Justicia

La Fiscalía pacta rebajar de 81 a 10 años la condena a los miembros de una red de prostitución

La Fiscalía rebaja las penas de 81 a 10 años a miembros de una red de prostitución

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Los miembros de un grupo organizado dedicado a trasladar mujeres de países del este de Europa para obligarlas a prostituirse en un club de Cabezón de la Salprostituirse han alcanzado un acuerdo con la Fiscalía, que retira la acusación contra uno de los seis integrantes y rebaja las penas de 81 a 10 años y 8 meses de prisión, según Europa Press. 

El acuerdo se ha alcanzado antes de celebrarse el juicio contra ellos, que se iniciaba este lunes en la Sección Primera de la Audiencia Provincial de Cantabria. Cantabria. En el acuerdo, se retira la acusación contra uno de ellos, mientras que los otros cinco reconocen los hechos, viendo así rebajadas sus condenas y beneficiándose de las atenuantes de dilaciones indebidas y reparación del daño.

De esta forma, el máximo responsable del grupo y del club Esgobio de Cabezón de la Sal, R.P.I., rebaja su pena de 15 años a 3 años y seis meses por un delito contra los derechos de los ciudadanos extranjeros y por otro de explotación de prostitución ajena, y tendrá que pagar una multa de 1.620 euros en lugar de 6.750.

Mientras que sus principales colaboradoras, N.D. y M.U., a quienes se imputan dos delitos contra el derecho de los ciudadanos extranjeros, aceptan una pena de dos años de prisión y una multa de 1.080 euros cada una, en lugar de los 15 años y 6.750 euros que el ministerio público les solicitaba en su calificación inicial.

Por otra parte, los otros dos colaboradores del grupo, O.V. y O.Y., que desarrollaban actividades "secundarias o menores", aceptan una pena de un año y seis meses cada uno y una multa de 540 euros por un delito contra los derechos de los ciudadanos extranjeros o otro de explotación de prostitución ajena.

En el acuerdo alcanzado, se retira la acusación que el fiscal formuló contra otro miembro, que trabajaba como camarero en el club de Cabezón y al que pedía una pena de 12 años y una multa de 2.700 euros.

También se ha rebajado la indemnización que todos ellos tenían que abonar a la única mujer, originaria de Rusia, que formuló denuncia y a quien, en lugar de 20.000 euros, tendrán que abonar 6.000 por los daños morales. Una cantidad que los procesados ya han satisfecho, con 900 euros cada uno, por lo que se han beneficiado de la atenuante de reparación del daño.

Asimismo, todos los ya condenados se benefician también en el acuerdo de la atenuante de dilaciones indebidas ya que los hechos que se les imputan datan de 2010, y se acuerda la clausura temporal del club por un año y tres meses.

Hechos reconocidos

Según el relato de hechos acordado y reconocido por los cinco condenados, en 2010, R.P.I. formaba parte activa de un grupo organizado, con miembros en el extranjero, dedicado a trasladar mujeres procedentes de Rusia, Ucrania y otros países de la antigua Unión Soviética,Ucrania introduciéndolas en España con el fin de beneficiarse ilícitamente de la prostitución ejercida por ellas en locales de alterne, entre ellos el Esgobio en Cabezón de la Sal. El resto de procesados también formaban parte de esta organización, aunque desarrollando actividades más secundarias, una vez que las mujeres llegaban a España, perteneciendo a los eslabones del final de la cadena.

Muchas de las mujeres captadas en sus países de origen por la organización eran personas con recursos precarios y en situación de necesidades económicas apremiantes, a las que les aseguraban que, con el ejercicio de la prostitución en España, iban a conseguir en torno a 6.000 euros al mes, y que no iban a tener apenas gastos de alojamiento y manutención.

Asi, la organización les organizaba el viaje a España y les tramitaba los papeles necesarios, consiguiéndoles un visado que siempre resultaba ser de corta duración. A cambio de estas primeras gestiones, las mujeres contraían una deuda de unos 2.600 euros que después tendrían que pagar ejerciciendo la prostitución en el Esgobio.

Una vez en el club, R.P.I., y los demás procesados bajo su dirección, organizaban sus actividades, controlaban sus horarios y fijaban condiciones y aspectos del negocio como tarifas por los servicios sexuales prestados, la ropa que debían vestir, les prohibían consumir bebidas alcohólicas y les imponían un pago por cada día de alojamiento en el club, así como un sistema de multas en caso de que incumpliesen sus normas y órdenes.

Con ello, la cantidad correspondiente a la deuda inicial se iba incrementando desde el primer día con los gastos y multas, sin que las mujeres tuviesen posibilidades reales de salir del "sistema" ya que, además, no conocían a nadie en España ni hablaban castellano y la mayoría terminaban en situación irregular al vencerles el visado pudiendo ser interceptadas por la Policía y expulsadas del país.

Papel de cada uno

R.P.I. era el propietario del negocio y máximo responsable del grupo, por lo que era destinatario principal de los beneficios económicos del mismo. El resto eran sus subordinados y las cuantías que percibían las camuflaban como pago por sus servicios como trabajadores del club.

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Así, N.D. era pareja sentimental de R.P.I. y titular y administradora única de las sociedades con las que éste controlaba el negocio y, aunque su presencia en el Esgobio era escasaEsgobio, firmaba documentos notariales, declaraciones tributarias o contratos.

Por su parte, M.U. trabajaba en el club "aparentemente con camarera y limpiadora" pero en realidad se dedicaba a organizar la vida diaria y el trabajo de las mujeres. Mientras que O.V. y O.Y. realizaban actividades secundarias, el primero como camarero y chofer y la segunda, que inicialmente había ejercido la prostitución, organizaba a las chicas en ausencia de M.U.

En el club se hicieron dos registros, en uno de ellos se localizó a 14 mujeres pero ninguna presentó denuncia y en otro se halló sólo a una, que es la única que ha presentado denuncia por estos hechos y a la que, como se ha acordado, los procesados indemnizarán en 6.000 euros por daños morales.

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