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La gran paradoja del 21A: un Parlamento más soberanista, una ciudadanía menos independentista

El futuro de Cataluña

El Supremo ignora la renuncia de Forn a su escaño y lo mantiene en prisión porque todavía puede ser conseller

Joaquim Forn, votando en el referéndum del 1 de octubre, cuando todavía era conseller de Interior de la Generalitat.

Fernando Varela

El juez Pablo Llarena no se cree que el exconseller Joaquim Forn no vaya a volver a intentar promover ilegalmente la independencia de Cataluña. El instructor de la causa abierta en el Tribunal Supremo para investigar si los protagonistas del procés independentista catalán cometieron delitos de sedición, rebelión y malversación no da credibilidad al compromiso que Forn ha adquirido de cumplir la ley ni que la renuncia al escaño que obtuvo en las elecciones como candidato de JuntsxCat pruebe su voluntad de mantenerse al margen de cualquier nuevo intento de separar Cataluña de España. Y decide que debe seguir en prisión.

El instructor ignora los argumentos de Forn porque, según afirma, aunque ya no sea diputado, todavía puede ser elegido conseller y, desde ese puesto, contribuir a la la secesión catalana. “La intervención en el delito que se le atribuye”, razona el juez en su auto, “no deriva de haber ostentado la condición de diputado a la que ha renunciado, sino que se desplegó desde una responsabilidad ejecutiva y de gobierno que todavía le es alcanzable”.

El riesgo de que Forn vuelva a cometer alguno de los delitos que se le atribuyen, lo fundamenta Llarena en que aún existen “los motivos que impulsaron la realización del delito, así como de las circunstancias que lo propiciaron”, y en que —en contra de lo que el afectado afirma— todavía conserva el “posicionamiento personal” que el juez le atribuye en relación con la “transgresión de la ley”.

El juez reconoce que la “legítima libertad ideológica” de Forn a la hora de defender la independencia es “constitucionalmente válida”, pero añade a renglón seguido la necesidad de evaluar si esa ideología “posibilita una reiteración del delito”. Sobre todo porque “coexiste con un contexto político en el que no hay certeza de que haya desaparecido la intención de alcanzar la independencia de Cataluña, existiendo todavía sectores que defienden explícitamente que debe conseguirse de manera inmediata y perseverando en el mecanismo de secesión contrario a las normas penales que aquí se enjuicia”.

“Precisamente”, añade Llarena en referencia a Carles Puigdemont, “esta última actitud es la que sostiene quien otorgó en su día la confianza al Sr. Forn para que fuera consejero de Interior, y que encabezó la lista electoral en la que el investigado decidió integrarse hace escasas semanas”.

La “determinación criminal” del exconseller

Para justificar su desprecio al rechazo de Forn a cualquier actuación ilegal, el instructor apela a la supuesta “determinación criminal” en la que, asegura, se basaba el comportamiento del exconseller “hasta hace pocas fechas”.

En el auto en el que rechaza poner en libertad al que fuera responsable de los Mossos durante los últimos meses de mandato del Govern de Puigdemont, el juez se permite incluso especular con la opinión de la mayoría de los ciudadanos de Cataluña, expresada a través del voto a los partidos el 21 de diciembre, al asegurar que no hay certeza de que la “voluntad política mayoritaria sea respetar el orden legal para lograr la aspiración de independencia”. Algo, que asegura, “aun hoy comparte” Forn, lo que sumado a la “determinación” con la que “condujo su grave actuación delictiva” en el pasado, fundamenta la conclusión de “que persiste el riesgo de reiteración delictiva”.

La mayor parte del auto en el que Llarena rechaza poner en libertad al exconseller se extiende en tratar de apuntalar la tesis de que Forn fue clave en la utilización de los Mossos para garantizar la celebración del referéndum del 1 de octubre.

Además de detallar la reciente declaración del coronel de la Guardia Civil Diego López de los Cobos, que coordinó el fallido intento del Gobierno de impedir la votación, el juez considera “sintomático” que Forn fuera nombrado conseller de Interior “tras una crisis de gobierno que vino propiciada por el rechazo de los depuestos a una estrategia de independización unilateral de Cataluña”.

Fue “casi explícito”, dice textualmente Llarena, que el nuevo conseller “proclamara, con ocasión de asumir su cargo, que la función del cuerpo de Mossos d'Esquadra era facilitar una votación que admitió saber que había sido declarada inviable por el Tribunal Constitucional”.

El instructor del Supremo considera también relevante un tuit publicado por Forn al día siguiente “de los graves incidentes surgidos en la Consejería de Economía con ocasión de una actuación judicial tendente a impedir el referéndum” en el que proclamaba: “Votaremos, no nos da miedo”. Como que haya reconocido también la “sugerente paradoja” de haber votado “voluntariamente en el referéndum ilegal que había de impedir”.

La influencia de la situación política

No es la primera vez que los razonamientos de los magistrados del Supremo aluden a la situación política de Cataluña para fundamentar sus decisiones. Los miembros la Sala de los Penal del tribunal ya incluyeron entre los motivos para negar la libertad provisional a los detenidos —Oriol Junqueras, Jordi Sànchez, Joaquim Forn y Jordi Cuixart— referencias a la situación política actual (son “presos que suscitan apoyo incondicional” que pretenden volver a intentar la independencia de Cataluña haciéndose con el Govern gracias al resultado de las elecciones).

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El propio Llarena pospuso recientemente la posibilidad de dictar una orden de detención internacional contra Puigdemont hasta después de la investidura de un nuevo president de las Generalitat. “A un momento —no necesariamente lejano— en el que el orden constitucional y el normal funcionamiento parlamentario no se encuentren en riesgo por una detención que sería lógica en otro contexto”, subrayó hace pocos días.

El instructor ha hecho también consideraciones semejantes en relación con Junqueras, de quien llegó a afirmar que, si saliese de la cárcel, su liderazgo podría volver “a manifestarse con movilizaciones ciudadanas colectivas violentas y enfrentadas al marco legal de nuestra convivencia”.

Como ha hecho ahora Llarena con Forn, al que mantiene en prisión porque según él puede ser nombrado conseller, la Sala de lo Penal del Supremo también negó la libertad a Junqueras por el mismo motivo: se presentó a las elecciones como candidato a la Presidencia de la Generalitat. Aunque “ya no ocupa el cargo de vicepresidente del Gobierno autonómico”, admitieron en sus día los jueces del TS, “su actividad y sus pretensiones políticas pueden situarlo nuevamente en una posición preponderante en el momento de adoptar decisiones” sobre la declaración unilateral de la república catalana.

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