El futuro de la monarquía

¿Por qué hace falta una ley para que el rey pueda abdicar?

El rey Juan Carlos, firmando el documento de su abdicación, este lunes 2 de junio.

El presidente del Gobierno, cuando comunicó hoy sin circunloquios la abdicación del rey, de 76 años, anunció al mismo tiempo que el Consejo de Ministros se reunirá mañana martes con urgencia, a mediodía, para "poner en marcha las disposiciones constitucionales". Y esto es así porque no hay en España ninguna norma que regule la renuncia del monarca. Así que se tiene que aprobar una ley orgánica a toda prisa, para que pueda cumplirse lo que subrayaba Mariano Rajoy: que en un "plazo muy breve" pueda proclamarse nuevo jefe del Estado a Felipe de Borbón, de 46 años.

El artículo 57. 5 de la Constitución española señala que "las abdicaciones y renuncias y cualquier duda de hecho o de derecho que ocurra en el orden de sucesión a la Corona se resolverán por una ley orgánica". Pero esa norma jamás se ha planteado en España. No la han diseñado ninguno de los Gobiernos que han pasado por la Moncloa desde 1978, desde la aprobación de la Carta Magna. 

Lo previsible es que mañana el Consejo de Ministros dé el visto bueno a una norma corta, ad hocuna norma corta, ad hoc, en la que se haga constar la marcha de Juan Carlos I y la cesión de la Corona a su hijo, que reinará con el nombre de Felipe VI. Esa ley ha de ser aprobada por mayoría absoluta –como toda ley orgánica– por el Congreso y el Senado, y una vez visada, se publicará en el BOE. Como venían sosteniendo los expertos constitucionalistas hasta ahora, siempre que se ha especulado sobre la posible renuncia del jefe del Estado, hay que recordar que España se ha organizado conforme a una monarquía parlamentaria, por lo que la abdicación, aunque sea una decisión del rey, requiere del pronunciamiento de las Cortes Generales. Y hasta que estas no lo hagan, no será efectiva la marcha de Juan Carlos I. Otra cosa es que en en otra en una ley orgánica larga se regularan otros aspectos relativos a la Corona. 

La mayoría absoluta del PP y la posición del PSOE, que no cuestiona la monarquía, garantizan, en principio, que no haya ningún obstáculo para la aprobación ultrarrápida de la ley. Pero eso no quiere decir que no haya críticas de los partidos de corte republicano. Y, de hecho, ya las está habiendo. 

Leonor, princesa de forma automática

Mañana por la tarde se reunirá la Mesa del Congreso para calificar la ley que le remita el Gobierno y para que se abra el plazo de enmiendas. Pero la norma será elevada al pleno en lectura única y por el procedimiento de urgencia, para garantizar su aprobación exprés. El texto caminará de ahí al Senado, y seguirá el mismo procedimiento. Si no se introdujeran cambios, iría directamente al BOE. Lo previsible es que el día en que se publique se produzca la proclamación del nuevo rey en una sesión solemne y conjunta de las Cortes Generales. Letizia se convertirá entonces en reina consorte.

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Aunque en la Carta Magna no está regulada la abdicación, sí que está previsto el mecanismo de relevo: el artículo 61 señala que el monarca, al ser proclamado por Congreso y Senado, "prestará juramento de desempeñar fielmente sus funciones, guardar y hacer guardar la Constitución y las leyes y respetar los derechos de los ciudadanos y de las comunidades autónomas". Ese artículo añade que cuando el príncipe heredero –en este caso, la infanta Leonor– alcance la mayoría de edad, pronunciará ese mismo juramento, así como el de fidelidad al rey. 

Leonor, no obstante, se convertirá en princesa de Asturias desde el mismo momento en que su padre se convierta en el nuevo jefe del Estado, como heredera al trono. La todavía infanta nació el 31 de octubre de 2005. Su hermana pequeña, Sofía, fue alumbrada un año y medio más tarde, el 29 de abril de 2007. 

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