Indignos miembros del CGPJ

José Amella

Agruparlos bajo la designación de Conservadores a los miembros del CGPJ que se oponen al cumplimiento de la ley vigente para su renovación es encubrir lo que en realidad son: jueces indignos de ocupar esos asientos.

Se puede ser un juez de ideología conservadora y seguir siendo un buen juez. Un buen juez respeta las leyes a las que tiene que servir. La clave del CGPJ es que esos jueces denominados conservadores no son jueces imparciales sino que son jueces de parte. De otro modo no se puede explicar su contumaz resistencia al cumplimiento de la ley.

Lo que explica esa anomalía judicial es que son jueces cuyas aspiraciones son las de mantener su estatus y aumentarlo, así como las de ascender en sus categorías profesionales, hasta el punto de incumplir la ley. Y esperar mientras tanto un poder legislativo que coincida con sus opiniones y creencias personales.

Tal comportamiento no es como consecuencia de que sean o no conservadores, sino consecuencia de que no son jueces que con imparcialidad respetan y hacen cumplir las leyes. Esta anómala situación no es exclusiva de los miembros del CGPJ, de otro modo resultan inexplicables las variopintas resoluciones judiciales que más parecen dictadas en función del encausado o del tema a resolver que de una estricta aplicación de la ley.   

Su opinión no cabe cuando viste la toga, así vestido debe aplicar la ley

Si como dijo un miembro del CGPJ, de apellido Macías: “Cada ley de este gobierno es peor que la anterior”, para él vulnerar las leyes del poder legislativo es de obligado cumplimiento, pues sitúa su opinión, argumentada o no, por encima de la ley. Simplemente no obedecen a las leyes del legislativo de turno, ya que solamente obedecen a las leyes que coinciden con su opinión. Tal desfachatez es propia de jueces indignos de llamarse jueces. Su opinión no cabe cuando viste la toga, así vestido debe aplicar la ley.

La justicia es siempre una interpretación de la ley, por supuesto, pero siempre dentro de los límites motivacionales de la propia ley y de la Constitución. Jamás un buen juez considerará sus opiniones, creencias y ambiciones personales como una válida justificación para interpretar la ley por encima de su articulado, desde su preámbulo a la última disposición.

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José Amella es socio de infoLibre

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