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Diez preguntas y respuestas sobre la crisis de refugiados

La Comisión Europea hizo pública este miércoles su propuesta para distribuir a 120.000 demandantes de asilo llegados a Hungría, Grecia e Italia entre los 28 Estados miembros. Esta cifra se añade a los 40.000 refugiados previstos en mayo, con lo que la cifra global será de 160.000 en dos años. España, en total, recibirá 17.680. Sin embargo, con la cifra encima de la mesa, son varios todavía los interrogantes que se abren. Entre ellos, cuándo empezarán a llegar, a qué comunidades, cuánto cuesta acogerlos y quién lo paga o qué derechos tienen. 

infoLibre trata de resolver algunos de ellos: 

1-. ¿Cuándo empezarán a llegar a los solicitantes de protección?

Una vez que se apruebe el reglamento que establece la cuota de refugiados [consultar en inglés, aquí] este empezará a entrar en vigor y se pondrán en marcha todos los trámites. El primer paso es que Italia, Grecia y Hungría, que son los países desde los que se transferirán solicitantes de asilo a otros Estados, notifiquen a una persona a qué país va ir con acuerdo del de acogida. Desde entonces hay dos meses para efectuar el traslado. En cualquier caso, está previsto que los 17.680 refugiados que acogerá España lleguen en los próximos dos años. 

2-. ¿Cómo se van a distribuir por España?

Ni el Ministerio de Empleo –que se encarga de la fase de acogida– ni las ONG consultadas por infoLibre conocen cómo se van a distribuir los refugiados por España. De forma habitual, la fase de acogida se desarrolla en uno de los Centros de Acogida de Refugiados (CAR) de titularidad pública ubicados en Madrid, Alcobendas (Madrid), Sevilla y Mislata (Valencia); que actualmente cuentan con 426 plazas; o a través de los centros gestionados por las ONG subvencionadas y que contaban hasta el momento con 560 plazas. El Ministerio de Empleo se coordinará en la próxima Conferencia Sectorial de Inmigración –sin fecha prevista por el momento– para determinar cómo se lleva a cabo la acogida. 

3-. ¿Cuánto cuesta acogerlos?

El coste de acoger a un solicitante de protección internacional en España es, de media, de 10.531 euros al año. Esta cifra se obtiene del cálculo que hizo el Ministerio de Hacienda sobre lo que le costaría acoger a las 2.749 personas que le asignó Bruselas en el primer reparto, según el proyecto de Presupuestos Generales del Estado (PGE) para 2016, para lo que consignó una partida de 28,95 millones de euros. Por tanto, según esta estimación, el coste acoger a las 14.931 personas propuestas por la UE ascendería a 157,2 millones de euros. Este miércoles, la Comisión de Presupuestos del Congreso aprobó por unanimidad asignar una partida extraordinaria de 200 millones de euros al Programa de Reasentamiento y Reubicación de Refugiados. 

4-. ¿Quién cubre estos gastos?

No obstante, el Gobierno no tendrá que correr solo con estos gastos. España, como el resto de Estados miembro, recibirá 6.000 euros por cada persona reubicada, con cargo al Fondo de Asilo, Migración e Integración (FAMI). Para ello, el presupuesto de la UE proporcionará un importe adicional de 290 millones de euros en financiación específica de estos programas. Eso quiere decir que la Unión Europea asumirá casi el 60% del coste de la acogida de estas personas, pues aportará aproximadamente 90 de los alrededor de los 157 millones de euros que costaría su acogida, según los cálculos del Ejecutivo. 

5-. ¿Quién coordina el acogimiento en España?

El Ministerio del Interior, a través de la Oficina de Asilo y Refugio, es el responsable de la tramitación y las decisiones sobre las solicitudes. Esta institución es la encargada de facilitar la llamada "tarjeta roja" que garantiza la protección internacional y reconoce la condición de demandante de asilo o de protección subsidiaria. Mientras, el Ministerio de Empleo es el que se encarga de financiar los programas y servicios sociales que garantizan la cobertura de las necesidades básicas que les reconoce la ley por su condición de refugiados durante las tres fases que dura el programa de protección (acogida, integración y autonomía) en función del grado de autonomía adquirido por el beneficiario.

6-. ¿A qué prestaciones y derechos tienen derechos los demandantes de asilo?

Con la "tarjeta roja" que les proporciona Interior los refugiados pueden estar legalmente en el país y, seis meses después de haberla obtenido, acceder a un permiso de trabajo. Además, si son beneficiario de asilo pueden acceder a la nacionalidad española a los cinco años de residencia, frente a la plazo general que es de diez años. Por otro lado, los refugiados suelen estar hasta seis meses en los centros de acogida y, durante ese tiempo, se les presta alojamiento, manutención y asistencia psicosocial urgente y primaria así como ayudas monetarias [las de 2015 se pueden consultar aquí] para la cobertura de gastos personales de primera necesidad, transporte, vestuario, escolaridad... Cuando dejan los centros y si están realizando algún tipo de formación pueden acceder a otras ayudas para facilitar su autonomía que son de alrededor de 595 euros por familia de cuatro miembros.

7-. ¿Dónde han quedado las iniciativas de comunidades autónomas y ayuntamientos?

Tras la iniciativa de la alcaldesa de Barcelona, Ada Colau, de hacer una red de "ciudades refugio" para acoger a refugiados han sido decenas los ayuntamientos y comunidades autónomas que han expresado su apoyo a la idea. Madrid, por ejemplo, que destinará en los próximos presupuestos una partida de diez millones de euros para sufragar la acogida de unas 250 familias refugiadas de Siria y otras zonas de Oriente. No obstante, según explica un portavoz del Ministerio de Empleo, todavía está por ver qué papel puede jugar estas instituciones en la fase de acogida. En el último encuentro de las autonomías con la ministra Fátima Báñez, algunas de ellas criticaron la "falta de concreción" y "lentitud" del Gobierno. La ministra, sin embargo, destacó la importancia de analizar los perfiles de los refugiados que acogerá España antes de concretar su distribución para facilitar la integración,

8-. ¿En base a qué legislación ha articulado la UE el sistema de cuotas?

El artículo 78, apartado 3, del Tratado de Lisboa establece una base jurídica específica para hacer frente a las situaciones de emergencia en las fronteras exteriores de la UE. Dispone que "si uno o varios Estados miembros se enfrentan (...) a la afluencia repentina de nacionales de terceros países, el Consejo, a propuesta de la Comisión, podrá adoptar propuestas provisionales en beneficio de los Estados miembros afectados". En las circunstancias actuales, la Comisión considera que Italia y Grecia, donde entre 2013 y 2014 se registró, respectivamente, un aumento del 227% y del 153% del número de cruces irregulares de sus fronteras se encuentran en esta situación. De ahí estas medidas para reubicar en terceros países a 160.000 solicitantes manifiestamente necesitados de protección internacional. 

9-. ¿Están los Estados miembros obligados a aceptar la cuota impuesta por la UE? ¿Qué países participan en el programa de reubicación?

La mayoría de ellos, sí. No obstante, la cifra que se conoce en la actualidad es sólo una propuesta que tendrá que ser aprobada por el Consejo Europeo. Un portavoz de la Comisión Europea explica que la propuesta abarca, en principio, a todos los Estados miembros de la UE pero que Italia, Grecia y Hungría están exentos del reparto porque se consideran que han recibido gran parte de la presión de los últimos meses y años. Además, el Reino Unido e Irlanda tienen derechos de participación voluntaria en virtud de los Tratados, lo que significa que sólo participarán si quieren. Dinamarca, por su parte, tiene un derecho de exclusión voluntaria de conformidad con el Tratado, así que no participará. 

10-. ¿Qué pasa si algún país no acepta la cuota impuesta por Bruselas?

En un plazo de un mes después de que se adopte el reglamento, un Estado miembro puede alegar "razones excepcionales" para no aceptar la cuota, explica un portavoz de la Comisión Europea. Entonces, la Comisión tiene que valorar si esta excepción tiene la debida justificación. Si es así, ese país tendría que pagar el 0,002% de su PIB en concepto de solidaridad. 

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