Caso Gürtel

Bárcenas apunta a los exsecretarios generales del PP, incluido Rajoy, su responsabilidad en la caja B

Bárcenas no dirá “nada más” a los medios de comunicación

Tono Calleja / Alicia Gutiérrez

Luis Bárcenas apunta directamente a Mariano Rajoy, María Dolores de Cospedal y al resto de secretarios generales del PP entre 1990 y 2008, el período durante el cual el Partido Popular mantuvo una caja B con dinero procedentes de empresarios amigos.

En un recurso presentado en la Audiencia Nacional contra el cierre de la pieza separada denominada papeles de Bárcenas, el extesorero del PP asegura que los responsables de todo el entramado corrupto fueron sus jefes, y no el segundo escalón del PP compuesto por el tesorero y el gerente. "Los criterios jurídico tributarios establecidos por el PP recaen en otros sujetos intervinientes y no en la figura del gerente y tesorero", en referencia a Luis Bárcenas y Álvaro Lapuerta.

"Nuestro patrocinado no tiene la condición ni actuó en ningún momento como administrador o responsable legal de la formación política", explica el recurso presentado por la defensa del extesorero del PP. En el mismo Luis Bárcenas señala que los responsables de que no se tributaran ante Hacienda las donaciones recibidas en 2008, último año recogido en su contabilidad B que no habría prescrito, eran los "administradores o legales representantes" de la organización y no el antiguo responsable de las finanzas conservadores.

Barcenas atribuye así a los secretarios generales del partido, sin mencionarlos, la responsabilidad de la caja B, ya que insiste en que él no era el responsable último de la misma. La investigación judicial abarca las épocas en las que estuvieron al frente del partido Francisco Álvarez-Cascos, Javier Arenas, Mariano Rajoy, Ángel Acebes y María Dolores de Cospedal.

"Los administradores o legales representantes del PP son aquellos en los que el Congreso Nacional del PP otorga los poderes generales y habilitaciones especiales con carácter indistinto y solidario, con las más amplias competencias para la administración, disposición y representación de los bienes e intereses del partido y para la comparecencia con plenas facultades ante todos los organismos de la Administración pública", señala el escrito al que ha tenido acceso infoLibre.

Así consta en el recurso presentado por el abogado del extesorero, Francisco Maroto, contra la decisión del juez Ruz de juzgar al antiguo responsable de las finanzas del PP y otras cinco personas por la caja B del partido, que existió al menos entre 1990 y 2008. Su defensa argumenta que Bárcenas "no fue responsable ni lo ha sido nunca de la elaboración y conformación de las liquidaciones practicadas por el PP ante la Agencia Tributaria".

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Además, Bárcenas aprovecha las conclusiones mantenidas por la Agencia Tributaria, que negó la existencia de un delito fiscal del PP en 2008 al equiparar a esta formación política con una ONG como Cáritas o Cruz Roja: "Difícilmente puede sostenerse la existencia de ilícito penal cuando la AEAT sostiene que no existe infracción en materia tributaria y por ende no existe cuota tributaria defraudada".

Los postulados que ahora defiende Bárcenas en su recurso coinciden con los que una de las acusaciones populares, la ejercida por Observatori Desc, incorporó a su propio recurso contra el auto de Ruz. En ese recurso, el abogado de Desc, Gonzalo Boye, sostiene que "la contabilidad de la llamada Caja B tiene unos responsables que no se pueden circunscribir exclusivamente a los puestos de Tesorero y/o Gerente como evidencian los Estatutos del Partido Popular". Y ello porque "los máximos responsables tienen que ser, de acuerdo con la norma organizadora, los Secretarios Generales de la organización política toda vez que el cargo de Tesorero y/o Gerente no tiene el absoluto poder de dirección y de control".

Observatori Desc también lanza un dardo jurídico contra los empresarios que supuestamente hicieron donaciones ilegales al PP: sin ese dinero, el delito fiscal que Ruz observa en los hechos investigados no habría podido cometerse y, por tanto, los empresarios donantes deben ser procesados como "cooperadores necesarios".

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