LA ESTRATEGIA DEL PP

Tres errores e imprecisiones de Feijóo al comparar los impuestos de España y Portugal

Alberto Núñez Feijóo en la entrega de los VIII Premios al Altruismo, este viernes en el polideportivo municipal de Brunete, en Madrid.

Alberto Núñez Feijóo ha incorporado a Portugal como parte recurrente en el argumentario económico para cargar contra el Gobierno de Pedro Sánchez. La última ocasión fue este martes, durante el cara a cara que ambos dirigentes mantuvieron en el pleno del Senado. El presidente del PP puso de ejemplo a Portugal, que lleva desde 2015 bajo un Gobierno socialista, en materia de contención de gasto público, revalorización de las pensiones, subidas salariales o en política fiscal. “¿Por qué no copia usted a ministros socialdemócratas, a primeros ministros de países, por ejemplo, de Alemania o Portugal?”, le espetó Feijóo a Sánchez.

En materia de impuestos, el expresidente gallego formuló la siguiente retahíla: “Portugal tiene seis puntos porcentuales menos de IRPF que España (...), un impuesto de transmisiones patrimoniales (ITP) que es la mitad que el de España y no tienen impuesto sobre el patrimonio, ni de sucesiones, ni de donaciones”. Basándose en estas diferencias fiscales, el presidente del PP defendió que Portugal está creando un “entorno competitivo”, que atrae talento e inversión. Es cierto que el panorama impositivo portugués podría resultar más ventajoso para las rentas muy altas, tras la aprobación del Impuesto de Solidaridad a las Grandes Fortunas en España. No obstante, las tres referencias que hace el presidente del PP a los impuestos portugueses no son precisas, o directamente son incorrectas

El IRPF portugués no es seis puntos más bajo que el de España: el presidente del PP está comparando el tipo portugués exclusivamente con el de la comunidad que lo tiene más alto. No es correcto decir que el ITP es “la mitad” que en España, por la enorme variabilidad de deducciones y bonificaciones que hacen imposible semejante comparación. Y por último, es cierto que Portugal no tiene un impuesto sobre el patrimonio o las herencias, pero sí tiene uno municipal sobre el patrimonio inmobiliario y su transmisión a herederos, un hecho que Feijóo no menciona. 

El IRPF portugués es más alto en prácticamente todos los tramos de renta

El presidente del PP afirma que el IRPF de Portugal tiene seis puntos porcentuales menos que en España. Sin embargo, en una comparación del IRPF portugués con cualquier región española, en la gran mayoría de los casos los tipos portugueses resultan superiores. De hecho, como apunta el Sindicato de Técnicos de Hacienda Gestha, basándose en datos de Eurostat de 2019, la presión fiscal del IRPF en Portugal fue del 15,2%, frente al 11,7% en España: “Portugal tiene una mayor composición de los impuestos indirectos que en España. Son 3,5 puntos, que es tanto como decir que España tendría que recaudar 43.494 millones de euros más para equipararse a Portugal". España recauda más en impuestos indirectos, como el IVA, y en cotizaciones sociales. En el ranking europeo de impuestos directos, Portugal ocupa el puesto 9, frente a España, que está el 23.

InfoLibre ha consultado a fuentes del PP, que señalan que, al hacer esa afirmación, lo que hace Feijóo es comparar los tipos máximos de España y Portugal. El presidente del PP, al comparar el dato portugués con el español, ha usado el tipo más alto de las comunidades autónomas, que es el de la Comunidad Valenciana, y lo ha atribuido a toda España. Así, sostiene que el IRPF de este país es seis puntos superior al portugués, del 54% frente al 48%, por lo que la conclusión resulta falsa. En esta comparación obvia que esta situación solo se aplica a rentas de más de 300.000 euros, solo en el caso valenciano y sin tener en cuenta un recargo de solidaridad extra del 5% que aplica Portugal a rentas mayores de 250.000. 

Si atendemos a los tramos del IRPF portugués, comprobamos que el tipo máximo del 48% se aplica a rentas superiores de 75.000 euros. Sin embargo, el tipo máximo estatal español se aplica a partir de 300.000 euros, que es del 24,5%. A este tipo, que es común para todas las comunidades autónomas, se le debe sumar el marginal que aplica cada una, con sus respectivos tramos de renta. Por ejemplo, una renta anual de 100.000 euros en Portugal pagaría un 48%, mientras que en Madrid sería del 43%; en Cataluña, del 46% y en Andalucía, del 45%. Además, Portugal aplica una tasa extra de solidaridad a partir de rentas superiores a 80.000 euros del 2,5%, por lo que definitivamente en este caso el tipo portugués también es más alto. Si esta comparación se hace en cualquier tramo de rentas bajas o medias (hasta 60.000 euros), en todos los casos en Portugal se pagan más impuestos sobre la renta. 

No se puede decir que el ITP sea la mitad en Portugal

Respecto al Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (ITP), que grava la compraventa de inmuebles de segunda mano, Núñez Feijóo indica que en Portugal es “la mitad” que en España, una expresión que no es correcta, dado que depende de cada caso. El presidente del PP hace un resumen de todas las posibilidades. En Portugal los tipos van desde el 1% al 7,5%, en función del valor del inmueble. En España, el impuesto está cedido a las comunidades autónomas y hay un enorme rango de posibilidades. Según un estudio de la OCU, el tipo general se ubica entre el 4% y el 11,5%. Feijóo se basa en la comparación de estas dos horquillas para hacer dicha afirmación.

Pero esto no quiere decir que en Portugal se pague la mitad de impuesto que en España. Por ejemplo, en Portugal, todas las viviendas a partir de 172.348 euros pagan al menos un 7% de ITP. En la Comunidad de Madrid, el tipo es del 6%, independientemente de su valor (y del 4% para familias numerosas). Por lo tanto, vender una vivienda por encima de ese valor en todos los casos será más barato en Madrid que en Portugal. 

Pero no solo en Madrid. En España hay una gran cantidad de variables que reducen el tipo, por ejemplo, dependiendo de factores como el coste de la vivienda, la edad de los compradores, si tienen discapacidad, si se trata de la primera vivienda, si esta se encuentra en un entorno rural, etc. En Andalucía, Baleares, Canarias, Castilla-La Mancha, Navarra o el País Vasco, hay tipos de entre el 4% y el 6% para la primera vivienda.

Si atendemos a las particularidades de cada caso, hay diferencias más evidentes. Algunas comunidades autónomas aplican tipos reducidos para jóvenes y familias numerosas, como La Rioja (3%), Murcia (3%) o el País Vasco (2,5%). En Castilla y León, el ITP es del 0,01% para jóvenes que compren su primera vivienda en un entorno rural. Debido a la enorme variabilidad de los factores, pese a que los tipos generales en España son, a priori, superiores a los de Portugal, el enorme abanico de bonificaciones impide hacer una comparación si no se trata de un caso concreto. No es posible, por tanto, generalizar que el ITP en el país vecino sea “la mitad”.

Portugal sí grava el patrimonio inmobiliario y su herencia

Feijóo añade también que Portugal no tiene impuesto sobre el patrimonio, así como sobre las sucesiones y donaciones, pero esto tampoco es del todo cierto. En Portugal no existe tradición de figuras fiscales parecidas a estas, pero desde 2017 sí existe un tributo municipal sobre viviendas que, aunque no grava el patrimonio en general, en la práctica el resultado es parecido. Se denomina Impuesto adicional municipal en inmuebles (Adicional ao Imposto municipal sobre imóveis) que, como su nombre indica, grava el patrimonio inmobiliario en territorio portugués, así como las herencias.

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La base imponible de este impuesto es el valor patrimonial de edificios residenciales o terrenos con licencia de construcción de cualquier persona física o empresa cada 1 de enero. Los tipos se mueven del 0,7% al 1,5% en tres tramos, con un mínimo exento de 600.000 euros.

Las herencias de bienes inmuebles están gravadas con el 0,7%. Las parejas tienen derecho a hacer tributación conjunta, lo que en la práctica eleva los tramos al doble. Asimismo, las empresas son gravadas con un 0,4%, y de un 7,5% el valor de los inmuebles que están ubicados en territorios de paraísos fiscales. 

La manera de calcularlo es la siguiente: si una persona dispone de un inmueble valorado en 1,3 millones de euros, en primer lugar se descuentan los 600.000 euros del mínimo exento. Luego, los 700.000 euros restantes tributan según los tramos. Los primeros 400.000 euros estarían gravados con el 0,7% (2.800 euros) y los 300.000 restantes con el 1% del segundo tramo (3.000 euros). En total, esta persona en Portugal pagaría 5.800 euros, una cantidad que podría asemejarse a lo que resulta en España tras aplicar un impuesto sobre el patrimonio o las sucesiones.

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