La portada de mañana
Ver
El Gobierno sacará adelante el plan de reparación para víctimas de abusos con o sin la Iglesia

Cuenta atrás para el 1-O

El Gobierno también tiene en su mano usar a las fuerzas de seguridad para impedir la apertura de colegios electorales

Agentes de la Guardia Civil entran en el Parlament de Cataluña el pasado mes de julio.

¿Tiene herramientas el Gobierno para actuar directamente, sin recurrir a otras instituciones como el Tribunal Constitucional o paralelamente a los recursos que se planteen, para impedir que el referéndum del 1 de octubre? Las fuentes jurídicas consultadas por infoLibre dicen que sí y señalan expresamente al Ministerio del Interior. Aunque sitúan el escenario en la jornada del referéndum.

Si el Gobierno entiende que se está cometiendo un delito, si se utilizan recursos públicos (económicos, materiales o humanos) para preparar o celebrar el referéndum, puede ordenar al Cuerpo Nacional de Policía o a la Guardia Civil que actúen para impedir, por ejemplo, la apertura de los colegios electorales o la utilización de urnas para consultar la voluntad de los ciudadanos catalanes.

Sobre el papel, las fuerzas de seguridad “no sólo pueden sino que tienen la obligación de actuar” si tienen constancia de que se está cometiendo un delito, señalan fuentes de la Fiscalía. Pueden hacerlo a iniciativa propia, de la Justicia o incluso de un ciudadano, exactamente igual que en cualquier otro caso.

Otra cosa, sin embargo, es lo que haga a continuación la Policía o la Guardia Civil. Su margen de actuación, y ahí es donde entra en juego el verdadero alcance de la voluntad de proporcionalidad del Gobierno, puede ir desde impedir físicamente la votación y practicar detenciones hasta limitarse a simplemente levantar un atestado e informar de lo ocurrido a los tribunales de Justicia.

Fuentes de la magistratura confirman a infoLibre que la utilización de las fuerzas de seguridad, si efectivamente se lleva a cabo por parte del Gobierno, no tiene sentido que se produzca hasta las horas previas al referéndum o el mismo 1 de octubre. Para precintar los colegios y someterlos a vigilancia con el fin de evitar la consulta o par cerrarlos e impedir la votación la misma jornada del 1-O. En cualquier caso, el riesgo es parecido: concentraciones de ciudadanos a los que se impide votar y una imagen pública muy comprometida, sobre todo desde el punto de vista internacional. Es el Ejecutivo de Rajoy el que de de evaluar las consecuencias del uso de las fuerzas de seguridad, subrayan las mismas fuentes.

De momento, lo que ha hecho el Ejecutivo de Rajoy es mover ficha a través del Tribunal Constitucional. Sus doce magistrados deberán decidir este jueves si aceptan la petición que les ha hecho llegar la Abogacía del Estado para que paralicen la tramitación del proyecto de ley con el que los independentistas quieren dar soporte legal al referéndum de autodeterminación que la Generalitat planea celebrar el 1 de octubre.

El Gobierno ha decidido utilizar la fórmula del “incidente de ejecución de sentencia”, a pesar de que es la que más incomodidad provoca a una parte de los magistrados del Constitucional, tanto progresistas como conservadores. Esta fórmula le evita tener que plantear un recurso: basta con invocar que la actuación del Parlament va en contra de sentencias ya adoptadas por el Alto Tribunal sobre este asunto en diciembre de 2015 y en de julio de 2017, así como en tres autos de julio y octubre de 2016 y de febrero de 2017, todos ellos contrarios a la organización del referéndum de autodeterminación que se anuncia para el 1 de octubre y que prohíben expresamente cualquier acto que favorezca su celebración.

Como adelantó infoLibre, son varios y de diferente posición ideológica los magistrados del Alto Tribunal que discrepan de la oportunidad de utilizar este procedimiento, porque deja sobre sus hombros prácticamente toda la responsabilidad de frenar el desafío institucional catalán. Y así se lo han hecho saber al Ejecutivo de Rajoy por cauces no oficiales.

Utilizar el “incidente de ejecución” puede interesar políticamente al Ejecutivo de Rajoy, porque traslada al Alto Tribunal la responsabilidad de hacer cumplir la ley, pero jurídicamente sería “muy discutible", según las fuentes del Constitucional consultadas por infoLibre.

Adopción de medidas

El contenido del escrito que la Abogacía del Estado ha enviado al Constitucional confirma los temores de los magistrados porque insta al Alto Tribunal a no limitarse a una “mera declaración de nulidad” de los actos impugnados y a acompañar esta decisión de “todas aquellas medidas que sean necesarias para evitar la continuación de la vía de hecho del Parlamento de Cataluña en el llamado proceso de secesión de Cataluña”.

La reforma legislativa de 2015 faculta a Constitucional desde imponer multas coercitivas (entre tres mil y treinta mil euros por cada incumplimiento)  a acordar la suspensión cautelar en sus funciones de las autoridades que incumplan las decisiones, así como requerir del Gobierno la ejecución sustitutoria de las resoluciones o levantar testimonio a particulares para exigir las responsabilidades penales. El Tribunal tiene que escoger la medida, o medidas, que crea adecuadas al caso, ya sea la multa, la inhabilitación, el requerimiento al Gobierno para la ejecución sustitutoria o el reenvío a la jurisdicción penal. Todo ello respecto de las personas concretas relacionadas con el incumplimiento de que se trate (en este caso la prohibición de impulsar o favorecer la celebración del referéndum).

Los Mossos advierten a las escuelas de que no podrán seguir abiertas si no dan "servicio público"

Los Mossos advierten a las escuelas de que no podrán seguir abiertas si no dan "servicio público"

La paralización del trámite legislativo sólo es uno de los objetivos que persigue la Abogacía del Estado, que también ha pedido al Constitucional que actúe contra la presidenta del Parlament, Carme Forcadell, contra los miembros de la Mesa del Parlament que han votado a favor de tramitar la ley (cinco votos favorables de la Mesa (los cuatro miembros de JxSí y el de SíQueEsPot) y contra “cualquier otra persona” que haya participado activamente en este procedimiento.

Lo que el Constitucional pueda hacer a instancias del Gobierno en contra de las personas concretas que han consumado el trámite se va a solapar con lo que la Justicia haga a partir de la querella anunciada por la Fiscalía del Tribunal Superior de Cataluña querella anunciada y que previsiblemente se substanciará también este jueves. El Ministerio Fiscal propone actuar contra la Mesa del Parlament, a cuyos miembros acusa de cometer delitos de desobediencia y prevaricación.

El Ejecutivo envió el citado “incidente de ejecución de sentencia” sin esperar a que el Parlament completase el trámite de aprobación de la ley. En caso de que se produzca, el Gobierno pedirá un informe al Consejo de Estado y se reunirá en Consejo de Ministros para plantear, esta vez sí, un recurso de inconstitucionalidad contra la ley (este es el procedimiento que seguirán en el caso de que el Govern convoque el referéndum).

Más sobre este tema
stats