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Fraude fiscal

Los delincuentes fiscales no llegan al 0,3% de la población reclusa

Cristóbal Montoro, durante una rueda de prensa tras la reunión del Consejo de Política Fiscal y Financiera.

De las 64.000 personas que estaban en prisión a 1 de octubre de este año –últimos datos disponibles– , 615 cumplían pena por delitos económicos. Y de ellas, solo 150 habían sido condenadas por delitos contra la Hacienda Pública, es decir, por haber defraudado a las arcas del Estado al menos 120.000 euros en un mismo ejercicio, que es el límite que separa la infracción del delito fiscal. Es decir, sólo el 0,23% de los presos son delincuentes fiscales.

¿Por qué entran tan pocos delincuentes fiscales en prisión? La jefa de la Unidad de Delitos de la Agencia Tributaria, Caridad Gómez, lamentó el pasado mes de octubre los recovecos que deja la legislación a los defraudadores para evitar la prisión. Este análisis es compartido por inspectores y técnicos de Hacienda, y también por colectivos de fiscales que consideran que la actual regulación del tipo penal no es apropiada, pues permite borrar el delito de un contribuyente si regulariza lo defraudado.

Si se considera probado la comisión de un delito contra la Hacienda Pública el juez puede imponer una pena de entre uno y cuatro años de cárcel, tal y como establece el artículo 305 del Código Penal. La pena de prisión puede elevarse hasta los seis años en el caso de que la cuota defraudada supere los 600.000 euros o si se lleva a cabo a través de una trama criminal. El Gobierno reformó en 2013 el citado artículo para permitir a los evasores evitar la prisión pagando la deuda tributaria antes de que transcurran dos meses desde el inicio de las actuaciones judiciales, siempre que satisfaga la deuda y reconozca el daño causado. 

Esta posibilidad es muy cuestionada por colectivos como la Organización Profesional de Inspectores de Hacienda del Estado (IHE), que, en el documento Reforma fiscal española y agujeros negros del fraude, critica que esta modificación está provocando que se impongan condenas de prisión de 3 a 6 meses que no suponen el ingreso efectivo en prisión y multas del 25 al 50%, que es un importe inferior al que, a su juicio, se le hubiera impuesto en el ámbito administrativo. "En alguna ocasión ha ocurrido que el defraudador pide a la Inspección que envíe su expediente al juzgado para tratarlo como delito fiscal, porque le resulta más favorable el trato en la vía penal que en la administrativa", asegura el inspector de Hacienda José María Peláez, miembro de esta organización. 

"De forma habitual, cuando no hay una circunstancia agravante de la conducta, los jueces imponen la pena en su grado mínimo y como normalmente la persona enjuiciada no tiene antecedentes por la comisión de otros delitos el ingreso en prisión se suspende", explica José María Mollinedo, portavoz del sindicato de técnicos de Hacienda, Gestha. Alude, por ejemplo, al caso del futbolista del Barcelona Lionel Messi. "Cometió tres delitos fiscales en las declaraciones de 2007, 2008 y 2009, pero ingresó el dinero defraudado antes de que pasaran dos meses desde que se le comunicó la apertura de una investigación judicial. De esta forma puede conseguir una rebaja de dos grados: tres meses por tres delitos fiscales es igual a nueve meses. Como no llegará a los dos años es muy previsible que el juez le suspenda la pena de entrada en prisión", asegura.

Pero, a juicio de Mollinedo, hay una cuestión todavía más grave: la de los indultos. Según datos recogidos por Gestha, entre 1997 y 2014, los sucesivos gobiernos han firmado 36 indultos a defraudadores a la Hacienda Pública. "La redacción del artículo 305 del Código Penal es blanda para perseguir al delincuente fiscal, pero si encima después se llevan a cabo este tipo de actuaciones de indulto la situación es desoladora", concluye el portavoz del sindicato de los técnicos de Hacienda. 

El efecto intimidatorio del delito fiscal es mínimo

Desde el punto de vista del Ministerio Público, el fiscal del Tribunal Supremo Salvador Viada –portavoz de la Asociación Profesional e Independiente de Fiscales (APIF)– considera que el delito fiscal adolece del "problema" de que tiene una situación distinta a otros delitos porque se orienta a que el Estado recupere lo defraudado. "No es solo un tema de prescripción, que también habría que aumentar los plazos, sino el acotar bien la figura para que sea más fácil perseguirlo", asevera. "Hay que entender que sólo comete fraude fiscal el que tiene mucho dinero, ya sea una persona física o una sociedad. Si el defraudador tiene la perspectiva de poder librarse de la cárcel con dinero el efecto intimidatorio del derecho penal disminuye muchísimo. Es casi como un aliciente porque en el momento en el que vea que le van a pillar le basta con devolver lo defraudado", amplía. 

A su juicio esta situación es consecuencia de una mala regulación del tipo penal y de no tener claras cuáles deben ser las prioridades. "Se busca más que cada delincuente investigado pague, que generar un efecto intimidatorio general para que nadie delinca, que es lo que ocurre con otros delitos. Se considera que es más ventajoso que estas personas pagando se libren de ir a prisión, que es algo con lo que yo no estoy de acuerdo porque el efecto intimidatorio debe ser para todos", añade Viada. 

Álvaro García, presidente de la Unión Progresista de Fiscales (UPF) –también fiscal de Medio Ambiente de Galicia– discrepa de esta opinión bajo el argumento de que "no hay que maximizar el reproche penal como el reproche carcelario". "No todo es blanco ni negro, el reproche penal está ahí, al igual que la posibilidad de entrar en prisión. Pero hay que tener en cuenta que los fines primarios de la pena en el ordenamiento jurídico son la rehabilitación y la reinserción social. Hay que moderar todos los factores. Decir que ningún defraudador vaya prisión es un error, de la misma manera que sería defender que fueran todos", señala. García insiste en que el tramo penalógico del delito fiscal, salvo agravaciones, es de no ingreso en prisión porque fácilmente se queda por debajo de los dos años y se prima el resarcimiento. "Lo que más interesa es que la gente pague la deuda tributaria que tiene y por eso se llega a bastantes conformidades que conllevan el no ingreso en la cárcel", subraya. 

Por su parte Emilio Frías Martínez, portavoz de la conservadora Asociación de Fiscales, cree que la explicación al bajo número de personas encarceladas por delito fiscal está en el límite de 120.000 euros de cuota defraudada, que "reduce de forma disparatada la comisión de los delitos". Cree que no habría que modificar el atenuante de la reparación del daño. "Es una cuestión técnica, no de política criminal. A quien paga en cualquier tipo de delito se le reconoce el atenuante de reparación del daño. Decir que eso provoca que haya menos defraudadores en prisión es un argumento demasiado simplista porque el derecho penal no tiene por finalidad únicamente castigar", señala. 

Dilaciones en el proceso

Otro aspecto que, según las fuentes consultadas, explica que la cifra de defraudadores a Hacienda que están en prisión sea tan baja son las dilaciones en los procesos judiciales. Salvador Viada explica que los cometidos contra la Hacienda Pública son delitos complejos, que requieren de una serie de cálculos previos por parte de la Agencia Tributaria y de una instrucción a fondo con criterios de derecho tributario. "En el el caso Nóos se ha discutido, por ejemplo, si son desgravables facturas que eran simuladas a la hora de fijar la cuota", señala. A su juicio, sería importante hacer reformas para simplificar el proceso penal y que así se acortaran los procesos. 

Desde la Organización Profesional de Inspectores de Hacienda del Estado (IHE), Peláez asegura que hay miles de expedientes que saturan los juzgados de lo penal por causas de delito fiscal, incrementando los tiempos de tramitación de estos expedientes. Y que eso provoca que cuando recae sentencia, las posibilidades de cobro sean nulas. Frías Martínez carga parte de la responsabilidad de este atasco a los inspectores de Hacienda, que "tardan hasta cinco años en presentar la denuncia ante la Fiscalía". "Si a eso le añadimos los cuatro años de instrucción, la celebración de juicio que también es complejo… Te puedes encontrar con que a día de hoy estamos celebrando juicios de ejercicios de 2005 o 2006. El Estado tarda diez años en cobrar. Ante esta situación, ¿es positivo bajar un grado o dos la pena a gente que inmediatamente reconoce y paga? Mi percepción es que hay que promocionar el cobro", sentencia. 

La cuestión es que ese rechazo, dice Viada, acaba beneficiando al defraudador, que sabe que pueden pasar hasta diez años hasta que tenga que responder de sus infracciones. "Eso puede no suponer un gran problema para una persona que, además, tiene muchos recursos económicos. Otra cosa sería que te pillaran y que en dos meses estuvieras en prisión", señala. 

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Número de denuncias

La cifra sobre personas encarceladas por delito fiscal va aparejada a otra que evidencia lo complicado de que esta tendencia pueda invertirse en el futuro próximo. Y es que las memorias de la Agencia Tributaria recogen una tendencia a la baja en el número de denuncias que se presentan ante el Ministerio Fiscal por fraude contra la Hacienda Pública. El año pasado, este organismo presentó 578 denuncias. Esta cifra es la más baja desde 2007. La cifra del año pasado contrasta especialmente con la de 2011, que es el ejercicio en el que más se presentaron desde 2007. Fueron, en total, 1.014. En 2013 hubo, por tanto, un 43% menos de denuncias que en 2011.

A juicio del portavoz de Gestha estas cifras tiene que ver con lo que él define como un planteamiento "de péndulo" en la Agencia Tributaria. Explica que en los últimos años la directriz del Ministerio de Hacienda ha sido la de "primar la cantidad a la calidad" en las actuaciones de inspección. "El descenso tiene que ver con que se ha preferido volcarse en infractores que tienen deudas más pequeñas, que no tienen capacidad de recurso, lo que provoca un aumento de los ingresos, pero también que se detecten menos delitos fiscales", concluye.

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