Libertad de expresión

Los delitos que quiere eliminar IU del Código Penal: ¿problema de interpretación o castigos injustos?

El líder de IU, Alberto Garzón.

Este viernes, IU anunció que presentará en el Congreso una proposición de ley para eliminar del Código Penal cinco delitos: los que castigan la ofensa a los sentimientos religiosos, las injurias contra la Corona, las injurias contra las instituciones, los ultrajes contra la patria y el enaltecimiento del terrorismo. Según afirmó el coordinador federal de la formación, Alberto Garzón, la iniciativa busca frenar el "retroceso brutal de libertades" que se está produciendo en los últimos tiempos, aunque los expertos matizan: el problema no solo viene por la parte legal, sino también por la interpretación que hacen algunos jueces de las leyes.

La propuesta de IU tiene lugar en un momento en el que se han producido, en apenas una semana, tres polémicas relativas al recorte de la libertad de expresión. El pasado miércoles, el Tribunal Supremo confirmó la condena a tres años y medio de prisión al rapero Valtonyc por incluir en sus letras injurias al rey y frases constitutivas de enaltecimiento del terrorismo, y a ello se une el secuestro del libro Fariña determinado por una jueza madrileña y la censura de la obra Presos políticos en la España contemporánea de la feria de arte ARCO.

Varios juristas se han pronunciado contra estas y otras decisiones similares que se han adoptado en los últimos tiempos. El año pasado, por ejemplo, se condenó a un año de cárcel al cantante César Strawberry por enaltecimiento del terrorismo, la misma pena que se aplicó a la tuitera Cassandra Vera por hacer chistes sobre el asesinato del jerarca franquista Luis Carrero Blanco. La lista de casos que han generado controversia es larga: el de los titiriteros contratados por el Ayuntamiento de Madrid o los procesos judiciales contra la portavoz de este consistorio, Rita Maestre, o contra el concejal Guillermo Zapata son algunos ejemplos.

No obstante, los expertos consultados por infoLibre sostienen que el problema va más allá de que en el Código Penal existan tipos como el de enaltecimiento del terrorismo o el de ofensa a los sentimientos religiosos. "Lo llamativo de que se haya considerado necesario por parte de un grupo político suprimir estos delitos es que su utilización ha evolucionado hasta un extremo que genera preocupación", sostiene Xavier Arbós, catedrático de Derecho Constitucional en la Universidad de Barcelona. Y de forma similar se expresa Francisco Caamaño, constitucionalista de la Universidad de Alicante y exministro de Justicia: "El problema principal es la evolución de la sociedad española, porque la interpretación que hacen los jueces de la ley es un reflejo de la sociedad, y se están dictando condenas en casos que hace años hubieran sido considerados como muestras del ejercicio de la libertad de expresión".

Sin embargo, Joaquín Urías, profesor de Derecho Constitucional en la Universidad de Sevilla y exletrado del Tribunal Constitucional, tiene una posición clara sobre el delito de enaltecimiento del terrorismo, uno de los que quiere eliminar IU: a su juicio, no debería estar en el Código Penal. Y es que, a juicio de Urías, no puede calificarse como delito el hecho de expresar apoyo a una organización terrorista, aunque sí cree que existe un supuesto perseguible por la Justicia si quien apoya el terrorismo se manifiesta, además, con intención de humillar a las víctimas.

Arbós, por su parte, tiene más "dudas" sobre la conveniencia de eliminar este delito, aunque hace hincapié en que no debería tratarse igual "la expresión artística, por muy deleznable o reprobable que sea en sus manifestaciones", y "el homenaje a un etarra". "A mi juicio, no habría que condenar a un rapero, pero creo que eso no se consigue derogando el delito de enaltecimiento del terrorismo, sino estableciendo claramente la primacía de la libertad de expresión", sostiene el constitucionalista.

Por el contrario, ambos expertos coinciden en mostrarse favorables a la eliminación del delito de injurias a la Corona. Para Arbós, la existencia del tipo se justifica porque el jefe del Estado tiene un papel institucional que va más allá de su persona, pero el constitucionalista señala que se trata de un delito que "genera asimetría", ya que el rey "ya es inviolable" según la Constitución y, además, se le protege con un tipo específico. Por su parte, Urías explica que el Tribunal Europeo de Derechos Humanos ha sentenciado que los jefes de Estado no deben tener una protección especial, y recuerda que Francia, por ejemplo, derogó el delito de injurias a la Jefatura del Estado en el año 2013.

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El ultraje contra la patria, común en otros países

Urías también se muestra de acuerdo con la posibilidad de despenalizar el delito de ultraje contra la patria, aunque en este sentido señala que España no es ni mucho menos el único país que recoge en su Código Penal una especial protección para los símbolos nacionales, especialmente en Europa. Buen ejemplo de ello es la detención de dos jóvenes españoles en Letonia en el año 2007 por robar unas banderas de una farola: la Fiscalía letona les acusó de intentar ultrajar la enseña nacional y los mantuvo varios días en prisión. Por su parte, Arbós señala que en EEUU quemar la bandera está amparado por la libertad de expresión, pero únicamente desde 1989 y porque así lo decidió el Tribunal Supremo, ya que antes 48 de los 50 Estados lo castigaban penalmente.

¿Y qué ocurre con el artículo 525 del Código Penal, que castiga la ofensa y el escarnio a los sentimientos religiosos? Urías argumenta que su eliminación "no dejaría a nadie desprotegido" porque existen otros delitos dentro del Código Penal que sirven para salvaguardar el derecho a la libertad de culto recogido en la Constitución, como los artículos 522 y 523, que castigan a quienes impidan la celebración de un rito religioso. "Es cierto que el delito de ofensa a los sentimientos religiosos podría servir para proteger la libertad religiosa, pero hay que ponderar su aplicación con la libertad de expresión y creación artística, y si se está aplicando en casos en los que se puede coartar la libertad de expresión, yo me inclinaría por eliminarlo", coincide Arbós.

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