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    <title><![CDATA[infoLibre - Código de Conducta]]></title>
    <link><![CDATA[https://www.infolibre.es/temas/codigo-conducta/]]></link>
    <description><![CDATA[infoLibre - Código de Conducta]]></description>
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      <title><![CDATA[Estos son los controles que no impidieron el ingreso en el BBVA de los 61 millones del desfalco de Cáritas]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.infolibre.es/economia/controles-no-frenaron-ingreso-bbva-61-millones-desfalco-caritas-luxemburgo_1_1870176.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.infolibre.es/clip/3ca85cc8-b843-4f38-a0e4-12b2d52c6a8e_16-9-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675" alt="Estos son los controles que no impidieron el ingreso en el BBVA de los 61 millones del desfalco de Cáritas"></p><p>El desfalco que ha <strong>vaciado las cuentas</strong>, y arruinado la reputación, de <strong>Cáritas en Luxemburgo</strong> tiene una significativa implicación española: los 61 millones robados <a href="https://www.infolibre.es/economia/14-cuentas-bbva-espana-recibieron-61-millones-desfalco-arruinado-caritas-luxemburgo_1_1866666.html" target="_blank" >pasaron por 14 cuentas del BBVA </a>antes de perderse aún no se sabe dónde. El BCE y el supervisor financiero luxemburgués (CSSF) investigan el comportamiento de las dos entidades bancarias del Gran Ducado que permitieron las <strong>120 transferencias realizadas a lo largo de cinco meses</strong> desde Cáritas hasta el BBVA en España. La Fiscalía luxemburguesa también indaga si se trata de <strong>un fraude</strong>, como denuncia la institución benéfica, o si, además, se puede hablar incluso de <strong>blanqueo de capitales</strong>. </p><p>“Desde luego no se ajusta al patrón del <em>fraude del CEO</em>”, apunta Alonso Hurtado Bueno, vicepresidente de la <a href="https://asociacioncompliance.com/" target="_blank" >Asociación Española de Compliance</a> (Ascom) y abogado del despacho Écija Abogados. Ese es el fraude del que se han presentado como víctimas la directora financiera de Cáritas y la propia institución diocesana. “El mayor [fraude del CEO] que se ha dado en España no superó las cuatro transferencias y por importes no tan elevados”, explica. En el caso de Cáritas, <strong>las cuantías alcanzaron los 500.000 euros</strong>. <strong>Algunos días se hicieron hasta siete transferencias</strong>. Empezaron en febrero y no terminaron hasta julio de este año. De los 61 millones, 28 procedían de las reservas de la institución, pero <strong>el resto fueron préstamos</strong> que Spuerkessee y BGL BNP Paribas, los dos bancos que ordenador las transferencias, concedieron a Cáritas como adelanto de las subvenciones que ésta recibe del Gobierno del Gran Ducado.</p><p>Así que Alonso Hurtado, al igual que los medios luxemburgueses, sospecha de <strong>un golpe desde dentro</strong>: alguien en Cáritas estaba compinchado con quien quiera que urdió el fraude, u otra persona suplantó a quien o quienes tenían poderes para ordenar las transferencias. No se entiende, añade el abogado, que<strong> la directora financiera no preguntara</strong>, en persona y a lo largo de cinco meses, al superior que supuestamente le ordenaba –se supone que desde un despacho próximo– que hiciera esas operaciones, el director general de Cáritas, Marc Crochet, <strong>por el sentido de esas transferencias tan voluminosas mientras la tesorería se iba vaciando</strong>. Y que nadie en cinco meses revisara las cuentas de la institución. Fue Crochet quien interpuso la denuncia ante la policía.</p><p>“En un fraude descubierto en España, uno de los ladrones estuvo <strong>un año trabajando en la empresa víctima</strong>; por tanto conocía perfectamente cómo funcionaba, transfería cantidades más o menos habituales a otras empresas también habituales, no llamaban la atención”, recuerda Alonso Hurtado. Las salidas de fondos de Cáritas, en cambio, deberían haber hecho saltar las alarmas enseguida dentro de la institución.</p><p>En cualquier caso, es muy probable que<strong> los dos bancos luxemburgueses sean considerados responsables civiles del fraude</strong>, por no haber tomado las medidas de diligencia debida a la hora de identificar a los beneficiarios detrás de las cuentas del BBVA y no haberlas paralizado, asegura el experto en <em>compliance</em>. Así lo establece la <a href="https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/PDF/?uri=CELEX:32015L2366" target="_blank">directiva de servicios de pago de la UE</a>, que sólo considera responsable al ordenante –Cáritas en este caso– si éste ha “actuado de manera fraudulenta” o ha “incumplido, deliberadamente o por negligencia grave, una o varias de las obligaciones” de seguridad. </p><p>Cuestión distinta es la posible responsabilidad del BBVA. Alonso Hurtado la considera más difícil de determinar. Así, el banco debe llevar a cabo un procedimiento conocido como <strong>Know Your Client</strong> (Conoce a tu cliente) antes de que cualquier particular o empresa contrate sus productos o servicios. Se trata de<strong> un protocolo estandarizado </strong>en todo el mundo que los bancos “cumplen siempre”, recalca el abogado. </p><p>Así que se trata de un proceso por el que debieron de pasar los clientes que abrieron las 14 cuentas adonde se desvió el dinero de Cáritas. De momento, sólo se ha hecho pública la identidad de dos: <strong>Caritas Internationalis</strong>, la matriz de la institución diocesa, con sede en Roma, y la <strong>ONG turca</strong> <a href="https://sgdd.org.tr/en/" target="_blank" >Asam</a>, que tiene vínculos con Cáritas. Pero ni una ni otra recibieron el dinero, según han publicado los medios luxemburgueses. </p><p>Como establece el <a href="//chrome-extension://efaidnbmnnnibpcajpcglclefindmkaj/https://www.boe.es/buscar/pdf/2014/BOE-A-2014-4742-consolidado.pdf" target="_blank" >reglamento</a> que desarrolla la Ley de Prevención del Blanqueo de Capitales y de la Financiación del Terrorismo, los bancos deben <strong>“identificar y comprobar, mediante documentos fehacientes”</strong> quiénes son las personas físicas o jurídicas que van a ser sus clientes. Si se trata de un particular, basta con el DNI o el pasaporte, pero las sociedades, instituciones o empresas deben acreditar con documentos públicos su <strong>“denominación social, forma jurídica, domicilio, identidad de los administradores, estatutos y número de identificación fiscal”</strong>. Es decir, deben aportar documentación del Registro Mercantil. Es más, tienen que acreditar <strong>quiénes son sus titulares reales</strong>, aquellas personas físicas que poseen más del 25% del capital.</p><p>Pero el control no se queda ahí. El banco también debe pedir a sus futuros clientes información que <strong>acredite “la naturaleza de su actividad profesional o empresarial”</strong>. Incluido su volumen de negocio y el de las transacciones previas que han realizado. De forma que, si se hacen operaciones por importes mucho más elevadas, saltan las alarmas y la empresa debe explicar a qué se debe la anomalía. “En el procedimiento hay <strong>una parte automática y otra manual</strong>: todo lo que se sale de los patrones marcados, lo analizan personas físicas para comprobar si hay algo raro o no”, detalla. Además, los bancos están obligados a hacer “<strong>un seguimiento continuo”</strong> de las operaciones con su cliente, “un escrutinio” que el reglamento define como<strong> “integral”</strong>, con procedimientos de revisión periódicos.</p><p>E incluso exige <strong>medidas “reforzadas” </strong>en actividades o clientes con mayor riesgo de blanqueo de capitales, cuando, por ejemplo, las transferencias superen los 3.000 euros, los clientes no residan en España o las operaciones se realicen en “circunstancias inusuales”.</p><p>Alonso Hurtado no cree que Cáritas, por el hecho de ser una organización benéfica, ligada además a la Iglesia católica, pudiera haber recibido un trato más laxo que cualquier otra empresa o institución. Más bien al contrario. <strong>“Las ONG, fundaciones y asociaciones están sometidas a una vigilancia reforzada, porque suelen ser utilizadas para blanquear capitales</strong>: tienen menores controles regulatorios y es habitual que mantengan relaciones con países en desarrollo, con controles no tan estrictos”, advierte.</p><p>Alonso Hurtado cree que el BBVA ha cumplido con esos procedimientos. “Cuestión distinta”, precisa, “es si los autores del fraude les enviaron <strong>documentos falsos para abrir las cuentas</strong>”. O si se trataba de <strong>clientes antiguos</strong>, el banco se hubiera conformado con un KYC menos estricto del que se exige actualmente. La ONG turca Asam no ha contestado a las preguntas que sobre el caso le ha enviado <strong>infoLibre</strong>.</p><p>Además, <strong>los 61 millones de euros no estuvieron mucho tiempo en las 14 cuentas del BBVA</strong>. “Seguro que ya estaban programadas las transferencias para sacar el dinero antes incluso de recibirlo”, apunta. Los ingresos en cada cuenta debieron de <strong>salir fragmentados en transferencias más pequeñas a otras entidades</strong>. En otros casos de fraude del CEO, los receptores han sido personas físicas, <em><strong>mulas</strong></em><strong> que se quedan con un porcentaje del dinero y transfieren el resto a los cerebros de la trama</strong>. </p><p>El BBVA asegura que tomó “medidas restrictivas” al detectar “anomalías” antes de haber sido informado desde Luxemburgo del fraude. Alonso Hurtado apuesta por <strong>el bloqueo de las cuentas</strong>. El banco no ha querido precisar a <strong>infoLibre</strong> en qué momento de los cinco meses que duró la operativa del desfalco adoptó esas medidas pero, si no lo hizo con rapidez, es difícil que haya conseguido impedir la desaparición de todos los fondos de Cáritas.</p><p>Ni el BCE ni el supervisor financiero luxemburgués (CSSF) ni el Banco de España ni el Sepblac, el organismo español contra el blanqueo de capitales, han querido confirmar a <strong>infoLibre </strong>si están investigando al BBVA por este caso o siquiera si le han pedido información. </p><p>Pero el banco que preside Carlos Torres Vila tiene su propio historial de incumplimientos. Según reconoce en su último informe anual, en 2023 resolvió 167.269 expedientes de investigación, que dieron lugar a <strong>105.845 comunicaciones de operaciones sospechosas remitidas a las autoridades de México, Turquía, Argentina, Colombia y España</strong>. Los bancos están obligados por las leyes internacionales contra el blanqueo de capitales y la financiación del terrorismo a informar a las autoridades de cualquier operación dudosa. </p><p>En ese mismo informe, el BBVA publica que <strong>el Sepblac le multó el año pasado con 4,83 millones de euros</strong> por carecer de un sistema protocolizado contra el blanqueo en sus filiales y sucursales en terceros países. Antes ya le había impuesto o<strong>tra sanción de 13,12 millones</strong> por infracciones relativas a la prevención del blanqueo de capitales. El banco ha recurrido ambas multas. </p><p>La mención a las filiales del banco no es casual. En 2019, su filial turca, <strong>Garanti BBVA</strong>, fue condenada en Francia con <strong>33 millones de euros </strong>por infringir la normativa sobre blanqueo de capitales al ayudar a empresas implicadas en un fraude fiscal permitiéndoles utilizar sus servicios bancarios. Y ese mismo año, Garanti BBVA fue <strong>denunciado en Turquía por un grupo de inversores víctimas de la estafa piramidal </strong>montada por un británico que utilizó las cuentas de la entidad para robarles sus ahorros. A principios de este año, la oposición iraní denunció que la filial turca del BBVA mantenía <strong>relaciones de negocios con dos petroleras públicas del régimen de los ayatolás</strong> pese a que habían sido sancionadas por Estados Unidos. Como queda dicho más arriba, uno de los supuestos titulares de las cuentas receptoras de los fondos de Cáritas es una ONG turca.</p><p>El banco, por su parte, asegura que tiene “los protocolos y procedimientos que requiere la normativa de prevención del blanqueo de capitales y antifraude, y<strong> los aplica de manera continuada</strong>”. También destaca las <strong>“numerosas medidas de control” </strong>que implementa para asegurar que <strong>sus productos y servicios “no son utilizados con fines ilícitos”</strong>.</p>]]></description>
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      <pubDate><![CDATA[Wed, 28 Aug 2024 18:22:35 +0000]]></pubDate>
      <author><![CDATA[Begoña P. Ramírez]]></author>
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      <media:keywords><![CDATA[Periodismo investigación,OCCRP,Luxemburgo,Cáritas Diocesana,Fraude,BBVA,Blanqueo capitales,Código de Conducta,BCE,Banco de España,Turquía]]></media:keywords>
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      <title><![CDATA[Las puertas giratorias funcionan sin obstáculos en la Agencia Europea de Medicamentos]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.infolibre.es/internacional/puertas-giratorias-funcionan-obstaculos-agencia-europea-medicamentos_1_1819575.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.infolibre.es/clip/4a9270ec-0775-4a50-b472-8b5788361058_16-9-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675" alt="Las puertas giratorias funcionan sin obstáculos en la Agencia Europea de Medicamentos"></p><p>La escena parece sacada de <strong>una comedia de enredo</strong>:</p><p>“Cuando hemos estado en Ámsterdam <strong>hemos intentado repetidamente evitar alojarnos en hoteles</strong> en los que esperábamos que también se alojaran miembros del Comité de Medicamentos. Pero <strong>en algunas ocasiones</strong> nuestros clientes planificaron eventos en hoteles cercanos a la Agencia de Medicamentos. En tales situaciones hemos intentado evitar encontrarnos con miembros del Comité, por ejemplo, <strong>desayunando después</strong> de que la reunión del Comité hubiera comenzado. <strong>Es cierto que no hemos tenido éxito al 100%</strong>, ya que en ocasiones nos hemos encontrado accidentalmente con miembros del Comité, por ejemplo en el vestíbulo”.</p><p>El hombre que desayunaba tarde para no coincidir con antiguos compañeros y luego los tenía que ir esquivando por los vestíbulos es <strong>el sueco Tomas Salmonson</strong>. Entre 2012 y 2018 fue <strong>una de las personas más poderosas de la Agencia Europea de Medicamentos</strong> (EMA, por sus siglas en inglés), el organismo responsable de autorizar la comercialización de los principales fármacos que se consumen en España y el resto de la UE. En diciembre de 2018, <strong>tres meses después</strong> de dejar de ser presidente del Comité de Medicamentos de la EMA, <strong>montó su propia consultoría y empezó a trabajar para las farmacéuticas</strong> sobre cuyos productos había decidido durante años. Teniendo en cuenta que en 2019 <a href="https://www.statista.com/statistics/937268/number-of-hotels-in-amsterdam-netherlands/" target="_blank">había 524 hoteles en Amsterdam</a>, parece increíble que Salmonson no fuese capaz de encontrar un alojamiento donde poder desayunar a su hora y pasear tranquilamente por el vestíbulo.</p><p>Salmonson dio esa explicación a los periodistas de <a href="https://www.investigate-europe.eu/es/themes/investigations/deadly-prices-europe-big-pharma-medicines" target="_blank"><strong>Investigate Europe</strong></a> que le preguntaron por sus negocios tras dejar la EMA. Un relato casi idéntico ofreció <strong>el británico Robert Hemmings</strong>, socio de Salmonson en las actividades de consultoría para las farmacéuticas, que también había sido miembro del Comité de Medicamentos de la EMA. Ambos <strong>niegan cualquier comportamiento inapropiado</strong> y sostienen que no incurrieron en ningún conflicto de interés. En palabras de Hemmings: “No creo haber iniciado una sola comunicación con ningún miembro del Comité de Medicamentos desde que dejé de ser uno de sus miembros (correo electrónico, texto, LinkedIn, etc.). <strong>Ambos hemos sacrificado múltiples amistades personales</strong> desde que dejamos nuestras funciones en la EMA para mantener una distancia profesional adecuada con los miembros del Comité”.</p><p>Las andanzas de los flamantes consultores por Amsterdam <strong>no le gustaron en absoluto al italiano Guido Rasi</strong>, quien entonces era director ejecutivo de la EMA: "No estaba en mi mano influir en el trabajo del Comité de Medicamentos, pero <strong>recibí informes</strong> de que algunos de sus miembros habían sido contactados por Salmonson y Hemmings en hoteles que están enfrente de la sede de la EMA, así que decidí actuar. Pedí al presidente del Comité que interrumpiera la sesión y apagara las pantallas, expliqué los informes que había recibido y envié una señal clara de que <strong>estaba dispuesto a hacer cualquier cosa para detenerlos</strong>, incluso remitir el asunto a <strong>la OLAF</strong>”, explica Rasi en conversación con Investigate Europe. [<a href="https://anti-fraud.ec.europa.eu/index_es" target="_blank">La OLAF</a> es la Oficina Europea de Lucha contra el Fraude, por sus siglas en inglés].</p><p>A continuación, Guido Rasi menciona algo <strong>sorprendente</strong>: “Si Salmonson y Hemmings hubieran sido empleados de la EMA, no habrían podido montar su consultoría en dos años, pero a nivel estatal las leyes son diferentes”.</p><p>Este reportaje forma parte de <strong>la investigación sobre el poder y los negocios de las grandes farmacéuticas</strong>, realizada por <a href="https://www.investigate-europe.eu/es" target="_blank">Investigate Europe</a> y que <strong>infoLibre publica en exclusiva en España</strong>. En <a href="https://www.infolibre.es/internacional/agencia-europea-medicamentos-recibe-mitad-ingresos-21-grandes-farmaceuticas_1_1818723.html" target="_blank">una de las informaciones ya publicadas</a>, se desvela que la EMA recibe casi la mitad de sus ingresos de 21 grandes farmacéuticas, lo que muestra <strong>la dependencia financiera</strong> que tiene la Agencia de las empresas que debe regular. [Puedes <a href="https://www.infolibre.es/suplementos/el-negocio-de-las-grandes-farmaceuticas/" target="_blank">consultar aquí</a> todos los artículos de la investigación]</p><p>La EMA tiene algo más de <strong>mil personas en plantilla</strong>, pero según explicó su portavoz a los periodistas, entre ellos no se encuentran los miembros del todopoderoso Comité de Medicamentos: “<strong>Los miembros de los Comités de la EMA, incluidos sus presidentes, no son empleados de la EMA</strong> y, por tanto, no se les aplica el Estatuto de los funcionarios de la UE. Están sujetos a las normas vigentes en la organización que los emplea”. Por ello, añadió la portavoz, Salmonson y Hemmings “<strong>no tenían la obligación de informar</strong> a la EMA de sus actividades de consultoría tras cesar su participación en las actividades de la Agencia. Dicha información quizá estaba prevista en las normas establecidas por sus <strong>Agencias nacionales</strong>”.</p><p>Para hacer frente al <a href="https://www.ombudsman.europa.eu/es/decision/es/155953#_ftnref2" target="_blank"><strong>reto de las puertas giratorias</strong></a>, la UE aprobó normas específicas en <a href="https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/HTML/?uri=CELEX:01962R0031-20140501#tocId4" target="_blank">el Estatuto</a> de sus funcionarios. Cuando estos quieran iniciar una actividad <strong>en un plazo de dos años</strong> después de abandonar la Administración comunitaria, deberán solicitar autorización para ello. Si existe un <strong>riesgo de conflicto de intereses</strong>, la Comisión Europea puede prohibir esa contratación o imponer condiciones o restricciones a las actividades del exfuncionario.</p><p>Pero esta normas, según reconoce la EMA, no se pudieron aplicar a Salmonson y Hemmings. Una situación que <strong>causa asombro en </strong><a href="https://transparencia.org.es/" target="_blank"><strong>Transparencia Internacional</strong></a>. "Es increíble que no existan normas para impedir los casos de puerta giratoria en los que están implicados expertos científicos. Esta situación pone de manifiesto una importante laguna en el sistema de integridad de la UE", indica a Investigate Europe Shari Hinds, responsable del área de integridad política en la ONG.</p><p>Respecto al hecho de que Salmonson y Hemmings montasen su consultoría pocos meses después de abandonar la EMA, Shari Hinds recuerda que el Comité de Medicamentos “<strong>desempeña un papel crucial en la regulación de los fármacos</strong> y, en última instancia, en la salvaguardia de la salud de los ciudadanos de la UE, por lo que este caso de puerta giratoria es un asunto que afecta a la imagen general de la UE”. Por ello, Transparencia Internacional insta a la EMA “a <strong>que aplique normas eficaces y exhaustivas</strong> para evitar estos casos de puerta giratoria en el futuro."</p><p>Las Agencias nacionales para las que trabajaban Salmonson y Hemmings <strong>tampoco frenaron sus actividades</strong>.</p><p>La <a href="https://www.lakemedelsverket.se/en" target="_blank">Agencia Sueca de Productos Médicos</a> confirmó que Salmonson había sido empleado suyo hasta el 10 de febrero de 2019 y luego había trabajado a tiempo parcial hasta final de ese año. Es decir, <strong>Salmonson abrió su consultoría cuando aún era empleado de este organismo</strong>. En todo caso, el portavoz de la Agencia Sueca fue muy claro respecto a la falta de regulación en el caso de las llamadas puertas giratorias: “En Suecia faltan normas sobre las denominadas restricciones transitorias en relación con un empleado que finaliza su relación laboral con una autoridad y pasa, por ejemplo, al <strong>sector privado</strong>”.</p><p>Por su parte, un portavoz de la <a href="https://www.gov.uk/government/organisations/medicines-and-healthcare-products-regulatory-agency/about" target="_blank">Agencia Reguladora de Medicamentos</a> británica indicó que Hemmings había estado en su plantilla desde abril de 2000 hasta el 12 de febrero de 2019. Además, explicó que <strong>los funcionarios británicos</strong> deben cumplir una serie de requisitos respecto a los empleos que aceptan en los dos años posteriores a dejar su puesto. Sin embargo, al ser preguntado <strong>cómo afectaban esas normas en concreto a Hemmings</strong>, indicó que no podía contestar: “<strong>Estamos en periodo preelectoral</strong> en el Reino Unido y no podemos hacer comentarios sobre consultas que no estén relacionadas con la salud pública”.</p><p>Tomas Salmonson dejó la presidencia del Comité de Medicamentos de la EMA <a href="https://www.ema.europa.eu/en/news/emas-committee-medicinal-products-human-use-chmp-elects-new-chair" target="_blank">el 21 de septiembre de 2018</a>. Tres meses después, el 19 de diciembre, inscribió en el Registro Mercantil sueco la empresa <strong>Consilium Sweden AB</strong>. Unos días más tarde, el 9 de enero de 2019, su socio constituía la firma <strong>Consilium Hemmings (UK) Ltd</strong> en Inglaterra. Salmonson creó una tercera compañía en 2020, <strong>Consilium Sverige AB</strong>, para sus clientes locales.</p><p>Una página web, <strong>Consilium Salmonson & Hemmings</strong>, da cuenta de sus negocios conjuntos. “Como individuos hemos aportado conocimientos técnicos y normativos a la regulación de los medicamentos en la UE, pero <strong>nuestro mejor trabajo ha sido en equipo</strong>. Juntos desarrollaremos y pondremos a prueba su comprensión de los métodos de desarrollo de medicamentos, las normas de autorización y el uso óptimo de los procedimientos reglamentarios”, <strong>se promocionan en su web</strong>.</p><p><strong>Salmonson reconoció</strong> a Investigate Europe que entre sus clientes había farmacéuticas cuyas solicitudes para comercializar medicamentos habían pasado por el Comité de la EMA que él presidió: “Técnicamente, yo no tomaba decisiones ni emitía opiniones. Eran los miembros del Comité los que colectivamente tomaban todas las decisiones. Como presidente no tenía derecho a voto. Eran los votos de los entonces 33 miembros los que decidían la postura. <strong>Pero sí, he trabajado para empresas sobre las que el Comité de Medicamentos formó opiniones</strong> (positivas y negativas) cuando yo era el presidente". Además de presidente seis años, Salmonson fue previamente miembro de dicho Comité durante otros doce.</p><p><strong>Hemmings no respondió</strong> a la misma pregunta sobre sus clientes. Estuvo en el Comité de Medicamentos durante once años.</p><p>Las empresas suecas de Salmonson han declarado <strong>unos ingresos netos de más de 4,4 millones de euros desde su constitución</strong>, según revela el análisis de sus cuentas anuales. La compañía de Hemmings no tiene la obligación de declarar sus ingresos, pero en sus cuentas simplificadas sí consta que acumulaba <strong>unos beneficios no distribuidos de 1,8 millones</strong> de euros hasta marzo de 2023.</p><p>Salmonson también forma parte del <a href="https://pharmetheus.com/about-us/people/tomas-salmonson/" target="_blank">consejo de Pharmetheus</a>, una consultora sueca que negocia autorizaciones de medicamentos para grandes clientes farmacéuticos. En 2021 se incorporó al <a href="http://www.winhealth.hk/leadership.html?typeId=58" target="_blank">consejo asesor científico</a> de Winhealth, una empresa china entre cuyos <a href="http://www.winhealth.hk/" target="_blank">clientes</a> figuran multinacionales como Roche, Pfizer o Daiichi Sankyo. Salmonson aseguró a los periodistas que hace tiempo que no realiza ningún trabajo para Winhealth.</p><p>En los últimos años, algunas empresas han empezado a <strong>judicializar los posibles conflictos de interés</strong> de los científicos a los que recurre la EMA. Una de ellas ha sido la española <a href="https://pharmamar.com/es/" target="_blank"><strong>PharmaMar</strong></a>.</p><p>La compañía presentó una solicitud para comercializar un medicamento contra el mieloma múltiple, pero la EMA lo rechazó. PharmaMar acudió a los tribunales, entre otras cuestiones porque <strong>el sueco Hareth Nahi</strong>, que había sido añadido como <strong>"experto adicional"</strong> al Grupo Consultivo Científico de Oncología que analizó el fármaco, tenía un posible conflicto de interés. PharmaMar <strong>ganó el pleito en primera instancia</strong>, en 2020, pero tres países –<strong>Alemania, Estonia y Países Bajos</strong>– apelaron el fallo. El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) les dio la razón y ordenó al tribunal de instancia <strong>que dicte una nueva sentencia</strong>. El veredicto debería conocerse en los próximos meses.</p><p>Hareth Nahi figura como <strong>copropietario de una patente</strong> precisamente de un fármaco contra el mieloma múltiple, registrada por la empresa sueca <strong>CellProtect</strong>. El investigador <strong>se negó a contestar</strong> las preguntas de Investigate Europe con el argumento de que no recordaba “nada” de sus reuniones para la EMA.</p><p>Más suerte ha tenido el laboratorio francés <strong>D&A Pharma</strong> en el conocido como <span class="highlight" style="--color:white;"><em>asunto Hopveus,</em></span><span class="highlight" style="--color:white;"> que se refiere a un fármaco del mismo nombre que está indicado para tratar </span><strong>el síndrome de abstinencia alcohólica</strong>. La EMA <a href="https://ec.europa.eu/health/documents/community-register/2020/20200706148361/anx_148361_es.pdf" target="_blank"><span class="highlight" style="--color:white;"><strong>negó su autorización</strong></span></a><span class="highlight" style="--color:white;"> y la compañía francesa</span><span class="highlight" style="--color:white;"><strong> </strong></span><span class="highlight" style="--color:white;">recurrió a los tribunales. </span><a href="https://prime.tirant.com/es/actualidad-prime/el-tribunal-de-justicia-de-la-ue-exige-imparcialidad-en-consultas-de-la-ema-sobre-autorizacion-de-medicamentos/" target="_blank"><span class="highlight" style="--color:white;"><strong>El TJUE</strong></span></a><span class="highlight" style="--color:white;">, en </span><a href="https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/HTML/?uri=CELEX%3A62022CJ0291" target="_blank"><span class="highlight" style="--color:white;"><strong>una sentencia</strong></span></a><span class="highlight" style="--color:white;"> conocida el pasado mes de marzo, le dio la razón y </span><span class="highlight" style="--color:white;"><strong>anuló la decisión negativa de la EMA</strong></span><span class="highlight" style="--color:white;"> al detectar un conflicto de interés en uno de los expertos consultados.</span></p><p><span class="highlight" style="--color:white;">Una portavoz de la EMA asegura que aplican “</span><span class="highlight" style="--color:white;"><strong>una política muy estricta</strong></span><span class="highlight" style="--color:white;"> sobre la gestión de los intereses contrapuestos de los miembros de los comités científicos y los expertos”. Esa política, añade, “permite a la Agencia </span><span class="highlight" style="--color:white;"><strong>restringir o excluir </strong></span><span class="highlight" style="--color:white;">la posible participación de un experto debido a </span><span class="highlight" style="--color:white;"><strong>intereses en la industria farmacéutica</strong></span><span class="highlight" style="--color:white;">”.</span></p><p><span class="highlight" style="--color:white;">La EMA </span><a href="https://www.ema.europa.eu/en/about-us/what-we-do/authorisation-medicines" target="_blank"><span class="highlight" style="--color:white;"><strong>tiene el monopolio</strong></span></a><span class="highlight" style="--color:white;"> para aprobar todos los medicamentos contra </span><span class="highlight" style="--color:white;"><strong>el cáncer</strong></span><span class="highlight" style="--color:white;">, </span><span class="highlight" style="--color:white;"><strong>la diabetes</strong></span><span class="highlight" style="--color:white;">, </span><span class="highlight" style="--color:white;"><strong>las dolencias neurodegenerativas</strong></span><span class="highlight" style="--color:white;">, </span><span class="highlight" style="--color:white;"><strong>las enfermedades raras o virales</strong></span><span class="highlight" style="--color:white;"> y los producidos a través de procesos </span><span class="highlight" style="--color:white;"><strong>biotecnológicos</strong></span><span class="highlight" style="--color:white;"> o </span><span class="highlight" style="--color:white;"><strong>terapias genéticas</strong></span><span class="highlight" style="--color:white;">. Sus decisiones afectan a millones de pacientes. Y también tienen consecuencias millonarias para las cuentas de resultados de las farmacéuticas.</span></p><p><span class="highlight" style="--color:white;">Para entender </span><span class="highlight" style="--color:white;"><strong>lo que está en juego</strong></span><span class="highlight" style="--color:white;">, quizá sirva una historia que cuenta Guido Rasi, ocurrida en 2014, cuando la EMA aún tenía su sede en Londres: </span>"Una vez nos enviaron drones. Un técnico los vio junto a las ventanas del Comité de Medicamentos. <strong>Tuvimos que correr para oscurecer las pantallas</strong> de los ordenadores con las actas de una reunión”.</p>]]></description>
      <guid isPermaLink="false"><![CDATA[e8202272-99dc-435a-bd5e-96cdf60557a3]]></guid>
      <pubDate><![CDATA[Mon, 17 Jun 2024 18:59:10 +0000]]></pubDate>
      <author><![CDATA[Manuel Rico, Maria Maggiore, Leïla Miñano (Investigate Europe) / Catrien Spijkerman]]></author>
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      <media:title><![CDATA[Las puertas giratorias funcionan sin obstáculos en la Agencia Europea de Medicamentos]]></media:title>
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      <media:keywords><![CDATA[Medicamentos,Unión Europea,Código de Conducta,Agencia Europea del Medicamento]]></media:keywords>
    </item>
    <item>
      <title><![CDATA[¿Rusia paraíso fiscal? Un proceso largo que dañará su reputación pero sortea la lista negra española]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.infolibre.es/economia/rusia-paraiso-fiscal-proceso-dano-reputacional-efectivo-lista-negra-espanola_1_1221033.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.infolibre.es/clip/6c51789a-237a-4218-a2ba-7f2a1f6d3dcc_16-9-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675" alt="¿Rusia paraíso fiscal? Un proceso largo que dañará su reputación pero sortea la lista negra española"></p><p>El presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, anunció este miércoles en el Congreso que va a “impulsar” la inclusión de Rusia en las listas negras de paraísos fiscales tanto de la Unión Europea como de la OCDE. <strong>No mencionó si también incorporará a la federación rusa en la lista española</strong>. Cada una de ellas es distinta. La europea sólo tiene<a href="https://www.consilium.europa.eu/es/policies/eu-list-of-non-cooperative-jurisdictions/" target="_blank" > nueve territorios</a> en este momento. La OCDE dejó su lista en blanco en 2009, cuando sacó de ella a los tres últimos: Andorra, Liechtenstein y Mónaco. La española, en cambio, <a href="https://sede.agenciatributaria.gob.es/Sede/en_gb/ayuda/manuales-videos-folletos/manuales-practicos/irpf-2020/capitulo-10-regimenes-especiales-imputacion-rentas/imputacion-rentas-socios-participes-instituciones/relacion-paises-territorios/real-decreto-1080-1991-paraisos-fiscales.html" target="_blank">señala a 33 países</a>.</p><p>Rusia no está en ninguna de ellas. Pero<strong> el pasado 24 de febrero, la UE decidió añadirla a su lista gris</strong>, la que reúne a los países que no cumplen los estándares de transparencia y equidad fiscales ni aplican las normas internacionales contra la erosión de las bases fiscales y el traslado de beneficios –las normas diseñadas por la OCDE para luchar contra las estrategias de planificación fiscal agresiva–, pero <strong>se comprometen a hacer reformas </strong>para mejorar su comportamiento. La decisión no tuvo que ver con la invasión de Ucrania, puesto que requiere <strong>un largo procedimiento de evaluación </strong>llevado a cabo por el<strong> </strong><a href="https://www.infolibre.es/economia/codigo-mala-conducta-historia-24-anos-fracaso-europeo-politica-fiscal_1_1212734.html" target="_blank" >grupo Código de Conducta</a>, el órgano encargado de revisar <strong>cada seis meses</strong> tanto la lista negra como la gris.</p><p><strong>“La incorporación de Rusia a la lista negra tiene más efectos reputacionales que prácticos”</strong>, apunta Carlos Cruzado, presidente del sindicato de técnicos de Hacienda (Gestha), Carlos Cruzado. Estar en ella<strong> no implica recibir sanciones económicas</strong>, pero a los países señalados <strong>se les excluye del acceso a fondos de desarrollo</strong> y las empresas o particulares que recurran a ellos para sus negocios deben someterse a <strong>mayores controles y supervisión. </strong>El Parlamento Europeo no ha cesado de criticar la ineficacia de la lista negra, que en la actualidad incluye a países que<strong> representan menos del 2% de las pérdidas de ingresos fiscales mundiales</strong>.</p><p>La primera se elaboró en 2017 e incluía a<strong> 17 países</strong>. Desde entonces, la lista no ha hecho más que menguar. La última sólo incorpora territorios minúsculos: Samoa Americana, Fiyi, Palau, Panamá, Samoa, Trinidad y Tobago, Islas Vírgenes Americanas, Guam y Vanuatu. </p><p>El objetivo de la medida, dice Miguel Alba, responsable de Fiscalidad de Oxfam Intermón, es<strong> “desincentivar las inversiones en Rusia”</strong>. Y quienes utilicen territorio ruso para instalar sociedades fantasma también tendrán más problemas si Vladimir Putin termina en la lista negra europea. El objetivo, ha explicado Pedro Sánchez, es  “aislar al Gobierno de Putin, a Putin y a la oligarquía” rusa.</p><p>Pero eso está ocurriendo ya sin necesidad de añadir a Rusia a la lista negra comunitaria. Las sanciones adoptadas por la UE han abocado a multinacionales de todo el mundo y de todos los sectores a abandonar el país eslavo enseguida. Petroleras como B<strong>ritish Petroleum</strong>, que se deshará de su participación en la rusa Rosneft, y <strong>Shell</strong>, que ha anunciado su ruptura con Gazprom. <strong>Apple </strong>ha dejado de comercializar sus productos en Rusia. Las navieras <strong>MSC</strong> y <strong>Maersk</strong> no seguirán visitando puertos rusos. <strong>Volvo</strong> ya no vende sus coches allí. Mercedes Benz se desprenderá de su 15% en Kamaz, un fabricante local de camiones. Las zapatillas de <strong>Nike</strong> tampoco se podrán comprar en el país. </p><p>Hace sólo unos días, además, <strong>la OCDE decidió poner punto final a la solicitud de adhesión de Rusia</strong>. Ya había quedado paralizada en 2014, tras la invasión de Crimea, pero ahora el proceso está cerrado definitivamente. Por lo que se refiere a la lista negra de la UE, cualquier decisión tardará meses si se sigue el procedimiento reglado. Cuando un país entra en la lista gris, se analizan sus esquemas fiscales a la luz de unos criterios prefijados e incluso <strong>se inicia un “diálogo”</strong> con él para indicarle lo que debe cambiar. Sólo entonces y <a href="https://www.infolibre.es/economia/andorra-elimino-regimenes-fiscales-perniciosos-modifico-salir-lista-paraisos-fiscales-ue_1_1213073.html" target="_blank" >si no acepta las reformas</a> que se le piden, entra en la lista negra.</p><p><span class="highlight" style="--color:white;">En ese proceso está Rusia. En junio de 2021, la UE le pidió que hiciera cambios en sus </span><span class="highlight" style="--color:white;"><strong>Zonas Administrativas Especiales</strong></span><span class="highlight" style="--color:white;"> (SAR por sus siglas en inglés), las conocidas como </span><span class="highlight" style="--color:white;"><em>offshore</em></span><span class="highlight" style="--color:white;"> rusas: Kaliningrado, Vladivostok y otras áreas en el extremo este. Las empresas que se trasladen allí desde Chipre o Reino Unido, por ejemplo, obtienen un trato fiscal ventajoso en el impuesto de sociedades. Ese fue en principio el objeto de las SAR: atraer a quienes tenían sus negocios en otras plazas fiscalmente laxas fuera de la federación.</span></p><p>Pero Bruselas cree que esos territorios constituyen <strong>una competencia fiscal desleal</strong> y pide que se obligue a las empresas allí asentadas a <strong>abrir oficinas con empleados</strong> y que se dé acceso a las ventajas tributarias también a las empresas domiciliadas en Rusia. En teoría, el Gobierno de Moscú había accedido a cambiar las leyes precisas antes del 31 de diciembre de este año. La guerra ha dado al traste cualquier posibilidad de acuerdo. Es decir, si el procedimiento europeo sigue su curso natural, Rusia debería entrar en la lista negra de paraísos fiscales <strong>en la próxima revisión dentro de seis meses</strong>, independiente del impulso que quiera darle España.</p><p>Carlos Cruzado cree que sería mucho más efectivo introducir a Rusia en la <a href="https://www.infolibre.es/economia/beneficios-multinacionales-obtienen-espana-desvian-paraisos-fiscales-disparan-64-tres-anos_1_1208465.html" target="_blank" >lista española de paraísos fiscales</a>. No sin antes adaptarla a la <a href="https://www.boe.es/boe/dias/2021/07/10/pdfs/BOE-A-2021-11473.pdf" target="_blank">Ley de Prevención del Fraude Fiscal</a> aprobada el pasado mes de junio, que <strong>amplía el concepto de paraíso fiscal</strong> a los territorios o “jurisdicciones no cooperativas” que no sólo sean <strong>opacas fiscalmente</strong> –porque no intercambian información sobre titulares reales de un patrimonio, por ejemplo–, sino que además faciliten la existencia de instrumentos o<strong> sociedades extraterritoriales diseñados para atraer beneficios, pero no tengan actividad real</strong>. Y, por supuesto, a aquellos países que <strong>no cobren impuestos de sociedades o sobre la renta</strong> o lo hagan con unos tipos menores que los españoles. </p><p>Con arreglo a esos nuevos criterios, el Ministerio de Hacienda debería haber actualizado ya la lista de paraísos fiscales, explica Carlos Cruzado.</p><p>Con Rusia, al igual que con otros muchos países, España tiene firmado <strong>desde 1998 un convenio para evitar la doble imposición</strong>; es decir, para impedir que una empresa pague en dos territorios distintos por el mismo hecho imponible. De modo que su inclusión en la lista negra de paraísos fiscales española también requeriría de todo un proceso de análisis y justificación. Una vez en ella, las empresas españolas con negocios en Rusia tendrían que cumplir <strong>mayores requisitos de información tributaria y deberían justificar mejor sus operaciones</strong> –declarando previamente las inversiones por encima de determinadas cuantías desde o hacia Rusia, por ejemplo–.</p><p><strong>Tampoco tendrían acceso a determinadas exenciones</strong>, como las que disfrutan las retenciones a los rendimientos y ganancias, si las perciben a través de filiales en Rusia. Ni podrían deducirse los gastos pagados a través de empresas situadas allí o por servicios de entidades residentes en ese territorio. <strong>Ni podrían rebajarse impuestos por los dividendos </strong>y ganancias obtenidos en Rusia. Además, las sociedades domiciliadas en ese país que tengan inmuebles en España tendrían que pagar <strong>un gravamen especial</strong>, entre otros requisitos.</p><p>El Instituto de Comercio Exterior (ICEX) tiene registradas a unas<strong> </strong><a href="https://www.infolibre.es/economia/inditex-mango-women-secret-tous-cierran-122-tiendas-ucrania-invasion-rusa_1_1220408.html" target="_blank" >130 empresas españolas con intereses en Rusia</a>. Entre ellas,<strong> Inditex</strong>, que mantiene 527 tiendas en el país de Vladimir Putin. No son pocas. En toda América, posee 790. Otra firma española de primera línea, <strong>Mango</strong>, cuenta con 130 locales. El Grupo Fuertes, que fabrica los <strong>embutidos El Pozo</strong>, mantiene una inversión en el mayor productor de carne ruso, el grupo <strong>Cherkizovo</strong>, que además acababa de ampliar el pasado mes de enero. Y tres fabricantes de componentes para el automóvil, <strong>Gestamp, Cie Automotive y Grupo Antolín</strong> producen allí para clientes locales. Todas ellas se verían afectadas por la declaración de Rusia como paraíso fiscal. </p><p>Cuestión distinta serían las grandes fortunas rusas, aclara Carlos Cruzado. Los ultrarricos <strong>tienen ya sus patrimonios ubicados en paraísos fiscales de todo el mundo,</strong> desde Chipre hasta el Caribe pasando por Suiza. Y no son fácilmente localizables porque los esconden utilizando múltiples sociedades interpuestas.</p><p><strong>infoLibre</strong> ha preguntado al Ministerio de Hacienda por qué Pedro Sánchez ha mencionado sólo las listas de la UE y la OCDE, pero no la española. <strong>“Se trata de una respuesta europea al conflicto”</strong>, ha indicado un portavoz.</p>]]></description>
      <guid isPermaLink="false"><![CDATA[92ec8e2e-92b6-4436-9286-8821138ef7f1]]></guid>
      <pubDate><![CDATA[Wed, 02 Mar 2022 20:56:46 +0000]]></pubDate>
      <author><![CDATA[Begoña P. Ramírez]]></author>
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      <media:title><![CDATA[¿Rusia paraíso fiscal? Un proceso largo que dañará su reputación pero sortea la lista negra española]]></media:title>
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      <media:keywords><![CDATA[Economía,Pedro Sánchez,Rusia,Guerra,Paraísos fiscales,Código de Conducta,OCDE,Gestha,Oxfam,Inditex,Apple,Mango,Fraude fiscal,Blanqueo capitales,impuesto de sociedades,IRPF]]></media:keywords>
    </item>
    <item>
      <title><![CDATA[España vuelve al Código de Conducta: deberá probar que la Ley de Start-Ups no daña el juego limpio fiscal en la UE]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.infolibre.es/economia/espana-vuelve-codigo-conducta-debera-probar-ley-start-ups-no-dana-juego-limpio-fiscal-ue_1_1215734.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.infolibre.es/clip/08c1ee4f-83b3-4b0d-be6c-bac460cb05e2_16-9-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675" alt="España vuelve al Código de Conducta: deberá probar que la Ley de Start-Ups no daña el juego limpio fiscal en la UE"></p><p>España volverá en 2022 a pasar el examen del<a href="https://www.infolibre.es/economia/codigo-mala-conducta-historia-24-anos-fracaso-europeo-politica-fiscal_1_1212734.html" target="_blank" > Código de Conducta de la UE</a>, <strong>cinco años después de la última vez</strong> que debió someter unos de sus regímenes fiscales al escrutinio del <strong>órgano que vigila la competencia tributaria leal </strong>dentro de las fronteras europeas. El <a href="https://portal.mineco.gob.es/RecursosArticulo/mineco/ministerio/participacion_publica/audiencia/ficheros/210706-APL-START-UPS.pdf" target="_blank" >proyecto de Ley del Ecosistema de Empresas Emergentes</a>, que pretende incentivar el desarrollo de <em>start-ups</em>, configura un régimen especial del tipo que los Estados miembros están<strong> obligados a notificar</strong> al Código de Conducta, un grupo creado en el seno del Consejo de la UE que evalúa si estos esquemas respetan o no las normas del juego limpio fiscal. Con el recién aprobado, el Gobierno quiere <strong>rebajar hasta el 15% el tipo del impuesto de sociedades </strong>para las nuevas empresas, cuando el general alcanza el 25%. Entre otras ventajas fiscales incluidas en la norma.</p><p>Así lo ha confirmado un portavoz del Ministerio de Hacienda. El proyecto de ley fue aprobado en el Consejo de Ministros del pasado día 10 y <strong>ahora comenzará su tramitación parlamentaria</strong>, por lo que no se espera que entre en vigor hasta finales del año próximo. <strong>También deberá pasar el escrutinio de la Comisión Europea</strong>, que dilucidará si las ventajas fiscales que la norma concede a las empresas constituyen <strong>ayudas de Estado ilegales</strong>. </p><p>Pero ambos procedimientos de examen son independientes y distintos. Si la Comisión considera que el esquema puede ser ilegal, entonces el Código de Conducta interrumpirá su evaluación, a la espera de que el Ejecutivo europeo se pronuncie. Pero podría ser el caso de que uno de los órganos dictaminara que la ley es adecuada y el otro le contradijera. Ha ocurrido unas cuantas veces en los 24 años de historia del Código Conducta, como han puesto de relieve <strong>infoLibre</strong> y los medios <span class="highlight" style="--color:white;">de la red de investigación </span><a href="https://eic.network/" target="_blank" ><span class="highlight" style="--color:white;">EIC</span></a><span class="highlight" style="--color:white;">. Tras tener acceso a </span><span class="highlight" style="--color:white;"><strong>miles de documentos internos del Código de Conducta, desde actas e informes hasta correos electrónicos</strong></span><span class="highlight" style="--color:white;">, han quedado al descubierto</span><a href="https://www.infolibre.es/economia/fabrica-ue-transparencia-medida-borrado-masivo-documentos-archivos-ocultos-carpetas-personales_1_1213048.html" target="_blank" ><span class="highlight" style="--color:white;"> los fallos más notorios del vigilante fiscal de la UE.</span></a></p><p>Creado en 1997, el Código de Conducta era <strong>un grupo casi desconocido</strong> para la opinión pública europea hasta la publicación de los <strong>Luxleaks </strong>en 2014. Entonces se supo que Luxemburgo mantenía hasta <a href="https://www.infolibre.es/internacional/tribunal-ue-avala-250-millones-ayudas-luxemburgo-amazon-bruselas-declaro-ilegales_1_1197588.html" target="_blank" >343 acuerdos fiscales muy ventajosos con otras tantas grandes multinacionales</a>. Conocidos en inglés como <em>tax rulings</em>, son uno de los mecanismos que los gobiernos utilizan para <strong>atraer a las empresas</strong> a sus territorios. El problema es que ese<span class="highlight" style="--color:white;"> trato preferente a ciertos negocios puede ser considerado una competencia desleal para el resto de los socios comunitarios. Los técnicos del grupo examinan cada régimen preferencial a la luz de </span><span class="highlight" style="--color:white;"><strong>cinco criterios</strong></span><span class="highlight" style="--color:white;">. Con sólo que se incumpla uno de ellos, el trato preferencial se considera</span><span class="highlight" style="--color:white;"><strong> “pernicioso” </strong></span><span class="highlight" style="--color:white;">para la competencia fiscal leal en la UE y el Estado miembro que lo ha creado </span><span class="highlight" style="--color:white;"><strong>debe modificarlo o derogarlo</strong></span><span class="highlight" style="--color:white;">. </span></p><p><span class="highlight" style="--color:white;">Es lo que ha ocurrido hasta ahora con </span><a href="https://www.infolibre.es/economia/codigo-conducta-ue-declaro-abusivos-nueve-incentivos-fiscales-espanoles_1_1213119.html" target="_blank" ><span class="highlight" style="--color:white;">nueve regímenes fiscales españoles</span></a><span class="highlight" style="--color:white;">, de un total de </span><span class="highlight" style="--color:white;"><strong>23 que pasaron el examen desde 1997</strong></span><span class="highlight" style="--color:white;">. Los últimos que fueron evaluados por el Código de Conducta fueron los llamados </span><span class="highlight" style="--color:white;"><em>patent boxes</em></span><span class="highlight" style="--color:white;">, los</span><span class="highlight" style="--color:white;"><strong> sistemas especiales de incentivos a la propiedad intelectual</strong></span><span class="highlight" style="--color:white;"> aprobados tanto por el Gobierno central como por las haciendas forales vascas y navarra. Todos ellos fueron declarados perjudiciales en 2009 y modificados. Aunque de forma muy poco diligente. De hecho, </span><span class="highlight" style="--color:white;"><strong>España tardó cuatro años en suprimir las ventajas tributarias para patentes</strong></span>. Los regímenes fueron <strong>reevaluados en 2016</strong>. Y deberían haber sido suprimidos al año siguiente. Pero <span class="highlight" style="--color:white;"><strong>en noviembre de 2018, el Código de Conducta aún se quejaba de que España había seguido permitiendo que nuevas empresas se acogieran a los incentivos</strong></span><span class="highlight" style="--color:white;"> por más tiempo del que se había comprometido: hasta julio de ese año no adaptó el régimen de patentes a las normas de la OCDE y de la UE en la Ley de Presupuestos. Las modificaciones de los esquemas vascos no se produjeron tampoco hasta marzo y mayo de 2018. Las del navarro tuvieron que esperar a octubre. </span></p><p><span class="highlight" style="--color:white;">Ese es precisamente uno de los problemas del Código de Conducta. Al tratarse de </span><span class="highlight" style="--color:white;"><strong>un grupo de carácter político</strong></span><span class="highlight" style="--color:white;">, no tiene forma de obligar a los Estados miembros a ejecutar sus decisiones, que no son vinculantes. </span><span class="highlight" style="--color:white;"><strong>Tampoco puede sancionarlos</strong></span><span class="highlight" style="--color:white;"> si las incumplen. Y ni siquiera los señala públicamente por su desobediencia.</span> Otro de sus defectos más destacados es <strong>la falta de transparencia</strong>. Amparado en la confidencialidad de sus debates y en el carácter sensible de los asuntos fiscales, ha mantenido ocultos hasta ahora su funcionamiento y decisiones.</p><p><span class="highlight" style="--color:white;">Además, los documentos publicados por </span><span class="highlight" style="--color:white;"><strong>infoLibre</strong></span><span class="highlight" style="--color:white;"> y la red EIC han desvelado que</span><span class="highlight" style="--color:white;"><strong> los gobiernos soslayaban con habilidad los dictámenes del grupo </strong></span><span class="highlight" style="--color:white;">que estaban obligados a cumplir. Cuando el Código de Conducta decidía cerrar el régimen fiscal de un país que concedía ventajas excesivas a las empresas, con tipos impositivos más bajos que en el resto de la UE o incluso con un tipo cero, </span><span class="highlight" style="--color:white;"><strong>ese mismo gobierno u otro creaba un nuevo régimen similar </strong></span><span class="highlight" style="--color:white;">que permitía continuar con esos o parecidos beneficios tributarios. </span></p><p><span class="highlight" style="--color:white;">De ahí que la Comisión Europea haya emprendido </span><span class="highlight" style="--color:white;"><strong>una reforma del Código de Conducta </strong></span><span class="highlight" style="--color:white;">que deberá impulsar la Presidencia francesa el próximo año. Pero que, de momento, se encuentra </span><a href="https://www.infolibre.es/economia/hungria-estonia-codigo-de-conducta-union-europea-dumping-fiscal-ocde-impuesto-de-sociedades-irpf-parlamento-europeo-ernest-urtasun-paolo-gentiloni-eic_1_1214924.html" target="_blank" ><span class="highlight" style="--color:white;">bloqueada por el rechazo de Hungría y Letonia</span></a><span class="highlight" style="--color:white;">.</span></p><p><span class="highlight" style="--color:white;">En ese entorno incierto será examinado el año próximo el “ecosistema de empresas emergentes” que ha diseñado el Gobierno español. A expensas de que sea modificado en el Congreso, el nuevo régimen no sólo rebaja 10 puntos el tipo del impuesto de sociedades durante cuatro cuatro años a las </span><span class="highlight" style="--color:white;"><em>start-ups</em></span><span class="highlight" style="--color:white;">, sino que también </span><span class="highlight" style="--color:white;"><strong>aumenta del 30% al 40% las deducciones por inversión</strong></span><span class="highlight" style="--color:white;">, aumentando la base máxima de 60.000 a 100.000 euros y el tiempo durante el cual se considera a una empresa “de reciente creación”: de tres a cinco años, pero hasta siete años si pertenecen a los sectores de biotecnología, energía e industrial. Además, se les permitirá </span><span class="highlight" style="--color:white;"><strong>aplazar sus deudas con Hacienda</strong></span><span class="highlight" style="--color:white;"> durante los dos primeros años de actividad.</span></p><p><span class="highlight" style="--color:white;">También </span><span class="highlight" style="--color:white;"><strong>se eleva el mínimo exento, de 12.000 a 45.000 euros, de las </strong></span><span class="highlight" style="--color:white;"><em><strong>stock options</strong></em></span><span class="highlight" style="--color:white;"> –opciones sobre acciones, una manera de gratificar a los empleados</span>–<span class="highlight" style="--color:white;">. Y </span><span class="highlight" style="--color:white;"><strong>se facilita el acceso al Impuesto sobre la Renta de los no Residentes</strong></span><span class="highlight" style="--color:white;">. El objetivo es atraer empresas a territorio español y atraer “talento”, trabajadores altamente cualificados. Así que se les permite tributar en ese régimen durante 10 años –el resto sólo puede hacerlo durante cinco años— y también que lo puedan utilizar el cónyuge, el progenitor de los hijos del trabajador, los hijos menores de 25 años y los hijos discapacitados. </span></p><p><span class="highlight" style="--color:white;">El Código de Conducta </span><span class="highlight" style="--color:white;"><strong>sólo evalúa impuestos corporativos</strong></span><span class="highlight" style="--color:white;">, no los que gravan los ingresos personales. Aunque ésa es una de las reformas que el Parlamento Europeo e incluso la propia Comisión quieren llevar a cabo. Sólo si se finalmente se aprueba, el grupo también podrá examinar estos incentivos personales de la Ley de Start-Ups española.</span></p><p><span class="highlight" style="--color:white;">Con este conjunto de beneficios fiscales, </span><span class="highlight" style="--color:white;"><strong>el Gobierno calcula que dejará de ingresar unos 2.300 millones de euros al año</strong></span><span class="highlight" style="--color:white;"> tras favorecer con ellos a cerca de 5.000 empresas emergentes, con una facturación de dos millones de euros. Cuando alcancen unos ingresos de cinco millones, no podrán seguir recibiendo las ayudas. La vicepresidenta económica, Nadia Calviño, no dudó en calificar de </span><span class="highlight" style="--color:white;"><strong>"muy favorable"</strong></span><span class="highlight" style="--color:white;"> el régimen fiscal diseñado para este tipo de negocios.</span></p><p><span class="highlight" style="--color:white;">En cualquier caso, no es ésta la primera vez que un régimen para impulsar la creación y desarrollo de empresas emergentes se somete a la revisión del vigilante fiscal de la UE. En 1999 pasaron bajo su lupa los incentivos aprobados por las haciendas forales del País Vasco y Navarra. </span>Estaban incluidos en la norma del impuesto sobre sociedades que aprobaron en 1996. Se las bautizó como las <strong>“minivacaciones fiscales vascas” </strong>y acompañaron a las famosas y polémicas “vacaciones”: <strong>una bonificación del 45% de las inversiones</strong> acometidas por las empresas siempre que éstas superaran los 15 millones de euros. En concreto, las ayudas fiscales a las empresas nuevas se beneficiaban de <strong>reducciones de la base imponible de entre el 25% y el 99% durante sus cuatro primeros años de vida</strong>. Para ello, debían haber desembolsado un capital mínimo de 120.000 euros, invertir más de 480.000 euros y crear al menos 10 puestos de trabajo.</p><p>Ese esquema de ventajas tributarias <strong>mereció la aprobación del Código de Conducta en 1999</strong> pero, junto con el resto de las vacaciones fiscales vascas, <strong>acabó en la Comisión Europea, que en julio de 2001 determinó su carácter de ayuda de estado ilegal.</strong>  </p><p>De acuerdo con el dictamen de la Comisión Europea, los incentivos para las <em>start-ups</em> vascas y navarras favorecían “a algunas empresas,<strong> falseaban la competencia y afectaban a los intercambios comerciales entre Estados miembros”</strong>. Así que fueron suprimidas, pese a haber pasado el filtro del Código de Conducta.</p><p>Este órgano también ha examinado ayudas a empresas de nueva creación creadas por otros Estados miembros. En 1999 aprobó las ayudas que <strong>Francia</strong> concedía para estimular a los empleados de las <em>start-ups</em> a crear sus propias empresas mediante préstamos en condiciones ventajosas. También pasó ese año el examen un régimen creado por <strong>Países Bajos </strong>para nuevos negocios en las <strong>Antillas Holandesas</strong>. Pero fue dictaminado como perjudicial para la competencia otro del mismo país que incluía exenciones vacaciones fiscales para empresas nuevas en <strong>Aruba</strong>. El mismo suspenso recibió el esquema aprobado por<strong> San Marino</strong> para <em>start-ups</em> de alta tecnología en 2017. El que diseñó <strong>Luxemburgo</strong> con vacaciones fiscales para este tipo de compañías en 1999 fue autorizado. Otro similar creado en <strong>Letonia</strong> en 2017 no llegó a ser evaluado.</p><p>¿Qué requisitos deberá cumplir la Ley de Start-Ups española para superar la prueba del Código de Conducta? Primero, el órgano determinará si ese régimen especial es <strong>potencialmente pernicioso</strong> para el juego limpio fiscal europeo. Para ello estudiará si concede <strong>un nivel de imposición efectivo </strong><span class="highlight" style="--color:white;"><strong>significativamente inferior al normal</strong></span><span class="highlight" style="--color:white;">: esos 10 puntos menos del impuesto de sociedades. Hay que recordar que el Código de Conducta echó abajo el régimen fiscal de </span><a href="https://www.infolibre.es/economia/espana-libro-guerra-feroz-pirateria-fiscal-gibraltar-organo-opaco-ue_1_1213053.html" target="_blank" ><span class="highlight" style="--color:white;">Gibraltar</span></a><span class="highlight" style="--color:white;"> para determinadas empresas porque pagaban el 10% en sociedades cuando el tipo general se elevaba al 20%. </span></p><p><span class="highlight" style="--color:white;">Después, dilucidará si, además, es pernicioso de hecho porque</span><span class="highlight" style="--color:white;"><strong> las ventajas fiscales sólo benefician a no residentes </strong></span><span class="highlight" style="--color:white;">y no recortan la base imponible española. También estudiará </span><span class="highlight" style="--color:white;"><strong>si las empresas beneficiadas tienen actividad económica real</strong></span><span class="highlight" style="--color:white;"> y presencia sustantiva en España. Finalmente, la ley debe cumplir las normas fiscales internacionales –las de la OCDE– y </span><span class="highlight" style="--color:white;"><strong>ser transparente</strong></span><span class="highlight" style="--color:white;">; es decir, que sus detalles hayan sido publicados y </span><span class="highlight" style="--color:white;"><strong>su aplicación no esté sujeta a la discreción de las administraciones</strong></span><span class="highlight" style="--color:white;">. </span></p><p><span class="highlight" style="--color:white;">Una vez haya sido examinado a la luz de todos estos criterios, el Código de Conducta establecerá si el nuevo régimen, aun siendo perjudicial para la competencia, está</span><span class="highlight" style="--color:white;"><strong> justificado por razones de mercado, de competitividad o porque exista un precedente</strong></span><span class="highlight" style="--color:white;">. Ha sido el caso de algunos regímenes especiales para territorios de ultramar o periféricos –como Nueva Caledonia, Malvinas, Canarias o Madeira– que aprobaron el examen porque se consideraron necesarios para el desarrollo de estas zonas perjudicadas por la distancia.</span></p>]]></description>
      <guid isPermaLink="false"><![CDATA[fb09b6d5-4721-4636-8119-31c5b28f4b7c]]></guid>
      <pubDate><![CDATA[Thu, 30 Dec 2021 19:33:06 +0000]]></pubDate>
      <author><![CDATA[Begoña P. Ramírez]]></author>
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      <media:title><![CDATA[España vuelve al Código de Conducta: deberá probar que la Ley de Start-Ups no daña el juego limpio fiscal en la UE]]></media:title>
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      <media:keywords><![CDATA[Economía,Código de Conducta,dumping fiscal,Comisión Europea,Navarra,País Vasco,impuesto de sociedades]]></media:keywords>
    </item>
    <item>
      <title><![CDATA[Hungría y Estonia vetan el primer intento de reformar el Código de Conducta, el vigilante fiscal europeo]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.infolibre.es/economia/hungria-estonia-codigo-de-conducta-union-europea-dumping-fiscal-ocde-impuesto-de-sociedades-irpf-parlamento-europeo-ernest-urtasun-paolo-gentiloni-eic_1_1214924.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.infolibre.es/clip/cf6eff98-7012-4552-b55b-07e2f7c0a579_16-9-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675" alt="Hungría y Estonia vetan el primer intento de reformar el Código de Conducta, el vigilante fiscal europeo"></p><p>Hungría y Estonia torpedearon el pasado martes el primer intento de reformar el <a href="https://www.infolibre.es/economia/codigo-mala-conducta-historia-24-anos-fracaso-europeo-politica-fiscal_1_1212734.html" target="_blank" >Código de Conducta</a>, el órgano encargado de <strong>vigilar que se cumple el juego limpio fiscal</strong> entre los Estados miembros de la Unión Europea. Ambos países rechazaron el texto que el Consejo Europeo había redactado y presentado al Ecofin –que reúne a los ministros de Economía y Finanzas de los Veintisiete–. Pese a <strong>la timidez de los cambios,</strong> Hungría y Estonia impidieron que saliera adelante una reforma que el comisario de Economía, <strong>Paolo Gentiloni</strong>, había etiquetado como <strong>“urgente”</strong> en el Parlamento Europeo el pasado noviembre. </p><p>En principio, <a href="https://data.consilium.europa.eu/doc/document/ST-14354-2021-INIT/en/pdf" target="_blank" >el borrador de la reforma</a> pretendía que el nuevo Código de Conducta entrara <strong>en vigor el próximo 1 de enero</strong>, aunque su principal novedad –que no sólo se vigilaran los regímenes especiales, sino los sistemas fiscales al completo– se retrasaba al 1 de enero de 2023 sin carácter retroactivo. Ahora, revisar el documento e intentar superar la resistencia de húngaros y estonios queda como tarea para la Presidencia francesa, que comienza en enero de 2022. “Estoy convencido de que habrá un nuevo documento sobre la mesa muy en breve”, subrayó tras el Ecofin el ministro de Finanzas esloveno, Andrej Šircelj, “pero no puedo asegurar que la reforma se apruebe durante la Presidencia francesa”. Eslovenia termina este mes su semestre al frente de la UE.</p><p><span class="highlight" style="--color:white;"><strong>infoLibre</strong></span><span class="highlight" style="--color:white;"> ha revelado, junto con el resto de los medios de la red </span><a href="https://eic.network/" target="_blank"><span class="highlight" style="--color:white;">European Investigative Collaborations</span></a><span class="highlight" style="--color:white;"><strong> </strong></span><span class="highlight" style="--color:white;">(EIC) a la que pertenece, </span><span class="highlight" style="--color:white;"><strong>los fallos más notorios del Grupo Código de Conducta en sus 24 años de vida –fue creado en 1997</strong></span><strong>–</strong><span class="highlight" style="--color:white;">. Fallos derivados de cuestiones políticas y de las propias dinámicas del grupo, que han lastrado su lucha contra la competencia desleal. Como destaca la propia Comisión en los 2.500 documentos que publica la red EIC</span><span class="highlight" style="--color:white;"><strong>, </strong></span><span class="highlight" style="--color:white;">la ejecución de las decisiones adoptadas por el Código de Conducta </span><span class="highlight" style="--color:white;"><strong>depende exclusivamente de la “buena voluntad” de los Estados miembros. No son vinculantes</strong></span><span class="highlight" style="--color:white;">, por tanto, lo que </span><a href="https://www.infolibre.es/economia/alemania-francia-frenan-codigo-conducta-publicacion-pactos-fiscales-gobiernos-multinacionales_1_1213164.html" target="_blank" ><span class="highlight" style="--color:white;">ha restado eficacia a su trabajo</span></a><span class="highlight" style="--color:white;"><strong> </strong></span><span class="highlight" style="--color:white;">sobre una materia en la que</span><span class="highlight" style="--color:white;"><strong> los Estados miembros mantienen celosamente su soberanía.</strong></span></p><p><span class="highlight" style="--color:white;">Además, durante sus más de dos décadas de existencia, </span><a href="https://www.infolibre.es/economia/fabrica-ue-transparencia-medida-borrado-masivo-documentos-archivos-ocultos-carpetas-personales_1_1213048.html" target="_blank" ><span class="highlight" style="--color:white;">el grupo ha trabajado casi en secreto</span></a><span class="highlight" style="--color:white;">, ocultando información tanto a los miembros del Parlamento Europeo como a la opinión pública en general. Para ello se ampara en </span><span class="highlight" style="--color:white;"><strong>la confidencialidad de las discusiones</strong></span><span class="highlight" style="--color:white;"> que los gobiernos mantienen en su seno. De hecho, el órgano era un gran </span><span class="highlight" style="--color:white;"><strong>desconocido para la opinión pública hasta 2014</strong></span><span class="highlight" style="--color:white;">, cuando se publicaron los </span><a href="https://www.infolibre.es/noticias/lo_mejor_mediapart/2014/11/13/luxleaks_escandalo_que_llega_con_anos_retraso_23892_1044.html" target="_blank"><span class="highlight" style="--color:white;">Luxleaks</span></a><span class="highlight" style="--color:white;">, que destaparon los ventajosos </span><a href="https://www.infolibre.es/noticias/mundo/2021/05/12/el_tribunal_avala_los_250_millones_ayudas_amazon_luxemburgo_que_bruselas_declaro_ilegales_120423_1022.html" target="_blank"><span class="highlight" style="--color:white;">acuerdos fiscales que Luxemburgo concedía a 343 multinacionales</span></a><span class="highlight" style="--color:white;">.</span></p><p>“Con el bloqueo de Estonia y Hungria, el Ecofin pierde otra oportunidad. El Código de Conducta necesita una reforma y, aunque lo que había en la mesa no era todo lo que queríamos, avanzaba en la buena dirección y actualizaba un grupo que no se ha reformado desde su creación en 1997”, expresa su decepción a <strong>infoLibre</strong> el eurodiputado español de Los Verdes <strong>Ernest Urtasun</strong>, miembro de la Subcomisión de Asuntos Fiscales del Parlamento Europeo. </p><p>En el fracasado borrador la presidencia eslovena ya proponía que <strong>se revisaran dos puntos del nuevo Código de Conducta para intentar superar los reparos de Hungría y Estonia</strong>. El primero intentaba aumentar el papel de la Comisión Europea en los trabajos del grupo y el segundo hacía referencia a la entrada en vigor de la reforma, que conectaba con <a href="https://www.infolibre.es/internacional/g20-ratifica-impuesto-minimo-global-sociedades-15-acuerdo-fiscal_1_1212434.html" target="_blank" >la puesta en marcha del tipo mínimo mundial del 15% en el impuesto de sociedades</a><strong> aprobado por la OCDE</strong>.</p><p>Sin embargo, los gobiernos de Budapest y Tallin se han mantenido en sus trece. Tras el Ecofin, la ministra de Finanzas estonia, Keit Pentus-Rosimannus, explicó que su Gobierno <strong>“prefiere esperar el resultado de la reforma fiscal global liderada por la OCDE antes de embarcarse en la modificación del Código de Conducta"</strong>. Según destacó, el impuesto de sociedades en el país báltico es “sencillo y eficaz”. “Fomenta la innovación, el crecimiento y la creación de empleo. A Estonia le conviene mantenerlo como tal”, apuntó. Pentus-Rosimannus dejó claro que su país quiere asegurarse de que<strong> la propuesta de la UE no extenderá la de la OCDE “más allá de lo acordado”. </strong></p><p>En Estonia, el impuesto de sociedades tiene un tipo del 20%. Pero <strong>sólo se gravan los dividendos, no el resultado del ejercicio</strong>. Y si los dividendos se pagan a personas jurídicas, sólo tributan al 14%. Esa ventaja sobre el resto de los países europeos –en España, por ejemplo, el tipo de sociedades es del 25% y grava los beneficios; los dividendos pagados a personas físicas tributan entre el 19% y el 26%– es lo que quiere preservar Estonia. Su Gobierno fue uno de los que <strong>más reparos esgrimió este año al acuerdo en la OCDE</strong> para implantar el tipo mínimo global del 15%. Sólo dio su sí cuando recibió la garantía de que ese tipo será aplicado sólo a las filiales de grandes compañías y no a los empresarios locales.</p><p>Hungría también fue de los países que mayores trabas puso este verano al mínimo global en sociedades. No en vano, presume de ser <strong>el Estado miembro de la UE que menos grava los beneficios empresariales, un 9%</strong>. Por debajo incluso del 12,5% de Irlanda. En el caso húngaro, el rechazo a un Código de Conducta más atento a la competencia fiscal desleal se basa en<strong> el celo con que defiende su soberanía en materia tributaria</strong>. Además, mantiene <a href="https://www.infolibre.es/internacional/bruselas-expedienta-hungria-polonia-violar-derechos-fundamentales-colectivo-lgtbi_1_1207444.html" target="_blank" >una agria pugna con la Comisión Europea en materia de Estado de derecho</a> por sus ataques a la independencia judicial, la libertad de prensa o los derechos LGTBI. El Gobierno del ultraderechista Viktor Orbán ya ha amenazado varias veces a Bruselas con bloquear las decisiones que requieran unanimidad –lo hizo con el Presupuesto de la UE el año pasado–. Y ése es el caso de los asuntos fiscales.</p><p>Pero ¿cuáles son los cambios que el Consejo Europeo ha querido hacer en un órgano que el Parlamento Europeo ha llegado a tachar de <strong>“obsoleto”, “inadecuado” e “insostenible”?</strong></p><p>Cada nuevo régimen fiscal creado en un país para dar <a href="https://www.infolibre.es/economia/repsol-consiguio-beneficios-fiscales-100-millones-euros-gracias-deducciones-reprobadas-bruselas_1_1213061.html" target="_blank" >un trato preferente a las empresas</a> y, por tanto, atraerlas a su territorio, puede ser considerado una competencia desleal para el resto. Así que debe ser comunicado al Código de Conducta para su examen. El grupo<strong> </strong>sólo evalúa impuestos corporativos, <strong>no los que gravan los ingresos personales</strong>. Y, pese a que tanto el Parlamento como la Comisión Europea defienden que se amplíe la vigilancia a los impuestos sobre la renta de las personas físicas, la reforma rechazada no los incluyó. También se pretendía ampliar el <strong>ámbito de competencia </strong>de los<strong> </strong><a href="https://www.infolibre.es/economia/codigo-conducta-ue-declaro-abusivos-nueve-incentivos-fiscales-espanoles_1_1213119.html" target="_blank" >regímenes especiales </a>del impuesto de sociedades <strong>a aquellos “elementos de los sistemas tributarios que tienen aplicación general </strong>y que pueden resultar perjudiciales” para la competencia fiscal leal en la UE. Bien porque “crean oportunidades para <strong>una doble no imposición</strong> o porque pueden conducir al uso doble o múltiple de<strong> beneficios fiscales </strong>en conexión con los mismos gastos, ingresos o una cadena de transacciones”. Esos elementos pueden se de cualquier tipo, no sólo el tipo nominal o el pago diferido de impuestos, precisaba el texto rechazado. </p><p>La reforma también pretendía imponer <strong>normas más estrictas para que los Estados miembros notifiquen</strong> al resto medidas fiscales potencialmente perjudiciales. Por ejemplo, se les imponía que esa información se facilitara antes de acabar cada año y se establecía que<a href="https://www.infolibre.es/economia/espana-libro-guerra-feroz-pirateria-fiscal-gibraltar-organo-opaco-ue_1_1213053.html" target="_blank" > un país puede llevar al grupo medidas fiscales de otro</a> que considere nocivas. También podría hacerlo la Comisión. </p><p>Igualmente <strong>se quería dar a la Comisión Europea la facultad de “preparar” descripciones y evaluar las medidas fiscales</strong> bajo inspección, aunque no se le permitía “tomar parte en las decisiones del grupo, que son tomadas por los Estados miembros mediante consenso”. Ahora, la Comisión sólo puede “coordinar el intercambio de información” entre los países.</p><p>Sobre la tan criticada falta de transparencia del grupo, el texto rechazado únicamente añadía dos líneas, para indicar que <strong>se publicarían los documentos finales</strong> resultantes del trabajo del Código de Conducta “tal y como los apruebe el Consejo Europeo”. Otros documentos adicionales serían hechos públicos <strong>cuando el grupo lo considere “apropiado”</strong>. De hecho, se mantenía la redacción originaria de 1997, donde se precisaba que la aplicación del Código de Conducta sólo será <strong>“tan transparente como sea posible”</strong>, sin poner en riesgo “la confidencialidad necesaria para un intercambio leal de puntos de vista y de información sensible entre los Estados miembros”.</p><p>Finalmente, Bruselas se pretendía unir a la ofensiva de la OCDE añadiendo una referencia a la cooperación en la lucha contra la evasión y la elusión fiscales de acuerdo con los estándares internacionales. Y ponía negro sobre blanco sus trabajos para redactar <a href="https://www.consilium.europa.eu/en/policies/eu-list-of-non-cooperative-jurisdictions/" target="_blank" >la lista de paraísos fiscales</a>, que elabora desde 2017.</p><p>Tampoco <strong>se ha modificado el carácter político del grupo</strong>, por lo que sus decisiones seguirán siendo no vinculantes. Es más, ahora se subraya que el Código de Conducta opera como <strong>“un grupo de pares”</strong> que defienden su soberanía fiscal. Ernest Urtasun considera que, para ser realmente eficaz, el Código debería convertirse en <strong>un “proceso formal, con base legislativa y con una toma de decisiones transparente basada en la mayoría cualificada”</strong>. Por el momento, los acuerdos se aprueban <strong>por consenso: </strong>se requiere la unanimidad menos uno, el país afectado.</p><p>Por eso el eurodiputado reclama <strong>“un texto más ambicioso”</strong>. “Pedimos a la Presidencia francesa que lidere este ejercicio, porque la justicia fiscal en la UE no debe doblegarse ante dos Estados miembros que defienden el <em>statu quo</em>”, advierte.</p><p>La próxima semana tiene previsto reunirse la Subcomisión de Asuntos Fiscales del Parlamento Europeo, cuyos miembros estudiarán <strong>una respuesta “formal” al intento frustrado de reforma</strong> del Código de Conducta.</p>]]></description>
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      <pubDate><![CDATA[Thu, 09 Dec 2021 20:29:00 +0000]]></pubDate>
      <author><![CDATA[Begoña P. Ramírez]]></author>
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