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    <title><![CDATA[infoLibre - Pablo Llarena]]></title>
    <link><![CDATA[https://www.infolibre.es/temas/pablo-llarena/]]></link>
    <description><![CDATA[infoLibre - Pablo Llarena]]></description>
    <language><![CDATA[es]]></language>
    <copyright><![CDATA[Copyright infoLibre]]></copyright>
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      <title><![CDATA[Cursos y jornadas con capital privado: cuando la política no es lo único que amenaza la independencia judicial]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.infolibre.es/politica/cursos-jornadas-capital-privado-politica-no-unico-amenaza-independencia-judicial_1_2061954.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.infolibre.es/clip/807320e9-1e39-45c6-b663-c3e06a2b6046_16-9-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675" alt="Cursos y jornadas con capital privado: cuando la política no es lo único que amenaza la independencia judicial"></p><p>El debate sobre la independencia judicial está en auge en el inicio de este curso político, pero tiene múltiples dimensiones y un largo historial. No comenzó en esta legislatura: en 1997, <strong>Felipe González,</strong> por entonces secretario general del Partido Socialista y expresidente del Gobierno, advertía de que <a href="https://elpais.com/diario/1997/04/09/espana/860536824_850215.html" target="_blank">“hay cosas que no funcionan y que tiene que parar el espectáculo diario de la justicia"</a>. </p><p>Parece que el tiempo no haya transcurrido. Tanto la Comisión Europea como el Consejo de Europa, a través de su asamblea y de los informes del Grupo de Estados Contra la Corrupción (GRECO), han criticado en numerosas ocasiones el<strong> sistema de elección de los jueces</strong> para el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), en el que, según estas instancias, el Parlamento ejerce un peso excesivo y preocupante.   </p><p>Pero esta preocupación sobre la independencia judicial no suele extenderse a <strong>otros ámbitos</strong> en los que la separación de poderes puede correr también riesgos. Como afirmara <a href="https://www.infolibre.es/politica/perello-abre-curso-judicial-nuevas-criticas-sanchez-reformas-judiciales-gobierno_1_2057959.html"  >la presidenta del CGPJ, Isabel Perelló, en la apertura del año judicial, </a>“independencia no equivale a libre arbitrio”. </p><p>Pese a que la cooptación política de jueces y fiscales ocupa un lugar central dentro del debate político, <strong>poco se dice sobre los contactos que una parte de la élite judicial y fiscal establece con el poder económico</strong>: por una parte, a través de las jornadas y cursos organizados por instituciones y entidades privadas; por otra, en las actividades que jueces y fiscales jubilados y en excedencia realizan para grandes bufetes y firmas de abogados, cuando no por cuenta propia.  </p><p>Si bien es cierto que la Ley Orgánica del Poder Judicial prohíbe a jueces y magistrados ejercer actividades mercantiles más allá de la gestión de su patrimonio, y que los miembros del CGPJ deben declarar todas sus propiedades y actividades, <strong>dicha exigencia no se ha extendido, por ahora, a los magistrados del Tribunal Supremo,</strong> un componente esencial de la élite judicial. </p><p>Algunas de estas conexiones pasan desapercibidas por su sutileza y, cuando son reveladas periodísticamente, se deben mayoritariamente a lo llamativo de los vínculos que salen a la luz, por lo que la mayoría permanece, todavía, bajo un oscuro desconocimiento. </p><p>La existencia de cursos, jornadas y conferencias<strong> financiados por distintas entidades del sector privado</strong> es una forma muy habitual de establecer este tipo de contactos. El supuesto vínculo entre Baltasar Garzón y el Banco Santander –que habría pagado una serie de cursos del entonces juez en Nueva York– fue citado cuando sus oponentes trataban de expulsarlo de la carrera judicial, <em>casualmente </em>cuando éste encabezaba una causa general contra el franquismo y, además, instruía la trama <em>Gürtel</em>, una red de corrupción y financiación ilegal del Partido Popular. El juez quedó inhabilitado por las escuchas del caso <em>Gürtel</em>, mientras que el asunto de los cursos sería finalmente archivado por el Tribunal Supremo. </p><p>Pese a que esta relación copó los titulares, ha causado mucho menos revuelo la presencia de determinados exponentes de la élite judicial en otro tipo de eventos generalmente organizados por el sector privado, cuando no por organizaciones de la sociedad civil abiertamente politizadas. </p><p>Entre estos pueden destacarse <a href="https://www.elplural.com/politica/algunos-jueces-que-condenaron-a-garzon-participaron-en-cursos-faes-y-de-la-fundacion-de-michavila_47987102" target="_blank">los debates de la </a><a href="https://www.elplural.com/politica/algunos-jueces-que-condenaron-a-garzon-participaron-en-cursos-faes-y-de-la-fundacion-de-michavila_47987102" target="_blank"><strong>fundación FAES</strong></a>, cercana al Partido Popular y presidida por José María Aznar, a los que asistieron magistrados como <strong>Manuel Marchena,</strong> máximo responsable del juicio del proceso independentista catalán y miembro del tribunal que condenó a Garzón por el caso de las escuchas a miembros de la trama <em>Gürtel</em>, consideradas ilegales. Marchena recibió, además, un premio por parte de la <strong>Fundación Wolters Kluwer, en cuyo consejo asesor se sentaban los exministros José María Michavila y Ángel Acebes. </strong></p><p>A los eventos de FAES también asistieron, además de otros exministros del PP, como Alberto Ruiz Gallardón o Federico Trillo, el exmiembro del CGPJ y del Tribunal Constitucional <strong>dimitido por conducción ebria y actual consejero de Justicia madrileño, Enrique López</strong>, o el exfiscal general del Estado <strong>Eduardo Torres Dulce. </strong></p><p>Contaron, también, con otros magistrados próximos a Marchena, y relacionados con la destitución de Garzón, como <strong>Adolfo Prego o Miguel Colmenero,</strong> ponente tanto en el caso de las escuchas de <em>Gürtel </em>como en el de los cursos de Nueva York. También con <strong>Pablo Llarena,</strong> instructor del <em>procés </em>y contrario a aplicar la amnistía al expresidente catalán Carles Puigdemont.  </p><p>Si bien impartir cursos es una actividad que se puede ejercer previo permiso del CGPJ y no tiene por qué implicar incompatibilidad alguna, la escuela sede de dichos cursos puede indicar conexiones directas e indirectas. Precisamente fue la persistencia de esta red de vinculaciones<a href="https://www.eldiario.es/opinion/zona-critica/denuncia-magistrados-tribunal-supremo_129_4532899.html" target="_blank"> la que llevó al exfiscal anticorrupción Carlos Jiménez Villarejo a presentar en 2014 una denuncia ante el CGPJ</a>. </p><p>En ella, Jiménez Villarejo señalaba a siete jueces del Tribunal Supremo y a seis abogados de la trama <em>Gürtel </em>por haber compartido aulas y remuneraciones en jornadas patrocinadas por<strong> empresas como El Corte Inglés, Repsol, Banesto, Enagás, Telefónica, Gas Natural, Caixa Galicia, Cajamar </strong>o<strong> Caja 7.</strong></p><p>El exfiscal mencionaba también a otra entidad algo menos conocida pero no menos relevante:<strong> el Instituto Europeo de Práctica Judicial Schola Iuris, </strong><a href="https://www.publico.es/politica/villarejo-utilizaba-buenas-relaciones-jueces-fiscales-beneficiar-clientes.html" target="_blank">propiedad del empresario Ángel Benseny Pellicer</a>, socio de dos de las personas de confianza del<strong> comisario jubilado José Manuel Villarejo. </strong></p><p>Schola Iuris acogió sesiones formativas por parte de magistrados como el ya mencionado Manuel Marchena,<strong> José Manuel Maza Martín</strong>, fiscal general del Estado de un Gobierno de Mariano Rajoy, y de <strong>Manuel Moix, </strong>quien fuera fiscal anticorrupción del mismo Ejecutivo.  </p><p>Marchena y otros jueces del Tribunal Supremo y la Audiencia Nacional también estuvieron presentes en el <a href="https://elpais.com/politica/2016/04/20/actualidad/1461174417_124122.html" target="_blank"><strong>Foro de la Justicia, organizado por Ausbanc </strong></a><a href="https://elpais.com/politica/2016/04/20/actualidad/1461174417_124122.html" target="_blank">entre los años 2010 y 2016</a>, en el que se trataron problemas como las cláusulas suelo y otras consecuencias jurídicas de la crisis financiera, como las estafas de las preferentes. <strong>Las remuneraciones iban de los 800 a los 1.500 euros por intervención. </strong>Algunos de los asistentes donaron dichas cantidades a ONG. El presidente de Ausbanc, Luis Pineda, sería posteriormente encarcelado por presunta extorsión, aunque absuelto por el Tribunal Supremo. </p><p>Pineda reconocería que, más que para aprender, <strong>este tipo de eventos se organizaban para “hacer amigos”. </strong><a href="https://www.hayderecho.com/2016/05/31/flash-derecho-debate-sobre-los-cobros-de-jueces-y-magistrados-por-conferencias-o-cursos-en-entidades-privadas/" target="_blank">El caso de Ausbanc desembocó en un debate sobre este tipo de remuneraciones y pagos, que podían suponer conflictos de interés</a>. </p><p>Como consecuencia de este y de otros casos, han sido muchos los debates en el seno de la élite judicial y de su órgano de gobierno, que ha elaborado un <strong>código ético </strong>y creó en 2018 una comisión de ética judicial para dirimir estos posibles conflictos. Esta última es la única compuesta a partir de la elección de los propios jueces y tiene predominio conservador.  </p><p>El desarrollo de normas para evitar este tipo de conflictos no parece suficiente. <a href="https://cadenaser.com/ser/2018/10/22/tribunales/1540233248_628213.html" target="_blank">El CGPJ autorizó al </a><a href="https://cadenaser.com/ser/2018/10/22/tribunales/1540233248_628213.html" target="_blank"><strong>juez Luis María Díez-Picazo a impartir clases en el Colegio Universitario de Estudios Financieros (CUNEF)</strong></a><strong>, centro vinculado a la patronal bancaria Asociación Española de la Banca.</strong> Díez-Picazo fue decisivo en un cambio de normativa sobre el impuesto hipotecario de Actos Jurídicos Documentados, que terminó siendo favorable a la banca. Esta vinculación provocó en <a href="https://confilegal.com/20200808-la-compatibilidad-para-dar-clase-en-cunef-concedida-a-diez-picazo-compremete-su-imparcialidad-objetiva-segun-la-pcij/" target="_blank">su momento una protesta por parte de la Plataforma Cívica por la Independencia Judicial</a>, presidida por Elisa de la Nuez.  </p><p>A estos cursos y conferencias hay que añadir la <strong>participación de miembros de poder judicial como socios o colaboradores de bufetes, </strong>un género que merece un espacio propio. Y a todo ello se debería sumar la coincidencia de los exponentes de la reducida élite judicial en otro tipo de foros de carácter más informal, como determinados <strong>clubes de élite.</strong> </p><p>Si bien se hace necesario que la injerencia política en el poder judicial se minimice (también la de una derecha que no parece querer abandonar su activismo durante este curso), es igualmente exigible un ejercicio de transparencia para que dicha independencia pueda cumplirse en todos sus ámbitos.</p>]]></description>
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      <pubDate><![CDATA[Sat, 13 Sep 2025 04:00:23 +0000]]></pubDate>
      <author><![CDATA[Andrés Villena Oliver]]></author>
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      <media:title><![CDATA[Cursos y jornadas con capital privado: cuando la política no es lo único que amenaza la independencia judicial]]></media:title>
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      <media:keywords><![CDATA[Jueces,Tribunales,Justicia,FAES,Manuel Marchena,Pablo Llarena]]></media:keywords>
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      <title><![CDATA[El juez Llarena ve un posible delito en la no detención de Puigdemont y pide investigar su fuga]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.infolibre.es/politica/juez-llarena-ve-posible-delito-no-detencion-puigdemont-pide-investigar-fuga_1_1874246.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.infolibre.es/clip/081bdd2d-f90c-4cd9-a299-c2fd9d1b82e6_16-9-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675" alt="El juez Llarena ve un posible delito en la no detención de Puigdemont y pide investigar su fuga"></p><p>El juez del Tribunal Supremo <strong>Pablo Llarena</strong> ha enviado a los juzgados de Barcelona los informes policiales relacionados con la entrada en España del expresidente catalán<strong> Carles Puigdemont </strong>el pasado agosto sin ser detenido, ante la posibilidad de que se cometiesen varios delitos. El magistrado, que no tiene competencias para investigar estos hechos, considera que no se puede excluir "la participación de otros responsables no aparentes en los delitos" de omisión del deber de perseguir delitos y encubrimiento, y por ello<strong> remite los informes a los juzgados de Barcelona </strong>"a los efectos legales oportunos".</p><p>Carles Puigdemont, que tiene una orden de detención vigente, apareció el pasado 8 de agosto en Barcelona y dio un breve discurso en el paseo de Lluís Companys, a pocos metros de un amplio dispositivo policial, desplegado para la investidura del socialista Salvador Illa; después, <strong>logró escabullirse entre los congregados sin ser detenido y consiguió salir de España</strong>.</p><p>El juez del Supremo pidió explicaciones tanto al Ministerio del Interior como a los Mossos d'Esquadra y, tras recibir sendos informes, ha llegado a la conclusión de que estos <strong>"no reflejan impedimentos para que el dispositivo policial pudiera abordar la detección" </strong>del expresidente autonómico hasta el escenario donde dio aquel discurso.</p><p>Admite que el informe de los Mossos expresa "la dificultad de abordar la detención" de Puigdemont "en el seno de la aglomeración de personas a la que se incorporó y pese a indicar la posible participación de tres individuos en la fuga", si bien <strong>no ve esos "impedimentos" en detectar al expresident en dichos momentos</strong>.</p><p>Este informe, dice Llarena, tampoco refleja la "imposibilidad de abordar con efectividad su posterior seguimiento y alcance, hasta el punto de que se materializó su fuga del territorio nacional". Todo ello, afirma el magistrado, "<strong>impide excluir la participación de otros responsables no aparentes</strong>" en los mencionados delitos.</p><p><strong>Tres agentes de los Mossos d'Esquadra fueron detenidos </strong>por ayudar supuestamente a huir a Carles Puigdemont tras su fugaz reaparición y dos de ellos fueron suspendidos de empleo y sueldo de forma cautelar. Al tercero no se le abrió expediente disciplinario, a diferencia de los otros dos, por estar de baja. Uno de los agentes detenidos es el propietario del vehículo con el que huyó Puigdemont, aunque en su caso alegó que prestó el coche a una amiga que va en silla de ruedas, que era la mujer que conducía cuando el expresident logró fugarse sin ser detenido.</p><p>En el informe que remitieron al Tribunal Supremo sobre el dispositivo fallido para arrestar a Puigdemont, los Mossos admiten que la "maniobra de distracción" del expresidente catalán, en un movimiento que "escapa a toda lógica racional o política",<strong> les sumió en una situación de "confusión" e "incertidumbre" que impidió detenerle. </strong></p>]]></description>
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      <pubDate><![CDATA[Thu, 19 Sep 2024 09:38:35 +0000]]></pubDate>
      <author><![CDATA[infoLibre]]></author>
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      <media:keywords><![CDATA[Carles Puigdemont,Tribunal Supremo,Mossos d'Esquadra,Pablo Llarena]]></media:keywords>
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      <title><![CDATA[Peineta policial en Cataluña al juez Llarena]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.infolibre.es/club-infolibre/librepensadores/peineta-policial-cataluna-juez-llarena_129_1869556.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p>Siguen corriendo ríos de tinta sobre la <strong>no detención de Puigdemont</strong>. Mi opinión al respecto coincide con la de Mercè Carandell publicada en esta sección el 16 de agosto, titulada <a href="https://www.infolibre.es/club-infolibre/librepensadores/no-detuvieron-puigdemont_129_1862330.html" target="_blank">“Por qué no detuvieron a Puigdemont”</a>, aunque el razonamiento para llegar a su misma conclusión es diferente.</p><p>He escuchado en boca de tertulianos cómo comparaban la<strong> actuación de los Mossos d´Escuadra </strong>con Mortadelo y Filemón. Sin embargo, yo pondría el foco en el proceder del juez Llarena, cuya actuación en el procedimiento que sigue contra Puigdemont se asemeja bastante a las aventuras del personaje cómico de ficción Rompetechos, creado por el mismo autor que Mortadelo y Filemón.</p><p>Todo el mundo medianamente interesado en el asunto conoce que <strong>Puigdemont fue puesto a disposición del juez Llarena por parte de la justicia alemana</strong>. El Tribunal Superior de Justicia de Schleswig-Holstein acordó su extradición por el delito de malversación. Sin embargo, el juez Llarena declinó aceptar esta resolución del Tribunal alemán, ya que él pretendía traer a Puigdemont acusado de rebelión o sedición, tomando una decisión que demuestra su cortedad visual sobre el devenir de los acontecimientos, pues ya el propio Tribunal alemán daba pistas sobre cuál iba a ser el resultado final de este procedimiento judicial.</p><p>Y así fue como, años después, el Parlamento español, demostrando su desacuerdo con la forma en la que el Partido Popular gestionó el <em>procés</em>, aprueba <strong>la ley de Amnistía</strong>, la cual, entre otros efectos, establece que la malversación de fondos públicos sin enriquecimiento personal de los actores en el <em>procés</em> queda impune, así como también quedan sin efecto las <strong>órdenes de detención </strong>existentes al respecto.</p><p>Pues bien, nuevamente el juez Llarena hace otra de Rompetechos, interpretando el <strong>término “enriquecimiento” de forma estrambótica</strong>, con el propósito de no aplicar la ley de Amnistía y negándose a ver lo que dice el Parlamento.</p><p>Y en estas estamos cuando<strong> el “ex president” decide volver a España</strong>. Seguramente, el juez Llarena pensó que el fin de su calvario estaba próximo, pero una vez más no la vio venir, no vio venir la <strong>enorme peineta</strong> que le iban a hacer los cuerpos policiales en Cataluña.</p><p>¿Acaso la policía se iba a prestar a que una intervención suya para detener a Puigdemont fuese el <strong>detonante del estallido de unos incidentes</strong> que pudieran generar lesiones en personas y bienes, porque el juez Llarena no ha sido capaz de ver las diferentes opciones que se le han presentado a lo largo de este procedimiento?</p><p>Ahora se va a tener que creer que la <strong>ley de Murphy</strong> también rige en las intervenciones policiales.</p><p>_________________</p><p><em><strong>Miguel García Tarrío </strong></em><em>es socio de infoLibre.</em></p>]]></description>
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      <pubDate><![CDATA[Thu, 29 Aug 2024 17:59:44 +0000]]></pubDate>
      <author><![CDATA[Miguel García Tarrío]]></author>
      <media:title><![CDATA[Peineta policial en Cataluña al juez Llarena]]></media:title>
      <media:keywords><![CDATA[Cataluña,El juicio del 'procés',Carles Puigdemont,Mossos d'Esquadra,Pablo Llarena]]></media:keywords>
    </item>
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      <title><![CDATA[Puigdemont denuncia a Llarena por "retrasar" la resolución de sus recursos por la amnistía]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.infolibre.es/politica/puigdemont-denuncia-llarena-retraso-injustificado-resolucion-recursos-amnistia_1_1864265.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.infolibre.es/clip/41b4a1ff-2ec9-4d00-8281-00c4dedf5860_16-9-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675" alt="Puigdemont denuncia a Llarena por "retrasar" la resolución de sus recursos por la amnistía"></p><p>El expresidente catalán <strong>Carles Puigdemont</strong> y el eurodiputado de Junts<strong> Toni Comín </strong>han denunciado ante el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) al instructor de la causa del <em>procés</em>, <strong>el magistrado Pablo Llarena</strong>, por el "retraso injustificado y reiterado en la tramitación y resolución" de los recursos a la aplicación de la ley de amnistía.</p><p>En su escrito, recogido por Europa Press, el abogado Gonzalo Boye pide al órgano de gobierno de los jueces que <strong>investigue ese retraso </strong>al considerar que el juez del Tribunal Supremo ha incurrido en una infracción disciplinaria de la Ley Orgánica del Poder Judicial al <strong>haberse "excedido con creces el plazo previsto"</strong> en el ordenamiento para resolver los recursos.</p><p>Y es que, apunta el letrado, "la inobservancia de los tiempos legalmente establecidos durante el ejercicio de las funciones o competencias judiciales tiene su respuesta disciplinaria en <strong>las faltas muy grave, grave y leve</strong>". Los mismos se presentaron, en concreto, contra el auto por el cual el juez declaró inaplicable la amnistía al delito de malversación que se imputa a Puigdemont y Comín. También recurrieron esa decisión, al menos, la Fiscalía, la Abogacía del Estado y la defensa de la secretaria general de ERC, Marta Rovira, y del exconseller Lluís Puig.</p><p>El letrado asegura que <strong>"los denunciantes han presentado dos recordatorios de la pendencia de dichos recursos de reforma"</strong>. "No cabe duda alguna de que el magistrado ha tenido un conocimiento singularizado de las particulares circunstancias del asunto, habiéndosele dado cuenta específica de su retraso hasta dos veces, a pesar de lo cual ha continuado sin despacharlo", sostiene.</p><p>Todo ello, incide en su escrito, a pesar de que Llarena <strong>dejó "sin efecto su licencia de vacaciones con el anhelo notorio de supervisar la captura"</strong> de Puigdemont. "Lo que, además de poner de manifiesto lo malicioso de la dilación, indica que no existe razón justificada de ninguna clase para no resolver dentro del plazo legal", concluye.</p>]]></description>
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      <pubDate><![CDATA[Mon, 19 Aug 2024 09:40:24 +0000]]></pubDate>
      <author><![CDATA[infoLibre]]></author>
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      <media:title><![CDATA[Puigdemont denuncia a Llarena por "retrasar" la resolución de sus recursos por la amnistía]]></media:title>
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      <media:keywords><![CDATA[Carles Puigdemont,Consejo General del Poder Judicial,Pablo Llarena,El juicio del 'procés']]></media:keywords>
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      <title><![CDATA[Interior pone a los Mossos en la diana de Llarena mientras Illa se apresura a restaurar su imagen]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.infolibre.es/politica/gobierno-culpa-ts-mossos-fuga-puigdemont-illa_1_1861428.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.infolibre.es/clip/32d1a1d3-1e10-4c0e-ae83-f84f636fb99a_16-9-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675" alt="Interior pone a los Mossos en la diana de Llarena mientras Illa se apresura a restaurar su imagen"></p><p>El <a href="https://www.lamoncloa.gob.es/Paginas/index.aspx" target="_blank">Gobierno</a> lleva días sacudiéndose su responsabilidad por la huida del expresident de la Generalitat Carles Puigdemont, sobre el que pesa una orden nacional de detención, tras su reaparición en el centro de Barcelona. Primero, ante los medios de comunicación. Y ahora, ante la justicia. El Ministerio del Interior ha remitido ya al Tribunal Supremo su informe sobre el dispositivo dispuesto para la detección y arresto del líder de Junts a su regreso a España. <strong>El documento pone el foco sobre los Mossos d'Esquadra</strong>, cuya imagen se ha visto lastrada por el fracaso del operativo. Una crisis que el nuevo Govern de Salvador Illa quiere atajar cuanto antes. Muestra de ello es que la primera visita oficial del president vaya a ser al cuartel general del cuerpo policial.</p><p>La fuga de Puigdemont no ha tardado en convertirse en la enésima derivada del <em>procés</em>. Pocas horas después de que el exlíder del Ejecutivo se esfumase en la Ciudad Condal, el instructor de la causa, Pablo Llarena, decidió poner el foco sobre el fiasco de la operación. La orden de detención cursada contra el prófugo <strong>es de obligado cumplimiento para todas las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado</strong>. De ahí que el magistrado pidiese explicaciones sobre lo sucedido no solo a los Mossos d'Esquadra, sino también al <a href="https://www.infolibre.es/temas/ministerio-del-interior/" target="_blank">Ministerio del Interior</a>, del que dependen Policía Nacional y Guardia Civil. No hay, por el momento, una investigación penal como tal por estos hechos, lo que no quiere decir que no pueda acabar abriéndose en un futuro.</p><p>El departamento que dirige Fernando Grande-Marlaska ya ha hecho llegar a Llarena un informe en el que da respuesta a las distintas cuestiones planteadas por el magistrado. Interior sostiene que la detención de Puigdemont "ha sido, es y será, hasta que su cumplimiento, un objetivo operativo para todas las unidades y servicios policiales". Y señala que "en los dispositivos de control y vigilancia" establecidos en la frontera, así como en puertos y aeropuertos, <strong>"no se detectó en momento alguno" al expresident</strong>. El secretario general de Junts, Jordi Turull, <a href="https://www.infolibre.es/politica/turull-dice-puigdemont-volvio-martes-barcelona-marchado-waterloo-belgica_1_1859413.html" target="_blank">aseguró</a> la pasada semana que el exlíder del Ejecutivo catalán llegó a Barcelona dos días antes de su reaparición televisada, que coincidió con la investidura de Illa.</p><p>Interior, no obstante, deja caer que es difícil establecer en la frontera con Francia un "control policial" que garantice una "impermeabilidad absoluta". Se agarra a la normativa comunitaria. Así, menciona el artículo 67 del <a href="https://www.boe.es/doue/2010/083/Z00047-00199.pdf" target="_blank">Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea</a>: <strong>"[La Unión] garantizará la ausencia de controles de las personas en las fronteras interiores"</strong>. Y el 22 del <a href="https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=DOUE-L-2016-80504" target="_blank"><em>Código de Fronteras Schengen</em></a>: "Las fronteras interiores podrán cruzarse en cualquier lugar sin que se realice inspección fronteriza alguna de las personas". Dicho reglamento, además, obliga a notificar a la Comisión Europea y al resto de Estados el restablecimiento de controles fronterizos. Una <strong>medida de último recurso para cuando exista una amenaza grave para el orden público o seguridad interior</strong>.</p><p>Sobre la detención ya en territorio nacional, <strong>responsabiliza a los Mossos del fracaso</strong>. El cuerpo policial autonómico, sostiene el informe, comunicó al ministerio su dispositivo. E Interior le ofreció apoyo operativo por parte de Policía Nacional y Guardia Civil. Pero los primeros renunciaron a dicha colaboración. <strong>"[No fueron] requeridos tales apoyos más allá de los habituales prestados a través de la mesa de coordinación operativa y de intercambio de información e inteligencia"</strong>, reza el documento que se ha hecho llegar al instructor del <em>procés</em>. Por eso, y dada "la competencia" del cuerpo catalán para labores de "seguridad ciudadana" o "policía judicial", ni el Instituto Armado ni la Policía Nacional montaron operativos específicos paralelos para la detención en el centro de Barcelona.</p><p>Una vez que la fuga dejó de ser una sospecha y se convirtió en una realidad, el departamento que dirige Grande-Marlaska dio orden de activar los "recursos operativos y de inteligencia extraordinarios" para localizar y arrestar a Puigdemont. De esta manera, el informe apunta que se reforzó la vigilancia en puertos y aeropuertos y se dispusieron dispositivos en vías públicas, especialmente aquellas que conducían o estaban próximas a la frontera –algo en lo que se llevaba trabajando días–. <strong>No obstante, las de "alta capacidad" quedaron bajo responsabilidad de los Mossos</strong>, que evitan aclarar si han enviado ya su propio informe al Supremo y a quienes también ha pedido explicaciones el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC).</p><p>La televisada desaparición de Puigdemont ha provocado una profunda crisis de imagen y credibilidad en la policía autonómica, donde <a href="https://www.infolibre.es/politica/puigdemont-embarca-segunda-fuga-vuelve-poner-jaque-mossos-d-esquadra_1_1858936.html" target="_blank">algunos agentes hablan de "ridículo"</a>. Un cuerpo que <strong>ha tenido que remar intensamente desde el referéndum ilegal del 1-O para recuperar la confianza perdida de jueces y fiscales</strong>. Entonces, se les acusó de connivencia con el independentismo. "Han quedado evidenciados episodios de auténtica complicidad (...) quizás por la coincidencia ideológica o por la seguridad de que de esa forma podían granjearse el aplauso y beneplácito de ciudadanos rebeldes o responsables políticos", llegó a decir el Tribunal Supremo en su sentencia del <em>procés</em>. Un fantasma que ahora, siete años después, ha vuelto a resurgir.</p><p>No ayuda, además, que tres de los detenidos hasta ahora por su supuesta participación en la fuga del expresident de la Generalitat sean agentes de los Mossos d'Esquadra –uno de ellos, el dueño del coche en el que desapareció el líder de Junts por las calles de Barcelona–, igual que lo eran algunos de quienes participaron en su primera huida a Bruselas o de quienes le acompañaban cuando fue detenido en Alemania. <strong>"Es un acto reprobable e inaceptable y una afrenta al conjunto del cuerpo. No merecen vestir nuestro uniforme"</strong>, se encargó de decir sobre los detenidos el comisario jefe, Eduard Sallent. Lo hizo el pasado viernes, durante una rueda de prensa que encabezó el entonces conseller de Interior, Joan Ignasi Elena.</p><p>Aquella fue su última gran comparecencia antes de pasar el testigo a la socialista Núria Parlón. A partir de ahora, será ella quien lleve las riendas de este departamento. Y a la que le tocará lidiar con la crisis de imagen que afronta la policía catalana. Algo que el nuevo Govern de Salvador Illa parece tener entre sus prioridades. La primera visita oficial que harán este miércoles el president y la consellera de Interior <strong>será, precisamente, al cuartel general de los Mossos d'Esquadra</strong>. Un movimiento cargado de simbolismo con el que ambos quieren mostrar su "reconocimiento y pleno apoyo" al cuerpo y conocer "de primera mano" sus "inquietudes y necesidades". "El gran grueso tiene un compromiso firme y su comportamiento es ejemplar", ha dicho la portavoz del Govern, Sílvia Paneque.</p><p>Aunque el nuevo Ejecutivo catalán no ha dado aún ningún paso en esa dirección, se da por descontado un relevo en la cúpula policial. Una reestructuración con un nombre propio: el de <strong>Josep Lluís Trapero</strong>. Durante la campaña electoral, Illa dejó claro que si llegaba al Palau <strong>el </strong><em><strong>major</strong></em><strong> sería director general de los Mossos</strong>, un cargo al que hasta ahora no ha accedido ningún uniformado. Si alguien sabe lo que supone que el cuerpo esté bajo la lupa, ese es Trapero. Hace solo cuatro años, tuvo que sentarse en el banquillo de la Audiencia Nacional junto al resto de cúpula policial por el <em>procés</em>. Se les acusó de rebelión y sedición. Pero fueron absueltos. En el fallo, el tribunal recordó que el <em>major</em> llegó a preparar un dispositivo para detener a cargos políticos tras la declaración unilateral de independencia.</p>]]></description>
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      <pubDate><![CDATA[Tue, 13 Aug 2024 17:26:38 +0000]]></pubDate>
      <author><![CDATA[Álvaro Sánchez Castrillo]]></author>
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      <media:title><![CDATA[Interior pone a los Mossos en la diana de Llarena mientras Illa se apresura a restaurar su imagen]]></media:title>
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      <media:keywords><![CDATA[Gobierno,Ministerio del Interior,Tribunal Supremo,Pablo Llarena,Cataluña,Mossos d'Esquadra,Policía Nacional,Guardia Civil]]></media:keywords>
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      <title><![CDATA[Puigdemont en Cataluña: empate, prórroga y penaltis]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.infolibre.es/club-infolibre/librepensadores/puigdemont-cataluna-empate-prorroga-penaltis_129_1859209.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p>Las Olimpiadas que se están celebrando en París son un acontecimiento de lo más oportuno para comparar lo que sucedió en el <strong>Parlament de Catalunya</strong>, unas <strong>olimpiadas políticas</strong>, para la investidura de<strong> Salvador Illa</strong>, con las de París.</p><p>Independientemente de la opinión que se tenga que de la fuga o huida de <strong>Puigdemont</strong> hace siete años, lo cierto es que en estos siete años, el <strong>Juez Llarena</strong> no ha podido traerle de vuelta a España.  Ha vivido libre, huido de la justicia o en el exilio, como él manifiesta. Escribió <strong>Jordi Nieva-Fenoll </strong>ayer en <em>El País</em> una columna con el título '¿Puigdemont a la cárcel?', en la que hace un repaso breve pero muy claro de todas las incidencias, pasos y errores que ha dado en estos años el Juez Llarena para que volviera a Cataluña y ninguno ha servido para traerle detenido y ponerle a disposición del Tribunal Supremo. Esta es la realidad. Puigdemont ha vuelto por su propia iniciativa a Barcelona y sigue por los motivos que sean, libre. No trato ahora de analizar si por su valor, su miedo, cu cobardía, su pericia o la impericia de los Mossos. </p><p>Decía el filósofo Gustavo Bueno, del que se cumplen ahora ocho años de su muerte, que <strong>los jueces "jamás se manchan las manos”</strong>. No actúan como verdugos, se limitan a entregar al condenado (en este caso al acusado) al “brazo secular” para que haga el trabajo sucio (esposar, meter en prisión, agarrotar), lo que les otorga esa impresión de “independencia”. De lo que deducía que <strong>la independencia del poder judicial no es tal</strong>. Después de la huida repetida de Puigdemont, toda la responsabilidad ha caído en los Mossos, expresada en la autocrítica de sus mandos, de los mandos políticos, y de los partidos políticos contra el Gobierno.</p><p>Recuerdo que estos días,  el equipo español femenino de waterpolo empataba en los últimos segundos con el equipo de los Países Bajos en el partido que decidía el paso a las semifinales. En este deporte olímpico, no hay prórroga y han pasado de inmediato a los penaltis, que ha ganado el equipo español. <strong>Miquel Noguer</strong>, también en <em>El País</em>, afirma que <strong>“Puigdemont quema el último cartucho”</strong>. Clarísimamente es la prórroga que le ha concedido su larga marcha de siete años hasta concluir con la vuelta a Barcelona. La pregunta que ahora corresponde hacer es: ¿Qué es lo que quiere Puigdemont? Lo que manda la ley: su amnistía, que es muchísimo personalmente para él. No quiere, le horroriza pasar por la cárcel. Ahora bien, el Tribunal Supremo quiere cazar su última presa. No puede permitirse seguir con el empate en la prórroga. <strong>Solo los penaltis le salvarán. Y de quién depende el resultado de los penaltis: de las manos del Tribunal Constitucional</strong>.</p><p>Me parece imprescindible señalar que no hay mal que por bien no venga. Que, al final, Salvador Illa, sea ya Presidente de Cataluña, se debe a Puigdemont, a los Mossos, a Junts o al Juez Llarena. <strong>¿Casualidad o tacticismo?</strong></p><p>¡¡Enhorabuena, Salvador Illa!! ¡Nunca es tarde si la dicha llega!</p><p>______________________</p><p><em><strong>Felipe Domingo Casas </strong></em><em>es socio de infoLibre</em></p>]]></description>
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      <pubDate><![CDATA[Sat, 10 Aug 2024 17:14:43 +0000]]></pubDate>
      <author><![CDATA[Felipe Domingo Casas]]></author>
      <media:title><![CDATA[Puigdemont en Cataluña: empate, prórroga y penaltis]]></media:title>
      <media:keywords><![CDATA[Cataluña,Salvador Illa,Carles Puigdemont,Pablo Llarena]]></media:keywords>
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      <title><![CDATA[El juez Llarena pide a los Mossos y a Interior informes sobre el operativo para detener a Puigdemont]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.infolibre.es/politica/juez-llarena-pide-mossos-interior-informes-operativo-detener-puigdemont_1_1859327.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.infolibre.es/clip/0521abdc-1930-4716-aa40-f676f86cf0ec_16-9-discover-aspect-ratio_default_1013921.jpg" width="1920" height="1080" alt="El juez Llarena pide a los Mossos y a Interior informes sobre el operativo para detener a Puigdemont"></p><p>El juez instructor de la causa del <em>procés</em>, Pablo Llarena, <strong>ha pedido a los Mossos d'Esquadra y al Ministerio del Interior que informen sobre el operativo policial</strong> planificado para la <a href="https://www.infolibre.es/politica/puigdemont-embarca-segunda-fuga-vuelve-poner-jaque-mossos-d-esquadra_1_1858936.html" target="_blank" >detención del expresidente catalán Carles Puigdemont</a> y "sobre los elementos que determinaron su fracaso desde un aspecto técnico policial".</p><p>En dos providencias, recogidas por Europa Press, el magistrado del Tribunal Supremo pregunta al cuerpo policial y al Ministerio <strong>cuál era el operativo inicialmente aprobado y dispuesto para su detección en frontera</strong> y detención, así como las órdenes posteriores que fueron cursadas para su detección en frontera y detención, <a href="https://www.infolibre.es/politica/puigdemont-embarca-segunda-fuga-vuelve-poner-jaque-mossos-d-esquadra_1_1858936.html" target="_blank" >después de su fuga</a>.</p><p>Este mismo viernes, <strong>el abogado de Puigdemont, Gonzalo Boye, ha asegurado en declaraciones a Rac1 </strong>que éste se encuentra fuera de España y que hablará entre "hoy o mañana".</p><p> El juez explica en sus resoluciones que <strong>ha "tenido conocimiento de que el procesado en rebeldía estuvo presente ayer en Barcelona</strong> protagonizando un acto público en las inmediaciones del Parlament de Cataluña y que al finalizar el mismo logró eludir la orden de detención emitida contra él".</p><p>Es por eso que <strong>Llarena insta a los Mossos y a Interior a detallar "quiénes eran los agentes responsables del diseño del operativo</strong>, los responsables de su aprobación y los que se les encomendó su ejecución o despliegue operativo".</p><p>Hasta el momento <strong>dos mossos han sido detenidos por presuntamente ayudar a Puigdemont en su huida</strong>. El expresidente regresó a España, asistió a la concentración convocada por Junts y pronunció un discurso frente a sus simpatizantes. Después, se le perdió la pista.</p>]]></description>
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      <pubDate><![CDATA[Fri, 09 Aug 2024 07:35:41 +0000]]></pubDate>
      <author><![CDATA[infoLibre]]></author>
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      <media:title><![CDATA[El juez Llarena pide a los Mossos y a Interior informes sobre el operativo para detener a Puigdemont]]></media:title>
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      <media:keywords><![CDATA[Carles Puigdemont,Mossos d'Esquadra,Pablo Llarena,Tribunal Supremo,Cataluña,El futuro de Cataluña]]></media:keywords>
    </item>
    <item>
      <title><![CDATA[La bola de cristal]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.infolibre.es/opinion/ideas-propias/bola-cristal_129_1835608.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.infolibre.es/clip/5b870e78-bb2a-4cac-b9bf-a3c0fe7f3cb9_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675" alt="La bola de cristal"></p><p>De todos los diputados del <strong>PP</strong> que han sido o son, el más sincero, el que fue capaz de hablar con verdad en el <strong>Congreso</strong>, es <strong>Ignacio Cosidó</strong>. En noviembre de 2018, su señoría envió una explicación contundente al grupo de 146 senadores del partido, congratulándose del acuerdo alcanzado para la <strong>renovación del CGPJ</strong> que pondría al magistrado <strong>Manuel Marchena</strong> al frente del gobierno de los jueces y, por ende, del <strong>Tribunal Supremo</strong>. Y para mayor gloria del pacto alcanzado, se ufanaba: "Controlaremos la Sala Segunda desde detrás”.</p><p>Aquello trascendió y todo se fue al garete.  Después de eso, pasamos cinco años de rechazo permanente a la renovación del Consejo con argumentos tan peregrinos por parte de la derecha que, al recordarlos, dan vergüenza ajena: que si tal juez no me gusta; que si los de <strong>Podemos</strong> son malvados; que si van a indultar a los del <em><strong>procés</strong></em>... Excusa sobre excusa. </p><p>El fondo del asunto se encontraba en el mismo mensaje de Cosidó: “Ha sido una jugada estupenda que he vivido desde la primera línea. Nos jugábamos las renovaciones futuras de 2/3 del TS y centenares de nombramientos en el <strong>Poder Judicial</strong>, vitales para el PP y para el futuro de España". Y ahí estaba la clave de la negativa, el temor a que si el Consejo salía adelante el PP no controlaría ni los nombramientos del TS, Sala III de lo contencioso, con la competencia sobre todos los nombramientos del <strong>Ejecutivo</strong> y del Judicial, Sala II, con competencia sobre todos los aforados y en casación (recuerden los casos de corrupción populares pendientes) y la ubicación de jueces “amigos” en diferentes instancias “menores”. </p><p>Todo ello podía abocar al desastre. No digo nada —Dios no lo quiera— de la posibilidad de que se pudiera producir la presencia en la cúpula judicial de algún juez progresista y partidario de aplicar el derecho sin miramientos. Pero, como todos sabemos, esto no es <em><strong>lawfare</strong></em> porque, en España, el <em>lawfare</em> no existe.</p><p>Bueno, pues aun sin haber conseguido ese objetivo de control confesado por Cosidó, estos cinco largos años de travesía del desierto de la judicatura han dado mucho de sí. Sólo que, en vez de trabajar como hasta entonces de manera sutil, poniendo y quitando, intercambiando cromos y colocando a afines, ha sido necesario acudir a métodos más burdos pero que se han demostrado eficaces. </p><p>Así, adonde el CGPJ no llegaba por su precaria situación, algunas asociaciones de jueces de talante conservador (y, por supuesto, las de fiscales del mismo signo) cogían la antorcha criticando leyes o convocando manifestaciones togadas aun sin conocer todavía el texto que no se había aprobado de la inexistente todavía norma sobre la amnistía a batir. Pasito a pasito, jueces y fiscales iban plasmando su impronta ante el Gobierno que se resume en esta idea: Podéis legislar lo que sea, que nosotros diremos la última palabra. </p><p>La postura —chulesca— venía de atrás. Con los ataques a la Fiscal General del Estado, <strong>Dolores Delgado</strong>, sin tener en cuenta los grandes logros que consiguió durante su mandato y que alguna vez, cuando todo esto pase, se valorarán en su justa medida. Las embestidas fueron de inmediato dirigidas a su sucesor. Lo de que a los puestos de decisión se hubieran incorporado fiscales progresistas y –lo último– ¡mujeres!, no era de recibo. Que por el camino se hubieran quedado sin mando en plaza fiscales de la cuerda conservadora que sabían perfectamente lo que necesita, no ya la justicia, sino el país, era inaceptable. Pero eso es algo que aconseja el sentido común, en absoluto achacable a un sesgo de politización, dado que nuestros jueces y fiscales, como todos sabemos, no están politizados.</p><p>"El que pueda hablar, que hable, el que pueda hacer, que haga, el que pueda aportar, que aporte, el que se pueda mover, que se mueva. Cada uno en su responsabilidad tiene que ser consciente de la situación de crisis en la que estamos", había arengado el expresidente <strong>José María Aznar</strong>, auténtico paladín del partido que preside<strong> Alberto Núñez Feijóo</strong> y que goza del respeto de la <strong>ultraderecha</strong>. (Y que, por cierto, aún no ha pedido perdón por habernos metido en la guerra de Irak ¿se acuerdan?). Parece que algunos jueces tomaron al pie de la letra las indicaciones, y se pusieron manos a la obra.</p><p>La estrategia iba dirigida a terminar con el mandato de <strong>Sánchez</strong> de todas las maneras posibles. Una de ellas, poniendo en el punto de mira a su cónyuge. Como herramienta indispensable, que ya se había demostrado operativa, se absolvió a la carrera al líder de Manos Limpias condenado a prisión por extorsión y que, sin solución de continuidad, presentó denuncias varias, dando –casualidades de la vida– con un juez bien peinado presto a admitirlas aun cuando estuvieran basadas en artículos de prensa de dudosa veracidad o con afirmaciones falsas de toda falsedad. A esta organización de extrema derecha se sumaron otras como Hazte Oír y demás entidades ultras de parecida cuerda que estén dispuestas a pagar la fianza que exige la ley. </p><p>Mientras escribo estas líneas, leo que el juez en cuestión ha devuelto a cada una de las cinco organizaciones querellantes siete mil euros de los diez mil que depositaron de inicio para constituirse como parte procesal a los efectos de afianzar las posibles indemnizaciones derivadas de una hipotética actuación temeraria. En un auto fechado el 3 de julio, informa <a href="https://www.elplural.com/politica/espana/juez-peinado-devuelve-35000-euros-vox-manos-limpias-hazte-oir-colectivos-ultras_333190102" target="_blank">El Plural</a>, el juez considera que debe ponderarse el importe de dicha fianza y reducirse, estimando parcialmente el recurso presentado por los ultraderechistas. ¡Claro que sí! ¡Es de justicia! Son sin duda gente de ley, no como esas asociaciones de memoria a las que, en Alicante, sin ir más lejos, se les exigen elevadas garantías económicas para querellarse por crímenes franquistas, cantidades que no son sino el escaso dinero con el que cuentan para continuar con los trabajos de exhumación.</p><p>Con estos mimbres se ha gestado el caso de la esposa del presidente, al que se unió el del hermano del presidente: monte usted un bulo, extiéndalo con sus medios informativos favoritos, organice jaleo en el Congreso y busque una sala de juicios donde dar sensación de máxima gravedad. Los hechos son lo de menos, o es superfluo que queden en nada, porque lo importante es “el mientras tanto”, destrozar la imagen, la fama y el honor de la afectada hasta convertirlos en puros desechos. Véase si no el circo mediático que este viernes pasado se gestó en el entorno de los juzgados de la <strong>Plaza de Castilla</strong> y el sorprendente anuncio del juez notificando una querella nueva a la investigada en el momento en que se iniciaba la declaración. ¡Toma ya!</p><p>Curiosamente a nadie se le ha ocurrido exigir algún tipo de responsabilidad a este juez o a aquel otro que ve delitos de traición en <strong>Puigdemont</strong>. Pero es que todos sabemos que estos jueces son “irresponsables.”</p><p>Ahora bien, cuando el Gobierno señaló cualquier contradicción sobre la realidad y las acciones judiciales sin fundamento, todos los operadores incursos en el asunto gritaron alto y claro que se trataba <strong>un atentado contra la independencia </strong>de los profesionales de la Justicia. Un Consejo General del Poder Judicial caducado protestó con vehemencia contra la intromisión, y las asociaciones más rancias del sector organizaron un coro indignado. Los medios informativos ad hoc, por su parte, editorializaron sobre la manera en que la izquierda pretende acogotar a los jueces y cargarse la libertad de expresión. En las tertulias, por supuesto, se implantó la barra libre para descalificar al ilegítimo Ejecutivo.</p><p>Pura estrategia, amigos, esto es estrategia a corto, medio y largo plazo. Ya lo verán, el partido judicial estará cada vez más presente, pero no se preocupen, no hay ningún riesgo, porque en España las élites judiciales no hacen política ni se dejan instrumentar por los actores políticos.</p><p>La aprobación de la <strong>Ley de Amnistía</strong> ha sido uno de los mejores campos de batalla. Todos los que podían hacer, han hecho. La Sala II del Tribunal Supremo, salvo la magistrada <strong>Ana Ferrer</strong> que ha salvado su voto, se ha esmerado en negar la medida de gracia con argumentos que incluso a un profano le suenan sorprendentes, como el de la <strong>malversación, centrada en el “enriquecimiento” personal de algunos líderes independentistas. </strong>Pero, atención: en los términos, no de que hubieran acrecentado su patrimonio, sino de que, al utilizar erario público para sus fines, se habían ahorrado el gasto que habría tenido lugar de haber sacado el dinero de su propio bolsillo, ergo… se habían enriquecido. </p><p>Todavía estoy dando vueltas al concepto porque reconozco que no consigo entender cómo se ha gestado esta cuadratura del círculo. El <strong>Alto Tribunal </strong>en su buen hacer y entender alguna razón tendrá, pues no olvidemos que sus actos obedecen solo al derecho puro, por más que los rojos, entre los que me incluyen de siempre, murmuremos, sin fundamento 😉, sobre ideologías próximas al partido de la oposición.</p><p>Por si éramos pocos, el <strong>Constitucional</strong> admitió recursos de amparo variados, en el caso de los <strong>ERES</strong> de Andalucía, anulando parcialmente conceptos de malversación en cuanto a diferentes condenados por este asunto. Aquí sí que se han desatado las furias de la derecha contra los magistrados del órgano que vela por que se respete la letra y el espíritu de la Carta Magna. Bueno, contra todos menos contra aquellos que el PP considera hombres y mujeres de rectos valores y profesionalidad, que son los nombrados a propuesta de la formación conservadora. Pero en los demás casos no hay independencia que valga, sino un partidismo descarado hacia la postura progubernamental y socio-comunista de estos magistrados, empezando por su presidente.</p><p>Los magistrados afectos ya se han ocupado de extender sendos votos particulares en contra –el que pueda hablar que hable– mientras el PP avanza en su <strong>estrategia de desprestigio sembrando</strong> dudas sobre el presidente y otros dos magistrados. Sin cortarse un pelo, la portavoz popular ha <a href="https://www.infolibre.es/politica/pp-lanza-deslegitimar-constitucional-cuya-composicion-feijoo-casado-pactaron-sanchez_1_1832427.html" target="_blank">acusado</a> a los magistrados no afines de “hacer revisionismo” de las sentencias del Supremo y, por supuesto, lanzado sendas críticas al Gobierno por “atacar a los jueces”. ¿Qué decir del portavoz del grupo Popular, señor Tellado, y sus acusaciones de sometimiento político del Tribunal Constitucional al Gobierno? ¡Ahí queda eso! Sin ningún recato.</p><p>Todo ello pese a haber renovado el <strong>Consejo General del Poder Judicial </strong>como tiene que ser, con diez jueces para cada formación (PSOE y PP), obviando, por supuesto, aquellos juristas que al PP le rechinan e incluyendo –porque ya era hora– a la señora del <strong>juez Llarena</strong>, instructor del <em>procés</em>. (En estos casos, la relación familiar no es óbice para ocupar cargos). Sobre todo, con la guinda incluida en el paquete que buscaba el Partido Popular, que tantos años se ha pasado ninguneando la Constitución y negándose a la renovación del órgano: el nombramiento del juez Macías para el <strong>Tribunal Constitucional</strong>. Un hombre buen conocedor de <strong>FAES</strong>, bien visto por José María Aznar, que ha sido vocal del CGPJ durante años, compatibilizando el puesto con el de abogado en un importante bufete (en esta ocasión tampoco hay incompatibilidades ni relaciones mercantiles que valgan). </p><p>Es conocido que la aspiración del PP apunta a que Macías acabe presidiendo el Constitucional cuando los hados sean favorables y todos tienen claro que el juez-abogado aportará lo que haya que aportar y hará lo que convenga a aquellos que tanto han bregado para que llegase a buen puerto.</p><p>Mientras tanto, con unas dotes de adivinación que sorprenden por la buena puntería, el PP y sus representantes van anunciando hechos que pasarán en las salas de los tribunales sí o sí, con gran aplomo. Por ejemplo, llevan varios días anunciando que el Fiscal General del Estado acabará en el Supremo dando explicaciones por haber permitido una nota de prensa, en la que defendía a la fiscalía de los bulos lanzados por el gabinete de Díaz Ayuso en relación a su novio, presunto defraudador confeso. </p><p>Pero no hay que pensar mal. Lo más probable es que <strong>Feijóo</strong>, que es gallego, haya recibido de alguna meiga amiga, probablemente especializada en Derecho, una bola de cristal con poderes que van más allá de lo que los ciudadanos podemos intuir. Dejémoslo ahí porque <strong>ya sabemos que la justicia en España no está politizada</strong>, salvo que sea en relación con aquellos jueces que, según los conservadores, se aproximan a las posiciones del Gobierno, que entonces sí.</p><p>___________________</p><p><em><strong>Baltasar Garzón Real</strong></em><em> es jurista y autor, entre otros libros, de 'Los disfraces del fascismo'.</em></p>]]></description>
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      <pubDate><![CDATA[Sun, 07 Jul 2024 20:17:46 +0000]]></pubDate>
      <author><![CDATA[Baltasar Garzón]]></author>
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      <media:title><![CDATA[La bola de cristal]]></media:title>
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      <media:keywords><![CDATA[PP,Derecho,Alberto Núñez Feijóo,Justicia,Jueces,Congreso de los Diputados,Ignacio Cosidó,Consejo General del Poder Judicial,Manuel Marchena,Tribunal Supremo,Dolores Delgado,Podemos,Pedro Sánchez,José María Aznar,Pablo Llarena,Carles Puigdemont,El juicio del 'procés']]></media:keywords>
    </item>
    <item>
      <title><![CDATA[La Fiscalía pide a Llarena que amnistíe la malversación a Puigdemont: "Es clara la voluntad del legislador"]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.infolibre.es/politica/fiscalia-pide-llarena-amnistie-malversacion-puigdemont-clara-voluntad-legislador_1_1834854.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.infolibre.es/clip/b541c7ea-fe79-448c-8cc8-1833107ec644_16-9-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675" alt="La Fiscalía pide a Llarena que amnistíe la malversación a Puigdemont: "Es clara la voluntad del legislador""></p><p>La Fiscalía ha pedido al juez instructor del <em>procés </em>en el Tribunal Supremo, <strong>Pablo Llarena</strong>, que rectifique su decisión y <strong>aplique la amnistía a la malversación atribuida al expresidente catalán Carles Puigdemont</strong> y al resto de exconsejeros procesados en rebeldía. "La voluntad del legislador es clara", ha defendido, al tiempo que ha insistido en que "no cabe otra opción que la aplicación de la amnistía".</p><p>En un escrito, al que ha tenido acceso Europa Press, los fiscales aseguran que la decisión de Llarena de no considerar aplicable la amnistía a la malversación atribuida a Puigdemont y el resto de exconsejeros procesados en rebeldía <strong>"no es ajustada a Derecho". </strong>"El Ministerio Fiscal <strong>discrepa de la interpretación sostenida por el auto </strong>que se recurre: consideramos que la amnistía prevista por la LO 1/2024 es aplicable a los hechos que son objeto de investigación de esta Causa Especial", señalan.</p><p>Al hilo, insisten en que "no discute que los hechos investigados sean constitutivos de un delito de malversación". Defiende, sin embargo, que la malversación atribuida a Puigdemont <strong>no hubo enriquecimiento personal ni afectó a los intereses financieros de la Unión Europea</strong>.</p><p>En el marco del escrito, la Fiscalía insiste en que <strong>debe levantarse la orden nacional de detención </strong>que permanece activa sobre el expresidente catalán y el resto de encausados.</p><p>Además, la Fiscalía se ha apoyado en el voto particular que emitió una de las magistradas del tribunal que juzgó el <em>procés </em>para pedir al Supremo que <strong>corrija su decisión y amnistíe la malversación al exvicepresidente catalán Oriol Junqueras y los exconsejeros condenados Jordi Turull, Dolors Bassa y Raül Romeva.</strong></p><p>El Ministerio Público ha presentado un recurso de súplica ante el propio tribunal en el que ha hecho referencia a<strong> la postura de la magistrada Ana Ferrer, </strong>que presentó un voto particular contra la decisión de los otros cinco magistrados que conformaban la mayoría de no amnistiar la malversación al <em>procés</em>.</p><p>En el escrito presentado este viernes, al que ha tenido acceso Europa Press, la Fiscalía defiende que los hechos declarados probados <strong>tienen cabida dentro de la ley de amnistía</strong>. "Los mismos son susceptibles de ser amnistiados", señalan la teniente fiscal del Supremo, Ángeles Sánchez Conde, y el fiscal de Sala jefe de lo Penal Joaquín Sánchez-Covisa.</p><p>En este sentido, insisten en que en la malversación atribuida a Junqueras y al resto de condenados del <em>procés </em><strong>no hubo enriquecimiento personal ni afectó a los intereses financieros de la Unión Europea</strong>. "Resultó acreditado que todos los fondos malversados pertenecían al patrimonio de la Generalitat Catalana, no hay acreditación de que provinieran de fondos europeos", subrayan.</p><p>Por ello, aseguran que <strong>"la interpretación razonable de la norma" es amnistiar la malversación del </strong><em><strong>procés</strong></em>, "como indica el voto particular que es compartido por el Ministerio Fiscal". "Como en dicho voto se señala la literalidad de los preceptos de la ley de amnistía, la voluntad legislativa que ha inspirado la misma, así como la jurisprudencia que ha perfilado los elementos típicos del delito de malversación, conducen a esta interpretación de la norma jurídica como única razonable posible", recalca el Ministerio Público.</p><p>Con todo, los fiscales inciden en que la resolución de la Sala de lo Penal del Supremo, "aun cuando prescinde del relato de hechos probados de la sentencia" del <em>procés</em>, "no puede dejar de reconocer que los condenados destinaron la totalidad de los fondos públicos malversados al referéndum de secesión y que su patrimonio no experimentó incremento alguno como consecuencia de la malversación". Así las cosas, la Fiscalía insiste en que la actuación de los condenados<strong> "se inserta con naturalidad en el ámbito que se recoge en el artículo 1" de la ley de amnistía.</strong></p>]]></description>
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      <pubDate><![CDATA[Fri, 05 Jul 2024 10:47:37 +0000]]></pubDate>
      <author><![CDATA[infoLibre]]></author>
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      <media:title><![CDATA[La Fiscalía pide a Llarena que amnistíe la malversación a Puigdemont: "Es clara la voluntad del legislador"]]></media:title>
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      <media:keywords><![CDATA[Fiscalía,Carles Puigdemont,Pablo Llarena,Malversación fondos,Amnistía,Tribunal Supremo]]></media:keywords>
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    <item>
      <title><![CDATA[Llarena rechaza apartarse de la causa de Puigdemont por pronunciarse sobre una eventual ley de amnistía]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.infolibre.es/politica/llarena-rechaza-apartarse-causa-puigdemont-pronunciarse-eventual-ley-amnistia_1_1607959.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.infolibre.es/clip/c53362ee-6d22-4122-80c8-64e92baa425d_16-9-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675" alt="Llarena rechaza apartarse de la causa de Puigdemont por pronunciarse sobre una eventual ley de amnistía"></p><p>El juez instructor de la causa del <a href="https://www.infolibre.es/temas/el-juicio-del-proces/" target="_blank" ><em>procés</em></a>, el magistrado <a href="https://www.infolibre.es/temas/pablo-llarena/" target="_blank" >Pablo Llarena,</a> ha rechazado apartarse de la causa por haberse pronunciado sobre la "<strong>constitucionalidad</strong>" de una eventual <a href="https://www.infolibre.es/temas/amnistia/" target="_blank" >ley de amnistía</a>, tal y como había pedido el expresidente catalán <a href="https://www.infolibre.es/temas/carles-puigdemont/" target="_blank" >Carles Puigdemont</a>. Es la quinta vez que el líder independentista intenta expulsar al juez del procedimiento.</p><p><strong>Puigdemont </strong>pidió al<a href="https://www.infolibre.es/temas/tribunal-supremo/" target="_blank" > Tribunal Supremo (TS) </a>que apartase a <strong>Llarena</strong> –a cargo de investigarle por un presunto delito de <strong>desobediencia y malversación</strong>— por pronunciarse, en un acto celebrado el pasado 11 de septiembre, sobre la "constitucionalidad" de una eventual <strong>amnistía </strong>al <em>procés</em>.</p><p>En el escrito, al que ha tuvo acceso Europa Press, la defensa del líder <strong>independentista </strong>insistió en un argumento que ya había empleado en ocasiones anteriores contra el magistrado: "Su absoluta <strong>falta de imparcialidad</strong>".</p><p>Ahora, <strong>Llarena </strong>ha emitido un auto en el que tacha la petición de <strong>Puigdemont </strong>de "manifiestamente infundada". Según ha explicado, la conferencia en la que participó se desarrolló en un espacio "estrictamente académico" y respondió al análisis de los criterios técnicos básicos de supervisión de <strong>constitucionalidad </strong>de cualquier norma jurídica, pero sin evaluar ningún aspecto concreto de una eventual <strong>ley de amnistía.</strong></p><p>En este sentido, el juez ha insistido en que en dicha conferencia no adelantó su posicionamiento procesal en ninguno momento, sino que hizo un planteamiento académico general y abierto que fue destacado por los medios de comunicación.</p><p>En todo caso, <strong>Llarena </strong>ha asegurado que —con independencia del contenido de la conferencia— no puede considerarse comprometida su <strong>imparcialidad </strong>cuando los recusantes reclaman su separación inmediata de la instrucción.</p><p>El magistrado ha incidido en que "es imposible" que su <strong>conferencia </strong>pueda reflejar hoy ningún condicionamiento para la tramitación de la causa, pues no se ha promulgado ninguna<strong> ley de amnistía</strong> que hoy pueda aplicarse al caso enjuiciado.</p><p>"La actual causa de recusación busca el apartamiento inmediato del instructor especulando sobre mi posicionamiento ante una previsión legal que no existe y que puede no llegar a existir, de modo que esa consideración carece hoy de cualquier relevancia para la causa", ha señalado.</p><p>Al hilo, el <strong>juez </strong>ha explicado que "en la eventualidad de que algún día llegara a promulgarse una <strong>ley de amnistía</strong>, con unos criterios de aplicación material que hoy ni siquiera existen, no corresponderá al instructor resolver sobre la <strong>constitucionalidad </strong>de la norma, ni siquiera le incumbirá cuestionar su <strong>validez constitucional</strong> ni el planteamiento de una cuestión de <strong>inconstitucionalidad</strong>".</p><p>Consecuentemente, <strong>Llarena </strong>ha concluido que la recusación se sustenta en una causa de abstención "manifiestamente infundada", que justifica su inadmisión 'a limine' (de plano) y ha subrayado que advierte en esta maniobra una <strong>estrategia dilatoria</strong> de la defensa.</p><p>El magistrado ha asegurado que la actuación de <strong>Puigdemont </strong>podría haberse "instrumentalizado" para --mientras se resuelve-- demorar cualquier actuación de este instructor tendente a emitir una eventual<strong> orden europea de detención</strong>, procesalmente previsible, y poder culminar una causa que sólo está pendiente de que se reciba declaración indagatoria a los procesados rebeldes.</p><p>Para el juez, la finalidad dilatoria se subraya por los propios escritos de recusación, que adelantan que el proceso de recusación puede extenderse a los magistrados llamados a resolverla, generando así una cadena de exclusiones que demore la decisión final sobre las posibilidades de actuación del instructor y, con ello, la posibilidad de adoptar cualquier decisión en el proceso.</p><p>Así las cosas, ha incidido en que esa intencionalidad obstativa se percibe con mayor probabilidad desde la consideración, ya adelantada, de que en numerosas ocasiones los procesados le han recusado "<strong>injustificadamente</strong>".</p><p>Sobre este extremo, <strong>Llarena</strong> ha recordado que si <strong>Puigdemont </strong>y el resto de procesados en <strong>rebeldía </strong>--con esta u otras estrategias procesales-- logran alcanzar la fecha de junio de 2024 sin posibilitar que efectivamente se reclame la <strong>cooperación jurisdiccional</strong> de otros países, decaerá el suplicatorio solicitado al actual <a href="https://www.infolibre.es/temas/parlamento-europeo/" target="_blank" >Parlamento Europeo</a> del que forman parte.</p><p>Por todo ello, el <strong>juez </strong>inadmite de plano esta quinta <strong>recusación</strong>, basándose en doctrina reiterada del <strong>Tribunal</strong></p>]]></description>
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      <pubDate><![CDATA[Fri, 06 Oct 2023 11:45:09 +0000]]></pubDate>
      <author><![CDATA[infoLibre]]></author>
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      <media:title><![CDATA[Llarena rechaza apartarse de la causa de Puigdemont por pronunciarse sobre una eventual ley de amnistía]]></media:title>
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      <media:keywords><![CDATA[Amnistía,Carles Puigdemont,Pablo Llarena,Tribunal Supremo,Construcción,El juicio del 'procés']]></media:keywords>
    </item>
    <item>
      <title><![CDATA[El TS confirma el procesamiento de Puigdemont por malversación y desobediencia]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.infolibre.es/politica/supremo-confirma-decision-llarena-procesar-puigdemont-desobediencia-malversacion_1_1524611.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.infolibre.es/clip/3653a75d-5e84-45d7-b66a-ddaf739c0cb4_16-9-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675" alt="El TS confirma el procesamiento de Puigdemont por malversación y desobediencia"></p><p>El <a href="https://www.infolibre.es/medioambiente/tribunal-supremo-deja-visto-sentencia-primer-litigio-climatico-historia-espana_1_1480974.html" target="_blank" >Tribunal Supremo (TS)</a> ha confirmado la decisión del juez del 'procés' <strong>Pablo Llarena</strong> de procesar al <strong>expresidente de Cataluña Carles </strong><a href="https://www.infolibre.es/politica/directo-11-junio_6_1520757.html"  ><strong>Puigdemont</strong></a><strong> </strong>por delitos de <a href="https://www.infolibre.es/politica/tsjc-vuelve-condenar-desobediencia-4-exmiembros-mesa-forcadell_1_1511397.html" target="_blank" >desobediencia y malversación</a> en el marco de la revisión efectuada tras la entrada en vigor de la reforma penal que derogó el delito de sedición por el que en un principio se investigaba al líder independentista, según informa Europa Press. </p><p>La Sala de Apelación constituida en el alto tribunal para resolver <strong>los recursos interpuestos por Puigdemont</strong> y el resto de rebeldes del 'procés' contra las resoluciones de <a href="https://www.infolibre.es/politica/llarena-rechaza-recursos-defensas-acusaciones-confirma-procesamiento-puigdemont_1_1455753.html" target="_blank" ><strong>Llarena</strong></a><strong> ha desestimado los argumentos</strong> de las defensas y de la acusación popular ejercida por <a href="https://www.infolibre.es/politica/directo-infolibre-minuto-minuto-miercoles-14-junio_6_1523241.html" target="_blank" >Vox</a>.</p><p>Así las cosas, los magistrados han confirmado la resolución que el magistrado instructor dictó el pasado marzo. La decisión <strong>ha trascendido este jueves,</strong> después de que el pasado 8 de junio se celebrara una vista de apelación en el Supremo.</p>]]></description>
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      <pubDate><![CDATA[Thu, 15 Jun 2023 09:43:55 +0000]]></pubDate>
      <author><![CDATA[infoLibre]]></author>
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      <media:title><![CDATA[El TS confirma el procesamiento de Puigdemont por malversación y desobediencia]]></media:title>
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      <media:keywords><![CDATA[Cataluña,Independentismo,Carles Puigdemont,Pablo Llarena]]></media:keywords>
    </item>
    <item>
      <title><![CDATA[Llarena rechaza los recursos de defensas y acusaciones y confirma el procesamiento contra Puigdemont]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.infolibre.es/politica/llarena-rechaza-recursos-defensas-acusaciones-confirma-procesamiento-puigdemont_1_1455753.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.infolibre.es/clip/d4f8a6a5-8aa7-4e64-a983-8cd5965fae78_16-9-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675" alt="Llarena rechaza los recursos de defensas y acusaciones y confirma el procesamiento contra Puigdemont"></p><p>El magistrado del Tribunal Supremo (TS) Pablo Llarena <strong>ha rechazado los recursos</strong> presentados tanto por la defensas como por las acusaciones contra el auto por el que confirmó el procesamiento del ex presidente catalán <a href="https://www.infolibre.es/temas/carles-puigdemont/" target="_blank">Carles Puigdemont</a> por los delitos de desobediencia y malversación agravada, tras revisar su decisión inicial a la luz de la reforma que <strong>derogó la sedición y modificó la malversación</strong>, informa Europa Press.</p><p>Puigdemont acusó a Llarena de <strong>ignorar la reforma penal mientras que tanto la Fiscalía como la Abogacía del Estado pedían sumar a esos dos delitos</strong> --desobediencia y malversación agravada-- el nuevo de desórdenes públicos agravados.</p><p>En una resolución del pasado 12 de enero, <strong>Llarena eliminó el delito de sedición del procesamiento contra Puigdemont, pero mantuvo el de malversación</strong> --que fija penas de 4 a 12 años de prisión y de 10 a 20 de inhabilitación-- e incluyó el de desobediencia --que no contempla cárcel, pero sí inhabilitación de 6 meses a 2 años--. Además, dejó sin efecto la euroorden dictada contra el líder independentista, aunque decidió mantener la orden de busca y captura nacional.</p><p>Llarena también revisó los casos de los exconsejeros <strong>Toni Comín y Lluis Puig</strong>, a los que procesó igualmente por desobediencia y malversación, y los de Clara Ponsatí y Marta Rovira, a las que achacó un delito de desobediencia.</p><p>Ahora, el magistrado reitera que los procesados por malversación <strong>deben serlo en su actual versión agravada</strong> --que conserva las penas de la antigua malversación--, así como que los hechos encajados antes en la sedición actualmente solo tienen cabida en el delito de desobediencia.</p><p>Respecto a la malversación agravada, que ahora contempla expresamente el <strong>"ánimo de lucro"</strong>, Llarena incide en que esta "exigencia típica no puede ser evaluada como una voluntad de enriquecimiento personal, sino como la intención de obtener cualquier tipo de beneficio, aprovechamiento o satisfacción, esto es, como la voluntad de disponer de los fondos públicos a título de dueño".</p><p>Llarena recuerda que les procesa por malversación porque "los investigados, conociendo que el Tribunal Constitucional había proclamado la ilegalidad de celebrar un referéndum de autodeterminación en Cataluña, y pese a haber sido requeridos personalmente para abstenerse de cualquier acto de promoción u organización del mismo, <strong>comprometieron fondos o recursos públicos en organizarlo y llevarlo a término</strong>".</p><p>Respecto al otro delito por el que les procesa, el instructor recalca que tras la derogación de la sedición <strong>"la única responsabilidad que resulta exigible (...) es la correspondiente al delito de desobediencia"</strong>.</p><p>En cuanto a la petición de Fiscalía y Abogacía de añadir al procesamiento el nuevo delito de desórdenes públicos agravados, Llarena responde que la reforma penal "no ha modificado el delito de sedición para sujetarse a unas nuevas exigencias legales o minorar su pena, <strong>sino que lo ha derogado</strong>".</p><p>"Y, puesto que las acusaciones <strong>no pueden fraccionar las previsiones de la nueva ley y eludir esta derogació</strong>n, la aplicación de la reforma comporta una despenalización del artículo que se mostraba aplicable conforme a la legislación anterior", recalca.</p><p>Sobre el argumento de la Abogacía del Estado de que como juez instructor estaba limitando su derecho a formular una acusación por el delito de desórdenes públicos agravados, <strong>Llarena asegura que él no puede "mantenerse ajeno o distante a la calificación durante el trámite de investigación"</strong> y que tampoco puede convalidar y permitir que se mantengan acusaciones "pese a evaluar que se ha modificado" el Código Penal.</p><p>Por otro lado, frente a lo alegado por las defensas de Puigdemont y Comín, que consideran contrarias a su inmunidad como parlamentarios las órdenes nacionales de busca, captura e ingreso en prisión, Llarena recuerda que el tratado de la UE, respecto a la operatividad de la inmunidad en territorio español, <strong>les atribuye los privilegios reconocidos a los miembros del Parlamento nacional</strong>.</p><p>Explica que, puesto que los recurrentes fueron procesados el 21 de marzo de 2018, la inmunidad que alcanzaron el 13 de junio de 2019 con ocasión de su proclamación como miembros electos del Parlamento Europeo <strong>no impone la solicitud de suplicatorio para la adopción de las medidas adoptadas</strong>.</p><p>No obstante, señala que, en la hipótesis de que en un futuro los procesados fueran materialmente privados de libertad en España, si se llegara a considerar justificado y eficaz mantener su prisión más allá del tiempo preciso para recibirles declaración, no se excluiría (tal y como el TJUE contempla) <strong>la autorización de asistir a las distintas reuniones parlamentarias, siempre que no se hubiera suspendido su inmunidad</strong>.</p><p>Llarena incide en que "la situación procesal de rebeldía" de Puigdemont y Comín <strong>"ha impedido que su inmunidad de asistencia resulte afectada en la situación actual del proceso"</strong>. Y explica que la condición de "prófugos" de ambos conlleva que no sea preciso interesar la "suspensión de la inmunidad para posibilitar una privación de libertad".</p><p>Así las cosas, reitera que las órdenes de busca, detención e ingreso en prisión adoptadas con posterioridad al procesamiento <strong>no están condicionadas a la petición de suplicatorio o de alzamiento de la inmunidad</strong>.</p><p>Respecto al argumento de Ponsatí de que al dejarse sin efecto la orden nacional, la europea y la internacional de detención no puede seguirse el procedimiento y emitir una nueva ordena nacional de detención sin un suplicatorio, Llarena <strong>recalca que la orden de detención que impugna la dirigente en su recurso es la de ámbito nacional</strong>, "lo que la hace ajena al acuerdo de suspensión del Parlamento Europeo".</p><p>El instructor también desestima el alegato de la exconsejera de que se emitió dicha orden sin haber sido procesada por el <strong>delito de desobediencia</strong> y el argumento de que su responsabilidad estaría prescrita.</p><p>El juez insiste en que <strong>"habiendo indicios" de su "responsabilidad delictiva"</strong> y constando que la prosecución del procedimiento está paralizada por su "actuación obstativa", "no puede suspenderse el procedimiento sin agotar los mecanismos legalmente dispuestos".</p><p>Al margen, también descarta el argumento de los recurrentes de que la existencia de un procedimiento en el Supremo y otro en el Tribunal de Cuentas <strong>vulneraría el principio </strong><em><strong>non bis in ídem</strong></em><strong>, que impide ser sancionado dos veces por los mismos hechos</strong>.</p><p>A este respecto expone que el procedimiento de responsabilidad contable únicamente analiza los <strong>supuestos en los que el encargado de unos fondos públicos está obligado a retornarlos</strong>, sin derivarse de ello ninguna sanción por su comportamiento que, en los supuestos de 'dolo' o culpa, será ventilada en el procedimiento penal o, en su caso, disciplinario.</p><p>En cambio, indica que el procedimiento penal analizará la actuación que motivó cada saldo deudor en la cuenta de fondos públicos, sin entrar a decidir la obligación de retorno y su importe, <strong>por corresponder a la jurisdicción contable</strong>.</p><p>Es decir, que los dos procedimientos se complementan, pues mientras uno analiza si el funcionario es merecedor de sanción por su comportamiento, el otro sólo <strong>vela porque no se produzca un vaciamiento injustificado de los fondos públicos y que estos sean finalmente reintegrados</strong>, fija Llarena.</p>]]></description>
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      <pubDate><![CDATA[Tue, 21 Mar 2023 11:29:52 +0000]]></pubDate>
      <author><![CDATA[infoLibre]]></author>
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      <media:title><![CDATA[Llarena rechaza los recursos de defensas y acusaciones y confirma el procesamiento contra Puigdemont]]></media:title>
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      <media:keywords><![CDATA[Carles Puigdemont,Pablo Llarena,El juicio del 'procés',El futuro de Cataluña]]></media:keywords>
    </item>
    <item>
      <title><![CDATA[El Supremo naufraga en su tercer intento de extraditar a Puigdemont y se resigna a esperar a la Justicia europea]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.infolibre.es/politica/supremo-naufraga-tercer-extraditar-puigdemont-resigna-esperar-justicia-europea_1_1211425.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.infolibre.es/clip/b73e1689-cea6-46d4-9e20-1e819e55a2fe_16-9-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675" alt="El Supremo naufraga en su tercer intento de extraditar a Puigdemont y se resigna a esperar a la Justicia europea"></p><p>Algunos creyeron que a la tercera iba a ser la vencida, tras los intentos fallidos en Bélgica y Alemania, pero el Tribunal Supremo ha naufragado en Italia en su tercer intento por poner a Carles Puigdemont ante el juez. <strong>Al menos, de momento</strong>. La Justicia italiana ha suspendido <em>sine die</em> el procedimiento judicial abierto tras la detención del expresident el pasado 23 de septiembre en Cerdeña al asumir en parte los argumentos de la defensa de éste, que desde el principio sostuvo que el arresto no se debió haber producido. Los jueces del Tribunal de Apelación de Sassari (Italia) concluyen sencillamente que <strong>ahora no es el momento de abordar el fondo de la cuestión</strong>, esto es, los motivos por los que el magistrado Pablo Llarena reclama la entrega de Puigdemont, pues no sólo una, sino dos instancias superiores, el Tribunal General de la UE (TUE) y el Tribunal de Justicia de la UE (TJUE), aún tienen pendientes pronunciamientos derivados de la causa del <em>procés</em>. </p><p>La consecuencia inmediata es que <strong>Puigdemont mantiene su libertad de movimiento en Europa </strong>por razón de su cargo como europarlamentario y, para su defensa, la decisión de la Justicia italiana agota, al menos temporalmente, las opciones del Supremo de que el expresident sea detenido en cualquier otro país. </p><p>Cuando Puigdemont fue detenido en el aeropuerto de Alguer, en el oeste de Cerdeña, desde el alto tribunal se transmitió que las órdenes europeas de detención y entrega (OED) contra el expresident y sus exconsellers Toni Comín y Clara Ponsatí <strong>nunca se desactivaron a pesar de la cuestión prejudicial planteada por el propio Llarena</strong> ante el TJUE. El magistrado, por tanto, mantiene que aunque el tribunal con sede en Luxemburgo aún está pendiente de resolver esa consulta acerca del <a href="https://www.europapress.es/eseuropa/noticia-ue-llarena-pide-tjue-aclare-alcance-euroordenes-dictadas-contra-puigdemont-ex-consellers-20210309151536.html" target="_blank">alcance de las OED</a> en Bélgica, eso no impide que los procesados huidos puedan ser detenidos en cualquier otro país europeo.</p><p>El abogado de Puigdemont, Gonzalo Boye, sostiene lo contrario y así se lo ha transmitido al tribunal de Sassari, según fuentes jurídicas, en la vista celebrada este lunes por la mañana. Sustenta su <a href="http://privado.infolibre.es/noticias/politica/2021/09/25/las_palabras_que_ponen_riesgo_entrega_puigdemont_batalla_juridica_que_acaba_comenzar_124857_1012.html?previsualizar=1" target="_blank">argumento</a>, entre otras cosas, en que otros países se han opuesto a su entrega y en un auto de la Justicia europea del pasado 30 de julio que afirmaba que "autoridades españolas" –la Abogacía del Estado– habían dicho "expresamente" que las órdenes de detención europeas estaban suspendidas. En resumen, que <strong>no se habían retirado, pero hasta que no se resuelva la cuestión prejudicial, no se pueden ejecutar</strong>. Y esto es lo que han concluido los magistrados italianos Salvatore Marinaro, Maria Teresa Lupino y Plinia Azzena, según consta en la resolución que han dictado este lunes y a la que ha tenido acceso infoLibre.</p><p><strong>La Fiscalía también opta por esperar</strong></p><p>Además, <strong>la Fiscalía sarda, que en teoría es la que defiende los intereses del Tribunal Supremo ante la Justicia italiana, también defendió en la vista de este lunes mantener a Puigdemont en libertad</strong> mientras el procedimiento esté suspendido, esto es, hasta que se pronuncien tanto el TUE como el TJUE. Tras escuchar a las partes y al propio expresident, el tribunal de Sassari ha deliberado, pero su decisión no se ha hecho esperar demasiado.</p><p>"Considerando, por tanto, que las conclusiones de las partes merecen ser aceptadas, <strong>debe disponerse la suspensión de este procedimiento hasta que se tomen las decisiones</strong> sobre los aspectos destacados anteriormente" en la Justicia europea, explican los tres magistrados en su resolución.</p><p>De nada ha servido la <a href="https://www.europapress.es/nacional/noticia-llarena-envia-tribunal-apelacion-sassari-orden-detencion-puigdemont-20210924142831.html" target="_blank">documentación que envió el juez Llarena</a> a Cerdeña tras serle comunicada oficialmente la detención de Puigdemont. Aparte de enviar la OED que dictó en su momento por delitos de sedición y malversación, así como la cuestión prejudicial ante el TJUE, <strong>apuntaba en un oficio que la orden de detención y entrega está "actualmente en vigor"</strong>. Los jueces italianos tampoco han atendido su petición de <a href="https://www.infolibre.es/noticias/politica/2021/10/04/llarena_comunica_tribunal_sassari_que_hay_orden_detencion_tambien_para_ponsati_comin_que_han_viajado_italia_125212_1012.html" target="_blank">detener a Comín y Ponsatí</a>, que han acompañado este lunes al expresident en Sassari y sobre los que también se dictaron sendas órdenes de detención. Pero si la OED está suspendida para Puigdemont, en opinión de la Justicia italiana, también lo está para los exconsellers.</p><p><strong>La decisión final, en unos meses</strong></p><p><strong>No obstante, la decisión de los magistrados de Sassari no es una victoria completa para Puigdemont, porque el procedimiento judicial en Italia no ha terminado</strong>. Los jueces no lo han cerrado porque, tal y como explican, no pueden entrar en el fondo del asunto mientras no se resuelva esa cuestión prejudicial ante el TJUE. Tampoco mientras el TUE no se pronuncie sobre las <a href="https://www.europapress.es/nacional/noticia-puigdemont-pide-nuevo-cautelares-tribunal-ue-frenar-proceso-extradicion-italia-20211001182201.html" target="_blank">cautelares solicitadas por Puigdemont</a> el pasado 1 de octubre para tratar de que se le devuelva la inmunidad como eurodiputado. Una vez se resuelvan estas dos cuestiones, sean en el sentido que sean, el tribunal italiano volvería a revisar el caso para decidir si le compete mantenerlo abierto y proceder a estudiar el fondo –la petición de entrega por sedición y malversación– o cerrarlo definitivamente.</p><p>Según fuentes jurídicas consultadas por este periódico, <strong>el TUE podría resolver sobre las cautelares en una o dos semanas</strong>. Como lo que ha planteado la defensa de Puigdemont es que se le devuelva la inmunidad parlamentaria de manera cautelar hasta terminar el proceso en Cerdeña, el TUE ha dado traslado tanto al Parlamento Europeo como a la Abogacía del Estado para que presenten alegaciones. Cuando tenga los argumentos de todos, tomará una decisión. En cuanto al TJUE y la cuestión prejudicial planteada por Llarena el pasado mes de marzo, las fuentes consultadas explican que <strong>puede demorarse hasta un año</strong>.</p><p>Nada más salir del tribunal de Sassari, Puigdemont decía sentirse <a href="https://www.europapress.es/nacional/noticia-puigdemont-salir-tribunal-apelacion-sassari-italia-estoy-molto-contento-20211004153335.html" target="_blank">"molto contento"</a> (muy contento) por la decisión. Más tarde, en rueda de prensa, iba más allá: "<strong>Es momento de decirle a España, basta. ¡Basta!</strong> Basta de seguir un camino que no le da ha dado ningún resultado positivo, un camino que dificulta una resolución política de un conflicto político, el conflicto entre Cataluña y España, que consiste en negar a los catalanes el derecho a decidir su futuro, a ejercer el derecho a la autodeterminación".</p>]]></description>
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      <pubDate><![CDATA[Tue, 05 Oct 2021 04:00:00 +0000]]></pubDate>
      <author><![CDATA[Ana Moreno]]></author>
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      <media:title><![CDATA[El Supremo naufraga en su tercer intento de extraditar a Puigdemont y se resigna a esperar a la Justicia europea]]></media:title>
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      <media:keywords><![CDATA[Cataluña,Tribunal General UE,Tribunal Supremo,Unión Europea,Carles Puigdemont,El futuro de Cataluña,Pablo Llarena,El juicio del 'procés']]></media:keywords>
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    <item>
      <title><![CDATA[La Justicia italiana suspende la extradición de Puigdemont a la espera de que resuelva el Tribunal de la Unión Europea]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.infolibre.es/politica/justicia-italiana-suspende-extradicion-puigdemont-espera-resuelva-tribunal-union-europea_1_1211417.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.infolibre.es/clip/fa99a004-ee0b-4ca4-99ca-9b106ef09fe3_16-9-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675" alt="La Justicia italiana suspende la extradición de Puigdemont a la espera de que resuelva el Tribunal de la Unión Europea"></p><p>El Tribunal de Apelación de Sassari (Italia) ha decidido este lunes<strong> suspender la orden de detención </strong>y entrega al expresidente de la Generalitat Carles Puigdemont <strong>sine die</strong>, a la espera de que el Tribunal de la Unión Europea se pronuncie<strong> sobre su inmunidad</strong> y la pregunta prejudicial realizada por el juez del Supremo Pablo Llarena.</p><p>Fuentes de la defensa han explicado a Europa Press que los jueces han acordado que <strong>el proceso de extradición</strong> quede "suspendido <em>sine die</em> por prejudicialidad".</p><p>En concreto, para cerrar la decisión que los magistrados debían tomar este lunes, deben resolverse antes <strong>la</strong> <strong>demanda de fondo de inmunidad</strong> ante el Tribunal General de la UE, y<strong> la pregunta prejudicial </strong>realizada por el juez del Supremo <strong>Pablo Llarena.</strong></p><p><strong>Puigdemont ha declarado este lunes</strong> durante dos horas ante el tribunal italiano, que le citó para decidir sobre su extradición después de su detención y puesta en libertad el fin de semana pasado.</p><p>En la vista, la Fiscalía General de Sassari ha pedido al Tribunal la suspensión del procedimiento hasta que <strong>la Justicia europea se pronuncie </strong>sobre el alcance de la inmunidad como eurodiputado de Puigdemont, según informan medios locales.</p>]]></description>
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      <pubDate><![CDATA[Mon, 04 Oct 2021 15:07:00 +0000]]></pubDate>
      <author><![CDATA[infoLibre]]></author>
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      <media:title><![CDATA[La Justicia italiana suspende la extradición de Puigdemont a la espera de que resuelva el Tribunal de la Unión Europea]]></media:title>
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      <media:keywords><![CDATA[Italia,Tribunal Supremo,Unión Europea,Carles Puigdemont,Pablo Llarena]]></media:keywords>
    </item>
    <item>
      <title><![CDATA[La Fiscalía pide mantener la euroorden contra Ponsatí hasta que sea efectivo el 'Brexit']]></title>
      <link><![CDATA[https://www.infolibre.es/politica/fiscalia-pide-mantener-euroorden-ponsati-sea-efectivo-brexit_1_1179716.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.infolibre.es/clip/fc082e0d-eb1c-4c68-a5b0-f17f86067ed1_16-9-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675" alt="La Fiscalía pide mantener la euroorden contra Ponsatí hasta que sea efectivo el 'Brexit'"></p><p>Los fiscales del caso del <a href="https://www.infolibre.es/tags/temas/el_juicio_del_proces.html" target="_blank">procés</a> en el <a href="https://www.infolibre.es/tags/instituciones/tribunal_supremo.html" target="_blank">Tribunal Supremo</a> han remitido este lunes un informe al instructor de la causa, <a href="https://www.infolibre.es/tags/personajes/pablo_llarena.html" target="_blank">Pablo Llarena</a>,<strong> solicitando que mantenga las medidas cautelares</strong> que pesan sobre la exconsejera catalana huida en Escocia Clara Ponsatí esto es, las órdenes nacionales e internacionales de detención, incluida orden de detención europea (OED) y la declaración de rebeldía "que sólo podrá dejarse sin efecto cuando comparezca voluntariamente o sea entregada para responder de los cargos que se le atribuyen".</p><p>Señala la Fiscalía que "hasta tanto sea efectiva la salida de Reino Unido de la Unión Europea, momento en el que<strong> procederá acomodar la solicitud de entrega al procedimiento de extradición"</strong> la reclamación las Autoridades del Reino Unido debe continuar por los trámites seguidos hasta ahora.</p><p>La OEDE es un <strong>procedimiento más directo de cooperación judicial entre países europeos</strong>, cuyo trámite se realiza entre autoridades judiciales y sin intervención de los Gobiernos, como sí ocurre en el caso de la extradición.</p><p>Se da la circunstancia de que el pasado jueves, la Junta Electoral Central (JEC)<strong> declaró vacante el escaño como eurodiputada de Ponsatí</strong> una vez que, en la segunda convocatoria, tampoco se ha presentado en el Congreso para acatar la Constitución, tal y como establece la legislación española.</p><p>Los fiscales Javier Zaragoza, Fidel Cadena, Jaime Moreno y Consuelo Madriga que Llarena comunique, a la mayor brevedad posible al Parlamento Europeo el mantenimiento de las citadas medidas cautelares "para <strong>salvaguardar los fines del proceso penal"</strong> en el que Ponsatí está incursa por su implicación en el <em>procés</em> independentista de Cataluña.</p><p><strong>Suspensión de inmunidad</strong></p><p>Igualmente, el Ministerio Público reclama que que se inste al Parlamento Europeo la<strong> suspensión de la inmunidad de Ponsatí </strong>conforme a lo establecido en el Protocolo que rige en la misma Cámara de acuerdo con la interpretación establecida y a los efectos previstos por la sentencia del TJUE que reconoció la condición de eurodiputado del líder de ERC, Oriol Junqueras, cuando aún no había sido condenado por sedición.</p><p>Además, los fiscales instan que se comunique de forma inmediata a la autoridad de ejecución del Reino Unido, al amparo del la normativa relativa a la orden europea de detención la remisión al Parlamento Europeo de la solicitud de suspensión de la inmunidad, "al objeto de que deje sin efecto los plazos para la resolución de la entrega <strong>hasta tanto el Parlamento Europeo decida sobre tal petición".</strong></p><p>La petición de la Fiscalía se fundamenta en que la presentación de Ponsatí candidata en las elecciones al Parlamento Europeo celebradas el pasado 26 de mayo, y su elección reciente consecuencia de la retirada del Reino Unido de la Unión Europea, "se han producido ya procesada y habiéndose fugado previamente de la justicia española, por lo que<strong> era plenamente consciente de las limitaciones</strong> que comportaba su situación procesal en el efectivo ejercicio de sus derechos políticos".</p><p>De ello cabe inferir "razonablemente", según señala la Fiscalía en su informe, que lo que pretendía Ponsatí en realidad "era acogerse al manto protector de la inmunidad que, a su juicio, le concedía la elección como europarlamentaria con el <strong>propósito de obtener la libertad y eludir el proceso penal por este cauce".</strong></p><p>La Fiscalía habla de "suspensión de inmunidad" por el Parlamento Europeo en vez de tramitación de suplicatorio en sí porque, al igual que ha razonado respecto de otros encausados en el <em>procés</em>, la exigencia de autorización por el poder legislativo "cuando la procesada rebelde Clara Ponsatí ni era eurodiputada electa, ni habían sido convocadas las elecciones al Parlamento Europeo, supondría subordinar el ejercicio de la potestad jurisdiccional a una<strong> tutela parlamentaria ajena al equilibrio de poderes"</strong> diseñado por la Constitución.</p><p>Constituiría además "una <strong>intromisión indebida e ilegítima en el ejercicio de la función jurisdiccional</strong>, convirtiendo así la inmunidad parlamentaria en un 'privilegio' o 'derecho particular' de determinadas personas".</p><p>Así, incide a lo largo de su informe en que el criterio aplicable en el ámbito del procedimiento ordinario, conforme a nuestro sistema procesal, "es que la necesidad de recabar la autorización de la cámara legislativa <strong>sólo rige para dictar el auto de procesamiento"</strong>, algo que en el caso de Ponsatí ya ocurrió en marzo de 2017.</p><p>Ello es, según insiste la Fiscalía, porque "no forma parte de las garantías propias del estatuto personal del diputado o senador –si su incorporación a las listas y su elección han tenido lugar cuando ya ha sido procesado y la investigación está concluida– <strong>imponer una valoración retroactiva de la incidencia</strong> que ese proceso penal puede tener en la normal actividad de las Cámaras".</p>]]></description>
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      <pubDate><![CDATA[Mon, 03 Feb 2020 16:17:00 +0000]]></pubDate>
      <author><![CDATA[infoLibre]]></author>
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      <media:title><![CDATA[La Fiscalía pide mantener la euroorden contra Ponsatí hasta que sea efectivo el 'Brexit']]></media:title>
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      <media:keywords><![CDATA[Tribunal Supremo,El futuro de Cataluña,Pablo Llarena,euroorden,El juicio del 'procés']]></media:keywords>
    </item>
    <item>
      <title><![CDATA[La Abogacía del Estado pide a Llarena que suspenda las euroordenes contra Puigdemont y Comín]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.infolibre.es/politica/abogacia-pide-llarena-suspenda-euroordenes-puigdemont-comin_1_1178602.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.infolibre.es/clip/84b609b1-34cb-4392-a693-5720e509c7c9_16-9-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675" alt="La Abogacía del Estado pide a Llarena que suspenda las euroordenes contra Puigdemont y Comín"></p><p>La Abogacía del Estado ha solicitado al juez instructor de la causa del <a href="https://www.infolibre.es/tags/temas/el_juicio_del_proces.html" target="_blank"><em>procés</em></a>independentista en Cataluña, <a href="https://www.infolibre.es/tags/personajes/pablo_llarena.html" target="_blank">Pablo Llarena</a>, que <strong>suspenda las órdenes europeas de detención y entrega</strong> dictadas contra el expresidente de la Generalitat <a href="https://www.infolibre.es/tags/personajes/carles_puigdemont.html" target="_blank">Carles Puigdemont</a> y el exconsejero Antoni Comín y solicite "a la mayor brevedad" el suplicatorio al Parlamento Europeo para que levante sus inmunidades.</p><p>En el informe de 14 páginas remitido este viernes al magistrado y firmado por Rosa María Seoane, subraya que la justicia belga dejó en suspenso este mismo jueves la<strong> </strong>tramitación de las reclamaciones<strong> hasta que la cámara europea se pronuncie.</strong> Eso sí, añade que se trata de una "información no contrastada a la hora de redactar estas alegaciones" y que "se ignoran los concretos motivos de tal decisión".</p><p>Este escrito, al que ha tenido acceso Europa Press, llega después de que el juez Llarena solicitara a las partes que se manifestaran sobre si la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea del pasado 19 de diciembre, que afirmó que el exvicepresidente de la Generalitat Oriol Junqueras tenía inmunidad desde que fue proclamado europarlamentario, <strong>tiene "la misma incidencia" </strong>en la situación de Puigdemont y Comín, ambos también electos en el Parlamento Europeo y huidos de la justicia española.</p><p>En el caso de Junqueras –condenado por el <em>procés </em>independentista a 13 años de prisión e inhabilitación–, la Abogacía del Estado solicitó su excarcelación para que <strong>pueda ejercer como eurodiputado</strong>, mientras se solicita al Parlamento Europeo que le retire la inmunidad que le confiere esa condición. Una medida que, en su opinión, el Tribunal Supremo debe realizar "a la mayor brevedad".</p><p>La Abogacía del Estado comienza su informe afirmando que la doctrina derivada de la sentencia del TJUE sobre Junqueras <strong>"tiene efectividad para Carles Puigdemont y Antoni Comín"</strong>, puesto que sus resoluciones "son de obligado cumplimiento para todos aquellos que se encuentran en situaciones similares".</p><p>En este sentido, explica que para el mantenimiento de la tramitación de las euroordenes ante la justicia belga, "resulta indispensable una decisión del Parlamento Europeo a fin de permitir la continuación del procedimiento de ejecución". Por ello, solicita que <strong>reclame la suspensión de la inmunidad cuanto antes.</strong></p><p><strong>Ninguna medida cautelar contra Puigdemont y Comín</strong></p><p>Asimismo, Rosa María Seoane destaca en su informe que <strong>no consta la imposición de ninguna medida cautelar</strong> contra Puigdemont y Comín que les prive de su libertad de movimiento, sino que únicamente deben encontrarse a disposición de los tribunales belgas.</p><p>La postura de la Abogacía es en parte contraria a la Fiscalía, que pidió al juez instructor de la causa del <em>procés </em>que mantenga las órdenes nacionales e internacionales de detención y la declaración de rebeldía del expresidente catalán y el exconsejero. El Ministerio Público también exigió al magistrado que <strong>pidiera la retirada de la inmunidad.</strong></p><p>Por otro lado, el informe hace hincapié en que las inmunidades recogidas en el artículo 9 del Protocolo número 7 tienen efecto en el ámbito del Parlamento Europeo y recuerda que contra los líderes independentistas se sigue un procedimiento penal. Así, <strong>subraya el principio de cooperación leal</strong>, que, según recuerda, tiene un carácter "recíproco" entre la institución europea y el órgano jurisdiccional nacional, en este caso el Tribunal Supremo.</p><p>Cooperación leal entre instituciones</p><p>"De esta manera, el principio de cooperación leal no solo obliga a los Estados miembros a adoptar todas las medidas adecuadas para garantizar el alcance y la eficacia del Derecho de la Unión, sino que impone también un <strong>deber recíproco de cooperación leal </strong>del Parlamento Europeo con el órgano jurisdiccional nacional que debe realizar la aplicación del derecho europeo", dice el escrito.</p><p>Con todo ello, la Abogacía del Estado afirma que procedería a suspender las euroordenes <strong>hasta que se conozca la decisión del Parlamento Europeo</strong>. Pero también trasladar a esta cámara la traducción al francés y al inglés de la sentencia dictada por el Tribunal Supremo por el <em>procés </em>independentista, causa en la que Puigdemont y Comín se encuentran procesados y por los que son reclamados a Bélgica para que permita "una mejor comprensión de la inexistencia de cualquier tipo de <em>fumus persecutionis</em> o motivación política en el enjuiciamiento de estos hechos".</p>]]></description>
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      <pubDate><![CDATA[Fri, 03 Jan 2020 14:55:00 +0000]]></pubDate>
      <author><![CDATA[infoLibre]]></author>
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      <media:title><![CDATA[La Abogacía del Estado pide a Llarena que suspenda las euroordenes contra Puigdemont y Comín]]></media:title>
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      <media:keywords><![CDATA[Carles Puigdemont,El futuro de Cataluña,Pablo Llarena,euroorden,El juicio del 'procés']]></media:keywords>
    </item>
    <item>
      <title><![CDATA[La política española, en vilo ante el fallo]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.infolibre.es/politica/politica-espanola-vilo-fallo_1_1178005.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.infolibre.es/clip/ac973d66-dc9c-4a82-8a44-dd038894899a_16-9-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675" alt="La política española, en vilo ante el fallo"></p><p>Una bomba de relojería, con un impresionante potencial explosivo en la política española, hace tictac en el corazón de Europa. El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), con sede en Luxemburgo, debe tomar una decisión este jueves, 19 de diciembre, sobre el estatus político de <strong>Oriol Junqueras</strong>, elegido eurodiputado en las elecciones del 26 de mayo pero que no ha tomado posesión de su acta por encontrarse preso y no haber tenido permiso para salir a recogerla. Entre los interrogantes que tienen ante sí los magistrados, está no sólo si Junqueras es eurodiputado, sino si ya lo era –y por lo tanto gozaba de una inmunidad parlamentaria– cuando el Tribunal Supremo lo condenó el pasado <a href="http://www.poderjudicial.es/cgpj/es/Poder-Judicial/Noticias-Judiciales/El-Tribunal-Supremo-condena-a-nueve-de-los-procesados-en-la-causa-especial-20907-2017-por-delito-de-sedicion" target="_blank">14 de octubre</a> a 13 años de prisión por sedición y malversación.</p><p>La decisión, aunque formalmente se ciñe a una pregunta sobre Junqueras, puede <strong>proyectarse sobre la situación del expresident Carles Puigdemont y el exconseller Toni Comín,</strong> que también fueron elegidos eurodiputados pero tampoco tienen acta, en este caso porque si entran en España a recogerla pueden ser detenidos. Entre las hipótesis jurídicas, no puede descartarse que Puigdemont se beneficie de la sentencia sobre Junqueras, logre un reconocimiento como eurodiputado, la euroorden contra él decaiga automáticamente y goce de libertad de desplazamiento y actividad política. Tampoco es descartable que la decisión suponga <strong>un tirón de orejas para el Tribunal Supremo</strong>, en caso de que se considere que retuvo y enjuició a un eurodiputado legítimo sin haber pedido permiso, como correspondería, al Parlamento europeo. Del mismo modo, el TJUE puede establecer que Junqueras no es eurodiputado porque no ha recogido el acta y reconocerle al Supremo la autoridad para impedirle recogerla. El inicio de la respuesta, el jueves.</p><p>El pasado <a href="https://www.boe.es/boe/dias/2019/06/14/pdfs/BOE-A-2019-8953.pdf" target="_blank">14 de junio</a>, el Boletín Oficial del Estado publicó el acuerdo de la Junta Electoral central con los nombres de los 54 eurodiputados elegidos en España. Destacaban tres nombres: Carles Puigdemont Casamajó (Lliures per Europa), Oriol Junqueras i Vies (Ahora Repúblicas) y Antoni Comín Oliveres (Lliures per Europa). Junqueras solicitó al Supremo, que lo estaba juzgando por el <em>procés</em>, <strong>salir a recoger el acta</strong> –como había hecho para recoger su acta de diputado en el Congreso tras las generales del 28-A–, pero los magistrados denegaron su petición. El Supremo entendía que la adquisición de la condición de eurodiputado, que era el fin perseguido por Junqueras, implicaba no sólo la acreditación ante la Junta Electoral Central (JEC), sino también la asistencia a la sesión constitutiva del Parlamento europeo, en Bruselas. <strong>Ello suponía un "irreversible peligro" para el juicio, según el Supremo</strong>. Tras esta respuesta, la defensa de Junqueras, ejercida por Andreu Van den Eynde, insistió <a href="https://www.europapress.es/catalunya/noticia-junqueras-presenta-recurso-ts-poder-recoger-acta-eurodiputado-20190616173643.html" target="_blank">mediante un recurso</a> en el derecho del exvicepresident a acudir al Congreso para prometer el cargo ante la JEC. "La inmunidad parlamentaria europea opera ya respecto al señor Junqueras desde el momento de su proclamación. [...] ¿Qué sentido tendría la participación de mi mandante en las elecciones y el voto ciudadano si no puede ni tan siquiera atender al primer trámite establecido en su condición de parlamentario electo?", planteaba. En ese recurso, Van den Eynde pedía al Supremo que, si tenía dudas, plantease al TJUE una cuestión prejudicial. Es decir, que le pidiese a la justicia europea que se pronunciase sobre la cuestión.</p><p>Ese es el balón que Junqueras le dejó botando al magistrado Manuel Marchena, presidente de la sala penal que juzgaba el <em>procés</em>. Marchena podía despejar o rematar. <strong>La Fiscalía y la Abogacía del Estado se oponían</strong> al remate y rechazaban la necesidad de plantear una cuestión prejudicial, al circunscribir el conflicto al marco del derecho nacional. Pero Marchena, sensible a las demandas de pulcritud a lo largo del procedimiento para evitar reproches en el ámbito europeo, decidió rematar. El balón viaja ahora por el aire.</p><p>  <strong>La cuestión prejudicial</strong></p><p>La cuestión prejudicial, única vez en que el Supremo se ha dirigido al TJUE en este caso, fue presentada el 1 de julio. El escrito, de 36 páginas, planteaba en realidad tres cuestiones al Tribunal de Luxemburgo. Aunque se refieren a la concesión del permiso a Junqueras para salir de la cárcel a completar las formalidades para la adquisición de la condición de eurodiputado, las preguntas despliegan implicaciones que van mucho más allá.</p><p>¿Sobre qué le pedía el Supremo al TJUE que se pronunciase concretamente? En primer lugar, sobre cómo interpretar el protocolo de la UE sobre privilegios que establece que la inmunidad de los eurodiputados rige "mientras el Parlamento europeo está en periodo de sesiones". La duda que subyace es si un eurodiputado lo es, y por lo tanto goza de inmunidad, desde su elección, o por el contrario sólo desde que recoge el acta y cumple todos los trámites. Hay que aclarar que la inmunidad no sería total. Como ocurre con los aforados en España, lo que implica es que el órgano judicial que quiera proceder contra el europarlamentario con inmunidad tendría que pedir permiso –el conocido como "suplicatorio"– al Europarlamento. La segunda cuestión, formulada de modo indirecto, venía a implicar lo siguiente: si la inmunidad empieza al ser elegido el parlamentario, ¿cómo debía interpretarlo el Supremo a la hora de tomar una decisión? La tercera pregunta era directa: si Junqueras era parlamentario desde su elección, si se optaba por una "interpretación extensiva" de la expresión "periodo de sesiones",<strong> ¿debía salir Junqueras de prisión "en términos absolutos, de modo casi automático, para permitir el cumplimiento de las formalidades y desplazamientos al Parlamento europeo",</strong> o debía atenderse al "interés de la justicia y del debido proceso"?</p><p>Había una cuestión que no estaba planteada en el escrito firmado como ponente por Manuel Marchena, pero que sobrevuela desde entonces todo el conflicto. ¿Qué pasa si la respuesta a esta cuestión es favorable a Junqueras y llega después de que sea condenado? Junqueras pidió en septiembre al Supremo paralizar la sentencia del Supremo hasta que el Tribunal de Luxemburgo se pronunciase, pero su petición fue denegada. Y, el <a href="http://www.poderjudicial.es/cgpj/es/Poder-Judicial/Noticias-Judiciales/El-Tribunal-Supremo-condena-a-nueve-de-los-procesados-en-la-causa-especial-20907-2017-por-delito-de-sedicion" target="_blank">14 de octubre</a>, llegó el fallo. El Supremo dirigió <a href="http://www.poderjudicial.es/cgpj/es/Poder-Judicial/Noticias-Judiciales/El-Tribunal-Supremo-comunica-al-TJUE-que-la-cuestion-prejudicial-sobre-Oriol-Junqueras-sigue-manteniendo-interes-y-vigencia" target="_blank">ese mismo día</a> al TJUE un oficio, con la sentencia adjunta, diciéndole que la cuestión prejudicial mantenía su vigencia e interés. En paralelo, también el 14 de octubre, el magistrado del Tribunal Supremo Pablo Llarena, con la sentencia del <em>procés</em> en la mano, reactivaba la euroorden contra Puigdemont.</p><p>  <strong>El abogado general</strong></p><p>A priori, el Supremo tenía una carta a su favor. <a href="https://www.lavanguardia.com/politica/20190417/461711620596/europarlamento-condiciona-inmunidad-puigdemont-recoja-acta-madrid.html" target="_blank">En abril</a>, antes incluso de las elecciones europeos, <strong>los letrados de los servicios jurídicos del Parlamento europeo</strong> –a petición de su nuevo presidente, Antonio Tajani, que veía venir el problema desde lejos– habían elaborado un informe que condicionaba la inmunidad de Puigdemont a que recogiese el acta en Madrid y dejaba en manos del Estado español dar o no permiso para hacerlo. Pero un funcionario europeo llamado <a href="https://curia.europa.eu/jcms/jcms/rc4_170743/es/" target="_blank">Maciej Szpuznar,</a> polaco nacido en 1971, de larga trayectoria jurídica, veía las cosas de manera algo diferente.</p><p>El terremoto se producía el 12 de noviembre. Szpuznar, abogado general de la UE, una figura parecida a la del fiscal, presentó al TJUE <a href="http://curia.europa.eu/juris/document/document_print.jsf;jsessionid=6D58925B477B373E2117F6EF51B2FB75?docid=220537&text=&dir=&doclang=ES&part=1&occ=first&mode=DOC&pageIndex=0&cid=7127217" target="_blank">sus conclusiones</a>, en las que se sumaba en buena medida a las tesis de la defensa de Junqueras. Szpuznar, cuyas indicaciones no tienen por qué ser seguidas en la sentencia aunque suponen una pista a tener en cuenta, considera que el exvicepresident <strong>se convirtió en eurodiputado con inmunidad cuando fue elegido en las urnas</strong> y que su condición "no puede estar supeditada al ulterior cumplimiento de formalidad alguna". Y añade: "Las autoridades del Estado miembro en el que el miembro del Parlamento ha resultado electo están obligadas a abstenerse de adoptar cualquier medida que pueda obstaculizar los trámites del miembro del Parlamento necesarios para asumir efectivamente sus funciones y a suspender las medidas que ya estén en curso".</p><p>Ahora bien, el abogado general se mostraba cauto sobre las implicaciones directas de la eventual consideración de eurodiputado de Junqueras. No está claro que afectara sobre su situación. Hablando en plata, ni mucho menos, ni aunque el TJUE siguiera la tesis del abogado general, Junqueras tendría fácil salir de la cárcel. "Dado que la elegibilidad para el mandato de diputado al Parlamento, como elemento de la normativa electoral, depende del derecho nacional, la privación de la misma también afecta a la elegibilidad al Parlamento". Es decir, Szpuznar abre la puerta a una consideración de Junqueras como parlamentario que habría perdido efecto por quedar establecida después de una sentencia condenatoria inhabilitante. Un planteamiento con un tinte salomónico, que <strong>en el fondo da la razón a Junqueras, pero en la forma permite dejar las cosas como están.</strong></p><p>Eso sí, provocando<strong> la paradoja</strong> de generar un escenario en el que Puigdemont, al no estar preso, podría verse más beneficiado a la postre que el propio Junqueras.</p><p>  <strong>La euroorden</strong></p><p>Las vicisitudes legales de Puigdemont y Comín han ido discurriendo por un carril paralelo al de Junqueras. En breve ambos carriles se cruzarán. Este lunes se celebra la vista ante la justicia belga sobre la posible detención y entrega de Puigdemont y Comín. El jueves, la sentencia del TJUE sobre Junqueras. ¿Tienen relación ambos acontecimientos? Inevitablemente. A raíz de <strong>la reactivación de la euroorden</strong> por parte de Llarena (14 de octubre, a la vez que la sentencia), se puso en marcha la maquinaria belga. Primero la fiscalía congeló la tramitación hasta recibir una traducción. En noviembre, el juez aceptó dar más tiempo a Puigdemont y Comín, cuyas euroórdenes unificó en una sola causa, para preparar su defensa. <strong>La vista quedó fijada para este lunes, 16 de diciembre.</strong></p><p>¿Con qué idea acuden Puigdemont y Comín a la vista? Gonzalo Boye, abogado de ambos, explica a infoLibre que planteará la conveniencia de esperar al pronunciamiento del TJUE sobre Junqueras, aunque expresa dudas sobre el alcance que el mismo pueda tener sobre sus clientes. Como "alternativa", señala Boye, se propondrá la presentación de una cuestión prejudicial ante el TJUE, similar a la presentada por el Supremo, pero sobre Puigdemont y Comín. Ahora bien, el expresident y su exconseller tienen <strong>un as en la manga.</strong> Ambos presentaron ante el TJUE, el 28 de junio, tres días antes de la cuestión prejudicial del Supremo, sus propias demandas. Tienen presentada una cada uno, aunque ambas se refieren a los dos casos, explica Boye. El abogado cree que el TJUE está esperando a que haya una sentencia sobre el caso de Junqueras para pronunciarse sobre Puigdemont y Comín, lo cual sería lógico.</p><p>  <strong>La sentencia y sus posibles consecuencias</strong></p><p>Tras la vista sobre Puigdemont y Comín del lunes, vendrá la sentencia sobre Junqueras del jueves. Lo que establecerán los magistrados es una incógnita. Hay, a priori, <strong>tres grandes hipótesis:</strong></p><p>1) Que establezca que Junqueras <strong>no es eurodiputado</strong>, lo cual sería malo para Junqueras y malo para Puigdemont y Comín.</p><p>2) Que establezca que Junqueras <strong>es eurodiputado pero fue condenado antes de resolverse la cuestión</strong>, con lo que la cuestión habría perdido sentido, lo cual sería malo para Junqueras, que ganaría moralmente pero no vería alterada su situación, pero bueno para Puigdemont y Comín.</p><p>3) Que establezca que Junqueras <strong>era eurodiputado de pleno derecho desde su elección</strong> o desde la publicación de su nombre en el BOE, con lo cual fue primero retenido y luego condenado cuando ya gozaba de inmunidad, lo cual sería bueno para Junqueras, que gozaría de munición para intentar anular su condena, así como para Puigdemont y Comín.</p><p>En este último caso, el catedrático de Derecho Constitucional <strong>Javier Pérez Royo</strong> considera incluso que podría entenderse que la condena a Junqueras es "nula de pleno derecho" y, con ella, todo el juicio al <em>procés</em>. "Si se establece que Junqueras ya tenía inmunidad como eurodiputado cuando se dictó la sentencia, pues el Supremo tendría que haber detenido el juicio, solicitado autorización al Parlamento europeo para actuar contra él y esperado a la respuesta para dictar sentencia", señala Pérez Royo. A su juicio, si hay un reconocimiento de la condición de europarlamentario de Junqueras –y, por extensión, de Puigdemont y Comín–, <strong>el Supremo quedaría deslegitimado</strong> para solicitar ahora el suplicatorio, ya que habría vulnerado los derechos de todos ellos: el de Junqueras, con la prisión, el de Puigdemont y Comín, con la euroorden. "Podría ser el fin de la persecución penal del <em>procés</em>. Ese es el problema que ha generado el Supremo al enviar la cuestión y no esperar al resultado para la sentencia", señala Pérez Royo.</p><p>El profesor de Derecho Constitucional <strong>Joaquín Urías prevé unas consecuencias mucho menos impactantes</strong> de la sentencia. "El abogado general no lo tiene claro. Es tajante hasta que hay que hablar de los efectos", señala Urías. A su juicio, lo obvio es que si hay un reconocimiento de la condición de eurodiputado de Junqueras aun sin haber recogido su acta, Puigdemont y Comín, con esa sentencia, podrían acudir al Parlamento europeo a solicitar su credencial. ¿Se la darían? Urías tiene dudas. <strong>El Parlamento europeo y la Comisión Europea,</strong> durante la vista del caso celebrada el <a href="https://elpais.com/politica/2019/10/14/actualidad/1571058570_769901.html" target="_blank">14 de octubre</a> –sí, también el 14 de octubre–, se situaron claramente contra Junqueras, negando su inmunidad. El profesor también señala que, si la sentencia deja margen interpretativo, el Supremo podría denegarle la salida de prisión a Junqueras incluso aunque se reconociera su condición de eurodiputado. "Podría decir: 'Hay una sentencia firme, ante la que no cabe recurso, y no consideramos la sentencia [del TJUE] un hecho nuevo'. Y punto".</p><p>Es difícil encontrar argumentos jurídicos en contra de la anulación de la euroorden en caso de que Puigdemont y Comín –por extensión de la sentencia sobre Junqueras o como resultado de un pronunciamiento sobre sus propias demandas– sean considerados eurodiputados. Ni están condenados, ni presos, ni detenidos. Coinciden aquí Pérez Royo y Urías. Pesa sobre ellos una orden de detención y entrega que, en el caso de los eurodiputados, no puede dictarse sin que el Parlamento europeo lo autorice. <strong>El abogado Boye no contempla otro escenario que la anulación de la euroorden, en caso de reconocimiento de la condición de europarlamentario. </strong>"Sería archivada. Habiendo inmunidad, no puede seguir", afirma. Sobre el suplicatorio, dice: "Un suplicatorio en el Parlamento europeo sería una especie de juicio al juicio. ¿Eso es lo que quiere Marchena?".</p><p>  <strong>La disyuntiva de fondo</strong></p><p>El catedrático de Derecho Constitucional <strong>Luis López Guerra</strong> sitúa el posible pronunciamiento del TJUE, sea cual sea, en un contexto muy determinado: el de la construcción europea. "El Derecho europeo está en una fase todavía inicial. Sobre muchos asuntos, no hay precedentes. Mientras los letrados del Parlamento europeo se han pronunciado de una forma, el abogado general lo ha hecho de la contraria. Se adoptará una decisión creativa, sin precedentes", señala López Guerra. Y añade una reflexión de fondo: "El TJUE es un tribunal que está ahí para defender la Unión Europea. No es un tribunal de derechos humanos. Partiendo de esa base, tiene que ver qué línea sigue, que servirá de precedente para el futuro. Hay dos opciones: una opción es <strong>poner el acento en la defensa de la estabilidad de la UE frente al independentismo, </strong>considerando que un fallo a favor de Junqueras puede agudizar el problema. La otra es el <strong>fortalecimiento de las instituciones europeas. </strong>Es decir, no dejar que la elección de un parlamentario europeo quede en manos de decisiones de otros. Estas son las dos grandes opciones". Es conveniente reseñar que el Parlamento europeo se ha inclinado por que no haya reconocimiento como eurodiputado sin recoger el acta.</p><p>López Guerra, exvicepresidente del Tribunal Constitucional, expresidente de sección del Tribunal Europeo de Derechos Humanos de Estrasburgo, subraya que una sentencia "siempre tiene consecuencias jurídicas", por lo que marca distancia con los que creen que el fallo del TJUE pueda quedar en una reflexión abstracta sin aplicación. Si se considera que Junqueras tenía "inviolabilidad" como europarlamentario, podría haber <strong>"vicios" en el procedimiento seguido contra él</strong>, afirma el jurista.</p><p>¿Consecuencias directas en la situación de los protagonistas? Con respecto a Junqueras, a López Guerra le parecen incalculables sin ver la sentencia. Más "claro" le parece que, si se establece que Puigdemont y Comín son eurodiputados con inmunidad, "no pueden ser arrestados, ni procesados, ni juzgados sin permiso previo del Parlamento europeo". Es decir, podrían, llegado el caso, pasear tranquilamente por España. Es imposible calcular el impacto político de algo así. O de otros escenarios, que incluyen candidaturas electorales.</p><p>En una <a href="https://www.larazon.es/espana/20191213/l64p35qufjdn5b5yekanc4afxe.html" target="_blank">entrevista en </a><a href="https://www.larazon.es/espana/20191213/l64p35qufjdn5b5yekanc4afxe.html" target="_blank">La Razón</a>, <strong>Junqueras afirma que él mismo sería el candidato de ERC a la Generalitat </strong>"si el tribunal europeo dice el próximo día 19 que hay inmunidad". "Entiendo que no hay inhabilitación posible, aunque el día 19 no se decidirá todo porque hay varias vías judiciales abiertas. El tribunal sólo responde a una pregunta del Supremo. Si ERC no cambia de opinión y no hay inhabilitación, Oriol Junqueras será el candidato", afirma, hablando de sí mismo en tercera persona.</p><p>– Eso abriría las puertas a Carles Puigdemont –le dice el periodista.</p><p>– Yo respondo por mí –contesta Junqueras.</p><p>Pero lo cierto es que, esta semana, sus destinos se encuentran. Y la política española, en busca de un difícil acuerdo de gobierno, aguarda <strong>una decisión crucial</strong>.</p>]]></description>
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      <pubDate><![CDATA[Mon, 16 Dec 2019 04:00:00 +0000]]></pubDate>
      <author><![CDATA[Ángel Munárriz]]></author>
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      <media:keywords><![CDATA[Oriol Junqueras,Carles Puigdemont,Pablo Llarena,Manuel Marchena]]></media:keywords>
    </item>
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      <title><![CDATA[Reino Unido acepta tramitar la euroorden de Ponsatí para ser resuelta por el juez]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.infolibre.es/politica/reino-unido-acepta-tramitar-euroorden-ponsati-resuelta-juez_1_1176765.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.infolibre.es/clip/fe1c749e-d7e1-4e20-bef5-1690a3565429_16-9-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675" alt="Reino Unido acepta tramitar la euroorden de Ponsatí para ser resuelta por el juez"></p><p>El abogado de la exconsellera Clara Ponsatí, Aamer Anwar, ha informado este viernes de que la Agencia Nacional Contra la Delincuencia de Reino Unido<strong> ha aceptado tramitar la euroorden </strong>contra la dirigente independentista tras recibir las aclaraciones del Tribunal Supremo (TS) <a href="https://www.infolibre.es/tags/personajes/pablo_llarena.html" target="_blank">Pablo Llarena</a>, por lo que la solicitud de extradición llegará a la justicia escocesa para ser resuelta.</p><p>En un comunicado, el letrado ha explicado que Ponsatí –que se marchó de España tras la declaración de independencia– comparecerá ante la policía de Edimburgo (Reino Unido) el jueves 14 de noviembre para ser puesta a disposición del juez. "Defenderemos firmemente a Clara del abuso de España del proceso de extradición y de cualquier intento de perseguirla por ejercer el mandato democrático del pueblo catalán", ha manifestado su abogado. El letrado también ha considerado que parece que el juez Llarena esté <strong>"acusando a Clara de 'desobediencia' en lugar de 'sedición'</strong> en sus aclaraciones remitidas a las autoridades británicas".</p><p>Llarena, instructor de la causa sobre el proceso soberanista, ha enviado este viernes a la Agencia británica contra la delincuencia <strong>información complementaria sobre la exconsellera de Educación</strong>, de la que pide la extradición. Ha indicado que Ponsatí conocía la ilegalidad de las conductas por las que se la reclama por un delito de sedición, e incluye todas las resoluciones del Tribunal Constitucional que fueron desobedecidas por la dirigente independentista pese a tener "pleno conocimiento" de las mismas.</p><p>El juez, que envía el documento también traducido al inglés, contesta de este modo a los requerimientos que se le realizaron el pasado miércoles desde este organismo, integrado en la Unidad Oficina Sirene (cooperación policial europea). <strong>La agencia británica le pidió más información </strong>pese a rechazar en principio dar trámite a la euroorden cursada por el juez contra Ponsatí <a href="https://www.infolibre.es/noticias/politica/2019/11/06/autoridades_policiales_reino_unido_rechazan_tramitar_orden_detencion_contra_ponsati_por_desproporcionada_100677_1012.html" target="_blank">por lo "desproporcionado" de la petición</a>, si bien <a href="http://privado.infolibre.es/noticias/politica/2019/11/06/calvo_cree_poco_entendible_respuesta_gran_bretana_euroorden_ponsati_intenta_aclarar_confusion_100698_1012.html?previsualizar=1" target="_blank">horas después rectificó dicho término.</a></p>]]></description>
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      <pubDate><![CDATA[Fri, 08 Nov 2019 18:02:00 +0000]]></pubDate>
      <author><![CDATA[infoLibre]]></author>
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      <media:title><![CDATA[Reino Unido acepta tramitar la euroorden de Ponsatí para ser resuelta por el juez]]></media:title>
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      <media:keywords><![CDATA[Extradiciones,Reino Unido,Pablo Llarena,euroorden]]></media:keywords>
    </item>
    <item>
      <title><![CDATA[Autoridades policiales de Reino Unido rechazan tramitar la orden de detención contra Ponsatí por "desproporcionada"]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.infolibre.es/politica/autoridades-policiales-reino-unido-rechazan-tramitar-orden-detencion-ponsati-desproporcionada_1_1176640.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.infolibre.es/clip/d120c949-19e0-479e-8912-e5891bc8ac87_16-9-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675" alt="Autoridades policiales de Reino Unido rechazan tramitar la orden de detención contra Ponsatí por "desproporcionada""></p><p>Las autoridades de Reino Unido <strong>han contestado este miércoles a la orden de detención europea dictada por el juez del Tribunal Supremo</strong> Pablo Llarena <a href="https://www.infolibre.es/noticias/politica/2019/11/05/los_exconsejeros_ponsati_comin_puig_entregaran_las_autoridades_belgica_escocia_tras_reactivacion_las_ordenes_detencion_100634_1012.html" target="_blank">sobre la ex consejera de Educación catalana Clara Ponsatí</a> que la petición <strong>"es desproporcionada"</strong> con arreglo a su legislación, por lo que no le darán trámite, según un documento recibido por la Unidad Oficina Sirene (cooperación policial europea) dependiente del Ministerio del Interior, al que ha tenido acceso Europa Press.</p><p>Llarena, que instruye la causa por el <em>procés</em>, emitió este martes <strong>una nueva orden europea de detención y entrega contra Ponsatí, fugada a Escocia, por un delito de sedición</strong> tras descartar el de malversación a la luz de la sentencia dictada por la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo, según la cual, la cesión de espacios para la celebración del referéndum ilegal que se le imputa a ella no entraría en ese tipo delictivo.</p><p>"La orden de detención europea ha sido revisada por un abogado especializado del Reino Unido en nombre de la Agencia Nacional contra la Delincuencia. Han determinado que <strong>es desproporcionado con arreglo a la legislación del Reino Unido</strong>", contestan ahora las autoridades británicas al Ministerio del Interior español mediante ese sistema de cooperación policial entre países.</p><p>De este modo, las autoridades de Reino Unido indican a España que la orden de detención europea "no ha sido certificada por el Servicio Nacional SIRENE del Reino Unido y, por el momento "<strong>no tomarán ninguna otra medida en relación con este asunto</strong>".</p><p><strong>Lo "volverán a evaluar" si hay más información</strong></p><p>Emplazan no obstante a España a <strong>hacer llegar "información sobre el historial delictivo previo" de Ponsatí "o cualquier otra información relativa a la gravedad de la infracción"</strong> que tenga en su poder. En ese caso, volverán a "evaluar la decisión de no certificar esta orden de detención europea".</p><p>Según fuentes jurídicas consultadas por Europa Press, el problema reside en que la sedición en la legislación de Reino Unido es una cuestión de orden público y no un delito contra el Estado, como se entiende en España, <strong>de ahí que consideren una desproporción entregar a la consejera.</strong></p><p>Otras fuentes señalan que no obstante, además de a las autoridades policiales o del Ministerio del Interior de Reino Unido, <strong>se cursó la petición de entrega a la autoridad judicial de Escocia</strong>, a la que además se ha enviado este miércoles la orden europea de entrega traducida al Inglés.</p><p>Por ahora, apuntan estas fuentes, la respuesta sólo se refiere al sistema Sirene de cooperación policial entre países, por lo que habrá que esperar a que se pronuncie el sistema judicial escocés.</p><p>Ponsatí no comparecerá mañana ante la justicia escocesa</p><p>Precisamente, Ponsatí <strong>había anunciado su intención de comparecer ante la justicia escocesa este jueves</strong>, pero su defensa este miércoles ha dicho que pospondrá la entrega.</p><p>En un comunicado, su abogado Aamer Anwar ha asegurado que este miércoles por la mañana les llegó la euroorden de arresto traducida y que las autoridades del Reino Unido <strong>han pedido aclaraciones sobre la solicitud de extradición a España.</strong></p><p>Anwar ha considerado que la euroorden emitida por el juez del Tribunal Supremo (TS) Pablo Llarena contiene "contradicciones" y que <strong>se refiere a los delitos de rebelión y sedición, aunque Ponsatí solo es acusada de sedición, y sin clarificar su rol en los hechos.</strong></p>]]></description>
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      <pubDate><![CDATA[Wed, 06 Nov 2019 14:40:00 +0000]]></pubDate>
      <author><![CDATA[infoLibre]]></author>
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      <media:title><![CDATA[Autoridades policiales de Reino Unido rechazan tramitar la orden de detención contra Ponsatí por "desproporcionada"]]></media:title>
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      <media:keywords><![CDATA[Reino Unido,El futuro de Cataluña,Pablo Llarena]]></media:keywords>
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      <title><![CDATA[La Fiscalía pide que se reactiven las órdenes de detención contra los ex consejeros catalanes Comín, Ponsatí y Puig]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.infolibre.es/politica/fiscalia-pide-reactiven-ordenes-detencion-ex-consejeros-catalanes-comin-ponsati-puig_1_1176437.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.infolibre.es/clip/df169dc1-6ab0-4c17-bfa8-c1bd95bd4cbf_16-9-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675" alt="La Fiscalía pide que se reactiven las órdenes de detención contra los ex consejeros catalanes Comín, Ponsatí y Puig"></p><p>La Fiscalía del Tribunal Supremo ha emitido informe solicitando <strong>que se reactiven las órdenes europeas e internacionales de detención</strong> contra los ex consejeros del gobierno de Carles Puigdemont Clara Ponsatí, Toni Comín y Lluis Puig, todos procesados en relación al <em>procés</em> independentista y huidos de la justicia.</p><p>En el caso de<strong> Ponsatí y Comín</strong>, huidos a Escocia y Bélgica, respectivamente, Fiscalía pide al instructor de la causa, <strong>Pablo Llarena</strong>, que emita nueva reclamación internacional por los <strong>delitos de sedición y malversación</strong>, en línea con la sentencia del Tribunal Supremo que condenó a otros miembros del Govern por los hechos ocurridos en Cataluña en el otoño de 2017.</p><p>En el caso de Lluís Puig, el Ministerio Público pide que la detención se efectúe por <strong>delitos de desobediencia y malversación</strong>, en línea con la misma sentencia.</p><p>"La emisión de esta nueva reclamación, tras el dictado de la sentencia, <strong>permite ajustar de modo exacto la orden internacional de detención</strong> y la euroorden a los hechos y títulos de imputación que se han establecido en la sentencia firme del Tribunal Supremo", dice el escrito de Fiscalía.</p><p>El Ministerio Público expone que en los tres casos "se cumplen los requisitos establecidos por la legislación de reconocimiento mutuo de resoluciones penales de la UE que permite a la autoridad judicial española<strong> dictar orden de detención y entrega</strong>".</p><p>"En consecuencia,<strong> habiendo sido dictada sentencia firme y siendo esta condenatoria</strong>, resulta procedente que se acuerde por el Instructor la prisión, y consecuente busca y captura a tales efectos", añade el escrito firmado por Javier Zaragoza y Fidel Cadena.</p><p>De acordar Llarena la decisión instada por Fiscalía <strong>serían ya 4 las órdenes europeas e internacionales de detención</strong> dictadas contra de los procesados en relación a estos hechos fugados de la justicia, puesto que el mismo día en que se firmó la sentencia, el instructor reactivó la reclamación sobre <strong>Carles Puigdemont</strong>, quien <a href="https://www.infolibre.es/noticias/politica/2019/10/29/el_juez_belga_aplaza_audiencia_sobre_euroorden_puigdemont_diciembre_100391_1012.html" target="_blank">ya ha comparecido</a> ante la justicia belga.</p>]]></description>
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      <pubDate><![CDATA[Thu, 31 Oct 2019 10:50:00 +0000]]></pubDate>
      <author><![CDATA[infoLibre]]></author>
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      <media:keywords><![CDATA[Cataluña,Fiscalía,Carles Puigdemont,Pablo Llarena,El juicio del 'procés']]></media:keywords>
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