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Los abusos de la banca

El redondeo al alza de los intereses abre un nuevo frente judicial a la banca

Fachada de la sede del Banco de España.

La historia del último abuso bancario desvelado por consumidores y jueces arranca antes de la era de la informatización, cuando los asientos contables se reflejaban a mano. Situemos la cuestión: para calcular los intereses de un préstamo, el denominador de la fórmula matemática es el número de días del año, que deberían ser 365; no obstante, para facilitar la cuenta, se empleaba el llamado "año comercial", de 360 días, en vez del año natural de 365 o 366, según fuera o no bisiesto. ¿Cuál es el resultado? Pues un incremento del tipo de interés, al ser más pequeño el divisor. Cinco días más de intereses al año. "Yo llevo pagando 6 o 7 euros más al mes desde hace doce años. No es como para hacerse rico, pero sí me daría para unas vacaciones", explica Venancio Moreno, de 49 años, que ha demandado a Unicaja por el llamado "método 365/360", una fórmula usada por la banca durante décadas que está empezando a recibir varapalos en los juzgados.

Venancio tiene motivos para el optimismo, porque este método está perdiendo juicios. La banca tiene un nuevo frente judicial abierto. El Banco de España, que desconoce el total de contratos que utilizan el método 365/360 para el cálculo de intereses retributivos o de demora, afirma que ha sido una práctica históricamente extendida en la banca. También señala que ya no tiene justificación técnica y apunta a los jueces como la vía para delimitar si es legal o no. Los informes del Banco de España recogen desde los años 90 que el método 365/360 es una "práctica inveterada" de las entidades financieras. Es decir, una práctica antigua, arraigada, de toda la vida. Sobre su idoneidad no se pronuncia taxativamente, aunque sí expresa en sus informes que ya no tiene justificación técnica.

Al menos cuatro sentencias han declarado nulas estas cláusulas, según ha comprobado infoLibre. La Audiencia de Jaén, refrendando una sentencia de primera instancia, declaró nula esta fórmula aritmética en abril de 2014, obligando a Cajasur –hoy integrada en Kutxabank– a utilizar como denominador el 365 y a devolver lo cobrado de más desde 1999. Este fallo estableció que este método tenía "un alcance perjudicial" pues supone "un mayor coste que no fue objeto de información ni consecuentemente de negociación".

También en segunda instancia, la Audiencia de Pontevedra declaró carente de justificación el uso de este método, por ser "perjudicial" para el consumidor. El fallo, de mayo de 2016 y referido a un préstamo de 2007 del Banco Popular, establece que el método 365/360 supone un "desequilibrio" injustificado. Dicha cláusula quedó anulada, al igual que hizo en junio del pasado año la Audiencia de Gipuzkoa con algunos aspectos de la forma de establecer los intereses en un contrato de Caja Laboral de 2006. Otra vez la justicia falló contra la utilización del año comercial como divisor de la ecuación para calcular los intereses.

El caso de Unicaja

La sentencia más reciente es de 27 de diciembre de 2016. Dictada por el juzgado de primera instancia 8 de Málaga, es especialmente relevante porque afecta a Unicaja. "El banco que más ha empleado este método es Unicaja, que además no sólo lo ha hecho para intereses de demora, sino también retributivos. El resto de los bancos, según los contratos que hemos ido consultando, fueron dejando de usarlo, pero Unicaja no. Tras más de 300 escrituras verificadas, hemos encontrado el uso de este método en todas", señala Miguel Ángel Andrés Llamas, abogado e impulsor de la demanda presentada conjuntamente por 42 supuestos afectados por este método. El abogado de los 42 demandantes, cuya acción judicial está pendiente de su definitiva admisión a trámite tras un recurso de Unicaja por cuestiones procesales, afirma que el banco ha seguido la estrategia de mantener este método con el razonamiento de que pocos se meten en juicio por reclamaciones individuales de unos 2.000 euros. Llamas calcula que sólo Unicaja tiene 100.000 contratos con intereses fijados con este método.

Uno de ellos es un contrato de préstamo hipotecario suscrito por un cliente con Unicaja en abril de 2003. El juzgado 8 de Málaga ha establecido el carácter abusivo del método 365/360, al que se refiere como una cláusula de "redondeo", ya que su uso fue introducido sin la debida transparencia, causando un perjuicio ilícito al consumidor.

Unicaja no aclara cuántos contratos con intereses fijados con el método 365/360 ha firmado, ni desde cuándo. A través de un portavoz, señala que dejó de firmarlos "hace tiempo", aunque no aclara cuándo. Tampoco aclara si ha recurrido el fallo, como sería lógico. La postura del banco andaluz es defender que Unicaja ya no emplea este método, y que dejó de emplearlo pese a no tener "dudas sobre su licitud". En este sentido, señala que se trata de un método "generalmente admitido y utilizado en la contratación bancaria", como pone de relieve el propio Banco de España. El portavoz estima que el método 365/360 supondría unos 70 euros al año en un contrato de 200.000 al 2%.

En la mayoría de ocasiones el descubrimiento del método 365/360 se realiza a la par que el de otras cláusulas abusivas, fundamentalmente las suelo. "Yo firmé mi hipoteca en 2005 por 85.000 euros. Cuando vi que bajaba el Euribor y mi hipoteca no, descubrí que tenía un suelo del 3%. A raíz de ahí, descubrimos el truco del cálculo de intereses con el 365/360", señala Venancio, uno de los 42 afectados que han demandado a Unicaja. "Trabajo en la administración pública. Gano 1.100 euros y vivo al día. He demandado porque, haciéndolo en colaboración con otros afectados, nos ha salido muy barato. Si no, no lo habría hecho", añade.

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Una práctica arraigada que ya no tiene justificación

El Banco de España afirma no tener datos sobre el número de contratos con intereses fijados con este método, que viene "de la época en que se hacían los apuntes a lápiz", señala un portavoz. Sucesivas memorias del servicio de reclamaciones del Banco de España vienen apuntando que este método es una práctica arraigada que ya no tiene justificación. La memoria de 2009 recoge que, desde 1992, el Banco de España considera que "la aplicación del año comercial o de 360 días como denominador de las fórmulas matemáticas de liquidación de intereses en las operaciones de crédito, sin aplicar el mismo criterio para el cómputo de los días transcurridos en el numerador [...] es una práctica inveterada" y "un auténtico uso bancario". Este redondeo al alza es un mecanismo de toda la vida.

Pero añade el Banco de España añade, en su memoria de 2009 y sucesivas: "Puede ocurrir que determinadas conductas que han llegado a constituir auténticos usos bancarios sean cuestionadas en el presente, pues el desarrollo de los sistemas que venían a justificar dichos usos carecen en la actualidad de razón técnica, y más en el presente caso, en el que el cambio de base no parece obedecer a criterios de facilitar los cálculos. Ahora bien, estas circunstancias solo podrían ser debatidas por el órgano judicial competente, como instancia adecuada para establecer la validez y alcance de las cláusulas [...]". 

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