Caso ERE

Así funcionaba el sistema de los ERE por el que serán juzgados Chaves y Griñán

Los expresidentes de la Junta de la Andalucía, Chaves y Griñán.

Álvaro Martín, titular del juzgado 6 de Sevilla, dictó este martes un auto que supone el procesamiento de Manuel Chaves, expresidente de la Junta de Andalucía (1990-2009), y su sucesor, José Antonio Griñán (2009-2013), además de seis exconsejeros, cinco exviceconsejeros, siete ex directores generales, cuatro ex secretarios técnicos, un ex interventor general de la Junta y un ex jefe del gabinete jurídico. Entre los exconsejeros imputados hay figuras políticas tan relevantes como Gaspar Zarrías –histórica mano derecha de Manuel Chaves–, Magdalena Álvarez, Francisco Vallejo o José Antonio Viera. Una bomba en plena precampaña.

Chaves (70 años), Griñán (69) y el resto ya no están imputados en una investigación de un juez de instrucción, sino que han sido encausados por hechos con relevancia penal. Es un paso más. Previsiblemente se sentarán en el banquillo para ser juzgados bajo acusación de delitos concretos: prevaricación continuada, en el caso de Chaves; prevaricación continuada y malversación, en el de Griñán.

El Supremo sólo apuntaba a prevaricación en ambos casos, por lo que el auto supone sobre todo un golpe para Griñán que, al contrario que Chaves, sí se expone ahora a una posible pena de prisión (de entre 4 y 8 años). Tras el juicio se dictará una sentencia que establecerá si son o no culpables.

Antes del juicio, no obstante, quedan pasos pendientes. Primero se traslada el auto al Ministerio Fiscal y a las acusaciones con el fin de que formulen escrito de acusación solicitando la apertura de juicio oral o el sobreseimiento de la causa.

Los dos ex presidentes también pueden recurrir. Tienen tres días para hacerlo ante el propio juez, y cinco en apelación ante la Audiencia Provincial, cuya sección séptima conoce el caso por haber resuelto recursos y ha dictado ya autos donde describe procedimientos irregulares y huérfanos de controles. Finalmente, y tras resolverse los recursos y conocerse los escritos de las acusaciones, el juez Martín dictará previsiblemente auto de procesamiento. El juicio se celebrará en la Audiencia Provincial.

Chaves y Griñán, ambos exministros y expresidentes del PSOE, dimitieron hace un año como diputado y senador, respectivamente, con lo que perdieron su aforamiento y la pieza pasó del Tribunal Supremo a los juzgados de Sevilla. Ahora son dos jubilados alejados del fragor de la política. Tanto ellos mismos como el PSOE defienden su honradez. El juez no les atribuye –ni a Chaves y Griñán ni al resto– haberse llevado dinero al bolsillo, sino haber participado, con diferente grado de implicación, en el funcionamiento de un sistema irregular de concesión de ayudas que permitió el reparto sin control de 855 millones entre 2000 y 2011.

Esta no es la única parte del conocido como caso ERE, sino sólo la conocida como pieza política. Esta pieza va más allá de Chaves y Griñán. Va del funcionamiento de la Administración andaluza durante más de una década. Según el juez instructor, un funcionamiento ilegal en el que participaron todos los encausados. He aquí la explicación de ese funcionamiento, según el auto del juez Martín, para entender por qué dos hombres que han presidido durante 23 años la comunidad más poblada de España, así como más de una veintena de sus altos cargos, deben enfilar ahora el banquillo de los acusados.

1. Un reparto de dinero sin control

Entre 2000 y 2011 la Junta repartió 854.838.234 euros mediante un procedimiento extraordinario que debía agilizar la concesión y pago de subvenciones a empresas para financiar el coste de despidos colectivos o las ayudas a trabajadores afectados por expedientes de regulación de empleo (ERE). Se trataba, en teoría, de acudir a apagar fuegos laborales sin perderse en la burocracia.

El llamado "procedimiento específico", según el juez, fue "discrecional o, incluso, arbitrario". ¿Por qué? Porque tenía por objeto eludir los controles, la fiscalización, las bases reguladoras y la convocatoria pública, así como los principios de publicidad, concurrencia, objetividad, transparencia e igualdad. Las subvenciones no eran registradas en la base de datos oficial, ni en el Diario Oficial de la UE, ni tampoco se realizaba sobre ellas un informe anual para la UE.

2. Intrusos en los ERE

Ni antes de dar las ayudas se comprobaba debidamente que se tenía derecho a ellas, ni después se comprobaba debidamente que se les había dado el uso para el que se concedieron, según el auto. Así se facilitó que el dinero se entregase "con fines distintos a los propios de las ayudas" y acabara en manos indebidas.

Este sistema permitió por ejemplo la inclusión como prejubilados de personas que no habían trabajado en las empresas, o que no habían desempeñado las responsabilidades por las que se les asignaban las ayudas. Son los llamados "intrusos", tal y como los define el juez. Entraron sin derecho familiares de cargos de la Junta y militantes socialistas. El que fuera director general de Trabajo, Francisco Javier Guerrero, que disponía con autonomía de los fondos, ha afirmado que creía que ayudaba a gente que lo necesitaba –las "criaturitas", como las llamó con lástima–.

El auto relaciona la inclusión de estos intrusos con el pago de "comisiones indebidas a terceras personas". No obstante, los encausados en este auto no lo están por comisiones, sino por haber participado en un sistema que las permitía.

3. Una agencia para pagar y manos libres a Guerrero

Todo tenía su origen en Empleo, donde trabajaba un hombre clave, el ex director general de Trabajo Francisco Javier Guerrero (1999-2008), que pasa por ser el personaje más atrabiliario de cuantos toman parte en el presunto fraude. Famosa se hizo su respuesta destemplada cuando en la comisión de investigación de los ERE, en agosto de 2012, le echaron en cara la declaración de su antiguo chófer, que apuntaba a que ambos se gastaban dinero de origen ilícito en fiestas desmadradas. "Ni he sido un putero, ni me he dedicado a la drogodependencia. Soy fumador y me gusta el gin tonic", respondió.

A Guerrero se le encomendó la tarea de conceder las ayudas, "pese a no ser cargo competente para su concesión", según el auto. Desde Empleo –los dominios de Guerrero y de los sucesivos consejeros donde se acordaban las ayudas– se pasaba a una empresa pública, que era la que pagaba. El sistema eludía el mecanismo de concesión de ayudas previsto en la ley, según el juez. Lo hacía mediante un ente, que primero se llamó Instituto de Fomento de Andalucía (IFA) y después Agencia de Innovación y Desarrollo de Andalucía (IDEA), que pagaba las ayudas concedidas por la Consejería de Empleo.

Los fondos de Empleo pasaban a IFA-IDEA a través de transferencias de financiación, una figura administrativa legal, pero que el juez cree que se usó ilegalmente porque la Intervención no controlaba sus aspectos clave: si había existencia de crédito presupuestario, competencia de la autoridad concedente, publicidad de las bases, convocatoria pública, recepción de solicitudes, comprobación de requisitos, resolución de concesión, control de cumplimiento...

4. Una partida engordada sin supervisión

Hasta abril de 2000, las ayudas se concedían a través del programa 22E, que servía para disponer del dinero de determinadas partidas de ayudas a empresas y trabajadores. Hasta ahí, todo correcto. En abril de 2000 se creó una nueva partida ex profeso que no existía en el presupuesto, cuyo empleo obligaba a quitar dinero de otras partidas y era "contrario a derecho", según el juez.

El motivo de esta supuesta ilegalidad es que la transferencia de financiación debía servir para cubrir gastos ordinarios, y no ayudas a terceros. Además, la nueva partida (440.01) se engordaba sin control previo, señala el auto. El control de este baile de dinero hubiera sido muy estricto, porque no se trataba de una cobertura de pérdidas de una empresa pública, sino de una ayuda a un tercero. El mecanismo de modificación presupuestaria fue utilizado en julio de 2000 y mayo de 2001. Y las modificaciones pasaron por el Consejo de Gobierno.

5. Un convenio para el "fondo de reptiles"

El sistema operó a partir de julio de 2001 con la cobertura de un convenio entre la Consejería de Empleo y el IFA. Del convenio destacaba su "vaguedad", según el auto. El convenio sirvió en la práctica –más allá de su literatura– para dar cobertura a la dotación de fondos de la partida 440.01 del conocido programa 31L, el que Francisco Javier Guerrero bautizaría en una declaración como "fondo de reptiles". El convenio, que no tuvo ni informe de la Intervención General ni del Gabinete Jurídico, desplegó su eficacia hasta abril de 2010, dando cobertura a la mecánica administrativa: IFA-IDEA actuaba como pagador a terceros del dinero que le llegaba como transferencia de financiación de la partida 31L.

Es decir, Guerrero disponía, aunque no tenía competencias; IFA-IDEA pagaba, aunque no tenía control. Los cambios normativos posteriores, que incluso dejaron sin vigencia el convenio, alteraron la superficie, pero no el fondo del funcionamiento, según el juez. Hasta que una orden de 1 de abril puso fin al llamado "procedimiento específico", el dinero se movió sin suficiente control durante más de una década, según el auto.

6. Manipulaciones presupuestarias

El juez sostiene que mantener este tinglado obligó a aplicar "de modo indebido" el mecanismo de modificación presupuestaria un total de 22 veces entre 2000 y 2010: 16 aprobadas por el Consejo de Gobierno y seis por la Consejería de Economía y Hacienda. Ahí está la clave de la acusación contra los expresidentes. Estas modificaciones inflaban el conocido como "fondo de reptiles", "sin que en ningún caso –dice el juez– tuviesen por objeto el propio de esta transferencia de financiación", esto es, equilibrar las cuentas de IFA-IDEA.

El auto apunta también a "manipulaciones en los presupuestos de la comunidad y en los de IFA-IDEA", al vincular la famosa partida 440 al programa 31L en 2002. Para ello hubo que elaborar "un anteproyecto de presupuesto inadecuado", en el que se tramitaban como transferencias de financiación lo que debían ser expedientes de gasto. "La manipulación se mantendría en los sucesivos presupuestos hasta el ejercicio 2010", dice el auto. El juez pone en entredicho nada menos que los presupuestos de Andalucía, aprobados por el Parlamento autonómico. Superados los presupuestos, el dinero transferido por Empleo a IFA-IDEA se trataba como una mera operación de tesorería, beneficiándose a su vez de una "manipulación" previa de las cuentas de la agencia.

El resultado de todo ello: sobre el papel el dinero aparecía como gasto tanto en Empleo como en IFA-IDEA, lográndose así encubrir la concesión de subvenciones a través de esta vía y, por ende, eludir los controles. En el último nivel, Guerrero firmaba convenios de escasísima fundamentación con los beneficiarios de las ayudas. Éstos eran sometidos a ratificación del Consejo Rector de IFA-IDEA, donde se daba sólo sucinta cuenta de los mismos. Así se explica el sobreseimiento de la causa en lo que respecta a consejeros de IFA-IDEA como el actual presidente de Unicaja, Braulio Medel.

7. Desatención de las alertas

El juez acusa a los encausados de "omitir los deberes de vigilancia y [...] reacción". Hubo alertas. El 25 de julio de 2005 la Intervención General de la Junta emitió un informe sobre 2003 que concluía que "se estaba prescindiendo de manera total y absoluta del procedimiento establecido" en la Ley de Hacienda Pública de Andalucía para conceder subvenciones. Otros informes posteriores de Intervención tampoco fueron más benévolos. Price-Waterhouse y Garrigues también alertaron sobre el sistema instaurado y sobre la situación financiera de IFA-IDEA.

Pese a ello, "no se adoptó medida alguna para enmendar el sistema". "Muy al contrario –añade el juez–, se continuó nutriendo el mismo con fondos públicos". Tampoco se abordó la reforma del régimen jurídico de concesión de las ayudas, pese a que la cuestión se abordó al menos cinco veces en los consejillos (las reuniones de viceconsejeros, que durante años lideró el consejero de Presidencia Gaspar Zarrías, donde se abordaba con carácter previo todo lo que se iba a llevar al Consejo de Gobierno).

8. Concierto de actuaciones "expreso o tácito"

Los encausados "concertaron sus actuaciones de un modo expreso o tácito", dice el juez, "para la implantación, mantenimiento y funcionamiento del denominado procedimiento específico". ¿Ve el juez posible que todos planificaran un procedimiento para saltarse la ley desde el Gobierno andaluz? El auto no lo resuelve. Ni tampoco si las deficiencias en el sistema "fueron buscadas como fines, o asumidas como consecuencias". Eso sí, el juez cree "indiciariamente" que fueron buscadas. Es decir, cree que se buscó crear un sistema con agujeros legales para colar dinero por esos agujeros, y no que se aprovechó que había un sistema con agujeros para colar dinero por ahí. Se parece, pero no es lo mismo.

9. El juez no cree a Chaves

Según el juez, Chaves, "impulsó la implantación de este procedimiento conociendo tanto los mecanismos destinados a ello, transferencias de financiación y modificaciones presupuestarias, como la falta de un procedimiento dotado de las mínimas y elementales garantías". Aprobó, como miembro del Consejo de Gobierno, las modificaciones presupuestarias y los proyectos de presupuestos, pese a que contenían "de manera inadecuada" las transferencias de financiación desde Empleo hasta IFA-IDEA. Según el auto, Chaves tenía "conocimiento de que el procedimiento era irregular", e incluso "asumió la eventualidad de que los fondos fuesen objeto de disposición discrecional, si no arbitraria, e, incluso, con fines ajenos a los intereses generales a los que estaban destinados".

Chaves lo niega. Alega que ignoraba el detalle del sistema y que los anteproyectos y proyectos de presupuestos fuesen tramitados ilegalmente. Pero el juez no lo cree. "La modificación del sistema operada en el año 2000, por su propia entidad y por los cauces a través de los cuales se desarrolla, no podía ser desconocida por el investigado", dice el juez. Martín se apoya en la declaración de Antonio Fernández, que fue viceconsejero y consejero de Empleo. Fernández, que ya ha estado en la cárcel por este asunto, afirmó su "convicción del conocimiento" por parte de Chaves del sistema de transferencias y del propio convenio marco de 2001.

El juez se refuerza en esta creencia por el hecho de que el "procedimiento específico" se creó "bajo excusa de articular la respuesta ante los problemas que planteaban las situaciones de crisis económica". Y está convencido de que se decidió cambiar el sistema "para alcanzar los objetivos pretendidos, asumiendo las irregularidades que se seguían de ese logro, como consecuencia necesaria, o buscando esas irregularidades como fines a alcanzar". De nuevo el juez no tiene claro si las irregularidades eran un fin o una consecuencia.

10. El juez cree aún menos a Griñán

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Si Chaves "impulsó" el procedimiento, el juez dice que Griñán lo "mantuvo". Como presidente del Gobierno andaluz, le atribuye los mismos hechos que a su predecesor, y el mismo conocimiento de su ilicitud. "En su condición de presidente de la Junta de Andalucía, en el periodo de 2009 a 2011 aprobó las modificaciones presupuestarias relativas al programa 31L", señala el auto.

Al igual que Chaves, Griñán alega que ignoraba las características del sistema en cuestión. Pero el juez no lo cree, por los mismos motivos que a Chaves y otros más que agravan su situación. Martín señala en su auto que, "en su condición de consejero de Hacienda, [a Griñán] le correspondía el control de la redacción de los presupuestos", por lo que lo responsabiliza de sus irregularidades. "En la condición de consejero de Hacienda tenía el superior control de todo lo referente a las modificaciones presupuestarias, por lo que no podía mantenerse ajeno a la marcha del sistema instaurado en el año 2000", señala el auto. Por eso el juez es más duro con Griñán que con Chaves, aunque el supuesto fraude no empezó con él.

El juez deja sobre la mesa del futuro juzgador su convencimiento de que no cabe alegar ignorancia. "No era posible desconocer los graves hechos que ponía de relieve el informe ni su conexión con el sistema de reparto de ayudas y subvenciones instaurado en 2000", dice en un momento de su exposición, para después cargar a los encausados con toda la responsabilidad: "Quien decidió proseguir con la praxis instaurada lo hizo asumiendo [...] que fondos públicos eran puestos en manos de persona no autorizada para disponer de ellos, que esta persona los repartía con total discrecionalidad o arbitrariedad, sin justificar los motivos de la concesión, sin controlar el destino de los fondos concedidos, asumiendo obligaciones de manera arbitraria y comprometiendo con ello el erario de la Junta de Andalucía".

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