Fraude laboral

El trabajo en negro se refugia en el contrato a tiempo parcial

El trabajo 'en negro' se enamora del contrato a tiempo parcial

Los trabajadores a tiempo parcial tenían prohibido hacer horas extraordinarias hasta la reforma laboral de febrero de 2012. Permitirlas es una medida más del Gobierno para estimular el uso de este tipo de jornada, en un intento por alcanzar a otros países de Europa, como Holanda, donde hasta el 48% de los asalariados firma estos contratos. En España no superan el 15%. También está bonificando el Ejecutivo las cuotas a la Seguridad Social de las empresas que contraten a tiempo parcial a menores de 30 años, y no dejará de hacerlo hasta que la tasa de paro caiga por debajo del 15%.

En principio, el acicate ha tenido éxito, si se hace caso a las estadísticas, pero sólo con los contratos a tiempo parcial temporales. Han crecido un 12,8% en el último año, por sólo un 2,65% los de jornada completa. Son ya un tercio de todos los temporales. Para hacerse una idea del boom, basta con recordar que los contratos indefinidos, tanto a jornada completa como parcial, han caído en los últimos 12 meses un 24,2%. Pero los que de verdad se han desplomado son los indefinidos parciales: un 42% en un año.

Detrás de ese auge, sin embargo, los inspectores de Trabajo ven un fenómeno poco deseable: el desplazamiento de la economía irregular a las horas extraordinarias en negro que, sumadas a un contrato a tiempo parcial, equivalen a una jornada completa. Es decir, el empresario que antes no daba de alta en la Seguridad Social a un trabajador, ahora le ofrece un contrato a tiempo parcial a media jornada, por ejemplo, pero le hace trabajar la jornada completa a base de pagarle horas extra que no declara y por las que no cotizan ninguno de los dos.

Un 133% más de jornadas parciales en Baleares

Se trata de una práctica nada inusual en la hostelería y el comercio, precisamente los sectores que más utilizan este tipo de contrato. De hecho, el 89,4% de los ocupados a tiempo parcial trabaja en el sector servicios, según la última Encuesta de Población Activa (EPA). Un ejemplo claro es el de Baleares, una comunidad entregada al turismo. Desde marzo de 2012 hasta mayo de este año, el número de contratos temporales a tiempo parcial se ha disparado un 133%, al pasar de 6.255 a 14.595. Respecto al mes de abril de este año, en mayo –con el inicio de la temporada turística– se firmaron un 37% más de este tipo de contratos en las islas. Y el doble si se comparan con marzo. Mientras, los indefinidos a tiempo parcial caen un 5,3%.

Obtener datos oficiales sobre las horas extraordinarias resulta más complicado. Sobre todo si no se pagan, no se declaran o no se cotiza por ellas. La última Encuesta de Población Activa (EPA) cifra en 5,26 millones las horas extra realizadas en una semana por todos los asalariados españoles durante el primer trimestre del año. De éstas, 3,12 millones fueron horas no pagadas, casi un millón más que las pagadas. La Encuesta Trimestral de Coste Laboral, también elaborada por el Instituto Nacional de Estadística (INE) calcula que los trabajadores a tiempo parcial han hecho sólo 12 minutos de extraordinarias al mes en el primer trimestre. Pero se refiere sólo a horas declaradas y pagadas.

Las extras no cotizan para el paro

Hasta la reforma laboral, únicamente los empleados con contratos a tiempo parcial indefinidos podían hacer las conocidas como horas complementarias, que deben ser pactadas de antemano con el empresario y se cotizan y pagan como las ordinarias. Su límite es el 15% de la jornada, ampliable hasta el 30% si se acuerda así en convenio. Ahora, la ley permite las horas extra tanto para los indefinidos como para los temporales a jornada parcial. El máximo de extraordinarias que puede hacer un asalariado a tiempo completo es de 80 horas al año. Uno a jornada parcial no puede superar el 77% de las ocho horas diarias habituales. No cotizan para contingencias profesionales ni para la prestación de desempleo.

Precisamente es cuando estos trabajadores se quedan en paro y, se dan cuenta de lo exigua de su prestación, el momento en que denuncian, una vez que ya están fuera de la empresa. Los inspectores de Trabajo explican que entonces resulta difícil recabar pruebas de que trabajaban a tiempo completo pese a tener un contrato a jornada parcial. “Y nosotros carecemos de instrumentos para combatir este tipo de prácticas”, se quejan. Es más, en una jornada organizada por la Unión Progresista de Inspectores de Trabajo (UPIT), el subdirector general de la Inspección, Juan José Camino Frías, reconoció que su departamento había preparado una serie de medidas para aumentar el control sobre estos contratos, incluyendo la obligación de fijar horarios, pero que, finalmente, el Consejo de Ministros en que se propusieron los desechó y no llegaron a aprobarse.

Los inspectores presentes le reprocharon al responsable de Empleo que el Gobierno pretenda, como única solución al paro, que “se contrate como sea”, aun en precario. Según un estudio laboral del Gobierno balear, que hizo un seguimiento de empleados contratados a tiempo parcial en junio de 2008, el 43% de ellos se encontraba en el paro en junio de 2010, el 34% seguía a jornada parcial y tan sólo el 14% había conseguido un contrato a tiempo completo. El informe concluye que este tipo de trabajos “reduce la posibilidad de acceder a un empleo a tiempo completo”, por un lado, y genera “un efecto sustitución del trabajo a tiempo completo”, por otro. Perpetúa la precariedad.

Las subvenciones a los contratos no favorecen el acceso de los jóvenes al empleo indefinido

Las subvenciones a los contratos no favorecen el acceso de los jóvenes al empleo indefinido

Falta de alta en la Seguridad Social por un día

También la prioridad que el Ministerio de Empleo de Fátima Bález está dando a las campañas para vigilar las plantillas utilizadas por los hosteleros en “bodas, bautizos y comuniones” mereció las críticas de los inspectores. Sólo en Baleares se destina una quincena de funcionarios a esta tarea los fines de semana, aseguran. Según dijeron, con esos controles los inspectores únicamente pillan “a perceptores del paro que para trabajar sólo un día de camarero en una boda, por ejemplo, no se dan de baja en el Inem”. “Así”, destacan, “se mejora la estadística y se aumenta la recaudación”. Por cada trabajador a quien no haya dado de alta en la Seguridad Social, al empresario se le impone una multa de 3.126 euros, 10.000 euros si el empleado está cobrando al tiempo una prestación. “Se ataca la falta de alta transitoria, pero no la estructural”, resumen los inspectores.

Las horas extraordinarias deben apuntarlas los empresarios en un libro de registro que muchos ni siquiera tienen. La sanción que se les impone en ese caso es sólo de 600 euros. “Muchas gestorías laborales”, confiesa un inspector, “recomiendan directamente a las empresas que se arriesguen con las horas en negro, y paguen los 600 euros, porque saben que sólo tendrán problemas serios en el caso improbable de que el inspector consiga probar que esa extraordinarias se han hecho”.

Más sobre este tema
stats