Un magno SLAPP en España

Miguel Á. Andrés Llamas

A raíz de las graves consecuencias sociales y económicas de la Gran Recesión de 2008, el sistema político español experimentó una verdadera crisis de representación. Las dos traducciones más importantes de esta crisis fueron, sin duda, la irrupción de Podemos, que ha logrado romper el bipartidismo y conformar el primer Gobierno de coalición en ochenta años, y el auge del independentismo catalán, que ha revelado el agotamiento político del modelo autonómico. A estas alturas resulta evidente que no pocos poderes públicos y privados han utilizado todo tipo de recursos al margen de los principios del Estado de Derecho para frenar a las formaciones morada e independentistas. Hemos presenciado la implosión del Estado de Derecho como respuesta deliberada de la élite del poder para tratar de embridar los procesos democráticos.

En este contexto, el término lawfare ha cobrado un creciente protagonismo en nuestro país. Aunque la RAE todavía no lo ha incorporado, la Fundación del Español Urgente precisa lo siguiente: “En el ámbito de la política, designa el uso de procedimientos judiciales con fines de persecución política, desacreditación o destrucción de la imagen pública e inhabilitación de un adversario político”. Los detractores del concepto lawfare, entre los que se encuentran, lógicamente, los sectores sociales que sintonizan con sus propósitos y la mayoría de la comunidad jurídica, niegan la propia existencia de este fenómeno.

Sin embargo, la Comisión Europea, nada sospechosa de abrazar la innovación democrática, viene trabajando en la conceptualización de una modalidad de lawfare. Los SLAPP (siglas en inglés de “strategic lawsuits against public participation”, término traducido como “demandas estratégicas contra la participación pública”) se definen por la Comisión en su propuesta de Directiva, de 27 de abril de 2022, como “demandas abusivas interpuestas en relación con la participación pública que sean total o parcialmente infundadas y cuyo principal objetivo sea impedir, restringir o penalizar la participación pública” (artículo 3.3). La Comisión pretende facilitar la desestimación temprana de estas demandas manifiestamente infundadas, que según uno de los considerandos de la propuesta de Directiva “suelen ser interpuestas por entidades poderosas, por ejemplo particulares, grupos de presión, empresas y órganos estatales” (considerando 10).

La preocupación de la Comisión Europea surge porque estas demandas estratégicas buscan “silenciar el debate público, normalmente recurriendo al acoso y la intimidación” (considerando 9). Aunque la noción de SLAPP está pensada para proteger a periodistas o defensores de los derechos humanos (no se menciona a los partidos políticos) y se reduce a la materia civil, entre otras limitaciones, lo cierto es que este intento de regulación constituye un buen primer paso para concebir el lawfare como un problema estructural de nuestras democracias.

Los conceptos del Derecho moderno se hallan diseñados para regular relaciones individuales bajo el prisma de la igualdad formal. Con carácter general, los ordenamientos jurídicos carecen de herramientas para abordar problemas colectivos o estructurales. Si un grupo de activistas o una organización política reciben multitud de demandas, denuncias o querellas, habrá que analizar caso por caso sin tener en cuenta los fines comunes o los intereses subyacentes. Además, aunque sean casos manifiestamente infundados, pueden entrar en juego los sesgos judiciales e incluso el fenómeno de la corrupción judicial. Por eso es ciertamente novedoso y esperanzador que se pretenda regular una figura como el SLAPP, que tiene alcance estructural, contempla las motivaciones políticas de las acciones judiciales y puede llegar a adulterar la esencia de la democracia.

Pondré el foco en el caso de Podemos. Aunque no suele explicarse de esta forma, este partido ha sido objeto de numerosos SLAPP. A falta de estudios más detallados (me consta que un doctorando está elaborando una tesis al respecto), algunas informaciones periodísticas cifran en alrededor de veinte las querellas archivadas, a las que habría que añadir otras iniciativas de diverso tipo. Podemos surge en 2014 como un partido que aspiraba a canalizar la participación electoral con un programa de justicia social en un contexto de crisis. Las múltiples acciones judiciales contra Podemos pretendían, obviamente, mermar sus posibilidades de éxito electoral. Gracias al rol colaborador de numerosos medios de comunicación, que amplificaban el impacto de estas acciones judiciales, quienes las interpusieron han logrado parcialmente sus objetivos, sin perjuicio de la incidencia de otros factores concurrentes o interrelacionados.

Hacia fuera las consecuencias del macroSLAPP contra Podemos son evidentes: un partido continuamente judicializado y sometido a la máquina del fango genera indefectiblemente un gran rechazo en los sectores de la población con menos conciencia sobre el funcionamiento del poder.

Más allá del daño electoral, hacia dentro las consecuencias son más numerosas y, quizá, menos intuitivas. Abordemos solo dos de las más importantes. Una de las principales consecuencias del magno SLAPP contra Podemos se llama Sumar. La hipótesis de sus promotores, no explicitada por razones obvias, es que para evitar la hostilidad mediático-judicial sufrida por la formación morada resulta imprescindible atenuar la ambición transformadora del llamado espacio político del cambio. Esta decisión estratégica es fácil de ocultar a nivel programático, pues el papel lo aguanta todo, pero no tanto en el plano discursivo, en el que Sumar es ya casi indistinguible del PSOE de Pedro Sánchez. Transversalidad quizá haya devenido en la palabra fetiche de la estrategia de la renuncia. En palabras de la Comisión Europea sobre el SLAPP: “El objetivo último es lograr un efecto intimidatorio, silenciar a los acusados y disuadirlos de proseguir su trabajo”.

Las consecuencias del 'macroSLAPP' contra Podemos son evidentes: un partido continuamente judicializado y sometido a la máquina del fango genera indefectiblemente un gran rechazo en la población con menos conciencia sobre el funcionamiento del poder

Otra consecuencia del macroSLAPP contra Podemos tiene que ver con cómo se relacionan los actores políticos del espacio del cambio con Podemos y cómo han operado los sectores críticos dentro de este partido. El deterioro provocado a la imagen pública de Podemos constituye un acicate para llevar a cabo escisiones o tensar las negociaciones políticas a sabiendas de que el poder mediático se encargará de fabricar relatos que culpen a un partido previamente criminalizado. Por citar solo dos ejemplos, ¿cómo podría explicarse si no que tanto Íñigo Errejón como Yolanda Díaz, figuras elegidas por Podemos para liderar procesos electorales, acaben fundando sus propias marcas-partido sin que esto afecte a su reputación ética en la opinión publicada?

La iniciativa de la Comisión Europea de regular el SLAPP, a todas luces insuficiente, sí constituye una oportunidad idónea para que más sectores de la sociedad española sean conscientes de que incluso los órganos estatales pueden llegar a perseguir a actores políticos con fines intimidatorios. No nos hallamos, como a veces se dice de manera torpe o interesada, ante un relato victimista o una teoría de la conspiración. Las gentes partidarias de los procesos de democratización bien harían en denunciar el magno SLAPP que todavía sufre Podemos en lugar de acatar sus objetivos disuasorios en forma de repliegue discursivo. Lo que está en juego, en puridad, son los derechos de las mayorías sociales.

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Miguel Á. Andrés Llamas es doctor en Derecho.

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