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    <title><![CDATA[infoLibre - Legislación]]></title>
    <link><![CDATA[https://www.infolibre.es/temas/legislacion/]]></link>
    <description><![CDATA[infoLibre - Legislación]]></description>
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      <title><![CDATA[La inspección francesa saca a la luz graves anomalías laborales en el gigante Nike]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.infolibre.es/mediapart/inspeccion-francesa-saca-luz-graves-anomalias-laborales-gigante-nike_1_2086159.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.infolibre.es/clip/66568433-f028-4ca3-ba0e-837c0424a986_16-9-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675" alt="La inspección francesa saca a la luz graves anomalías laborales en el gigante Nike"></p><p>Cuando Enzo llegó a Nike en 2018 como almacenista, este exferroviario ya tenía buenos conocimientos de derecho laboral y algo de experiencia sindical. Inmediatamente después de su contratación en la tienda parisina de los Campos Elíseos, se dio cuenta de “las deficiencias del empleador” y se afilió al sindicato Sud Commerces.</p><p>El almacenista podría estar hablando durante horas de las <strong>cajas apiladas por todas partes, del polvo del sótano que se le mete en los pulmones, de la falta de protección o de la permanente falta de personal. </strong>Pero lo que más le llamó la atención fueron las libertades que se tomaba su empleador con el estatuto de los trabajadores.</p><p>En 2019, un tercio de su tienda se declaró <a href="https://www.liberation.fr/france/2019/10/27/les-salaries-de-nike-champs-elysees-en-greve-contre-de-petites-injustices_1759731/" target="_blank">en huelga</a> para denunciar las condiciones de trabajo y la escasa remuneración de <strong>las horas nocturnas</strong>. En aquel momento, esas horas<strong> se remuneraban con un 15 % más, en lugar de duplicarse</strong>, como prevé el Estatuto de los Trabajadores. Los empleados no obtuvieron satisfacción hasta dos años después. Mientras tanto, Sud Commerces acompañó a varias decenas de empleados ante la magistratura de trabajo por incumplimiento de la legislación relativa al trabajo nocturno.</p><p>En la actualidad,<strong> Enzo sigue trabajando en los Campos Elíseos</strong>, pero en una tienda mucho más grande, “la más grande de Francia”. Y, como presentamos <a href="https://www.mediapart.fr/journal/economie-et-social/221025/nike-embauche-des-jeunes-les-essore-et-les-jette-derriere-la-virgule-le-regne-du-management-br" target="_blank">en la primera parte</a> de esta investigación, <strong>se ha convertido en delegado del personal y secretario del comité económico y social (CES) central de Nike Francia</strong>. Es él quien debe recordar las leyes a su empleador.</p><p>Quien se ocupa de este ámbito en toda Francia es principalmente la inspección de trabajo y detecta un sinfín de normas incumplidas en algunas de las 57 tiendas del territorio. Al ser preguntada en detalle por Mediapart sobre estas numerosas situaciones, la dirección de Nike Francia se limitó a enviarnos un breve mensaje general, asegurando que “el bienestar y la seguridad” de sus aproximadamente 1.500 empleados son sus “prioridades absolutas”.</p><p>“Nike mantiene un diálogo continuo con los representantes del personal. Seguimos totalmente abiertos al diálogo y decididos a encontrar soluciones constructivas […] respetando la legislación laboral francesa”, afirma también la empresa.</p><p>En noviembre de 2024, la inspección de trabajo visitó la tienda de Herblay-sur-Seine (Val-d'Oise). <strong>En los almacenes, las cajas se apilan de forma peligrosa</strong>. “Esta situación presenta un riesgo de caída de cajas sobre los empleados”, señala la inspectora, con fotos que lo demuestran. “Algunas cajas pesan hasta doce kilos” y los empleados que trabajan allí no disponen de calzado de seguridad. Las escaleras que permiten acceder a los estantes altos se consideran “inseguras”.</p><p>Además, el registro único del personal, que garantiza la transparencia de las contrataciones, está incompleto. Allí <strong>no hay rastro del documento único de evaluación de riesgos profesionales (Duerp)</strong>, que recopila y evalúa todos los riesgos profesionales, a pesar de que es obligatorio a partir del primer empleado.</p><p>En las instalaciones<strong> tampoco hay espacio para los carteles sindicales</strong>. La tienda sigue sin poder presentar un justificante de afiliación a un organismo de prevención de riesgos, el contrato de aprendizaje de uno de los empleados o la autorización de la prefectura que le permite instalar cámaras de vigilancia.</p><p>La inspectora de Val-d'Oise insta al empresario a regularizar todo antes de una nueva visita y un requerimiento formal. Nike no responderá hasta abril de 2025, prometiendo poner todo en orden.</p><p>En febrero de 2025, la inspección de trabajo controla la tienda de Villeneuve-Loubet (Alpes Marítimos). Los problemas son la climatización y la inexistencia del Duerp. Dos meses más tarde, Nike le asegura que el documento ya está disponible y promete que se están llevando a cabo “operaciones” para reparar el aire acondicionado. Según los informes del CES que hemos consultado, los empleados de Villeneuve-Loubet no son los únicos que trabajan a temperaturas anormales.</p><p>A principios de marzo de 2025, la inspección visita la tienda de Villefontaine (Isère). Allí también, las cajas ocupan un espacio desproporcionado. En particular, en el local de electricidad, lo que, para la inspectora, supone un “riesgo de incendio”. En el almacén también, “con cajas sin desembalar”, lo que dificulta el acceso a las estanterías.</p><p>En el mismo espacio se encuentran escaleras de nueve peldaños, una herramienta “especialmente inadecuada y que puede provocar accidentes”.<strong> Los empleados, incluidos los que utilizan la transpaleta, trabajan sin calzado de seguridad</strong>. Ni siquiera en las oficinas de la dirección el material cumple la normativa. El director y su adjunto tienen que conformarse con dos sillas “totalmente destrozadas”.</p><p>La inspectora de trabajo de Isère también alerta sobre los salarios. Le preocupa el “incumplimiento de la igualdad de trato” entre los empleados a tiempo completo y los que trabajan a tiempo parcial. Basándose en dos contratos proporcionados por la dirección de la tienda, señala que <strong>el salario bruto por hora del empleado a tiempo completo es más alto que el del empleado a tiempo parcial</strong>. Debe recordarles que la igualdad de trato es “una obligación”.</p><p><strong>También señala “modificaciones de los registros de asistencia por parte del responsable de sección”</strong>. Como en todas las tiendas Nike, los empleados fichan para acreditar su presencia en el trabajo, y sobre esta base se calcula su salario, incluidas las horas extraordinarias. En Villefontaine, los responsables modifican esos registros.</p><p>“Les recuerdo que las modificaciones de los registros de los empleados no deben, en ningún caso, tener como efecto reducir la duración del trabajo realizado por el empleado y, por lo tanto, suprimir las horas extras realizadas”, dice la inspectora, alertando sobre el <strong>riesgo de delito de trabajo oculto.</strong></p><p>Por su parte, la dirección de la tienda se enreda en sus propias contradicciones. Si un responsable asegura que los empleados no tienen acceso al detalle de sus fichas de presencia, otro asegura lo contrario. Sud Commerces afirma que esta práctica de modificación es habitual en la empresa. De hecho, la cuestión se abordó en el CES central de enero de 2025.</p><p><strong>“Cuando, por ejemplo, alguien ficha la salida a las 21:05, los gerentes suelen ajustar la hora a las 21:00”,</strong> confirma la dirección, indicando que, en la mayoría de los casos, los gerentes intervienen porque los empleados se olvidan de fichar. Cuando Enzo pregunta “si la dirección tiene alguna explicación sobre las modificaciones de los registros de los empleados por parte de los gerentes en su perjuicio”, la responsable de recursos humanos responde que “habrá que verlo caso por caso”.</p><p>En 2024, cuando se anuncia un plan de despidos en Nike Francia —plan que supondrá la supresión de unos sesenta puestos de trabajo en la sede y el cierre de una tienda—, los representantes sindicales solicitan un<strong> informe pericial</strong> a una consultora externa. El documento de 288 páginas presentado por <em>Ametist Conseil</em> en diciembre de 2024 es explosivo, ya que <strong>la lista de infracciones del Estatuto de los Trabajadores es impresionante</strong>.</p><p>Algunas reorganizaciones previstas en el <strong>plan de salvaguarda del empleo (PSE</strong>, según la terminología oficial) no parecen ajustarse a la legislación laboral. Por ejemplo, es ilegal degradar a un empleado y reducir su remuneración. Sin embargo, según el informe, <em>Ametist Conseil</em> ha identificado “ocho puestos cuyo nivel de responsabilidad y, por lo tanto, cuya clasificación salarial y remuneración se han reducido”.</p><p>Además, la empresa parece dar poca importancia al diálogo social. <strong>En relación con el cierre de la tienda de Gonesse (Val-d'Oise), Nike inició las negociaciones con el centro comercial que alberga la tienda antes de abrirlas a los representantes del personal.</strong> Tampoco se informó ni se consultó sobre el plan «”Next%”, que consistía en fusionar varios servicios generales a nivel europeo.</p><p>Y el informe señala que “lejos de querer regularizar la situación y cumplir con las disposiciones legales”, la dirección propuso incluir en un “acuerdo de método sobre el PSE” una cláusula que estipula que la consulta sobre las orientaciones estratégicas, obligatoria por ley cada año, “se celebrará cada dos años a partir de 2024”.</p><p>Además de no convocarles, Nike ha mantenido durante mucho tiempo en la ignorancia a los representantes del personal.<strong> La base de datos económica, social y medioambiental (BDESE)</strong>, que recopila la información legal sobre la empresa, debe compartirse con los representantes en todas las empresas de más de 50 personas. <strong>Nike no la puso en marcha hasta 2024</strong>, a pesar de las repetidas peticiones de los representantes de los trabajadores.</p><p>Además, “el número de documentos presentados es muy reducido y, por lo tanto, no cumple con las disposiciones del Estatuto de los Trabajadores”, señalan los autores del informe pericial. Para ellos, esto denota un “alteración manifiesta del funcionamiento del CES, que es incapaz de ejercer correctamente sus prerrogativas”.</p><p><strong>En cuanto a la formación profesional, Nike tampoco destaca por su implicación, a pesar de que </strong><a href="https://www.legifrance.gouv.fr/codes/article_lc/LEGIARTI000036261863" target="_blank"><strong>la ley</strong></a><strong> le obliga a ello</strong>. En 2023, de los 1.412 empleados, solo 35 recibieron formación. Y no existía ningún plan de formación para 2024 ni para 2025. Estamos muy lejos de la imagen que Nike quiere dar, que promete a sus futuros empleados “impulsar” su carrera cuando dice: “Nuestro objetivo es ayudarte a liberar todo tu potencial”.</p><p>Los autores del informe han puesto en duda sobre todo la legitimidad del PSE, ya que la empresa goza de buena salud financiera en Francia. Sin embargo, se puso en marcha. La tienda de Gonesse, con unos treinta empleados, ha cerrado y se han suprimido unos sesenta puestos de trabajo en los servicios generales de Nike Francia, lo que ha acelerado la fusión de la sucursal francesa con la sede de Nike Europa, en los Países Bajos.</p><p><strong>“En la sede europea, la situación no es mucho mejor”,</strong> dice Enzo, secretario del CES. “Todo el mundo vive en una incertidumbre permanente, marcada por sucesivas reorganizaciones. Además, para todos los empleados, las gestiones cotidianas se han vuelto especialmente complicadas. Para cualquier problema, <strong>ahora todo debe pasar por programas informáticos o plataformas gestionadas a nivel europeo</strong>. Las respuestas suelen llegar tarde, en inglés, y no siempre se adaptan a las solicitudes”.</p><p>Todas esas deficiencias podrían abordarse en un acto de conciliación entre Nike y su CES el 6 de noviembre, en el tribunal de París. Los representantes del personal han solicitado recientemente contratar a un bufete para que realice un peritaje sobre los riesgos graves en toda la empresa. Dado que su empleador se lo ha denegado, será el juez quien decida sobre la pertinencia de la solicitud.</p><p> </p><p><strong>Traducción de Miguel López</strong></p>]]></description>
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      <pubDate><![CDATA[Mon, 27 Oct 2025 05:00:41 +0000]]></pubDate>
      <author><![CDATA[Khedidja Zerouali (Mediapart)]]></author>
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      <media:title><![CDATA[La inspección francesa saca a la luz graves anomalías laborales en el gigante Nike]]></media:title>
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      <media:keywords><![CDATA[Legislación,Inspección de Trabajo,Francia,Trabajo,Sindicatos]]></media:keywords>
    </item>
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      <title><![CDATA[Racismo institucional y lucha de clases: la verdad incómoda de la regularización]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.infolibre.es/club-infolibre/librepensadores/racismo-institucional-lucha-clases-incomoda-regularizacion_129_2138390.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p>La irregularidad administrativa no es un accidente ni un fallo burocrático: es <strong>una posición de poder elitista</strong>. En nuestro país miles de personas migrantes trabajan sin derechos porque así lo necesita el modelo económico, su ley de extranjería no busca “ordenar flujos”, sino producir<strong> una clase trabajadora racializada, barata y disciplinada</strong>, para las élites económicas el racismo va más allá de ser un prejuicio social, es una política de Estado.</p><p>PP y Vox lo expresan sin rodeos: los migrantes son una amenaza para la civilización, hablan de “invasión” pero defienden a las patronales agrícolas, de cuidados o de servicios que <strong>se enriquecen gracias a la irregularidad de un sistema</strong> que depende de su explotación. Su racismo es un arma electoral, pero a la vez una defensa de las clases explotadoras.</p><p>El PSOE, por su parte, ha jugado históricamente a <strong>la ambigüedad;</strong> por un lado, se presenta como defensor de derechos, pero por otro mantiene intacta una legislación que fabrica ilegalidad y permite redadas, CIE y deportaciones, ha defendido el retraso sistemático de la regularización amparándose en “prudencia institucional”, pero su fin era no incomodar a la derecha ni a los intereses económicos que se benefician del trabajo sin derechos. <strong>Puro cálculo político</strong>.</p><p>La economía española se sostiene sobre <strong>esta división racial del trabajo</strong>, sin ella muchos sectores agrícolas, de la limpieza, de cuidados, etc., no funcionarían sin personas sometidas al miedo constante a la expulsión. Les acusan de “quitar empleo”, es falso, pero sirven para abaratar salarios y presionar a la baja a toda la clase trabajadora. El racismo cumple aquí una función central: <strong>justificar que unas vidas valgan menos que otras</strong>.</p><p>Frente a este entramado, las personas migrantes han reaccionado a la reducción de derechos <strong>construyendo poder colectivo </strong>mediante redes de apoyo, cajas de resistencia, viviendas compartidas y sistemas de autoprotección frente a redadas, poniendo en marcha prácticas políticas antirracistas en sentido material: rompen el aislamiento, desafían la lógica individualista y disputan control sobre la propia vida.</p><p>El Sindicato Popular de Vendedores Ambulantes y su marca Top Manta desmontaron el relato criminalizador y señalaron al verdadero responsable: <strong>una ley que empuja a la calle y luego castiga por sobrevivir</strong>. En Almería, el SOC-SAT expuso el racismo estructural del modelo agroexportador, donde empresarios que votan al PP o a Vox dependen de trabajadores a los que deshumanizan. Las mujeres migrantes, desde el trabajo doméstico, arrancaron derechos como el Convenio 189 de la OIT pese a la oposición conservadora.</p><p>La regularización impulsada por <strong>Regularización Ya </strong>no es caridad ni generosidad institucional, es <strong>una conquista arrancada al Estado por la presión social </strong>de las organizaciones antirracistas, que ha llevado a grupos como Podemos, ERC y Bildu a que el PSOE ante la amenaza de bloqueo de otras leyes aprobase el Real Decreto urgente de regularización. Es una victoria política de los migrantes, un golpe al discurso del odio y a la economía sumergida. Reconocer derechos a quienes sostienen el país no es radical. Lo verdaderamente radical ha sido <strong>explotarlos durante décadas con la ley en la mano</strong>.</p><p>_______________________</p><p><em><strong>J. Luis Carpintero</strong></em><em> es socio de </em><em><strong>infoLibre</strong></em><em>.</em></p>]]></description>
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      <pubDate><![CDATA[Wed, 04 Feb 2026 05:01:52 +0000]]></pubDate>
      <author><![CDATA[J. Luis Carpintero]]></author>
      <media:title><![CDATA[Racismo institucional y lucha de clases: la verdad incómoda de la regularización]]></media:title>
      <media:keywords><![CDATA[Opinión,Migración,Migrantes,Inmigrantes,Inmigración,Inmigración irregular,Legislación]]></media:keywords>
    </item>
    <item>
      <title><![CDATA[Donald Trump legisla contra sus propios votantes de las zonas rurales para beneficiar a los más ricos]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.infolibre.es/mediapart/donald-trump-legisla-propios-votantes-zonas-rurales-beneficiar-ricos_1_2025939.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.infolibre.es/clip/31286aab-83ed-41e3-9767-ed4687b023e7_16-9-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675" alt="Donald Trump legisla contra sus propios votantes de las zonas rurales para beneficiar a los más ricos"></p><p>En vísperas de la fiesta nacional, el presidente estadounidense, Donald Trump, ha podido proclamar su victoria el jueves 3 de julio, tras la <strong>aprobación de su “gran y hermosa ley” </strong>que, según él, abre el camino a una “nueva edad de oro” para Estados Unidos, tras una noche en vela para los congresistas de la Cámara de Representantes<strong> </strong>y un discurso récord de 8 horas, 44 minutos y 25 segundos. En este impresionante discurso, el líder de la minoría demócrata, Hakeem Jeffries, denunció una “gran y horrible ley” y sus nefastas consecuencias para los menos afortunados.</p><p>Fue<strong> aprobada por 218 votos contra 214</strong>, los de los demócratas y dos republicanos, Thomas Massie y Brian Fitzpatrick.</p><p>El texto ofrece, en efecto, <strong>regalos fiscales a los más ricos en detrimento de la cobertura social de los más desfavorecidos,</strong> al tiempo que destina sumas descomunales para apoyar la política presidencial contra la inmigración (175.000 millones de dólares). También elimina numerosos incentivos fiscales a las energías renovables aprobados durante el mandato de Joe Biden, su predecesor demócrata.</p><p>Intentando por todos los medios retrasar la aprobación del texto, que el presidente quería firmar en su despacho justo antes de la fiesta nacional del 4 de julio, <strong>el líder de la minoría demócrata en la Cámara de Representantes, Hakeem Jeffries</strong>,<strong> habló todo el tiempo que quiso</strong>, tal y como le permite la regla del “minuto mágico”, que autoriza a los líderes de los partidos a hablar sin límite de tiempo.</p><p><strong>Con una duración cercana a las nueve horas</strong>, es ahora el autor del discurso más largo en la Cámara de Representantes. El récord anterior lo ostentaba el líder de la minoría republicana, Kevin McCarthy, quien en noviembre de 2021 habló durante ocho horas y treinta y dos minutos, antes de la aprobación del proyecto de ley <em>Build Back Better</em> (reconstruir mejor) de Joe Biden.</p><p>Al acercarse a las siete horas y media de discurso, bromeó explicando que “la fecha límite de Donald Trump puede que sea el 4 de julio, pero no es la misma para mí, porque yo no trabajo para Donald Trump, sino para los americanos”.<strong> ”No nos arrodillaremos ante ningún aspirante al título de rey”</strong>, añadió al acercarse a las ocho y media de su discurso, bajo la mirada de aprobación de Maxine Waters, representante demócrata de California.</p><p>La actuación recuerda a la del senador demócrata por Nueva Jersey Cory Booker, quien <a href="https://www.mediapart.fr/journal/international/020425/face-trump-et-musk-une-amerique-qui-se-leve" target="_blank">en abril</a> batió un récord que se mantenía <a href="https://en.wikipedia.org/wiki/Strom_Thurmond_filibuster_of_the_Civil_Rights_Act_of_1957" target="_blank">desde 1947</a> al permanecer veinticinco horas y cinco minutos ante la cámara alta del Congreso.</p><p>Mientras hablaba, algunos legisladores republicanos se burlaban. “¡Sigue, Hakeem, cuanto más hablas, más unidos están los republicanos! El gran y hermoso proyecto de ley SERA estará en el escritorio del presidente Trump el 4 de julio”, escribió en <em>X</em> el representante Marlin Stutzman.</p><p>Hakeem Jeffries había comenzado su discurso poco antes de las 5 de la madrugada (11 de la mañana en Europa) con la intención de “tomarse el tiempo para contar historias de americanos”. “Y eso es exactamente lo que pretendo hacer: tomarme el tiempo para hablar en nombre del pueblo americano”, dijo antes de leer una serie de testimonios de <strong>personas que se verán afectadas por los recortes en </strong><em><strong>Medicaid</strong></em><strong>, </strong>el programa público de seguro médico del que dependen millones de estadounidenses con bajos ingresos,<strong> en la </strong><em><strong>Affordable Care Act</strong></em><strong> </strong>(Ley de Asistencia Asequible, ACA), un programa que los republicanos combaten y han apodado <em>Obamacare</em>)<strong>, y también en el programa</strong><em><strong> Snap</strong></em>, la principal ayuda alimentaria del país.</p><p>La ley reduce el gasto federal en <em>Medicaid</em> y <em>ACA</em> en aproximadamente un billón de dólares en una década, según la Oficina Presupuestaria del Congreso, encargada de evaluar de forma imparcial el impacto de los proyectos de ley en las finanzas públicas. Esto<strong> pondrá en peligro la salud física y financiera de decenas de millones de personas</strong>. Según la Oficina Presupuestaria del Congreso, de aquí a 2034 se quedarán sin seguro 12 millones de personas.</p><p>En su intervención, <strong>Hakeem Jeffries</strong>, que comparó el hemiciclo con una “escena del crimen”, <strong>denunció “un ataque vergonzoso y generalizado contra el pueblo americano”</strong>, recordando su responsabilidad histórica a los republicanos que se disponían a votar a favor del texto. También subrayó que la “gran y horrible ley” de Trump iba a disparar el déficit del Estado. Además, denunció la corrupción generalizada que se está produciendo durante el segundo mandato del magnate.</p><p>Este representante afroamericano aprovechó la ocasión para rendir homenaje a una de las figuras de la lucha por los derechos civiles en la década de 1960, John Lewis, quien popularizó la expresión <em>good trouble</em> (problemas constructivos), justificando las protestas necesarias o los actos de desobediencia civil para lograr la justicia social y el cambio. Concluyó su discurso entre los vítores de sus colegas demócratas, que lo aclamaron al grito de “¡Hakeem! ¡Hakeem!”.</p><p>El grupo estratégico de salud de Aspen, una agrupación bipartidista formada por responsables del sector sanitario, consideró que <strong>los recortes y restricciones previstos serán “catastróficos para las poblaciones rurales de Estados Unidos y sus sistemas sanitarios</strong>, muchos de los cuales penden ya de un hilo”.</p><p>“De los 7,8 millones de americanos que se prevé que pierdan su cobertura <em>Medicaid</em> con este proyecto de ley, se estima que 1,8 millones viven en zonas rurales. <strong>En esas regiones, </strong><em><strong>Medicaid </strong></em><strong>cubre casi la mitad de los nacimientos, el 65% de los ocupantes de las residencias de ancianos y el 40% de los niños</strong>. También es la principal fuente de financiación de la atención de salud mental del país”, subraya el grupo.</p><p>Este último también descarta la justificación de austeridad presupuestaria esgrimida por Donald Trump y sus partidarios, afirmando que “las clínicas y hospitales rurales que hemos examinado no son lugares de supuesto despilfarro, fraude y abuso, contrariamente a lo que afirman algunos responsables políticos para justificar los recortes presupuestarios en <em>Medicaid</em>”.</p><p>“En lugar de invertir en las comunidades rurales, el proyecto de ley aumentaría la brecha entre las ciudades y el campo y erosionaría sectores vitales que ya son frágiles.<strong> La salud y la atención sanitaria son esenciales para sostener a nuestras poblaciones rurales </strong>y revitalizar los paisajes <strong>donde viven hoy</strong> en día alrededor del 20 % de los americanos, es decir, <strong>66 millones de personas</strong>”, afirma también el grupo.</p><p><a href="https://ldi.upenn.edu/our-work/research-updates/trump-senate-bill-seen-causing-51000-preventable-deaths-annually/" target="_blank">Los científicos</a> han alertado de que la ley podrá causar 51.000 muertes evitables al año: 20.000 por la pérdida de la cobertura de <em>Medicaid</em> y <em>ACA</em>, 13.000 por la tardía aplicación de la normativa sobre el personal de las residencias de ancianos y 1.000 por la pérdida de acceso a los medicamentos.</p><p>Los demócratas tienen previsto difundir campañas publicitarias dirigidas a los republicanos que votaron a favor de la ley y que podrían verse debilitados en las elecciones de mitad de mandato, en noviembre de 2026.</p><p><strong>“Nuestra misión es hacer comprender que cuando los niños tienen menos para comer,</strong> cuando cierran los hospitales rurales, cuando sube el precio de la electricidad,<strong> es por culpa de los actos de su representante republicano”</strong>, declaró el senador demócrata Brian Schatz, citado por el <em>New York Times.</em> “Es culpa suya, y ellos son los únicos responsables.”</p><p>Por otra parte, la Oficina Presupuestaria del Congreso estimó el martes que la ley aumentaría la deuda en más de 3,4 billones de dólares para 2034, ya que la ampliación de los créditos fiscales costaría 4,5 billones.</p><p><strong>La aprobación en la Cámara de Representantes no fue fácil</strong> <strong>para Donald Trump y el líder de la mayoría republicana, Mike Johnson,</strong> <strong>debido a la oposición en parte de sus filas</strong> al aumento del déficit público o a los recortes en el gasto social, que afectarán a gran parte del electorado trumpista, especialmente en las zonas rurales de Estados Unidos.</p><p>Mike Johnson tuvo que convencer a los más recalcitrantes, como Keith Self, quien explicó que había “venido a Washington para ayudar a frenar nuestra deuda nacional”. El representante texano acusó a sus colegas del Senado de haber “pisoteado” la versión aprobada anteriormente en la Cámara, antes de añadir que,<strong> en última instancia, “es una cuestión moral”.</strong></p><p>Donald Trump expresó su enfado durante la noche en su red social Truth Social. “Para los republicanos, debería ser un ‘sí’ fácil. ¡Es ridículo!”, publicó. “Las mayores rebajas fiscales de la historia y una economía en auge frente al mayor aumento de impuestos de la historia y una economía en quiebra. ¿A qué esperan los republicanos? MAGA [Make America Great Again] no está contento y eso os está costando votos”.</p><p><strong> </strong></p><p><strong>Traducción de Miguel López</strong></p>]]></description>
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      <pubDate><![CDATA[Fri, 04 Jul 2025 18:50:48 +0000]]></pubDate>
      <author><![CDATA[François Bougon (Mediapart)]]></author>
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      <media:title><![CDATA[Donald Trump legisla contra sus propios votantes de las zonas rurales para beneficiar a los más ricos]]></media:title>
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      <media:keywords><![CDATA[Estados Unidos,Donald Trump,Legislación,Recortes sociales]]></media:keywords>
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    <item>
      <title><![CDATA[El Gobierno prioriza agilizar la rectificación periodística frente al coto a denuncias abusivas contra los medios]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.infolibre.es/medios/gobierno-prioriza-agilizar-rectificacion-periodistica-frente-coto-denuncias-abusivas-medios_1_2023884.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.infolibre.es/clip/f8c3e78c-cf90-40d5-9c19-33bfb57bc2c3_16-9-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675" alt="El Gobierno prioriza agilizar la rectificación periodística frente al coto a denuncias abusivas contra los medios"></p><p>En su afán por actualizar los recursos con los que cuentan los ciudadanos —incluidos los políticos y sus familiares— para defender su imagen y contener la difusión de bulos, algo que el presidente Pedro Sánchez sufre desde hace varios años en sus propias carnes pero que empezó mucho antes –como sabe, entre otros, el exvicepresidente Pablo Iglesias (Podemos)–, el Gobierno anunció, en el marco de su ambicioso <a href="https://www.mpr.gob.es/prencom/notas/Documents/2024/2024-3002_Plan_de_accion.pdf" target="_blank">Plan de Acción Democrática</a>, la actualización de dos viejas leyes que, en los primeros años de la Transición, regularon <strong>la protección del honor y del derecho de rectificación.</strong></p><p>Ambas han sido objeto de<strong> un debate recurrente </strong>entre quienes afirman su obsolescencia y necesidad de reforma, especialmente ante los desafíos del entorno digital y la desinformación, y quienes sostienen que la abundante jurisprudencia del Tribunal Constitucional las hace perfectamente válidas a pesar de la enorme transformación que ha sufrido el ecosistema informativo y la forma en que circula la información en la era de las redes sociales y la inteligencia artificial. </p><p>Las dos <strong>desarrollan artículos de la </strong><a href="https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-1978-31229" target="_blank"><strong>Constitución Española</strong></a><strong> de 1978:</strong> el 18, que reconoce el derecho al honor, a la intimidad personal y familiar y a la propia imagen, y el 20.1.d), que garantiza el derecho de rectificación frente a informaciones inexactas o lesivas.</p><p>La que protege el honor<strong> tiene 43 años. </strong>Fue una de las primeras <a href="https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-1982-11196" target="_blank">aprobadas</a> durante el primer mandato de Felipe González. Estableció en 1982 qué se considera intromisión ilegítima y fue pionera en reconocer el daño moral como indemnizable, otorgando a los jueces un papel importante en la ponderación con la libertad de información y expresión. Desde entonces, ha sido retocada en varias ocasiones. Fuentes del Ministerio de la Presidencia consultadas por <strong>infoLibre</strong> aseguran que el departamento que dirige Félix Bolaños trabaja en<strong> “un borrador avanzado” </strong>que espera llevar al Consejo de Ministros “próximamente”.</p><p>La segunda vio la luz poco después, en 1984. <a href="https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-1984-7248" target="_blank">Regula</a> el derecho de cualquiera a rectificar <strong>“una información difundida, por cualquier medio de comunicación social, de hechos que le aludan, que considere inexactos y cuya divulgación pueda causarle perjuicio”</strong>.</p><p>La reforma del Gobierno no pretende restringir esa redacción que, en la práctica, abre la puerta a que cualquiera pueda exigir publicar su versión de los hechos, aunque sea completamente inventada, por más que la información original sea cierta, una circunstancia que ha obligado a los medios a lidiar durante décadas con la paradoja de tener que rectificar hechos comprobados. Lo que pretende el Ejecutivo, en <a href="https://www.lavanguardia.com/politica/20241217/10210691/gobierno-impulsa-buleros-profesionales-redes-sociales-vean-obligados-rectificar-noticias-falsas.html" target="_blank">palabras</a> del ministro de la Presidencia y de Justicia, Félix Bolaños, es <strong>agilizar los plazos para adaptarlos al mundo digital actual.</strong></p><p>La ley actual concede siete días para solicitar la rectificación y tres para su publicación, si la periodicidad del medio lo permite. Si no se atiende, el solicitante puede acudir a la justicia, y es ahí donde los plazos, en consonancia con un poder judicial en el que todas las causas se eternizan, <strong>hacen que la resolución del problema se demore tanto que la rectificación, si se produce, deje de tener sentido.</strong></p><p>El anteproyecto de reforma, que el Gobierno aprobó en diciembre pero del que no se han vuelto a tener noticias desde entonces, fue presentado como una manera de garantizar que los derechos de cualquier ciudadano estén protegidos frente a injerencias, desinformaciones e informaciones retorcidas e inexactas publicadas en medios de comunicación <strong>o difundidas por </strong><em><strong>influencers</strong></em><strong> o agitadores con grandes audiencias en redes sociales y plataformas digitales.</strong></p><p>El articulado en el que todavía trabaja el Ejecutivo incorpora el mundo digital, obligando a plataformas a establecer <strong>un mecanismo accesible para facilitar el ejercicio del derecho de rectificación</strong> y, sobre todo, eliminando requisitos y plazos. Si algún día entra en vigor, cuando se atienda una rectificación será obligatorio incluir un aviso de que la información ha sido rectificada, con la obligación de enlazar la rectificación y la información original. Se ampliará el plazo para poder solicitarla de siete a diez días. En caso de que la información hubiera sido compartida en varios de estos medios, deberá procederse a la rectificación en todos ellos, mediante el correspondiente procedimiento en cada caso.</p><p>También introduce<strong> cambios en la tramitación judicial,</strong> en caso de que la solicitud no se atienda, para que todo el procedimiento se resuelva de manera más ágil.</p><p>Las leyes originales de 1982 y 1984 han sido sometidas en numerosas ocasiones a <strong>interpretación por parte del Tribunal Constitucional (TC),</strong> que ha sido clave en el desarrollo y aplicación de los derechos al honor, a la intimidad, a la propia imagen y al derecho de rectificación en España, especialmente en su relación con la libertad de expresión y de información. Desde los años ochenta hasta hoy, su jurisprudencia ha definido límites, ponderaciones y garantías fundamentales.</p><p>El TC ha señalado que <strong>el derecho al honor no es absoluto:</strong> debe ponderarse con la libertad de expresión e información. Cuando la información versa sobre asuntos de interés general o personas públicas, el derecho a la información prevalece; pero si se invade el ámbito estrictamente privado sin relevancia pública, prevalece el derecho a la intimidad u honor.</p><p>Eso sí, la información debe ser veraz para estar protegida, lo que, en términos del TC, significa que <strong>debe ser producto “de una investigación diligente”; </strong>o, lo que es lo mismo, que el informador haya realizado, con carácter previo a la difusión de la noticia, una labor de averiguación de los hechos sobre los que versa la información y haya efectuado la referida indagación con la diligencia exigible a un profesional de la información. A nadie se le exige una “verdad absoluta”, sino una “forma de proceder” en aras de la protección de los derechos del público a la formación de una opinión pública libre, basamento de la democracia.</p><p>La doctrina constitucional también establece<strong> limitaciones para los cargos públicos,</strong> que están obligados a soportar un nivel mayor de crítica que los ciudadanos en general.</p><p>Esta interpretación, claramente favorable a la buena praxis periodística,<strong> es muy diferente en el caso del derecho de rectificación,</strong> en el que el TC no requiere demostrar falsedad ni daño al honor para ejercerlo: basta con sostener que lo difundido es inexacto o perjudicial para el afectado. Algo que no cambiará con la reforma que promueve el Gobierno, que mantiene el derecho a ejercer la rectificación a criterio del solicitante, aunque los hechos difundidos sean ciertos. La redacción de la ley del derecho de rectificación, tal y como se aprobó en 1984 y que el Gobierno planea conservar, facilita rectificar informaciones falsas, pero también verdaderas. Lo que a menudo se ha traducido en abusos.</p><p>Proteger a los periodistas —y a otros actores sociales relevantes como ONG y activistas de derechos civiles— de abusos es, precisamente, el objetivo de una <a href="https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=DOUE-L-2024-80518" target="_blank">directiva</a> aprobada por la Unión Europea en 2024 que España sigue sin trasponer a su legislación. El Gobierno lo ha incluido también en su Plan de Acción Democrática, pero no ha dado ningún paso en su tramitación. Según el Ejecutivo, está<strong> “en proceso de elaboración técnica”</strong>. Eso sí, hay tiempo hasta bien entrado 2026.</p><p>La directiva pone el foco en lo que se conoce como “demandas estratégicas contra la participación pública” (SLAPP, por sus siglas en inglés), que no son otra cosa que <strong>demandas judiciales abusivas que no buscan ganar juicios, sino asustar, </strong>intimidar o castigar a quien ha ejercido su derecho a la libertad de expresión o a la libertad de prensa.</p><p>Son demandas cada vez más habituales y solo los medios con gran músculo financiero están en situación de hacerles frente, porque, normalmente, quien las presenta suele ser una empresa, un político o una figura pública con poder que quiere silenciar o desgastar a periodistas, activistas, medios o ciudadanos que han denunciado abusos, corrupción o malas prácticas. <strong>El objetivo no es la justicia, sino el desgaste económico, emocional y reputacional del demandado.</strong></p><p>Un ejemplo ayuda a entenderlo mejor: un periodista, por ejemplo, publica una investigación sobre corrupción y el político afectado lo demanda por “difamación”. Aunque la denuncia carezca de base,<strong> obliga al acusado a pagar abogados, acudir a juicios, enfrentarse a titulares y vivir bajo presión.</strong></p><p>Las SLAPP<strong> son un problema</strong> porque abusan del sistema judicial para censurar a quienes informan o critican, generan autocensura y amenazan la libertad de prensa y el debate democrático.</p><p>En España no son raras y pueden adoptar muy distintas formas. Cada vez más se presentan, por ejemplo,  demandas contra medios de comunicación por <strong>revelación de secretos</strong>. Normalmente acaban siendo desestimadas, si son hechos o datos de relevancia pública, pero en el camino obligan a los medios, sobre todo a los más pequeños, a desgastarse económicamente en los tribunales.</p><p>Le pasó, por ejemplo, a <strong>infoLibre</strong>, cuando Teodoro García Egea, exsecretario general del PP, pidió una condena por <a href="https://www.infolibre.es/politica/presidente-murcia-medio-operacion-quirurgica-familiar-garcia-egea-programar-dia-20_1_1198663.html" target="_blank">publicar</a> que el presidente de Murcia, Fernando López Miras, medió en la operación quirúrgica de un familiar del ex <em>número dos</em> del partido conservador. Durante un año, el diario tuvo que hacer frente a <strong>una demanda claramente abusiva,</strong> porque no cuestionaba los hechos, que eran de relevancia pública, sino que trataba de silenciar al periódico.</p><p>La directiva europea que España debe adaptar a su ordenamiento jurídico <strong>define qué se entiende por demanda abusiva </strong>(la que no busca justicia sino acallar la participación pública) y establece mecanismos, a petición de los medios y a criterio del juez, para archivarlas rápidamente. Y abre la puerta a sanciones contra los demandantes abusivos.</p><p>España tendrá que crear <strong>un procedimiento de desestimación temprana </strong>a petición de los afectados por la demanda que permita a los jueces decidir rápidamente si tiene apariencia de ser solo una estrategia de acoso o silenciamiento.</p><p>¿En qué puede basarse el juez para tomar esta decisión? La directiva establece<strong> varios indicios </strong>para decidir si la demanda es abusiva: desequilibrio de poder que sugiera intención de intimidar aprovechando una posición de fuerza, ausencia de base jurídica sólida o la reclamación de una indemnización desproporcionada. También que la demanda trate de acallar un asunto de interés general: sobre corrupción, derechos humanos, medio ambiente o salud pública.</p><p>En estos casos, el juez no tiene que demostrar que la denuncia es maliciosa, solo que hay <strong>indicios claros de que el proceso se usa para silenciar.</strong> Esto se llama “filtro de verosimilitud”, y no limita el derecho de nadie a acudir a los tribunales, pero evita que el proceso judicial se convierta en un castigo en sí mismo.</p>]]></description>
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      <pubDate><![CDATA[Wed, 02 Jul 2025 18:50:14 +0000]]></pubDate>
      <author><![CDATA[Fernando Varela]]></author>
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      <media:title><![CDATA[El Gobierno prioriza agilizar la rectificación periodística frente al coto a denuncias abusivas contra los medios]]></media:title>
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      <media:keywords><![CDATA[Periodismo,Medios comunicación,Unión Europea,Legislación,Justicia]]></media:keywords>
    </item>
    <item>
      <title><![CDATA[Años de inacción y medidas anticorrupción tardías dan alas a tramas como la del 'caso Cerdán']]></title>
      <link><![CDATA[https://www.infolibre.es/economia/anos-inaccion-medidas-anticorrupcion-tardias-dan-alas-tramas-caso-cerdan_1_2016469.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.infolibre.es/clip/2fef5503-ad7f-4ddf-a598-e53de9ce5443_16-9-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675" alt="Años de inacción y medidas anticorrupción tardías dan alas a tramas como la del 'caso Cerdán'"></p><p>Los escándalos de corrupción que afectan a cargos públicos no solo han devorado grandes cantidades de dinero en España, también erosionan la confianza de los ciudadanos en las instituciones. El último capítulo de esta lacra lo protagoniza un informe de la UCO en el que el exsecretario de Organización del PSOE, Santos Cerdán, aparece en el centro de una trama de corrupción en la que también están el exministro José Luis Ábalos y su antiguo asesor Koldo García. </p><p>Hace un año, en junio de 2024, un 4,8% de los españoles señalaba la corrupción y el fraude entre los principales problemas que existen en España, según el Centro de Investigaciones Sociológicas (CIS). En el último barómetro, relativo a este mes de mayo y previo a que se conociese el <em>caso Cerdán</em>, el porcentaje ha subido hasta un 7% y <strong>el “mal comportamiento de los políticos” se mencionaba como una preocupación real para 13,3%</strong>. Una legislación más estricta suele ser la respuesta a la hora de recuperar la confianza, aunque de acuerdo con los informes que realizan la Comisión Europea y el Grupo de Estados contra la Corrupción (GRECO) hay temas pendientes que van desde limitar los aforamientos a mejorar <a href="https://www.infolibre.es/politica/acciona-presunta-corruptora-cerdan-ocho-empleados-procesados-caso-acuamed_1_2015385.html"  >la transparencia en los contratos de la Administración</a>. </p><p>La llegada al Ejecutivo de los socialistas se produjo, precisamente, con la lucha contra la corrupción como bandera. En junio de 2018, después de la condena al Partido Popular como responsable civil en la <em>Gürtel</em> y tras una sucesión de escándalos de corrupción que sacudieron al Gobierno del entonces presidente Mariano Rajoy (PP), Pedro Sánchez llegó a la presidencia buscando una regeneración que, sin embargo, todavía hoy mantiene algunas herramientas legales necesarias en el cajón. En el último informe sobre la situación del <a href="https://commission.europa.eu/publications/2024-rule-law-report-communication-and-country-chapters_es" target="_blank"><em>Estado de derecho en España 2024</em></a>, realizado por la Comisión Europea, se avisaba de que había que <strong>reforzar “las normas sobre conflictos de intereses y declaraciones de patrimonio de los altos cargos de la Administración”</strong> dotando a la Oficina de Conflictos de Intereses de mayor independencia y de competencia sancionadora. </p><p>El documento también advertía de <a href="https://www.infolibre.es/politica/movimiento-jueces-fiscales-whatsapp-anuncia-huelga-1-3-julio_1_2014672.html"  >unos recursos escasos en el sistema</a>. “El bajo número actual de jueces, magistrados y fiscales, así como la falta general de jueces y órganos jurisdiccionales especializados que lleven asuntos de lucha contra la corrupción, obstaculiza la investigación y el enjuiciamiento de los asuntos de corrupción”, detallaban. Por otro lado, en esas páginas se exige también una reforma de la Ley de Enjuiciamiento Criminal para <strong>“abreviar la duración de la investigación y el enjuiciamiento de los delitos”</strong>. </p><p>No obstante, en España hay varias instituciones encargadas de luchar contra la corrupción. Además de la fiscalía y las fuerzas de seguridad, existe el Servicio Nacional de Coordinación Antifraude (que opera a nivel nacional y hace un seguimiento de las medidas sobre fraude) y que se complementa con otras oficinas creadas a nivel regional por las comunidades. Según el informe, en 2024 disponían de una de estas oficinas Cataluña, Madrid, Navarra, Comunidad Valenciana y Baleares. Aunque al cierre del año, <strong>la balear había sido clausurada con los votos de PP, Vox y Unión Formentera</strong>. En el caso de la Comunidad Valenciana, varios organismos —entre los que están Transparency International España, World Compliance Association, Fundación Hay Derecho o el Sindicato de Técnicos del Ministerio de Hacienda-GESTHA— <a href="https://www.infolibre.es/politica/derecha-empieza-borrar-mapa-organos-centrados-vgilancia-lucha-corrupcion_1_1704567.html"  >denunciaron “el desmantelamiento” de la oficina antifraude</a> por parte de PP y Vox. Las organizaciones señalan que se eliminaba el Consejo de Participación Ciudadana y la colaboración con la Fiscalía Anticorrupción en materia de peritajes bajo el pretexto de ahorrar costes. </p><p>Transparencia Internacional (TI) ya advirtió <a href="https://transparencia.org.es/actualidad/indice-de-percepcion-de-la-corrupcion-2024-espana-baja-cuatro-puntos-y-diez-puestos-con-respecto-al-indice-de-percepcion-de-la-corrupcion-2023/" target="_blank">en su último informe</a>, publicado en febrero de 2025, que había pocas mejoras con respecto a la gestión de la corrupción en España. Es más, entre los puntos destacados, TI señala que en 2024 España ha sufrido una caída de cuatro puntos en el Índice de Percepción de la Corrupción. <strong>“</strong>El <strong>estancamiento a nivel nacional y el desmantelamiento institucional a nivel autonómico opacan los esfuerzos anticorrupción. </strong>Sin reformas estructurales integrales y efectivas el país seguirá enfrentando descensos sustanciales”, concluye el documento.</p><p>Además del cierre de oficinas, el retraso en la transposición de normas europeas también ha traído quebraderos de cabeza al Ejecutivo. En diciembre de 2024 Bruselas demandó a España ante la justicia europea por incumplir “notablemente” la directiva de contratación pública. <strong>La Comisión Europea señaló que las normas de este tipo de contratación “se apartaban notablemente” de las leyes europeas</strong> en lo relativo a los tipos de poderes adjudicadores, <a href="https://www.infolibre.es/politica/contratos-publicados-ano-retraso_1_1221112.html"  >los tipos de contratos</a> y las modificaciones de estos. La demanda llegó después de la apertura de un expediente, tres años atrás, por considerar que no se había traspuesto de forma adecuada la regulación europea al marco nacional. </p><p>Otras observaciones que se hacen <a href="https://www.coe.int/es/web/portal/-/greco-publishes-two-reports-assessing-spain-s-progress-in-implementing-its-anti-corruption-recommendations" target="_blank">en el informe</a> del Grupo de Estados contra la Corrupción es relativa a la figura jurídica de los aforamientos. <strong>“GRECO recomendó asegurar que se modifique el procedimiento especial de ‘aforamiento’, de modo que no obstaculice el proceso de justicia penal respecto de los miembros del Gobierno sospechosos de haber cometido delitos relacionados con la corrupción”</strong>, señala una actualización del informe publicada en abril de 2025. Sin embargo, en la evaluación remarcan que “esta recomendación no se implementó”. </p><p>Sí que llegó, aunque con cierto retraso, la recomendación que instaba a proteger a <a href="https://www.infolibre.es/politica/senado-aprueba-ley-proteccion-denunciante-exige-partidos-canal-denuncias_1_1423328.html" target="_blank" >los denunciantes de corrupción</a>, aprobada en febrero de 2023 (con el voto en contra de PP y Vox). La norma habilitaba canales internos de recepción de denuncias en empresas privadas, partidos políticos, administraciones públicas y sindicatos. También proponía sanciones elevadas para quienes tomen represalias. </p><p>La actividad de grupos de interés es otro flanco que debía reforzarse en España, según la Unión Europea. De hecho, aunque con retraso, esta tramitación <a href="https://www.infolibre.es/politica/congreso-da-primer-paso-regular-lobbies-registro-publico-codigo-conducta_1_1965972.html"  >dio el primer paso en febrero de este año</a> bajo el nombre de Proyecto de Ley de Transparencia e Integridad en las Actividades de los Grupos de Interés y enmarcada en el plan de regeneración democrática. El texto determina cómo debe ser la relación de las personas susceptibles de ser influenciadas dentro de la Administración pública con quienes trabajan para los <em>lobbies</em>. Entre los puntos de desacuerdo sobre esta, subyace aún <strong>una crítica en referencia a que se deja en manos del propio del Gobierno la auditoría de las interacciones</strong>. </p><p>En este ámbito y por recomendación de la Comisión Europea, también se ha creado un registro público en el que figuran estos lobbies. La inscripción es obligatoria y aquellos que no estén registrados no podrán ejercer actividades de influencia con el personal público. Además, en la solicitud de inscripción se indicará expresamente si las personas que van a realizar las actividades han trabajado en los dos años previos en cuestiones similares.</p>]]></description>
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      <pubDate><![CDATA[Wed, 18 Jun 2025 18:14:07 +0000]]></pubDate>
      <author><![CDATA[Selina Bárcena]]></author>
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      <media:keywords><![CDATA[Corrupción política,Corrupción,Legislación,Fiscalía Anticorrupción]]></media:keywords>
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      <title><![CDATA[El PSOE impulsa la negociación de la iniciativa para regularizar migrantes en el Congreso]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.infolibre.es/politica/psoe-impulsa-negociar-ilp-regularizacion-migrantes-congreso_1_1998364.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.infolibre.es/clip/01d8ebcd-a575-446f-91c3-3910e264970d_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675" alt="El PSOE impulsa la negociación de la iniciativa para regularizar migrantes en el Congreso"></p><p>El PSOE ha impulsado en los últimos días la negociación con el resto de grupos políticos para<strong> tramitar finalmente la Iniciativa Legislativa Popular</strong> (ILP) que busca la regularización extraordinaria de gran parte de las personas migrantes que se encuentran en España sin papeles.</p><p>Según han señalado a EFE fuentes del parido socialista, este mantuvo reuniones telefónicas con los representantes de los distintos grupos parlamentarios el jueves y el viernes para retomar la negociación de esta ILP, que llegó al Congreso respaldada por <strong>más de 600.000 firmas y lleva más de un año estancada en la Cámara Baja.</strong></p><p>Por otro lado, fuentes del Gobierno han señalado que el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, que ha evitado siempre pronunciarse directamente sobre la ILP poniendo en valor las oportunidades para el arraigo que brinda el nuevo reglamento de extranjería, que entra en vigor mañana, ahora <strong>ve con buenos ojos sacar adelante la iniciativa.</strong></p><p>Este cambio de dirección llega precisamente en un momento de gran rechazo por parte de oenegés, partidos e instituciones como<strong> el Defensor del Pueblo </strong>hacia parte del nuevo reglamento, que podría dejar en la irregularidad a <strong>miles de solicitantes de asilo</strong> cuya petición ha sido rechazada.</p><p>El Gobierno ya señaló hace unos días que estaba estudiando vías para dar respuesta a estos posibles daños, de los que han alertado muchas oenegés y ha llevado a algunas de ellas a<strong> recurrir la norma ante el Tribunal Supremo.</strong></p><p>Sobre la relación entre este impulso por parte del PSOE a la ILP y<strong> las denuncias sobre el reglamento,</strong> fuentes del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones han señalado este lunes que la ILP es una iniciativa que se debate en el Congreso y ahora es el momento de que se pronuncien todos los grupos del arco parlamentario que votaron a favor de su toma en consideración (todos menos Vox).</p><p>"El Gobierno siempre se ha mostrado favorable a que <strong>se estudien estas iniciativas de calado</strong> y se mantiene atento a su desarrollo en las cámaras", han señalado las mismas fuentes.</p><p>"Paralelamente", han recordado que el nuevo reglamento es "una ambiciosa reforma" que, "después de 13 años y bajo una perspectiva clara de defensa de los derechos humanos", da respuesta a la realidad migratoria actual, "adaptando e incluyendo, como procede, la normativa europea en la materia".</p><p>Ahora la clave será decidir, a través de la negociación entre partidos,<strong> en qué términos sale adelante la ILP</strong>, ya que fuerzas como ERC, EH-Bildu, BNG y Podemos han sido siempre partidarios de una regularización de máximos, que incluya a prácticamente todas las personas en situación irregular que viven en el país, y otros como PP, Junts o PNV han apostado por incluir diferentes condicionantes.</p><p>La líder de Sumar, Lara Hernández, ha defendido este lunes en una rueda de prensa que la ILP es "absolutamente esencial" para <strong>"normalizar la vida de la gente que lleva años en nuestros barrios"</strong>, darles los derechos "que ya deberían tener" y evitar que sufran más explotación laboral y discriminación, mientras que ha remitido a los periodistas a una comparecencia mañana en el Congreso para responder acerca de la negociación parlamentaria en torno a este asunto.</p><p>Por su parte, el portavoz y secretario de Organización de Podemos, Pablo Fernández, ha puesto en duda que el PSOE vaya a llevar a cabo la <strong>regularización de migrantes</strong> en las condiciones que estableció la ILP y ha instado al Gobierno a aplicar la medida de esta forma, lo que beneficiaría a <strong>más de 600.000 extranjeros</strong>. </p>]]></description>
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      <pubDate><![CDATA[Mon, 19 May 2025 15:25:04 +0000]]></pubDate>
      <author><![CDATA[infoLibre]]></author>
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      <media:keywords><![CDATA[Migración,Congreso de los Diputados,Legislación,Política]]></media:keywords>
    </item>
    <item>
      <title><![CDATA[La acción popular: ni suprimirla ni descafeinarla]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.infolibre.es/opinion/ideas-propias/accion-popular-suprimirla-darle-hachazo_129_1946567.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.infolibre.es/clip/169d2b82-9633-4f19-a759-100988e9254f_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675" alt="La acción popular: mejor suprimirla que darle un hachazo"></p><p>Soy consciente de que la supresión de la acción popular llevaría aparejada una modificación de la Constitución, tarea imposible en estos momentos. Además, sería nociva porque supondría el cercenamiento del derecho de participación en la justicia que junto con el jurado y la iniciativa legislativa popular son los únicos resquicios que deja nuestro texto constitucional a la democracia participativa.  Somos varios los que desde hace muchos años venimos denunciado los abusos y subterfugios de los que se dedican profesionalmente a utilizarla exclusivamente con fines políticos.   </p><p>Tanto <strong>en la Constitución como en la ley de Enjuiciamiento Criminal,</strong> se configura la<strong> acción popular como un derecho de los ciudadanos españoles</strong>, sean o no perjudicados por el delito para ejercitarla en toda clase de delitos, salvo los que la ley reserva a la iniciativa particular. Gran parte de la proliferación de estas acciones se debe al incumplimiento de las previsiones legales por parte de los jueces y juezas que las reciben. Para valorar su admisibilidad es ineludible la presentación de una querella que deberá contener los requisitos exigidos por el artículo 277 de la Ley de Enjuiciamiento criminal, entre ellos una relación circunstanciada de los hechos con expresión del lugar, año, mes, día y hora en que se ejecuten si se supiere. El querellante asume que los hechos son verdaderos. Si resultasen falsos se deben eliminar los obstáculos que establece el Código Penal para proceder el delito de acusación falsa. La ley impone a los jueces la obligación de desestimar la querella cuando los hechos en que se funde no constituyan delito.  </p><p>El Grupo Parlamentario Socialista, el 10 de enero de 2025, ha presentado una "Proposición de ley orgánica de <strong>garantía y protección de los derechos fundamentales frente al acoso derivado de acciones judiciales abusivas". </strong>La iniciativa me parece inoportuna y desafortunada, no solo por adoptar la forma de Proposición de ley, sino también porque, con un título alambicado, <strong>trata de envolver una drástica reducción de la acción popular.</strong></p><p>En la Exposición de Motivos, se alude –y lo comparto– al <strong>uso abusivo de la figura de la acusación popular, </strong>que emplean determinados colectivos no con el fin de aclarar posibles hechos delictivos, sino para atacar sistemáticamente a sectores sociales no afines y a adversarios políticos. Por su contenido<strong> obliga a los jueces y magistrados a posicionarse</strong> políticamente.  </p><p>Nada que objetar a la extensión de la posibilidad de ejercitar la acción popular a los ciudadanos de cualquier Estado miembro de la Unión Europea que tengan su residencia en España. También, a las entidades y organizaciones privadas que tengan por objeto la protección o defensa de intereses difusos o generales relacionados con el bien jurídico tutelado en la norma penal.   </p><p>Comparto<strong> la prohibición de ejercitarla a los partidos políticos y asociaciones o fundaciones vinculadas con ellos</strong>. El campo de actuación de los partidos políticos discurre fundamentalmente en los órganos parlamentarios a través de las mociones de censura, de confianza, reprobación, los controles parlamentarios y las Comisiones de investigación, por lo que no deben judicializar sus debates y controversias. Si se intenta eludir la prohibición utilizando personas físicas o jurídicas encubiertas, se debe rechazar por considerar que existe un fraude de ley. </p><p>A partir de este último párrafo comienzan las restricciones. <strong>La persona que ejercita la acción popular debe acreditar</strong> ante la autoridad judicial <strong>la relación o vínculo personal</strong>, social o profesional con el interés público que motiva su intervención en el procedimiento, así como la <strong>relevancia y suficiencia de dicho vínculo</strong>. <strong>Se exige además que se acredite documentalmente. </strong>En la práctica se hace casi imposible –y en cualquier caso aleatorio– acreditarlo. En el caso de las personas jurídicas, se puede y se debe acreditar acudiendo al objeto social establecido en sus estatutos.  Por supuesto se debe rechazar la querella cuando carezca manifiestamente de fundamento.</p><p>Si se supera este primer impedimento, si el que ejercita la acción popular instase la práctica de alguna diligencia, el órgano judicial tendrá dicha petición por no formulada. Por si no había quedado claro, no tendrá acceso al procedimiento judicial ni se le permitirá desarrollar actuación alguna durante la fase de instrucción. Una vez finalizada la fase de instrucción, el órgano judicial conferirá traslado al acusador popular del auto de conclusión del sumario o de la resolución dictada. La acusación popular podrá impugnar, menos mal, el sobreseimiento libre que hubiera sido acordado por el órgano judicial con arreglo a esta ley. </p><p>El coste que supone la asistencia de Abogado y Procurador, requisito indispensable para presentar una querella, para después convertirse en un convidado de piedra que tiene el mismo protagonismo que cualquier ciudadano que siga los acontecimientos a treves de los medios de comunicación, es un<strong> elemento desincentivador muy eficaz.</strong> Esta inconstitucional medida atenta contra el principio de igualdad de armas, parte esencial del derecho a un juicio justo y con todas las garantías en el que cada parte debe tener una oportunidad razonable para presentar sus pretensiones en condiciones de igualdad con todos los demás participantes. El Tribunal Constitucional ha dicho reiteradamente que el principio de igualdad de armas está implícito en el artículo 24 de la Constitución.</p><p>Otro tajo importante a las posibilidades de ejercitar la acción popular se materializa en<strong> su limitación a once categorías de delito</strong> elegidas, en mi opinión, arbitraria o intencionadamente seleccionados. La Exposición de Motivos justifica <strong>la limitación a aquellos delitos que merecen un especial reproche</strong> o que por su repercusión social resultan idóneos "para que los ciudadanos puedan defender una visión de la legalidad penal alternativa a la del Ministerio fiscal, puede ser el caso de las infracciones que protegen intereses difusos o de los delitos de corrupción política como ejemplos más representativos<em>".</em> Contemplar la posibilidad de ejercitar la acción popular en los casos de los delitos de rebelión o los que corresponden a la Corte Penal Internacional (genocidio, lesa humanidad y crímenes de guerra) me parece una decisión extravagante. Si cualquiera de estos <strong>delitos (rebelión y delitos de lesa humanidad) se llega a hacer realidad</strong> y es necesario acudir a la acción popular, es que <strong>ha desaparecido la estructura institucional del Estado.</strong> En definitiva, se debe extender a todos los delitos públicos y corresponde al juez valorar su viabilidad en cada caso.</p><p>Especial extrañeza produce<strong> la exclusión de la posibilidad de perseguir, mediante la acción popular, los delitos contra la Hacienda Pública y la Seguridad Social</strong>. Sospechosamente el debate surgió con ocasión del <em>caso Nóos</em> (Urdangarin-Infanta Cristina).<strong> </strong>Su defensa sostenía que<strong> </strong>no habiéndose ejercitado contra ella acusación por el Ministerio Fiscal o la Abogacía del Estado, procedía archivar por aplicación de la que se conoce como <em>doctrina Botín</em>. La Audiencia Provincial de Baleares consideró que dicha doctrina no es aplicable a la Infanta, acusada de ser cooperadora necesaria de un delito contra la Hacienda pública, porque considera que: "El bien jurídico protegido por el tipo previsto en el artículo 305 del Código Penal (Delito contra la Hacienda Pública) por el que se le acusa, es de naturaleza supraindividual, colectiva o difusa. Se resume en el eslogan “<em>Hacienda somos todos</em>”. Todo ello permite considerar legitimada a la acusación popular para accionar en solitario en este caso."</p><p>La Abogacía del Estado esgrimió para oponerse a la acusación contra la Infanta Cristina un argumento que podríamos calificar, como mínimo, de pintoresco. Sostuvo que la expresión <strong>“</strong><em><strong>Hacienda somos todos</strong></em><strong>”</strong> era un simple eslogan publicitario, pero sin contenido jurídico. Es evidente que la Abogacía del Estado no tuvo en cuenta el texto de la Ley General Tributaria, en el que se recuerda que "el<strong> </strong>sistema tributario se basa en los principios de justicia, generalidad, igualdad, progresividad y equitativa distribución de la carga tributaria." El fraude fiscal afecta a la posibilidad de realizar una política redistributiva e impacta sobre la capacidad de las Instituciones para ofrecer los diferentes servicios (educativos, sociales, sanitarios, becas, vivienda de protección oficial…). Espero que no se haya tenido en cuenta la existencia de una <a href="https://www.infolibre.es/politica/grupo-juristas-periodistas-querellan-juan-carlos-i-cinco-delitos-fiscales_1_1903706.html" target="_blank">querella contra el Rey Emérito</a>  por cinco delitos contra la Hacienda Pública.  </p><p>Por último,<strong> la disposición transitoria única</strong>, que puede tener apoyo en los principios generales que rigen la retroactividad o no retroactividad de las leyes procesales, suscita, como es lógico, serias reticencias y desconfianzas por su aplicación a procesos en curso de notoria relevancia política. Se podían haber seguido las pautas que marcaron las disposiciones transitorias de la Ley de Enjuiciamiento Civil, en las que se estableció que no se aplicará a los procesos en curso. Pienso que el Proyecto debe retirarse a la espera de la tramitación del Anteproyecto de Ley de Enjuiciamiento Criminal. Ya lo decía San Ignacio de Loyola: “En tiempos de tribulación no conviene hacer mudanza”.</p><p>_________________________</p><p><em><strong>José Antonio Martín Pallin</strong></em><em> es abogado. Antes, ha ejercido como fiscal y magistrado del Tribunal Supremo. Es, además, autor de los libros 'El Gobierno de las Togas' y 'La Guerra de los jueces' (Catarata)</em>.</p>]]></description>
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      <pubDate><![CDATA[Tue, 18 Feb 2025 20:38:49 +0000]]></pubDate>
      <author><![CDATA[José Antonio Martín Pallín]]></author>
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      <media:title><![CDATA[La acción popular: ni suprimirla ni descafeinarla]]></media:title>
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      <media:keywords><![CDATA[Política,Leyes Orgánicas,Leyes Ordinarias,Legislación]]></media:keywords>
    </item>
    <item>
      <title><![CDATA[Un tsunami de 'deepfakes': ¿qué hacemos?]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.infolibre.es/opinion/plaza-publica/tsunami-deepfakes_129_1937381.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.infolibre.es/clip/3a5d4295-02a0-4c98-b5fc-26532a5e3d0b_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675" alt="Un tsunami de deepfakes: ¿qué hacemos?"></p><p>La entrada en escena de<strong> </strong><em><strong>DeepSeek</strong></em> (“busca profunda”, significa en español) nos ha devuelto <strong>al debate sobre el impacto de la Inteligencia Artificial en nuestras vidas</strong> y en nuestros sistemas políticos. <em>DeepSeek</em>, como ChatGPT, o como Gemini, <strong>no están pensados para hacer </strong><em><strong>deepfakes</strong></em>; sin embargo,<strong> pueden producir </strong><em><strong>deepfakes</strong></em><strong> de altísima calidad.</strong> Un ejemplo: he pedido a ChatGPT que me elabore un texto que emule a la “Montaña Mágica”, de mi querido y más admirado Thomas Mann. Este sistema de IA ha tardado exactamente 5 segundos en realizar dicho texto. Y la calidad es excepcional. A pesar de que he leído el libro de Mann muchas veces, de ser mi libro favorito de todos los libros que jamás haya leído, y de que Thomas Mann sea mi escritor número 1, no habría sido capaz de detectar si el texto era real o generado artificialmente.</p><p>ChatGPT me dice: “Este fragmento está completamente generado por mí y no aparece en <em>La montaña mágica</em> de Thomas Mann. Lo escribí inspirado en su estilo, usando temas y el tono que son característicos de la obra, pero es una creación original, no una cita ni una reproducción de ningún pasaje del libro. Intenté capturar el espíritu contemplativo y existencial que se encuentra en el texto de Mann, pero sin copiar ningún contenido específico. ¡Así que no te preocupes! Este es solo un ejemplo ficticio, no una reproducción literal”. </p><p>Es decir: en este caso, ChatGPT ha hecho los deberes (es verdad que preguntado por mí) y ha indicado expresamente que el texto había sido generado artificialmente. En realidad, <strong>el reglamento de IA de la Unión Europea, que acaba de ser aprobado, obliga a etiquetar las </strong><em><strong>deepfakes</strong></em>, incluso las <em>deepfakes</em> textuales. Pero como es natural, muchas de las que circulan por las redes y por internet no están etiquetadas como tales. ¿De cuántas <em>deepfakes</em> estamos hablando, cuál es su número exacto? No lo sabemos. Los pocos cálculos que empiezan a existir al respecto nos indican que el fenómeno está alcanzando las proporciones de un verdadero tsunami. Por ejemplo, la web “Security Hero” señala en su informe <a href="https://www.securityhero.io/state-of-deepfakes/#targeted-individuals" target="_blank">“2023 state of deepfakes”</a> que el número total de <strong>videos de </strong><em><strong>deepfakes</strong></em><strong> que circularon online en 2023 fue de 95.820</strong>, lo que representó<strong> un aumento del 550% desde el año 2019.</strong> Estamos hablando solamente de videos, es decir, no se tiene en cuenta en el informe ni el audio, ni la imagen, ni por supuesto, el texto. La realidad, por tanto, debe de ser mucho más grave de lo que estos datos nos permiten entrever.</p><p>Es cierto que las <em>deepfakes</em> pueden incorporar contenidos positivos; es lo que se denomina “<em>deepfakes for good</em>”. Sin embargo, el anterior informe alerta de que la mayor parte de los videos analizados incorporan<strong> contenidos pornográficos</strong> (exactamente, <strong>el 98% de los videos examinados</strong>), que <strong>afectan a mujeres </strong>fundamentalmente, además. Es decir: la mayor parte de las <em>deepfakes</em> son <em>deepfakes “for bad</em>”, no “<em>for good</em>”. El fenómeno, que ha afectado ya a conocidas actrices como por ejemplo Scarlett Johansson, va sin embargo mucho más allá de la esfera de la pura privacidad, y afecta directamente a la democracia. El caso más claro lo hemos vivido recientemente, en las elecciones a la Presidencia de los Estados Unidos. Por ejemplo, durante las elecciones, se mostraron <a href="https://maldita.es/malditatecnologia/20240905/taylor-swift-propaganda-donald-trump-ia/" target="_blank">imágenes de Taylor Swift</a>, y de seguidores de esta cantante norteamericana, apoyando a Trump, cosa que la misma tuvo que desmentir públicamente. Es decir, el fenómeno de las <em>deepfakes</em> <strong>no solamente afecta a nuestra privacidad; afecta a la propia democracia</strong>. El “mecanismo” a través del que las <em>deepfakes</em> afectan a la democracia es indirecto: a por lo que se va no es a por la democracia directamente, sino a por su argamasa fundamental, la confianza. Sin confianza en la política y en los políticos, no puede funcionar la democracia. Además, la amplitud del fenómeno, su importancia cuantitativa y cualitativa, está generando lo que algunos expertos denominan el “<em>liar’s dividend</em>”, el dividendo del mentiroso. En España diríamos “a río revuelto ganancia de pescadores”: si gran parte de la información que circula en redes es falsa, entonces desconfío de toda la información, en general. De ahí a decir que toda la información que se genera y que consultamos es falsa, hay solamente un paso.</p><p>El debate se complica porque en Estados Unidos (uno de los mayores productores de IAs y de redes sociales, junto con China) existe una comprensión casi absoluta del derecho fundamental a la libertad de expresión. Desde que el Tribunal Supremo de los Estados Unidos dijera aquello de que “<strong>la falsedad solamente se combate con la verdad”, y no con prohibiciones</strong>, entonces<strong> las </strong><em><strong>deepfakes</strong></em><strong> campan por sus respetos en todas las redes sociales de aquel país</strong>. En el otro extremo encontramos a China, interesada en que las redes sociales y la IA se conviertan en parte de su “<em>techno-fare</em>” contra otras potencias, en particular, contra Estados Unidos. De la<strong> Unión Europea </strong>prefiero ni hablar: se ha creído lo del “<em>efecto Bruselas</em>” de Anu Bradford, y <strong>está dedicada a hacer regulaciones cada vez más incomprensibles</strong> sobre un mercado, como el de IA, que es casi inexistente en nuestros países.</p><p>¿Qué hacer ante ello? Hay muchas cosas que se pueden hacer. Lo primero de todo: no tirar la toalla, esta es una guerra que se tiene que ganar. Lo segundo: por ejemplo, <strong>Taiwan</strong> tiene a cientos, si no miles, de “<strong>tecno-policías” detectando las </strong><em><strong>deepfakes</strong></em><strong> que provienen de China para desestabilizar aquel país</strong>. Creemos una fuerza (europea, a ser posible) que haga lo mismo. Tercero, llenemos de <strong>“</strong><em><strong>bots</strong></em><strong>-policiales” las redes sociales, para que detecten y eliminen las </strong><em><strong>deepfakes</strong></em> que atenten directamente a la democracia. Cuarto, eduquemos de manera decidida a la gente para que sea consciente de que las <em>deepfakes</em> campan por sus respetos en las redes, a pesar de que sigue habiendo información veraz, y démosles a las personas herramientas para detectar, cuando tengan dudas, si un contenido es falso o no. Y último, insisto una vez más: no tengamos miedo a prohibir lo que haya que prohibir. Como decía Thomas Mann: la próxima vez, el fascismo volverá enarbolando la bandera de la libertad.</p><p><strong>________________________________</strong></p><p><em><strong>Antonio Estella </strong></em><em>es Profesor Asociado en Ley Administrativa en la Universidad Carlos III de Madrid</em>.</p>]]></description>
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      <pubDate><![CDATA[Sat, 01 Feb 2025 18:23:35 +0000]]></pubDate>
      <author><![CDATA[Antonio Estella]]></author>
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      <media:title><![CDATA[Un tsunami de 'deepfakes': ¿qué hacemos?]]></media:title>
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      <media:keywords><![CDATA[ChatGPT,Tecnología digital,Legislación]]></media:keywords>
    </item>
    <item>
      <title><![CDATA[La regulación legal de la acción popular en el proceso penal y sus límites constitucionales]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.infolibre.es/opinion/plaza-publica/regulacion-legal-accion-popular-proceso-penal-limites-constitucionales_129_1927962.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.infolibre.es/clip/a6ff5685-c9f9-44a3-8f14-f3ba31f3258c_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675" alt="La regulación legal de la acción popular en el proceso penal y sus límites constitucionales"></p><p>La acción popular en el proceso penal es una <strong>singularidad española</strong>. En los demás Estados miembros de la Unión Europea no existe la acción popular penal. En todos estos países la acusación está reservada —como monopolio— al ministerio fiscal (y, a lo sumo, a la víctima). Sin embargo, como ha reconocido nuestro Tribunal Constitucional, se trata de una figura que “cuenta con un profundo arraigo en nuestro ordenamiento”, siendo una “manifestación de la participación ciudadana en la Administración de Justicia” (STC 50/1998).</p><p>En efecto, en España el <strong>artículo 125 de la Constitución</strong> garantiza la acción popular como institución, pero —eso sí— defiere enteramente el desarrollo y la configuración de su régimen jurídico al legislador procesal. El citado precepto constitucional dispone que “los ciudadanos podrán ejercer la acción popular y participar en la Administración de Justicia mediante la institución del Jurado, <em>en la forma y con respecto a aquellos procesos penales que la ley determine</em>”. </p><p>Como cabe observar, <strong>la libertad de configuración del legislador procesal es muy amplia</strong>, aunque ciertamente no es total. Tiene dos límites, los propios de cualquier <em><strong>garantía institucional</strong></em>, a saber: (I) al legislador le está prohibido suprimir la institución como tal, y (II) una vez desarrollada y configurada por el legislador, la institución garantizada debe seguir siendo <em><strong>recognoscible</strong></em>. En palabras el Tribunal Constitucional (STC 32/1981), “la configuración institucional concreta se defiere al legislador, al que no se fija más límite que el del <em>reducto indisponible o núcleo esencial de la institución</em> que la Constitución garantiza. Por definición, en consecuencia, la garantía institucional no asegura un contenido concreto (…) y fijado de una vez por todas, sino la preservación de una institución en términos recognoscibles para la imagen que de la misma tiene la conciencia social en cada tiempo y lugar. Dicha garantía es desconocida cuando la institución es limitada, de tal modo que se la priva prácticamente de sus posibilidades de existencia real como institución para convertirse en un simple nombre. Tales son los límites para su determinación por las normas que la regulan y por la aplicación que se haga de éstas. En definitiva, la única interdicción claramente discernible es la de la ruptura clara y neta con esa imagen comúnmente aceptada de la institución (…)”.</p><p>Ahora bien, este límite de la imagen comúnmente aceptada de la institución se formula como un concepto jurídico indeterminado con un halo de incertidumbre muy extenso. Por tanto, el <strong>margen de apreciación del legislador</strong> a la hora de apreciar si una determinada configuración de la institución desborda o no ese límite es necesariamente muy amplio, y debe ser respetado por la jurisdicción constitucional.</p><p>Pues bien, ¿desborda la reforma de la acción popular que contiene la proposición de ley orgánica presentada por el grupo parlamentario socialista el pasado día 10 de enero (proposición de ley orgánica de garantía y protección de los derechos fundamentales frente al acoso derivado de acciones judiciales abusivas) este límite constitucional al margen de configuración del legislador procesal? </p><p>Veamos, en primer lugar, cuál es el contenido de la reforma propuesta, cuya finalidad es, en palabras de la propia proposición, <strong>“modular el ejercicio de la acción popular”</strong>. En lo esencial, la reforma modula el ámbito tanto subjetivo como objetivo de la acción popular. </p><p>En cuanto al primero, excluye del ejercicio de la acción popular a los órganos constitucionales y entes públicos, así como a los <strong>partidos políticos y asociaciones y fundaciones vinculadas con estos</strong>. En ambos casos “para prevenir el riesgo de instrumentalización del proceso que dimana de su intervención activa en el debate político”. Asimismo, se exige que quienes pretendan ejercitarla actúen "en virtud de un vínculo concreto, relevante y suficiente con el interés público tutelado en el proceso correspondiente", a fin de “garantizar que su intervención en el procedimiento no obedezca a motivos ajenos al fundamento participativo de esta figura”.</p><p>Por lo que respecta al ámbito objetivo, la reforma propuesta establece que “<strong>el acusador popular no tendrá acceso al procedimiento judicial ni se le permitirá desarrollar actuación alguna durante la fase de instrucción</strong>”. La plena intervención de la acción popular en las actuaciones solo se admitirá a partir de ese momento. A tal efecto, la acusación popular podrá impugnar el sobreseimiento libre que hubiera sido acordado por el órgano judicial. </p><p>Explica la exposición de motivos de la proposición de ley que “el motivo de esta regulación es que esta figura fue concebida para <strong>operar como contrapeso al Ministerio Fiscal</strong>, por lo que su plena intervención en esta fase (la de instrucción) no está justificada, al gozar el juez de instrucción de amplias facultades para investigar. Asimismo, con esta propuesta se logra <strong>preservar el carácter secreto o reservado</strong> de la fase de instrucción, permitiendo que únicamente tengan conocimiento de la misma los sujetos directamente concernidos: el Ministerio Fiscal, el ofendido y perjudicado por el delito y la persona investigada”.</p><p>Veamos entonces si esta nueva configuración de los ámbitos subjetivo y objetivo de la acción popular viola la garantía institucional del artículo 125 CE. Adviértase bien: no se trata aquí de valorar la bondad, el acierto o la justificación de la reforma propuesta, sino tan solo de <strong>examinar (preliminarmente) si infringe la Constitución</strong>. </p><p>Por lo que se refiere al primero de los dos límites a los que se sujeta la regulación legal de una institución constitucionalmente garantizada (prohibición de supresión), no ofrece duda alguna que la misma no se transgrede, ya que <strong>la reforma propuesta no suprime la acción popular</strong>. </p><p>En cambio, cabe cuestionarse si esta institución deja de ser "recognoscible" (esto es, queda desnaturalizada o vaciada de contenido) porque se excluya de su ejercicio a determinados sujetos (en particular, a partidos políticos y entidades afines) y se limite su intervención en el proceso a la fase posterior a la instrucción.</p><p>Este segundo —el relativo a la recognoscibilidad de la institución— es, por definición, un juicio muy opinable y discutible. Sin embargo, no parece que las dos restricciones fundamentales que introduce la reforma de la acción popular conviertan esta regulación en un supuesto de <em>certeza negativa</em>, esto es, de <em>irrecognoscibilidad </em>notoria, palmaria o manifiesta. <strong>Después de esta reforma seguirá existiendo una acción popular en el proceso penal español, y seguirá teniendo un ámbito de aplicación notable</strong>. Recuérdese nuevamente que en ningún otro Estado miembro de la UE existe esta figura procesal.</p><p>Ciertamente, el canon constitucional de la recognoscibilidad institucional es un canon de control poco exigente, desde luego mucho menos exigente que el de la proporcionalidad. Pero incluso si aplicáramos este último para enjuiciar la constitucionalidad de la reforma propuesta, la conclusión probablemente no variaría. Si se aplicase el canon de la proporcionalidad para determinar si este desarrollo legislativo de la acción popular respeta o no el límite de la recognoscibilidad de la institución, la cuestión a examinar sería si las restricciones que introduce la reforma persiguen<strong> un fin constitucionalmente legítimo</strong> y si son idóneas, necesarias y proporcionadas para lograrlo. </p><p>Pues bien, estas restricciones persiguen, de un lado, <strong>evitar la desvirtuación de la institución mediante su indebida politización</strong> y, de otro, evitar juicios paralelos en los medios durante la fase de instrucción, en la medida en que contribuyen a erosionar la igualdad de armas, la presunción de inocencia y muchas veces también la apariencia de imparcialidad del órgano jurisdiccional. También persigue prevenir el menoscabo del carácter reservado de las actuaciones procesales. Todos estos rasgos (politización del proceso, juicio paralelo en los medios y filtraciones de actuaciones procesales reservadas) son habituales cuando la acción popular se ejerce por partidos políticos u organizaciones pantalla. En palabras de la exposición de motivos de la proposición de ley orgánica, se persigue <strong>atajar “el uso abusivo de la figura de la acusación popular</strong>, que emplean determinados colectivos no con el fin de aclarar posibles hechos delictivos, sino para atacar sistemáticamente a sectores sociales no afines y a adversarios políticos, a través de procesos penales en los que de manera constante se vulneran sus derechos al honor y a la tutela judicial efectiva y se producen filtraciones del contenido de la instrucción”.</p><p>Pues bien, <strong>los fines que persigue la reforma propuesta de la acción popular no pueden ser tachados de ilegítimos </strong>(la proposición de ley busca preservar otros derechos o bienes constitucionalmente protegidos) y los medios elegidos para alcanzarlos (limitación de los ámbitos subjetivo y objetivo de la acción popular)<strong> no son manifiestamente inidóneos, innecesarios o desproporcionados</strong>. En particular, no es evidente que existan alternativas claramente menos restrictivas pero igualmente idóneas o eficaces para lograr los fines legítimos perseguidos.  </p><p>En este sentido, uno de los procesalistas más prestigiosos de nuestra doctrina académica, el profesor <strong>Jordi Nieva-Fenoll</strong>, publicaba recientemente un artículo (<a href="https://www.eldiario.es/opinion/tribuna-abierta/broma-silvela-abolicion-acusacion-popular_129_11731837.html" target="_blank">https://www.eldiario.es/opinion/tribuna-abierta/broma-silvela-abolicion-acusacion-popular_129_11731837.html</a>) donde describe tanto el origen histórico de la acción popular en España como el <strong>abuso y la desvirtuación de la misma</strong> en los últimos lustros. Concluye proponiendo una reforma mucho más drástica de esta figura que la que contiene la proposición de ley orgánica presentada el pasado día 10 de enero, a saber: "que la acción popular no pueda contradecir la opinión del Ministerio Fiscal y/o la víctima".</p><p><strong>_______________________________</strong></p><p><em><strong>Mariano Bacigalupo</strong></em><em> es profesor titular de la Facultad de Derecho de la UNED.</em></p>]]></description>
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      <pubDate><![CDATA[Tue, 14 Jan 2025 19:33:36 +0000]]></pubDate>
      <author><![CDATA[Mariano Bacigalupo]]></author>
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      <media:title><![CDATA[La regulación legal de la acción popular en el proceso penal y sus límites constitucionales]]></media:title>
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      <media:keywords><![CDATA[Legislación,España,Constitución]]></media:keywords>
    </item>
    <item>
      <title><![CDATA[Regulación del derecho a la rectificación y protección político-legal de la democracia en la red]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.infolibre.es/opinion/plaza-publica/regulacion-derecho-rectificacion-proteccion-politico-legal-democracia-red_129_1919749.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.infolibre.es/clip/e1de056c-bddf-42db-b06b-133c09848225_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675" alt="Regulación del derecho a la rectificación y protección político-legal de la democracia en la RED"></p><p>Un primer paso en la defensa de la democracia es la defensa de una información veraz. El anteproyecto de ley reguladora <strong>del derecho de rectificación</strong>, aprobado por el Consejo de Ministro el pasado 17 de diciembre —texto, por lo que parece, aún no enviado a los órganos consultivos y por tanto no ofrecido a la opinión pública— puede suponer un paso más en la soberanía digital, y por tanto, en el control de la fiabilidad de datos y de información. El texto no se conoce, pero hay declaraciones y algunas alusiones, aparte de la línea legislativa seguida en Europa y los reglamentos anteriormente aprobados que pueden sustentar cierto análisis. </p><p>Las declaraciones afirman que el anteproyecto pretende <strong>regular el derecho a la rectificación y facilitar su reparación</strong>, pero la ley puede ir mucho más lejos. En primer lugar, hay que señalar que la Ley de Servicios Digitales (DSA), pese a ser europea, es de aplicación directa en España y establece obligaciones para las plataformas digitales en cuanto a la moderación de contenidos, transparencia de algoritmos y protección de los usuarios (impone “moderación de contenidos” y “transparencia”). Suponemos, por tanto, que el anteproyecto se integrará en su marco. De hecho, la DSA obliga ya a las plataformas a cumplir la legislación de los estados<strong> aunque tengan sus servidores en terceros países</strong>. </p><p>Por otra parte, la falsa información y bulos no sólo afectan a la vida pública, <strong>también afecta a los mercados</strong>. En este sentido, Europa cuenta con la Ley de Mercados Digitales (DMA), que pretende mercados digitales más justos, tratando de limitar las prácticas desleales de las plataformas dominantes. Para ello impone restricciones como el “bloqueo de competidores”, es decir, se trata de permitir la interoperabilidad entre servicios, <strong>garantizar un trato justo a los competidores</strong>, evitar condiciones abusivas para los negocios que dependen de esas plataformas y facilitar el acceso a datos esenciales para operar en igualdad de condiciones. Igualmente persigue esta ley de mercado evitar la “preferencia de servicios propios”, por ejemplo, que Amazon priorice productos de marca propia (Amazonbasics) en los resultados de búsqueda. </p><p>Existe además una normativa importante dado el desarrollo y la vertiginosa aplicación del tándem Big Data/ inteligencia artificial (IA). Se trata de la IA Act, es decir, de un reglamento propuesto por la Unión Europea para clasificar la IA por niveles de riesgo, sobre todo aquellos que afectan la información pública como los relacionados <strong>con algoritmos de redes sociales</strong>. De este modo se pretende regular aquellos algoritmos que pueden afectar a los derechos fundamentales o inciden en la manipulación de la opinión y del conocimiento. Esta ley, que entró en vigor en Europa el 1 de agosto de 2024, es el primer marco jurídico integral del mundo que regula la inteligencia artificial.</p><p>Por tanto, el debate y la aprobación <strong>deberán tener en cuenta todos estos desarrollos </strong>legislativos y algunos otros como los relativos al diseño de negocio en internet y sus modelos. </p><p>En cuanto al control de redes y el derecho a la rectificación hay que prestar atención al desarrollo de las tecnologías emergentes, pues su desarrollo descontrolado puede suponer un auténtico peligro para los regímenes democráticos y para la población. Por esta razón, la función legislativa debe dinamizarse y aprobar y reformar leyes a buen ritmo. Una ley <strong>que preserve las garantías de una información veraz </strong>y una transmisión correcta de los mensajes es cada vez más imprescindible. Su aprobación por el Parlamento y el Senado puede suponer un paso importante en la consecución de una soberanía digital.</p><p>En cuanto al contexto técnico hay que tener en cuenta que las redes sociales necesitan plataformas para funcionar y éstas, a su vez, servidores. Si la actividad de la plataforma o de la red social se centra en un solo servidor o en una línea de servidores de la misma plataforma, el control de contenidos, la rectificación pertinente, la paralización del servicio o el cierre de una página ilegal será más fácil que si la plataforma funciona<strong> bajo el modelo descentralizado</strong> con varios servidores externos. En este tipo de plataformas será más difícil su control. Los sistemas blockchain, por ejemplo, como la red social Steemit —que premia a los creadores de contenido con criptomonedas— o Mastodon (usada por lo visto por los CDRs), donde tampoco hay un centro desde el que se pueda controlar la red, los usuarios pueden elegir libremente el servidor. En Blockchain de Polygon existen además protocolos para crear redes sociales descentralizadas De este modo, externalizado el servicio se hace muy difícil el control legal de sus contenidos, por lo que <strong>quizá se produzca un desplazamiento de usuarios</strong> forofos del bulo a este tipo de redes menos controlables, si bien las grandes; la plataforma  X (antigua Twitter) —que posee además X Corp,Tesla, SpaceX y Neuralink— y Meta Platform (Facebook, Instagram y WhatsApp), más usuales, poseen sus propios servidores y son centralizadas, y por tanto, más controlables al menos teóricamente.</p><p>Actualmente hay una tendencia a la privatización, de hecho, los grandes servidores y las grandes plataformas ya son privadas. Los Estados deben proveerse de armas legales<strong> para evitar abusos</strong>. Máxime cuando dos grandes tecnologías emergentes —el Big Data y la inteligencia artificial (IA)— se han sumado al desarrollo y están elevando su potencial de manera vertiginosa. La UE promueve la inclusión de normas éticas en el funcionamiento de las grandes plataformas que actúan en territorio europeo, pero normalmente se cumplen si benefician económicamente. Estas normas, desde la emergencia significativa de la IA <strong>y el manejo de Big Data</strong>, se incluyen en el Código de Prácticas sobre Desinformación (2018, actualizado en 2022, de compromiso voluntario). </p><p>La ley sobre control de redes, de ser aprobada, se alineará con éstas ya existentes en Europa, tanto en el comercio digital como en la circulación de información, <strong>y evitará lo que hasta no hace mucho sucedía</strong>; que las grandes plataformas evadan su responsabilidad actuando desde terceros países con una legalidad más laxa.</p><p>La nueva ley sería un paso más en la protección de los derechos no sólo de los usuarios, <strong>sino de los ciudadanos</strong>. De todos modos, ya existe la DSA que obliga, sea cual sea la empresa que preste sus servicios, a implementar mecanismos para garantizar que los usuarios españoles (o de cualquier país europeo) puedan ejercer su derecho a la rectificación. Ahora se trataría de concretar aún más ese derecho, incluyendo a influencers etc. El ejercicio de este derecho, ligado a la preservación de la dignidad personal y política, <strong>puede obligar a la creación</strong> por parte de las empresas de políticas de  moderación o mecanismos específicos como líneas de atención localizadas. La futura ley es especialmente importante en nuestro país, dada la tendencia de la derecha a desnaturalizar y asilvestrar la política, por cuanto obliga a los usuarios de redes con más de 100.000 seguidores a corregir informaciones falsas o inexactas. Se trata de una potente arma legal para combatir la tendencia a crear “prensa digital” que no es tal, sino plataformas opacas para lanzar bulos e infundios, o los tejemanejes de influencers <strong>que hacen el trabajo sucio de envenenar la opinión pública</strong> con fake news y barbaridades.</p><p>____________________________</p><p><em><strong>Sergio Hinojosa</strong></em> <em>es licenciado en Filosofía por la Universidad de Granada y profesor de instituto.</em></p>]]></description>
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      <pubDate><![CDATA[Wed, 01 Jan 2025 17:54:50 +0000]]></pubDate>
      <author><![CDATA[Sergio Hinojosa]]></author>
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      <media:title><![CDATA[Regulación del derecho a la rectificación y protección político-legal de la democracia en la red]]></media:title>
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      <media:keywords><![CDATA[Redes sociales,Legislación,Unión Europea,fake news]]></media:keywords>
    </item>
    <item>
      <title><![CDATA[Control legal de las redes sociales]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.infolibre.es/opinion/plaza-publica/control-legal-redes-sociales_129_1910214.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.infolibre.es/clip/ffd4f012-4e73-4247-b3aa-427f14581718_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675" alt="Control legal de las redes sociales"></p><p>Uno de los problemas más importantes en internet es la <strong>preservación de ciertos límites éticos en el uso de tecnologías </strong>que rebasan las capacidades humanas de control como la IA y su combinación con el manejo masivo de datos, los Big Data. Y no sólo en cuanto a los contenidos que se publican, sino de manera más estructural, en aspectos mucho menos visibles. Por ejemplo, la dificultad que entraña la identificación de aspectos sistémicos que transgreden o invitan a la transgresión de normas éticas y políticas fundamentales. Los <strong>diseños y recomendaciones de los algoritmos invitan frecuentemente a la ira, al miedo, a la indignación o al odio</strong>, generando polarización y una potente, sesgada y en ocasiones malintencionada alternativa a la opinión pública tradicional. Una alternativa que crece y se radicaliza políticamente en la medida en que disminuye la lectura de la prensa y el seguimiento de la información veraz. Esta alternativa a la opinión pública tradicional pasa sin duda por las redes sociales. </p><p>Las redes sociales poseen distintos modelos según su infraestructura, su arquitectura de <em>software</em> y las decisiones técnicas que sustentan las plataformas, acordes con el interés empresarial que las mueve. </p><p>El modelo usado por las plataformas más influyentes es un “modelo centralizado” de red. Diseñado como un sistema centralizado, toda la información pasa por servidores controlados por la propia plataforma. En estas redes, por tanto, hay un mayor control sobre la moderación y las actualizaciones, y una mayor eficiencia en la gestión de datos y análisis. Por ejemplo Meta (Facebook e instagram) y Twitter, actual X, operan con servidores centralizados.</p><p>En contraposición, en el <strong>“modelo descentralizado”</strong>,<strong> </strong>la red opera como un sistema distribuido, similar al <em>blockchain</em> o los protocolos Mastodon. Este modelo <strong>ofrece mayor seguridad y un mayor control sobre los datos</strong>, pero también tiene riesgos importantes. Pues al distribuir el control y la gestión de la información entre múltiples servidores o nodos independientes, en lugar de centralizarlo en solo servidor o entidad controladora, <strong>no hay un único punto de control que pueda ser bloqueado, regulado</strong> o censurado por un gobierno o cualquier autoridad. <strong>Ofrece así una libertad ilimitada,</strong> pero también una mayor posibilidad de manipulación al rebajar la capacidad de moderación y dar vía libre a discursos de odio e información falsa. Va en dirección contraria a los monopolios, pero la falta de una autoridad central puede dificultar la implementación de medidas coordinadas para solucionar problemas con el spam o la desinformación. Además, requiere de conocimientos técnicos para configurar y operar limitando sensiblemente su adopción masiva por los usuarios.</p><p>En ambos modelos<strong> suele aparecer la polarización.</strong> Esta no es casual, es el resultado de decisiones comerciales y técnicas que priorizan la rentabilidad sobre el bienestar social. Varios factores inciden en dicha polarización: 1) Los “filtros burbuja”, empleados en ambos modelos, crean ecosistemas cerrados en los que los usuarios sólo perciben la información y los contenidos alineados con sus gustos y creencias reforzando sus convicciones y dificultando el diálogo social real; 2) la<strong> “gamificación” de los conflictos con métricas visibles como los likes,</strong> <em>shares</em> o <em>retweets</em> que premian contenidos controvertidos y a veces ofensivos, tensionan la red y disparan los conflictos reales en la realidad social; 3) la <strong>moderación insuficiente </strong>(sea por falta de recursos o mala voluntad) por parte de las grandes plataformas y redes que no filtran o incluso promueven las <em>fake news</em>, los discursos de odio o la desinformación permanente. </p><p>Las redes, tanto las centralizadas como las descentralizadas usan “algoritmos de recomendación” basados en el aprendizaje automático. Dicho aprendizaje se sustenta en el historial de interacción, en las preferencias expresadas por el usuario y en datos demográficos. Por ejemplo, Tik-Tok prioriza vídeos en función de métricas de <em>engagement </em>(compromiso), mientras Instagram usa el aprendizaje automático para sugerir publicaciones.</p><p>Según como se establezca el modo de interacción de los usuarios, las redes pueden mostrar una estructura de “modelo de grafo social” en el que las conexiones entre usuarios adquieren forma de grafo (nodos=usuarios; y aristas= relaciones, amistades, seguidores,etc.).<strong> Facebook es el típico modelo de grafo social</strong> basado en conexiones bidireccionales (amistades). También pueden adoptar la forma de “modelo viral”, que promueve la creación y difusión rápida de un contenido viral aprovechando el diseño de compartir (<em>retweets, reposts</em> o reenvíos,etc.), con la finalidad de aumentar el alcance y la actividad de la red y por tanto el volumen de negocio, es el caso de X y TikTok. Otras formas se ajustan al “<strong>modelo de interacción parasocial” que permite a los usuarios interactuar con celebridade</strong>s, influencers o marcas de manera unidireccional bajo la apariencia de una relación personal. Por ejemplo, Instagram o Youtube fomentan las interacciones entre fans y figuras públicas a través de comentarios, likes, y mensajes directos. Por último hay redes que adoptan forma del “<strong>modelo de comunidad cerrada” que permite la creación de grupos privados</strong> o comunidades cerradas con intereses compartidos, por ejemplo, los grupos de Facebook y Discord lo usan para fomentar comunidades específicas.</p><p>En las redes también se usan los<strong> “modelos económicos”, diseñados y orientados directamente a la rentabilidad.</strong> Su estructura varía según los distintos modelos de ingresos.</p><p>Hay otros modelos empleados en las redes que merecen especial atención, pues están basados en la experiencia del usuario y sus características producen un profundo impacto al buscar la participación del usuario mediante principios psicológicos y de participación. Por ejemplo, el <strong>“modelo de engagement loop” fomenta la interacción recurrente </strong>gracias a ofrecer recompensas inmediatas o variables (notificaciones, likes, comentarios). Otras redes como Facebook o Instagram mantienen la actividad constante de los usuarios enviando notificaciones continuas, etc. El <strong>“modelo de diseño gamificado” introduce elementos de juego</strong> (puntajes, insignias, niveles) incentivando el uso y la participación. Otras como Snapchat utiliza “streaks” para fomentar interacciones diarias. El<strong> “modelo de recompensa social”</strong> está diseñado para que <strong>el usuario busque la validación y el estatus social</strong> a través de<strong> “interacciones positivas” como likes y shares</strong>, por ejemplo la cantidad acumulada de<em> likes </em>(me gusta) en Instagram o de <em>retweets</em> en X. Por último, los <strong>“modelos regulatorios éticos”, </strong>que suelen incorporarse a las plataformas, aunque no siempre de manera efectiva.  Se trata de garantizar mediante el diseño, la estructura y el funcionamiento de la red el cumpliento de las normas básicas reflejadas en el Reglamento General de Protección de Datos (RGPD) o la Digital Services Act (DSA).</p><p>La <strong>Digital Services Act, (DSA) es una ley de servicios digitales </strong>que se aplica a todas las plataformas digitales y servicios en línea. Rige en todo el <strong>territorio europeo</strong> independientemente de dónde tengan su sede las empresas, por lo que las grandes estadounidenses como Meta (Facebook), X o Google están sujetas a la DSA si ofrecen servicios en Europa. Regula los servicios de alojamiento, los motores de búsqueda, las redes sociales, las marketplaces en línea como Amazon o eBay, las grandes plataformas en línea (VLOPs) y los enormes motores de búsqueda (VLOSEs). Esta ley debe garantizar un entorno digital seguro y exige, al menos teóricamente, responsabilidad a las plataformas por el contenido y la desinformación. Además debe proteger los derechos fundamentales de los usuarios como la privacidad y la libertad de expresión. La ley trata de acotar y regular el uso de algoritmos y Big Data, implementando medidas contra el abuso y la manipulación, e introduciendo elementos para prevenir riesgos sistémicos.</p><p>Por su parte, el<strong> Reglamento General de Protección de Datos (RGPD)</strong> establece <strong>normas de protección, manejo y tratamiento de datos personales </strong>de los ciudadanos de la UE. La norma fue elaborada por las instituciones de la UE (Comisión Europea, Consejo y Parlamento Europeo) y entró en vigor en mayo de 2018. Garantiza que los datos personales sean recogidos y tratados de manera lícita, transparente y con fines específicos. Reconoce los derechos de las personas con relación a sus datos: derecho de acceso, de rectificación, derecho al olvido, a la portabilidad, a la limitación del tratamiento; además del derecho de oposición al uso no consentido y el derecho al consentimiento informado. Por otra parte, <strong>exige de las organizaciones el consentimiento claro y explícito antes de procesar los datos personales</strong>. Además, obliga a las empresas a demostrar que cumplen la normativa a través de registros, evaluaciones de impacto y de políticas claras de privacidad. Para asegurar los datos, exige medidas técnicas y organizativas contra accesos no autorizados, pérdidas o destrucción de los mismos. En caso de violaciones de seguridad de los datos personales las empresas deben notificar a las autoridades y a los afectados la incidencia. </p><p>El Reglamento regula cómo se transfieren los datos fuera de la Unión Europea asegurando niveles adecuados de protección. En cada<strong> Estado de la UE</strong> <strong>hay una autoridad nacional de protección de datos</strong> encargada de supervisar y garantizar el cumplimiento de dicho reglamento. En España corresponde a la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD), y es el Comité Europeo de Protección de Datos quien coordina las distintas autoridades y emite directrices sobre la interpretación del RGPD.</p><p>Ante una legislación consistente y un despliegue tecnológico avanzado puesto al servicio del control y la supervisión continua, cabe preguntarse cómo es posible que puedan producirse, con cada vez más frecuencia, casos de abuso sistemático en el uso de datos, proliferación de noticias falsas, contenidos violentos, insultantes, difamantes y diseños polarizantes.  Y <strong>cómo</strong>, pese a existir también guías en todos los ámbitos que barren las grandes plataformas digitales y normas voluntarias que las orientan, cómo pese a todo ello, <strong>siguen proliferando y creciendo los contenidos violento</strong>s que generan cada vez más polarización.</p><p>______________________________</p><p><em><strong>Sergio Hinojosa</strong></em> <em>es licenciado en Filosofía por la Universidad de Granada y profesor de instituto.</em></p>]]></description>
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      <pubDate><![CDATA[Sat, 07 Dec 2024 18:45:55 +0000]]></pubDate>
      <author><![CDATA[Sergio Hinojosa]]></author>
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      <media:title><![CDATA[Control legal de las redes sociales]]></media:title>
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      <media:keywords><![CDATA[Legislación,Redes sociales,Ley protección datos]]></media:keywords>
    </item>
    <item>
      <title><![CDATA[El 90% de las enfermedades crónicas están relacionadas con el medioambiente]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.infolibre.es/medioambiente/90-enfermedades-cronicas-relacionadas-medioambiente_1_1874080.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.infolibre.es/clip/e899bd00-cf7e-4fe1-aa85-2296b0f114bb_16-9-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675" alt="El 90% de las enfermedades crónicas están relacionadas con el medioambiente"></p><p>El <strong>90% de las enfermedades crónicas</strong> están relacionadas con el <strong>medioambiente</strong> y su detección aumenta en las dos primeras décadas de la vida, por lo que un centenar de científicos y médicos han suscrito la <strong>Declaración Futuro Sin Tóxicos</strong> que este martes han llevado al Congreso de los Diputados y al Ministerio de Sanidad, según recoge EFE.</p><p>"Diariamente estamos en contacto con productos que, aunque estén en el mercado, no son seguros. Son productos derivados del petróleo, de uso cotidiano y de una toxicidad lenta, pero persistente", este es el mensaje que recoge la declaración que pide al Gobierno <strong>medidas urgentes para proteger la salud pública y acelerar la revisión de la normativa existente</strong>.</p><p>En rueda de prensa, el presidente de la Asociación Española Científica de Pediatría, Juan Antonio Ortega, ha asegurado que las enfermedades crónicas<strong> están creciendo en la etapa infantil y adolescente</strong> como es el caso del cáncer pediátrico con un aumento del 1% anual en los países de la Unión Europea, y todo ello vinculado a la <strong>toxicidad del entorno</strong>.</p><p>Trastornos endocrinos, neurodegenerativos y del neurodesarrollo, enfermedad respiratoria, cáncer, obesidad, diabetes y enfermedad renal crónica son algunas de las patologías crónicas vinculadas al ambiente, y que son, precisamente, las que <strong>colapsan los centros</strong> de salud y se llevan el <strong>70% del gasto sanitario</strong>.</p><p>Ortega también ha ahondado en la necesidad de evitar la <strong>exposición a químicos hormonalmente activos durante el embarazo y los primeros años de vida</strong>. </p><p>"Ahora recogemos lo que hemos sembrado, las enfermedades respiratorias no paran de crecer y se disparan las cardíacas a los 30-40 años por exposiciones tempranas. Hemos llegado a normalizar los broncodilatadores en los niños", ha enfatizado. Por esto, ha insistido en que se trata de abordar desafíos nuevos para los que<strong> la normativa actual ya no sirve</strong>.</p><p>En la rueda de prensa, el representante de la Sociedad Española de Endocrinología Nicolás Olea ha comentado que "un bote de orina lo dice todo". Según este experto, el 83% de los niños valencianos tienen presente en su orina restos de un <strong>pesticida</strong> prohibido en 2021, que se utilizó en esa área. Olea también ha afirmado que metales pesados como el <strong>cadmio</strong> y el <strong>mercurio</strong> están presentes en la leche materna, por lo que ha llamado a poner el foco en las embarazadas y los niños. Los firmantes de la Declaración Futuro Sin Tóxicos quieren que se regulen las sustancias teniendo en cuenta el<strong> "efecto cóctel"</strong> y su posible <strong>acumulación en el organismo</strong> y la exposición continuada.</p><p>Según la Fundación Rezero, que aúna este proyecto, la aplicación de la nueva normativa por la salud pública deberá estar basada en el conocimiento científico y aplicar el principio de precaución con los criterios de salud más exigentes, que tengan en cuenta a niños y embarazadas. Los firmantes han pedido al Congreso y a la Dirección General de Salud Pública que tengan la "honestidad" de <strong>incrementar las medidas y evaluar el riesgo de la exposición</strong>, especialmente a la población más sensible. Y que se exija a la industria absoluta transparencia en la composición de los productos que ponen en el mercado, a partir del <strong>etiquetado</strong> de los productos y con mecanismos como el <strong>pasaporte digital</strong>. </p>]]></description>
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      <pubDate><![CDATA[Tue, 17 Sep 2024 15:49:41 +0000]]></pubDate>
      <author><![CDATA[infoLibre]]></author>
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      <media:keywords><![CDATA[Salud,Enfermedades,Menores,Legislación,Congreso de los Diputados,Pesticidas]]></media:keywords>
    </item>
    <item>
      <title><![CDATA[Competencia inicia un expediente sancionador contra Endesa por posibles prácticas anticompetitivas]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.infolibre.es/politica/competencia-inicia-expediente-sancionador-endesa-posibles-practicas-anticompetitivas_1_1837838.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.infolibre.es/clip/47d2d34b-584f-4bdc-9066-cfa67ca25f92_16-9-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675" alt="Competencia inicia un expediente sancionador contra Endesa por posibles prácticas anticompetitivas"></p><p>La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha iniciado un <strong>expediente sancionador contra varias empresas del Grupo Endesa por posibles prácticas anticompetitivas</strong>, entre ellas, haber podido dar un trato "discriminatorio y preferente" a la resolución de solicitudes, reclamaciones e incidencias de sus propias filiales, en detrimento de terceras empresas competidoras.</p><p>En un comunicado que recoge Europa Press, el organismo presidido por Cani Fernández indicó que está <strong>investigando a e-distribución Redes Digitales, Endesa Operaciones y Servicios Comerciales</strong>, y a sus respectivas matrices -Endesa y Endesa Energía-, por un posible abuso de posición de dominio en el mercado de la distribución eléctrica.</p><p><strong>Las prácticas, según la CNMC, afectarían a todos los territorios donde el Grupo Endesa opera como distribuidora</strong>: Andalucía, Aragón, parte de Castilla y León, Cataluña, Galicia, Islas Baleares, Islas Canarias, ciudad autónoma de Ceuta y la provincia de Badajoz.</p><p>En este contexto, el <em>superregulador </em>destacó que <strong>la investigación se centra en el presunto trato "discriminatorio y preferente" que la energética habría dado a la resolución de solicitudes</strong>, reclamaciones e incidencias de sus propias filiales, en detrimento de terceras empresas competidoras. Entre otros, se analizan los trámites relacionados con la comercialización de energía eléctrica, la instalación de equipos y prestación de servicios de medida eléctrica, la prestación de servicios energéticos, así como la instalación y operación del autoconsumo, vinculado al mercado de generación distribuida.</p><p>La CNMC recibió varias denuncias contra e-distribución por<strong> prácticas contrarias a la Ley de Defensa de la Competencia (LDC)</strong>, e inició una información reservada, y en junio de 2023, personal de la CNMC inspeccionó dos sedes de varias sociedades del Grupo Endesa.</p><p><strong>La CNMC señaló que la incoación de este expediente</strong> por posibles conductas contrarias al artículo 2 de la Ley 15/2007, de 3 de julio, de Defensa de la Competencia (LDC) y al artículo 102 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea no prejuzga el resultado final de la investigación, al tiempo que se ha abierto un periodo máximo de 24 meses para su instrucción y resolución.</p><p>Por su parte, fuentes de Endesa indicaron a Europa Press que e-distribución ha actuado en todo momento<strong> "cumpliendo la legislación y respetando escrupulosamente el principio de neutralidad </strong>que rige el funcionamiento de las distribuidoras de electricidad en su trato con las distintas comercializadoras existentes en el mercado, que garantiza que no se produce ningún trato de favor a ningún agente".</p><p>Además, <strong>la eléctrica recordó que la apertura del expediente no prejuzga el resultado final de la investigación</strong>, en la que la compañía destacó que ha colaborado aportando toda la información requerida y que seguirá colaborando en todo lo que solicite.</p><p>Asimismo, Endesa subrayó que la<strong> voluntad de actuar como una agente facilitador del autoconsumo </strong>queda de manifiesto en las medidas implementadas por e-distribución "para acelerar y facilitar el procedimiento de activación de los autoconsumos y mejorar la información a todos los agentes implicados".</p><p>A este respecto, a cierre de este mes de junio, e-distribución había activado <strong>más de 295.000 suministros de autoconsumo</strong>, una cifra que supone un incremento del 156% respecto al cierre de 2022.</p>]]></description>
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      <pubDate><![CDATA[Wed, 10 Jul 2024 07:42:43 +0000]]></pubDate>
      <author><![CDATA[infoLibre]]></author>
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      <media:title><![CDATA[Competencia inicia un expediente sancionador contra Endesa por posibles prácticas anticompetitivas]]></media:title>
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      <media:keywords><![CDATA[CNMC,Endesa,Legislación]]></media:keywords>
    </item>
    <item>
      <title><![CDATA[Más del 90% de los españoles cree que el medio ambiente afecta a su salud y vida cotidiana]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.infolibre.es/medioambiente/90-espanoles-cree-cambio-climatico-afecta-vida-cotidiana_1_1804037.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.infolibre.es/clip/f44416c9-c21f-4561-a91f-1a098f3f7954_16-9-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675" alt="Más del 90% de los españoles cree que el medio ambiente afecta a su salud y vida cotidiana"></p><p>El <strong>93% de españoles reconoce que las cuestiones medioambientales afectan directamente a su vida cotidiana y a su salud</strong> --por encima del 78% de media en la UE-- y un <strong>91% considera que la legislación europea es necesaria</strong> para proteger el medio ambiente en España -un 84% en la UE-, según los datos del Eurobarómetro de actitudes hacia el medio ambiente publicado este miércoles, según informa Europa Press. </p><p>Además, un 36% de españoles (42% de europeos) apoya<strong> aumentar la fiscalidad de las actividades contaminantes</strong> y un 30% (41% de europeos) respalda<strong> que se supriman las subvenciones públicas a las actividades contaminantes</strong>.</p><p>En cuanto a los residuos que resultan más nocivos para el medio ambiente, un 66% de españoles señala al <strong>plástico como principal contaminante</strong>, seguido de los químicos (64%), residuos electrónicos (26%) y de baterías (21%), desechos alimentarios (8%) y textiles (11%), un listado que sigue el mismo orden de preocupaciones a nivel europeo.</p><p>Un 53% de españoles (58% de europeos) cree que resultaría beneficioso para el medio ambiente promover la <strong>economía circular</strong> mediante la <strong>reducción residuos y la reutilización o el reciclaje</strong> de productos mientras que un 60% (59% de europeos) estaría dispuesto a pagar más por productos más fáciles de reparar, reciclables o producidos de forma sostenible.</p><p>Asimismo, un 57% de españoles (52% de europeos) cree que <strong>la UE no está haciendo lo suficiente para proteger la salud humana y el medio ambiente </strong>frente a sustancias químicas nocivas y a un 90% de los encuestados (81% de europeos) le preocupa, además, el posible impacto sobre la salud de la exposición a las sustancias perfluoroalquiladas y polifluoroalquiladas (PFAS), un grupo de agentes sintéticos conocidos como "químicos para siempre".</p><p>Por otro lado, el 88% de los encuestados en España (78% en la UE) está a favor de proponer más medidas de la UE para <strong>abordar las cuestiones relacionadas con el agua</strong> frente a las principales amenazas que identifican, tales como sequías (77%), escasez de agua (67%), contaminación (64%), despilfarro de agua (64%) y cambio climático (60%).</p><p>No obstante, a nivel europeo la <strong>contaminación</strong> (69%) y el <strong>consumo excesivo o desperdicio</strong> (63%) se consideran los dos principales problemas nacionales relacionados con el agua.</p><p>La mayoría de los encuestados considera también que <strong>ninguno de los sectores más relevantes, como la industria, los productores de energía, el turismo o la agricultura, está haciendo lo suficiente</strong> actualmente para utilizar el agua de manera eficiente.</p>]]></description>
      <guid isPermaLink="false"><![CDATA[f65a303a-3e5c-46a1-82cc-a7c8a4cfd305]]></guid>
      <pubDate><![CDATA[Wed, 29 May 2024 15:53:38 +0000]]></pubDate>
      <author><![CDATA[infoLibre]]></author>
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      <media:title><![CDATA[Más del 90% de los españoles cree que el medio ambiente afecta a su salud y vida cotidiana]]></media:title>
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      <media:keywords><![CDATA[Salud,Legislación,Unión Europea]]></media:keywords>
    </item>
    <item>
      <title><![CDATA[Sumar votará en contra de la ley contra el proxenetismo del PSOE y la deja en manos el PP]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.infolibre.es/igualdad/sumar-votara-ley-proxenetismo-psoe-deja-manos-pp_1_1796360.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.infolibre.es/clip/77965eab-087b-4913-a40a-c0c22796756b_16-9-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675" alt="Sumar votará en contra de la ley contra el proxenetismo del PSOE y la deja en manos el PP"></p><p>La<strong> ley contra el proxenetismo del </strong><a href="https://www.infolibre.es/temas/psoe/" target="_blank"><strong>PSOE</strong></a><a href="https://www.infolibre.es/temas/psoe/" target="_blank"> </a>ha <strong>dividido al Gobierno</strong>, tras el rechazo de <a href="https://www.infolibre.es/temas/sumar/" target="_blank"><strong>Sumar</strong></a>, que ha anunciado que votará este martes en contra en su toma de consideración en el <a href="https://www.infolibre.es/temas/congreso-de-los-diputados/" target="_blank"><strong>Congreso de los Diputados</strong></a>. De este modo, el <a href="https://www.infolibre.es/temas/pp/" target="_blank"><strong>PP</strong></a><strong> </strong>será clave para su tramitación, según ha recogido Europa Press.</p><p>"Todas las fuerzas que conformamos el espacio de Sumar <strong>no podemos darle apoyo a esta proposición de ley</strong>, que es atravesada generalmente por la <strong>desigualdad</strong>, por un <strong>racismo estructural</strong>, muchas veces también por la <strong>transfobia</strong>, por la <strong>pobreza</strong>, y la proposición de ley del PSOE no aborda en absoluto soluciones a ninguna de estas cuestiones estructurales, lo que nos impide darle apoyo", ha asegurado la diputada de los <strong>Comuns</strong>, <strong>Gala Pin</strong>, en rueda de prensa en la Cámara Baja.</p><p>En este sentido, la diputada ha señalado que la formación considera que la voluntad que tiene el Partido Socialista presentando esta proposición de ley en la precampaña de las europeas es <strong>"puramente electoralista"</strong>. "Si no, no se entiende que no lo haya hablado siquiera con los socios de Gobierno o de investidura y que sea una proposición de ley que, si se acaba aprobando, lo apruebe con el PP. O sea, si se aprueba esta proposición de ley será por <strong>una alianza del Partido Socialista con el Partido Popular</strong>", ha destacado.</p><p>Igualmente, a juicio de Sumar la proposición de ley lo que haría es situar a la sociedad en un<strong> contexto de "mayor precariedad, de aún mayor clandestinidad, de aún mayor indefensión y vulnerabilidad a muchas de estas mujeres que ejercen la prostitución"</strong>. "Estas son algunas de las cuestiones que hemos consensuado desde la idea de que sumar lo que queremos hacer es ampliar y avanzar en derechos. Y para eso, si queremos hablar de derechos de las mujeres que ejercen la prostitución, hay que hablar de la <strong>reforma de la</strong> <strong>Ley de Extranjería</strong>, entre otras", ha apuntado Pin.</p><p>Asimismo, ha afeado al PSOE traer esta ley "en un momento en el que la <strong>extrema derecha</strong> está atacando los derechos de las mujeres, en un momento en el que la extrema derecha sube, el Partido Socialista trae una propuesta que<strong> divide al feminismo</strong> y que para sacarla adelante no contará con los votos de <strong>muchos de los socios de investidura</strong>".</p><p>Por su parte, <strong>Engracia Rivera</strong>, diputada de <strong>Izquierda Unida</strong>, ha destacado en su intervención también en la Cámara Baja que "en los problemas hay que ir a la raíz de ellos". "A nosotras nos faltan muchísimas cosas en esa propuesta.<strong> Nos falta un itinerario de empleabilidad, nos falta el acceso a la vivienda, nos falta la formación académica, nos faltan múltiples medidas sociales y económicas para erradicar la prostitución</strong>", ha subrayado.</p><p>También ha apuntado que, a su juicio, la propuesta del PSOE<strong> "quiere ahondar en la división y no en la unión"</strong>. "Hemos hecho un trabajo de consenso enorme, desde la diferencia y la diversidad, desde el punto de vista con las<strong> gafas moradas</strong> puestas, desde el punto de vista del feminismo, de las mujeres, del entendimiento y de la sororidad. Y hoy plantearemos una negativa al Partido Socialista ante esta propuesta", ha destacado.</p><p>En esta línea, ha precisado que la propuesta de los socialistas resulta "absolutamente <strong>incompleta</strong>" porque "no aporta soluciones reales al problema que pretende arreglar". Asimismo, en el turno de preguntas Pin ha expuesto que el Partido Socialista "no ha pensado bien a la hora de presentar la propuesta" y ha agregado que se trata de una "cuestión de <strong>falta de seriedad"</strong></p><p>Por su parte, fuentes parlamentarias de Sumar han indicado este martes en declaraciones a los medios que se trata de un "tema polémico en espacio". "Se le trasladó al PSOE malestar por traer la proposición de ley ahora y si se acepta a trámite hay que hablar.<strong> El PSOE no nos ha contactado.</strong> El punto de partida de su ley hace difícil el trabajo conjunto, el PSOE ha sido <strong>irresponsable</strong>. Está propuesta en absoluto defiende a las mujeres", han subrayado.</p><p>Por su parte, los diputados de <strong>Podemos</strong>, que están el Grupo Mixto del Congreso, se <strong>abstendrán </strong>en la votación, según ha avanzado <strong>Javier Sánchez</strong> en rueda de prensa en el Congreso.</p><p>"La propuesta del Partido Socialista sobre proxenetismo nos parece que exclusivamente es una modificación en el <strong>Código Penal</strong> que puede servir para conseguir algunos titulares, pero que <strong>no va a conseguir</strong> <strong>abolir la prostitución</strong>", ha afirmado Sánchez.</p><p>El diputado morado ha añadido que su partido cree que el abolicionismo "significa otras cosas" como, textualmente, el derecho a la vivienda, formación o empleo, papeles para todas y modificar, por tanto, la ley de extranjería. "Significa dar seguridad a las mujeres y esta ley consideramos que no da seguridad, sino que va a añadir más riesgos", ha indicado. </p><p>Sobre esta proposición para prohibir la prostitución del PSOE, la portavoz de <strong>Vox </strong>en el Congreso, <strong>Pepa Millán</strong>, ha expuesto que "había que preguntarse si dentro del Partido Socialista <strong>están todos de acuerdo</strong> con esta iniciativa".</p><p>Millán ha indicado que "más allá" de esta cuestión, su partido considera que estas prácticas son <strong>"absolutamente deleznables </strong>y absolutamente condenables", y ha denunciado que si lo que pretende el PSOE con esta iniciativa "es proteger a la mujer", se trata de una<strong> "gran hipocresía"</strong> porque es el propio PSOE quien "pone en peligro a las mujeres".</p>]]></description>
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      <pubDate><![CDATA[Tue, 21 May 2024 11:49:25 +0000]]></pubDate>
      <author><![CDATA[infoLibre]]></author>
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      <media:title><![CDATA[Sumar votará en contra de la ley contra el proxenetismo del PSOE y la deja en manos el PP]]></media:title>
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      <media:keywords><![CDATA[Prostitución,Sumar,PSOE,Podemos,Legislación,Congreso de los Diputados]]></media:keywords>
    </item>
    <item>
      <title><![CDATA[Mónica García pone en marcha la Ley de Gestión Pública para blindar la sanidad pública]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.infolibre.es/politica/monica-garcia-pone-marcha-ley-gestion-publica-blindar-sanidad-publica_1_1789834.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.infolibre.es/clip/315ef6e8-4b94-452a-b6ad-aeb2dcf0a682_16-9-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675" alt="Mónica García pone en marcha la Ley de Gestión Pública para blindar la sanidad pública"></p><p>La ministra de Sanidad, <a href="https://www.infolibre.es/temas/monica-garcia/" target="_blank"><strong>Mónica García</strong></a>, ha anunciado este lunes que su departamento ha sacado a consulta pública la <strong>Ley de Gestión Pública e Integridad del Sistema Nacional de Salud</strong>, que pretende<strong> "poner coto" a los "usos indecentes"</strong> del Sistema Nacional de Salud (SNS), según ha recogido Europa Press.</p><p>"Esta ley va a poner coto al <strong>lucro incesante</strong> de las diferentes formas de gestión de nuestra sanidad. Se da un carpetazo a la<strong> Ley 1597</strong> y se da vía libre al lema de <em>La sanidad no se vende, la sanidad se defiende</em>", ha expresado, en declaraciones en los medios que han tenido lugar en el marco del<strong> I Foro de Salud Pública. Una salud a futuro,</strong> organizado por la Fundación para la Investigación en Salud.</p><p>Así, ha reiterado que, desde el Ministerio de Sanidad, están <strong>"firmemente comprometidos" con evitar que la sanidad se "venda" siempre al "peor postor"</strong>. "La evidencia científica ya nos ha demostrado que no han salido mejoras en la salud de la población con esas fórmulas de gestión, sino todo lo contrario, lo que ha salido han sido<strong> mejoras en los beneficios obscenos de algunas empresas</strong>, que han ido detrayendo el presupuesto de nuestro SNS", ha agregado.</p><p>Para García, esta ley supone "un freno" a todas las noticias sobre "comisiones, lucros incesantes y beneficios obscenos" que se han visto "en los últimos años". <strong>"Nosotros queremos que cada euro de los impuestos de los españoles vaya destinado a la salud</strong>, al artículo 43 de la Constitución. El esfuerzo de los españoles, a través de sus impuestos, <strong>queremos que se vea materializado</strong> en que realmente somos capaces de garantizar la protección a la salud y no garantizar las cuentas de resultados de las empresas privadas", ha recalcado.</p>]]></description>
      <guid isPermaLink="false"><![CDATA[68efff89-71f0-418b-8ca4-7cd3220fb502]]></guid>
      <pubDate><![CDATA[Mon, 13 May 2024 11:24:10 +0000]]></pubDate>
      <author><![CDATA[infoLibre]]></author>
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      <media:title><![CDATA[Mónica García pone en marcha la Ley de Gestión Pública para blindar la sanidad pública]]></media:title>
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      <media:keywords><![CDATA[Mónica García,Sanidad,Sanidad pública,Ministerio de Sanidad,Legislación]]></media:keywords>
    </item>
    <item>
      <title><![CDATA[La UE aprueba la primera directiva contra demandas abusivas que tratan de silenciar el periodismo]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.infolibre.es/politica/consejo-ue-aprueba-primera-directva-demandas-abusivas-tratan-silenciar-periodismo_1_1746305.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.infolibre.es/clip/6797a2f7-127d-48b4-9dc9-ce00b12179d5_16-9-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675" alt="La UE aprueba la primera directiva contra demandas abusivas que tratan de silenciar el periodismo"></p><p>El problema viene de lejos y los ejemplos abundan. Entidades poderosas, con enormes recursos financieros, demandan sin fundamento a medios de comunicación independientes, ONG o incluso académicos y les exigen sumas astronómicas de dinero con el único fin de amedrentarles. Los demandados, a menudo, no disponen de dinero suficiente para enfrentar largos y costosos procesos judiciales puestos en marcha <strong>con el único objetivo de ahogar sus cuentas.</strong></p><p>Son las llamadas Demandas Estratégicas contra la Participación Pública (SLAPP, por sus siglas en inglés), también conocidas como demandas abusivas o <strong>demandas mordaza.</strong> Acciones legales iniciadas con el principal objetivo de intimidar, agotar financieramente, y <strong>silenciar a críticos o adversarios mediante un costoso proceso judicial. </strong>No buscan necesariamente ganar el caso en términos legales, sino más bien desalentar la crítica y la participación activa en asuntos de interés público mediante el temor a largos y costosos procesos legales.</p><p>En los últimos años, se han vuelto <strong>cada vez más frecuentes.</strong> Persiguen a periodistas, medios de comunicación, activistas, defensores de derechos humanos, investigadores y cualquier individuo o entidad que se involucre en la crítica o el debate público. Son demandas que a menudo se basan en acusaciones de difamación, injurias, y otros delitos contra el honor,<strong> aunque el contenido de la crítica o denuncia pueda ser verdadero o estar amparado por el derecho a la libertad de expresión</strong>. Las demandas mordaza socavan la democracia y la libertad de expresión al crear un ambiente de miedo y autocensura, limitando así el debate público y la capacidad de la sociedad para abordar temas relevantes y controvertidos. </p><p>Acabar con ellas es, precisamente, el objetivo de la <a href="https://data.consilium.europa.eu/doc/document/PE-88-2023-INIT/es/pdf" target="_blank">directiva</a> aprobada este martes en Bruselas por el Congreso de Asuntos Generales de la Unión. Con el voto a favor de todos los países —a excepción de Hungría— y la autoexclusión de Dinamarca. Aunque la norma, que España tendrá que trasladar al derecho interno en el plazo de dos años, solo obliga a establecer garantías contra las pretensiones manifiestamente infundadas o las acciones judiciales abusivas en asuntos civiles<strong> “con repercusiones transfronterizas”.</strong></p><p>Extender esas normas a todos los casos, también los que tengan lugar dentro de cada país, queda en manos de los Estados miembros. España, como el resto de sus socios, podrá aprobar disposiciones nacionales que establezcan garantías procesales más eficaces en relación con el derecho a la libertad de expresión y de información, <strong>pero no estará obligada a ello.</strong></p><p>La directiva establece varios mecanismos para luchar contras las demandas mordaza, entre ellos la posibilidad de <strong>solicitar la “desestimación temprana de las pretensiones manifiestamente infundadas”</strong> así como<strong> “medidas correctivas </strong>frente a las acciones judiciales abusivas contra la participación pública”.</p><p>La carga de la prueba de que la demanda es fundada recaerá en el demandante que haya interpuesto la acción para que el órgano jurisdiccional correspondiente pueda apreciar si es manifiestamente infundada o no. <strong>Las normativas nacionales deben prever la posibilidad de condenar a los demandantes </strong>a cargar con todos los tipos de costas procesales  e incluso que puedan ser sancionados con el pago de una indemnización por daños y perjuicios o la publicación de la resolución judicial.</p><p>El acuerdo tiene su origen en una resolución aprobada en el parlamento Europeo el 11 de noviembre de 2021, sobre el refuerzo de la democracia y la libertad y el pluralismo de los medios de comunicación en la Unión, en la que el Parlamento Europeo pidió a la Comisión que propusiera un paquete de medidas de Derecho indicativo e imperativo para<strong> abordar el creciente número de demandas mordaza</strong> contra la participación pública que afectan a periodistas, a organizaciones no gubernamentales ), a académicos y, en general, a la sociedad civil de la Unión. </p><p>El Parlamento expresó la necesidad de adoptar medidas legislativas en los ámbitos del Derecho procesal civil y penal, como un mecanismo de “desestimación temprana” para las demandas civiles abusivas, el derecho al reembolso integral de los costes soportados por el demandado y el derecho a una indemnización por daños y perjuicios. Aquella resolución también demandaba <strong>formación adecuada para jueces y profesionales de la Justicia </strong>sobre las demandas estratégicas, un fondo específico para proporcionar apoyo financiero a las víctimas de demandas estratégicas y un registro público de las resoluciones judiciales en  estos casos. </p><p>La directiva aprobada por el Consejo obligará a España a <strong>proteger a las personas físicas y jurídicas que se impliquen en la participación pública en asuntos de interés público</strong>. Esto incluye a los periodistas, los editores, las organizaciones de medios de comunicación, los denunciantes de irregularidades y los defensores de los derechos humanos, así como a las organizaciones de la sociedad civil, las ONG, los sindicatos, los artistas, los investigadores y los académicos, frente a acciones judiciales interpuestas contra ellas para disuadirlas de la participación pública. Pero solamente si las demandas tienen “repercusiones transfronterizas”. A menos que el Congreso decida extender la protección a las demandas dentro de España, la protección de los medios en nuestro país seguirá en entredicho. </p><p><strong>infoLibre es un los medios que ha </strong><a href="https://rsf.org/es/espa%C3%B1a-rsf-denuncia-litigios-abusivos-contra-los-medios-y-pide-al-gobierno-una-legislaci%C3%B3n" target="_blank"><strong>sufrido</strong></a><strong> este tipo de amenazas cuyo único objetivo era ahogar económica el periódico y obligarle a callar.</strong> En 2022, el excandidato del partido de extrema derecha Vox a la presidencia de Andalucía, Francisco Serrano [ver <a href="https://www.infolibre.es/suplementos/caso-serrano/" target="_blank">aquí</a> dosier], demandó a este diario y a uno de sus periodistas, Ángel Munárriz, por un presunto delito de revelación de secretos contra este político, acusado de recibir de forma fraudulenta subvenciones por valor de 2,4 millones de euros. Las informaciones de <strong>infoLibre</strong> desencadenaron investigaciones policiales y judiciales por fraude contra Francisco Serrano y otras tres personas.<strong> infoLibre</strong> ya había sido objeto, en 2021, de otra demanda por <a href="https://www.infolibre.es/politica/juez-da-carpetazo-denuncia-garcia-egea-infolibre-existe-preponderancia_1_1234914.html" target="_blank">presunta revelación de secretos</a> del presidente de la Región de Murcia, Fernando López Miras y el ex número dos del Partido Popular, Teodoro García Egea. La dos causas fueron archivadas.</p><p>La directiva recién aprobada reconoce la necesidad de “un sistema sólido de garantías y de protección<strong> que permita a los periodistas de investigación desempeñar su papel crucial como guardianes en asuntos de interés público sin temor a represalias por buscar la verdad e informar al público”. </strong></p><p>Las demandas estratégicas suelen ser interpuestas por entidades poderosas, como particulares, grupos de presión, empresas, políticos y órganos estatales, en un intento por<strong> silenciar el debate público. </strong>En ellas, se da a menudo un desequilibrio de poder entre las partes, ya que el demandante dispone de un mayor poder financiero o político que el demandado”, señala la norma aprobada este martes.</p><p>Cuando se da el uso indebido de una ventaja económica o de influencia política por parte del demandante contra el demandado, junto con la ausencia de fundamento jurídico, “suscita especial preocupación” a la Unión si las acciones judiciales abusivas en cuestión<strong> se financian directa o indirectamente con cargo a los presupuestos del Estado,.</strong></p>]]></description>
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      <pubDate><![CDATA[Tue, 19 Mar 2024 19:12:07 +0000]]></pubDate>
      <author><![CDATA[Fernando Varela]]></author>
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      <media:title><![CDATA[La UE aprueba la primera directiva contra demandas abusivas que tratan de silenciar el periodismo]]></media:title>
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      <media:keywords><![CDATA[Periodismo,Justicia,Unión Europea,Legislación]]></media:keywords>
    </item>
    <item>
      <title><![CDATA[Un cierto empoderamiento ciudadano contra la corrupción]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.infolibre.es/opinion/plaza-publica/empoderamiento-ciudadano-corrupcion_129_1726769.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.infolibre.es/clip/9b8bac28-bf6c-49a1-9cc3-dcbaf10f4e74_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675" alt="Un cierto empoderamiento ciudadano contra la corrupción"></p><p>Con motivo de un sonado caso de corrupción que ha salido recientemente a la luz pública y de otros muchos casos acaecidos anteriormente, se nos ha venido a la cabeza una pregunta (quizá retórica) que numerosos ciudadanos se suelen hacer: ¿Cómo no se había enterado nadie de ello? Normalmente resulta poco creíble un desconocimiento absoluto y general de ese tipo de conductas, operaciones o actividades irregulares<em>, </em>y parece que necesariamente tuvo que haber personas (funcionarios o empleados de entidades públicas o de empresas privadas, o de otros organismos) que pudieron tener conocimiento de esas irregularidades. En algunos casos posiblemente las personas conocedoras de dichas actuaciones, aun sabiendo de su irregularidad o ilegalidad, <strong>no se atrevieron a decir nada a sus compañeros, superiores, o autoridades, por temor a recibir represalias, profesionales y/o laborales, incluso personales</strong>, si cumplían con su deber de ciudadano y denunciaban tales actuaciones.</p><p>Ante esta posible y quizá frecuente realidad, creemos que es importante que todos los ciudadanos puedan conocer la existencia desde hace poco tiempo de <strong>una legislación que ampara y protege a aquellas personas que, lejos de ser "chivatos", cumplen con su deber ético y social</strong> de denunciar las actuaciones indebidas que normalmente perjudican al erario público en beneficio de unos pocos, que se convierten en delincuentes, y que perjudican en todo caso al conjunto de los ciudadanos. Es por ello que en estas líneas vamos a recordar que desde el pasado año está vigente la <em>Ley 2/2023, de 20 de febrero, reguladora de la protección de las personas que informen sobre infracciones normativas y de lucha contra la corrupción</em>. </p><p>Sería bueno a tal efecto, y desde aquí animamos a hacerlo, a que aquellos ciudadanos que tengan posibilidad de informar sobre eventuales conductas ilegales en algún ámbito cercano laboral, profesional, o incluso personal (sean éstas actuales o pasadas), que lo hagan, sabiendo que lo harían de una forma protegida y sin que se llegue a conocer públicamente su denuncia, ni siquiera en el entorno laboral, profesional o institucional en el que se muevan o trabajen. Ello supone un cierto empoderamiento que la legislación española (por mandato de una Directiva Europea) otorga a los ciudadanos, y conlleva <strong>una oportunidad de que cualquier ciudadano si se da el caso pueda luchar contra la corrupción en este país</strong>, siendo éste uno de los escasos supuestos en los que la ley permite realmente a los ciudadanos hacer frente a los abusos de poder. </p><p>Y es muy importante que todos los que tenemos alguna voz pública, animemos a que se denuncien todo tipo de ilegalidades, tanto pasadas como presentes, y contribuyamos así a <strong>que se implante y extienda en la sociedad la cultura de la denuncia</strong>, como deber social y ético, y como herramienta contra los corruptos. </p><p>La citada Ley viene a facilitar a un nivel realmente extensivo, tanto en el ámbito público como privado, la detección y la sanción de los casos de corrupción, propiciando la denuncia anónima de irregularidades por parte de muy diversos sujetos: trabajadores (actuales o pasados), directivos, funcionarios, becarios, voluntarios, etc. mediante el <strong>aseguramiento del anonimato y una protección</strong>, por tanto, a cualquier tipo de denunciante, de posibles represalias, que están en todo caso prohibidas, perseguidas y fuertemente sancionadas (las sanciones por incumplimiento pueden llegar en esta ley hasta un millón de euros). </p><p>Para propiciar esta protección legal se obliga a todas las instituciones públicas, y a otras organizaciones (como partidos políticos y sindicatos), así como a todas las empresas de más de cincuenta trabajadores, a <strong>establecer canales internos y seguros de denuncias, garantizando su confidencialidad</strong>, y debiendo acusar recibo de la denuncia en un plazo de siete días hábiles, y dando respuesta a la misma en el plazo máximo de tres meses. Aquellas empresas, por otra parte, que cometan infracciones graves según esta Ley, no podrán suscribir acuerdos y contratos con la Administración, lo cual puede resultar bastante disuasorio para las mismas. </p><p>Además de estos canales internos (en las propias organizaciones) la ley recoge igualmente canales externos para que las personas puedan realizar sus denuncias desde fuera de las mismas, y para cuya canalización se crea la <strong>Oficina Independiente de Protección al Informante </strong>(OIPI)<em>, </em>dependiente del Ministerio de Justicia, que lo mismo que las instituciones y las empresas, tiene la obligación de investigar las denuncias de forma diligente y eficaz, garantizando su anonimato o confidencialidad.</p><p>En todo caso es tan importante como urgente que se desarrolle pronto el Reglamento de esta ley con el fin de concretar y detallar algunas cuestiones del texto legal, y que no pase algo similar a la publicación de la propia Ley, que <strong>se aprobó tardíamente</strong> (fuera del plazo establecido para la transposición de la citada Directiva Europea de 2019). </p><p>Los poderes públicos están obligados, en definitiva, a difundir al máximo los derechos ciudadanos que conlleva esta normativa legal, difundiendo y propiciando así <strong>una conciencia y un empoderamiento ciudadano de apoyo a la sociedad</strong> a través de la denuncia de las conductas y actuaciones fraudulentas e ilegales, que siguen todavía siendo demasiado frecuentes en numerosas instituciones y empresas de nuestro país.</p><p> __________________________</p><p><em><strong>Jesús Lizcano Álvarez </strong></em><em>es Catedrático de la Universidad Autónoma de Madrid, académico de la Real Academia de Ciencias Económicas y Financieras, cofundador y expresidente de Transparencia Internacional España y director de la revista Encuentros Multidisciplinares</em></p>]]></description>
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      <pubDate><![CDATA[Wed, 28 Feb 2024 19:45:25 +0000]]></pubDate>
      <author><![CDATA[Jesús Lizcano Álvarez]]></author>
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      <media:title><![CDATA[Un cierto empoderamiento ciudadano contra la corrupción]]></media:title>
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      <media:keywords><![CDATA[Corrupción,Corrupción política,Legislación]]></media:keywords>
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    <item>
      <title><![CDATA[La UE legisla por primera vez contra la violencia machista con normas y sanciones mínimas]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.infolibre.es/union-europea/ue-legisla-primera-vez-violencia-machista-normas-sanciones-minimas_1_1708520.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.infolibre.es/clip/e930f115-527c-455a-a992-3bb1ef6e9127_16-9-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675" alt="La UE legisla por primera vez contra la violencia machista con normas y sanciones mínimas"></p><p>Los negociadores del Parlamento Europeo y de los Veintisiete han alcanzado este martes un acuerdo político para fijar las primeras reglas comunes contra la violencia contra las mujeres en la Unión Europea, entre las que incluyen la ablación, el matrimonio forzoso, el ciberacoso o la difusión no consentida de imágenes íntimas, pero que <strong>deja fuera la tipificación del sexo no consentido como forma de violación</strong> por las reservas de varios gobiernos, según ha informado Europa Press.</p><p>Con la entrada en vigor de la nueva normativa, que <strong>necesita aún el visto bueno del pleno de la Eurocámara y del Consejo</strong> para ser adoptada formalmente, se penalizarán en toda la Unión Europea como formas de violencia de género la mutilación genital femenina, el matrimonio forzado, el intercambio no consensuado de imágenes íntimas, el ciberacoso y la incitación al odio o la violencia contra la mujer a través de Internet.</p><p>También prevé disposiciones para armonizar sanciones, circunstancias agravantes, jurisdicción y plazos de prescripción. Asimismo habrá <strong>normas mínimas para los derechos de las víctimas</strong> y medidas para su protección y apoyo, por ejemplo obligando a las autoridades a evaluar desde el primer contacto con la víctima el riesgo que representa el sospechoso para poder adaptar las medidas de protección de la víctima, incluidas órdenes de alejamiento o protección de emergencia.</p><p>"Hoy hemos logrado un hito, pero es el principio, no es el final", ha avisado una de las negociadoras del equipo de la Eurocámara, la eurodiputada del Partido Popular Europeo (EPP) Frances Fitzgerald, en una rueda de prensa en Estrasburgo (Francia) tras lograr el acuerdo. La conservadora no ha evitado mostrar su "decepción" por el hecho de que no haya prosperado una de las reivindicaciones clave de la Eurocámara, <strong>que el sexo sin consentimiento sea considerado violación</strong>, por la negativa de varios Estados miembro.</p><p>Los servicios legales del Consejo advirtieron en un informe a las capitales de que la reforma que se negociaba no ofrecía la base legal necesaria para abordar la violación ya que, para ello, sería necesario primero que se tipificara como delito europeo la violación algo que por el momento no se da y que requeriría de una decisión paralela por unanimidad.</p><p>Sin embargo, Fitzgerald ha rechazado de plano el razonamiento del Consejo y defendido que la experiencia con otras directivas -como la recientemente acordada contra la trata y la explotación sexual- demuestran que<strong> hay espacio en los Tratados para avanzar </strong>en esta línea.</p><p>Por ello, ha insistido, durante las negociaciones lograron convencer a un bloque de países hasta contar con el apoyo de "13 Estados miembro", una mayoría insuficiente en todo caso. En esta línea ha valorado que se hayan logrado avances en la hoja de ruta contra la violencia de género, incluida la <strong>obligación de los gobiernos de tomar medidas de concienciación </strong>contra el sexo sin consentimiento. "Hay que seguir, no hay nada imposible", ha avisado otra de las negociadoras, al eurodiputada socialista Evin Incir, quien ha recordado la dificultad de legislar con países que, como Hungría, rechazan de plano cualquier decisión sobre políticas de género a nivel europeo.</p>]]></description>
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      <pubDate><![CDATA[Tue, 06 Feb 2024 19:20:50 +0000]]></pubDate>
      <author><![CDATA[infoLibre]]></author>
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      <media:keywords><![CDATA[Violencia machista,Unión Europea,Legislación,Parlamento Europeo]]></media:keywords>
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      <title><![CDATA[La UE obligará a tener cargadores para vehículos eléctricos cada 60 kilómetros en las carreteras]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.infolibre.es/internacional/ue-obligara-cargadores-vehiculos-electricos-60-kilometros-carreteras_1_1558562.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.infolibre.es/clip/b7ef90af-07db-4bb8-8511-72de1e00d772_16-9-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675" alt="La UE obligará a tener cargadores para vehículos eléctricos cada 60 kilómetros en las carreteras"></p><p>Los Veintisiete han dado este martes su visto bueno final al acuerdo que <strong>obligará a que haya al menos un punto de recarga para vehículos eléctricos cada 60 kilómetros</strong> en la red básica de carreteras de la Unión Europea y cada 100 kilómetros en el resto de vías de la red integral transeuropea (RTE-T), de acuerdo con Europa Press.</p><p>De este modo, los gobiernos nacionales deberán asegurar que a más tardar el <strong>31 de diciembre de 2025</strong> habrá puntos de carga cada 60 kilómetros en la red prioritaria con una <strong>potencia de al menos 400 kW y de al menos 150kW en su punto de salida </strong>individual.</p><p>De cara al 31 de marzo de 2027, <strong>los objetivos se elevarán a una potencia de 600 kW</strong> mientras que los puntos de salida individual de al menos 150kW pasarán de uno a al menos dos.</p><p>Más en detalle, el acuerdo prevé que se instalen <strong>puntos de recarga rápida</strong> de al menos 150 kW para turismos y furgonetas cada 60 km a lo largo de los principales corredores de transporte de la UE antes de que empiece 2026.</p><p><strong>También deberá haber estaciones de recarga para vehículos pesados</strong> con una potencia mínima de 350 kW cada 60 km a lo largo de la red principal de la RTE-T y cada 100 km en la red integral de la RTE-T a partir de 2025 en adelante, con una cobertura de red completa para 2030.</p><p>Las estaciones de <strong>repostaje de hidrógeno</strong> que sirvan tanto a automóviles como a camiones deberán desplegarse a partir de 2030 en todos los nodos urbanos y cada 200 km a lo largo de la red básica de la RTE-T. Los usuarios deberán, además, poder pagar fácilmente en los puntos de carga o repostaje con tarjeta o dispositivos sin contacto, sin necesidad de suscripción y con total transparencia sobre los pagos.</p><p>Por otra parte, los <strong>puertos marítimos</strong> que reciban un número mínimo de grandes buques de pasajeros o portacontenedores deben proporcionar electricidad en tierra para dichos buques a más tardar al inicio de 2030.</p><p>"La nueva ley es un hito de nuestra política 'Fit for 55' que proporciona una <strong>mayor capacidad de recarga pública en las calles de las ciudades y en las autopistas de toda</strong> <strong>Europa</strong>. Somos optimistas de que, en un futuro próximo, los ciudadanos podrán cargar sus coches eléctricos tan fácilmente como lo hacen hoy en las gasolineras tradicionales", ha declarado la ministra de Transporte y Movilidad, Raquel Sánchez, que este semestre asume la presidencia rotatoria de las reuniones ministeriales del ramo en la UE.</p><p>Tras la adopción formal de este martes, <strong>el nuevo reglamento se publicará en el Diario Oficial de la UE después del verano y entrará en vigor el vigésimo día después de esta publicación</strong>. Las nuevas normas se aplicarán a partir de los seis meses siguientes a la fecha de entrada en vigor del reglamento.</p>]]></description>
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      <pubDate><![CDATA[Tue, 25 Jul 2023 15:15:05 +0000]]></pubDate>
      <author><![CDATA[infoLibre]]></author>
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      <media:keywords><![CDATA[La nueva movilidad,Europa,Legislación]]></media:keywords>
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