Caso Gürtel

Bárcenas y otros imputados piden a Ruz que deje de pedir pruebas sobre ‘Gürtel’

Luis Bárcenas, el pasado 15 de mayo en la Audiencia Nacional.

Los extesoreros del PP Luis Bárcenas y Ángel Sanchís, así como el presunto testaferro Iván Yáñez, han reclamado al juez que instruye en la Audiencia Nacional el caso Gürtel, Pablo Ruz, que deje de solicitar nuevas pruebas en el marco de la pieza separada denominada Época I. En la misma se incluyen todas las ilegalidades cometidas entre 1999 y 2005 por los integrantes de la trama corrupta liderada por Francisco Correa.

Ruz acordó el pasado 5 de marzo mediante un auto la apertura del juicio oral contra 40 empresarios y una quincena de excargos del PP, entre los que se encuentran los extesoreros Luis Bárcenas, Ángel Sanchís y Álvaro Lapuerta. En concreto, la Fiscalía reclamó más de 360 años para los exintegrantes del PP que formaban parte o se beneficiaron de la red corrupta.

Pero Bárcenas, Yáñez y Sanchís tratan de que Ruz no puede seguir aportando nuevas pruebas, y acusan al magistrado de vulnerar sus derechos constitucionales por seguir pidiendo pruebas sobre los aspectos incluidos en la pieza cerrada a principios de marzo.

La resolución judicial que tratan de frenar es una providencia de Ruz en la que pide a la Fiscalía Anticorrupción, a los agentes de la Policía Judicial y a los funcionarios de la Agencia Tributaria que realicen un informe sobre el contenido de la última comisión rogatoria procedente de Suiza.

En la misma se aportan datos de las cuentas de Yáñez, y su trabajo como presunto testaferro de Bárcenas: “Federico [Mentha], creo que has hablado con nuestro amigo común para hacer el traspaso del fondo desde mi cuenta a la suya (sin gastos para él). El traspaso del dinero habrá que hacerlo al valor liquidativo del día que se haga. Cuando esté el efectivo, necesitaría que transfieras 110.000 euros a mi cuenta de Deustche Bank Madrid”.

Escrito del 20 de marzo

Pero ni Bárcenas ni el propio Yáñez quieren que Ruz siga investigando este movimiento bancario: “Al haberse cerrado la instrucción no se puede continuar con la práctica de diligencias de prueba, al haberse dado traslado a los imputados para la formalización de los escritos de defensa”, explica el letrado defensor en un escrito en nombre de Bárcenas remitido el pasado 20 de marzo a la Audiencia Nacional.

Según la investigación llevada a cabo hasta el momento por Ruz, Iván Yáñez fue una de las personas que ayudó a Bárcenas a sacar su dinero de Suiza tras producirse la detención en febrero de 2009 de Francisco Correa tras la orden de Baltasar Garzón, entonces titular del Juzgado Central de Instrucción número 5 de la Audiencia Nacional, que por el momento ocupa Pablo Ruz.

Yáñez considera que el traslado decidido por el juez de la documentación a la Policía y a Hacienda para que hagan un informe vulnera los derechos a la defensa, a la tutela judicial efectiva y a tener un procedimiento con todas las garantías. “No debemos olvidar que el instructor, teniendo en cuenta la fase del procedimiento en que nos encontramos […] no tiene ya ninguna facultad ni competencia para acordar diligencias de prueba de carácter instructorio en la pieza separada Época I: 1999-2005” de Gürtel.

Infracción del principio "acusatorio"

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El presunto testaferro de Bárcenas recuerda al magistrado que ya sólo puede recibir de los acusados los escritos de conclusiones provisionales y remitir las actuaciones a la Sala de lo Penal, el órgano competente para juzgar la causa.

“El instructor, al acordar nuevas diligencias de prueba (en este caso trata de recabar informes del Ministerio Público y de las unidades de Policía Judicial y de Auxilio de la AEAT), está vulnerando las garantías procesales que amparan a mi mandante como imputado/acusado, así como sus derechos fundamentales a la defensa, a la tutela judicial efectiva y a un procedimiento con todas las garantías”, explica el escrito presentado en nombre de Iván Yáñez.

Para este imputado, la decisión de Ruz se trata de una clara infracción del principio “acusatorio”, algo que, continúa Yáñez, significa una “doble vulneración constitucional: la del derecho a conocer de la acusación, y la del derecho a no sufrir indefensión”.

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