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    <title><![CDATA[infoLibre - Querellas]]></title>
    <link><![CDATA[https://www.infolibre.es/temas/querellas/]]></link>
    <description><![CDATA[infoLibre - Querellas]]></description>
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    <copyright><![CDATA[Copyright infoLibre]]></copyright>
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      <title><![CDATA[Un comisario denuncia ante la Guardia Civil al exDAO de la Policía por coacciones]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.infolibre.es/politica/comisario-denuncia-guardia-civil-exdao-policia-coacciones_1_2151012.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.infolibre.es/clip/691e3716-53a9-40be-8af2-2eaebf96e9e3_16-9-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675" alt="Un comisario denuncia ante la Guardia Civil al exDAO de la Policía por coacciones"></p><p>Un comisario de <a href="https://www.infolibre.es/temas/policia-nacional/"  >la Policía Nacional</a> ha denunciado este martes al ex director adjunto de la Policía (DAO), <strong>José Ángel González</strong>, ante la Guardia Civil por "abuso de autoridad, coacciones y delito contra la integridad moral".</p><p>Fuentes conocedoras de la denuncia han informado a EFE de que el comisario ha optado por presentarla en la Comandancia de la Guardia Civil de Tres Cantos, en <a href="https://www.infolibre.es/temas/madrid/"  >Madrid</a>.</p><p>En ella, acusa al ex jefe operativo de la Policía, cesado la pasada semana tras<a href="https://www.infolibre.es/igualdad/dimite-numero-policia-citado-querellado-delito-agresion-sexual_1_2147235.html"  > la presentación de una querella por agresión sexual</a> por parte de una subordinada, de<strong> haberle coaccionado </strong>para que aceptase un destino.</p><p>Los hechos, según las fuentes, habrían ocurrido en octubre de 2024, cuando el comisario denunciante fue <strong>cesado de su resposabilidad </strong>y trasladado de manera forzosa. La denuncia se ha presentado este martes, una semana después del cese de González como DAO tras conocerse la querella.</p><p>Esta misma semana se ha abierto el proceso para nombrar a la persona que asuma la máxima responsabilidad operativa en el cuerpo que, de momento, ocupa de manera interina la subdirectora de Recursos Humanos,<strong> Gemma Barroso</strong>.</p>]]></description>
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      <pubDate><![CDATA[Tue, 24 Feb 2026 19:17:16 +0000]]></pubDate>
      <author><![CDATA[infoLibre]]></author>
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      <media:title><![CDATA[Un comisario denuncia ante la Guardia Civil al exDAO de la Policía por coacciones]]></media:title>
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      <media:keywords><![CDATA[Policía Nacional,Guardia Civil,Querellas,Madrid,Acoso sexual]]></media:keywords>
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      <title><![CDATA[Dimite el número dos de la Policía tras la denuncia por agresión sexual de una subordinada]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.infolibre.es/igualdad/dimite-numero-policia-citado-querellado-delito-agresion-sexual_1_2147235.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.infolibre.es/clip/9717783a-e00f-4051-9914-0113be145715_16-9-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675" alt="Dimite el número dos de la Policía tras la denuncia por agresión sexual de una subordinada"></p><p>El Director Adjunto Operativo de la <a href="https://www.infolibre.es/temas/policia-nacional/" target="_blank" >Policía Nacional</a>, José Ángel González, <strong>ha dimitido</strong> este martes tras conocerse que ha sido citado en calidad de querellado por<strong> un delito de agresión sexual</strong>, según ha podido confirmar <strong>infoLibre</strong>. El número dos de la Policía está citado el próximo 17 de marzo en el juzgado.</p><p>Fuentes del <a href="https://www.infolibre.es/temas/ministerio-del-interior/" target="_blank" >Ministerio del Interior</a> informan de que el director adjunto operativo (DAO) de la Policía ha comunicado al titular de Interior, <strong>Fernando Grande-Marlaska</strong>, su decisión de renunciar al cargo que ostenta, lo que hará efectivo en las próximas horas, asegura EFE.</p><p>Su cargo lo asumirá temporalmente la subdirectora de Recursos Humanos, <strong>Gemma Barroso</strong>, tal y como establece el <strong>artículo 4 de la orden</strong> por la que se desarrolla la estructura orgánica y funciones de los servicios centrales y territoriales de la Dirección General de la Policía.</p><p>Dicho artículo señala que en "los supuestos de vacante, ausencia o enfermedad de la persona titular de la Dirección Adjunta Operativa, corresponde la suplencia a las personas titulares de la <strong>Subdirección General de Recursos Humanos y Formación</strong>, de la Subdirección General de Logística e Innovación y del Gabinete Técnico"</p><p>Su dimisión se produce apenas unas horas después de conocerse que el juzgado de <strong>violencia sobre la mujer</strong> número 8 de Madrid le ha citado a declarar tras una querella de una agente. Ese mismo día también está citada la mujer para escuchar su relato.</p><p>En un auto fechado el 12 de febrero, al que ha tenido acceso EFE este martes, el Juzgado de Violencia sobre la Mujer número 8 de Madrid emplaza también ese día a la agente denunciante para escuchar su relato. Lo hace después de<strong> incoar diligencias previas y admitir a trámite la querella</strong> en una resolución en la que el magistrado afirma que los hechos "presentan características que hacen presumir la posible existencia de delito/s de agresiones sexuales cuya instrucción corresponde a este órgano judicial".</p><p>Según ha informado el abogado Jorge Piedrafita, que representa a la querellante, esta también pide investigar presuntos<strong> delitos de coacciones, lesiones psíquicas y malversación</strong>.</p><p>La agente denuncia que el director adjunto operativo (DAO) de la Policía, con quien mantuvo en el pasado una "relación de afectividad", la agredió sexualmente en una vivienda oficial propiedad del <a href="https://www.infolibre.es/temas/ministerio-del-interior/"  >Ministerio del Interior</a> a la que fue presionada a acudir en abril del año pasado y estando de servicio, y después <strong>fue coaccionada para que no denunciara los hechos</strong>.</p><p>La querella, que incluye <strong>una grabación de audio</strong>, subraya las "negativas inequívocas, claras y persistentes" de la agente, alude a la "violencia física" y a la "intimidación ambiental", y denuncia la "situación de aislamiento, superioridad física y autoridad ambiental".</p>]]></description>
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      <pubDate><![CDATA[Tue, 17 Feb 2026 18:45:13 +0000]]></pubDate>
      <author><![CDATA[infoLibre]]></author>
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      <media:title><![CDATA[Dimite el número dos de la Policía tras la denuncia por agresión sexual de una subordinada]]></media:title>
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      <media:keywords><![CDATA[Policía,Policía Nacional,Juzgados,Madrid,Querellas,Abuso sexual]]></media:keywords>
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      <title><![CDATA[La Justicia rechaza la querella contra Zapatero por sus vínculos con Maduro por falta de indicios]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.infolibre.es/internacional/rechazada-falta-indicios-querella-zapatero-vinculos-maduro_1_2138405.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.infolibre.es/clip/f909a58c-adb2-44ca-b204-79e0381ca4ec_16-9-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675" alt="La Justicia rechaza la querella contra Zapatero por sus vínculos con Maduro por falta de indicios"></p><p>El juez de <a href="https://www.infolibre.es/temas/audiencia-nacional/"  >la Audiencia Nacional</a> Antonio Piña <strong>ha rechazado investigar</strong> al expresidente del Gobierno <a href="https://www.infolibre.es/temas/jose-luis-rodriguez-zapatero/"  >José Luis Rodríguez Zapatero</a> por delitos de narcotráfico, blanqueo y pertenencia a organización criminal derivados de sus vínculos con el expresidente venezolano <a href="https://www.infolibre.es/temas/nicolas-maduro/"  >Nicolás Maduro</a> como pedía la asociación Hazte Oír en una querella, informa EFE.</p><p>En el auto en el que acuerda inadmitir a trámite la querella, el magistrado razona que los hechos esgrimidos por Hazte Oír proceden de fuentes abiertas, especialmente de informaciones periodísticas, y apunta que <strong>no han aportado indicios racionales de criminalidad </strong>que permitan abrir un procedimiento penal.</p><p>El instructor, tras analizar cada uno de los delitos que la querella atribuye a Rodríguez Zapatero, señala que <strong>no se puede confundir la creencia personal o popular</strong> con la existencia de hechos que tengan la entidad suficiente para la apertura de una causa penal.</p><p>“No se ha aportado hecho alguno que pueda relacionar al querellado con el delito de tráfico de sustancias estupefacientes o pertenencia a organización criminal y lo mismo cabe decir con la imputación de un delito de blanqueo de capitales”, observa el juez.</p><p>Cuestiona además que pueda "sostenerse que la colaboración con el gobierno de <a href="https://www.infolibre.es/temas/venezuela/"  >Venezuela </a>que en determinados ámbitos haya podido tener el Sr. Zapatero, sea suficiente para considerar que ayudaba de forma consciente al sostenimiento de una organización criminal, pues como se expone en la querella (...) debe distinguirse entre el gobierno venezolano y la supuesta implicación de determinados miembros de este en el tráfico de drogas".</p><p>Respecto a los delitos de blanqueo de capitales denunciados, el magistrado considera que se basan <strong>en informaciones generalistas</strong>, "sin que se precise con elementos indiciarios los hechos que se afirman" y "no hay constancia de que el querellado haya percibido cantidad alguna procedente del gobierno de Venezuela".</p><p>Y en el caso de que así hubiera sido, continúa el auto, solo se podrían considerar como <strong>delictivas aquellas cantidades que hubiese percibido por su intervención en hechos ilícitos</strong> o por ser conocedor de que esas cantidades provenían de la comisión de un delito.</p><p>Por tanto, "no es permisible la apertura de diligencias prospectivas destinadas a la averiguación patrimonial, sin la existencia de indicios de criminalidad". "La transcendencia pública que tienen querellas como la presente exige la aportación de elementos probatorios que vayan más allá de las informaciones periodísticas o de las conclusiones que puedan obtenerse en base a ellas", insiste <strong>Piña</strong>.</p><p>En cuanto a los "reiterados escritos de ampliación" de <a href="https://www.infolibre.es/politica/audiencia-nacional-abre-diligencias-zapatero-querella-hazte-oir_1_2125433.html"  >la querella por parte de Hazte Oír</a>, el juez señala que han sido inadmitidos y critica que fueran <strong>presentados después de que se conociera el informe de la Fiscalía Antidroga</strong>.</p><p>Antidroga <strong>se opuso a la querella</strong> con el argumento de que en ella "ni se describen mínimamente ni se imputan auténticos hechos de apariencia delictiva, sino que se recogen conjeturas, suposiciones y/o deducciones infundadas y carentes del más mínimo sentido descriptivo ni apoyo fáctico alguno".</p><p>Ante esta postura de <a href="https://www.infolibre.es/temas/fiscalia/"  >la Fiscalía</a>, Hazte Oír optó por ampliar su querella para acusar a Zapatero de partícipe o colaborador necesario en delitos de lesa humanidad y torturas, entre otros.</p><p>La asociación afirmaba que el expresidente del Gobierno<strong> presionó directamente a familiares de presos políticos </strong>para que no denunciaran torturas; intervino en centros de detención para desmovilizar protestas y exigir silencio para condicionar la puesta en libertad, así como que actuó como operador internacional del régimen, legitimando procesos electorales fraudulentos; y obtuvo beneficios económicos, incluida la presunta adjudicación de una mina de oro.</p><p>Ahora el juez responde que <strong>no se debe "confundir" el conocimiento que pudiera tener Zapatero </strong>de la existencia de presos políticos, que era de carácter general, "con la implicación directa del querellado en la decisión o mantenimiento de esta situación".</p><p>Destaca además que si lo que la querella plantea es que el apoyo de Zapatero al régimen venezolano provocó que se mantuviera esa situación, "cuestión de la que tampoco ofrece indicios", apunta el juez, la Audiencia Nacional <strong>no sería el órgano competente para investigarlo</strong>, dado que ya existe una investigación sobre violación de los derechos humanos en Venezuela en la Corte Penal Internacional (CPI).</p>]]></description>
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      <pubDate><![CDATA[Mon, 02 Feb 2026 16:52:29 +0000]]></pubDate>
      <author><![CDATA[infoLibre]]></author>
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      <media:title><![CDATA[La Justicia rechaza la querella contra Zapatero por sus vínculos con Maduro por falta de indicios]]></media:title>
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      <media:keywords><![CDATA[Venezuela,José Luis Rodríguez Zapatero,Audiencia Nacional,Gobierno,Tribunales,Querellas,Justicia]]></media:keywords>
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      <title><![CDATA[El Supremo archiva la querella de Vox contra Sánchez a quien acusó de revelar información a Ábalos]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.infolibre.es/politica/supremo-archiva-querella-vox-sanchez-acuso-revelar-informacion-abalos_1_2131582.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.infolibre.es/clip/00daec16-a16b-4dfa-8f1b-49f23ca6ed35_16-9-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675" alt="El Supremo archiva la querella de Vox contra Sánchez a quien acusó de revelar información a Ábalos"></p><p>El Supremo ha archivado la querella de Vox contra el presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, por su <strong>supuesto chivatazo</strong> al exministro José Luis Ábalos, a quien habría revelado en septiembre de 2023 que la Unidad Central Operativa (UCO) de la Guardia Civil estaba investigando a su exasesor<a href="https://www.infolibre.es/temas/caso-koldo/" target="_blank"> Koldo García</a>, según recoge EFE.</p><p>Vox interpuso esta querella a partir de unas declaraciones de Ábalos a Okdiario en las que aseguraba que Sánchez mantuvo una reunión con él en el Palacio de la Moncloa el 28 de diciembre de 2023 en la que <strong>supuestamente </strong>el líder del Ejecutivo le reveló que la UCO estaba<strong> investigando al que fuera su asesor </strong>en el Ministerio de Transportes.</p><p>Pero el alto tribunal considera que los hechos recogidos en la querella <strong>no son constitutivos de ilícito penal </strong>alguno, por lo que acuerda su inadmisión y el archivo de las actuaciones.</p><p>"La sola publicación en un medio de comunicación de que el querellado observó un determinado comportamiento <strong>no puede justificar por sí sola la apertura de un procedimiento penal </strong>contra él pues, aunque la noticia se basa en la declaración del entrevistado, su relato no está acompañado de ningún dato objetivo que ampare mínimamente la veracidad de lo afirmado en sede periodística", explica.</p>]]></description>
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      <pubDate><![CDATA[Wed, 21 Jan 2026 12:22:12 +0000]]></pubDate>
      <author><![CDATA[infoLibre]]></author>
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      <media:title><![CDATA[El Supremo archiva la querella de Vox contra Sánchez a quien acusó de revelar información a Ábalos]]></media:title>
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      <media:keywords><![CDATA[Tribunal Supremo,Vox,Pedro Sánchez,Querellas,José Luis Ábalos]]></media:keywords>
    </item>
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      <title><![CDATA[El juez Peinado acepta de nuevo a Manos Limpias en la causa contra Begoña Gómez]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.infolibre.es/politica/juez-peinado-acepta-nuevo-manos-limpias-causa-begona-gomez_1_2106025.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.infolibre.es/clip/8f9e8b13-b874-4a23-bd2c-3e989f372b7a_16-9-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675" alt="El juez Peinado acepta de nuevo a Manos Limpias en la causa contra Begoña Gómez"></p><p>El juez <a href="https://www.infolibre.es/temas/juan-carlos-peinado/"  >Juan Carlos Peinado</a>, que investiga a <a href="https://www.infolibre.es/temas/begona-gomez/"  >Begoña Gómez</a>, la mujer del presidente del Gobierno, ha aceptado que Manos Limpias <strong>vuelva a ser parte en el procedimiento con un nuevo letrado</strong>, una vez que ha pagado la fianza correspondiente y a falta de que presente un poder en favor de la procuradora.</p><p>En una providencia a la que ha tenido acceso EFE este viernes, el magistrado une a la causa el escrito en el que <a href="https://www.infolibre.es/temas/manos-limpias/"  >Manos Limpias</a> designa para su representación <strong>a una procuradora y al letrado Antonio Lechuga Carreira</strong> y precisa que el autodenominado sindicato ha pagado el importe requerido para ser parte.</p><p>No obstante, condiciona su personación a que presente <strong>una escritura de poder para pleitos o el correspondiente apoderamiento</strong> en favor de la procuradora.</p><p>Detalla, asimismo, que Manos Limpias actuará junto al resto de acusaciones populares, <strong>unificadas bajo la dirección letrada</strong> <strong>de Hazte Oír</strong>.</p><p>El juez Peinado <a href="https://www.infolibre.es/politica/juez-peinado-expulsa-manos-limpias-causa-begona-gomez_1_2104703.html"  >expulsó a Manos Limpias</a> esta semana de la causa en la que investiga a Begoña Gómez, tras comprobar que <strong>no había entregado el justificante del pago de la fianza</strong> que el instructor impuso para ser acusación popular a las partes que así figuran. </p><p>El juez tomó esta decisión el pasado día 24, el mismo día en que el abogado Carlos Perales comunicó vía burofax <a href="https://www.infolibre.es/politica/abogado-manos-limpias-deja-caso-begona-gomez-abogacia-no-confundida-activismo-politico_1_2103309.html"  >su renuncia a seguir representando al autodenominado sindicato</a> al apreciar que las decisiones de esa asociación responden a "<strong>fines de naturaleza política</strong>" y que "ya no se inspiran prioritariamente en la lógica procesal ni en la solidez de los argumentos jurídicos".</p><p>En su escrito, el letrado expuso que el planteamiento de Manos Limpias es "<strong>incompatible</strong>" con los principios del despacho, dado que "ha ido transformándose de manera paulatina en un asunto cuya exposición y tratamiento exceden del marco jurídico para situarse en el terreno de<strong> </strong>la controversia política y mediática".</p><p>Perales también recordó que el Código Deontológico de la Abogacía Española impone al letrado <strong>el deber de actuar con plena independencia</strong>, preservando la función social de la Abogacía frente a presiones o intereses ajenos al proceso.</p><p>"La utilización del procedimiento judicial como instrumento para la obtención de fines de naturaleza política, ajenos a la estricta resolución de la controversia planteada, sitúa al abogado en una posición que compromete dicha independencia y, en última instancia, erosiona la confianza en la función técnica que debe desempeñar", argumenta.</p><p>En base a esto, el letrado destacó que "la abogacía no puede ser confundida con el activismo político<strong> </strong>ni con la estrategia de comunicación pública" y que "el abogado debe ejercer como operador jurídico, no como agente político o portavoz mediático". Por tanto, seguir en el caso cuando "los mensajes se diseñan más en clave de repercusión pública que de eficacia procesal", implicaría "diluir la frontera esencial entre la defensa técnica del Derecho y la instrumentalización política del proceso".</p><p>Manos Limpias fue la parte que dio origen al <a href="https://www.infolibre.es/politica/caso-begona-cumple-ano-bandazos-lineas-rojas-ignoradas-juez_1_1970382.html"  >procedimiento contra Begoña Gómez</a> al presentar una denuncia de siete páginas <strong>basada en recortes de prensa </strong>-algunos con información falsa- y remitida al Decanato de los Juzgados de Instrucción de Madrid. El titular del Juzgado de Instrucción nº41 de Madrid, Juan Carlos Peinado, aceptó el escrito, y así surgió el <em>caso Begoña</em>.</p>]]></description>
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      <pubDate><![CDATA[Fri, 28 Nov 2025 17:36:16 +0000]]></pubDate>
      <author><![CDATA[infoLibre]]></author>
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      <media:title><![CDATA[El juez Peinado acepta de nuevo a Manos Limpias en la causa contra Begoña Gómez]]></media:title>
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      <media:keywords><![CDATA[Manos Limpias,Juan Carlos Peinado,Investigación,Querellas,Begoña Gómez]]></media:keywords>
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      <title><![CDATA[Investigan por prevaricación a dos miembros del comité que autorizó la eutanasia a Noelia]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.infolibre.es/politica/investigan-prevaricacion-miembros-comite-autorizo-eutanasia-noelia_1_2104967.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.infolibre.es/clip/8f72f66b-6996-4fc9-a059-a1418653b992_16-9-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675" alt="Investigan por prevaricación a dos miembros del comité que autorizó la eutanasia a Noelia"></p><p>Un juzgado de Barcelona ha abierto <strong>diligencias </strong>de investigación a<strong> </strong>dos de los miembros del <strong>comité de evaluación que autorizó la eutanasia de Noelia,</strong> la joven de 24 años afectada por una paraplejia, por los presuntos delitos de falsedad en documento público y prevaricación, según informa EFE.</p><p>La magistrada del juzgado de Instrucción número 20 de Barcelona ha admitido a trámite la querella presentada por la asociación ultracatólica <strong>Abogados Cristianos</strong> contra dos de los miembros de la Comisión de Garantía y Evaluación de Cataluña (CGEC) que<a href="https://www.infolibre.es/politica/jueza-avala-eutanasia-joven-24-anos-paralizo-padre-barcelona_1_1961701.html" target="_blank" > aprobó la eutanasia</a> de Noelia.</p><p>El pasado mes de septiembre, el <strong>Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC)</strong> avaló la decisión de una jueza de Barcelona de<strong> autorizar la eutanasia </strong>de Noelia, cuyo <strong>padre paralizó</strong> in extremis su muerte asistida hace un año con un recurso en los tribunales. </p><p>En su querella contra estos dos miembros del comité de evaluación que intervinieron en la autorización de la muerte asistida de la joven, Abogados Cristianos alegó que<strong> se habían vulnerado las garantías esenciales </strong>al haberse simulado un desacuerdo en el informe clave, por lo que considera que el procedimiento administrativo que avaló la eutanasia de Noelia es "nulo desde el origen".</p><p>En concreto, la querella aducía que ambos miembros, uno en su condición médico y otro como jurista, "reconocieron en sede judicial haber simulado un <strong>desacuerdo en su informe</strong> de 2 de julio de 2024 para poder elevar el caso al pleno de la Comisión"</p><p>Esa simulación, subraya <strong>Abogados Cristianos, </strong>supone<strong> "falsear un documento público </strong>esencial del procedimiento de eutanasia y desvirtuar por completo el cauce legal previsto en la ley".</p><p>En un auto, el juzgado de Instrucción número 20 de Barcelona <strong>ha admitido a trámite la querella</strong> de Abogados Cristianos y abre diligencias de investigación a este médico y a la jurista por los presuntos delitos de falsedad en documento público por funcionario y prevaricación administrativa.</p><p>El auto ordena como primera diligencia, con carácter previo a decidir si toma declaración a los dos querellados, que el juzgado de la Contencioso-Administrativo número 12 de Barcelona remita<strong> testimonio de la sentencia</strong> y la <strong>grabación de la vista</strong> en la que se habrían producido las declaraciones clave de los querellados.</p><p>En un comunicado, la asociación ultracatólica considera que si el informe en el que se basó la decisión de autorizar la eutanasia "está viciado desde el origen, todo el procedimiento es nulo y, por tanto, <strong>no se puede aplicar la eutanasia de Noelia </strong>con mínimas garantías jurídicas".</p><p>Por ello, <strong>pide que se suspenda la eutanasia</strong> mientras se investiga la posible comisión de delitos de falsedad documental y prevaricación.</p>]]></description>
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      <pubDate><![CDATA[Thu, 27 Nov 2025 09:36:58 +0000]]></pubDate>
      <author><![CDATA[infoLibre]]></author>
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      <media:title><![CDATA[Investigan por prevaricación a dos miembros del comité que autorizó la eutanasia a Noelia]]></media:title>
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      <media:keywords><![CDATA[Eutanasia,Tribunales,Justicia,Jueces,Cataluña,Querellas,ultraderecha]]></media:keywords>
    </item>
    <item>
      <title><![CDATA[Rufián, tras la querella del juez Peinado: "Si no cabreara a según quién, no estaría haciendo bien mi trabajo"]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.infolibre.es/politica/rufian-querella-juez-peinado-si-no-cabreara-no-estaria-haciendo-trabajo_1_2075714.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.infolibre.es/clip/78f96b79-b2b0-42eb-8abb-69850a292af0_16-9-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675" alt="Rufián, tras la querella del juez Peinado: "Si no cabreara a según quién, no estaría haciendo bien mi trabajo""></p><p>"El auto del juez Peinado es un absoluto despropósito y las supuestas pruebas que tiene en contra de la mujer del presidente también.<strong> Todo el mundo sabe que el señor Peinado trabaja para el Partido Popular</strong> desde hace muchísimo tiempo. Hasta donde yo sé, es una campaña judicial en contra de la figura del presidente del Gobierno para tumbarlo que engloba a todo su entorno familiar y es algo que nosotros hemos conocido hace mucho tiempo". Estas palabras del portavoz de <a href="https://www.infolibre.es/opinion/columnas/la-guillotina/gabriel-rufian-politico-vida_129_2039052.html"  >Esquerra Republicana en el Congreso, Gabriel Rufián</a>, en RTVE han llevado al citado Juan Carlos Peinado, instructor del <em>caso Begoña Gómez</em>, a presentar una querella contra el político catalán al que acusa de un delito de injurias y pide una indemnización de<strong> 70.000 euros.</strong></p><p>La información, adelantada por el periódico El Confidencial, señala que en su querella Peinado reclama una <span class="highlight" style="--color:initial;"><strong>rectificación pública y una disculpa de Rufián,</strong></span> "mediante una comparecencia institucional o nota de prensa". El juez quiere que el portavoz de Esquerra niegue que él haya prevaricado "ni procedido de forma arbitraria" y que "trabaje para alguien" o que su actuación "obedezca a consignas partidistas o intereses políticos espurios". Rufián no es el primero en su lista de personas contra las que se ha querellado. Peinado ha puesto en marcha la presentación de demandas judiciales <a href="https://www.infolibre.es/politica/juez-peinado-demanda-politicos-periodistas-llamarle-prevaricador_1_2062301.html"  >contra otros ocho políticos y periodistas</a> desde que arrancó su polémica instrucción, entre ellos el ministro del Interior, Fernando Grande-Marlaska, y el de Transportes, Óscar Puente.</p><p>En conversación con <strong>infoLibre</strong>, Rufián se reafirma en sus palabras: "Pienso todo lo que digo. Lo hace para que no se diga más". El líder catalán destaca que esto es parte de "su trabajo" y que es "mucho peor tener a un jefe cabrón encima todo el día por cuatro duros". Y añade: "Si no cabreara a según quién, no lo estaría haciendo bien. No me voy a quejar. <strong>Estas cosas le definen a uno"</strong>. El portavoz de ERC aclara, además, que <strong>todavía no ha recibido notificación alguna</strong>. </p><p>Rufián también aseguró hace solo unas semanas que  la instrucción de Peinado formaba parte de "una ofensiva de una parte del Poder Judicial que se activa con la llamada del <a href="https://www.infolibre.es/politica/faes-aznar-candidato-fantasma_1_2065956.html"  >expresidente Aznar</a> con aquello de quién puede hacer que haga'" y recordó que, por ejemplo, el juez Peinado en un auto llegó a decir que "Begoña Gómez había conocido a la famosa asesora en el tanatorio por la muerte de Begoña Gómez". Una instrucción que, además, también le ha llevado a <strong>visitar en dos ocasiones el palacio de La Moncloa</strong> para tomar declaración <a href="https://www.infolibre.es/politica/pedro-sanchez-acoge-derecho-no-declarar-interrogatorio-rodeado-gritos-consignas-ultras_1_1852594.html" target="_blank">al propio Pedro Sánchez</a> y al ministro <a href="https://www.infolibre.es/politica/juez-peinado-retuerce-tenso-interrogatorio-bolanos-sentarlo-supremo_1_2019960.html" target="_blank">Félix Bolaños</a>, y a recibir <a href="https://www.infolibre.es/politica/supremo-archiva-peticion-peinado-investigar-bolanos-asesora-begona-gomez_1_2031986.html" target="_blank">descalificaciones de bulto del Supremo cuando intentó que el Alto Tribunal actuara contra este último</a>.</p>]]></description>
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      <pubDate><![CDATA[Tue, 07 Oct 2025 09:48:18 +0000]]></pubDate>
      <author><![CDATA[Marta Monforte Jaén]]></author>
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      <media:title><![CDATA[Rufián, tras la querella del juez Peinado: "Si no cabreara a según quién, no estaría haciendo bien mi trabajo"]]></media:title>
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      <media:keywords><![CDATA[Juan Carlos Peinado,Querellas,Gabriel Rufián,Periodismo,Justicia,Política]]></media:keywords>
    </item>
    <item>
      <title><![CDATA[Los autores de la querella contra el rey emérito dan el último paso en el Supremo antes de ir al Constitucional]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.infolibre.es/politica/autores-querella-rey-emerito-dan-ultimo-paso-supremo-constitucional_1_2063913.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.infolibre.es/clip/61044e8e-d348-48bf-b021-3444c1d38c71_16-9-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675" alt="Los autores de la querella contra el rey emérito dan el último paso en el Supremo antes de ir al Constitucional"></p><p><a href="https://www.infolibre.es/politica/grupo-juristas-periodistas-querellan-juan-carlos-i-cinco-delitos-fiscales_1_1903706.html" target="_blank">La querella por cinco delitos fiscales presentada por un grupo de juristas, catedráticos y periodistas el pasado noviembre</a> contra Juan Carlos I por la supuesta comisión de <strong>cinco delitos contra la Hacienda Pública </strong>sigue viva. Sus promotores, entre los que se encuentra el exmagistrado del Supremo <strong>José Antonio Martín Pallín,</strong> el exfiscal anticorrupción <strong>Carlos Jiménez Villarejo</strong> o los periodistas <strong>Josep Ramoneda</strong> y <strong>Pilar del Río,</strong> han presentado ante la Sala de lo Penal del alto tribunal –la misma que archivó el caso el pasado mayo– un incidente de nulidad de actuaciones. Se trata del último trámite antes de la elaboración de un recurso de amparo para presentarlo ante el Tribunal Constitucional.</p><p>Los hechos denunciados se ciñen a las actividades que realizó presuntamente el rey emérito mediante dos fundaciones, <strong>Zagatka, con sede en Liechtenstein y Lucum, en Suiza</strong>, con el objetivo de ocultar sus ingresos y así <strong>evitar pagar impuestos en España</strong>. Según expone la querella, con estas fundaciones, Juan Carlos I habría financiado gastos personales, como por ejemplo viajes de lujo, vuelos e incluso la compra de armas. La <strong>cuantía total de esos delitos sería de más de tres millones</strong> y medio de euros, divididos entre cinco ejercicios fiscales y significarían unas penas de <strong>cárcel que irían de los 2 a los 6 años por cada uno de los delitos</strong> además de tener que pagar en concepto de multa seis veces el importe defraudado.</p><p>El escrito encuadra la actividad ilegal del rey emérito entre los años 2014 y 2018, es decir, <strong>con posterioridad a su abdicación</strong>, la cual se produjo el 19 de junio de 2014. De esta forma, los hechos que exponen <strong>no se encontrarían amparados por la inviolabilidad</strong> que llevaba aparejada su condición de Jefe de Estado y que ha hecho en el pasado descarrilar otros procedimientos en su contra. Aún así, y pese a su abdicación, Juan Carlos I <strong>sigue disfrutando de condición de aforado</strong> por su título de rey emérito, lo que hace que solo le podría juzgar el Tribunal Supremo. En este sentido, en el caso de ser admitida la denuncia, los querellantes <strong>solicitan la declaración de Juan Carlos I</strong>, la cual podría llevarse a cabo mediante videoconferencia desde su residencia en Abu Dhabi.</p><p>Tras recibir la querella, la Sala pidió informe a la Fiscalía que, el pasado marzo r<a href="https://www.infolibre.es/politica/fiscalia-pide-archivo-querella-emerito-cinco-delitos-tributarios_1_1955560.html" target="_blank">eclamó la inadmisión de la querella y su archivo al considerar que no aportaba "ni hechos ni fuentes de prueba distintos"</a> de los que ya tuvo en cuenta el Ministerio Público en 2022 para archivar las diligencias que había abierto contra el padre de Felipe VI. Dos meses después, <strong>el tribunal archivó el caso al considerar que los hechos "no constituyen ilícito penal, se encuentran prescritos o fueron objeto de regularización tributaria".</strong> Los magistrados acusaron a los querellantes de hacer una "selección fragmentada e interesada" de las diligencias que en su día elaboró y archivó la Fiscalía. <strong>"Nada ha cambiado tres años después para alzar la razonada y congruente decisión de la Fiscalía y acordar la apertura de un proceso penal"</strong>, mantuvieron.</p><p>El incidente de nulidad presentado ahora por los querellantes acusa a la Sala de haber incurrido en <strong>"incongruencia omisiva"</strong>, un vicio procesal consistente en dejar de responder las pretensiones de las partes. Ese vicio, según el escrito <strong>habría conculcado el derecho a la tutela judicial efectiva de los juristas y escritores autores de la iniciativa</strong>. Los magistrados, según el documento, habrían vulnerado ese mismo derecho fundamental <strong>al denegar las pruebas que se solicitaron</strong>: las diligencias de investigación de la Fiscalía archivadas en 2022, las notificaciones enviadas a la representación del emérito avisándole de la existencia de esas diligencias, un informe de Hacienda sobre la fecha en la que se detectó la existencia de posibles delitos cometidos por el monarca y otro sobre las medidas adoptadas por la Agencia Tributaria para depurar responsabilidades administrativas o penales. </p><p><strong>El previsible rechazo a este último recurso dará fin la vía penal</strong> ante los tribunales ordinarios y abrirá la posibilidad de actuar ante el Tribunal Constitucional mediante la interposición de un recurso de amparo. <strong>El objetivo es que el órgano de garantías </strong>aprecie la vulneración de la tutela judicial efectiva que denuncian los querellantes y <strong>obligue al Supremo a admitir e instruir la querella</strong>.  </p>]]></description>
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      <pubDate><![CDATA[Tue, 16 Sep 2025 15:51:05 +0000]]></pubDate>
      <author><![CDATA[Manuel Altozano]]></author>
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      <media:title><![CDATA[Los autores de la querella contra el rey emérito dan el último paso en el Supremo antes de ir al Constitucional]]></media:title>
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      <media:keywords><![CDATA[Juan Carlos I,Corrupción,Fraude fiscal,Delitos,Tribunal Supremo,Tribunal Constitucional,Querellas,Agencia Tributaria,Fiscalía]]></media:keywords>
    </item>
    <item>
      <title><![CDATA[Vox, Manos Limpias o Abogados Cristianos: los querellantes contra políticos que atascan el Supremo]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.infolibre.es/politica/vox-manos-limpias-abogados-cristianos-querellantes-politicos-atascan-supremo_1_2059563.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.infolibre.es/clip/b51f6e20-2de1-4ef1-93bb-b9134b12100b_16-9-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675" alt="Vox, Manos Limpias o Abogados Cristianos: los querellantes contra políticos que atascan el Supremo"></p><p>Lo que la derecha y la ultraderecha española no gana en el juego de mayorías y minorías en el Parlamento, lo lleva directamente al Supremo. <strong>Por lo Penal. Como si sus adversarios políticos hubieran cometido un delito</strong>. La Sala Segunda del Alto Tribunal, la que lleva estas causas criminales contra miembros del Gobierno, parlamentarios y otros aforados, <a href="https://www.infolibre.es/politica/querellas-aforados-recorrido-atascan-tribunal-supremo_1_2056519.html" target="_blank">lleva meses avisando del atasco que estas denuncias y querellas sin ningún tipo de futuro provocan en el trabajo de los magistrados</a>. La avalancha de este tipo de escritos obliga a que cinco magistrados deliberen sobre su admisión y a designar un ponente que se estudie cada caso y elabore <strong>una resolución que en más del 90% de los casos es de archivo</strong>. Pero sus autores, en su mayoría partidos o personajes ligados a la ultraderecha o satélites del PP, no se conforman y recurren, duplicando el trabajo del órgano.</p><p><strong>Es lo que, en argot jurídico, se denomina "querulantes"</strong>, un término que, según la definición del diccionario de la Real Academia de la Lengua, define a los<strong> "querellantes patológicos"</strong>. Gente que lleva a los tribunales cualquier asunto cuando no obtiene la razón por otras vías, pese a que los órganos judiciales les cierren casi sistemáticamente el paso. En esa categoría entra, con mucha ventaja respecto de los demás, <strong>el partido de ultraderecha Vox</strong>. También lo hace un clásico que, a través de la acción popular, trata de poner la justicia al servicio de intereses espurios: <a href="https://www.infolibre.es/politica/guerra-sucia-manos-limpias-pincha-hueso_1_1841448.html" target="_blank">el pseudosindicato ultra Manos Limpias del exfalangista Miguel Bernad</a>. Y aparecen otros grupos afines ultrarreligiosos como <strong>Abogados Cristianos o Hazte Oír.</strong> Incluso grupos conspiracionistas, <strong>como Liberum o Iustitia Europa</strong>, o que forman parte del <strong>lobby proisraelí como ACOM</strong>.</p><p>El fenómeno ya fue denunciado en noviembre de 2024 por la magistrada progresista Ana Ferrer. <a href="https://www.infolibre.es/politica/ana-ferrer-candidata-progresista-sala-supremo-pp-quiso-controlar-detras_1_1923263.html" target="_blank">La excandidata a presidir la Sala de lo Penal –que se retiró de la carrera ante el bloqueo del sector conservador– explicó en su programa de actuación</a> con el que aspiraba a ese puesto que este tipo de causas, solo en 2023, habían crecido un 191% con 204 asuntos registrados (70 en el año anterior). En 2024, la incidencia de estos asuntos ha remitido: el número de casos contra aforados se situó el año pasado en 136, <strong>según la Memoria de la Fiscalía</strong>, presentada por el fiscal general, Álvaro García Ortiz, el pasado viernes. <strong>En cualquier caso, el dato sigue duplicando a la cifra registrada en 2022</strong>. De ellas, solo el 7% (10 causas) seguían abiertas a finales del año pasado.</p><p>Se trata de un campo abonado para formaciones políticas y organizaciones de la<strong> órbita del </strong><em><strong>trumpismo</strong></em><strong> español</strong>. El partido de Santiago Abascal, por ejemplo, se querelló contra el ministro del Interior, Fernando Grande-Marlaska, y el delgado del Gobierno en Madrid por la actuación de la policía frente a las <strong>concentraciones ultras a las puertas de la sede del PSOE</strong> tras las elecciones de 2023. También contra el presidente del Gobierno por pactar con Junts y el resto de sus socios <strong>la ley de amnistía</strong>, o contra los miembros de la Mesa del Congreso que dieron luz verde a su tramitación. Pedro Sánchez también fue objeto de querellas por presentar su libro <em>Tierra Firme</em> en el Círculo de Bellas Artes de Madrid. Junto a Hazte Oír, Vox actuó <a href="https://www.infolibre.es/politica/supremo-reitera-juzgar-penalmente-magistrados-tc-sentencias-ley_1_1940524.html" target="_blank">contra los magistrados del Tribunal Constitucional que en junio de ese año anularon las sentencias del caso ERE</a> que afectaban a dos presidentes y varios consejeros socialistas de la Junta de Andalucía. O contra el presidente catalán, Salvador Illa, por supuestas irregularidades en la contratación de material sanitario contra la covid durante su anterior etapa como ministro de Sanidad.</p><p><strong>Manos Limpias prefiere la denuncia a la querella</strong>. Y presentada, como otras veces en las que sí le ha dado resultado, con la única prueba de informaciones de periódicos afines a su ideología. A Sánchez lo han acusado de usurpación de funciones por el acuerdo de Gobierno con Junts sobre el perdón a los líderes independentistas. Contra el expresidente catalán <strong>Carles Puigdemont</strong> también han actuado por una serie de opiniones sobre la justicia española publicadas en su perfil de Instagram. O por la referencia al <em>lawfare</em> que se contenía en el acuerdo con la formación independentista. El querulante Miguel Bernad sí ha conseguido personarse como acusación popular en<a href="https://www.infolibre.es/politica/hurtado-impone-garcia-ortiz-fianza-desproporcionada-dano-moral-novio-ayuso-supremo-no-aprecio_1_2059828.html" target="_blank"> el caso abierto contra el fiscal general del Estado por revelación de secretos</a>, un delito que el jefe de la Fiscalía niega y del que el instructor, Ángel Hurtado, no ha hallado, hasta el momento, una sola prueba.</p><p>Otra de las organizaciones que recurre a este tipo de escritos es <a href="https://www.infolibre.es/politica/abogados-cristianos-historial-denuncias-mediaticas-derrotas-judiciales_1_2046443.html" target="_blank">Abogados Cristianos</a>. Lo ha intentado <strong>contra el Defensor del Pueblo, Ángel Gabilondo, por su informe sobre los abusos sexuales contra menores en el seno de la Iglesia</strong>. Pero también contra el presidente del Tribunal Constitucional, <strong>Cándido Conde-Pumpido</strong>, por una supuesta colaboración con el Gobierno en la elaboración de la ley de amnistía. En ambos casos, la fundación ultracatólica no solo no se conformó con el archivazo a sus querellas de todo punto infundadas, sino que presentó recurso contra ellas, duplicando el trabajo de los magistrados. </p><p>Otro de los recurrentes a este tipo de escritos es <strong>el abogado ultraderechista Aitor Guisasola y su asociación Movimiento por la Regeneración Política de España</strong>. Se trata de una de las acusaciones populares admitidas por el juez de instrucción de Madrid Juan Carlos Peinado en su polémica causa contra la esposa del presidente del Gobierno. Su batalla en el Supremo contra el jefe del Ejecutivo se ha centrado, sobre todo, <strong>en la presentación de su libro</strong>, contra la que ha intentado pleitear alegando usurpación de funciones o malversación, al tratarse, en su opinión de un acto privado para el que, sostiene, se usaron fondos públicos. También participó junto a otros querulantes en la campaña judicial para <strong>culpar al Ejecutivo de la gestión de la dana</strong> de Valencia del pasado 29 de octubre.</p><p>Los conspiracionistas antivacunas de la asociación <strong>Liberum</strong>, contrarios a las medidas sanitarias de prevención durante la pandemia de covid (como el uso obligatorio de mascarillas), han usado esta vía para querellarse contra los políticos que las adoptaron y los magistrados que las validaron.<strong> Incluso fueron contra el director general de la Organización Mundial de la Salud</strong>. Junto a Vox y otras asociaciones ultras, se querellaron contra la exministra de Igualdad, <strong>Irene Montero (Podemos)</strong>, por defender públicamente el derecho de los niños y niñas a tener educación sexual, acusándola de un delito contra indemnidad sexual, de corrupción de menores o de provocación a la agresión de menores o a la prostitución. Contra la vicepresidenta y ministra de Hacienda, <strong>María Jesús Montero</strong>, se querellaron por revelación de secretos después de que pidiera públicamente que la presidenta madrileña, Isabel Díaz Ayuso (PP), diera explicaciones sobre si el piso en el que vive se sufragó con el fraude fiscal confesado por su pareja. </p><p>Iustitia Europa, muy próxima a Liberum, se ha querellado por delito de odio contra la ministra de Sanidad, <strong>Mónica García</strong>, por decir que "las <strong>pseudoterapias</strong> solo tienen efectos en el bolsillo en el mejor de los casos. La falta de evidencia científica no solo es un engaño, también puede poner en riesgo la salud". Pero como en el resto de los casos, también han intentado actuar contra el presidente del Gobierno por supuestamente destinar dinero de los presupuestos inicialmente previsto para las Fuerzas Armadas españolas a Ucrania. Iustitia Europa también está admitida como acusación popular junto a Manos Limpias en el <em><strong>caso Begoña Gómez,</strong></em> que instruye el juez Peinado.</p><p>Además de la magistrada Ferrer, la Sala de lo Penal a la que pertenece también ha tenido ocasión de denunciar el problema en diversas resoluciones. En marzo, por ejemplo, reprochó a Manos Limpias sus continuas denuncias contra Sánchez basadas en "recortes de prensa" y <strong>acusó al sindicato ultra de actuar en "fraude de ley"</strong> y de utilizar el Supremo como "un juzgado de guardia de cualquier asunto mediático". </p><p>En junio volvió a cargar contra el supuesto colectivo que preside Miguel Bernad acusándole de tratar de abrir "una macrocausa general contra el Gobierno" <strong>con el único objetivo de acceder a "información sensible"</strong>. Manos Limpias había intentado unificar en la Sala de lo Penal el caso del fiscal general, el de Ábalos y Koldo, el paso de la vicepresidenta venezolana <strong>Delcy Rodríguez </strong>por España y la investigación sobre Begoña Gómez. Sin embargo, el Alto Tribunal sigue aceptando al grupo en causas muy trascendentes como el <em>caso Koldo</em> o en la del fiscal general del Estado.</p><p>El Gobierno ha puesto en marcha a través de dos iniciativas –la nueva Ley de Enjuiciamiento Criminal y una proposición de ley del PSOE– <a href="https://www.infolibre.es/politica/psoe-registra-ley-prohibe-acusacion-popular-partidos-inadmitir-querellas-recortes-prensa_1_1926502.html" target="_blank">el mecanismo para racionalizar este tipo de denuncias mediante la limitación de la acción popular</a>, una anomalía procesal que solo existe en España, pero que está reconocida en la Constitución. Se trata, precisamente, de <strong>prohibir la acción popular a los partidos políticos</strong> y evitar que se utilice, como ahora, de forma abusiva y acabar con las <strong>filtraciones interesadas </strong>de los colectivos escasamente representativos que la ejercen. Para ello, los socialistas quieren que estos grupos solo puedan actuar en la fase de juicio y no en la instrucción. Limitar este tipo de denuncias y querellas ha sido un objetivo común del PP y el PSOE en los últimos 15 años, aunque el partido de Alberto Núñez Feijóo ahora se opone a la reforma. </p><p>Mientras, estas asociaciones no dejan de pleitear sin el más mínimo rigor jurídico ante la más alta instancia penal española sin lograr resultado. Uno de sus últimos intentos, también infructuoso, fue, precisamente, intentar que el Supremo investigara a los políticos que quieren poner fin a esta situación limitando su acceso a los tribunales para este tipo de asuntos. <strong>Como más del 90% de estas querellas contra aforados, la iniciativa terminó en el cajón.</strong></p>]]></description>
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      <pubDate><![CDATA[Sat, 13 Sep 2025 18:04:45 +0000]]></pubDate>
      <author><![CDATA[Manuel Altozano]]></author>
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      <media:title><![CDATA[Vox, Manos Limpias o Abogados Cristianos: los querellantes contra políticos que atascan el Supremo]]></media:title>
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      <media:keywords><![CDATA[Tribunales,Tribunal Supremo,Política,Politización de la Justicia,Querellas]]></media:keywords>
    </item>
    <item>
      <title><![CDATA[El Supremo archiva las querellas y denuncias contra Pedro Sánchez y 6 ministros por la dana]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.infolibre.es/politica/supremo-archiva-querellas-denuncias-pedro-sanchez-6-ministros-dana_1_2039922.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.infolibre.es/clip/061ac66f-d9cd-47b2-ac13-3372b070a237_16-9-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675" alt="El Supremo archiva las querellas y denuncias contra Pedro Sánchez y 6 ministros por la dana"></p><p><strong>El Tribunal Supremo ha archivado las diferentes querellas y denuncias</strong> interpuestas por distintos colectivos y asociaciones contra el presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, y seis ministros por su supuesta inactividad ante la dana que afectó a Valencia en octubre de 2024. Ha informado EFE. </p><p>La Sala de lo Penal del alto tribunal argumenta, en lo referido a los aforados querellados y denunciados, que "los hechos imputados en las mismas <strong>no son constitutivos de delito"</strong>, informa el Supremo este miércoles.</p><p><strong>Las acciones judiciales</strong> se dirigían contra el presidente del Ejecutivo, Pedro Sánchez, los ministros Fernando Grande-Marlaska, Ángel Víctor Torres, Margarita Robles, María Jesús Montero y Félix Bolaños, y la ya exministra Teresa Ribera.</p><p>Ahora, la Sala de lo Penal, en un auto del que es ponente Andrés Palomo Del Arco, las archiva, precisando que adopta esta decisión sin perjuicio de que si el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción numero 3 de Catarroja (Valencia), que investiga los hechos, <strong>encuentra indicios cualificados de delito por parte de cualquiera de ellos</strong>, envíe una exposición motivada para el alto tribunal investigue y enjuicie en su caso al aforado.</p><p>El auto sostiene que en el Derecho Penal español no existe la responsabilidad penal por el desempeño de un cargo y asevera que "la toma de decisiones discrecionales de un presidente del Gobierno no puede convertirse en fuente de responsabilidad penal, porque se considere que la opción escogida <strong>no era la más adecuada o la más eficaz</strong> para la obtención de los objetivos programados".</p><p>Por eso concluye que<strong> una responsabilidad administrativa</strong> <a href="https://www.infolibre.es/politica/jueza-dana-califica-erroneo-e-incompleto-informe-guardia-civil-senalaba-confederacion-jucar_1_2039702.html"  >"no determina correlativamente una responsabilidad penal"</a>, ni tampoco "el aforamiento determina impunidad alguna", todo ello ante unas querellas y denuncias formuladas "en modo abstracto" y "sin descripción de singularidad de conductas, ni concretas relaciones causales en cada específico supuesto delictivo".</p><p>Por estos motivos "resultan inexorablemente destinadas al archivo".</p><p>Subraya la Sala que la calificación jurídica de un hecho "no puede hacerse depender de la entidad de la tragedia acaecida y sus consecuencias, ni por el legítimo desacuerdo con <strong>decisiones de gobierno que pueden considerarse desacertadas"</strong>.</p><p>"Y de contrario, una resolución de archivo acordada por esta Sala no santifica actuaciones erróneas y de graves consecuencias sociales, aunque no tengan relevancia penal", añade, incidiendo en que a su competencia es únicamente <strong>examinar la posible existencia de responsabilidad criminal</strong>.</p><p><a href="https://www.infolibre.es/politica/juzgado-investiga-filtracion-audio-aemet-112-dia-dana_1_2032568.html"  >Las acciones judiciales estudiadas por el Tribunal Supremo</a> se dirigían también contra otras autoridades, como el presidente de la Generalitat valenciana, Carlos Mazón, los presidentes de las Confederaciones Hidrográficas del Júcar y del Turia o la presidenta de la Agencia Estatal de Meteorología, sobre las cuales la Sala <strong>rechaza la competencia al no ser aforados ante la misma</strong>.</p><p>Asimismo, añade que en ninguna de las denuncias y querellas "se alega ni resulta de su contenido la inescindibilidad de <strong>la investigación y enjuiciamiento</strong> de alguna de las personas querelladas no aforadas con cualquiera de los aforados".</p><p>Los magistrados recuerdan que todas las denuncias y querellas acumuladas tienen como elemento común la depresión aislada en niveles altos (dana) acaecida el pasado 29 y 30 de octubre, fundamentalmente en la provincia de Valencia y que <strong>provocó inundaciones masivas y corrientes embravecidas</strong> que arrasaron todo a su paso, con el triste balance de más de 200 muertos e innumerables daños materiales.</p><p>Indican que "la dimensión de la tragedia que concita las denuncias y querellas presentadas necesariamente viene acompañada de <strong>una especial conmoción por las víctimas de la misma"</strong>,<strong> </strong>pero esto no evita que el Supremo se tenga que ceñir a los hechos imputados a las personas aforadas. </p>]]></description>
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      <pubDate><![CDATA[Wed, 30 Jul 2025 14:26:27 +0000]]></pubDate>
      <author><![CDATA[infoLibre]]></author>
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      <media:title><![CDATA[El Supremo archiva las querellas y denuncias contra Pedro Sánchez y 6 ministros por la dana]]></media:title>
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      <media:keywords><![CDATA[Alerta por la DANA,Querellas,Pedro Sánchez,Tribunales]]></media:keywords>
    </item>
    <item>
      <title><![CDATA[La Fiscalía pide el archivo de la querella contra el emérito por cinco delitos tributarios]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.infolibre.es/politica/fiscalia-pide-archivo-querella-emerito-cinco-delitos-tributarios_1_1955560.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.infolibre.es/clip/37a45068-4296-4485-b410-c83dac7918fe_16-9-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675" alt="La Fiscalía pide el archivo de la querella contra el emérito por cinco delitos tributarios"></p><p>La Fiscalía del <a href="https://www.infolibre.es/politica/ts-activa-maquinaria-caso-emerito-delito-fiscal-son-pasos-daran-denunciantes_1_1952668.html" target="_blank" >Tribunal Supremo</a> ha pedido la inadmisión y archivo de <a href="https://www.infolibre.es/politica/grupo-juristas-periodistas-querellan-juan-carlos-i-cinco-delitos-fiscales_1_1903706.html" target="_blank" >la querella presentada hace unos meses</a> por un grupo de magistrados y fiscales jubilados contra <strong>el rey emérito por cinco delitos contra la Hacienda Pública</strong> que podrían haberse cometido en las declaraciones tributarias correspondientes a los años comprendidos entre el 2014 y el 2018. </p><p>Según ha informado en un comunicado que recoge EFE, la Fiscalía considera que en la querella<strong> "no se aportan ni hechos ni fuentes de prueba distintos"</strong> a los que ya consideró el ministerio público en 2022 para archivar "tras una exhaustiva investigación" las diligencias que abrió dos años antes en relación al rey Juan Carlos.</p><p>Entre los querellantes figuran <strong>José Antonio Martín Pallín</strong>, magistrado jubilado del Supremo y fiscales anticorrupción retirados, como <strong>Carlos Jiménez Villarejo y José María Mena</strong>, además de periodistas y filósofos.</p><p>El ministerio público recuerda que en el decreto de archivo de las diligencias abiertas el 18 de junio de 2020 hizo constar que la investigación desarrollada <strong>"no permite ejercitar acción penal alguna </strong>contra S.M. D. Juan Carlos de Borbón en atención a las diferentes razones que se exponen a lo largo del Decreto —básicamente, la insuficiencia de indicios incriminatorios, la prescripción del delito, la inviolabilidad del Jefe del Estado o la regularización fiscal—". </p><p>No obstante, subraya que la actuación de<strong> la Fiscalía permitió recuperar 5.095.148 euros </strong>para las arcas públicas, "cuantía correspondiente a las cuotas tributarias adeudadas por S.M. D. Juan Carlos de Borbón a la Hacienda Pública, incluyendo los oportunos recargos e intereses de demora”.</p><p>Y en cuanto a las segundas diligencias de investigación que abrió el 5 de noviembre de 2020, la Fiscalía recuerda que, como señaló en su día, “entre 2004 y 2021<strong> no existe indicio alguno </strong>que permita vincular The JRM 2004 Trust con S.M. D. Juan Carlos de Borbón, ni en su gestión ni en la capacidad para disponer de los fondos". "En ningún momento ha tenido la condición de beneficiario del trust ni consta que haya percibido cantidad alguna de sus cuentas", añade.</p><p>En todo caso, a partir del 19 de junio de 2014, fecha de la abdicación de Juan Carlos I y del fin de su inviolabilidad, las disposiciones del JRM 2004 Trust fueron, según la Fiscalía, "en unas cuantías que en ningún caso alcanzarían la cuota correspondiente a un delito contra la Hacienda Pública, aún cuando tales fondos hubieran sido <strong>eventualmente entregados a un contribuyente español,</strong> algo de lo que no existe constancia alguna”. </p>]]></description>
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      <pubDate><![CDATA[Thu, 06 Mar 2025 08:37:42 +0000]]></pubDate>
      <author><![CDATA[infoLibre]]></author>
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      <media:title><![CDATA[La Fiscalía pide el archivo de la querella contra el emérito por cinco delitos tributarios]]></media:title>
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      <media:keywords><![CDATA[Juan Carlos I,Querellas,Fraude fiscal,Hacienda pública,Fiscalía,El futuro de la monarquía,Tribunal Supremo]]></media:keywords>
    </item>
    <item>
      <title><![CDATA[Un juez procesa al humorista Quequé por bromear con dinamitar el Valle de los Caídos]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.infolibre.es/politica/humorista-queque-procesado-querella-abogados-cristianos-bromear-dinamitar-valle-caidos_1_1947596.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.infolibre.es/clip/04da6a3f-403d-42bc-a3fd-d99f5b7b2238_16-9-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675" alt="Un juez procesa al humorista Quequé por bromear con dinamitar el Valle de los Caídos"></p><p>Un juez de Madrid ha propuesto sentar en el banquillo por un <strong>presunto delito de odio </strong>al humorista Héctor de Miguel, conocido como Quequé, por bromear en su programa radiofónico con <strong>dinamitar el Valle de los Caídos</strong> y apedrear a sacerdotes pederastas. Unas palabras con las que, según indicó Quequé en su comparecencia el 23 de enero ante el juez, estaba bromeando "<strong>exclusivamente con su público</strong>" del programa<em> Hora Veintipico</em> de la Cadena Ser, según recoge EFE. </p><p>El titular del Juzgado de Instrucción 38 de Madrid, que abrió la causa tras la<strong> querella interpuesta por la organización ultra Abogados Cristianos</strong>, dictó ese mismo día una resolución, a la que ha tenido acceso EFE este miércoles, en la que ve indicios de un delito de odio en sus palabras.</p><p>Según el magistrado, "se trata de expresiones de naturaleza ofensiva, que <strong>no suponen una mera exageración o hipérbole</strong>, sino que implican la imputación de un delito sumamente grave a todo un colectivo, llamando por ello a agredirles mediante el lanzamiento de piedras".</p><p>En su auto de pase a procedimiento abreviado (equivalente al procesamiento), el juez considera que "no puede entenderse que estas expresiones queden amparadas" por la <strong>libertad de expresión o creación artística</strong> "ni que supongan un ejemplo de humor sarcástico".</p><p>Y va más allá al afirmar "que entrañan una imputación gratuita, mendaz y directamente ofensiva" realizada con publicidad en un programa con<strong> decenas de miles de oyentes</strong>, que "puede resultar idónea para generar en parte de la audiencia, aun indirectamente, <strong>sentimientos de odio u hostilidad </strong>contra el colectivo concreto al que se refieren, por motivos relativos a su religión o creencias".</p><p>"En definitiva, no se trata de castigar idea o expresiones, sino una<strong> incitación al odio u hostilidad</strong>, infringiendo valores constitucionales de convivencia, dignidad humana y no discriminación", zanja en su auto, contra el que cabe recurso. </p>]]></description>
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      <pubDate><![CDATA[Wed, 19 Feb 2025 13:22:02 +0000]]></pubDate>
      <author><![CDATA[infoLibre]]></author>
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      <media:title><![CDATA[Un juez procesa al humorista Quequé por bromear con dinamitar el Valle de los Caídos]]></media:title>
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      <media:keywords><![CDATA[Abogados,Querellas,Valle de los Caídos,Humor,Tribunales]]></media:keywords>
    </item>
    <item>
      <title><![CDATA[La Justicia inadmite las querellas y denuncias contra Mazón por la gestión de la dana]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.infolibre.es/politica/justicia-inadmite-querellas-denuncias-mazon-gestion-dana_1_1920079.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.infolibre.es/clip/827fd5be-b26b-44ef-a91d-3416df40e6ed_16-9-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675" alt="La Justicia inadmite las querellas y denuncias contra Mazón por la gestión de la dana"></p><p>La Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia valenciano ha dictado un auto en el que acuerda inadmitir las tres querellas y las cuatro denuncias interpuestas contra el president de la Generalitat,<strong> Carlos Mazón</strong>, por la gestión de la dana, tal y como había solicitado el Ministerio Fiscal.</p><p>Según informa el TSJCV, en cualquier caso, como advierten los magistrados en su resolución, la inadmisión de estas denuncias y querellas no implica que sus impulsores “<strong>queden privados del ejercicio de la acción penal</strong>”, pues pueden instar si lo desean la incoación de este procedimiento preliminar en el “hábitat natural de los Juzgados de Instrucción”.</p><p>Entre las decisiones que puede adoptar en un futuro el juez de Instrucción que resulte competente —detalla la Sala—, una vez agotada la instrucción y practicadas las diligencias de investigación necesarias, está la de e<strong>levar una exposición razonada al TSJ</strong> si constan “indicios sólidos contra la persona aforada frente a la que si dirigió la querella”.</p><p>La Sala, que ya había acumulado mediante una providencia esas denuncias y querellas en una misma causa, aplica en su resolución la jurisprudencia del Tribunal Supremo según la cual se exige la presencia de “<strong>indicios cualificados contra personas aforadas</strong> para no sustraer las investigaciones de su ámbito primario natural”.</p><p>Los magistrados no aprecian, en los relatos de hechos “plurales” y de “procedencia diversa” que realizan los denunciantes y querellantes, indicios “objetivados que con <strong>consistencia o solidez</strong>” que puedan llevar a declarar la competencia del Alto Tribunal valenciano para investigar al aforado en esta sede jurisdiccional en estos momentos.</p><p>Coincide el Tribunal con el informe de la Fiscalía en que las imputaciones realizadas, en su mayoría relativas la<strong> omisión de decisiones </strong>que hubieran evitado o mitigado el fatal resultado por el número de fallecidos —223 según la última cifra oficial—, derivan de una “relación causa/efecto” y una atribución de responsabilidad penal que atiende exclusivamente al resultado, “al margen de la concreta intervención de los denunciados que, a día de hoy, no consta singularizada”.</p><p>“La Sala no es insensible a la tragedia ocurrida. El punto de partida, deberes inexcusables de las autoridades que en sus <strong>respectivos campos de actuación </strong>han de adoptar las medidas preservar a los ciudadanos del riesgo de inundaciones como las vividas, y el punto de llegada, personal y materialmente aterrador, no son controvertidos”, recoge el auto.</p><p>Sin embargo, “ninguno de los actos iniciadores que se han descrito en los antecedentes de esta resolución <strong>ofrecen ese cuadro indiciario de cierto nivel </strong>que se precisa para asumir nuestra competencia”, precisa a continuación.</p><p>En esta línea, el TSJCV alude también a la jurisprudencia del Supremo para referirse al denominado “<strong>principio de culpabilidad por el hecho propio</strong>”, que impide que puedan realizarse “atribuciones objetivas de responsabilidad por el mero hecho de la posición o cargo que una persona concreta ostente en la organización, por muy alto que este sea”.</p><p>Por ello, la parte dispositiva del auto declara la competencia de la Sala <strong>exclusivamente para dictar esta resolución en relación al aforado </strong>—y no a los otros denunciados (la exconsellera de Justicia Salomé Pradas y otros dos exresponsables de ese departamento)— y establece la inadmisión de las denuncias y querellas y el archivo de las actuaciones, “sin perjuicio, en su caso, de lo que pueda derivarse de una eventual investigación realizada por el juzgado de Instrucción que corresponda”.</p>]]></description>
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      <pubDate><![CDATA[Mon, 23 Dec 2024 11:25:13 +0000]]></pubDate>
      <author><![CDATA[infoLibre]]></author>
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      <media:title><![CDATA[La Justicia inadmite las querellas y denuncias contra Mazón por la gestión de la dana]]></media:title>
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      <media:keywords><![CDATA[Alerta por la DANA,Carlos Mazón,Justicia,Querellas,Comunitat Valenciana]]></media:keywords>
    </item>
    <item>
      <title><![CDATA[Manual en tres fases para la generación de fango]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.infolibre.es/opinion/columnas/desde-la-tramoya/manual-tres-fases-generacion-fango_129_1918500.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.infolibre.es/clip/d2d858bb-3e72-4ab9-83e5-a940e4fdaef3_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675" alt="Manual en tres fases para la generación de fango"></p><p>Es casi gratuito. Si tienes pocos escrúpulos, unos cuantos contactos y mucha inquina personal (o te sientes implicado en una misión salvífica, religiosa o política), podrás amargar la existencia y<strong> provocar la caída en desgracia de tu enemigo preferido</strong>, sea éste ministro o familia de ministra, político, artista, empresario o periodista. Puede ser en realidad cualquiera, porque ¿quién no ha infringido alguna vez alguna norma, aunque solo fuera llevarse un paquete de folios de la oficina o cargar un producto de cosmética en la cuenta corporativa? Sigue estos sencillos tres pasos y podrás ser partícipe del ambiente pestilente que se está consolidando en España.</p><p><em><strong>Primera fase: pon una querella.</strong></em> Lo dicho: hay un catálogo generoso de delitos que pueden ajustarse a tu objetivo: calumnias, injurias, odio, amenazas, ofensa al sentimiento religioso… O malversación, corrupción, administración desleal, intrusismo, apropiación indebida, plagio, amenazas… Necesitas poca base para registrar la querella. Aunque hay jurisprudencia que limita esa posibilidad, hay jueces muy proclives a admitir a trámite acusaciones poco o nada fundadas, incluso aunque contradigan informes forenses exculpatorios.<strong> Basta con unos buenos “indicios”</strong>. Una abogada te redacta una querella sencilla por menos de 300 euros, pero es mejor que cuentes con organizaciones especializadas que harán el trabajo gratis, y mejor si tu víctima les merece el esfuerzo. Algunas bien financiadas están dispuestas a manchar de mierda sus limpias manos para ayudarte. No hace falta que tú hayas sido afectado por el supuesto delito. Puedes ejercer –esas organizaciones lo saben muy bien– como acusación popular aunque no te afecten en nada las supuestas tropelías de tu víctima. “La Justicia” se nos presenta en sociedad como una entidad sagrada, neutral y objetiva, y tú deberás mantener ese mito en tus acciones. Pero es bien sabido que la Justicia, con toda su mayúscula solemnidad, es en realidad <strong>un conjunto de jueces, fiscales y funcionarios con querencias, prejuicios y manías</strong>. La mayoría es respetabilísima y responsable y buena parte de su trabajo se dedica a delitos menores, cosas de tráfico de drogas y alcoholemia, disputas entre particulares sin repercusión pública… Sin embargo, buscando tú como buscas la mayor expansión del fango, confiarás en que tu querella caiga en manos de uno de los también abundantes jueces de instrucción que están empeñados en empurar a los representantes de las muy corruptas instituciones de España. La Justicia es lentísima para casi todo, pero por milagro se acelera en algunos momentos: como cuando se trata de admitir a trámite e iniciar una instrucción contra algún personaje público. Luego la instrucción puede ser larga. Esto es bueno, muy bueno: como el juez no tiene plazo para cerrarla, puede estar durante meses citando a tu víctima, que pasará a ser imputada (ahora se dice investigada, pero es lo mismo); y también a otras víctimas colaterales y a un número ilimitado de testigos. Podrá solicitar las pruebas que quiera, registrar domicilios, requisar teléfonos y ordenadores… Esto es muy productivo si lo combinas bien con la fase segunda.</p><p><em><strong>Segunda fase, filtra tu acusación a la prensa:</strong></em> También para esto hay una buena oferta en España. Hay medios y panfletos y activistas exitosos en las redes sociales, ansiosos por publicar exclusivas con víctimas como la tuya. <strong>Les protege el sacrosanto derecho a la información</strong>. Déjate llevar por tu reportero cómplice. Él sabe cómo se hace. Tu víctima puede pedir también la protección de su honor. Se han dado casos. Y es posible que, expandido el fango, finalmente tu víctima sea declarada inocente. Pero ya será demasiado tarde. Habrán pasado años y su reputación estará destruida para entonces y la rehabilitación será ya imposible o inútil. Como tu informador cómplice está obligado a proteger a su fuente, nadie podrá cuestionar el origen de su información. Por lo demás, las filtraciones están a la orden del día: los propios juzgados y las comisarías son pozos por los que escapan los documentos supuestamente reservados. Si tu cómplice periodista o activista tiene éxito, le llamarán de las televisiones y las radios para que cuente con ‘objetividad’ las maldades de tu víctima, que se sentirá ya angustiada por su incapacidad para responder a las acusaciones.<strong> El fango empieza así a extenderse</strong>. Tu cómplice irá dosificando la información acompasándola con las actuaciones judiciales. No hace falta que el juez y el periodista se conozcan ni concierten sus trabajos. Aplicando la nueva máxima del “quien pueda hacer que haga”, cada uno actuará según le corresponda y alargará el proceso para que se hable de tu víctima el tiempo necesario.</p><p><em><strong>Tercera fase, politiza la causa.</strong></em> Necesitarás ahora a algún político que multiplique el fango en progresión geométrica. Un grupo que formule preguntas parlamentarias, portavoces que señalen a tu víctima sin pudor asociando su persecución a una causa mayor: <strong>el bien del país, el respeto a la Justicia, la limpieza de nuestras instituciones democráticas</strong>. Una vez politizada, la narración ya se expande sola y se alimenta, generando nuevas subtramas de manera orgánica: reacciones de la oposición, tertulianos que actúan como el coro en las tragedias griegas, conversaciones populares de sobremesa. Quizá notes deseos de vomitar en esta fase, pero no vas a ponerte exquisito ya a estas alturas, de modo que esas arcadas serán pasajeras. Porque notarás, en fin, lo agradable que es vivir en una democracia que ha puesto en tus manos tan prodigiosos y gratuitos instrumentos. Tan generosos mecanismos tiene la democracia que en sus propios procedimientos contiene la semilla de su propia destrucción. Qué paradoja.</p>]]></description>
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      <pubDate><![CDATA[Thu, 19 Dec 2024 19:57:53 +0000]]></pubDate>
      <author><![CDATA[Luis Arroyo]]></author>
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      <media:title><![CDATA[Manual en tres fases para la generación de fango]]></media:title>
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      <media:keywords><![CDATA[Democracia,Política,Medios comunicación,Justicia,desinformación,Querellas]]></media:keywords>
    </item>
    <item>
      <title><![CDATA[El Consejo de Informativos respalda a Xabier Fortes tras la querella del novio de Ayuso]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.infolibre.es/politica/consejo-informativos-respalda-xabier-fortes-querella-novio-ayuso_1_1916175.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.infolibre.es/clip/ff5c7bde-29a3-46f3-a739-c3d7b52a6e2c_16-9-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675" alt="El Consejo de Informativos respalda a Xabier Fortes tras la querella del novio de Ayuso"></p><p>El Consejo de Informativos de TVE ha manifestado su apoyo al periodista y Director de <em>La noche en 24 horas,</em> <strong>Xabier Fortes,</strong> según ha indicado la cadena pública en un comunicado este lunes, "por <a href="https://www.infolibre.es/politica/pareja-ayuso-denuncia-noche-24-horas-refrerise-autor-confeso-fraude-fiscal_1_1912692.html" target="_blank">el ataque a la independencia profesional</a>" que ha sufrido por parte de <strong>Alberto González Amador</strong>, el novio de la presidenta de la Comunidad de Madrid, </p><p>En un comunicado difundido el pasado lunes, el periodista relató que el 5 de diciembre recibió un burofax del abogado de González Amador con una petición de conciliación, requisito indispensable para la interposición de una querella por injurias, por haberse referido a su cliente como <strong>“defraudador confeso". </strong></p><p>Fortes, justificó haber utilizado dicha expresión porque el propio González Amador, por medio de un documento redactado por su letrado, <strong>reconoció a la Fiscalía haber cometido dos delitos </strong>contra la Hacienda Pública. "No encuentro otra forma más breve y ajustada al diccionario que definir como defraudador confeso a alguien que confiesa ser un defraudador", subrayó el presentador.</p><p>La querella, según explicó Fortes, también va dirigida a <strong>Enric Juliana, Luis Arroyo y Pablo Simón</strong>, ambos colaboradores de La Noche en 24 horas del Canal 24 Horas. En este caso, González Amador señala que se refirieron a él como “autor confeso de un fraude fiscal”.</p><p>Desde RTVE han entendido la querella como "una forma de presión e intimidación que pone en riesgo la independencia profesional", por lo que han señalado que se pondrán del lado de Fortes "<strong>facilitando los medios jurídicos</strong> necesarios".</p>]]></description>
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      <pubDate><![CDATA[Mon, 16 Dec 2024 11:20:50 +0000]]></pubDate>
      <author><![CDATA[infoLibre]]></author>
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      <media:title><![CDATA[El Consejo de Informativos respalda a Xabier Fortes tras la querella del novio de Ayuso]]></media:title>
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      <media:keywords><![CDATA[Medios comunicación,Querellas,Tribunales,RTVE]]></media:keywords>
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      <title><![CDATA[Los ultras usan la dana para recuperar la ofensiva judicial que ensayaron en la pandemia]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.infolibre.es/politica/ultras-rescatan-bulos-activar-maquina-querellas_1_1892048.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.infolibre.es/clip/57bfb83d-b92c-47a6-9e97-0ce540d05fee_16-9-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675" alt="Los ultras usan la dana para recuperar la ofensiva judicial que ensayaron en la pandemia"></p><p>Primeros movimientos judiciales tras una catástrofe que ha dejado ya más de dos centenares de fallecidos. Una semana después del azote de la <a href="https://www.infolibre.es/temas/cambio-climatico/" target="_blank">dana en València y Castilla La-Mancha</a>, algunos de los colectivos que forman parte del patrio ecosistema ultra han activado ya su máquina de querellas y han comenzado a disparar a todos los niveles. Con una estrategia similar a la que ya se desplegó durante la pandemia, varias de estas entidades han interpuesto querellas contra altos cargos técnicos y políticos, algunos de ellos del Gobierno central y otros del Ejecutivo valenciano, <strong>por omisión del deber de socorro u homicidio o lesiones por imprudencia</strong>. Algunas, a partir de ese relato paralelo que se ha ido construyendo en redes sociales a golpe de bulo.</p><p>El primero en mover ficha fue el pseudosindicato ultra <a href="https://www.infolibre.es/temas/manos-limpias/" target="_blank">Manos Limpias</a>. Lo hizo el pasado viernes, dos días después de que ríos de agua y lodo se tragasen municipios enteros. Su denuncia se dirigió contra la responsable de la Agencia Estatal de Meteorología (<a href="https://www.aemet.es/es/portada" target="_blank">Aemet</a>), María José Rallo, y contra el director de la Agencia Valenciana de Seguridad y Respuesta a las Emergencias (Avsre), Emilio Argüeso. En el caso de este último, el relato que se recoge en el escrito se centra en la tardanza a la hora de advertir a la población por parte de la entidad dependiente de la Generalitat Valenciana. El primer aviso <strong>no llegó a los teléfonos móviles hasta pasadas las 20.00 horas del pasado martes</strong>, cuando cientos de personas se encontraban ya atrapadas.</p><p>Algo más complejo de entender resultan los hechos que se atribuyen a la jefa de la Agencia Estatal de Meteorología. El pseudosindicato resalta que "expertos del todo el mundo" advirtieron de la "tragedia" que podía provocar la dana –depresión aislada en niveles altos–. Pero reconoce, al mismo tiempo, que la Aemet <strong>elevó el nivel de aviso a alerta roja a primera hora de la mañana</strong> –en concreto, lo hizo a las 7.31 horas–, antes de la tragedia. La agencia, de hecho, <a href="https://www.infolibre.es/politica/once-bulos-destacados-dana-valencia_1_1890749.html" target="_blank">llevaba días avisando</a> de la llegada de este fenómeno. "Es posible que en puntos de la vertiente mediterránea se den chubascos y tormentas fuertes, o muy fuertes, y localmente persistentes", decía el día 25. El domingo 27 y el lunes 28, lanzó dos avisos especiales en los que alertaba de que el martes sería el día "álgido".</p><p>Los hechos que pone sobre la mesa Manos Limpias juegan, del mismo modo, con la proliferación en redes de un relato que sitúa con una clara intencionalidad política la responsabilidad de la tragedia en la Agencia Estatal de Meteorología, dependiente del Gobierno central. El mismo bebe de un vídeo, que el colectivo ultra recupera en su querella, en el que un agricultor decía que el radar de precipitaciones de la Aemet en València no funcionaba el 25 de octubre, cinco días antes de la catástrofe, lo que ha permitido trasladar la idea de que se estuvo a <em>ciegas</em> en los momentos previos a la emergencia. Pero nada más lejos de la realidad. Es cierto que un rayo, y así lo explicó la propia agencia, dañó la línea eléctrica que lo alimentaba. <strong>Sin embargo, el mismo estuvo funcionando de manera ininterrumpida desde la mañana del 28 de octubre</strong>. </p><p>Una ofensiva judicial a la que se ha sumado en las últimas horas <strong>Iustitia Europa</strong>. Inscrita oficialmente en el Registro de Partidos a finales de enero, esta formación de nuevo cuño, que al igual que Manos Limpias <a href="https://www.infolibre.es/politica/antivacunas-youtuber-sospechosos-habituales-ecosistema-alrededor-caso-begona-gomez_1_1805807.html" target="_blank">ejerce como acusación popular</a> en el caso que afecta a la mujer del presidente del Gobierno, esta formación se caracteriza por su rechazo a la Agenda 2030 o a la política de vacunación durante la pandemia. Un partido que en las elecciones europeas consiguió menos de 27.000 sufragios y que se mueve, por tanto, dentro de ese universo negacionista y conspirativo que ha ido floreciendo en medio mundo y <strong>que un día habla de </strong><em><strong>chemtrails</strong></em><strong> y al otro de "terapias naturales", fraude electoral o "estafa climática"</strong>.</p><p>Iustitia Europa, cuya cara visible cuenta con el aval de la agitadora ultra Cristina Seguí, ha presentado dos querellas. La primera, interpuesta ante el Supremo, se dirige contra el presidente, <strong>Pedro Sánchez</strong>, y el ministro del Interior, <strong>Fernando Grande-Marlaska</strong>, a los que se acusa de omisión del deber de socorro, prevaricación y lesiones y homicidios por imprudencia. En el escrito consideran una "abdicación de sus deberes de protección" que <strong>no se declarara la situación de emergencia nacional</strong>. Dicha declaración corresponde por ley, bien a iniciativa propia o a instancia de las comunidades autónomas o los delegados del Gobierno de los distintos territorios, al titular de Interior, quien tras decretarla asumirá las riendas de una gestión que hasta este momento ha estado en manos de la <a href="https://www.gva.es/es/inicio/presentacion" target="_blank">Generalitat</a>.</p><p>El Ejecutivo central, según el diario <a href="https://elpais.com/espana/2024-10-31/el-gobierno-valoro-declarar-emergencia-nacional-pero-renuncio-para-no-quitarle-el-mando-a-mazon.html" target="_blank"><em>El País</em></a>, valoró la misma noche de la catástrofe declarar esa "emergencia de interés nacional". Algo que, finalmente, <strong>descartó por considerar que una declaración unilateral de este tipo habría sido como "aplicar un 155" a la comunidad autónoma</strong>. El Ejecutivo valenciano del PP, que decretó tras las inundaciones el nivel dos de alerta –puede pedir medios al Estado pero conservando el mando de la gestión–, no ha solicitado hasta el momento que se dé ese paso. <strong>Algo que sí han exigido, sin embargo, desde Génova</strong>. "Si esto no es una emergencia nacional, ¿qué lo es?", ha afirmado este lunes el líder de la formación conservadora, Alberto Núñez Feijóo, quien ha pedido estar unidos en el "dolor" como un "único pueblo".</p><p>Contra el presidente valenciano, <strong>Carlos Mazón</strong>, va dirigida, precisamente, la segunda querella del partido ultra. Interpuesta ante el Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, acusa al barón del PP de "abandono absoluto" en la gestión de la emergencia. "Ignoró la gravedad de la dana y las posibilidades existentes de preparar la emergencia a través del Plan Especial de Emergencias ante el Riesgo de Inundaciones de la Comunidad Valenciana (Patricova)", resume Iustitia Europa en un comunicado, en el que critica que Mazón no haya "solicitado el estado de alarma". Hace tres días, esa misma formación política publicaba un vídeo en el que decía que no era "el momento" de "buscar responsables".</p><p>Apuntan en la denuncia que el jefe del Ejecutivo valenciano "subestimó los riesgos" en sus comparecencias públicas, en alusión a aquella declaración en la que aseguraba que la alerta roja estaría, en principio, hasta las 18.00 horas –cuando lo peor de la dana estaba aún por llegar–. Y también critican que solicitase tarde la intervención de la Unidad Militar de Emergencias (UME). En este sentido, Mazón ha señalado este lunes que la Generalitat solicitó la presencia de la UME el pasado martes a las 15.21 horas. Y que una vez que se activa, tiene que ser el "mando operativo" de la misma el que solicite refuerzos. Unas declaraciones a las que ha respondido horas después el general jefe de la UME: "Quien dirige la emergencia y a dónde vamos y no es la comunidad autónoma. [...] <strong>Es el director de la emergencia quien da la autorización para entrar en la zona afectada</strong>".</p><p>Estas declaraciones contrastan con el contenido de otra supuesta denuncia que se ha encargado de difundir en redes sociales un subinspector de Policía que fue candidato de Vox en las elecciones generales de 2019. Interpuesta por una particular en la comisaría del aeropuerto de Barajas, y cuya veracidad ni confirman ni desmienten desde el cuerpo, acusa a Sánchez, Marlaska y Margarita Robles –ministra de Defensa– de haber "retenido los recursos disponibles del Estado para el salvamento de personas atrapadas y desaparecidas", cuando lo cierto es que, por ejemplo, la UME se desplegó en cuanto tuvo luz verde de la Generalitat. Una denuncia fechada en la tarde del 1 de noviembre que, además, <strong>señala falsamente que es "público y notorio" que el Ejecutivo valenciano "ha requerido y solicitado que se active el estado de alarma"</strong>.</p><p>Antes de la trágica dana, la última gran catástrofe que se vivió en España fue la pandemia. Y también ahí la ultraderecha desplegó una intensa ofensiva en los tribunales. El líder de Manos Limpias, Miguel Bernard, se personó como acusación popular en el <em>caso 8-M</em>, que se impulsó contra el exdelegado del Gobierno en Madrid José Manuel Franco por no haber impedido los encuentros multitudinarios que tuvieron lugar en los días previos a la declaración del estado de alarma, entre ellos la marcha feminista. <strong>Un caso que finalmente acabaría siendo archivado</strong>: "Ninguna persona física o jurídica, pública o privada instó del delegado del Gobierno en Madrid a que prohibiera o restringiera de alguna forma la celebración de concentraciones o manifestaciones".</p><p>La misma suerte corrieron las decenas de querellas que se interpusieron contra otros cuantos miembros del Ejecutivo central, de Gobiernos autonómicos o autoridades sanitarias. En la nómina de denunciantes y querellantes se encontraban sospechosos habituales: <strong>Vox, HazteOír, Abogados Cristianos, Pro-Lege</strong>... Pero chocaron con la Sala de lo Penal del Supremo: "La afirmación de que uno u otro miembro del Gobierno es autor de tantos delitos de homicidio o lesiones como víctimas se han producido en la pandemia, exigiría acreditar en términos médicos que el contagio que desencadenó el daño en todas y cada una de las víctimas tuvo su origen inmediato en decisiones u omisiones gubernamentales que precipitaron el fatal desenlace. Sin embargo, el estado actual de la medicina no permite proclamar ese enlace causal".</p><p>Y luego vinieron las vacunas. El 17 de marzo de 2023, por ejemplo, la Asociación Liberum, bajo la dirección letrada de <strong>Luis María Pardo</strong> –ahora presidente de Iustitia Europa–, formuló en el Supremo una querella contra, entre otros, Sánchez, Pablo Iglesias –quien fuera vicepresidente segundo y ministro de Asuntos Sociales en pandemia–, Salvador Illa –ministro de Sanidad en pandemia–, el director general de la Organización Mundial de la Salud (OMS), la presidenta de la Comisión Europea y hasta la directora de la Agencia Europea del Medicamento. En ella, en palabras del <a href="https://www.poderjudicial.es/cgpj/es/Poder-Judicial/Tribunal-Supremo/" target="_blank">Alto Tribunal</a>, se dibujaba la "existencia" de una "confabulación" de gobernantes, farmacéuticas y medios de comunicación para "ofrecer un relato único sobre el origen y la bondad de las actividades médicas y de investigación realizadas para la obtención de vacunas". </p><p>El escrito señalaba la existencia de "publicidad engañosa" sobre las "ventajas de la vacunación" que propiciaba una "falsa seguridad" y creaba un "caldo de cultivo" para el "odio y la estigmatización" de los no vacunados. Y cuestionaba la acción del Gobierno y de la Unión Europea en la compra de las vacunas. El Supremo, sin embargo, no dudó en dar carpetazo al asunto por no presentar los hechos narrados en base a recortes de prensa indicios de delito: "Las imputaciones son extremadamente genéricas". "La calificación jurídico-penal de un hecho <strong>no puede hacerse depender de la indignación colectiva por la tragedia ni por el legítimo desacuerdo con decisiones del gobierno</strong> que pueden considerarse desacertadas", sentenció el Alto Tribunal.</p>]]></description>
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      <pubDate><![CDATA[Mon, 04 Nov 2024 19:27:37 +0000]]></pubDate>
      <author><![CDATA[Álvaro Sánchez Castrillo]]></author>
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      <media:title><![CDATA[Los ultras usan la dana para recuperar la ofensiva judicial que ensayaron en la pandemia]]></media:title>
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      <media:keywords><![CDATA[Alerta por la DANA,Comunitat Valenciana,Generalitat Valenciana,Gobierno,Tribunales,Justicia,Querellas]]></media:keywords>
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      <title><![CDATA[El novio de Ayuso se querella contra la portavoz de Más Madrid por decir que es "un delincuente"]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.infolibre.es/politica/novio-ayuso-querella-portavoz-madrid-asamblea-decir-delincuente_1_1885918.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.infolibre.es/clip/b8d50b82-daec-4235-b45e-3147c1e6e2e4_16-9-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675" alt="El novio de Ayuso se querella contra la portavoz de Más Madrid por decir que es "un delincuente""></p><p><strong>La portavoz de Más Madrid</strong> en la Asamblea, <strong>Manuela Bergerot</strong>, ha recibido una notificación de querella por parte de la pareja de la presidenta de esta comunidad, Isabel Díaz Ayuso, <strong>Alberto González Amador</strong>, por unas declaraciones en Telemadrid en las que afirmó de él que <strong>es "un delincuente"</strong> porque supuestamente ha defraudado a Hacienda, han informado fuentes del partido.</p><p>En una misiva de un despacho de abogados fechada este jueves, la representación de González Amador explica que el miércoles el afectado presentó una demanda de conciliación en relación con unas manifestaciones de Bergerot <strong>en un programa de Telemadrid</strong>.</p><p>Después de recibir la carta de la abogada, la portavoz ha escrito en la red social X: "Acabo de recibir una querella del novio de Ayuso y pretende pedirme 20.000 euros. <strong>Una querella para intentar silenciarnos</strong>, para que no digamos lo que sabe ya toda España. Señor Amador: ya tiene mucha tarea en los juzgados como para andarse querellando. Ojo con Quirón".</p><p>La abogada de González Amador pide a Bergerot que acuda al mismo programa de Telemadrid "para <strong>retractarse públicamente</strong> de las manifestaciones vertidas" vinculadas con la pareja de Ayuso, que elimine el mensaje publicado en X y que publique en redes sociales un mensaje "retractándose de dichas manifestaciones".</p><p>Según la misiva de esta letrada, Bergerot escribió <strong>el miércoles en X</strong>: “El novio de la presidenta es un delincuente, él mismo lo ha confesado, y hoy se lo he dejado claro a esta tertuliana en Telemadrid. Embolsarse 2 millones de euros, defraudar 350.000 € a Hacienda, desgravarse Rólex y viajes con Ayuso no es de ser un ciudadano ejemplar”.</p><p>También requiere a la portavoz de Más Madrid para que "no vuelva a protagonizar hechos análogos en el futuro difundiendo públicamente <strong>informaciones falsas y/o manifestaciones difamatorias</strong>, vejatorias, injuriosas, calumniosas u ofensivas vinculadas a D. Alberto González Amador".</p><p>Este miércoles La Ser informó de que la pareja de Ayuso intentó desgravarse en su empresa gastos personales, como un reloj, la reparación de un coche, la compra de un saxofón, de pelotas de pádel o cosméticos, y gastos de sus <strong>vacaciones con Ayuso</strong>, de los que pidió <strong>en 2021 deducirse fiscalmente el coste del alquiler de dos vehículos </strong>en Zagreb y Creta en un viaje vacacional con su pareja. Además, la cadena informa de que la presidenta madrileña reservó con cargo al erario público la sala de autoridades del aeropuerto de Barajas para los vuelos de salida y llegada de ese viaje privado y vacacional.</p>]]></description>
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      <pubDate><![CDATA[Thu, 24 Oct 2024 15:35:34 +0000]]></pubDate>
      <author><![CDATA[infoLibre]]></author>
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      <media:title><![CDATA[El novio de Ayuso se querella contra la portavoz de Más Madrid por decir que es "un delincuente"]]></media:title>
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      <media:keywords><![CDATA[Isabel Díaz Ayuso,Más Madrid,Querellas,Injurias]]></media:keywords>
    </item>
    <item>
      <title><![CDATA[Historia de un trampantojo: cómo el delito fiscal del novio de Ayuso deriva en una causa del TS contra el fiscal general]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.infolibre.es/politica/historia-trampantojo-delito-fiscal-novio-ayuso-convierte-inculpacion-fiscal-general_1_1881931.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.infolibre.es/clip/394855ee-7280-4112-9f2c-95416ba8689a_16-9-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675" alt="Historia de un trampantojo: cómo el delito fiscal del novio de Ayuso deriva en una causa del TS contra el fiscal general"></p><p>Las historias son como los paisajes, depende de la perspectiva con que se miren pueden ofrecer detalles que se habían pasado por alto. A esta historia le ha faltado ángulo político, uno que nos cuenta que <strong>el fraude fiscal perpetrado por</strong> <strong>Alberto González Amador</strong>, pareja de <strong>Isabel Díaz Ayuso</strong>, podría ser la piedra angular que desmoronara el edificio de eso que se conoce como “colaboración público-privada” en la Comunidad de Madrid.</p><p>Pero a esta historia, también, <strong>le han sobrado trampantojos</strong>, pinturas que engañan a la vista ofreciendo una falsa perspectiva. A lo que asistimos estos días es a una maniobra, por parte del entorno de Ayuso, para <strong>transformar un caso de delito tributario en un caso para acabar con Álvaro García Ortiz</strong>, fiscal general del Estado, por <a href="https://www.infolibre.es/politica/ts-admite-nota-fiscalia-no-revelo-nuevo-imputa-fiscal-general-investigar-posibles-filtradores_1_1880923.html" target="_blank">una supuesta revelación de secretos.</a></p><p>“<strong>P’alante</strong>”, como no se cansan de repetir la presidente madrileña y su jefe de gabinete, <strong>Miguel Ángel Rodríguez</strong>, cada vez que anticipan de manera impúdica las decisiones judiciales que afectan a sus adversarios. Hay revelaciones de secretos que se investigan, otras, como las que perpetra Rodríguez, quedan impunes.</p><p>El 13 de marzo de 2024, Rodríguez filtró a <em><strong>El Mundo</strong></em> un correo de <strong>una cadena entre el abogado de González Amador y el fiscal de delitos económicos</strong> de Madrid, para <a href="https://www.elmundo.es/espana/2024/03/13/65f1f264e9cf4ae7298b457d.html" target="_blank">fabricar la mentira de que la Fiscalía les había ofrecido un pacto</a>. La mercancía averiada se publica algo antes de las 21.30 horas.</p><p>Rodríguez continúa minutos después la intoxicación en X, afirmando que ese acuerdo había sido retirado por presiones. Es entonces cuando el fiscal general realiza unas llamadas a la Fiscalía de Madrid para <strong>conseguir los correos y elaborar una nota de prensa</strong> que se difunde, no sin resistencias, a la mañana siguiente. </p><p><strong>La Ser</strong>, el mismo 13 de marzo a las 23.51 horas, seguida de otros medios, publica<a href="https://cadenaser.com/nacional/2024/03/13/el-novio-de-ayuso-ofrecio-a-la-fiscalia-llegar-a-un-pacto-declarandose-culpable-para-evitar-el-juicio-cadena-ser/" target="_blank"> la información correcta</a> donde se explica que <strong>fue González Amador quien ofreció un pacto</strong> a la Fiscalía para reconocer los delitos e intentar librarse de la pena sin éxito. Son 48 horas, entre que<strong> elDiario</strong> da a conocer el día 12 <strong>el fraude de 350.000 euros</strong> y conocemos <strong>la asunción de culpabilidad</strong>, donde Ayuso miente repetidamente en varias ruedas de prensa.</p><p>El <strong>Tribunal Supremo</strong> investiga ahora una posible revelación de secretos por la presunta filtración de esos correos. Una investigación que afecta a Pilar Rodríguez, fiscal jefa de Madrid, y a Álvaro García Ortiz, fiscal general, algo que no había sucedido en 40 años. Sin embargo, el Alto Tribunal pasa por alto <strong>la filtración previa del jefe de gabinete de Ayuso</strong>. Un secreto deja de serlo cuando tú mismo lo revelas con intención de crear un bulo.</p><p>Además, la cadena de correos entre Carlos Neira, abogado de Gónzalez Amador, y Julián Salto, fiscal de delitos económicos de Madrid, se produjo el 2 de febrero de 2024. Estos correos <strong>los conocían más de 20 personas</strong> porque Neira los remitió a la dirección genérica de la Fiscalía de delitos económicos.</p><p>Lo paradójico es que si la Fiscalía hubiera filtrado esos correos y los medios los hubieran dado con el habitual “fuentes cercanas a”, algo que sucede cientos de veces al año en todo tipo de casos judiciales, posiblemente no habría caso. Por contra, <strong>García</strong> <strong>Ortiz actúa de manera diáfana</strong>, sacando <a href="https://static.eldiario.es/eldiario/public/content/file/original/2024/0614/15/nota-fiscali-a-alberto-gonza-lez-amador-pdf.pdf" target="_blank">una nota de prensa para proteger el trabajo de sus subordinados</a>.</p><p>Es esa nota de prensa la que provoca <strong>una querella</strong> de González Amador, donde además afirma que le investigan <strong>por ser novio de quien es</strong>. Una querella a la que se suman las consabidas asociaciones ultras. El caso, según los expertos, no tendrá recorrido judicial en el Supremo. Pero como siempre lo importante no es el resultado, sino <strong>situar el foco</strong>, construir la tramoya, pintar el trampantojo. </p><p><strong>Miguel Tellado</strong>, portavoz parlamentario del PP, ha asegurado en una entrevista con <strong>Federico Jiménez Losantos</strong> el pasado jueves que su obligación “es acabar con este Gobierno y lo vamos a hacer con todos los medios a nuestro alcance". <em>El Mundo</em> abre su portada el mismo día con un titular a cuatro columnas: “La imputación del fiscal general culmina el deterioro institucional”. Pues claro: <strong>el que pueda hacer que haga</strong>.</p><p>Alguien que percibe el salario mínimo tardaría 125 años en ganar dos millones de euros. Alberto González Amador los consiguió en un par de llamadas, realizando <strong>una aparente operación de intermediación entre dos empresas</strong>: FCS Selected Products y Mape. El producto era material sanitario por un valor de 45 millones de euros. Nos situamos en los primeros meses de 2020, el año de la pandemia.</p><p>¿Por qué a alguien que <a href="https://www.eldiario.es/politica/pareja-ayuso-defraudo-350-951-euros-hacienda-trama-facturas-falsas-empresas-pantalla_1_11000023.html" target="_blank">gana dos millones de euros de una manera tan asombrosamente sencilla </a>se le ocurre defraudar a Hacienda? La codicia es siempre tentadora, pero aquí hubo algo más. Concretamente una supuesta empresa con sede en Florida llamada <strong>IHD Inteconn</strong>, de la que los investigadores de la Agencia Tributaria no encontraron rastro.</p><p>Si González Amador fue el intermediario mediante su empresa Maxwell, ¿por qué hacía falta una cuarta empresa en la operación? Según el diccionario, una pantalla puede ser una superficie donde se proyectan imágenes, también una mampara que sirve de protección, separación, barrera o abrigo. <strong>Inteconn, a todas luces, fue esa pantalla</strong>.</p><p>¿De qué se quería guarecer González Amador? <strong>Mape</strong>, la empresa que compró el material médico por 45 millones de euros, fue el principal proveedor de mascarillas y batas para el Sergas, el servicio sanitario de la Xunta, en los primeros meses de la pandemia. En el consejo de administración de Mape estaba <strong>Fernando Camino</strong>.</p><p>¿Quién es Fernando Camino? Un ejecutivo de servicios sanitarios <strong>con una íntima relación societaria con la pareja de Ayuso</strong>, con quien había compartido cargos en distintas empresas del ramo. ¿Fue la cercanía profesional, quizás la amistad, lo que situó a González Amador como intermediario de tan jugosa operación?</p><p>Meses después, en diciembre de 2020, González Amador compra una sociedad llamada Círculo de Belleza a una persona llamada <strong>Gloria Carrasco</strong>, que resulta ser <strong>la mujer de Camino</strong>. Y lo hace desembolsando medio millón de euros por una empresa que tenía un valor societario de tan solo tres mil euros. </p><p>Cuando un directivo necesita <strong>opacar su relación con un comisionista</strong> puede recurrir a una empresa pantalla. La razón suele ser oscura. Este directivo podría querer llevarse una mordida de una cuantiosa transacción y para ello necesitar a un intermediario cuya función real no sería poner en contacto a dos empresas, sino hacer de puente para ese dinero. ¿Es esta hipótesis lo que uniría estas dos operaciones?</p><p>Quédense simplemente con este método, esta manera de actuar. Más tarde nos hará falta para comprender la historia.</p><p>El <strong>grupo Quirón</strong> es un gigante sanitario propiedad de la multinacional alemana Fresenius. Opera en la comunidad de Madrid controlando cuatro hospitales, tres públicos (Móstoles, Valdemoro y Collado Villalba) y uno privado (la fundación Jiménez Díaz).</p><p>Como <a href="https://www.infolibre.es/politica/caso-novio-ayuso-puzle-piezas-todavia-misteriosas_1_1765681.html" target="_blank">contó</a> <strong>infoLibre</strong> el pasado abril, además del presupuesto anual, la Comunidad paga a Quirón mediante convalidaciones de gasto, una maniobra administrativa excepcional que no requiere de fiscalización. Sólo por esta vía, <strong>Madrid ha ingresado a la Jiménez Díaz alrededor de 700 millones de euros en el periodo 2020 a 2023</strong>, lo que equivale a todo el presupuesto declarado para el resto de los hospitales mencionados.</p><p>La revista <em><strong>Lecturas</strong></em><strong> </strong>dio la buena nueva de la relación entre Ayuso y González Amador en mayo de 2021. Un mes después, la Comunidad de Madrid renovaba el contrato para el reconocimiento de su plantilla con <strong>Quirón Prevención</strong>, filial del grupo que se define en su web como “compañía líder en Prevención de Riesgos Laborales”.</p><p>¿Quién es el presidente de Quirón Prevención? <strong>Fernando Camino</strong>. De hecho, esta empresa proviene de una sociedad llamada <strong>Frater Prevention</strong>, en la que también trabajaba González Amador. Ambos coincidieron además en una empresa denominada <strong>Insumos Médicos del Pacífico</strong>, que Camino abandonó al iniciarse la investigación de Hacienda. Ya quisieran muchas parejas haber hecho tantas cosas en tantas posturas como estos dos señores.</p><p>De hecho, la relación continuó viento en popa. <a href="https://www.infolibre.es/politica/pareja-ayuso-colo-facturas-falsas-gran-cliente-gigante-privatizacion-sanitaria_1_1740168.html" target="_blank">González Amador tenía a Quirón Prevención como principal cliente</a>, pero de una manera muy particular. Las empresas de González Amador se comportaban <strong>como si fueran filiales de Quirón</strong>, compartiendo colaboradores y actuando más como representantes que como consultoras. Tanto es así que el propio González Amador dispone de un correo electrónico corporativo de Quirón a su nombre, que utiliza, al menos, el 14 de junio de 2021 en una operación de vacunas AstraZeneca.</p><p>Las facturas que presentan las empresas de González Amador por presuntos trabajos para Quirón Prevención son completamente genéricas, sin que se concreten los servicios prestados, el contrato que las soporta o el precio del mismo. Quirón Prevención <strong>paga unos precios desmedidos por los servicios prestados</strong> por las empresas de González Amador, lo que le genera un beneficio de notable cuantía pero difícil de justificar.</p><p>¿A qué nos referimos exactamente? Según el expediente de la investigación tributaria, Maxwell, una de las empresas de González Amador, contrata el 16 de diciembre del año 2020 un servicio de análisis con la Asociación para la Prevención de Accidentes por <strong>un valor máximo de 949.000 euros más IVA</strong>. </p><p>Un mes después, el 15 de enero de 2021, Maxwell firma con Quirón Prevención un contrato para que pueda utilizar este servicio de análisis, por un precio de 1.043.900 euros. Se establece que las facturas tendrán una periodicidad trimestral, lo que parece lógico para recoger el uso progresivo de la bolsa de analíticas. Sin embargo, tan sólo se emite una factura por esa cantidad el 1 de diciembre de 2022.</p><p>Cabe señalar que la secuencia sucede de una manera tan extraña como inversa. No es Quirón quien le pide a su intermediario, González Amador, que busque un servicio, sino que <strong>es el intermediario quien primero firma un contrato</strong> y después se lo ofrece a su cliente. Pero esto no es, ni de lejos, lo más llamativo.</p><p>Finalmente, el pago de Quirón a Maxwell, la empresa de González Amador, se produce el 6 de febrero de 2023, por el mismo importe que figuraba en la factura, 1.043.900 euros más IVA. Sin embargo, González Amador tan sólo ingresa a la Asociación para la Prevención de Accidentes, <strong>como importe final del trabajo de análisis,</strong> <strong>229.658 euros</strong>. </p><p>Solamente en esta operación la empresa de la pareja de Ayuso obtuvo <strong>unos beneficios brutos de 814.242 euros</strong>. La pregunta es evidente. Si sólo se gastaron de la bolsa de análisis algo más de doscientos mil euros, ¿por qué González Amador facturó el servicio completo a Quirón, la empresa de Fernando Camino?</p><p>Podemos seguir con las preguntas: <strong>¿Quirón Prevención regala el dinero?</strong>¿No tiene un registro de la cuantía de los servicios que contrata?¿No es capaz de averiguar la enorme disparidad entre los trabajos supuestamente realizados y lo que se le factura? ¿Saben en Fresenius, la multinacional alemana, cómo opera su marca española?</p><p>No conocemos la respuesta a estas preguntas. Pero sí el modo de relacionarse de González Amador y Fernando Camino en <strong>la enorme compra de Mape a FSC</strong>, que les pedimos que recordaran hace unos párrafos. Sobre aquella operación se montó el fraude fiscal por el que conocemos todo esto. Aquella operación, vista con perspectiva, explica muchas cosas.</p><p>Gran parte del dinero que le llega a Quirón, el que engrasa toda esta maquinaria de extraños contratos, extraordinarios beneficios y peculiares comisiones, <strong>es público</strong>, concretamente <strong>de la administración madrileña</strong>, la que preside Isabel Díaz Ayuso.</p><p>Madrid es algo más que una comunidad autónoma, es casi un distrito federal que opera con unas dinámicas diferentes a las del resto del país, aprovechando un efecto capitalidad que absorbe recursos, energía y población de otros territorios. <strong>Cuanto más grande se hace Madrid, más empequeñece España</strong>.</p><p>Este proceso es indisoluble de<strong> los sucesivos Gobiernos del Partido Popular</strong> que administran Madrid desde hace casi tres décadas, desarrollando un proyecto neoliberal que, si al principio fue tímido, con el paso de los años se ha radicalizado, llegando al paroxismo con la presidencia de Ayuso.</p><p>“La vida aquí es distinta, cada día es una aventura” le dijo Ayuso a José María Aznar en un acto público, el 5 de febrero de 2024, unos días después de que el abogado de su novio escribiera los correos con los que comenzamos esta narración.</p><p>Como en todo territorio salvaje, la aventura se presenta a la vuelta de la esquina, salvo que de manera diferente dependiendo de la clase social a la que pertenezcas. <strong>Unos viven de rentas, comisiones y mordidas</strong>. Los otros <a href="https://www.infolibre.es/economia/madrid-kilometro-cero-crisis-vivienda_1_1878822.html" target="_blank">sobreviven entre precios disparados del alquiler, listas de espera sanitarias y precariedad existencial</a>. </p><p>Para Ayuso, por contra, vivir es algo más seguro. Sobre todo desde que González Amador adquirió<strong> un piso de lujo valorado en casi un millón de euros</strong> en Madrid, además de dos vehículos de alta gama. Por su parte, su asesor fiscal compró <strong>un ático sobre dicho piso</strong> a través de la sociedad Babia Capital, la cual, según los resultados financieros previos a la compra, no contaba con los fondos necesarios para realizarla. Tanto González Amador como Isabel Díaz Ayuso residen en sendos inmuebles, aunque no se ha aclarado bajo qué acuerdo o régimen disfrutan del ático.</p><p>De todos estos hechos podemos sacar tres conclusiones.</p><p>La primera de ellas es que Ayuso ha tomado <strong>decisiones políticas que afectan a los intereses empresariales de su pareja</strong>. Si la Presidencia de la Comunidad se rigiera por la ley de altos cargos de la administración central, Ayuso tendría un serio problema legal.</p><p>La segunda de ellas es que <strong>el modelo de privatización encubierta</strong>, que especialmente se ha cebado con la sanidad, es pasto para que los comisionistas lo conviertan en su<em> El Dorado.</em> Como vemos con su pareja, pero como también vimos con <strong>su hermano</strong>. Tomás Díaz Ayuso consiguió <strong>una comisión de 234.000</strong> euros por intermediar en una venta de mascarillas, que tenían como destino la administración que preside su hermana Isabel. La justicia no vio nada punible en ello. Pablo Casado también decidió probar la aventura de Madrid al denunciarlo: le costó el puesto.</p><p>La tercera de las conclusiones es, si cabe, la más escalofriante. Da la sensación de que <a href="https://www.infolibre.es/opinion/columnas/mala-hierba/gonza-lez-amador-quiro-n-beneficios-desporcionados_129_1827880.html" target="_blank">Ayuso y su círculo pueden hacer lo que les venga en gana</a>, obrando emancipados de las normas comunes. Si algo se tuerce, <strong>un batallón mediático-judicia</strong>l acudirá raudo a su rescate, llevándose por medio a quien haga falta.</p><p>No les engaño si les digo que escribir esta larga crónica me ha resultado difícil. No sólo por la cantidad de nombres, datos y fechas o por lo enrevesado de las tácticas de pillaje. <strong>Quien toca a Ayuso se expone a su aparato de las tormentas</strong>. “Os vamos a triturar”, así amenazó Miguel Ángel Rodríguez a los compañeros de elDiario y <em>El País</em>.</p><p>Un escritor no es ni el fiscal general ni el presidente de un partido político. Pero hay historias que merecen conocerse para que los principales interesados, ustedes, los ciudadanos de este país, decidan. <strong>Esta es una de ellas</strong>.</p>]]></description>
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      <pubDate><![CDATA[Sat, 19 Oct 2024 16:32:58 +0000]]></pubDate>
      <author><![CDATA[Daniel Bernabé]]></author>
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      <media:title><![CDATA[Historia de un trampantojo: cómo el delito fiscal del novio de Ayuso deriva en una causa del TS contra el fiscal general]]></media:title>
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      <media:keywords><![CDATA[Isabel Díaz Ayuso,PP,Corrupción,Comunidad de Madrid,Querellas]]></media:keywords>
    </item>
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      <title><![CDATA[El TSJ de Madrid rechaza la querella de Pedro Sánchez y avala que el juez Peinado le interrogara en Moncloa]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.infolibre.es/politica/tsj-madrid-rechaza-querella-pedro-sanchez-avala-juez-peinado-le-interrogara-moncloa_1_1882500.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.infolibre.es/clip/24886b12-4fb1-4c34-ab4e-659eb2562139_16-9-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675" alt="El TSJ de Madrid rechaza la querella de Pedro Sánchez y avala que el juez Peinado le interrogara en Moncloa"></p><p>El Tribunal Superior de Justicia de Madrid (<strong>TSJM</strong>) ha rechazado por unanimidad estudiar la querella que presentó la Abogacía del Estado, en representación del presidente del Gobierno, <strong>Pedro Sánchez</strong>, por un presunto <strong>delito de prevaricación</strong> contra el juez <strong>Juan Carlos Peinado</strong>, que instruye la causa contra Begoña Gómez, según informa EFE.</p><p>El TSJM <strong>no ve motivos para investigar</strong> si este magistrado prevaricó al citar como testigo a Pedro Sánchez en la Moncloa el pasado 30 de julio, y afirma que "dado el carácter especulativo en que se basa la querella y el prejuicio que destila", se concluye que obedece a un "<strong>intento de tergiversar el fin lícito</strong> que implica el tipo delictivo que se imputa al querellado".</p><p>El auto, cuyo ponente es el magistrado <strong>Francisco José Goyena</strong>, es crítico con la postura de la Abogacía del Estado y afirma que "concebir como un ataque innecesario a la actuación del Gobierno la citación en calidad de testigo de su presidente en una causa pena<strong>l carece de la más elemental justificación</strong>".</p><p>Y considera "<strong>extravagante</strong>" que Pedro Sánchez utilice a la Abogacía para formular la querella.</p><p>Aunque la decisión de rechazar la querella es unánime de los tres magistrados, uno de ellos, <strong>Jesús María Santos</strong>, ha emitido un voto particular en el que considera que <strong>la querella entraña un "ejercicio abusivo del derecho a querellarse"</strong>, habla de "mala fe" procesal, y carga contra la Abogacía del Estado por la "sinrazón de su querella" y "el carácter exorbitante y contrario a la buena fe procesal".</p><p>La Sala recuerda el proceso y afirma que<strong> la querella de la Abogacía solo adjunta la providencia del 19 de julio en la que se citaba a Pedro Sánchez</strong>, la cédula de citación y la misiva que envió el jefe del Ejecutivo al juzgado, y pone de relieve que "hubiera sido oportuno, habida cuenta de la trascendente finalidad anunciada por la Abogacía del Estado, que se hubieran aportado los demás documentos".</p><p>"No cabe duda de que la Abogacía del Estado tiene cabal conocimiento de las resoluciones que no se han aportado", añade.</p><p>Los magistrados delimitan la presunta prevaricación del juez Peinado a dos resoluciones: <strong>la citada providencia del 19 de julio y la del 26 de julio </strong>en la que se confirmaba la citación, y sobre la segunda destacan que "inexplicablemente la Abogacía del Estado solo advierte de pasada algo tan sustancial" como que la misma "no fue dictada por el magistrado querellado, sino por el magistrado que el sustituía", Carlos Valle, contra el que no se querellan.</p><p>"Podemos pensar en que se deja <strong>entrever una connivencia entre ambos magistrados</strong> (...), lo que debe rechazarse al quedar en el plano de la mera especulación sin base probatoria alguna", añaden los magistrados, que exponen "la dicotomía" que plantea la Abogacía al querellarse contra Peinado pero no contra Valle.</p><p>Y afirman que<strong> la Abogacía actúa en su querella "sobre la base de un prejuicio"</strong> que debe ser rechazado porque "obedece o es reflejo de un fin espurio", y explica que en la providencia del 19 de julio en la que se citó a Sánchez "se indica expresamente en qué condiciones es llamado: como marido pero no como presidente", pero la Abogacía lo "obvia".</p><p>Sostienen que Pedro Sánchez es presidente del Gobierno<strong> pero también "como persona tiene otras facetas</strong>, también trascendentes que le son inescindibles".</p><p>Así afirman que<strong> no se puede concluir que el presidente solo pueda testificar por escrito</strong> al tratarse de hechos que conozca por su cargo, como defendía la querella, sino que puede hacerlo en su despacho o domicilio al tratarse de hechos que no conoce por el cargo, como dice el artículo 412.3 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal.</p><p>Los magistrados destacan que así lo aclara la providencia objeto de estudio, de manera que "no se vulnera de forma arbitraria y sin razón comprensible la norma aplicable" y no hay prevaricación.</p><p>Y afirman que no aprecian el perjuicio a la institución del Gobierno del que habla la querella.</p><p>Tampoco ven los jueces delito en la decisión del juez de dar a las partes la grabación de la "no declaración" de Pedro Sánchez, ya que <strong>entra dentro de "la práctica judicial normalizada"</strong> y no vulnera los derechos del afectado, y de hecho puede ser una garantía.</p><p>Contra esta resolución cabe interponer recurso de súplica ante el<strong> Tribunal Superior de Justicia</strong> de Madrid.</p><p>El TSJM<strong> tiene ahora pendiente pronunciarse sobre la admisión</strong> a trámite de la querella <strong>que interpuso Begoña Gómez </strong>contra el que juez Juan Carlos Peinado por presunta prevaricación, sobre la que la Fiscalía recientemente se ha pronunciado en contra. Antes los magistrados rechazaron la querella del periodista <strong>Máximo</strong> <strong>Pradera</strong> por un presunto delito de revelación de secretos cometido por el juez. </p>]]></description>
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      <pubDate><![CDATA[Fri, 18 Oct 2024 15:27:39 +0000]]></pubDate>
      <author><![CDATA[infoLibre]]></author>
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      <media:title><![CDATA[El TSJ de Madrid rechaza la querella de Pedro Sánchez y avala que el juez Peinado le interrogara en Moncloa]]></media:title>
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      <media:keywords><![CDATA[Pedro Sánchez,Justicia,Abogacía General Estado,Querellas,Tribunal superior,Madrid]]></media:keywords>
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      <title><![CDATA[Sánchez amplía la querella por prevaricación contra el juez Peinado]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.infolibre.es/politica/sanchez-amplia-querella-prevaricacion-juez-peinado_1_1872050.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.infolibre.es/clip/84382dad-7ea4-47df-886f-a9cb5ea7dc0a_16-9-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675" alt="Sánchez amplía la querella por prevaricación contra el juez Peinado"></p><p>El presidente del Gobierno, <strong>Pedro Sánchez</strong>, ha ampliado la <strong>querella por prevaricación</strong> contra el juez <strong>Juan Carlos Peinado</strong>, que instruye la causa contra su mujer, <strong>Begoña Gómez</strong>, por <strong>presunta corrupción y tráfico de influencias</strong>, al aducir que la labor del magistrado "contraviene la doctrina existente" y que supone una "injusticia intrínseca".</p><p>Según una información adelantada por <em><strong>El País </strong></em>y recogida por Europa Press, la Abogacía General del Estado presentó este pasado jueves, en representación del presidente del Gobierno, un escrito ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid en el que solicitaba <strong>la ampliación de la querella por prevaricación</strong> interpuesta a finales de julio.</p><p>La reacción del líder del Ejecutivo se produce después de que el pasado 22 de agosto el juez Peinado, titular del Juzgado de Instrucción número 41 de Madrid, acordase que las partes personadas en la causa en la que investiga a Begoña Gómez, esposa del presidente del Gobierno, <strong>pudiesen acceder al vídeo de la declaración de Pedro Sánchez como testigo</strong>, que tuvo lugar en el<strong> Palacio de La Moncloa</strong> el 30 de julio.</p><p>Fue ese día de julio cuando<strong> Sánchez se acogió a su derecho a no declarar ante el juez</strong> que investiga a su esposa por presuntos delitos de tráfico de influencias y corrupción en los negocios. En concreto, se acogió al <strong>artículo</strong> <strong>416</strong> de la Ley de Enjuiciamiento Criminal (<strong>LECrim</strong>), que respalda que como cónyuge de la investigada está "<strong>dispensado de la obligación de declarar</strong>".</p><p>El juez Peinado <strong>rechazó la petición de la Fiscalía</strong> de no dar acceso a las partes -entre las que figuran Manos Limpias y Vox- a la declaración grabada del presidente al considerar que la grabación "carece de cualquier utilidad, material o procesal".</p><p>"<strong>A fin de evitar filtraciones y que la misma acabe divulgada de forma improcedente</strong>, entendemos que la entrega de copia de la grabación referida a las partes no debería producirse", reclamaba entonces el fiscal.</p><p>Asimismo, el magistrado sostuvo en su carta que del "silencio" de Sánchez se pueden extraer "conclusiones".</p><p>Ante este carrusel de acontecimientos, la Abogacía del Estado ha ahondado en el escrito presentado esta semana que "lo verdaderamente buscado con estas actuaciones en todo lo que atañe a la <strong>Presidencia del Gobierno </strong>es darle una publicidad que precisamente es incompatible con el régimen de toma de declaración en estos casos y <strong>no la eficacia procesal o investigación alguna</strong>, partiendo de inferencias donde no puede haberlas o haciendo interpretaciones forzadas o artificiosas de preceptos legales o principios procesales".</p><p>En esa línea, se ha incidido en que el juez Peinado lo hace "hasta el punto de convertir un derecho procesal de ciertos testigos <strong>en una fuente infundada de inferencias con efectos procesales</strong>, con mención indirecta para ello de una doctrina en absoluto aplicable al caso y que contraviene la de la institución de la dispensa de declaración".</p><p>La Abogacía del Estado ha remarcado que "el conjunto de decisiones y providencias que por acumulación si no contradicen abiertamente cualquier interpretación lógica de la ley, <strong>tienden a forzar la puesta a disposición de las partes de una grabación que no debió existir</strong> (porque la declaración debería ser escrita y de ser oral, no debería existir al ejercerse la dispensa, cuya prueba se hace por diligencia del secretario) no hacen sino refrendar la orientación de toda este <strong>intento de diligencia instructora hacia su difusión mediática</strong>, no hacia su eficacia procesal, refrendándose así el planteamiento de nuestra querella".</p><p>La <strong>Audiencia Provincial de Madrid</strong> decidirá el próximo 30 de septiembre <strong>si impide al juez Peinado seguir investigando la causa</strong> contra Begoña Gómez, tal y como ha reclamado la propia Gómez y la Fiscalía de Madrid, y en la que se investigan los lazos de la mujer del presidente del Gobierno con la <strong>Universidad Complutense de Madrid,</strong> en la que codirigió una cátedra, y el empresario <strong>Juan Carlos Barrabés</strong> y su conexión con <strong>Javier Hidalgo</strong> por su condición de consejero delegado de Globalia, matriz de <strong>Air Europa</strong>, que fue rescatada por el Gobierno durante la pandemia.</p>]]></description>
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      <pubDate><![CDATA[Sat, 31 Aug 2024 10:58:57 +0000]]></pubDate>
      <author><![CDATA[infoLibre]]></author>
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