Cultura

La RAE considera que la Constitución es "gramaticalmente impecable" pero no se cierra a cambios en el uso del masculino

El director de la Real Academia Española, Santiago Muñoz Machado, este lunes.

"Nuestra conclusión es que [la Constitución Española] gramaticalmente es impecable", decía Santiago Muñoz Machado, director de la Real Academia Española (RAE), en el acto que presentaba el lunes ante la prensa el informe realizado sobre lenguaje inclusivo en la Carta Magna, preparado por la institución a petición de la vicepresidenta del Gobierno, Carmen Calvo. El académico y jurista era claro en la posición de la Academia, que aprobó el informe por unanimidad el jueves pasado: el principal texto jurídico español "se corresponde con el uso extendido y gramaticalmente no hay nada que objetar" y que está redactado "con respeto a los usos habituales del español en 1978 y en 2020". Sin embargo, la institución no se cierra a posibles cambios en el uso del masculino "por razones de visibilización" de los derechos de la mujer, ya que "la RAE no tiene nada que decir a las decisiones de los políticos". 

La Academia subraya que el "masculino inclusivo", el uso de vocablos masculinos para hacer referencia tanto a hombres como a mujeres, es gramaticalmente válido y se usa de manera habitual por la comunidad de hablantes del castellano, por lo que no resultaría necesario modificar sustancialmente la Carta Magna para atender a la igualdad de género. No obstante, propone varias fórmulas de desdoblamiento en cargos hoy señalados solo en masculino —el presidente o la presidenta del Gobierno; quien ostente la presidencia—, realiza algunas puntualizaciones sobre las alusiones al rey y la reina y ofrece alguna posible corrección menor. El informe señala también de manera explícita "el alto valor simbólico" de la Constitución, y las palabras del director descartaban futuros conflictos por el Gobierno si este decidiera desoír sus recomendaciones: "Gramaticalmente el desdoblamiento es correcto, no tendríamos nada que objetar", decía Santiago Muñoz Machado el lunes. "Incorporarlo o no a un texto como la Constitución Española son decisiones políticas que no corresponden a la RAE".

Muñoz Machado se esforzaba durante la comparecencia ante los medios por rebajar cualquier posible enfrentamiento con el Gobierno, que encargó el informe en julio de 2018 para estudiar "la adecuación" de la Carta Magna a un lenguaje "inclusivo, correcto y verdadero a la realidad de una democracia que transita entre hombres y mujeres". La ponencia se terminó, decía el director de la RAE, hace "casi un año", pero la institución decidió ser "prudente" y dejarlo "en deliberación o suspenso" considerando "las sucesivas elecciones y la falta de estabilidad del Gobierno". La RAE envió el informe el viernes a la vicepresidencia, y ese mismo día Muñoz Machado se comunicó con Carmen Calvo, aunque en ese momento la socialista no había podido estudiar aún el texto. Según el académico, en ese momento se acordó con el Gobierno la convocatoria de la rueda de prensa de este lunes. 

El informe tiene 31 páginas, a las que se suman otras 124 en las que se incluye un documento sobre la posición de la RAE sobre el "sexismo lingüístico" y anexos de consultas a la Academia y enmiendas en el diccionario sobre cuestiones de género (consulta aquí el documento completo). La tarea de estudio y redacción del informe se encomendó a cuatro académicos, dos hombres y dos mujeres, que han trabajado durante "meses", decía, con "meticulosidad", y el director quiso añadir que los debates sostenidos en el pleno de la Academia han sido "muy amables, nada controvertidos". El documento estudia uno a uno cada utilización del masculino presente en la constitución, analizando la motivación gramatical del mismo y su adecuación al "uso mayoritario del español en la comunidad hispanohablante", compuesta por 580 millones de personas. El académico ha agradecido a Calvo la petición, "no solo por lo que significa la deferencia" sino porque "la Academia está siempre dispuesta para contribuir al desarrollo que haga falta sobre esa cuestión". 

Un "masculino inclusivo"

El documento comienza preguntándose sobre la expresión lenguaje inclusivo. Según la Academia, el llamado lenguaje inclusivo hace referencia a "aquel en el que las referencias expresas a las mujeres se llevan a cabo únicamente a través de las palabras de género femenino", como en los españoles y las españolas. Pero también sería lenguaje inclusivo aquel que reconoce que los términos en masculino "incluyen claramente en su referencia a hombres y mujeres cuando el contexto deja suficientemente claro que ello es así". En este sentido, la institución es fiel a su doctrina, que ya hizo valer en el Libro de estilo presentado a finales de 2018, y que establece que "no hay razón para pensar" que el uso del masculino genérico "excluye a las mujeres". De este modo, el documento defiende que una expresión como los pasajeros del avión "no invisibiliza a las pasajeras ni es irrespetuosa con ellas, sino que las abarca o las incluye, de acuerdo con el sentimiento lingüístico de los hispanohablantes de todo el mundo".

Así, la Real Academia opina que "carecería de sentido argumentar que las mujeres no están comprendidas" en afirmaciones como "Todos los españoles tienen el deber de trabajar y el derecho al trabajo", "Los ciudadanos tienen el derecho a participar en los asuntos públicos", "Todos tienen derecho a disfrutar de un medio ambiente adecuado" o "La Nación española, deseando establecer la justicia, la libertad y la seguridad y promover el bien de cuantos la integran...". "La Constitución usa el masculino inclusivo con mucha frecuencia, es la manera en que ha entendido el uso del lenguaje inclusivo", explicaba Santiago Muñoz Machado. El uso de términos como los españoles, los ciudadanos, diputados, senadores, parlamentarios, trabajadores, empresarios, niños o electores, según esta interpretación, incluye en ellos también a las mujeres.

Solo en un par de casos considera la Academia que no se usó, en la redacción de la Constitución, el masculino como inclusivo: en el artículo 30.3, cuando asegura que "La ley fijará las obligaciones militares de los españoles" y en el 30.1, que reza "Los españoles tienen el derecho de defender a España". Entonces, puesto que la carrera militar no estaba abierta a las mujeres, el lesgislador podía referirse estrictamente a los hombres españoles, pero los académicos consideran ahora que el mismo cambio de contexto comunicativo ha enmendado la falta de inclusividad de estos preceptos. Incluso cuando esos artículos fueron escritos solo para las personas de género masculino, ahora atañen también a las de femenino. 

"Presidente o presidenta"

No obstante, la Academia no descarta algunos cambios lingüísticos referidos al género en la Constitución. El propio director de la institución señalaba que las expresiones que "plantean el debate más interesante en la actualidad" son aquellas referidas a los cargos o dignidades de Estado, como el presidente del Gobierno o el Defensor del Pueblo, que "poseen o no valor inclusivo en función del contexto sintáctico en el que se encuentran". En estos supuestos, el informe considera que "se puede aludir expresamente en femenino a los cargos únicos o dignidades personales", como la presidenta del Gobierno o la Defensora del Pueblo, pero no por movitaciones "impuestas ni por razones jurídicas ni lingüísticas, sino por razones políticas o sociológicas". Aquí, la Academia reconoce "el alto valor simbólico" de la Constitución, que "hace esperar de ella que establezca de manera firme y categórica la absoluta igualdad de hombres y mujeres (...) e incluso enfatice ese compromiso". 

A este respecto, la Academia presenta varias opciones. Se podría desdoblar los cargos "ocasionalmente" a lo largo del texto, aunque esto podría generar un problema si se considerase que en aquellas ocasiones en las que no se realiza el desdoblamiento las mujeres no estarían incluidas en el enunciado. Se podrían también adaptar las fórmulas utilizadas para que se refieran a hombres o mujeres por igual —quien ocupe la presidencia, o la Corona—, plantea la RAE, aunque esto podría implicar el uso de "reiteraciones y perífrasis". Otra opción que se plantea sería no alterar el texto, ya que los masculinos incluyen también a los cargos femeninos, que presenta inconvenientes lingüísticos según el documento pero que "no tiene en cuenta las consideraciones políticas que aconsejarían dar mayor visibilidad al femenino en la Carta Magna". La Academia subraya también que no le corresponde "elegir entre estas opciones", ya que "no se fundamentan en criterios lingüísticos". 

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Reinas consortes, princesas y madres

La Academia, sin embargo, sí aboga por el uso de fórmulas coordinadas como presidente y presidenta en varios artículos referidos al funcionamiento de la Corona. La palabra reina reina no aparece en la Constitución, señala el informe, haciendo referencia a la titular de la corona, por lo que "desdoblar rey y reina (...) sería pertinentem mucho más considerando que el próximo jefe de Estado tendrá previsiblemente sexo femenino". Por el mismo motivo, se recomienda incluir en la Carta Magna el término princesa, que hoy no aparece, sustituyendo las tres menciones al príncipe de Asturias por fórmulas como el príncipe o la princesa de Asturias. Igualmente, los académicos detectan que, en el artículo 58, se utiliza la siguiente expresión:  "La Reina consorte o el consorte de la Reina no podrán asumir funciones constitucionales, salvo por lo dispuesto para la Regencia". De esta forma, no se le otorga el título de rey consorte al marido de la reina titular, por lo que la Academia recomienda cambiar la redacción de estas líneas en próximas reformas del texto. 

También proponen los académicos una modificación en el artículo 39, referido a la protección de las familias. En el artículo 39.2, se señala: "Los poderes públicos aseguran, asimismo, la protección integral de los hijos, iguales éstos ante la ley con independencia de su filiación, y de las madres, cualquiera que sea su estado civil". En el 39.3, se recoge: "Los padres deben prestar asistencia de todo orden a los hijos habidos dentro o fuera del matrimonio...". Podría parecer que el primero se refiere solo a las madres y el segundo solo a los padres, por lo que el informe propone usar fórmulas menos quívocas, como tanto los padres como las madres, en el segundo caso. Por último, y más allá de las cuestiones de género, se recomienda la sustitución del término disminuido por discapacitado en el artículo 49, por considerar que el primero resulta hoy ofensivo y el segundo es mucho más usado.  

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