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Confesar para no entrar en la cárcel: seis de cada 10 casos terminan en pactos como el del novio de Ayuso

Confesar dos delitos fiscales para no ingresar en prisión. Sin juicio previo. Ahorrándose el engorro de tener que acudir al juzgado a declarar durante la instrucción y evitando el riesgo de que cada diligencia de la investigación que abriera el juez apareciera, un día sí y otro también, filtrada en los principales periódicos para escarnio de su pareja, una de las principales dirigentes políticas del país. Conseguir que nadie obtenga la engorrosa foto del acusado en el banquillo cuando se iniciara, eventualmente, la vista pública. Que los telediarios no emitieran los interrogatorios que, tal vez, se extenderían semanas, si no meses, en pleno foco mediático. Privar a los ciudadanos de ver cómo la justicia, de manera implacable pero con todas sus garantías, se aplica a los presuntos delincuentes. Es lo que buscaba Alberto González Amador, el novio de la presidenta madrileña Isabel Díaz Ayuso, proponiendo un pacto al fiscal.
Es la conformidad. "La renuncia a defenderse del que sabe que no tiene defensa", en palabras del magistrado emérito del Tribunal Supremo Perfecto Andrés. Una institución que, en los últimos años ha ido poco a poco ganando relevancia en los procesos penales que se inician en España. Según la Memoria de la Fiscalía de 2024, seis de cada diez juicios se solventan mediante un acuerdo entre el acusado o acusados y el fiscal a cambio de una rebaja de la pena. Se trata de una institución fomentada desde hace años por el Ministerio Público y también por los jueces, dado que permite el ahorro de tiempo, trabajo y recursos que conlleva la preparación del juicio oral y la citación de peritos y testigos en un sistema judicial como el español, permanentemente atascado.
El límite para poder acudir a la conformidad está en que el delito cometido conlleve una pena de prisión inferior a seis años. El reo debe admitir su culpabilidad y el resto de acusaciones personadas en la causa deben estar de acuerdo con el trato. Una vez cerrado el pacto entre el acusado y el fiscal, el juez o tribunal competente se asegura de que el primero entiende las consecuencias de lo que ha aceptado y, sin más, dicta sentencia que, en gran parte de los casos, evita el ingreso en prisión del condenado que, además, se compromete a no recurrir. A veces, este tipo de acuerdos sirven para obtener información y delaciones en investigaciones de corrupción o criminalidad organizada. La iniciativa debe partir necesariamente de la defensa del acusado. Nunca del fiscal, en contra de lo que sostenía el bulo difundido por el jefe de gabinete de Díaz Ayuso, Miguel Ángel Rodríguez, en el caso de González Amador.
Una de las críticas que los expertos lanzan contra esta figura es la falta de publicidad. La conformidad se basa en una serie de conversaciones secretas entre el imputado o acusado y el Ministerio Público de las que ambas partes se comprometen a guardar confidencialidad. Eso es lo que, precisamente, se está dirimiendo en la causa abierta contra el fiscal general del Estado en el Supremo por desmentir el bulo difundido desde la Comunidad de Madrid sobre González Amador. El alto tribunal considera que la filtración del correo en el que este último confesó dos delitos fiscales a cambio de no entrar en prisión, al romper esa confidencialidad, podría haber afectado a su derecho de defensa. Hasta ahora solo se ha probado que fue el jefe de gabinete de la presidenta madrileña quien difundió parte de esas negociaciones.
Casos polémicos
Esos tratos en la sombra, sin luz y taquígrafos, sin juicio ni periodistas que puedan seguirlo, han dado lugar a sentencias sorprendentes en los últimos años. Como la dictada por la Audiencia Provincial de Murcia el 3 de mayo de 2022. Un hombre que había violado a una jornalera oral y vaginalmente en la localidad de Archena se libró de la cárcel a cambio de pagar una indemnización de 6.000 euros, las costas judiciales, un curso de educación sexual y cinco años de libertad vigilada con el compromiso de no acercarse a su víctima. Para llegar a esa solución, el fiscal había aceptado calificar esa conducta como agresión sexual en lugar de violación, un delito con una pena inferior. La víctima aceptó el acuerdo.
La polémica generada por esa sentencia se reprodujo ese mismo año en la Audiencia de Málaga, que dejó en libertad a dos policías locales de Estepona que habían violado y abusado sexualmente de una chica de 18 años en estado de embriaguez y a la que habían obligado a consumir cocaína. La Fiscalía pedía inicialmente 30 años de cárcel y 33 la acusación particular en representación de la víctima. Tras las negociaciones entre las partes, el fiscal redujo su petición a dos años por abusos sexuales, la suspensión de la condena, cinco años de libertad vigilada y un curso de educación sexual. Los dos agentes quedaron libres con el consiguiente escándalo porque la chica no quería sufrir la revictimización que le hubiera producido el juicio.
La percepción social de falta de justicia y de discriminación positiva hacia determinados delincuentes también se da en los delitos fiscales, donde Hacienda, representada por la Abogacía del Estado, y el Ministerio Público siempre prefieren cobrar la deuda a castigar al delincuente. Este es el caso de González Amador, cuyos presuntos delitos, si no llegara a un pacto con la Fiscalía y el Estado, podrían suponer su ingreso en prisión. Para evitarlos, su abogado mostró su disposición a confesar sus infracciones penales, pagar la cuota defraudada con sus intereses y la multa que impone el Código Penal.
Una de las causas más escandalosas de este tipo fue la que afectó a los Carceller, dueños de la cervecera Damm, la petrolera Disa y un 13% del gigante de la construcción Sacyr. La fiscalía acusó al padre, Demetrio Carceller Coll, de 13 delitos fiscales con una petición de 48 años de prisión. Para su hijo, Demetrio Carceller Arce, solicitaba 14 años de cárcel como cooperador necesario de su padre, que ocultó su fortuna fuera de España con la ayuda del despacho panameño Mossak Fonseca, el del escándalo de los Papeles de Panamá. Ninguno de los dos pasó un solo día entre rejas después de confesar sus delitos a la Fiscalía Anticorrupción y comprometerse a pagar 93 millones de euros.
Ronaldo, Shakira...
La misma sensación de la existencia de una doble vara de medir para los ricos y famosos gracias a las conformidades se dio con las sentencias de varias estrellas del fútbol. Cristiano Ronaldo pagó 19 millones a cambio de una condena de dos años de cárcel que fue suspendida y algo similar pasó también con otros jugadores como Falcao, Marcelo, Modric, Di María, Coentrao, Carvalho, Alexis o Mascherano, que también evitaron la prisión reconociendo sus delitos fiscales y devolviendo lo defraudado a Hacienda. Para la cantante colombiana Shakira, el Ministerio Público pedía ocho años de reclusión por seis delitos fiscales. Sin embargo, tras llegar a un acuerdo en 2023 y pagar más de 17 millones, la pena se quedó en tres años que se sustituyeron por una multa de 432.000 euros.
Pero las sentencias de conformidad no solo generan polémica por estas enormes reducciones de pena en las que muchas veces, la cantidad de dinero que tenga el encausado juega un papel fundamental. También pueden dar lugar a resultados discriminatorios. "El principio de igualdad también resulta afectado", explica el catedrático de Derecho Penal de la Universidad de Huelva, Juan Carlos Ferré en un artículo, sobre esta institución de origen estadounidense. "Solo a uno de los responsables de dos delitos idénticos se le aplicará menor pena por el simple hecho de no haberse sometido a juicio y aligerar la carga probatoria de las acusaciones y disminuir la tarea de los jueces", añade.
Esa desigualdad es especialmente dañina en los casos en los que hay varios acusados de los que solo algunos pactan. En el juicio del caso Nummaria, en el que el actor Imanol Arias logró evitar su ingreso en prisión tras reconocer cinco delitos fiscales y pagar su deuda tributaria y la multa correspondiente, algunos de los abogados que no alcanzaron el acuerdo o se negaron a firmarlo señalaron al resto de encausados que sí lo hicieron por declarar "a voluntad de las acusaciones", lo que afectaría, según ellos a la presunción de inocencia de sus clientes y a su derecho de defensa.
La conformidad, además, ha dado lugar en algunas ocasiones a situaciones desconcertantes. Por ejemplo, en casos de terrorismo. Los 14 acusados de la Operación Tigris, acusados de formar parte de una organización yihadista, negociaron con la Fiscalía de la Audiencia Nacional para reducir sus penas sin lograr llegar a un acuerdo. El juicio, finalmente, se celebró, pero 10 de los 14 encausados fueron absueltos, algo que no habría sido posible si hubieran logrado pactar.
Pero probablemente, el caso más sorprendente es el del ex consejero delegado del Banco de Valencia, Domingo Parra, que pactó con la Fiscalía y reconoció un delito de administración desleal para conseguir la consiguiente rebaja de penas. Al haber otros acusados, el juicio se celebró, pero la Audiencia Nacional lo absolvió en 2021 al considerar que no había pruebas de la infracción penal que el banquero había confesado.