25/09/2013 - 11:25
Elena Herrera
Por primera vez en España, un escrito judicial plantea que resulta "abusivo" no haber informado al cliente en el momento de la firma del contrato de la posibilidad de incluir una cláusula de dación en pago, es decir, que la entrega del inmueble salde la deuda en caso de impago, tal y como recoge la Ley Hipotecaria.