Tribunal Constitucional

Pérez de los Cobos tampoco aclara si facturó al PP desde su empresa privada

Francisco Pérez de los Cobos, presidente del TC, fotografiado en enero de 2011.

Francisco Pérez de los Cobos, presidente del Tribunal Constitucional, figura a día de hoy como administrador único de la empresa Labour Prospectives SL. En esa condición firmó, en marzo de 2012, las cuentas de la sociedad correspondientes al ejercicio 2011. La empresa dejó de tener actividad dicho año, coincidiendo con la llegada de Pérez de los Cobos al Constitucional. Una portavoz del presidente del TC se negó a aclarar, a preguntas de infoLibre, si Labour Prospectives SL llegó a facturar trabajos al PP, partido en el que ha militado hasta una fecha reciente.

El pasado 17 de julio, El País informó de que Pérez de los Cobos había sido militante del PP como mínimo hasta el año 2011. El presidente del TC ocultó este dato cuando compareció, en 2010, ante la Comisión del Senado que aprobó su nombramiento. Aún hoy, sigue sin aclarar en qué fecha se dio de baja.

La militancia secreta de Pérez de los Cobos en el PP, además de una tormenta política, ha desatado el anuncio de múltiples recusaciones. Este martes, la Generalitat de Cataluña y la Junta de Andalucía han pedido a sus gabinetes jurídicos un informe para decidir si recusan al presidente del TC en aquellos recursos promovidos por el Gobierno central al entender que puede existir causa de incompatibilidad. Baltasar Garzón, por su parte, pedirá anular la decisión del Constitucional de no admitir a trámite el recurso de amparo que interpuso contra la decisión del Supremo de inhabilitarlo como juez por las escuchas del caso Gürtel. Los abogados de Garzón llegan a poner en duda que Pérez de los Cobos se haya dado de baja como militante del PP.

Labour Prospectives SL

Francisco Pérez de los Cobos fundó la empresa Labour Prospectives SL en febrero de 2003. Su objeto social, según consta en el Registro Mercantil de Barcelona, es "la elaboración de estudios en el ámbito de las relaciones laborales, análisis de la negociación colectiva y asesoramiento general en el ámbito social". La firma se contituyó con un capital de 3.010 euros, el mínimo necesario para fundar una sociedad limitada. Desde el primer momento, Pérez de los Cobos ha sido el administrador único.

En las cuentas correspondientes al ejercicio 2011, Pérez de los Cobos aclara que ese año la empresa ha permanecido "inactiva a todos los efectos". Las cuentas, eso sí, aparecen firmadas por el presidente del Constitucional en su calidad de administrador único, con fecha 31 de marzo de 2012. Pérez de los Cobos es magistrado del TC desde enero de 2011.

Los ingresos de Labour Prospectives SL mejoraron de forma significativa con la crisis económica. En 2007 su cifra de negocios se quedó en 33.000 euros, cantidad que prácticamente se duplicó al año siguiente hasta alcanzar los 60.000. En 2009, ya en pleno ascenso del paro y desplome económico, la sociedad de Pérez de los Cobos facturó 149.000 euros, convirtiéndose en el mejor ejercicio de la compañía. En 2010 la cifra de negocios superó los 104.000 euros. 

De los últimos ejercicios, 2011 es el único en el que la sociedad ha tenido pérdidas: 8.470 euros. Ello se explica por la falta de ingresos al suspender su actividad. En los tres años anteriores (2008, 2009 y 2010), la sociedad de Pérez de los Cobos acumuló en total unos beneficios después de impuestos superiores a los 117.000 euros. La sociedad nunca ha tenido trabajadores en plantilla.

Los clientes de Pérez de los Cobos

La portavoz del presidente del TC se negó a responder a todas las preguntas planteadas por infoLibre en relación con Labour Prospectives SL, con el argumento de que era un "asunto privado" de Pérez de los Cobos (ver abajo La caja negra).

Los jueces y magistrados están sometidos a un régimen de incompatibilidades y a diversas causas de abstención o recusación. En cuanto a las incompatibilidades, la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional (LOTC) establece que el cargo de magistrado es incompatible "con el desempeño de actividades profesionales y mercantiles" (artículo 19.1). No parece que este precepto afecte a Pérez de los Cobos, ya que su sociedad dejó de tener actividad cuando se convirtió en magistrado del Constitucional. 

La LOTC no regula específicamente las causas de abstención o recusación de los magistrados. Sí lo hace en cambio la Ley Orgánica del Poder Judicial, que en su artículo 219 fija entre otros supuestos los dos siguientes: "tener amistad íntima o amistad manifiesta con cualquiera de las partes" y "haber desempeñado empleo o ejercido profesión con ocasión de los cuales haya participado directa o indirectamente en el asunto objeto del pleito o causa o en otro relacionado con el mismo".

Fuentes jurídicas consultadas por este diario resaltaron que el conocimiento de los clientes que ha tenido Pérez de los Cobos podía influir en la presentación de recusaciones en su contra. Una duda evidente es si puede participar en la decisión sobre el recurso de inconstitucionalidad contra la reforma laboral aprobada por el Gobierno de Rajoy, teniendo en cuenta que se trata de una persona que ha tenido una empresa dedicada a realizar estudios de las relaciones laborales, que ha militado en el PP y que no desvela si ese partido le ha contratado trabajos.

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Ejecuciones de Hacienda

Labour Prospectives SL también ha dejado rastro en la Agencia Tributaria. En el tablón de anuncios de Hacienda y en el BOE aparecen dos expedientes abiertos contra la empresa de Pérez de los Cobos, uno del año 2010 y otro de 2012. En ambos casos, el procedimiento estaba en fase de liquidación ejecutiva.

Aunque en los documentos publicados no aparece el importe reclamado, a la vista del órgano de la Agencia Tributaria responsable de la tramitación del expediente se puede deducir que se trata de reclamaciones "de menor cuantía".  El presidente del TC tampoco ha querido explicar en qué consistieron los problemas de Labour Prospectives con Hacienda.

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