Las maniobras de última hora en el ‘caso Tsunami’ abren la enésima guerra entre la Fiscalía y García-Castellón

Manuel García Castellón, a su llegada a la Audiencia Nacional.

La investigación sobre Tsunami Democràtic, la plataforma impulsada por el independentismo para articular las protestas en la calle contra la sentencia del procès, no es nueva. Es más, lleva cuatro años desarrollándose en el seno de la Audiencia Nacional. Pero en las últimas semanas la causa ha terminado por adquirir un enorme protagonismo a escala nacional. Primero, por la decisión del instructor, Manuel García-Castellón, de poner sobre la mesa, en plenas negociaciones para la investidura, un posible delito de terrorismo vinculado a las protestas en el Aeropuerto de El Prat. Y ahora, por el envío del asunto al Tribunal Supremo. Dos movimientos que han sido recurridos por la propia Fiscalía en el que ya es el enésimo enfrentamiento del Ministerio Público con el titular del Juzgado Central de Instrucción nº6 de la Audiencia Nacional.

A comienzos de noviembre, cuando PSOE e independentistas cerraban los últimos flecos de la futura ley de amnistía, García-Castellón dio un impulso al caso Tsunami dirigiendo sus pesquisas contra el expresident Carles Puigdemont e imputando a la secretaria general de Esquerra, Marta Rovira. Lo hizo a través de un auto en el que, entre otras cosas, dejaba caer la existencia de un delito de terrorismo y la posible vinculación de las protestas en el aeródromo con el fallecimiento como consecuencia de un infarto de un turista francés, una muerte que nunca fue relacionada con estos hechos. Aquella decisión fue tomada por el magistrado sin esperar al informe que él mismo había solicitado a la Fiscalía tres días antes.

El Ministerio Público interpuso recurso de apelación ante la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional. El escrito, firmado por el fiscal Miguel Ángel Carballo, acusa a García-Castellón de forzar la máquina. Así, señala que la investigación "no ha arrojado elementos indiciarios que permitan sostener la existencia de una organización o grupo criminal ni tampoco su carácter terrorista" y tilda de "inverosímil" la "atribución" a los investigados de un fallecimiento al que ni siquiera se hacía referencia en el informe final de la Guardia Civil. En cuanto a Puigdemont, considera que los indicios que "se consignan" resultan "insuficientes", al tiempo que recuerda que en ese mismo documento policial ni siquiera se le dedica un "apartado o capítulo" ni se le atribuyen "hechos concretos".

Pero esta semana García-Castellón ha movido ficha de nuevo. Y lo ha hecho, de nuevo, sin esperar a nadie –la Sala de lo Penal aún no ha resuelto el recurso del Ministerio Público–. El magistrado remitió este martes un escrito al Tribunal Supremo en el que le pide que investigue por un delito de terrorismo al expresident, Rovira y otra decena de personas. En su exposición razonada de motivos, vuelve a situar a Puigdemont "en el vértice más alto de la organización" de Tsunami y pone de nuevo sobre la mesa el fallecimiento del ciudadano galo. E insiste en las "graves consecuencias" que podría haber tenido el "éxito de la acción pretendida" por la plataforma independentista "para la seguridad del tráfico aéreo nacional e internacional".

El escrito, de nuevo, ha sido recurrido por el Ministerio Público. Para el fiscal, García-Castellón incurre ahora en una "flagrante contradicción" con respecto al auto que emitió a comienzos de noviembre. Entonces, recuerda Carballo, el magistrado consideró que no era "procedente" elevar "exposición razonada" al Supremo porque no se había "agotado" aún "la investigación". "De esta manera, la remisión viene a ser una suerte de reforma de oficio de la citada resolución sin fundamento alguno, sin nuevos hechos acreditados y sin que se haya practicado ninguna diligencia que haya recogido nuevos indicios de responsabilidad criminal respecto de los aforados", señala el recurso del Ministerio Público.

Desde que García-Castellón emitió su auto a comienzos de noviembre, la causa ha sumado tres atestados elaborados por los Mossos d'Esquadra en relación con lo acontecido en el Aeropuerto de El Prat el día en el que el Alto Tribunal emitió la sentencia sobre el procés. Los informes recibidos permiten, según el juez, "inferir elementos relevantes en orden a la tipificación como delito de terrorismo". Por ejemplo, el uso de "armas, artefactos y sustancias de similar potencia" –habla de piedras, extintores, carros portamaletas, hierros, vidrios, pirotecnia, palés de obra o vallas–. Unos atestados que, sin embargo, no hacen referencia alguna al ciudadano francés fallecido, al que los servicios médicos pudieron atender de forma inmediata aquella jornada.

La "inaceptable línea roja" en 'Kitchen'

La de Tsunami no es la única causa en la que el Ministerio Público se ha enfrentado al titular del Juzgado Central de Instrucción nº6 de la Audiencia Nacional. De hecho, los tiras y aflojas entre fiscales y magistrado han sido continuos a lo largo de los últimos años. Y Kitchen, centrada en la operación de espionaje parapolicial contra el extesorero del PP Luis Bárcenas para recuperar documentación sensible para la formación conservadora, es un buen ejemplo de ello. Cuando el magistrado puso punto y final a la instrucción, la Fiscalía Anticorrupción recurrió. Y lo hizo a través de un escrito en el que, entre otras cosas, criticaba que no se siguiese indagando para "el total esclarecimiento" de unos hechos que el magistrado circunscribía en exclusiva a la cúpula del Ministerio del Interior.

En aquel recurso, los fiscales se mostraron especialmente duros. Así, calificaron como "precipitada", "extemporánea" e "incomprensible" la decisión de García-Castellón de dejar fuera a la exsecretaria general del PP María Dolores de Cospedal. Y, de hecho, le llegaron a acusar abiertamente de imponer una suerte de "cordón o inaceptable línea roja que no se pudiera traspasar en la investigación". Además, apuntaron a "una posible responsabilidad" del expresidente del Gobierno y afearon al magistrado la intención de "delimitar artificialmente" Kitchen al ámbito de Interior. Pero aquel intento de ahondar en las pesquisas no dio sus frutos. La Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional acabó avalando la decisión del magistrado de poner punto y final a la instrucción.

La "prospectiva" investigación a Podemos y los enfrentamientos en 'Punica'

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También se registraron diferencias en la investigación por la supuesta financiación irregular de Podemos, unas pesquisas que García-Castellón sostuvo sobre una causa abierta en 2016 en base al famoso informe Pisa y que se sostenían sobre las declaraciones del exjefe de la Inteligencia venezolana Hugo Armando Carvajal. En varias ocasiones, el Ministerio Público tildó de "desproporcionadas" y "excesivas" las diligencias que iba ordenando en el marco de la instrucción. Una investigación que, de hecho, la Fiscalía tildó de "prospectiva". "La indefensión de los investigados es total", llegó a decir en uno de sus recursos. Al final, el magistrado dio carpetazo a la causa. Lo hizo por orden de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional.

Constantes han sido también los tiras y aflojas con Anticorrupción en Púnica. En la pieza 9, la de la financiación, las fiscales acusaron por escrito al magistrado de impedir que un testigo clave, Guillermo Ortega, aportase pruebas que, supuestamente, podrían incriminar a la expresidenta madrileña Esperanza Aguirre. "No ha podido realizar dentro del plazo concedido por el instructor su análisis [de la documentación entregada por el Gobierno madrileño] porque el juzgado no ha facilitado que el mismo haya tenido acceso a su ordenador dentro del centro penitenciario donde cumple condena", reprocharon. Este martes, la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional avaló la decisión de García-Castellón de exonerar a Aguirre y a su sucesor, Ignacio González, en la causa.

Y en la pieza 5, centrada en algunos contratos de los Ayuntamientos de Valdemoro, Torrejón de Velasco y Serranillos del Valle, le acusaron de "cambiar de opinión respecto a los indicios del pago de comisiones" de "forma sorpresiva y sin fundamento en nuevas informaciones": "Las referencias a estos hechos en el auto de incoación de procedimiento abreviado son contradictorias con todos los precedentes que sobre estos pagos de corrupción ya había valorado previamente el magistrado como existentes y sólidos". "Más allá de las opiniones de la Fiscalía sobre los cambios de criterio, que carecen de la más mínima relevancia, lo cierto es que la decisión de no incluir la existencia de pagos de dádivas obedece al hecho incuestionable de la falta de indicios al respecto", respondió el magistrado.

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