordenador.

Artemi Rallo Lombarte

La Comisión Constitucional del Senado acaba de aprobar, a propuesta del grupo socialista, una moción instando al Gobierno a promover e impulsar las políticas públicas necesarias para garantizar efectivamente los derechos digitales de la ciudadanía, particularmente en materia de acceso y seguridad de Internet, protección de los menores y en el ámbito educativo y laboral.

La sociedad española ha protagonizado transformaciones extraordinarias a lo largo de las últimas décadas. Los cambios sociales, económicos, institucionales o culturales han resultado sobresalientes. Se han modificado sustancialmente las pautas de comportamiento y las relaciones humanas. La tecnología ha cambiado nuestra sociedad para hacernos mejores y ofrecernos más y mejor vida, más cultura, más información, más libertad y más democracia.

El Derecho es la ciencia social llamada a regular y ordenar los comportamientos humanos por lo que, obviamente, no podía ni puede ser inmune a las transformaciones sociales causadas por la revolución tecnológica.

El mundo ha conocido una revolución tecnológica imposible de predecir apenas medio siglo atrás. Por ello, resulta especialmente meritoria e innovadora la referencia a la informática contenida en la Constitución de 1978la informática: "La ley limitará el uso de la informática para garantizar el honor y la intimidad personal y familiar de los ciudadanos y el pleno ejercicio de sus derechos". Así reza el apartado cuarto de su artículo 18.

La Constitución de 1978 se ubica en la vanguardia de las normas constitucionales de su tiempo haciéndose eco de las transformaciones sociales de su tiempo aun cuando su devenir histórico resultara todavía incierto. El art. 18.4 CE impuso un mandato al legislador notablemente abierto: establecer límites al uso de la informática para proteger la dignidad humana y preservar el pleno ejercicio de los derechos fundamentales.

El constituyente español partía de un prejuicio negativo hacia el impacto de la informática en el disfrute de los derechos fundamentales sustentado en indicios emergentes. A finales de la década de los 70, el "uso de la informática" ya había ofrecido ejemplos de intentos de injerencia en la vida privada de los individuos. Por aquel entonces muchos lander alemaneslander regularon el procesamiento informático en las administraciones públicas (Schleswig-Holstein, Baviera, Renania-Palatinado, Renania del Norte-Westfalia o Baden-Württemberg) estableciendo límites a su uso para garantizar la confidencialidad de los datos. Algunos países aprobaron leyes pioneras para limitar el uso de la informática: Suecia (1973), Estados Unidos (1974), Alemania (1977), Austria, Dinamarca y Noruega (1978). Habiendo estallado en Francia el caso Safari (el Ministerio del Interior había desarrollado en secreto un registro automatizado de datos policiales), ese mismo año fue creada la Commission Nationale de l'Informatique et des Libertés (CNIL) mediante la Loi relative à l'informatique, aux fichiers et aux libertés.

Apenas dos años antes la Constitución portuguesa de 1976 consagró, por primera vez en la historia constitucional, un precepto dedicado a la utilización de la informáticala utilización de la informática prohibiendo la existencia de registros informáticos que pudieran afectar a la libertad ideológica o religiosa o que permitieran invadir la privacidad de los individuos. En este contexto precursor y avanzado el constituyente español alumbró su art. 18.4 adornándolo con preclaras intervenciones durante los debates constituyentes, como la del ponente constitucional Jordi Solé Tura ("el tema de la informática es fundamental, aunque hoy sólo se encuentre en los inicios… Se trata de establecer garantías de control de los controladores") o la del senador aragonés Isaías Zarazaga: "Tenemos que situarnos en el futuro… vendrán otras muchas técnicas –no sólo la informática–, y resulta imprescindible prevenir y prepararnos para ellas adecuadamente y no quedarnos desplazados en la carrera, aun antes de haber salido de la meta… El mundo y las personas están cambiando a ritmo inimaginable. Hemos de prepararnos para entender este mundo y proteger los derechos de los ciudadanos en los ambientes individual, familiar y social… Hay que evitar la traición de la tecnología; hay que arbitrar nuevos sistemas de valores".

El legislador español ha sido precursor cuando, en fecha reciente, aprobó la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y Garantía de Derechos Digitales para cumplir con el art. 18 CE abordando "el enorme impacto de Internet tanto en nuestra vida personal como colectiva y en nuestra actividad profesional, económica y privada y promover la igualdad de los ciudadanos en el pleno ejercicio de los derechos fundamentales en la realidad digital" (Preámbulo). A iniciativa del PSOE, la LO 3/2018 consagró la neutralidad y seguridad de la Red, el acceso universal sin brechas, la educación online, el derecho al olvido y a la portabilidad, el testamento digital, la desconexión digital, la intimidad en el uso de dispositivos digitales en el ámbito laboral y la protección de los menores.

Pero el impacto de la pandemia en todos los ámbitos y actividades (laborales, educativas, sociales, culturales, económicas, mercantiles, de ocio, etc.), intensificándose exponencialmente el uso de la tecnología y, particularmente, de Internet, ha hecho que la tradicional preocupación existente sobre sus riesgos y amenazas haya adquirido un grado de alarma superior. La omnipresencia de la tecnología durante el confinamiento domiciliario de la mitad de la humanidad y la traslación de buena parte de la actividad humana al mundo online han evidenciado la necesidad de acelerar los ritmos para garantizar los derechos individuales en ámbitos como el teletrabajo, la educación y la formación online o las relaciones administrativas exclusivamente digitales, a los efectos de salvaguardar un uso seguro de Internet, la protección de los menores, la privacidad de los adultos, la conciliación de la vida familiar o la igualdad de oportunidades en el acceso de sectores vulnerables por razones económicas, sociales, humanas o geográficas.

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Artemi Rallo Lombarte es portavoz socialista en la Comisión Constitucional del Senado y catedrático de Derecho Constitucional.

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