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    <title><![CDATA[infoLibre - multa]]></title>
    <link><![CDATA[https://www.infolibre.es/temas/multa/]]></link>
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      <title><![CDATA[La CNMC multa con 20,5 millones a varias empresas del grupo Repsol]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.infolibre.es/politica/cnmc-multa-20-5-millones-empresas-grupo-repsol_1_2138731.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.infolibre.es/clip/cd07e5cb-dd81-4ade-b180-9a431d6b3ff8_16-9-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675" alt="La CNMC multa con 20,5 millones a varias empresas del grupo Repsol"></p><p>La CNMC ha multado con <strong>20,5 millones</strong> a varias empresas del grupo <strong>Repsol </strong>(Repsol Comercial de Productos Petrolíferos, Solred y Campsa Estaciones de Servicio) por su política comercial de estrechamiento de márgenes "abusivo" en perjuicio de estaciones de servicio independientes y que son competidoras, según recoge EFE. </p><p><strong>Repsol </strong>ha rechazado la <strong>sanción </strong>anunciada este martes por la <a href="https://www.infolibre.es/temas/comision-nacional-de-la-competencia/" target="_blank" >Comisión Nacional de los Mercados y de la Competencia (CNMC)</a> al entender que se apoya en un<strong> relato "parcial" y "descontextualizado" </strong>con errores de "método y de derecho", y ha avanzado que la impugnará. </p><p>Según ha indicado Repsol en un comunicado, la CNMC <strong>no tiene en cuenta el contexto excepcional de 2022, </strong>no acredita posición de dominio, ni efecto de exclusión en el mercado; y defiende que actuó con transparencia y en beneficio de los consumidores "en el peor momento de la crisis inflacionaria".</p><p>"Es la primera vez en la historia del derecho de la competencia nacional y comunitaria que la CNMC sanciona a una compañía por aplicar descuentos, en este caso superiores a<strong> 450 millones de euros, </strong>comunicados públicamente y supervisados por la propia Administración para aliviar la delicada situación de familias y profesionales, todo ello en un contexto excepcional de mercado", ha subrayado Repsol.</p><p>Repsol entiende que sancionar una conducta "legal y supervisada" por la propia CNMC <strong>desnaturaliza el sentido de la norma,</strong> limitará los descuentos futuros de las compañías en numerosos sectores y desincentivará respuestas empresariales ante crisis futuras. Indica que los <strong>descuentos minoristas</strong> fueron exigidos por el<a href="https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2022-4972" target="_blank" > Real Decreto-ley 6/2022</a>, cuya aplicación la propia CNMC supervisó a través de su Dirección de Energía durante todo 2022. </p><p>Así, insiste en que <strong>la resolución de la CNMC es arbitraria</strong>, ya que no define con rigor el mercado mayorista español de aprovisionamiento de gasóleo A a estaciones independientes, que asegura que es abierto y transparente; e infla artificialmente la cuota de mercado, mezclando productos y clientes. </p><p>Repsol explica que, si se considera el segmento correcto, la <strong>cuota de la compañía</strong> se situó en torno al 25% en 2022 y que nunca se ha sancionado a una empresa por abuso de posición de dominio con cuotas de mercado por debajo del 30% y menos en un periodo tan corto de tiempo (9 meses) y en condiciones excepcionales. </p><p>Recalca que durante ese periodo <strong>no hubo ningún efecto en el mercado</strong> ni exclusión de competidores ni dependencia real y considera que la CNMC está más preocupada por los resultados de esos competidores que por los ahorros que los descuentos supusieron para clientes y consumidores. </p><p>Por otra parte, ve sorprendente que esta decisión se dé en un <strong>contexto de crecimiento de la cuota de mercado </strong>de los operadores de estaciones de servicio independientes, frente a la de los operadores tradicionales. "Repsol hará valer todos estos argumentos en su impugnación de la sanción ante la jurisdicción contencioso-administrativa. Estamos convencidos de que los tribunales nos darán la razón", insiste.</p>]]></description>
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      <pubDate><![CDATA[Tue, 03 Feb 2026 10:13:29 +0000]]></pubDate>
      <author><![CDATA[infoLibre]]></author>
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      <media:title><![CDATA[La CNMC multa con 20,5 millones a varias empresas del grupo Repsol]]></media:title>
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      <media:keywords><![CDATA[Repsol,multa,Consumo,CNMC,Empresas,Empresarios,Comisión Nacional de la Competencia]]></media:keywords>
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      <title><![CDATA[Confirmada la condena a Marine Le Pen por vincular a una ONG con la inmigración irregular]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.infolibre.es/internacional/confirmada-condena-marine-le-pen-vincular-oenege-inmigracion-irregular_1_2115702.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.infolibre.es/clip/936d1f74-c02b-4f23-bb7b-a502c30b061a_16-9-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675" alt="Confirmada la condena a Marine Le Pen por vincular a una ONG con la inmigración irregular"></p><p>La Corte de Casación de <a href="https://www.infolibre.es/temas/francia/"  >Francia </a>confirmó la condena por difamación contra <a href="https://www.infolibre.es/temas/marine-le-pen/"  >Marine Le Pen</a>, quien había acusado en 2022 a la oenegé La Cimade de organizar la entrada de inmigrantes irregulares en el departamento de ultramar francés de Mayotte, informa EFE. De este modo, la líder ultraderechista resulta condenada a <strong>una multa de 500 euros</strong>, aunque exenta de cumplimiento.</p><p>En una entrevista al canal BFMTV en enero de 2022, la entonces candidata presidencial Le Pen <strong>había acusado a La Cimade</strong> -una oenegé contra la xenofobia y en favor de la integración de las personas inmigrantes- de "organizar la entrada de inmigrantes clandestinos" desde las islas Comoras al archipiélago de Mayotte, en las costas del sudeste de <a href="https://www.infolibre.es/temas/africa/"  >África</a>, en el océano Índico. Tras haber sido <strong>condenada en primera y en segunda instancia</strong>, la líder ultranacionalista acudió a la Corte de Casación, la más alta instancia en el ordenamiento jurídico francés.</p><p>La Cimade se felicitó de la decisión y recordó que el Alto Tribunal validó el argumento de que "<strong>no hubo un ataque a la libertad de expresión</strong> <strong>desproporcionado </strong>en la sentencia condenatoria" contra Le Pen, según dijo en un comunicado.</p><p>"Los discursos falaces destinados a estigmatizar a las personas migrantes y a las asociaciones que las acompañan para así avivar las tensiones sociales y la violencia no pueden difundirse con total impunidad", aseveró la presidenta de la organización, <strong>Monique Guyot-Berni</strong>.</p><p>En otro proceso de mayor envergadura, la líder ultra está <a href="https://www.infolibre.es/internacional/ultra-marine-le-pen-declarada-culpable-malversacion-fondos-publicos-parlamento-europeo_1_1969794.html"  >inhabilitada con efecto inmediato durante cinco años</a> -lo que le impediría presentarse a las elecciones presidenciales de 2027 en las que <a href="https://www.infolibre.es/internacional/extrema-derecha-sigue-favorita-presidenciales-2027-francia_1_1973673.html"  >es favorita</a>- tras ser condenada por <strong>malversación de fondos </strong>del <a href="https://www.infolibre.es/temas/parlamento-europeo/"  >Parlamento Europeo</a>.</p><p>La decisión, que no es firme, será de nuevo <strong>examinada por el Tribunal de Apelación </strong>entre el 13 de enero y el 12 de febrero de 2026. </p>]]></description>
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      <pubDate><![CDATA[Tue, 16 Dec 2025 18:46:45 +0000]]></pubDate>
      <author><![CDATA[infoLibre]]></author>
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      <media:keywords><![CDATA[Marine Le Pen,Francia,Justicia,ONG,multa,Inmigración irregular]]></media:keywords>
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      <title><![CDATA[La CNMV multa a Twitter con 5 millones por incumplir normas sobre publicidad de chiringuitos financieros]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.infolibre.es/economia/cnmv-multa-twitter-5-millones-incumplir-normas-publicidad-chiringuitos_1_2096986.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.infolibre.es/clip/396d6d8b-0a9d-4640-ab67-5c9104d226c9_16-9-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675" alt="La CNMV multa a Twitter con 5 millones por incumplir normas sobre publicidad de chiringuitos financieros"></p><p>La Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) ha impuesto una <strong>multa de 5 millones de euros </strong>a <a href="https://www.infolibre.es/temas/twitter/" target="_blank" ><em>Twitter International Unlimited Company</em></a><a href="https://www.infolibre.es/temas/twitter/" target="_blank" > </a>por incumplir la legislación sobre la publicidad de los chiringuitos financieros, según informa EFE.</p><p>Según publica este jueves el Boletín Oficial del Estado (BOE), la CNMV ha decidido imponer a<em> Twitter </em>dicha multa por cometer una infracción continuada muy grave "por <strong>incumplir" sus deberes de asistencia</strong> con la citada Comisión, en relación con los anuncios publicados por entidades no autorizadas y/o advertidas a través de su plataforma <em>X.</em></p><p>Dichos deberes, añade la resolución publicada en el<a href="https://www.infolibre.es/temas/boe-boletin-oficial-del-estado/" target="_blank" > BOE, </a>consisten en comprobar si<strong> </strong><em><strong>Quantum AI </strong></em><strong>estaba autorizada</strong> a prestar servicios de<strong> inversión </strong>y si la entidad no estaba incluida en la relación de entidades advertidas por la CNMV o por organismos supervisores extranjeros. </p><p>En diciembre de 2024, la CNMV ya decidió incoar un expediente sancionador a <em>Twitter</em> al <strong>permitir la difusión de publicidad, </strong>en su plataforma<em> X</em>, de <em>Quantum AI,</em> sin comprobar si la entidad era un chiringuito financiero.</p><p>En aquel momento, la CNMV denunció que en un contexto de creciente impacto del<strong> fraude financiero,</strong> hay que "destacar la relevancia mediática que, coincidiendo con la publicación de los anuncios de Quantum en la plataforma<em> X</em> objeto del expediente, ha venido teniendo en la opinión pública la existencia de una presunta estafa por parte de entidades no autorizadas y advertidas por la Comisión que se articularía a través de la citada plataforma <em>X</em> y que implicaría el uso indebido por dichas entidades de la imagen de personajes públicos en España".</p><p>En concreto, "mediante la publicación de<strong> tuits simulando una noticia</strong> donde uno de estos personajes revela haber obtenido altas rentabilidades utilizando una aplicación creada por una de estas entidades", concluía.</p><p>La CNMV ha señalado varias veces a empresas y redes sociales que colaboran con la Comisión en <strong>poner límites a publicidad</strong> de los "chiringuitos financieros" como Google y Meta, y ha denunciado a otras como<em> X</em> y <a href="https://www.infolibre.es/temas/tiktok/" target="_blank" ><em>TikTok</em></a><a href="https://www.infolibre.es/temas/tiktok/" target="_blank" > </a>por no hacerlo. </p>]]></description>
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      <pubDate><![CDATA[Thu, 13 Nov 2025 08:22:05 +0000]]></pubDate>
      <author><![CDATA[infoLibre]]></author>
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      <media:keywords><![CDATA[Redes sociales,X (Twitter),BOE (Boletín Oficial del Estado),Elon Musk,multa,Publicidad,TikTok]]></media:keywords>
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      <title><![CDATA[España, multada por incumplir la normativa europea de conciliación familiar y laboral]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.infolibre.es/politica/espana-multada-incumplir-normativa-europea-conciliacion-familiar-laboral_1_2041080.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.infolibre.es/clip/105c6300-ad79-4c9f-bd77-f25bee94fe10_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675" alt="España, multada por incumplir la normativa europea de conciliación familiar y laboral"></p><p>El <strong>Tribunal de Justicia de la Unión Europea</strong> ha condenado a <strong>España </strong>a pagar <strong>6.832.000 euros</strong> por no adaptar su legislación nacional a la normativa europea sobre <strong>conciliación familiar y laboral.</strong></p><p>Además, <strong>ha amenazado con una multa coercitiva diaria de 19.700 euros</strong> en caso de que ese incumplimiento persista en la fecha de pronunciamiento de la sentencia, y hasta que el país ponga fin a esa situación.</p><p>Los jueces europeos concluyen que <strong>España ha incumplido sus obligaciones</strong> de la Directiva <a href="https://www.infolibre.es/politica/claves-ampliacion-permisos-nacimiento-cuidados-aprobada-gobierno_1_2039739.html"  >relativa a la conciliación de la vida familiar y la vida profesional </a>de los progenitores y los cuidadores al haber omitido, cuando expiró el plazo dado por la <strong>Comisión Europea</strong>, la adopción de las <strong>medidas para dar cumplimiento a esa normativa. </strong></p><p>Contrariamente, el ministerio español de Trabajo <strong>mantiene que España ya cumple con la directiva de conciliación</strong> gracias a la ampliación de los permisos por nacimiento y por cuidado de hijos aprobada esta semana.</p><p>Según señalan a EFE <a href="https://www.infolibre.es/politica/sumar-anuncia-acuerdo-retribuir-semanas-permiso-parental_1_2038315.html"  >fuentes del Ministerio de Trabajo</a>, España deberá hacer frente a la sentencia del TJUE por incumplir la transposición de la directiva a tiempo, ya que <strong>debía haberlo hecho antes de agosto de 2024</strong>.</p><p>No obstante, las fuentes del ministerio apuntan que<strong> no tendrán que abonar esta multa</strong> coercitiva, ya que, con las medidas aprobadas esta semana, ya no persiste ese incumplimiento.</p><p>Asimismo, <strong>recuerdan que la vicepresidenta segunda y ministra de Trabajo, Yolanda Díaz</strong>, lleva mucho tiempo advirtiendo de las consecuencias económicas y sociales que tenía para España el incumplimiento de la directiva.</p><p>El Consejo de Ministros aprobó el pasado martes ampliar en tres semanas el permiso por nacimiento y cuidado de hijos, hasta las 19 semanas, con lo que<strong> daba por cumplida la transposición de la directiva europea</strong> <strong>de cuidados</strong>, que establece un permiso parental retribuido de 8 semanas de duración. </p>]]></description>
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      <pubDate><![CDATA[Fri, 01 Aug 2025 10:54:38 +0000]]></pubDate>
      <author><![CDATA[infoLibre]]></author>
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      <media:title><![CDATA[España, multada por incumplir la normativa europea de conciliación familiar y laboral]]></media:title>
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      <media:keywords><![CDATA[Trabajo,Ministerio de Trabajo,Gobierno,multa,Unión Europea]]></media:keywords>
    </item>
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      <title><![CDATA[Booking elimina 4.000 anuncios ilegales de pisos turísticos a requerimiento de Consumo]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.infolibre.es/politica/booking-elimina-4-000-anuncios-ilegales-pisos-turisticos-requerimiento-consumo_1_2021655.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.infolibre.es/clip/6073157a-067f-4c8a-a773-f7ea61ff8478_16-9-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675" alt="Booking elimina 4.000 anuncios ilegales de pisos turísticos a requerimiento de Consumo"></p><p><strong>La plataforma de reservas Booking</strong>, una de las mayores del mundo, ha eliminado 4.093 anuncios ilegales de alojamientos turísticos en España, la mayoría en las Islas Canarias, tras recibir un requerimiento del Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030, según afirma EFE.</p><p>Según ha detallado el Ministerio este jueves, <strong>aunque la mayoría de estos anuncios se encontraban en las Islas Canarias</strong>, uno de los principales destinos turísticos de España, también se han eliminado anuncios en regiones como Asturias, Cantabria, Castilla y León, Navarra, La Rioja y Castilla-La Mancha.</p><p><a href="https://www.infolibre.es/politica/competencia-propone-sancion-booking-486-millones-mayor-historia_1_1723758.html"  >Estos anuncios incumplían la legislación</a> vigente <strong>sobre publicidad de viviendas turísticas</strong> por lo que el ministerio solicitó su eliminación a Booking, una empresa que, según Consumo, ha colaborado para "garantizar que la oferta de alojamientos turísticos en la plataforma cumpla con la legalidad y ofrezca todas las garantías" a los consumidores.</p><p>Esta actuación se produce una semana después de que el Tribunal Superior de Justicia de Madrid <strong>respaldara por segunda vez la orden del Ministerio de Consumo a Airbnb</strong> para retirar más de 65.000 anuncios ilegales de alojamientos turísticos.</p><p>En el caso de Airbnb,<strong> la Justicia ha avalado la orden de Consumo tras rechazar las medidas cautelares solicitadas por la plataforma</strong>, obligándola a eliminar la publicidad ilícita detectada por la Unidad de Análisis de Consumo.</p><p><a href="https://www.infolibre.es/economia/cnmc-multa-booking-413-2-millones-mayor-impuesto-historia-posicion-dominante_1_1852637.html" target="_blank" >Las infracciones detectadas</a><strong> en los anuncios eliminados por Booking</strong> y los denunciados a Airbnb se centran en tres aspectos: la ausencia del número de licencia o registro obligatorio, la inclusión de números falsos o incorrectos, y la falta de información sobre la naturaleza jurídica de los arrendadores, es decir, si son profesionales o particulares.</p><p>El ministro de Consumo, Pablo Bustinduy, ha subrayado que<strong> estas acciones son decisivas para frenar la "proliferación indiscriminada"</strong> de pisos turísticos ilegales, un fenómeno que, según el Ministerio, contribuye a las dificultades de acceso a la vivienda en las zonas de mayor presión turística como las Islas Canarias. </p>]]></description>
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      <pubDate><![CDATA[Thu, 26 Jun 2025 18:50:41 +0000]]></pubDate>
      <author><![CDATA[infoLibre]]></author>
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      <media:keywords><![CDATA[Política,multa,Economía,Tribunal superior,Ministerio de Consumo,Madrid]]></media:keywords>
    </item>
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      <title><![CDATA[Consumo impuso multas de más de 140 millones a operadores del juego y las apuestas en 2024]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.infolibre.es/economia/consumo-impuso-multas-140-millones-operadores-juego-apuestas-2024_1_1990218.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.infolibre.es/clip/9405bd82-7cdd-4365-bb4f-56a394b47d35_16-9-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675" alt="Consumo impuso multas de más de 140 millones a operadores del juego y las apuestas en 2024"></p><p>Consumo impuso sanciones por un valor superior a<strong> 140 millones de euros a operadores del sector de las apuestas y los juegos de azar por internet </strong>en España durante el año 2024, según recoge EFE. El Ministerio dirigido por Pablo Bustinduy ha dado a conocer este martes la cifra global de multas tras conocerse que en el segundo semestre de 2024 fueron más de 77 millones de euros (77.396.000) las sanciones a empresas del sector, lo que sumado a las del primer semestre (65.325.000 euros) alcanza casi 143 millones de euros en el último año.</p><p>En concreto, en el segundo semestre de 2024 impuso sanciones a<strong> 26 operadores del sector</strong> de las apuestas y los juegos de azar online, 14 de ellas muy graves y dirigidas a<strong> operadores extranjeros por operar en España sin licencia</strong>. Son de 10 millones de euros para un operador reincidente y de 5 millones de euros para el resto. Además de la multa económica, las sanciones a estos operadores incluyen también <strong>el cierre de sus portales web y la inhabilitación de los operadores por un periodo de dos años</strong>.</p><p>Los <strong>14 operadores extranjeros</strong> sancionados son Wot NV, Magicwin games tech LTD, Winbet NV, Spicyjactpos games tech LTS, Lama tech limitada, Chestoption sociedad de responsabilidad limitada, Pennytech holding BV, Group gaem BV, Mibs NV, Fgs software solutions S.R.L, Investan NV, Tinietech holding B.V, Adonio N.V y Techsolutions group N.V.</p><p>Además, la Dirección General de Ordenación del Juego también sancionó en el segundo semestre a otras<strong> 12 empresas que sí operan con licencia en nuestro país</strong>, pero que incurrieron en algún tipo de infracción tipificada en la ley. En esos casos se consideraron infracciones graves y supusieron multas por un valor cercano a los 3 millones de euros a las empresas Millonapp SL, Casumo Spain PLC, Bingosoft PLC, Wagerfair SA, Media 24, Juegos de azar y servicios S.L, Conespa solutions, TSG interactive PLC, Whg Spain PLC, Fpoocl S.A y 888 online games España SA.</p><p>La ley establece la publicación de las infracciones graves y muy graves firmes en vía administrativa en la página web de la Dirección General de Ordenación del Juego. Desde 2021, el número de sanciones publicadas asciende a <strong>180 en tres años y medio</strong>, lo que supone un total de más de 475 millones de euros en multas durante este período. </p>]]></description>
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      <pubDate><![CDATA[Tue, 06 May 2025 07:59:48 +0000]]></pubDate>
      <author><![CDATA[infoLibre]]></author>
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      <media:title><![CDATA[Consumo impuso multas de más de 140 millones a operadores del juego y las apuestas en 2024]]></media:title>
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      <media:keywords><![CDATA[Consumo,Juego,apuestas deportivas,multa]]></media:keywords>
    </item>
    <item>
      <title><![CDATA[Almeida multa a la taberna de Pablo Iglesias por exceso de aforo: "No está al margen de la ley"]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.infolibre.es/politica/almeida-multa-taberna-pablo-iglesias-exceso-aforo-cumplir-normas-hijo-vecino_1_1984237.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.infolibre.es/clip/a0aebc95-763c-410c-856b-c21260ce5d59_16-9-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675" alt="Almeida multa a la taberna de Pablo Iglesias por exceso de aforo: "No está al margen de la ley""></p><p>El alcalde de Madrid, <strong>José Luis Martínez-Almeida, </strong>ha confirmado este viernes que la Policía Municipal ha interpuesto una sanción a la <a href="https://www.infolibre.es/politica/coctel-pasionaria-mojito-fidel-no-llame-ternera-veganos-pablo-iglesias-abre-taberna-lavapies_1_1741570.html" target="_blank" >Taberna Garibaldi,</a> abierta por el exvicepresidente del Gobierno y fundador de Podemos<strong> Pablo Iglesias </strong>junto a otros socios en 2024, por exceso de aforo, según recoge EFE. </p><p>“Pablo Iglesias no está al margen de la ley. Pablo Iglesias <strong>tiene que cumplir las normas como todo hijo de vecino,</strong> y, por tanto, si la Taberna Garibaldi tenía 55 personas, creo, cuando tiene un aforo permitido de 45, como cualquier establecimiento que incumpla la normativa de aforo, Garibaldi es sancionada”, ha dicho Almeida a preguntas de los periodistas. </p><p>Tras ello, y aludiendo al “ridículo” <a href="https://www.infolibre.es/politica/familia-pablo-ibar-activa-crowdfunding-sufragar-apelacion-sentencia_1_1175854.html" target="_blank" >crowdfunding</a> con el que el fundador de Podemos busca financiación para abrir un establecimiento más grande, Almeida ha dicho a Iglesias que “pague la multa”, que<strong> “posiblemente tendrá pronto pago”</strong>, con esa campaña de micromecenazgo.</p><p>Fuentes de Policía Municipal explican a EFE que han realizado <strong>ocho inspecciones en la Taberna Garibaldi </strong>en el último año, dos de ellas de oficio, programadas previamente, y el resto por demanda vecinal. En una de esas inspecciones, acometida el pasado mes de enero, se registró<strong> exceso de aforo</strong>, y es esa visita de Policía Municipal la que ha causado el expediente sancionador, añaden las mismas fuentes. </p>]]></description>
      <guid isPermaLink="false"><![CDATA[eb51f4b0-151a-4c0e-9502-289bb5ca99d9]]></guid>
      <pubDate><![CDATA[Fri, 25 Apr 2025 12:17:26 +0000]]></pubDate>
      <author><![CDATA[infoLibre]]></author>
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      <media:title><![CDATA[Almeida multa a la taberna de Pablo Iglesias por exceso de aforo: "No está al margen de la ley"]]></media:title>
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      <media:keywords><![CDATA[Pablo Iglesias Turrión,José Luis Martínez-Almeida,Madrid,multa,Inspección de Trabajo,Policía municipal]]></media:keywords>
    </item>
    <item>
      <title><![CDATA[María León asegura que ha sufrido un proceso judicial "injusto" y denuncia "filtraciones de imágenes"]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.infolibre.es/politica/maria-leon-asegura-sufrido-proceso-judicial-injusto-denuncia-filtraciones-imagenes_1_1969757.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.infolibre.es/clip/e7d3f36a-06c0-4aad-af7a-9ad18957b4c4_16-9-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675" alt="María León asegura que ha sufrido un proceso judicial "injusto" y denuncia "filtraciones de imágenes""></p><p>La actriz<strong> María León</strong>, condenada por el Juzgado de lo Penal 12 de Sevilla al <a href="https://www.infolibre.es/cultura/maria-leon-condenada-multa-5-700-incidente-policia-sevilla_1_1968773.html" target="_blank">pago de una multa total de 5.700 euros</a> por delitos de resistencia y otro leve de lesiones a raíz de un incidente con la Policía Local, ha asegurado que sufrió un<strong> “proceso difícil e injusto”</strong>, con filtraciones a la prensa de algunas de las pruebas. A través de su perfil en Instagram, la actriz ha reaccionado de esta forma este lunes a la sentencia que se conoció el pasado viernes sobre unos hechos ocurridos en octubre de 2022, una sentencia que -dice- todavía no le ha sido notificada oficialmente, según recoge EFE.</p><p>“La sentencia todavía no se nos ha notificado y solamente tenemos conocimiento de ella a través de los medios”, ha asegurado ante lo que considera “un reflejo de lo ocurrido durante todo el proceso”. De esta forma, ha asegurado que se han producido<strong> “filtraciones de imágenes”,</strong> ha habido un DVD “con las pruebas rotas”, y se mostró un vídeo en el que ella “verbaliza su DNI, sin sonido”. “Todo ello supone un proceso difícil e injusto”, asegura la actriz, que da las gracias a su abogada por haberle acompañado “tanto y tan bien”.</p><p>Sin embargo, fuentes del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) han asegurado a EFE que el protocolo de envío de información a los medios de comunicación "siempre es el mismo", y<strong> nunca se hacen públicos documentos como sentencias judiciales si antes no han sido notificados </strong>a los abogados y procuradores que han intervenido en el proceso.</p><p>En este caso, la sentencia fue notificada a las partes<strong> durante la mañana del pasado viernes</strong>, y a las 14:07 horas enviada a los medios de comunicación. Fuentes de la representación legal de los policías afectados en el caso indicaron la tarde del pasado viernes a EFE que estaban esperando a leerla para hacer una valoración de la misma.</p><p>La sentencia refleja que <strong>León ha sido absuelta del delito de desobediencia</strong> por el que fue enjuiciada el pasado 14 de marzo, y contra la misma cabe recurso de apelación ante la Audiencia de Sevilla, que le condenó al pago de una multa de 4.800 euros por un delito de resistencia y al abono de una multa de 900 euros por un delito leve de lesiones, con la circunstancia atenuante de reparación del daño. La actriz tendrá también que indemnizar a la agente lesionada en la cantidad de 100 euros, para lo que se destinará la cantidad de 150 euros consignada por la propia acusada antes de la celebración del juicio, con devolución en su caso del sobrante.</p><p>El juzgado absuelve a los otros dos acusados que fueron enjuiciados junto a la actriz por los delitos de atentado, resistencia y desobediencia. En el juicio,<strong> la Fiscalía pidió para la acusada un año y nueve meses</strong> de cárcel por un delito de atentado y el pago de una multa de 720 euros por un delito leve de lesiones, así como que indemnizara a la policía lesionada con cien euros.</p><p>Asimismo, solicitó<strong> para un segundo investigado</strong> un año de prisión por un delito de atentado, mientras que para el tercero reclamó nueve meses de cárcel por un delito de resistencia.</p>]]></description>
      <guid isPermaLink="false"><![CDATA[35d5ae91-2e5b-4b87-b9c2-74812a430a12]]></guid>
      <pubDate><![CDATA[Mon, 31 Mar 2025 09:26:02 +0000]]></pubDate>
      <author><![CDATA[infoLibre]]></author>
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      <media:title><![CDATA[María León asegura que ha sufrido un proceso judicial "injusto" y denuncia "filtraciones de imágenes"]]></media:title>
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      <media:keywords><![CDATA[multa,Actrices,Cine,Tribunales]]></media:keywords>
    </item>
    <item>
      <title><![CDATA[Consumo sanciona a 15 operadores de juego con multas de más de 65 millones de euros]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.infolibre.es/politica/consumo-sanciona-15-operadores-juego-multas-65-millones-euros_1_1900467.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.infolibre.es/clip/c34c83df-6b5d-4d9d-a084-7e6ee9860548_16-9-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675" alt="Consumo sanciona a 15 operadores de juego con multas de más de 65 millones de euros"></p><p>El ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030 ha sancionado a <strong>15 operadores de juego</strong> por infracciones graves o muy graves en el primer semestre de 2024 y ha impuesto multas que ascienden a más de 65 millones de euros. Además, la Dirección General de Ordenación del Juego ha cerrado trece portales web, explica este departamento y recoge EFE.</p><p>De las 15 resoluciones dictadas por la <strong>Dirección General de Ordenación del Juego</strong> (DGOJ), 13 han sido por infracciones muy graves, y han supuesto la inhabilitación de los operadores por un periodo de dos años. Los operadores han sido castigados con multas de 5 millones de euros cada uno, lo que supone una cuantía total en este capítulo de 65 millones de euros.</p><p>Las infracciones muy graves se corresponden con <strong>operadores extranjeros de juego online</strong> que operan sin licencia en España y que son detectados por la Dirección General de Ordenación del Juego.</p><p>Son los casos de las empresas sancionadas durante el <strong>primer semestre del año</strong>: Interactive Pro, Stars Cream, Loveca Sino, Rougeca Sino, Mountberg, Alimanieri, Goldenpharaoh, Goldenlion, Golden Genie, Bigwins Games Tech, Games & More, Gladiator Holding y R.Bostock Enterprises.</p><p>La DGOJ también ha detectado infracciones graves en otros 2 operadores del sector de las apuestas y juegos de azar online durante los <strong>primeros seis meses de 2024</strong> y se dirigen a operadores que sí operan con licencia, pero que incurren en algún tipo de infracción. </p><p>Las empresas sancionadas son <strong>Codere </strong>y <strong>Electraworks </strong>y el conjunto de ambas multas asciende a 325.000 euros.</p><p>El Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030 ha publicado, desde julio de 2021,<strong>154 resoluciones sancionadora</strong>s que han devenido firmes: 19 en el segundo semestre de 2021; 73 en 2022; 30 en el primer semestre de 2023; 17 en el segundo semestre de 2023 y 15 en el primer semestre de 2024, y ha impuesto multas por un valor total de más de 398 millones de euros.</p>]]></description>
      <guid isPermaLink="false"><![CDATA[b685d1c2-6934-419a-9c6a-2f3056720a32]]></guid>
      <pubDate><![CDATA[Mon, 18 Nov 2024 08:37:29 +0000]]></pubDate>
      <author><![CDATA[infoLibre]]></author>
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      <media:title><![CDATA[Consumo sanciona a 15 operadores de juego con multas de más de 65 millones de euros]]></media:title>
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      <media:keywords><![CDATA[Juego,multa,apuestas deportivas,SANCIONES]]></media:keywords>
    </item>
    <item>
      <title><![CDATA[Memorialistas ven insuficiente los 3.000 euros de sanción a los Franco por no abrir la Casa Cornide]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.infolibre.es/politica/memorialistas-ven-insuficiente-sancion-3-000-euros-familia-franco-no-abrir-casa-cornide_1_1890203.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.infolibre.es/clip/a696222b-bff5-4efd-a109-9485388cc441_16-9-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675" alt="Memorialistas ven insuficiente los 3.000 euros de sanción a los Franco por no abrir la Casa Cornide"></p><p>La Comisión por la Recuperación de la Memoria Histórica de A Coruña ha calificado este jueves de "insuficiente y tardía" la propuesta de sanción de <strong>3.000 euros </strong>de la Xunta contra la <strong>familia Franco</strong> por no abrir al público la <strong>Casa Cornide</strong>, un inmueble histórico cuya propiedad reclama el Ayuntamiento de A Coruña, informa EFE.</p><p>La Casa Cornide es un palacete ejemplo de la arquitectura residencial de la Ilustración en Galicia, del siglo XVIII en el centro de A Coruña que en 1962 pasó a ser propiedad de <strong>Carmen Polo</strong> y, por su matrimonio en gananciales, también de Francisco Franco, tras haber sido patrimonio del <strong>Ministerio de Educación</strong> y luego del <strong>Ayuntamiento de A Coruña</strong>.</p><p>Al tratarse de un <strong>Bien de Interés Cultural</strong> (BIC) –de manera firme desde hace más de un año y provisional desde hace más de tres–, la familia tiene obligación de abrirlo al público de forma gratuita al menos <strong>cuatro días al mes</strong>, lo que no ha cumplido en ningún momento, por lo que la Consellería de Cultura ha propuesto una sanción de 3.000 euros.</p><p>La Comisión por la Recuperación de la Memoria Histórica (CRMH) de A Coruña ha censurado esta nueva medida que ve "<strong>insuficiente y tardía</strong>". "Las actuaciones de la Xunta de Galicia a este respecto siempre son consecuencias de <strong>denuncias de la sociedad o de la propia CRMH</strong>, siempre demorado y lento, lo que hace que los incumplimientos legales de la familia Franco se mantengan también en el tiempo ante la pasividad de las administraciones públicas", relata la entidad en un comunicado. Agrega que "el incumplimiento de las obligaciones de los Franco en esta materia son reiteradas y constantes", pues esto ya ocurrió cuando se declaró BIC el Pazo de Meirás.</p><p>Los herederos del dictador alegaron, para no abrir la Casa Cornide, que era <strong>una vivienda habitual</strong>, si bien estaba sin muebles y la Xunta lo descartó, por lo que les exigió un calendario de apertura, que no han aportado.</p>]]></description>
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      <pubDate><![CDATA[Thu, 31 Oct 2024 16:18:34 +0000]]></pubDate>
      <author><![CDATA[infoLibre]]></author>
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      <media:title><![CDATA[Memorialistas ven insuficiente los 3.000 euros de sanción a los Franco por no abrir la Casa Cornide]]></media:title>
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      <media:keywords><![CDATA[Franquismo,A Coruña,Xunta Galicia,multa]]></media:keywords>
    </item>
    <item>
      <title><![CDATA[Competencia sanciona a 'El Hormiguero' por publicidad encubierta de bebidas alcohólicas]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.infolibre.es/politica/competencia-sanciona-hormiguero-publicidad-encubierta-bebidas-alcoholica_1_1877882.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.infolibre.es/clip/3fadd92d-d9ee-49ad-af35-b7baecce5552_16-9-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675" alt="Competencia sanciona a 'El Hormiguero' por publicidad encubierta de bebidas alcohólicas"></p><p>La <strong>Comisión Nacional del Mercado de la Competencia</strong> (CNMC) ha sancionado este jueves a Atresmedia por publicidad encubierta de bebidas alcohólicas durante la emisión del programa<em> El Hormiguero</em> el 26 de junio de 2023, y le ha impuesto<strong> dos multas por importe global de 579.374 euros</strong>. En un comunicado en su página web y recoge EFE, la CNMC constata que en ese programa se mostraron imágenes y<strong> se mencionó una bebida alcohólica de 36 grados</strong>, "fuera del horario permitido para su promoción y sin advertir que se trataba de publicidad".</p><p>La acusación ha partido de FACUA-Consumidores en Acción. Según esta organización, los hechos ocurrieron durante la emisión del programa en el que estaba invitado el cantante colombiano, <strong>Maluma</strong>.</p><p>Al inicio de la entrevista, el artista invitó al presentador de <em>El Hormiguero</em>, Pablo Motos, a probar su nueva bebida: un<strong> mezcal llamado Contraluz</strong>, de cuya empresa es socio y que apareció durante varios minutos en primer plano en pantalla sobre la mesa del programa mientras hablaban de ella.  Según Facua, ambos aparecieron ingiriendo esta bebida alcohólica, con un 36 % de graduación, en un programa de entretenimiento que Antena 3 emite en <strong>horario de </strong><em><strong>prime time</strong></em><em>.</em></p><p>En la entrevista, según la organización de consumidores, se llegaron a hacer <strong>alusiones positivas</strong> hacia la bebida: "Te has puesto más fuerte con tu mezcal", dijo Motos al entrevistado.</p><p>Facua ha denunciado que el entrevistado era consciente de que estaba <strong>quebrando la normativa</strong> ya que en un momento de la entrevista dijo: "le voy a dar la vuelta a la botella (para que no se vea la etiqueta), que si no nos van a reñir". </p><p>En su comunicado, la CNMC insiste en que esta presentación, <strong>disfrazada como parte del contenido </strong>del programa de entretenimiento, puede inducir a los espectadores a "confusión o error".</p><p>Esta emisión vulnera el artículo 122.3 de la <strong>ley general de Comunicación Audiovisual </strong>(LGCA) que prohíbe la publicidad encubierta y el artículo 123.4 de la misma ley que regula la publicidad que fomenta comportamientos nocivos para la salud y prohíbe "la comunicación comercial audiovisual de bebidas alcohólicas con un nivel superior a 20 grados, excepto cuando se emite entre la una y las cinco horas de la madrugada".</p><p>Las dos multas (con un importe global de 579.374 euros) se <strong>han reducido un 40 %:</strong> un 20 % por reconocimiento expreso de la responsabilidad y otro 20 % por pago anticipado de la sanción.</p>]]></description>
      <guid isPermaLink="false"><![CDATA[ff6add22-8e37-4f07-86be-1708d4d94022]]></guid>
      <pubDate><![CDATA[Thu, 10 Oct 2024 12:07:15 +0000]]></pubDate>
      <author><![CDATA[infoLibre]]></author>
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      <media:title><![CDATA[Competencia sanciona a 'El Hormiguero' por publicidad encubierta de bebidas alcohólicas]]></media:title>
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      <media:keywords><![CDATA[Televisión,multa,CNMC,Facua]]></media:keywords>
    </item>
    <item>
      <title><![CDATA[Países Bajos multa a Uber con 290 millones por transferir datos de sus conductores europeos a EEUU]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.infolibre.es/internacional/paises-bajos-multa-290-millones-uber-transferir-datos-conductores-europeos-eeuu_1_1868217.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.infolibre.es/clip/9231b64b-c750-4dd4-9789-1e45e7b26043_16-9-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675" alt="Países Bajos multa a Uber con 290 millones por transferir datos de sus conductores europeos a EEUU"></p><p>La <strong>Autoridad de Protección de Datos Holandesa </strong>(DPA) <strong>ha multado a la plataforma Uber con 290 millones de euros </strong>por la transferencia a Estados Unidos de datos personales de conductores europeos y no proteger adecuadamente los datos en relación con estas transferencias, según informa Europa Press.</p><p>Según la DPA, esto constituye "una<strong> grave infracción" del Reglamento General de Protección de Datos</strong> (RGPD).</p><p>Se trata de la <strong>tercera multa que la DPA neerlandesa impone a Uber</strong>, tras la sanción de 600.000 euros impuesta en 2018 y otra de 10 millones en 2023.</p><p>En concreto, la <strong>DPA holandesa </strong>descubrió que Uber recopilaba, entre otras cosas,<strong> información sensible de conductores de Europa</strong> y la almacenaba en servidores de EEUU, incluyendo datos sobre cuentas y licencias de taxi, pero también datos de ubicación, fotos, datos de pago, documentos de identidad y, en algunos casos, incluso datos penales y médicos de los conductores.</p><p>Durante más de dos años, Uber transfirió esos datos a su sede central en EE.UU. sin utilizar herramientas de transferencia, por lo que la<strong> protección de los datos personales no fue suficiente,</strong> señala la Autoridad holandesa, recordando que el Tribunal de Justicia de la UE invalidó en 2020 el llamado Escudo de Privacidad UE-EE.UU.</p><p>"<strong>Uber no cumplió con los requisitos del RGPD</strong> para garantizar el nivel de protección de los datos en lo que respecta a las transferencias a los EE.UU. Esto es muy grave", ha indicado el <strong>presidente de la DPA holandesa, Aleid Wolfsen</strong>.</p><p><strong>Uber</strong>, que ha puesto fin a la infracción sancionada, ha expresado su<strong> oposición a esta última multa</strong>, según ha indicado el regulador holandés.</p>]]></description>
      <guid isPermaLink="false"><![CDATA[91b58895-f64c-45a8-8f19-d2cfeaa5fbec]]></guid>
      <pubDate><![CDATA[Mon, 26 Aug 2024 11:06:12 +0000]]></pubDate>
      <author><![CDATA[infoLibre]]></author>
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      <media:title><![CDATA[Países Bajos multa a Uber con 290 millones por transferir datos de sus conductores europeos a EEUU]]></media:title>
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      <media:keywords><![CDATA[Uber,Países Bajos,licencias VTC,multa]]></media:keywords>
    </item>
    <item>
      <title><![CDATA[La CNMC impone una multa récord a Booking de 413 millones por abuso de la compentencia]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.infolibre.es/economia/cnmc-multa-booking-413-2-millones-mayor-impuesto-historia-posicion-dominante_1_1852637.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.infolibre.es/clip/e08297ca-8244-41d3-9cb2-6ce4b83326b0_16-9-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675" alt="La CNMC impone una multa récord a Booking de 413 millones por abuso de la compentencia"></p><p>La <strong>Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia</strong> (CNMC) ha confirmado este martes la multa de 413,2 millones de euros a Booking, la mayor impuesta por el organismo en su historia, por abusar de su posición de dominio e infringir los artículos 2 de la Ley de Defensa de la Competencia (LDC) y 102 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (TFUE). En concreto, le impone esta <a href="https://www.infolibre.es/economia/cnmc-investiga-apple-practicas-anticompetitivas-traves-app-store_1_1848522.html" target="_blank">multa al posicionar mejor a los hoteles con más reservas en Booking.com</a>, lo que ha impedido a otras agencias online entrar en el mercado o expandirse.</p><p>La multa se divide en <strong>dos infracciones de 206,6 millones de euros cada una</strong>. En primer lugar, por la imposición de una serie de condiciones comerciales no equitativas a los hoteles situados en España. Por otro lado, <strong>la otra multa corresponde a la restricción de la competencia de otras agencias de viajes </strong>en línea a la hora de ofrecer servicios de intermediación en línea de reservas a los hoteles situados en España, respectivamente. Además, Competencia le impone <strong>varias obligaciones de comportamiento</strong> para garantizar que ni las conductas que dieron lugar a las infracciones, ni otras que puedan producir un efecto equivalente, prosigan en el futuro.</p><p>Contra esta resolución podrá interponerse directamente <strong>recurso contencioso administrativo ante la Audiencia Nacional</strong> en el plazo de dos meses a partir del día siguiente al de su notificación. En 2021, la Asociación Española de Directores de Hotel y la Asociación Empresarial Hotelera de Madrid denunciaron a la compañía por <strong>abusar de su posición de dominio</strong>. En consecuencia, un año tarde, la CNMC inició un expediente sancionador en octubre de 2022.</p>]]></description>
      <guid isPermaLink="false"><![CDATA[7e1ce540-e034-4c25-bec0-a9a840cbb4ca]]></guid>
      <pubDate><![CDATA[Tue, 30 Jul 2024 12:58:20 +0000]]></pubDate>
      <author><![CDATA[infoLibre]]></author>
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      <media:title><![CDATA[La CNMC impone una multa récord a Booking de 413 millones por abuso de la compentencia]]></media:title>
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      <media:keywords><![CDATA[multa,hostelería]]></media:keywords>
    </item>
    <item>
      <title><![CDATA[Consumo multa con 150 millones a Ryanair, easyJet, Vueling y Volotea por cobros en equipaje de mano]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.infolibre.es/economia/consumo-multa-150-millones-euros-ryanair-easyjet-vueling-volotea-cobros-equipaje-mano_1_1805569.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.infolibre.es/clip/3fd08c29-0f25-4838-8c73-e7929b31cb53_16-9-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675" alt="Consumo multa con 150 millones a Ryanair, easyJet, Vueling y Volotea por cobros en equipaje de mano"></p><p>El <a href="https://www.infolibre.es/temas/ministerio-de-consumo/" target="_blank">Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030</a> ha impuesto una sanción de <strong>150 millones de euros</strong> a <strong>Ryanair, easyJet, Vueling y Volotea</strong> por <strong>"prácticas abusivas"</strong> al cobrar el equipaje de mano<strong>, </strong>según ha recogido Europa Press.</p><p>La sanción, que se ha hecho pública este viernes, está basada en las infracciones de tarificación extra por la <strong>reserva de asiento contiguo</strong> para acompañar a menores o dependientes, <strong>cobrar por el transporte de equipaje de mano</strong>, ser <strong>"opacas"</strong> en la <strong>información precontractual </strong>sobre el precio del servicio, la <strong>prohibición</strong> de <strong>pago en metálico</strong> y un suplemento de <strong>20 euros </strong>por reimpresión de la tarjeta de embarque en el aeropuerto, según ha informado OCU.</p><p>Desde la <strong>Asociación de Líneas Aéreas (ALA</strong>) consideran que esto <strong>"perjudicará a los consumidores"</strong> al suprimir la opción de los pasajeros de contratar exactamente lo que necesiten. Por tanto, quienes viajan solo con el equipaje debajo del asiento "no podrían beneficiarse" de menores costes. Así, la patronal estima que <strong>cerca de 50 millones de pasajeros </strong>que no llevan maleta de cabina a bordo y solo viajan con el equipaje de mano bajo el asiento "no podrían beneficiarse de pagar solo por los servicios indispensables, obligándoles a contratar servicios que no utilizan".</p><p>No obstante, fuentes del Ministerio, consultadas por<em> </em><em><strong>infoLibre</strong></em>, confirman la sanción, aunque no las cuantías ni los nombres de las aerolíneas. Lo que sí que confirman es que en verano de 2023 se abrieron <strong>expedientes a cuatro aerolíneas </strong><em><strong>low cost</strong></em><em> </em>ante las denuncias recibidas por organizaciones de consumidores. Desde el departamento liderado por Pablo Bustinduy recuerdan que tiene la obligación de velar por el <strong>cumplimiento de la ley,</strong> garantizar el respeto a los derechos de las personas consumidoras y ofrecer las máximas garantías a las compañías afectadas.</p>]]></description>
      <guid isPermaLink="false"><![CDATA[5394519a-1970-4851-b399-c5d31bd2942b]]></guid>
      <pubDate><![CDATA[Fri, 31 May 2024 09:00:09 +0000]]></pubDate>
      <author><![CDATA[infoLibre]]></author>
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      <media:title><![CDATA[Consumo multa con 150 millones a Ryanair, easyJet, Vueling y Volotea por cobros en equipaje de mano]]></media:title>
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      <media:keywords><![CDATA[Consumo,Aerolíneas,multa]]></media:keywords>
    </item>
    <item>
      <title><![CDATA[Competencia propone una sanción a Booking de 486 millones, la mayor de su historia]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.infolibre.es/politica/competencia-propone-sancion-booking-486-millones-mayor-historia_1_1723758.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.infolibre.es/clip/a9d01e5b-f2f7-4ea4-bce8-09c01cf7c21d_16-9-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675" alt="Competencia propone una sanción a Booking de 486 millones, la mayor de su historia"></p><p>La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha propuesto <strong>una sanción de 530 millones de dólares (486 millones de euros</strong>) para Booking. Así lo ha reconocido la plataforma de alquiler vacacional en la presentación de resultados que ha remitido en la madrugada de este jueves a la SEC, el regulador de los mercados estadounidenses. De confirmarse este castigo, <strong>sería la mayor multa impuesta por el organismo español en toda su historia</strong>, según informa Europa Press. </p><p>"La compañía se ha anotado unas pérdidas de 530 millones de dólares en los resultados de 2023 relacionadas con una decisión preliminar de la autoridad de competencia de España", asegura en los primeros párrafos de la información facilitada a la SEC <strong>con motivo de la presentación de sus resultados</strong>.</p><p>Desde Booking rechazan la sanción y aseguran que recurrirán si finalmente son multados. Desde octubre de 2022 la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) en España <strong>ha estado llevando a cabo una investigación sobre las prácticas de Booking.com.</strong></p><p>La compañía asegura que "aunque<strong> hemos colaborado activa y constructivamente con la investigación</strong>, la CNMC está a punto de imponer una multa de 530 millones de dólares, la más alta de su historia".</p><p>La compañía ha asegurado a Europa Press estar "decepcionada" con la Propuesta de Resolución de la CNMC y <strong>"en total desacuerdo con sus conclusiones"</strong>.</p><p>Además, recuerdan que <strong>van a presentar "pronto" la notificación de la Ley de Mercados Digitales de la UE</strong>, que tiene por objetivo garantizar "normas coherentes para las plataformas online en toda la UE y evitar la fragmentación a nivel nacional". "Creemos que la DMA es el foro adecuado para debatir y evaluar las principales preocupaciones planteadas por la CNMC porque permite acordar soluciones que se apliquen en toda Europa en lugar de país por país. También <strong>tenemos la intención de recurrir esta decisión sin precedentes en España </strong>si se convierte en definitiva", confirman desde la compañía.</p><p>La compañía achaca las pérdidas registradas durante el ejercicio 2023, que ascienden a 530 millones de dólares, a esta "decisión preliminar de la autoridad de competencia en España", tal y<strong> como señala en la documentación remitida a la SEC.</strong></p><p>Es decir, que habría provisionado la cantidad por si finalmente se ejecuta esta sanción histórica. Todo apunta a que la sanción, <strong>que a priori será impugnada por la OTA</strong>, se hará oficial el próximo mes de julio.</p>]]></description>
      <guid isPermaLink="false"><![CDATA[30a58ec3-80ec-4a88-8b7a-ca50cfef67a2]]></guid>
      <pubDate><![CDATA[Fri, 23 Feb 2024 10:49:36 +0000]]></pubDate>
      <author><![CDATA[infoLibre]]></author>
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      <media:title><![CDATA[Competencia propone una sanción a Booking de 486 millones, la mayor de su historia]]></media:title>
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      <media:keywords><![CDATA[multa,Economía,Comisión Nacional de la Competencia]]></media:keywords>
    </item>
    <item>
      <title><![CDATA[Deutsche Bank, multado con 166 millones en EEUU por no prevenir el blanqueo de dinero]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.infolibre.es/economia/deutsche-bank-multada-166-millones-progresos-insuficientes-prevencion-blanqueo_1_1554162.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.infolibre.es/clip/ded05e72-0ce9-4ec0-a0d4-2d866abd2d61_16-9-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675" alt="Deutsche Bank, multado con 166 millones en EEUU por no prevenir el blanqueo de dinero"></p><p>La Reserva Federal de Estados Unidos (Fed) ha multado al grupo Deutsche Bank, su división en Nueva York y otras filiales en el país con 186,4 millones de dólares (<strong>166,7 millones de euros</strong>) tras concluir que la entidad alemana <strong>no aplicó suficientes medidas para prevenir el blanqueo de dinero ni mitigó "suficientemente" los riesgos</strong> en su relación con la filial de Danske Bank en Estonia, de acuerdo con Europa Press.</p><p>"La junta ha determinado que Deutsche Bank hizo <strong>progresos correctores insuficientes</strong> tras los decretos judiciales de 2015 y 2017 y halló que <strong>los controles internos de prevención del lavado de dinero y los procesos de gobernanza fueron deficientes</strong> en su anterior relación con la división estonia de Danske Bank", ha razonado la Fed en un informe publicado este miércoles.</p><p>La penalización impuesta se subdivide en dos tramos, de los que 140,2 millones de dólares (125,4 millones de euros) se corresponden con la multa por <strong>incumplir los decretos previos</strong>, mientras que 46,2 millones de dólares (41,3 millones de euros) se justifican en las <strong>prácticas de gobernanza "inseguras e irresponsables"</strong> en su trato con Danske Estonia.</p><p>La Fed ha asegurado que esta filial contaba con un <strong>largo historial de 'ratings' de alto riesgo</strong>, así como niveles elevados de actividades sospechosas que Deutsche Bank no "mitigó suficientemente" a pesar de las advertencias realizadas en 2013 y 2014 por su propio personal 'senior' encargado del 'compliance' legal. No fue hasta octubre de 2015 que Deutsche Bank dio por finalizada la relación con Danske Estonia.</p><p>Asimismo, el instituto emisor ha informado de que el nuevo documento obliga a Deutsche Bank "priorizar" el <strong>acatamiento de otros requisitos de importancia "crítica" </strong>de las órdenes emitidas con anterioridad por la junta. Como parte del proceso, el banco germano deberá revisar sus políticas de gestión de riesgos y de gobernanza.</p>]]></description>
      <guid isPermaLink="false"><![CDATA[c099b400-8572-427b-b0de-4f5dd9c4b828]]></guid>
      <pubDate><![CDATA[Wed, 19 Jul 2023 17:38:33 +0000]]></pubDate>
      <author><![CDATA[infoLibre]]></author>
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      <media:title><![CDATA[Deutsche Bank, multado con 166 millones en EEUU por no prevenir el blanqueo de dinero]]></media:title>
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      <media:keywords><![CDATA[Deutsche Bank,multa,Economía,Blanqueo capitales]]></media:keywords>
    </item>
    <item>
      <title><![CDATA[Sanción de 33.820€ a una residencia pública de Madrid por tener comida caducada desde hacía más de un año]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.infolibre.es/politica/sancion-33-820-residencia-publica-madrid-almacenar-comida-caducada-ano_1_1528849.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.infolibre.es/clip/09f663c2-59b1-4ee0-9f06-cb5c79cf7a39_16-9-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675" alt="Sanción de 33.820€ a una residencia pública de Madrid por tener comida caducada desde hacía más de un año"></p><p>La Comunidad de Madrid ha impuesto una penalidad de 33.820,47 euros a la empresa gestora de la residencia pública <em>Moscatelares</em> de San Sebastián de los Reyes después de que la inspección de la Dirección General de Atención al Mayor y a la Dependencia detectara la presencia de tarrinas de comida que <strong>superaban en más de un año</strong> la fecha de consumo preferente fijada, según informa Europa Press.</p><p>Según ha adelantado la <a href="https://cadenaser.com/cmadrid/2023/06/20/pure-de-merluza-y-arroz-caducados-desde-hace-un-ano-nueva-sancion-a-una-residencia-de-mayores-de-madrid-radio-madrid/" target="_blank">Cadena Ser</a> y tal como consta en el expediente disponible en portal de contratación pública de la Comunidad, la inspección se produjo el pasado 13 de febrero y allí se encontraron tarrinas de<strong> puré de merluza, zanahoria y arroz</strong> que iban a servirse a los residentes pese a que su fecha de consumo de preferente se había cumplido el 11 de febrero, pero del año anterior.</p><p>Por ello se propuso esta sanción de 33.820,47 euros a la empresa gestora de la residencia y centro de día, Macrosad, la cual presentó alegaciones para que se redujera esta penalidad, dado que <strong>se trataba de una fecha de consumo preferente</strong> y no de caducidad como se indicaba inicialmente en el informe de la inspección, por lo que su consumo no compromete la seguridad alimentaria de los usuarios, como sí ocurriría en el segundo caso.</p><p>Aunque la resolución reconoce el error del término utilizado por la inspección, la superación de esta fecha de consumo preferente en más de un año sigue suponiendo "una <strong>merma importante de las condiciones</strong> de calidad" en cuanto a sabor, olor, aspecto externo, textura, color y, sobre todo, contenido nutricional.</p><p>La Consejería de Familia, Juventud y Política Social subraya que la penalidad propuesta no se fundamenta en una deficiencia en la seguridad de los alimentos ni en el hecho de que esto suponga un peligro para la integridad física de los residentes —lo cual conllevaría una tipificación distinta—, sino por el "incumplimiento del servicio de manutención que afecte a la cantidad o a la calidad de los alimentos suministrados a los usuarios o a su forma de preparación o administración", hecho que "ha quedado acreditado mediante la documentación aportada por la entidad de los distintos organismos públicos con <strong>competencia en control alimentario</strong>".</p><p>Así, la resolución firmada por el viceconsejero de Familia, Juventud y Política Social en funciones, Luis Martín-Sicluna Sepúlveda, dispone la <strong>penalidad </strong>de 33.820,47 euros a Macrosad por el incumplimiento del Pliego de Prescripciones Técnicas y <strong>del contrato de gestión</strong> del Centro de Atención a Personas Mayores Dependientes (residencia y centro de día) de San Sebastián de los Reyes <em>Moscatelares</em>.</p><p>Precisamente desde la Consejería se ha defendido que la Comunidad de Madrid es "<strong>la región que más inspecciones realiza</strong> a las residencias de mayores" para "garantizar el cumplimento de los contratos de gestión de los centros".</p><p>"Siempre que se detecta alguna incidencia que afecta a la calidad del servicio y supone un incumplimiento de estos contratos se actúa de manera rápida y contundente, se imponen las penalidades establecidas y se realiza un seguimiento para garantizar que se corrige", han apuntado a Europa Press fuentes de la Administración regional</p><p>De hecho, el pasado mes de febrero la Comunidad de Madrid impuso otra penalidad por el mismo importe a esta entidad por incumplimientos en la presencia de distintas categorías de <strong>personal médico y de enfermería</strong> durante otra inspección realizada al centro en octubre de 2022.</p><p>Precisamente en septiembre de 2022, un usuario de la residencia denunció en el Pleno del Ayuntamiento de San Sebastián de los Reyes las condiciones que sufren los residentes, con temperaturas de <strong>hasta 40 grados y "comida deleznable"</strong>.</p><p>Tras aquella denuncia, la Comunidad de Madrid se puso en contacto con las familias de las residencia para analizar las "posibles deficiencias". "<strong>Lo que hay que hacer es actuar. </strong>La Consejería de Políticas Sociales me consta está en contacto con las familias y viendo todas esas posibles deficiencias que tiene para subsanarlas", afirmó el consejero de Sanidad, Enrique Ruiz Escudero —actualmente en funciones—, tras estas acusaciones.</p>]]></description>
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      <pubDate><![CDATA[Tue, 20 Jun 2023 10:01:12 +0000]]></pubDate>
      <author><![CDATA[infoLibre]]></author>
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      <media:title><![CDATA[Sanción de 33.820€ a una residencia pública de Madrid por tener comida caducada desde hacía más de un año]]></media:title>
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      <media:keywords><![CDATA[Residencias de mayores,multa]]></media:keywords>
    </item>
    <item>
      <title><![CDATA[Mucho aviso y poca multa: por qué les compensa a los cargos políticos burlar la ley electoral]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.infolibre.es/politica/aviso-multa-les-compensa-cargos-politicos-burlar-ley-electoral_1_1489229.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.infolibre.es/clip/08059721-fef5-41d2-9fe2-8543f99553f2_16-9-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675" alt="Mucho aviso y poca multa: por qué les compensa a los cargos políticos burlar la ley electoral"></p><p>Cada vez que se acercan elecciones, <a href="https://www.infolibre.es/politica/junta-electoral-retira-escano-borras-condena-cuatro-anos-medio-corrupcion_1_1488356.html" target="_blank" >la Junta Electoral Central (JEC) </a>sanciona el uso partidista que se le da a las instituciones que, por ley, deben garantizar la "neutralidad". Es lo que le ha sucedido a la portavoz del Gobierno y ministra de Política Territorial, <strong>Isabel Rodríguez, </strong>por realizar "valoraciones y apreciaciones críticas con la postura y las decisiones del principal partido de la oposición" durante la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros. </p><p>Se trata de la tercera vez que la JEC<strong> apercibe a la portavoz del Gobierno</strong> en relación al artículo <strong>50.2 </strong>de la <a href="http://www.juntaelectoralcentral.es/cs/jec/loreg/contenido" target="_blank" >Ley Orgánica del Régimen Electoral General (LOREG)</a> Este artículo establece que desde la convocatoria de elecciones y hasta su celebración "queda prohibido hacer cualquier acto organizado o financiado directa o indirectamente por los poderes públicos que contenga alusiones a los logros obtenidos". </p><p>Según recoge la propia ley, toda infracción de las normas obligatorias establecidas que no constituya delito será sancionada por la Junta Electoral competente. "La multa será de 300 a 3.000 euros si se trata de autoridades o funcionarios y de 100 a 1.000 si se realiza por particulares", <a href="https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2011-1639" target="_blank">especifica el texto</a>. </p><p>El presidente andaluz, <strong>Juanma Moreno</strong>, ha calificado como "muy grave" la última sanción de la JEC a Rodríguez, pese a que una de sus compañeras de partido también ha sido sancionada de manera reciente por el órgano superior de administración electoral por el mismo motivo. Se trata de la presidenta madrileña, <strong>Isabel Díaz Ayuso, </strong>que ha tenido que pagar <strong>960 euros de sanción</strong> por saltarse la ley electoral en la precampaña de 2021 y "prevalerse del cargo" para vender logros y promesas en tres actos institucionales en los que se le exigía neutralidad.</p><p>Otro presidente autonómico que también recibió sanción de la Junta Electoral fue <a href="https://www.infolibre.es/politica/quim-torra-investido-president_1_1158415.html" target="_blank" ><strong>Quim Torra</strong></a><strong>. </strong>Sucedió en el año 2019, cuando Torra todavía estaba al frente de la Generalitat, por criticar la situación de los presos del <em>procés </em>durante un discurso institucional por el día de Sant Jordi. <strong>Fue sancionado con 3.000 euros de multa.</strong> A<strong> </strong>juicio del árbitro electoral, Torra vulneró la neutralidad informativa. Meses después, en junio, le fue impuesta <strong>otra multa de 3.000 euros</strong> por no retirar como se le requería los símbolos independentistas de las fachadas de edificios públicos de la <strong>Generalitat</strong>.</p><p>A juicio de <strong>Carlos Fernández Esquer</strong>, profesor de Derecho Constitucional por la UNED, es necesario un cambio en la LOREG para "endurecer" este régimen sancionador para evitar lo que sucede actualmente: que a los gobiernos —sea cual sea su color— les compense infringir la ley en periodo electoral porque las multas "son irrisorias". "Para alguien que se quiere mantener en el poder es muy barato hacer campaña, porque el impacto mediático de lo que digan va a ser mayor que el coste de la multa", reflexiona el experto en conversación con <strong>infoLibre. </strong></p><p>Además, Fernández Esquer explica que estas "infracciones cotidianas"—que van de los <strong>300 a los 3.000 euros</strong>— ni siquiera se imponen a la primera de cambio. "La Junta Electoral, por lo general, apercibe dos veces antes de imponer la multa", señala. Asimismo, estos expedientes sancionadores llegan "una vez que ya han pasado las elecciones" por lo que, a su juicio, este <strong>"efecto reproche" también se difumina</strong>.</p><p>La multa, en todo caso, debe pagarla a la persona multada —ya sea Isabel Rodríguez, Díaz Ayuso o Torra— aunque el experto alberga serias dudas de que sean los propios políticos los que finalmente se hagan cargo del importe de la infracción. "La multa recae sobre la propia persona, pero luego <strong>habría que ver quién la paga</strong>", desliza. </p><p>Al profesor de Derecho Constitucional le resulta muy llamativo que, frente a las "leves" sanciones por "romper el principio de neutralidad", se contemplen sanciones mucho más duras por publicar o difundir encuestas y sondeos en los últimos cinco días antes de los comicios, es decir, desde el lunes previo al domingo electoral, según recoge <a href="http://www.juntaelectoralcentral.es/cs/jec/loreg/contenido?idContenido=1509185&idLeyJunta=1&idLeyModificacion=1508162&p=1379061423059&paux=1379061423059&template=Loreg/JEC_Contenido" target="_blank">el artículo 69 de la LOREG</a>. "Tenemos <strong>un régimen sancionador que está demasiado desfasado</strong>, que castiga muy duramente conductas como el apagón demoscópico de las encuestas", señala.</p><p>El castigo por publicar o difundir esas encuestas va desde multas económicas de <strong>3.000 a 30.000 euros</strong> a penas de prisión de tres meses a un año o la inhabilitación para el ejercicio de la profesión de uno a tres años. Pero ya lo dice el refrán: hecha la ley, hecha la trampa. Desde hace años se siguen publicando encuestas en periódicos de la vecina Andorra o en países fuera de la jurisdicción española. Sondeos que después se reproducen en los medios españoles o se difunden en redes cambiando los partidos<a href="https://www.infolibre.es/politica/yolanda-diaz-gana-irene-montero-sondeos-ambas-necesitan_1_1408200.html" target="_blank" > por imágenes de frutas y hortalizas.</a></p><p>Esta prohibición se mantiene <strong>más de cuarenta años después de su aprobación</strong> pese al intenso calendario electoral y los precedentes en otros países europeos. Alemania, Austria, Bélgica, Dinamarca, Países Bajos, Reino Unido y Suecia no establecen limitación alguna. Actualmente <strong>Chipre, Grecia e Italia son los únicos países europeos </strong>que prohíben las encuestas a más días vista de las elecciones que el nuestro.</p><p>Fernández Esquer también pide darle una vuelta a la utilidad de la <strong>precampaña</strong>, es decir, el periodo que va desde la publicación del decreto de convocatoria de elecciones hasta el inicio de la campaña oficial. "Hoy en día ha dejado de tener sentido esta idea, porque los partidos activan su maquinaria mucho antes de los 15 días de rigor. La ley no les permita hacer mítines ni pedir el voto, los partidos están a pleno rendimiento", reflexiona.</p><p>Por ese motivo el experto aboga por "<strong>suprimir" ese periodo de precampaña</strong> lo que, a su juicio, evitaría "muchos problemas" y descargaría de trabajo a la Junta Electoral. El profesor de la UNED explica algunas de las contradicciones que se dan en este periodo, como, por ejemplo, el hecho de que a los partidos se les permita realizar gastos electorales pero no hacer campaña al uso. </p><p>Actualmente y hasta el próximo viernes 12 de mayo, <strong>la LOREG impide a fuerzas políticas y candidatos pedir expresamente el voto</strong>, así como realizar publicidad o propaganda electoral mediante carteles, soportes comerciales o inserciones en prensa, radio u otros medios digitales. Pero, tal y como apunta el experto, las redes sociales "hacen prácticamente imposible el respeto a estas prohibiciones" y aboga por, "superar esa delimitación temporal artificiosa y arcaica entre la precampaña y la campaña electoral". </p>]]></description>
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      <pubDate><![CDATA[Thu, 04 May 2023 19:31:12 +0000]]></pubDate>
      <author><![CDATA[Marta Monforte Jaén]]></author>
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      <media:title><![CDATA[Mucho aviso y poca multa: por qué les compensa a los cargos políticos burlar la ley electoral]]></media:title>
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      <media:keywords><![CDATA[Ley Electoral General,Gobierno,multa,Isabel Rodríguez]]></media:keywords>
    </item>
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      <title><![CDATA[Dia y Carrefour, entre los supermercados sancionados por incumplir la Ley de Cadena Alimentaria]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.infolibre.es/economia/dia-carrefour-supermercados-sancionados-incumplir-ley-cadena-alimentaria_1_1434900.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.infolibre.es/clip/055996a5-1374-4086-ae31-e09875f8f88d_16-9-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675" alt="Dia y Carrefour, entre los supermercados sancionados por incumplir la Ley de Cadena Alimentaria"></p><p>Las cadenas de <a href="https://www.infolibre.es/temas/supermercados-dia/" target="_blank" >supermercados</a> Dia, Carrefour y Froiz, así como empresas como J. García Carrión o Ray Lech, además de decenas de industrias, han sido multadas por la Agencia de Información y Control Alimentarios (AICA), organismo del <a href="https://www.infolibre.es/temas/ministerio-de-agricultura/" target="_blank" >Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación</a>, por incumplir la<strong> Ley de la Cadena Alimentaria</strong>, según ha informado Europa Press.</p><p>En concreto, el Departamento que lidera <strong>Luis Planas</strong> ha hecho pública la primera lista de sanciones firmes a empresas por<strong> incumplimientos graves y muy graves </strong>de la Ley de la Cadena Alimentaria. En total, aparecen <strong>69 empresas</strong>, donde los principales elementos de sanción son el incumplimiento de los <strong>plazos de pago,</strong> la inexistencia de contratos por escrito o la no inclusión del precio en dichos contratos.</p><p>De esta forma, los Centros Comerciales Carrefour han recibido una <strong>multa de 3.001 euros</strong> por el incumplimiento de los<strong> plazos de pago,</strong> una sanción de la <strong>misma cuantía</strong> y por la misma razón ha sido la que ha recibido<strong> Distribuciones Froiz, </strong>mientras que<strong> Dia Retail España</strong> ha recibido dos sanciones por incumplir en los plazos de <strong>pago de 3.001 euros</strong> y de<strong> 3.899,12 euros</strong>.</p><p>Por su parte, el grupo J. García Carrión<strong> ha sido multado con 9.147,81 euros</strong> por incumplir los plazos de pago, mientras que Pistachos de la Mancha ha recibido dos sanciones, una de <strong>10.449,24 euros </strong>por el incumplimiento de los <strong>plazos de pago y otra de 3.001 euros </strong>por no formalizar por escrito los contratos alimentarios, según consta en la publicación trimestral de sanciones del primer trimestre de 2023, que recoge Europa Press.</p><p>Sin embargo, la <strong>mayor cuantía de sanción </strong>de las 69 impuestas por el Ministerio de Agricultura ha recaído <strong>en Ray Lech</strong>, empresa dedicada al comercio al <strong>por mayor de productos lácteos,</strong> huevos, aceites y grasas comestibles, que<strong> recibe dos multas,</strong> una de 3.001 euros por el incumplimiento de los plazos de pago y otra de 11.500 euros por no formalizar por escrito los contratos alimentarios y no incorporar en los mismos el precio.</p><p>Entre los sancionados también destacan las<strong> multas a Transformaciones Agrícolas de Badajoz</strong> (Transa) de<strong> 7.558,75 euros </strong>por el incumplimiento de los plazos de pago y de 9.000 euros a Inleit Ingredients por realizar modificaciones del precio incluido en el contrato que no están expresamente pactadas por las partes.</p>]]></description>
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      <pubDate><![CDATA[Thu, 23 Feb 2023 11:44:42 +0000]]></pubDate>
      <author><![CDATA[infoLibre]]></author>
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      <media:title><![CDATA[Dia y Carrefour, entre los supermercados sancionados por incumplir la Ley de Cadena Alimentaria]]></media:title>
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      <title><![CDATA[Condenados a pequeñas multas 75 de los 82 acusados por la muerte del hincha del Depor 'Jimmy']]></title>
      <link><![CDATA[https://www.infolibre.es/politica/condenados-pequenas-multas-75-82-acusados-muerte-hincha-depor-jimmy_1_1397153.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.infolibre.es/clip/308c5a7b-091f-4bcd-820a-a7093105376f_16-9-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675" alt="Condenados a pequeñas multas 75 de los 82 acusados por la muerte del hincha del Depor 'Jimmy'"></p><p>El Juzgado de lo Penal número 23 de Madrid <strong>ha sentenciado a multas de entre 300 y 1.350 euros a 75 acusados</strong> de participar en 2014 en la capital en una pelea entre hinchas del Deportivo de La Coruña y del Atlético de Madrid, en la que murió en el Manzanares un seguidor coruñés, Francisco Javier Romero, alias <em>Jimmy</em>.</p><p>En el fallo judicial, al que ha tenido acceso Europa Press, el magistrado Juan Antonio Toro Peña condena a 75 personas por un delito de lesiones en riña tumultuaria y a dos de ellos también por atentado y lesiones a una<strong> policía nacional a la multa de 900 euros </strong>y a indemnizar a la agente con 4.500 euros más las costas e intereses. A otros 7 les absuelve del delito de riña y a 10 de tenencia ilícita de armas.</p><p>El juicio por la multitudinaria pelea en los aledaños del río Manzanares arrancó el 1 de diciembre en diferentes sedes judiciales, entre ellas Madrid, La Coruña y Gijón, para evitar choques entre los grupos radicales. Setenta de los acusados <strong>reconocieron los hechos para beneficiarse de atenuantes</strong>.</p><p>El fiscal y las partes cerraron un acuerdo cuyas negociaciones llevaban en marcha desde semanas atrás, según detallaron a Europa Press fuentes jurídicas. La r<strong>ebaja sustancial de las penas</strong> se debe a que concurre en todos los acusados la atenuante de dilaciones indebidas por el retraso en la tramitación del procedimiento.</p><p>En el transcurso de la multitudinaria reyerta, algunas personas arrojaron a un hincha del Depor conocido como <em>Jimmy </em>malherido al río Manzanares. El homicidio se investigó durante años pero finalmente<strong> el caso se archivó por falta de autor</strong> conocido sin que nadie haya llegado a juicio. No obstante, la Audiencia de Madrid tendrá la última palabra al respecto.</p><p>El fiscal relata que los acusados se concertaron en las redes sociales para acudir a las 09.00 horas a los alrededores del estadio <strong>Vicente Calderón</strong> con la "única motivación de demostrar al otro grupo la primacía de su equipo y de <strong>la ideología con la que se identifica</strong>".</p><p>Algunos de ellos portaban "<strong>armas prohibidas e instrumentos peligrosos</strong> como palos de madera, de aluminio, porras, bates de béisbol, navajas, mosquetones, defensas extensibles". Como consecuencia de la reyerta, varios resultaron heridos y uno de ellos, <em>Jimmy</em>, falleció.</p><p>Por otro lado, la Liga Nacional de Fútbol Profesional, que ha actuado de acusación en este caso, <strong>pidió para los acusados hasta tres años</strong> y medio de cárcel y multas de hasta 117.000 euros, según consta en el auto de apertura de juicio oral.</p>]]></description>
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      <pubDate><![CDATA[Fri, 30 Dec 2022 18:08:22 +0000]]></pubDate>
      <author><![CDATA[infoLibre]]></author>
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      <media:title><![CDATA[Condenados a pequeñas multas 75 de los 82 acusados por la muerte del hincha del Depor 'Jimmy']]></media:title>
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      <media:keywords><![CDATA[Fútbol,multa]]></media:keywords>
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