La herencia del dictador

La Audiencia condena a la nieta de Franco a abonar medio millón por impuestos impagados tras una venta de acciones

La Audiencia condena a la nieta de Franco a abonar medio millón por impuestos impagados tras una venta de acciones

Carmen Martínez-Bordiú, nieta mayor de Francisco Franco, fue condenada por la Audiencia Nacional el 7 de marzo a abonar más de medio millón de euros a Hacienda por impuestos impagados tras una suculenta venta de acciones. La sentencia, a la que ha tenido acceso infoLibre, lleva fecha del 7 de marzo, apenas dos meses y medio antes de que el anterior ministro de Justicia, Rafael Catalá, ordenase el 31 de mayo expedir "Real Carta de Sucesión en el título de Duque de Franco, con Grandeza de España" en su favor. Este periódico ignora si la "nietísima" ha impugnado la resolución de la Audiencia ante el Tribunal Supremo o si, por el contrario y para poner fin al largo litigio iniciado en 2011, pagará los 525.063,96 euros que le exige la Agencia Tributaria por el IRPF de 2007 y 2008. Más las costas del proceso.

Dictada por la Sección Cuarta de la Sala de lo Contencioso de la Audiencia Nacional, la sentencia tiene su origen en una venta de acciones efectuada por Martínez-Bordiú en 2006. El 28 de abril de ese año, la nueva duquesa engrosó sus cuentas con 9,9 millones de euros al traspasar a Sanedi SA y Edificaciones Tifán SL, dos empresas del constructor Fidel San Román –que años más tarde se convirtió en uno de los condenados por corrupción en la Operación Malaya–, las 42 valiosísimas participaciones de la inmobiliaria FR Promociones del Suroeste SA que seis años antes le había donado en vida su madre y que representaban el 7% de la compañía. Pero en el IRPF de 2007 y 2008 Martínez Bordiú declaró como ganancia 57.000 euros y no los más de 6,7 millones en que Hacienda cifra el verdadero incremento patrimonial derivado de la operación.

La resolución de la Audiencia desmonta el principal argumento que Martínez-Bordiú esgrimió para minimizar de manera drástica el pago de impuestos: que varios inmuebles y fincas adquiridos con ese dinero le daban derecho a optar a importantes bonificaciones. ¿Por qué? Porque, según su versión, se habían destinado "a la actividad económica de arrendamiento".

Hacienda, que en diciembre de 2009 le había abierto una inspección, negó ese extremo desde que en abril de 2011 "y como consecuencia de dichas actuaciones",  incoó con relación al IRPF de los ejercicios 2007 y 2008 "Acta de Disconformidad, con un resultado a ingresar de 525.063,96 euros".

Ahora, la Audiencia da la razón al fisco al desestimar el recurso contencioso administrativo planteado por Martínez-Bordiú contra la resolución emitida en enero de 2016 por el Tribunal Económico Administrativo Central. Previamente, en mayo de 2013, el Tribunal Económico de Cantabria ya se había pronunciado en favor de Hacienda y en contra de la descendiente de Franco.

Casi nueve años después de que los inspectores de Hacienda comenzaran a levantar las alfombras de las declaraciones tributarias de Martínez-Bordiú, la Audiencia recalca que la demandante no ha logrado demostrar en ningún momento que cumpliera los requisitos exigidos para que un inmueble o una finca se consideren vinculados a la actividad económica: que el contribuyente dispone de "un local afecto a tal actividad y de persona con contrato laboral y a jornada completa". 

Pero más allá del incumplimiento de esos requisitos, la sentencia incorpora otros datos que en sí mismos ya comprometían la versión de la nieta de Franco. Porque, y así lo detalla el texto judicial, uno de los inmuebles cuyo supuesto carácter profesional invocó la primogénita de la ya difunta Carmen Franco era el piso de lujo de Santander por el que en mayo de 2006 había pagado 1.959.050 euros más IVA y que constituía el domicilio "de la propia contribuyente y de su cónyuge, lo que de suyo excluye la existencia de la actividad económica".

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Otra de las propiedades era un chalet en la urbanización mallorquina Costa de Andratx, muy próximo a Cala Llamp, que a Martínez Bordiú le costó 1.475.200 euros. Justamente en una mansión de su propiedad ubicada en Cala Llamp veraneó durante años la heredera el emporio Franco con mayor proyección mediática hasta que sus hermanos Francisco y José Cristóbal se situaron este verano en primera línea al acusar al Gobierno de que la anunciada exhumación de su abuelo implicaría un "delito de prevaricación". El lote mencionado por el fallo de la Audiencia se completa con dos fincas en el municipio cántabro de Miera por las que abonó 360.607 euros en enero de 2007.

La sentencia explica así lo que Martínez-Bordiú hizo al aducir que sí disponía de un local y de una persona con contrato laboral y a jornada completa para la actividad de arrendamiento. "Redujo la base imponible de la ganancia patrimonial obtenida por la venta habida el 28 de abril de 2006 de las 42 acciones d ela entidad FR Promociones del Suroeste SA a las entidades Sanedi SA y Edificaciones Tifán SL; así redujo la ganancia patrimonial por importe de 6.715.715,87 euros hasta 57.209,68 euros".

 

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