Política y justicia

El CGPJ alega que acusar de 'lawfare' en el Senado al juez de 'Gürtel' como hizo el PP no implica un descrédito

El juez José Ricardo de Prada, en una imagen de archivo.

El Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) denegó este jueves la petición de amparo del juez José Ricardo de Prada, a quien el senador del PP José Antonio Monago vinculó  en diciembre con “el mayor caso de lawfare” de España al acusarlo en la Cámara Alta de haber introducido en la sentencia del caso Gürtel una frase que luego eliminó el Supremo, afirmación falsa que el propio Monago rectificó una semana después  y referida a las menciones a la caja B del PP. Adoptado por unanimidad –es decir, también con el voto de las tres vocales del sector progresista–, el acuerdo de la comisión permanente del Consejo viene a sostener que  agua pasada no mueve molino dado que la primera y gran pieza de Gürtel es “un proceso judicial ya fenecido”. Considera además que la rectificación de Monago deriva en que “la hipotética perturbación” derivada de sus declaraciones en el Senado quede “vacía de contenido”.

Pero el acuerdo, a cuyo contenido íntegro ha accedido infoLibre, incluye un tercer argumento que reabre el capítulo de las dudas sobre los criterios por los que el órgano de gobierno de los jueces, dominado por el sector conservador y cuyo mandato caducó hace cinco años, concede o deniega amparo a los magistrados que se sienten presionados. Porque no solo recalca que “la crítica o el desacuerdo con las resoluciones judiciales (…) es consustancial al Estado de Derecho”, sino que llega más lejos y concluye que carece de base leer las críticas de Monago como “una advertencia o amenaza futura de descrédito hacia todos los miembros de la judicatura” que vendría a “perturbar la independencia de los jueces”.

El texto literal es el que sigue: “La interpretación que el magistrado De Prada hace en su escrito de petición de amparo de que las críticas de D. José Antonio Monago suponen una advertencia o amenaza futura de descrédito hacia todos los miembros de la judicatura, lo que, en definitiva, vendría a perturbar a futuro la independencia judicial de los jueces y magistrados de forma general y la suya en particular, no dejan de ser unas meras reflexiones de carácter hipotético y subjetivo que no alcanzan el grado de certeza y objetividad exigido por la normativa aplicada y la jurisprudencia citada”.

Feijóo, la misma falsedad que Maroto

Para De Prada, que pidió amparo al Consejo por el “demoledor mensaje" falso lanzado por Monago, el ataque del senador no fue el primero. Pero tampoco ha sido el último. Aunque el hoy parlamentario y antes presidente de la Junta de Extremadura rectificó días después y admitió que el Supremo nunca había eliminado ningún párrafo de la sentencia de Gürtel, esta misma semana fue el líder del PP, Alberto Núñez Feijóo, quien en una entrevista con el periodista Carlos Alsina abundó en la existencia del borrado que nunca existió. Según Feijóo el párrafo relativo al papel del PP como partícipe a título lucrativo de los manejos de la Gürtel fue “posteriormente derogado por el Supremo”. Pero tal “derogación” no existió nunca.

El juez de la sentencia de 'Gürtel' pide amparo al CGPJ por el "demoledor mensaje" falso de un senador del PP

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Feijóo repitió así lo dicho por Monago en diciembre cuando el senador invocó la inexistente eliminación de “un párrafo”, una falsedad que se ha afianzado en el imaginario político y mediático conservador. Su origen es el error que el 14 de octubre de 2020 cometió el Tribunal Supremo (TS) en su primera nota de prensa sobre la extensísima sentencia con la que confirmaba la dictada dos años antes por la Audiencia Nacional con De Prada como ponente. Rectificada oficialmente a última hora de aquel día por el alto tribunal, aquella nota inicial aseguraba que el Supremo consideraba “excesivas las menciones [de la Audiencia Nacional] a la caja b del PP porque no puede haber responsabilidad penal sin acusación o defensa”. Aquello se viralizó en titulares de prensa, radio y televisión, además de en las redes sociales. Pero tal como subrayó por la tarde el Supremo con un nuevo comunicado, la sentencia no decía nada de eso. Distintos medios de comunicación del ámbito conservador nunca llegaron a incorporar la rectificación emitida por el alto tribunal.

El rechazo a dar amparo a De Prada se produce apenas dos meses después de que admitiera a trámite en noviembre la solicitud de amparo a otro juez de la Audiencia Nacional, Manuel García-Castellón, tras las duras críticas lanzadas por distintos políticos –uno de ellos, el entonces secretario de Estado de Justicia– respecto a su actuación en el caso Tsunami, donde investiga las protestas independentistas de 2019 y en el que, en la práctica, imputó a Carles Puigdemont sin esperar el informe de la Fiscalía. El auto fue emitido un mes después de que el magistrado se hubiese pronunciado públicamente contra la futura ley de amnistía durante una intervención pública en la que tuvo como presentador a Julio Ariza, cabeza del conglomerado mediático afín a Vox.

El CGPJ decidió días más tarde congelar la tramitación del amparo a García-Castellón hasta que el Tribunal Supremo resuelva si, tal como le ha solicitado el magistrado, asume la competencia sobre el caso Tsunami. García-Castellón envió su petición sin esperar a que la Audiencia Nacional se pronuncie sobre quién debe proseguir con la instrucción.

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