La portada de mañana
Ver
El PSOE se lanza a convencer a Sánchez para que continúe y prepara una gran movilización en Ferraz

Autopsia a una agresión sexual

Uno de los problemas que hemos puesto de manifiesto en la Ley Integral de Garantías de la Libertad Sexual es el énfasis en poner a toda costa el consentimiento en primer lugar, algo sin duda positivo, pero con la consecuencia negativa de haberlo hecho por encima de la propia naturaleza de la violencia sexual, como si fueran elementos incompatibles. Y una de las derivadas de dicha decisión ha sido buscar más en la redacción la distancia respecto a la anterior regulación que la aproximación a la realidad de la violencia sexual.

Según la ley del sólo sí es sí, agresión sexual es todo acto que atente contra la libertad sexual sin el consentimiento de la víctima. Cualquier otra acción violenta que realice el agresor para conseguir materializar esa “conducta de naturaleza sexual” que él desea y la víctima no sería un delito de lesiones conexo, a no ser que forme parte de los agravantes, situación que como tal es más excepcional. Y esta manera de entender la violencia sexual es un error.

Cuando un hombre decide llevar a cabo una agresión sexual no busca actuar contra la voluntad de la víctima, eso es una consecuencia de su decisión, lo que busca es tomar el cuerpo de la mujer para usarlo en satisfacer sus deseos de poder a través de una conducta de naturaleza sexual. Muchas víctimas lo describen diciendo que sienten su cuerpo “invadido”, y un comportamiento de este tipo siempre es violencia que produce consecuencias, no como algo conexo, sino como un elemento esencial y buscado por el propio agresor.

No hay agresor sexual que no utilice la violencia desde una posición de poder o a través de la fuerza. Para realizar actos de naturaleza sexual sin violencia, estos hombres ya los llevan a cabo con sus parejas o sobre otras mujeres a las que no agreden. Cuando violan lo hacen con la violencia como parte esencial de su conducta, tanto que según la clasificación del Centro Nacional de Análisis del Crimen Violento del FBI, de los cuatro tipos de violadores que describe hay dos, el “furioso” y el ”sádico” que utilizan una gran cantidad de violencia física como parte de la violación. El primero recurriendo a la violencia sexual como una forma más de producir el máximo daño a las mujeres, y el segundo como una manera de conseguir la excitación sexual para luego poder violar. Es decir, que no sólo recurre a la violencia para dañar, sino que la necesita como elemento previo para excitarse sexualmente y violar.

Limitar la agresión sexual a sólo una conducta contra el consentimiento de las mujeres es un error y supone la desnaturalización de la propia violencia sexual.

Un ejemplo de las consecuencias que se derivan de esta concepción lo vemos en la reciente sentencia 250/2023 de la Audiencia Provincial de Barcelona, fechada el 6-3-2023.

Tal y como recogen los “hechos probados”, la víctima, una chica de 17 años, fue violada después de que el agresor la golpeara de manera sorpresiva en la cabeza y cayera al suelo, ocasionándole un traumatismo craneoencefálico que le produjo una conmoción cerebral. En esas circunstancias la arrastró detrás de unas jardineras y la obligó a realizarle una felación al no poder desnudarla de cintura para abajo, a pesar de la fuerza utilizada. El tribunal aplica la nueva ley del sólo el sí es sí porque resulta más favorable para el reo, y el resultado ha sido una condena de 5 años bajo la siguiente valoración:

1.     Por un lado, se considera la conducta de naturaleza sexual sin consentimiento de la víctima, es decir, la agresión sexual, sin ninguna relación con el grado de violencia y la fuerza física empleada.

2.     Por otro, sobre la base del nuevo artículo 194.bis, se considera el grado de fuerza y violencia utilizado, no como parte de la propia conducta de naturaleza sexual, sino como un delito de lesiones en conexión con la agresión sexual, pero independiente de ella. Y al analizar las lesiones de manera independiente, como la víctima no ha requerido más de una asistencia ni un tratamiento médico-quirúrgico, se concluye que es un delito de lesiones leve y se le pone una pena mínima.

De manera que un hecho terriblemente violento como es asaltar a una mujer, golpearla, arrastrarla y obligarla a realizar una felación, hechos que originan un importante trauma psíquico por el significado de la conducta, queda como algo menor caracterizado por la quiebra del consentimiento más un delito de lesiones leve.

La agresión sexual conlleva siempre la violencia por parte del agresor, no se pueden separar la violencia y el consentimiento. Este siempre estará en primer lugar, pero no como si la conducta del agresor no tuviera nada que ver con el uso de la violencia

La agresión sexual conlleva siempre la violencia por parte del agresor, no se puede separar la violencia por un lado y el consentimiento por otro. Este siempre estará en primer lugar, pero no como si la conducta del agresor no tuviera nada que ver con el uso de la violencia. Si fuera así tendría que haberse regulado como “coerción sexual”, no como agresión sexual.

La sentencia de la Audiencia Provincial de Barcelona muestra cómo la ley del sólo sí es sí ha producido una escisión entre violencia y consentimiento que con mucha probabilidad se va a traducir en una mayor victimización de las mujeres y en menores consecuencias para los agresores, pero también en un mensaje equívoco sobre la naturaleza de la violencia sexual y su consideración para toda la sociedad.

Unas veces se condenará la agresión sexual sin entender que ha habido violencia porque no se valoren las lesiones psicológicas que se hayan podido producir, algo que ya se apunta en la propia sentencia citada. Y otras se condenará por lesiones cuando se vean los signos de la violencia empleada pero no se pueda demostrar que no hubo consentimiento, porque cualquier elemento de los hechos definidos por la ley tiene que demostrarse.

Plantear estas cuestiones no es ir contra nadie. Creer que cualquier valoración es actuar contra una parte del Gobierno y defender a la otra, como se comenta alrededor del debate surgido, revela que hay quien sólo ve un tema político detrás de esta grave realidad, y cómo se le da más importancia a la posición política que a la propia realidad social que lleva a que se produzca la violencia sexual.

Más sobre este tema
stats