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    <title><![CDATA[infoLibre - Grapo]]></title>
    <link><![CDATA[https://www.infolibre.es/temas/grapo/]]></link>
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      <title><![CDATA[Estrasburgo avala de nuevo la doctrina española que rechaza descontar a los terroristas el tiempo de condena en el extranjero]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.infolibre.es/politica/estrasburgo-avala-nuevo-doctrina-espanola-rechaza-descontar-terroristas-tiempo-condena-extranjero_1_1174088.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.infolibre.es/clip/7e932b1f-01b3-4bcc-a136-9f8b0d1871c4_16-9-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675" alt="Estrasburgo avala de nuevo la doctrina española que rechaza descontar a los terroristas el tiempo de condena en el extranjero"></p><p>El <strong>Tribunal Europeo de Derechos Humanos</strong> (TEDH), con sede en Estrasburgo, ha avalado este jueves en una nueva sentencia la doctrina de los <strong>tribunales españoles</strong> que rechaza descontar a los terroristas el tiempo de condena cumplido en el extranjero.</p><p>Es la tercera vez que Estrasburgo resuelve sobre la acumulación de penas, siempre de forma favorable al Estado español, a raíz de los <strong>recursos presentados por presos de ETA</strong>, aunque esta vez también había recurrido un exdirigente del grupo terrorista Grapo, Fernando Silva Sande.</p><p>En concreto, concluye en su sentencia que la queja --que presentaron Silva Sande, condenado por el secuestro de Publio Cordón y otros crímenes, y los históricos etarras Juan Luis Aguirre Lete Isuntza y Julián Achurra Egurola, Pototo, ambos condenados por su participación en el secuestro de José Antonio Ortega Lara; Iñaki Bilbao e Idoia Martínez García-- <strong>"debe ser rechazada por ser manifiestamente infundada".</strong></p><p>Al igual que los dos grupos de etarras sobre los que se había pronunciado ya el TEDH, en este caso alegaban vulneración de los artículos 7 y 5 de la <strong>Convención Europea de Derechos Humanos</strong>, relativos a la imposibilidad de aplicar la ley con carácter retroactivo cuando sea perjudicial para el reo y sobre la detención ilegal, que los demandantes relacionan con el hecho de que van a superar el máximo de 30 años en prisión si se tienen en cuenta los años cumplidos en Francia.</p><p><strong>Ninguna razón para apartarse de la jurisprudencia</strong></p><p>Pero aparte de recordar que en España ningún tribunal se ha pronunciado a favor de los recurrentes con respecto a la acumulación de penas, ni la Audiencia Nacional ni el Tribunal Supremo, el TEDH también se fija en esta y en su propia jurisprudencia para no ver <strong>"ninguna razón para apartarse de esta jurisprudencia en este caso".</strong></p><p>Además, los magistrados de Estrasburgo consideran que las negativas a la acumulación de las condenas que dieron en estos casos los tribunales españoles "no alteraron la duración máxima de las penas en España, que<strong> siempre se fijó en 30 años de prisión para cada uno de los solicitantes".</strong></p><p>La sentencia dice que, en cualquier caso, "en el momento en que cometieron los delitos penales y en el momento de la adopción de las decisiones de acumulación y/o límite de las penas, la<strong> legislación nacional no preveía</strong>, en un grado razonable, la <strong>acumulación de sentencias ya cumplidas en otro Estado"</strong>.</p><p>"Los solicitantes no podrían haber creído razonablemente mientras cumplían sus penas de prisión y en el momento de la adopción de la acumulación y el límite máximo de las condenas (la reforma legislativa de 2014), que se tendría en cuenta la duración de <strong>las sentencias cumplidas en Francia</strong> en este límite de 30 años previsto por la Ley penal española", apunta.</p>]]></description>
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      <pubDate><![CDATA[Thu, 29 Aug 2019 08:46:00 +0000]]></pubDate>
      <author><![CDATA[infoLibre]]></author>
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      <title><![CDATA[El TS absuelve a un tuitero de terrorismo por la escasa difusión y el leve impacto de sus mensajes]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.infolibre.es/politica/ts-absuelve-tuitero-terrorismo-escasa-difusion-leve-impacto-mensajes_1_1165547.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.infolibre.es/clip/b927ec55-9524-4544-9b74-dab0c9ff72ac_16-9-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675" alt="El TS absuelve a un tuitero de terrorismo por la escasa difusión y el leve impacto de sus mensajes"></p><p>La Sala Segunda (de lo Penal) del Tribunal Supremo ha anulado la condena de un año de prisión por delito de enaltecimiento del terrorismo, impuesta por la Audiencia Nacional, a un hombre por una serie de tuits que publicó entre 2013 y 2015 <a href="https://www.infolibre.es/noticias/verano_libre/2018/07/20/25_julio_1980_seccion_historia_85267_1621.html" target="_blank">ensalzando a ETA y los GRAPO</a>, al considerar la <strong>escasa difusión</strong> y el leve impacto causado. Informa Europa Press.</p><p>La sentencia, de la que ha sido ponente el magistrado <strong>Andrés Martínez Arrieta</strong>, reprocha al condenado por el "mal gusto de las expresiones" que utilizó <a href="https://www.infolibre.es/noticias/politica/2018/03/13/amnistia_internacional_libertad_expresion_80562_1012.html" target="_blank">en los tuits</a>, en los que también hablaba con desprecio del concejal del PP asesinado por ETA, <a href="https://www.infolibre.es/noticias/politica/2018/08/09/la_reclasificacion_penitenciaria_dos_exmiembros_eta_desata_una_ofensiva_del_contra_acercamiento_presos_pais_vasco_85740_1012.html" target="_blank">Miguel Ángel Blanco</a>, pero opina que el caso debe quedar <strong>fuera del ámbito penal</strong>.</p><p>El tribunal destaca que la desmesura del<strong> contenido de los mensajes</strong> "no alcanza el reproche penal en la medida en que son expresiones aisladas, (cuyo) conocimiento general no resulta de la publicación, sino de la localización posterior, y su divulgación va más allá de la pretensión del emisor", así como por "su escasa difusión y el leve impacto causado", que hace que deba quedar fuera de la tipicidad penal.</p><p>Además, añaden los jueces del Supremo en su resolución, "la llamada a la acción no es real, <strong>no es seria</strong>, en la medida en que la apelación se hace a organizaciones terroristas, felizmente, desaparecidas".</p><p>Entre los<strong> tuits publicados por el acusado</strong>, figuraban algunos como "Todos los de Intereconomía como Miguel Ángel Blanco"; "Me meo en la AVT"; "Quiero un <em>selfie </em>con la nuca de Miguel Ángel Blanco"; "Responder Esperanza Aguirre, Asesina de niños se te queda corta. Que vuelvan los <strong>GRAPO y ETA</strong> y te den tu merecido, escoria"; "Ataques al PP. Lástima que las bombas no estallaron. Y que no hubiera nadie dentro. Espero que al menos esto provoque un efecto llamada"; o "Joder, en vez de tirotear a <a href="https://www.infolibre.es/noticias/cultura/2018/04/30/lo_que_queda_tras_charlie_82238_1026.html" target="_blank">Charlie Hebdo</a> ya podrían haber ido a la redacción del mundo o el país, mucho más productivo".</p><p>El alto tribunal comparte que las frases recogidas no se justifican <a href="https://www.infolibre.es/noticias/politica/2018/12/18/espana_condenada_ocho_veces_por_tribunal_europeo_derechos_humanos_ano_2018_90005_1012.html" target="_blank">en la libertad de expresión</a> y pueden ser tenidas como <strong>afrentosas a la convivencia</strong>, pero al mismo tiempo cree que deben quedar fuera de la tipicidad penal una vez realizada la necesaria ponderación con la conexión con el terrorismo y la valoración de elementos de contexto, de medio empleado, difusión, antigüedad, la afectación social, y también vista la <strong>proporcionalidad </strong>de la pena con la naturaleza del hecho.</p>]]></description>
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      <pubDate><![CDATA[Tue, 18 Dec 2018 15:15:00 +0000]]></pubDate>
      <author><![CDATA[infoLibre]]></author>
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      <title><![CDATA[Huelga de hambre: una medida extrema de protesta con resultados inciertos]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.infolibre.es/politica/huelga-hambre-medida-extrema-protesta-resultados-inciertos_1_1165181.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.infolibre.es/clip/d50da45e-91fa-4cb0-855a-0d5a05ec5f25_16-9-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675" alt="Huelga de hambre: una medida extrema de protesta con resultados inciertos"></p><p>Empujar de forma no violenta tras las rejas para poner fin a una situación que consideran injusta. Con ese objetivo en mente, el expresidente de la Assemblea Nacional Catalana (ANC) Jordi Sànchez y el exconseller Jordi Turull iniciaron hace una semana en la prisión barcelonesa de Lledoners una huelga de hambre, a la que posteriormente se sumaron Joaquim Forn y Josep Rull, para protestar contra la “demora injustificada” del Tribunal Constitucional a la hora de <a href="http://www.infolibre.es/noticias/politica/2018/12/07/recursos_amparo_tribunal_constitucional_89621_1012.html" target="_blank">resolver los 26 recursos de amparo</a> que los líderes independentistas han interpuesto ante el órgano judicial a lo largo del último año. Los cuatro políticos son plenamente conscientes de los <strong>“riesgos y consecuencias” de esta “medida extrema”</strong>. Sin embargo, consideran que no tienen “otra opción” para hacer frente a lo que definen como un <em>bloqueo</em> para que no puedan acceder a la justicia europea. “Es, sencillamente, la única alternativa de que disponemos aquí en prisión para hacer más visible la discriminación y la conculcación de nuestros derechos fundamentales”, apuntaron Forn y Rull en un comunicado.</p><p>La huelga de hambre es uno de los mecanismos de protesta no violenta más habituales entre los presos. Tal y como explica el funcionario del Cuerpo Facultativo de Sanidad Penitenciaria Julio García-Guerrero en un <a href="http://scielo.isciii.es/scielo.php?script=sci_arttext&pid=S1575-06202013000100003" target="_blank">artículo publicado en 2013</a> en la <em>Revista española de sanidad penitenciaria</em>, uno de los “principales aspectos” que caracterizan a este “método de lucha y presión” es la <strong>“necesidad” de obtener “resonancia social”</strong>, algo extremadamente difícil de lograr desde una cárcel o cualquier otro centro de internamiento. A esta primera característica el doctor añade una segunda: el carácter pacífico de la protesta, pues quien que recurre a ella “utiliza como única arma su salud y su vida”, siendo solo él el “único” que puede salir dañado de la <em>batalla</em>. Es, en definitiva, un método de lucha “eficaz” que “coloca a la administración en el compromiso de ceder a la reivindicación” o “ver cómo se amenazan progresivamente” la salud y vida del huelguista.</p><p>Con esta disyuntiva sobre la palestra, a finales de la década de 1980 y principios de 1990 se abrió en España un intenso <strong>debate entre médicos, juristas y Gobierno en torno a la cuestión de la alimentación forzada</strong>. Por aquel entonces, con decenas de presos de los Grupos de Resistencia Antifascista Primero de Octubre (Grapo) manteniendo una huelga de hambre sin descanso, <a href="https://elpais.com/diario/1990/01/16/espana/632444410_850215.html" target="_blank">algunos jueces</a> de vigilancia penitenciaria empezaron a ordenar la asistencia médica obligatoria para evitar la muerte de los reclusos, una medida que avalaba el Ministerio de Justicia. Sin embargo, otros muchos magistrados rechazaron tajantemente recurrir a la alimentación forzada. Fue el caso, por ejemplo, de la actual alcaldesa de Madrid, Manuela Carmena, que en un auto de enero de 1990 señaló que, si bien es necesario informar a los huelguistas de su situación clínica e intentar el tratamiento, “no se podrá utilizar fuerza física” si por su voluntad lo rechazan porque eso <strong>atentaría “contra la dignidad de la persona”</strong>.</p><p>En julio de ese mismo año, y con una resolución de la magistrada Carmena como detonante, el Tribunal Constitucional se vio obligado a zanjar el asunto. Y lo hizo avalando el “derecho-deber de la administración penitenciaria de suministrar asistencia médica a aquellos reclusos en huelga de hambre una vez que la vida de éstos corra peligro”. En una sentencia aprobada por 10 votos a 2, el TC destacaba el “esencial deber” de la administración penitenciaria de <strong>“velar por la vida, integridad y salud” del recluso</strong>, algo que permite “en determinadas situaciones” imponer “limitaciones a los derechos fundamentales de internos que se colocan en peligro de muerte a consecuencia de una huelga de hambre reivindicativa”. Unas limitaciones que, según argumentaba, “podrían resultar contrarias a esos derechos si se tratara de ciudadanos libres”. Por tanto, el tribunal rechazó que se hubiera violado el derecho a la integridad física y moral o que se hubiera atentado contra la libertad ideológica o la intimidad personal, algo que alegaban los recurrentes.</p><p>No obstante, también hubo división en el seno del Constitucional. La resolución incluía el voto discrepante de dos de sus magistrados, que se pronunciaron a favor del amparo solicitado por varios miembros de los Grupos de Resistencia Antifascista Primero de Octubre. Uno de ellos fue Miguel Rodríguez-Piñero, quien argumentó que el deber de la administración penitenciaria de velar por la vida y la salud de los reclusos no puede entenderse <strong>“como justificativa del establecimiento de un límite adicional”</strong> a los derechos fundamentales del interno. El otro, Jesús Leguina, rechazó la “coacción” porque, a pesar de estar dirigida a salvar al interno, “afecta al núcleo esencial de la libertad personal y de la autonomía de la voluntad del individuo, consistente en tomar por sí solo las decisiones que mejor convengan a uno mismo, sin daño o menoscabo a los demás”.</p><p><strong>Los Grapo en la década de 1980</strong></p><p>Los años ochenta fueron especialmente intensos. Después de varias protestas de este tipo mantenidas por los reclusos de los Grapo tras la muerte del dictador Francisco Franco, la primera gran acción colectiva que llevaron a cabo los presos de la organización terrorista se desarrolló en los primeros meses de 1981, coincidiendo justamente con la huelga de hambre que estaban realizando en Gran Bretaña varios miembros del IRA encarcelados –una protesta que llevó a la muerte a Bobby Sands–. La iniciaron algunos reclusos del PCr y los Grapo de la prisión de máxima seguridad de Herrera de la Mancha para <strong>protestar contra el régimen carcelario y los malos tratos</strong> sufridos en el centro, agresiones por las que fueron suspendidos más de una decena de funcionarios durante aquel año. Poco a poco, la protesta se fue extendiendo a otros centros penitenciarios de toda la geografía española.</p><p>El pulso con la administración se mantuvo durante varios meses. Ni una ni otra parte parecía dispuesta a ceder. Entonces, el 19 de junio de 1981, falleció en la ciudad sanitaria La Paz el <em>grapo</em> Juan José Crespo Galende, sobre el que pesaban condenas que sumaban 37 años de cárcel y que llevaba en ayuno 96 días. Junto a él, otros tres reclusos de la organización terrorista se encontraban en ese momento ingresados, uno de ellos con lesiones irreversibles en sus funciones renales, cerebrales, vista y oído. Una semana después del fallecimiento de Crespo Galende, la Dirección General de Instituciones Penitenciarias <strong>aceptó suavizar el régimen carcelario</strong> de los detenidos en Herrera de la Mancha, algo que ya había sido planteado por las autoridades pero que los reclusos habían rechazado mientras no se plasmasen por escrito. La suavización incluía la concesión de unas horas diarias de salida al patio, la posibilidad de ver la televisión o la entrega de alimentos por parte de familiares.</p><p>La segunda gran protesta de este tipo realizada por los encarcelados de la organización terrorista arrancó en noviembre de 1989, cuando 60 de los 82 presos de los Grapo que por aquél entonces estaban en prisión se pusieron en huelga de hambre para protestar contra la política de dispersión del Ejecutivo de Felipe González. El Gobierno decidió entonces que era necesario alimentar la fuerza a los reclusos, una medida que contó con las respectivas autorizaciones judiciales y que terminó llegando al <a href="https://www.infolibre.es/tags/instituciones/tribunal_constitucional.html" target="_blank">Tribunal Constitucional</a>. No obstante, la decisión de suministrar asistencia médica a los huelguistas para preservar su vida no consiguió frenar la muerte en mayo de 1990 de <strong>José Manuel Sevillano</strong>, que falleció después de 175 días de ayuno. La alimentación forzada, además, se cobró la vida del doctor <strong>José Ramón Muñoz</strong>, asesinado por la banda terrorista por prestar asistencia médica a los huelguistas para evitar que fallecieran.</p><p><strong>ETA, De Juana Chaos y Bolinaga</strong></p><p>La huelga de hambre también ha sido un recurso muy utilizado por los presos de <a href="https://www.infolibre.es/tags/temas/eta.html" target="_blank">ETA</a>. En el verano de 1986, por ejemplo, los miembros de la organización terrorista encarcelados en los diferentes módulos de la cárcel de Herrera de la Mancha dejaron de comer para protestar contra el “exterminio y represión” que según ellos sufrían los presos de la banda. Tres años después, se convocó otra protesta, pero esta vez a nivel estatal. Una nueva huelga de hambre, a la que habían sido convocados los más de cuatro centenares de reclusos de ETA, para <strong>exigir el fin de la política de dispersión</strong> del Ejecutivo de Felipe González. La acción, que sólo fue secundada por el 19% de los presos etarras, concluyó diez días después. En un comunicado publicado en el diario <em>Egin</em>, manifestaron que desconvocaban ante las peticiones externas y la “firme convicción” de que la “bandera” por sus “justas reivindicaciones” había sido “recogida en el seno” del pueblo vasco.</p><p>Pero además de esas protestas colectivas, hay otras dos que tienen nombre y apellidos. La que tuvo una mayor repercusión fue la iniciada en noviembre de 2006 por el que fuera miembro del denominado <em>comando Madrid</em> Ignacio de Juana Chaos tras ser condenado por la Audiencia Nacional a doce años y seis meses de cárcel por un delito de amenazas a cinco responsables de prisiones –el Supremo la terminaría rebajando finalmente a tres años–. Un mes después, empezó a ser alimentado por la fuerza. El miembro de ETA, con 25 asesinatos a su espalda, se mantuvo en huelga de hambre hasta el 1 de marzo de 2007, día en el que le fue <strong>concedido el segundo grado penitenciario</strong>. El entonces ministro del Interior, Alfredo Pérez Rubalcaba, aseguró que había tomado “personalmente” esa “decisión controvertida” por “razones legales y humanitarias”. “El riesgo para su vida es muy alto, y de secuelas permanentes es aún mayor”, <a href="https://www.20minutos.es/noticia/207503/0/rubalcaba/dejuana/atenuada/" target="_blank">completó</a> en el Congreso.</p><p>La otra protesta que tuvo gran repercusión fue la que llevó a cabo en el verano de 2013 Iosu Uribetxebarria Bolinaga. Condenado como responsable del secuestro del funcionario de prisiones José Antonio Ortega Lara y por el asesinato de tres guardias civiles, Bolinaga comenzó una huelga de hambre el 8 de agosto para reclamar su puesta en libertad para poder continuar con su tratamiento médico fuera de la cárcel –el preso de la organización terrorista tenía cáncer de riñón con metástasis–. Durante los días siguientes, más de un centenar de presos se sumaron al ayuno, entre ellos el exportavoz de Batasuna Arnaldo Otegi. Finalmente, Instituciones Penitenciarias <strong>concedió el 17 de agosto el tercer grado a Bolinaga</strong>, que puso punto y final a la huelga cuatro días después. A finales de mes, el juez le concedió la libertad condicional, una decisión sobre la que, según dijo el entonces ministro de Justicia, Alberto Ruíz-Gallardón, no había “ningún punto de cesión a presión externa”.</p><p><strong>Los insumisos</strong></p><p>Pero las huelgas de hambre no fueron solo una herramienta empleada por los presos de los Grapo o ETA. <strong>También recurrieron a este método de presión los insumisos</strong>, el movimiento antimilitarista de desobediencia al servicio militar obligatorio que desbordó España a finales de la década de los ochenta de la mano del Movimiento de Objeción de Conciencia (MOC), puesto en marcha tras la muerte de Franco. Para los insumisos fue clave 1989. Ese año, se celebró la primera gran campaña de insumisión en España. Y también el primer juicio militar contra insumisos, en el que Carlos Hinojosa y Josep María Moragriega fueron condenados a trece meses de prisión. Dos acontecimientos que pusieron al movimiento sobre la palestra y que le permitieron coger cada vez más fuerza. Un año después, en 1990, se contabilizaron <strong>más de dos millares de insumisos</strong>, de los que más de un centenar fueron detenidos.</p><p>En este contexto, la huelga de hambre de presos insumisos con mayor repercusión fue la que iniciaron el 29 de abril de 1991 cuatro jóvenes –Asier Sánchez, José Luis Serrano, Carlos Rubén de Diego y Ángel Carrasco– que fueron recluidos diez días antes en la prisión de Alcalá-Meco por manifestar su negativa a realizar el servicio militar obligatorio. Tras varios días en ayunas, fueron trasladados al hospital militar Gómez Ulla, donde fueron abandonando su huelga a medida que se iba decretando su puesta en libertad provisional a la espera de juicio. Durante aquellos días, <strong>el recinto hospitalario se convirtió en el epicentro de las protestas antimilitaristas</strong>. El 13 de mayo, dos centenares de personas se concentraron frente al Gómez Ulla para exigir que soltaran al único joven al que todavía no se había concedido la libertad provisional. Cuatro días antes, dos manifestantes descolgaron en la fachada del hospital una pancarta llamando a la insumisión.</p>]]></description>
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      <pubDate><![CDATA[Sun, 09 Dec 2018 04:00:00 +0000]]></pubDate>
      <author><![CDATA[Álvaro Sánchez Castrillo]]></author>
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      <media:title><![CDATA[Huelga de hambre: una medida extrema de protesta con resultados inciertos]]></media:title>
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      <title><![CDATA[El Gobierno oculta cuánto dinero destina a condecorados por la Policía, entre los que hay miembros de la Brigada Político Social]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.infolibre.es/politica/gobierno-oculta-dinero-destina-condecorados-policia-hay-miembros-brigada-politico-social_1_1164792.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.infolibre.es/clip/a6f57e78-dc41-449b-ab12-505bebbc6513_16-9-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675" alt="El Gobierno oculta cuánto dinero destina a condecorados por la Policía, entre los que hay miembros de la Brigada Político Social"></p><p>El Gobierno de <a href="https://www.infolibre.es/tags/personajes/pedro_sanchez.html" target="_blank">Pedro Sánchez</a> es reticente a hacer público el dinero que el Estado destina a pagar los pluses en las pensiones de los condecorados con medallas policiales, entre los que se encuentran miembros de la Brigada Político Social franquista y conocidos torturadores como <a href="https://www.infolibre.es/tags/personajes/billy_nino.html" target="_blank">Billy el Niño</a> —posee cuatro medallas al mérito policial—, <a href="https://www.infolibre.es/noticias/politica/2018/06/09/cinco_los_expolicias_franquistas_imputados_por_torturas_argentina_ostentan_medallas_83691_1012.html" target="_blank">Jesús González Reglero</a>, que en su momento perteneció a la temida brigada anti-GRAPO, Jesús Martínez Torres o Pascual Honrado de la Fuente —ambos también <a href="https://www.infolibre.es/noticias/politica/2018/06/09/cinco_los_expolicias_franquistas_imputados_por_torturas_argentina_ostentan_medallas_83691_1012.html" target="_blank">imputados por la justicia argentina</a> acusados de torturas—.</p><p>El pasado mes de agosto el senador de <a href="https://www.infolibre.es/tags/partidos/compromis.html" target="_blank">Compromís</a>, Carles Mulet, registró en la Cámara Alta una petición donde solicitaba que la Administración le facilitase una relación de quiénes son los receptores de retribuciones extraordinarias <strong>derivadas de medallas concedidas por la Policía, el Ejército y la Judicatura</strong> desde el 15 de junio de 1977 —día en que se celebraron las primeras elecciones generales tras la muerte de Franco—, y las condiciones en las que éstas han sido otorgadas. Además, Mullet pidió que se especificase la cantidad contemplada en los Presupuestos Generales para estas remuneraciones.</p><p>Este lunes el Gobierno ha remitido un documento de respuesta al senador en el que se informa de que el Estado destina <strong>15.760,16 euros cada mes</strong> al pago de estos honorarios especiales, pero <strong>solo en lo relacionado a miembros del Ejército</strong>, obviando la parte policial y jucicial que Compromís le pedía. También da detalles sobre la cantidad y el tipo de medalla que Defensa ha concedido desde la citada fecha: <strong>2.432</strong> Cruces de la Orden de San Hermenegildo y Constancia, <strong>1</strong> Medalla de sufrimientos por la Patria y <strong>4</strong> Gratificaciones de permanencia en la Guardia Civil.</p><p>En el apartado de los Presupuestos Generales, el Gobierno vuelve a aportar información únicamente sobre las partidas destinadas al Ministerio de Defensa —<strong>no habla de Interior o Justicia</strong>, cuya información también fue instada por Mulet—, y <strong>solo de los últimos cuatro años</strong>. Así, en 2017 y 2018, el Estado presupuestó <strong>400.000 euros</strong> para este fin, frente a los <strong>500.000</strong> de 2016 o los <strong>650.000</strong> de 2015. En el resumen de las cuatro dotaciones, el dinero gastado <strong>siempre fue menor que el presupuestado</strong> —en 2018 se gastaron 174.773 euros—.</p><p>Consulta la respuesta del Gobierno a la solicitud de información de Compromís [PDF]:</p><p><span id="doc_46620"></span></p><p> </p>]]></description>
      <guid isPermaLink="false"><![CDATA[f98ea788-9602-48cd-b6c2-ad26678596e6]]></guid>
      <pubDate><![CDATA[Tue, 27 Nov 2018 08:23:00 +0000]]></pubDate>
      <author><![CDATA[]]></author>
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      <media:title><![CDATA[El Gobierno oculta cuánto dinero destina a condecorados por la Policía, entre los que hay miembros de la Brigada Político Social]]></media:title>
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      <media:keywords><![CDATA[Compromís,Ejército español,Ministerio de Justicia,Policía,Presupuestos Generales Estado,Senado,Francisco Franco,Pedro Sánchez,Billy el Niño,Grapo]]></media:keywords>
    </item>
    <item>
      <title><![CDATA[Las cifras del terrorismo yihadista en España: 105 presos preventivos y 27 condenados en 2017]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.infolibre.es/politica/cifras-terrorismo-yihadista-espana-105-presos-preventivos-27-condenados_1_1161486.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.infolibre.es/clip/29dbb2a0-66a8-406c-99e8-770085e89d52_16-9-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675" alt="Las cifras del terrorismo yihadista en España: 105 presos preventivos y 27 condenados en 2017"></p><p>La Delegación de España en Eurojust tramitó a lo largo de todo 2017 información relativa a <strong>un total de 105 investigados</strong> en situación de prisión preventiva en causas por terrorismo yihadista, una cifra similar a la registrada en 2016 (104 presos preventivos) y sensiblemente superior a la de 2015 (74).</p><p>Según estos datos, dados ha conocer este jueves por el Ministerio de Justicia, el organismo europeo recibió durante el mismo periodo información sobre una veintena de sentencias dictadas por la Audiencia Nacional contra <strong>34 acusados por delitos de terrorismo yihadista,</strong> 27 de los cuales fueron condenados.</p><p>El número <strong>total de sentencias de terrorismo</strong> enviadas a Eurojust en 2017 <strong>ascendió a 50.</strong> De ellas, 20 correspondieron a procedimientos por yihadismo, <strong>29</strong> a causas seguidas contra <strong>acusados de pertenecer a la banda terrorista ETA</strong> y la última se refiere a "otros" actos de naturaleza terrorista.</p><p>Por otra parte, se informó a Eurojust de que el número total de acusados enjuiciados ascendió a 86, de los cuales 68 fueron condenados y 18 resultaron absueltos. Por otra parte, únicamente cinco del total de cincuenta sentencias enjuiciaron hechos que habían causado víctimas.</p><p><strong>La mayoría de los condenados, de ETA</strong></p><p>En 2016, la mayoría de los condenados sobre los que se remitió información a <a href="http://www.eurojust.europa.eu/Pages/languages/es.aspx" target="_blank">Eurojust</a> (<strong>85</strong>)<strong> estaban relacionados con la banda terrorista ETA</strong>; <strong>25 fueron sentenciados</strong> por actos de terrorismo de<strong> inspiración yihadista</strong>; uno de los condenados pertenecía al grupo Resistencia Galega y otro más, a los GRAPO. En 2015, se informó a Eurojust sobre 51 sentencias relacionadas con la organización terrorista ETA; 3 de terrorismo yihadista y una referida a otros tipos de actuaciones terroristas.</p><p>Estas cifras figuran en la Memoria de actividades del Miembro Nacional de España en Eurojust 2017 y forman parte de la información que periódicamente le remiten los corresponsales nacionales para asuntos de terrorismo en una <strong>materia sensible para la seguridad del Estado </strong>y que requiere de una colaboración intensa y eficaz.</p><p>El intercambio de información judicial se realiza cada cuatro meses mediante informes (denominados "fichas") sobre las <strong>sentencias dictadas en delitos de terrorismo por la Audiencia Nacional</strong>; tales informes se actualizan con los pronunciamientos del Tribunal Supremo.</p><p>La obligación de informar a la UE</p><p>Los corresponsales nacionales (en la actualidad, una magistrada y una fiscal de la Audiencia Nacional) tienen la obligación de remitir a Eurojust, a través del Miembro Nacional, información relativa a la <strong>existencia de cualquier investigación o procedimiento judicial </strong>por delitos de terrorismo.</p><p>Se informa en concreto sobre la<strong> identificación de las personas o entidades sujetas a dichas investigaciones</strong>; los <strong>actos objeto de investigación</strong> o enjuiciamiento y sus circunstancias específicas; la <strong>relación con otros casos de delitos de terrorismo</strong>; y las <strong>eventuales actuaciones</strong> que, en materia de cooperación jurídica internacional, se hayan podido cursar en relación con aquellas investigaciones y su resultado.</p><p><strong>Además de las "fichas"</strong> con la información descrita, los corresponsales nacionales <strong>remiten</strong> al Miembro Nacional de España en Eurojust <strong>los autos de prisión provisional</strong> y modificación de la medida respecto a los investigados por delito de terrorismo yihadista, datos éstos que requieren un especial seguimiento y actualización por la naturaleza provisional de las medidas cautelares. A estas informaciones se añaden todas aquellas que sean requeridas de forma expresa por Eurojust y las que, debido a su interés, remitan los corresponsales nacionales por iniciativa propia.</p><p>Los datos son finalmente procesados por un analista de la Unidad Operativa de Eurojust con el <strong>fin de mejorar la respuesta en la lucha contra el terrorismo </strong>y de completar la contribución de Eurojust al informe de Europol sobre la situación y tendencias del fenómeno terrorista en la Unión Europea.</p><p>Según señala la Memoria de Actividades, España es "tradicionalmente, el Estado Miembro que más información facilita respecto de las <strong>contribuciones obligatorias en materia de terrorismo</strong>", según destaca Justicia en su nota.</p>]]></description>
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      <pubDate><![CDATA[Thu, 16 Aug 2018 09:58:00 +0000]]></pubDate>
      <author><![CDATA[infoLibre]]></author>
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      <media:title><![CDATA[Las cifras del terrorismo yihadista en España: 105 presos preventivos y 27 condenados en 2017]]></media:title>
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      <media:keywords><![CDATA[Comandos terroristas,ETA,Europa,Gobierno de España,Terrorismo,España,Grapo,Yihadismo]]></media:keywords>
    </item>
    <item>
      <title><![CDATA[La Audiencia Nacional da un mes a Valtonyc para que acredite la suspensión de condena por el TC o ingrese en prisión]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.infolibre.es/politica/audiencia-nacional-da-mes-valtonyc-acredite-suspension-condena-tc-ingrese-prision_1_1157324.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.infolibre.es/clip/256718ee-00b9-400e-9576-ffdfb73831eb_16-9-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675" alt="La Audiencia Nacional da un mes a Valtonyc para que acredite la suspensión de condena por el TC o ingrese en prisión"></p><p>La Audiencia Nacional ha dictado una providencia en la que da un plazo de <strong>un mes</strong> al rapero Josep Miquel Arenas, conocido como <a href="https://www.infolibre.es/noticias/politica/2018/02/20/el_supremo_envia_carcel_rapero_valtonyc_por_enaltecimiento_del_terrorismo_injurias_corona_75503_1012.html" target="_blank">Valtonyc</a>, para que <strong>acredite la suspensión de condena</strong> por parte del Tribunal Constitucional. En caso contrario, se le requerirá que ingrese en prisión.</p><p>En concreto, la Audiencia ha rechazado la suspensión de condena del rapero al entender que no le compete como órgano sentenciador y, en todo caso, deja esa decisión <strong>en manos del Constitucional.</strong></p>]]></description>
      <guid isPermaLink="false"><![CDATA[c8671fd6-f050-4d96-8aae-36e900289eb0]]></guid>
      <pubDate><![CDATA[Fri, 13 Apr 2018 08:54:00 +0000]]></pubDate>
      <author><![CDATA[infoLibre]]></author>
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      <media:title><![CDATA[La Audiencia Nacional da un mes a Valtonyc para que acredite la suspensión de condena por el TC o ingrese en prisión]]></media:title>
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      <media:keywords><![CDATA[Audiencia Nacional,Felipe VI,Juan Carlos I,Tribunal Supremo,Familia real,Libertad de expresión,Grapo]]></media:keywords>
    </item>
    <item>
      <title><![CDATA[La Audiencia Nacional condena a dos años de cárcel a Pablo Hásel]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.infolibre.es/politica/audiencia-nacional-condena-anos-carcel-pablo-hasel_1_1154520.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.infolibre.es/clip/d0bf96d3-f4d4-419f-8f23-11832081183d_16-9-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675" alt="La Audiencia Nacional condena a dos años de cárcel a Pablo Hásel"></p><p>La Audiencia Nacional ha condenado a <strong>dos años de cárcel</strong> y un día y <strong>multa de 24.300 euros</strong> al rapero Pablo Rivadulla, conocido como <a href="https://www.infolibre.es/noticias/cultura/2014/04/01/la_audiencia_nacional_condena_dos_anos_rapero_pablo_hasel_por_pedir_sus_temas_asesinato_politicos_15268_1026.html" target="_blank">Pablo Hásel</a>, por los delitos de <strong>enaltecimiento de terrorismo</strong>, con la agravante de reincidencia, e <strong>injurias y calumnias</strong> contra la Corona e Instituciones del Estado por ensalzar a figuras de miembros de las bandas terroristas <strong>ETA y GRAPO</strong> en su perfil de Twitter, informa Europa Press.</p><p>Los magistrados de la Sección Primera de la Sala de lo Penal exponen en una sentencia que las publicaciones del condenado suponen una "actuación conjunta, dirigida contra la Autoridad del Estado" y que aluden "a la necesidad de ir más allá en un <strong>comportamiento violento</strong> incluso con la utilización del terrorismo".</p><p>El escrito de la Sala de lo Penal de la Audiencia destaca un tuit de Hásel en 2016 en el que, junto a una foto de la miembro del GRAPO Victoria Gómez, expresaba que "las manifestaciones son necesarias, pero no suficientes, <strong>apoyemos a quienes han ido más allá</strong>". Así, para los jueces este mensaje llama a sus seguidores a "dejar la protesta pacífica".</p><p>La sentencia explica que "se trata de un mensaje que encierra claramente una invitación a realizar una <strong>conducta igual</strong> que la de sus referentes", en relación a los miembros del GRAPO, que es una "<strong>actividad violenta y terrorista</strong> que representa una forma de lucha encomiable  y positiva según su criterio".</p><p>La resolución cuenta con el voto particular de la magistrada <strong>Manuela Fernández de Prado,</strong> que defiende que sus comentarios deben encuadrarse dentro de la <strong>libertad de expresión</strong> y no suponen una manifestación del discurso del odio.</p><p>Pablo Hásel ya fue <a href="https://www.infolibre.es/noticias/cultura/2014/04/01/la_audiencia_nacional_condena_dos_anos_rapero_pablo_hasel_por_pedir_sus_temas_asesinato_politicos_15268_1026.html" target="_blank">condenado a dos años de cárcel</a> por el Tribunal Supremo también por el delito de <strong>enaltecimiento del terrorismo</strong> en 2015 al difundir a través de su canal de Youtube varios temas en los que deseaba que se cometieran atentados contra representantes del PP y PSOE y elogiaba a miembros de los GRAPO, ETA y otros grupos terroristas.</p><p><strong>"Mirad si me arrepiento"</strong></p><p>Hásel ha tardado apenas unas horas desde que se conoció la decisión de la Audiencia Nacional en volver a colocar los mensajes por los que se le condena en Twitter, como protesta por lo que considera una decisión injusta de los<strong> "jueces fascistas"</strong>.</p><p>"Mirad si me arrepiento que ahora mismo procedo a escribir lo mismo por lo que he sido condenado", señala en uno de los mensajes, que continúa con los siguientes enunciados: "<strong>Las presas y presos políticos son ejemplos de resistencia</strong>. Isabel Aparicio —que fue miembro de los GRAPO— fue exterminada por el Estado negándole asistencia médica. La Guardia Civil asesinó a 15 inmigrantes". Una hora después el mensaje contaba con más de mil retuits y más de 2.000 menciones de "me gusta" en Twitter.</p><p>  </p><p>Tras conocer su sentencia, Hásel ha escrito un primer tuit en el que saluda a "la escoria que celebra" su encarcelamiento. "<strong>Sólo darán más voz al mensaje que quieren silenciar</strong>, sólo me van a fortalecer como revolucionario. Esto adelanta el fin de vuestra tiranía", ha expresado.</p><p>A continuación, en otro menaje acusa a los medios de comunicación de mentir asegurando que a él no le han condenado por enaltecer a ETA, aunque "jamás" ha condenado sus acciones. "No me están condenando por esto, <strong>sino por denunciar las torturas</strong> que sufrió un supuesto militante de ETA entre otras cosas".</p><p>El artista dirige un cuarto mensaje a la monarquía y tuitea que <strong>"la familia real son unos parásitos" </strong>y que esta institución "tiene negocios criminales como el tráfico de armas a Arabia Saudí". Añade que "vive a todo lujo a costa de la explotación y miseria ajena" y que la Gurdia Civil "como hasta el Tribunal Europeo ha dicho, ha torturado".</p><p>A juicio del condenado, "ya no es ni una cuestión de opiniones", porque le han impuesto la pena "<strong>por contar hechos objetivos</strong> sobre la monarquía, la policía o los presos políticos". "Aún así, no hace falta compartir todo lo que uno dice para ver que esto (sic) son <strong>injusticias muy graves</strong>", dice el rapero en el mismo mensaje.</p><p>En otra de las entradas, Hásel añade que "si hasta por opinar, si hasta por luchas pacíficas ejercen una brutal represión, que ningún hipócrita se lleve las manos a la cabeza cuando haya quienes ejerzan la autodefensa pasando a mayores". <strong>"Ante una dictadura así, toda lucha es legítima"</strong>, remata en este mismo tuit.</p><p>Recuerda que ha sido condenado a dos años más "otro de pena-multa", lo que suman un total de tres, lo que añadido a los dos que ya tiene "por canciones contra el régimen" suponen cinco años <strong>"preso por delitos de opinión"</strong>. "Pero jamás claudicaré, jamás. Fascistas de mierda", sostiene.</p><p>  </p><p>Tras subir a la red una noticia del diario <em>Público</em> titulada <em>Estos son los 62 tuits y la canción por la que la Fiscalía pide casi 3 años de cárcel para el rapero Pablo Hásel</em>, ése comenta que "si hubiera dicho que catalanes, inmigrantes, antifascistas u homosexuales merecen bombas estaría<strong> protegido por los jueces fascistas </strong>que me han condenado".  Y añade un enlace a la canción sobre el rey Juan Carlos por la que se sentó en el banquillo.</p>]]></description>
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      <pubDate><![CDATA[Fri, 02 Mar 2018 11:44:00 +0000]]></pubDate>
      <author><![CDATA[infoLibre]]></author>
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      <media:title><![CDATA[La Audiencia Nacional condena a dos años de cárcel a Pablo Hásel]]></media:title>
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      <media:keywords><![CDATA[Audiencia Nacional,ETA,X (Twitter),Libertad de expresión,Grapo]]></media:keywords>
    </item>
    <item>
      <title><![CDATA[Pablo Hásel ratifica su apoyo a miembros de ETA y GRAPO: "Son ejemplos de resistencia y eso no cambia aunque me condenen"]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.infolibre.es/politica/pablo-hasel-ratifica-apoyo-miembros-eta-grapo-son-ejemplos-resistencia-no-cambia-condenen_1_1150402.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.infolibre.es/clip/6ccd5960-cf8a-459f-871c-89c69d568745_16-9-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675" alt="Pablo Hásel ratifica su apoyo a miembros de ETA y GRAPO: "Son ejemplos de resistencia y eso no cambia aunque me condenen""></p><p>El rapero <strong>Pablo Rivadulla</strong>, conocido como <a href="https://www.infolibre.es/noticias/politica/2018/01/28/pablo_hasel_enfrenta_dos_anos_nueve_meses_carcel_acusado_enaltecer_eta_injuriar_rey_juan_carlos_74612_1012.html" target="_blank">Pablo Hásel</a>, ha ratificado este jueves en el juicio que acoge la Audiencia Nacional los mensajes publicados en su cuenta personal de <strong>Twitter</strong> en los que ensalzó a figuras de <strong>miembros de las bandas terroristas ETA y GRAPO</strong> y ha defendido que son <strong>"ejemplos de resistencia"</strong> para él y que "eso no va a cambiar" aunque se le condene a prisión.</p><p>El músico, que se enfrenta a una pena de cárcel de <strong>dos años y nueve meses</strong> y multa de 40.500 euros por los delitos de <strong>enaltecimiento del terrorismo</strong> y de <strong>calumnias e injurias contra la Corona</strong> y las instituciones del Estado, ha corroborado durante la vista oral su respaldo a las personas que menciona en sus tuits porque considera que, en calidad de comunista, son "ejemplos de lucha".</p><p>"<strong>¿Yo soy el culpable de que la Policía asesine?</strong> Me limito a relatar hechos objetivos", ha dicho al ser preguntado por sus comentarios en Twitter en los que acusó a la Policía Nacional, de "asesinos" y <strong>"mercenarios de mierda"</strong> y a la Guardia Civil de torturar y disparar a 15 inmigrantes fallecidos en El Tarajal (Ceuta) en febrero de 2014.</p><p>La fiscal Ana Noé también le ha preguntado por sus tuits sobre el exjefe militar de ETA <strong>Joseba Arregi</strong> de quien dijo que había muerto <strong>"asesinado por la Policía"</strong> y por <strong>Isabel Aparicio</strong>, detenida en octubre de 1979 como miembro de los GRAPO y que, a su juicio, fue <strong>"exterminada por comunista"</strong> y que el Estado le negó asistencia médica.</p><p>"Cuando una persona está presa en manos del Estado hay que garantizar el acceso a una asistencia médica digna; en el caso de Isabel no fue así y eso le empujó a la muerte. Yo denuncio que es un exterminio", ha dicho Pablo Hásel que también ha precisado que las <strong>manifestaciones no son suficientes</strong> par conquistar derechos y libertades a pesar de que le gustaría que así fuera.</p><p><em><strong>Los Borbones en pelotas</strong></em></p><p>Al término de la vista oral, la fiscal ha elevado a <strong>definitiva su petición de prisión</strong> y le ha reprochado que "ni la libertad de expresión ni la crítica racional amparan este tipo de comentarios". Además ha precisado que los 62 tuits publicados en su cuenta personal <strong>"son incitadores a la violencia"</strong> ya que no se ha limitado a escribir epítetos sino que ha intentado llevar a cabo una movilización social.</p><p>El letrado de la defensa por su parte ha pedido la <strong>absolución del rapero</strong> y ha enmarcado los comentarios en el derecho la libertad de expresión y creación asegurando que "prácticamente la mitad de la creación artística en España estaría censurada" si se ataca a la sátira "crítica, ácida y mordaz" contra la Corona. <strong>"Es como si a los hermanos Bécquer les censuráramos por su creación de Los Borbones en pelotas"</strong><em>Los Borbones en pelotas</em>, ha dicho el letrado en referencia a una publicación de los poetas que incluía sátiras de la casa real.</p><p>El abogado se refería así a la canción publicada por el acusado en su canal de Youtube el 26 de agosto de 2016 con el título <a href="https://www.infolibre.es/noticias/politica/2017/01/23/el_rapero_hasel_imputado_por_injurias_corona_reconoce_autoria_juan_carlos_bobon_60114_1012.html" target="_blank">Pablo Hasel... Juan Carlos el Bobón</a> que incluye expresiones como "capo mafioso saqueando el Estado español", <strong>"borracho tirano" y "basura mafiosa"</strong>, y por la que se le atribuye el delito de injurias a la Corona y contra las Instituciones del Estado.</p><p>En respuesta, el rapero ha dicho que "medio país piensa lo mismo" y que él se dedica a relatar unos hechos objetivos. "Es público y notorio que el dinero público ha financiado <strong>numerosas juergas</strong> y el <strong>silencio de amantes del rey</strong> emérito como Bárbara Rey, y a mí por relatar eso se me está pidiendo prisión", ha respondido a preguntas de la fiscal del caso a quien le ha dicho que si hay que pedir cárcel para cada medio de comunicación que cuenta esto "no habría suficientes cárceles".</p><p><strong>"Esto es otra inquisición"</strong></p><p>El rapero ha hecho uso del turno de última palabra para insistir ante el tribunal que está "sobradamente probado" lo que dice y que <strong>se está ante "otra Inquisición"</strong>. "Si la Guardia Civil ha asesinado a 15 inmigrantes ¿Qué tengo que decir? Si se venden armas a Arabia Saudí ¿tengo que decir que son para garantizar una vida digna a la población?" ha expuesto.</p><p>Igualmente ha reproducido un tuit de la Policía Nacional con fecha de 2013 en el que decía que expresiones como "Ojalá se mueran (o una bomba) <strong>es una mezquindad, una idiotez pero no es delito"</strong>. "A mí por muchísimo menos que esto se me quiere condenar a prisión. Los límites de los derechos de la libertad de expresión son siempre para los mismos, el error es que yo no sea un fascista que desea bombas a homosexuales o catalanes", ha apostillado.</p><p>El acusado ya fue <a href="http://www.elmundo.es/espana/2014/04/01/533ac8b6ca474151088b4570.html" target="_blank">condenado en el año 2014</a> por la Audiencia Nacional a dos años de cárcel por difundir a través de su canal de Youtube varios temas en los que <strong>deseaba que se cometieran atentados</strong> contra representantes del PP y el PSOE. Además, el Juzgado Penal 3 de Lleida le condenó a una multa de 540 euros por un delito leve de falta de respeto a la autoridad por referirse a Àngel Ros, alcalde de dicha localidad, como "Àngel malparit, et mereixes un tret. T'apunyalaré" ("Àngel malnacido, te mereces un tiro. Te apuñalaré").</p><p>Tanto a su llegada como a la salida de las dependencias judiciales el músico, que cuenta con más de 54.000 seguidores en la red social de Twitter, ha estado <strong>arropado por decenas de seguidores</strong> que le han lanzado gritos de apoyo y que portaban una pancarta con el lema 'Sin libertad de expresión no hay democracia'.</p><p> </p>]]></description>
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      <pubDate><![CDATA[Thu, 01 Feb 2018 11:09:00 +0000]]></pubDate>
      <author><![CDATA[infoLibre]]></author>
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      <media:title><![CDATA[Pablo Hásel ratifica su apoyo a miembros de ETA y GRAPO: "Son ejemplos de resistencia y eso no cambia aunque me condenen"]]></media:title>
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      <media:keywords><![CDATA[Audiencia Nacional,ETA,Injurias,Casa del Rey,Libertad de expresión,Grapo]]></media:keywords>
    </item>
    <item>
      <title><![CDATA[La Audiencia Nacional condena a 30 años de cárcel a dos grapos por el secuestro de Publio Cordón]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.infolibre.es/politica/audiencia-nacional-condena-30-anos-carcel-grapos-secuestro-publio-cordon_1_1149006.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.infolibre.es/clip/7d872253-f931-4e3f-8c89-98c1f8d665bc_16-9-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675" alt="La Audiencia Nacional condena a 30 años de cárcel a dos grapos por el secuestro de Publio Cordón"></p><p>La Sección Tercera de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional ha <strong>condenado a 30 años de cárcel</strong> a los miembros del <a href="https://www.infolibre.es/tags/organizaciones/grapo.html" target="_blank">grupo terrorista GRAPO</a> <strong>José Antonio Ramón Teijelo</strong> y <strong>María Victoria Gómez Méndez</strong> por el <a href="https://www.infolibre.es/noticias/politica/2017/06/30/juicio_oral_contra_dos_grapos_por_secuestro_hace_anos_del_empresario_publio_cordon_67079_1012.html" target="_blank">secuestro del empresario</a> <strong>Publio Cordón</strong> en el verano de 1995.</p><p>El tribunal los considera responsables de un <strong>delito de detención ilegal</strong> sin dar razón del paradero de la víctima, cometido dentro de la <strong>actividad de una organización terrorista</strong>. Los jueces explican que Teijelo y Gómez Méndez se encargaron de custodiar la vivienda de la localidad francesa de Lyon donde permaneció secuestrado el empresario algo menos de un mes.</p><p>Sin embargo, la Sala no ve elemento objetivo alguno que <strong>corrobore la acusación por homicidio</strong>, ya que la búsqueda infructuosa del cadáver de Cordón impide concluir que falleciera de la forma en que describió <strong>Fernando Silva Sande</strong>, el grapo que lleva colaborando en este caso con la Guardia Civil desde 2008.</p>]]></description>
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      <pubDate><![CDATA[Thu, 21 Dec 2017 10:19:00 +0000]]></pubDate>
      <author><![CDATA[infoLibre]]></author>
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      <media:title><![CDATA[La Audiencia Nacional condena a 30 años de cárcel a dos grapos por el secuestro de Publio Cordón]]></media:title>
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      <media:keywords><![CDATA[Audiencia Nacional,Grapo,Terrorismo]]></media:keywords>
    </item>
    <item>
      <title><![CDATA[Juicio contra dos 'grapos' por el secuestro hace 22 años del empresario Publio Cordón]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.infolibre.es/politica/juicio-grapos-secuestro-22-anos-empresario-publio-cordon_1_1142747.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.infolibre.es/clip/83db3163-2ef1-4dde-982c-925e152b4284_16-9-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675" alt="Juicio contra dos 'grapos' por el secuestro hace 22 años del empresario Publio Cordón"></p><p>La Sección Tercera de la Sala de lo Penal de la <a href="http://www.poderjudicial.es/cgpj/es/Poder-Judicial/Audiencia-Nacional/" target="_blank">Audiencia Nacional</a> abrió este viernes <strong>juicio oral</strong> contra los miembros de los Grupos de Resistencia Antifascista Primero de Octubre (GRAPO) José Antonio Ramón Teijelo y María Victoria Gómez Méndez por el secuestro del empresario zaragozano <strong>Publio Cordón</strong>, cometido en junio de 1995.</p><p>En el auto contra el que no cabe recurso, la Sala anunció la apertura de juicio oral contra ambos, <a href="https://www.infolibre.es/noticias/politica/2015/09/24/el_juez_procesa_dos_grapos_por_secuestro_del_empresario_publio_cordon_hace_anos_38125_1012.html" target="_blank">procesados en septiembre de 2015</a> por un delito de detención ilegal. Igualmente rechazó la solicitud de la defensa de Teijelo de que se practique una <strong>pericial caligráfica </strong>de unas inscripciones que se encontraron en un armario de la vivienda de Lyon donde presuntamente tuvieron lugar los hechos.</p><p>Al respecto determinó que esa diligencia podría ser <strong>"perfectamente" solicitada como prueba </strong>en el escrito de conclusiones provisionales.</p><p>Publio Cordón fue secuestrado por miembros de los Grapo y trasladado primero a Vitoria y después a la localidad francesa de Lyon, donde Teijelo había alquilado una vivienda en el número 5 de la Rue de la Batterie, en el barrio de Bron, en la que la banda habilitó un pequeño espacio abuhardillado para <strong>mantener retenido al empresario</strong>, según relató el magistrado de la Audiencia Nacional Juan Pablo González en su escrito.</p><p>El juez entendió que <strong>no existían indicios suficientes</strong> para acusarles de un delito de homicidio por comisión por omisión ni otro de estafa y descartó procesar Manuela Ontanilla y Vicente Sarasa, detenidos junto a Teijelo en julio de 2012.</p><p>González relató que los acusados fueron los <strong>responsables de custodiar a Publio Cordón</strong>, quien, transcurridas dos semanas de cautiverio, sufrió lesiones que le causaron la muerte en circunstancias desconocidas, sin haber sido trasladado a un centro sanitario.</p><p>Tras recibir instrucciones de los jefes de la organización, los tres secuestradores trasladaron el cadáver y lo enterraron en una zona del Mont Ventoux, en el departamento de Vaucluse en la región de la Provenza, "sin que hasta la fecha y pese a los esfuerzos realizados, <strong>haya podido ser localizado el cadáver</strong>".</p><p><strong>Se presentaban como una pareja de profesores </strong></p><p>El magistrado se apoyó en su auto de procesamiento en la versión aportada por el testigo protegido denominado <em>Alfa </em>cuya versión sobre la muerte de Cordón resultó <strong>"verosímil"</strong>, aunque no se pudieran conocer la causa y las circunstancias concretas en las que se produjo el fallecimiento.</p><p>Su testimonio, que permitió localizar en junio de 2012 la vivienda en la que permaneció retenido Cordón, fue <strong>corroborado por la propietaria del domicilio</strong>, que declaró que entre 1993 y 1996 alquiló la casa a una pareja de profesores españoles que respondían a la identidad de "señores Monforte" y que tuvieron que abandonar "precipitadamente" la casa "debido a la enfermedad sobrevenida de la mujer".</p><p>La dueña de la vivienda señaló en una fotografía a Teijelo comentando que "tenía la misma fisionomía aunque era más joven" y aportó un <strong>contrato de seguro para el alquiler de la vivienda</strong> a nombre de José Monforte. A Teijelo se le intervino un documento de identidad a nombre de José Luis Monforte cuando fue detenido en una primera ocasión en octubre de 2005 en Pantin (Francia).</p><p>El testigo declaró que Cordón "había <strong>muerto accidentalmente</strong>, se cayó por un tejadillo en un intento de huida, así como que falleció una semana o dos antes del pago de rescate, lo que precipitó la salida del domicilio del comando situando con ello el fallecimiento a finales de julio de 1995, coincidiendo en el tiempo con la fecha anticipada de rescisión del contrato de seguro".</p><p>La Audiencia Nacional <strong>condenó en noviembre de 1998</strong> a Enrique Cuadra, Concepción González y José Ortín por la desaparición de Publio Cordón. <strong>En diciembre de 2007</strong>, condenó al <em>grapo</em> arrepentido Silva Sande y absolvió a Isabel Llaquet y a Manuel Pérez Fernández, alias<em> camarada Arenas</em>.</p>]]></description>
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      <pubDate><![CDATA[Fri, 30 Jun 2017 15:34:00 +0000]]></pubDate>
      <author><![CDATA[infoLibre]]></author>
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      <media:title><![CDATA[Juicio contra dos 'grapos' por el secuestro hace 22 años del empresario Publio Cordón]]></media:title>
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      <media:keywords><![CDATA[Audiencia Nacional,Grapo]]></media:keywords>
    </item>
    <item>
      <title><![CDATA[El tuitero juzgado por ensalzar a terroristas dice que pidió la libertad del 'camarada Arenas' por "motivos humanitarios"]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.infolibre.es/politica/tuitero-juzgado-ensalzar-terroristas-dice-pidio-libertad-camarada-arenas-motivos-humanitarios_1_1138532.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.infolibre.es/clip/4421a1ea-56c7-4b22-8745-45a891803c7a_16-9-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675" alt="El tuitero juzgado por ensalzar a terroristas dice que pidió la libertad del 'camarada Arenas' por "motivos humanitarios""></p><p>El joven que ha sido juzgado este lunes en la Audiencia Nacional por publicar mensajes en Twitter ensalzando a terroristas ha declarado que pidió la libertad de Manuel Pérez Martínez, uno de los dirigentes de los GRAPO, por <strong>"motivos humanitarios"</strong>.</p><p>Así se ha defendido el acusado, Rubén González González, al ser preguntado por su abogada por un tuit de julio de 2015 en el que publicó una imagen de este miembro de los GRAPO y comentando <strong>"es comunista, no terrorista"</strong>. "Libertad Arenas", añadió después utilizando el alias de Pérez Martínez, <em>camarada Arenas</em>.</p><p>El joven ha manifestado durante el juicio, en el que <strong>sólo ha contestado a las preguntas de su defensa</strong>, que "la legislación dice que una persona en avanzada edad y en mal estado de salud" puede ser puesta en libertad "por motivos humanitarios", razón por la cual ha asegurado que pidió la del grapo, según ha informado Europa Press.</p><p>Además del citado 'tuit', González publicó otros comentarios entre julio de 2015 y enero de 2016 con los que, según la Fiscalía, tenía la "clara finalidad de<strong> ensalzar, justificar y difundir públicamente a personas y actos terroristas relacionados con las organizaciones GRAPO y ETA</strong>". El Ministerio Público, por tanto, ha elevado a definitiva su <a href="http://www.infolibre.es/noticias/opinion/2017/02/25/libertad_expresion_enaltecimiento_injurias_corona_61689_1023.html" target="_blank">petición de dos años y medio de prisión</a>.</p><p><strong>Más de 29.000 seguidores en Twitter</strong></p><p>En un tuit de septiembre de 2015, el acusado, que cuenta con más de 29.000 seguidores en la red social, escribió que "<strong>los únicos que se levantaron frente a la impunidad del estado fascista</strong> y le dieron justa respuesta a esos fusilamientos fueron de los GRAPO".</p><p>En este sentido, se ha defendido indicando que se refería a los "últimos fusilamientos del franquismo", los cuales fueron condenados "en toda Europa", y que <strong>sólo se limitó a "narrar un hecho histórico"</strong>, que es que estos fusilamientos fueron contestados con una acción por parte de los GRAPO.</p><p>En cuanto al tuit de enero de 2016 en el que afirmó que "los derechos de los trabajadores no se obtienen en el Parlamento, <strong>se conquistan luchando en la calle</strong>", González ha explicado que se trataba de una mera opinión y que hacía alusión a "movilizaciones, huelgas o manifestaciones".</p><p>Cita de Pablo Hasél</p><p>El acusado también publicó una foto en Twitter en la que aparecían personas armadas y encapuchadas realizando actos de violencia callejera o kale borroka y sobre la que comentó que "la riqueza de los pobres es oponer resistencia, <strong>ser la pesadilla del burgués que nos desprecia</strong>".</p><p>González ha señalado que se trata de una cita del rapero Pablo Hasél, condenado por enaltecimiento del terrorismo por el <a href="http://www.infolibre.es/noticias/politica/2017/01/23/el_rapero_hasel_imputado_por_injurias_corona_reconoce_autoria_juan_carlos_bobon_60114_1012.html" target="_blank">contenido de sus letras</a> y que<strong> la foto le sirvió para retratar la frase</strong>.</p><p>A pesar de todas estas justificaciones, la Fiscalía de la Audiencia Nacional considera que todos estos comentarios que el joven puso en Twitter <strong>constituyen un delito de enaltecimiento del terrorismo</strong> y por ello ha mantenido su petición inicial de dos años y medio de cárcel y una multa de 14 meses con una cuota diaria de seis euros.</p>]]></description>
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      <pubDate><![CDATA[Mon, 27 Mar 2017 11:36:00 +0000]]></pubDate>
      <author><![CDATA[infoLibre]]></author>
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      <media:title><![CDATA[El tuitero juzgado por ensalzar a terroristas dice que pidió la libertad del 'camarada Arenas' por "motivos humanitarios"]]></media:title>
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      <media:keywords><![CDATA[ETA,Grapo,Terrorismo,Libertad de expresión]]></media:keywords>
    </item>
    <item>
      <title><![CDATA[La policía francesa detiene a una presunta exmiembro de los Grapo por participar en una campaña de extorsión en 1998]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.infolibre.es/politica/policia-francesa-detiene-presunta-exmiembro-grapo-participar-campana-extorsion-1998_1_1131319.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.infolibre.es/clip/c4de5d9b-4f30-444d-93f4-f83c4c8220a3_16-9-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675" alt="La policía francesa detiene a una presunta exmiembro de los Grapo por participar en una campaña de extorsión en 1998"></p><p>Agentes de la Direction Générale de la Sécurité Intérieure (DGSI) francesa, en colaboración con la Guardia Civil, han detenido este jueves en<strong> París</strong> (Francia) a la presunta exmiembro del PCE(r)-<a href="http://www.infolibre.es/tags/organizaciones/grapo.html" target="_blank">Grapo</a> <strong>Manuela Ontanilla Galán,</strong> informó el Ministerio del Interior y recogió Europa Press.</p><p>La supuesta exmiembro del Grapo ha sido arrestada por su<strong> presunta participación en la "campaña de extorsiones a empresarios"</strong> que esta organización terrorista<a href="http://elpais.com/diario/1998/05/27/andalucia/896221335_850215.html" target="_blank"> llevó a cabo durante el año 1998</a> en España.</p>]]></description>
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      <pubDate><![CDATA[Thu, 06 Oct 2016 07:57:00 +0000]]></pubDate>
      <author><![CDATA[infoLibre]]></author>
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      <media:title><![CDATA[La policía francesa detiene a una presunta exmiembro de los Grapo por participar en una campaña de extorsión en 1998]]></media:title>
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      <media:keywords><![CDATA[Francia,Grapo,Grupos terroristas,Guardia Civil,París,Terrorismo]]></media:keywords>
    </item>
    <item>
      <title><![CDATA[La Audiencia Nacional absuelve al líder de Def con Dos de enaltecer el terrorismo]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.infolibre.es/politica/audiencia-nacional-absuelve-lider-def-enaltecer-terrorismo_1_1128738.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p>La Sección Primera de lo Penal de la Audiencia Nacional ha absuelto al músico César Augusto Montaña Lehmann, conocido como <strong>César Strawberry</strong>, cantante del grupo de rap metal<strong> Def con Dos</strong>, del delito de enaltecimiento y humillación a las víctimas por el que la Fiscalía pidió por él <strong>un año y 8 meses de cárcel</strong> tras <a href="http://politica.elpais.com/politica/2016/07/12/actualidad/1468302558_045342.html" target="_blank">el juicio celebrado el pasado martes</a>.</p><p>Se le juzgó por haber difundido en la red social seis comentarios en los que decía<strong> "añorar a los GRAPO"</strong> o que a José Ortega Lara "habría que secuestrarle ahora".</p><p>El tribunal considera que las manifestaciones vertidas en Twitter por el cantante <strong>no encajan en lo que constituye una apología del terrorismo ni provocan el discurso del odio</strong>, en oposición a los argumentos expresados por el<a href="http://www.elmundo.es/espana/2014/08/03/53dd2bf9ca474155388b457f.html" target="_blank"> fiscal Carlos Bautista</a> durante la vista oral.</p><p>En la sentencia los magistrados consideran que el cantante ahora absuelto utiliza un<strong> marcado tono provocador, irónico y sarcástico</strong> en las <a href="https://www.quedeletras.com/letra-blanco-perfecto/def-con-dos/6752.html" target="_blank">letras de sus canciones</a>, "con un<strong> tono crítico con la realidad social y política</strong>, tratando que el público comprenda el sentido metafórico y ficticio que envuelven sus obras, respecto al concepto de fondo siempre de <strong>carácter pacífico y exclusivamente cultural</strong>" .</p><p>Después de analizar todos los mensajes cuestionados, el tribunal concluye que <strong>los hechos no encajan en el Código Penal</strong>. Por su parte, el magistrado Nicolás Poveda firma un voto particular al entender que<strong> el acusado debía haber sido condenado por delito de enaltecimiento </strong>por encontrar discurso del odio en su actuación.</p>]]></description>
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      <pubDate><![CDATA[Tue, 19 Jul 2016 10:33:00 +0000]]></pubDate>
      <author><![CDATA[infoLibre]]></author>
      <media:title><![CDATA[La Audiencia Nacional absuelve al líder de Def con Dos de enaltecer el terrorismo]]></media:title>
      <media:keywords><![CDATA[Audiencia Nacional,ETA,Grapo,Política antiterrorista,Terrorismo,Música,Redes sociales]]></media:keywords>
    </item>
    <item>
      <title><![CDATA[El juez procesa a dos grapos por el secuestro del empresario Publio Cordón hace 20 años]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.infolibre.es/politica/juez-procesa-grapos-secuestro-empresario-publio-cordon-20-anos_1_1117513.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p>El juez de la Audiencia Nacional Juan Pablo González ha procesado a los miembros de los Grupos de Resistencia Antifascista Primero de Octubre (GRAPO) José Antonio Ramón Teijelo y María Victoria Gómez Méndez por el secuestro del empresario zaragozano Publio Cordón en junio de 1995.</p><p>En un auto dictado este jueves, el magistrado los considera responsables de un <strong>delito de detención ilegal</strong>, motivo por el que les impone una fianza de tres millones de euros por las responsabilidades pecuniarias que pudieran derivarse de la causa y les cita para una declaración indagatoria el próximo 14 de octubre.</p><p>El titular del Juzgado Central de Instrucción 3 de la Audiencia Nacional cree que <strong>no existen indicios suficientes para acusarles de un delito de homicidio</strong> por omisión ni otro de estafa, así que descarta procesar de momento a Manuela Ontanilla y Vicente Sarasa, quienes fueron detenidos junto a Teijelo en julio de 2012.</p><p>El auto relata que Publio Cordón fue secuestrado por miembros de los Grapo, trasladado primero a Vitoria y después a la localidad francesa de Lyon, donde Teijelo había alquilado una vivienda en el número 5 de la Rue de la Batterie, en el barrio de Bron, en la que la banda habilitó un pequeño espacio abuhardillado para mantener retenido al empresario.</p><p>El magistrado señala que Ramón Teijelo, Victoria Gómez y Fernando Silva –ya condenado por estos hechos– fueron los responsables de custodiar a Publio Cordón, quien, <strong>transcurridas dos semandas de cuativerio,  sufrió lesiones que le causaron la muerte en circunstancias desconocidas</strong>, sin haber sido trasladado a un centro sanitario.</p><p>Tras recibir instrucciones de los jefes de la organización, los tres secuestradores enterraron el cadáver en una zona del Mont Ventoux, en la región de la Provenza,<strong> "sin que hasta la fecha y pese a los esfuerzos realizados, haya podido ser localizado"</strong>.</p>]]></description>
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      <pubDate><![CDATA[Thu, 24 Sep 2015 15:19:00 +0000]]></pubDate>
      <author><![CDATA[infoLibre]]></author>
      <media:title><![CDATA[El juez procesa a dos grapos por el secuestro del empresario Publio Cordón hace 20 años]]></media:title>
      <media:keywords><![CDATA[Audiencia Nacional,Justicia,Secuestros,Terrorismo,Grapo]]></media:keywords>
    </item>
    <item>
      <title><![CDATA[La Audiencia Nacional imputa a la madre de tres grapos por enaltecimiento del terrorismo]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.infolibre.es/politica/audiencia-nacional-imputa-madre-tres-grapos-enaltecimiento-terrorismo_1_1100641.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p><img src="https://static.infolibre.es/clip/231f8236-d360-49bc-8500-58f04d3ab90a_16-9-aspect-ratio_default_0.jpg" width="1200" height="675" alt="La Audiencia Nacional imputa a la madre de tres grapos por enaltecimiento del terrorismo"></p><p>La <a href="http://www.infolibre.es/tags/instituciones/audiencia_nacional.html" target="_blank">Audiencia Nacional </a>ha imputado por un presunto delito de <strong>enaltecimiento del terrorismo</strong> a la gallega <strong>Josefa Seoane Vaz</strong>, considerada como la <em>matriarca </em>de los GRAPO al ser madre de hasta tres terroristas de la banda, los Cela Seoane, y ser un referente para otros militantes y simpatizantes de la organización criminal, han informado a Europa Press fuentes jurídicas.</p><p>Ha sido el juzgado Central de Instrucción número Uno de la Audiencia Nacional, que dirige el juez <a href="http://www.infolibre.es/tags/personajes/santiago_pedraz.html" target="_blank">Santiago Pedraz</a> el que, a instancias de la Fiscalía, ha decidido la imputación y ha citado a declarar a la mujer, que tiene 75 años de edad. Su declaración la hará por exhorto desde Galicia. En concreto, ha sido citada por el Juzgado de Instrucción número Cinco de A Coruña para el próximo 12 de junio a las 10.30 horas, según las mismas fuentes.</p><p>Se le acusa de <strong>justificar a una banda criminal </strong>como respuesta a una supuesta violencia del Estado y con ello haber <strong>menospreciado a las víctimas</strong>. Por este delito podría ser condenada a hasta dos años de cárcel. "No tengo que pedir perdón. Eso lo tengo más claro que el agua. Cuando los terroristas de Estado me pidan perdón, hablaremos". Así se expresaba 'Pepita' Seoane en una entrevista concedida al diario 'El Mundo' en julio del año pasado.</p><p>Al se preguntada por las víctimas civiles que ocasionaron los GRAPO, la mujer zanjó el tema: "unos hijos de puta". A su juicio, la banda "era una respuesta a la violencia de Estado" y añadió que "la bala te manda para el otro barrio rápido. Pero morir de hambre, no tener pan para un hijo...". También ofreció su versión –que es la oficial de los GRAPO– sobre el secuestro de Publico Cordón: "No digo nada. Lo secuestraron, pagó los millones y no sabemos nada más... había una revista que decía que estaba vivo".</p><p><strong>Nieta, hija y viuda de guardias civiles</strong></p><p>Se da la circunstancia de que Josefa Seoane es nieta, hija y viuda de guardias civiles. Sin embargo, ella y sus hijos <strong>forman la saga con más peso en los GRAPO</strong>. Sus tres hijos Paco, Suso y Carlos acabaron militando en las filas de la banda y pasaron o permanecen en prisión. Ella es responsable de la Asociación de Familiares y Amigos de Presos Políticos, que se encarga del apoyo a los familiares de los presos de GRAPO.</p><p>Además, estaba en<strong> 'Socorro Rojo Internacional'</strong>, una organización de apoyo a los presos que se autodenominan políticos y de la cual era responsable su hijo Carlos, el menor de los tres. Fue detenido en 2008 en una operación contra la banda desarrollada en cinco provincias españolas. Tras aquel arresto de su hijo menor, la mujer declaró estar "rabiosa" por la actuación de los agentes y aseguró que si viviese su marido "esta picoletada se iba a enterar". Su marido falleció hace unos años cuando estaba en la reserva de la Guardia Civil.</p><p>Esta familia regenta además el Bar Faluya en el barrio coruñés do Orzan. En ese lugar se celebran multitud de actos y charlas coincidentes con la ideología de los GRAPO. Las fotos de algunos terroristas de esta banda adornan las paredes del local, donde se han organizado también homenajes de bienvenida a presos que salen de la cárcel.</p><p><strong>Gracias a su madre tras 23 años preso </strong></p><p>Fue el caso del mayor de los hermanos Seoane, Suso, quien tuvo sus <strong>homenajes </strong>cuando el pasado mes de junio quedó en libertad tras 23 años preso. Nacido en Xironda (Ourense) hace 48 años, ya había estado otros cinco años preso entre 1985 y 1990. En su última aparición pública se le pudo ver ejerciendo como anfitrión del etarra Domingo Troitiño a su salida de la cárcel coruñesa de Teixeiro, después de que la Audiencia Nacional anulase la aplicación de la 'Doctrina Parot' que le mantenía en prisión. Cela Seoane encabezaba el grupo de simpatizantes que acudieron a las puertas del centro penitenciario y fue el primero en saludar al etarra.</p><p>Durante un acto de homenaje hacia él que tuvo lugar el 20 de julio en la Plaza del Africano en el barrio coruñés do Orzán, Suso Cela, micrófono en mano, tomó la palabra para <strong>agradecer el apoyo y recordar </strong>a los que "todavía están dentro". "Quiero tener una mención muy especial para cuatro personas, mis hermanos Paco y Carlos, mi compañera que lleva siete años aguantando y sobre todo a mi madre", dijo el 'grapo' entre los aplausos de los presentes, especialmente al mencionar a Josefina Seoane.</p>]]></description>
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      <pubDate><![CDATA[Thu, 01 May 2014 13:44:00 +0000]]></pubDate>
      <author><![CDATA[infolibre]]></author>
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      <media:title><![CDATA[La Audiencia Nacional imputa a la madre de tres grapos por enaltecimiento del terrorismo]]></media:title>
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      <media:keywords><![CDATA[Audiencia Nacional,Grapo,Grupos terroristas,Lucha antiterrorista,Política antiterrorista]]></media:keywords>
    </item>
    <item>
      <title><![CDATA[El juez Bermúdez admite realizar el test de la verdad a Silva Sande]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.infolibre.es/politica/juez-bermudez-admite-realizar-test-silva-sande_1_1100138.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p>El juez de la<strong> Audiencia Nacional Javier Gómez Bermúdez</strong> ha emitido una providencia en la que admite realizar la prueba del <strong>Potencial Evocado Cognitivo</strong>, la P300, también conocida como el test de la verdad, al ex terrorista de los GRAPO, Fernando Silva Sande, siempre y cuanto éste lo acepte y la parte solicitante, la familia, asuma el coste de la misma.</p><p><strong>Silva Sande está condenado a 28 años de prisión </strong>por el secuestro en 1995 del empresario zaragozano Publio Cordón, cuyo paradero aún se desconoce.</p><p>En la providencia, fechada el 10 de abril de 2014 y a la que ha tenido acceso Europa Press, el juez indica que puesto que la P300 tiene una fiabilidad en torno al 90% según los estudios clínicos y "<strong>s</strong><strong>u validez dentro de un proceso es dudosa,</strong> solo procederá la realización de la misma si se hace a costa de la parte solicitante y el penado Silva Sande la acepta voluntariamente".</p><p>El juez ha enviado un escrito al juzgado de Colmenar Viejo, puesto que<strong> Silva Sande se encuentra en el Centro Penitenciario Madrid V en Soto del Real</strong>, para que este le comunique si quiere realizar la prueba.</p><p>Por su parte, la familia de Publio Cordón ha manifestado que estaría dispuesta "<strong>a cubrir los gastos</strong>" de la prueba, cuyo coste se desconoce, con el objetivo de dar luz a lo ocurrido, según han precisado fuentes de la familia a Europa Press.</p><p>El test de la verdad se realiza en el <strong>Hospital Miguel Servet de Zaragoza</strong> bajo la dirección del neurólogo y neurofisiólogo clínico José Ramón Valdizán, quien ha explicado a Europa Press que aplicar esta prueba a Silva Sande requeriría lograr un buen perfil del individuo para obtener una metodología lo más pulcra posible.</p><p>Ha reconocido que es un caso "más problemático" y ha opinado que, de desarrollar la prueba, "<strong>tardaremos más tiempo en hacerla</strong>". Valdizán ha comentado que la fiabilidad de la P300 en el ámbito judicial depende principalmente de la metodología y para elaborarla se requiere de una "buena investigación" para seleccionar adecuadamente y proyectar el tiempo necesario las fotos y frases que se exponen al individuo.</p><p>Esta prueba se utilizó por primera vez para una investigación judicial el pasado 18 de diciembre y se aplicó a Antonio Losilla, que <strong>se halla en prisión como presunto autor de asesinato de su esposa</strong>, Pilar Cebrián, desaparecida en Ricla (Zaragoza) en abril de 2012. El pasado 6 de marzo se sometió a ella Miguel Carcaño, el asesino de la joven sevillana Marta del Castillo, cuyos restos tampoco se han encontrado.</p><p>La P300 es una onda cerebral que extrae de la memoria episódica algún tipo de recuerdo, cercano o lejano a partir de un estímulo, como una foto o una frase. Se llama P300 porque a partir del estímulo, <strong>la onda tarda al menos 300 milisegundos en aparecer.</strong></p>]]></description>
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      <pubDate><![CDATA[Tue, 15 Apr 2014 13:13:00 +0000]]></pubDate>
      <author><![CDATA[infolibre]]></author>
      <media:title><![CDATA[El juez Bermúdez admite realizar el test de la verdad a Silva Sande]]></media:title>
      <media:keywords><![CDATA[Terrorismo,Grapo]]></media:keywords>
    </item>
    <item>
      <title><![CDATA[Un año de cárcel para la joven que pidió en Twitter la vuelta de los GRAPO]]></title>
      <link><![CDATA[https://www.infolibre.es/politica/ano-carcel-joven-pidio-twitter-vuelta-grapo_1_1097688.html]]></link>
      <description><![CDATA[<p>La joven que pidió en Twitter la vuelta de los GRAPO para cometer atentados contra políticos y banqueros y <strong>llevar a cabo "una limpieza de fachas urgente" </strong>no entrará en la cárcel. La Fiscalía de la Audiencia Nacional y su defensa han llegado a un acuerdo de conformidad por el que la chica ha sido condenada a un año de prisión y siete de inhabilitación por un delito de enaltecimiento del terrorismo.</p><p>La joven, de 21 años, no entrará en la cárcel siempre que no vuelva a delinquir, <strong>ya que su pena queda en suspenso</strong>. Así se lo ha advertido el presidente del tribunal, Javier Martínez-Lázaro, durante la vista que se ha celebrado este lunes en la Audiencia Nacional, en el que la procesada ha hecho pública su conformidad con el acuerdo entre su defensa y el Ministerio Público.</p><p>En su escrito de acusación provisional, el fiscal Pedro Martínez Torrijos atribuía a la joven <strong>un delito de enaltecimiento del terrorismo</strong> por difundir en su cuenta, lo que considera como "mensajes de contenido ideológico de elevado carácter radical y violento".</p><p>La joven mantuvo durante varios meses una imagen de fondo con el anagrama de los Grapo y colgó una fotografía en la que salían <strong>44 presos de la organización terrorista,</strong> entre ellos Manuel Pérez Martínez, alias 'camarada Arenas'; Marcos Martín Ponce o Enrique Cuadra Echeandía.</p><p>Además, escribió una veintena de mensajes en los que, según el fiscal, ensalzaba la actividad terrorista. "Que vuelvan los GRAPO... Necesitamos una limpieza de fachas urgente", decía. "Prometo tatuarme la cara de quien le pegue un tiro en la nuca a Rajoy y a De Guindos", escribió en otra ocasión. Y también: "Lo alto que voló Carrero <strong>no es nada en comparación a cómo va a acabar Rajoy</strong> en cuanto estalle la Revolución".</p><p>En otras ocasiones solicitó la libertad del exportavoz de Batasuna Arnaldo Otegi con un mensaje que finalizaba con la proclama "Euskadi Ta Askatasuna", defendió la necesidad de <strong>pasar "por la guillotina" a los Borbones</strong> y a los ministros, y lanzó una petición a la banda terrorista ETA: "Ya que habéis dejado las armas nos las podríais dar, que las necesitamos".</p>]]></description>
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      <pubDate><![CDATA[Mon, 03 Feb 2014 16:47:00 +0000]]></pubDate>
      <author><![CDATA[infolibre]]></author>
      <media:title><![CDATA[Un año de cárcel para la joven que pidió en Twitter la vuelta de los GRAPO]]></media:title>
      <media:keywords><![CDATA[Audiencia Nacional,Grapo,Terrorismo,X (Twitter)]]></media:keywords>
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