Lo mejor de Mediapart

El incierto resultado del 'pulso' entre la UE y Polonia

El presidente de Polonia, Andrzej Duda.

En julio, la Comisión de Bruselas endurecía el tono frente a Varsovia, acusada de menoscabar la independencia de la Justicia. No obstante, la eficacia de la ofensiva todavía está por ver: la UE sigue sin contar con instrumentos permanentes para hacer respetar el Estado de derecho en el continente.

La amenaza nunca ha sido tan concreta. Si Polonia confirma su intención de revocar a los jueces del Tribunal Supremo, la Comisión Europea pondrá en marcha “sin demora” un mecanismo que puede terminar en la pérdida del derecho de voto de Varsovia en el seno del Consejo Europeo, el principal órgano de decisión en Bruselas. “La Unión Europea no puede aceptar un sistema que permite revocar a los jueces a discreción”, explicaba Jean-Claude Juncker, presidente del Ejecutivo europeo, en un comunicado publicado el día 26.

No es la primera vez que la UE debe hacer frente al giro autoritario de uno de sus Estados miembros, acusado de menoscabar los “valores comunes” del proyecto europeo y se ve obligada a actuar. La Comisión de Bruselas ya inició un pulso con Hungría, poco después de la llegada al poder de Viktor Orban en 2010. Pero la tensión nunca antes había sido tan fuerte como con la Polonia en manos del PiS (Derecho y Justicia) y con la jefa del Gobierno, Beata Szydlo.

¿Qué textos están en el punto de mira de Bruselas?

Hay cuatro textos que, en caso de que ser adoptados, corren el riesgo de “aumentar la amenaza sistémica en el Estado de derecho”, según la propia Comisión. En resumen, pondrían fin a la independencia de la Justicia polaca. Los dos primeros proyectos de ley, sobre el Tribunal Supremo (cuyos miembros actuales serían revocados) y el Consejo Nacional de la Magistratura (cuyos miembros serían nombrados por los parlamentarios), fueron vetados el lunes 24 por el presidente polaco, Andrzej Duda. Sin embargo, esto no significa que han desaparecido de los radares. Los textos se volverán a debatir en el Parlamento. Algunas de las disposiciones más controvertidas también puede que se recuperen como enmiendas a otras normas.

El tercer proyecto de ley es relativo a la organización de las jurisdicciones de derecho común: éste ya ha sido adoptado por el Parlamento, después validado por el presidente y el pasado día 28 se publicaba en el diario oficial polaco. Por último, la ley que reforma la escuela nacional de la magistratura entró en vigor el 13 de julio. A mediados de julio, la Comisión ya endureció el tono, exhortando a Varsovia a suspender los cuatro textos. El Ejecutivo, entonces, dijo estar “muy cerca” de recurrir al artículo 7 de los tratados. Este artículo, de mala reputación, prevé, en última instancia, la privación del derecho de voto del Estado en cuestión, en particular en las cumbres europeas.

¿Por qué todavía no se ha activado el artículo 7?

El miércoles 26, la Comisión permaneció fiel a su enfoque “gradual”, mezcla de amenazas y mano tendida, como lleva meses haciendo. Tomó dos decisiones, sin llegar a invocar el artículo 7 (nunca, en la historia de la UE, se ha invocado). Primero emitió una recomendación, en la que presenta su preocupación por las reformas de la Justicia. Juncker y su equipo daban a Varsovia un mes para responder. Menos espectacular, también inició un procedimiento de infracción (que el Ejecutivo europeo ejecuta decenas de veces cada mes, en distintos ámbitos) contra Varsovia, relativa a la ley sobre los tribunales de derecho común (la carta de requerimiento fue remitida el 29 de julio).

A mediados de julio, la Comisión parecía a punto de aplicar el artículo 7. Manifiestamente, el veto del presidente polaco, a dos de los cuatro textos problemáticos, ha cambiado las cosas. “Las cosas han cambiado en Polonia”, reconoció el miércoles el neerlandés Frans Timmermans, el número dos de la Comisión, que lleva meses instando al famoso “diálogo informal” con Varsovia. Sin embargo, si nos atenemos a una lectura precisa del artículo 7, la razón por la que sigue sin ser activado es incomprensible.

¿Qué dice exactamente el artículo 7 de los tratados?

Este artículo se describe sistemáticamente, en Bruselas y en la prensa internacional, como “el arma nuclear” de las instituciones europeas: sería antes de nada un instrumento disuasorio, en las negociaciones con los países. Pero el contenido exacto de este artículo (se puede leer aquí) invita a matizar este análisis. Prevé dos situaciones bien distintas (por un lado, el apartado 1; por otro, los apartados 2 y 3). En su primer apartado, prevé que el voto de cuatro quintas partes de los Estados miembros (es decir 22 de 27, si descartamos a Polonia) basta para “constatar que existe un riesgo claro de violación grave por parte de un Estado miembro” valores fundadores de la UE. Este apartado, más bien inofensivo, en realidad, que la Comisión se dispone a activar, en su cara a cara con Varsovia. No se termina de entender por qué este artículo no se ha accionado ya, antes, dada la situación en Polonia.

Los apartados 2 y 3 son más complejos. Se requiere unanimidad (es decir, 27 Estados, a excepción de Polonia) para constatar, ya no un riesgo de violación, sino “la existencia de una violación grave y persistente”. Si se da tal constatación, el Consejo entonces puede “decidir suspender algunos derechos derivados de la aplicación de los tratados al Estado miembro en cuestión”. Por tanto se puede tratar de suspender el derecho de voto de ese país, pero no sólo. En Bruselas, se estudia la forma de sancionar económicamente a Polonia, mediante el bloqueo del pago de los fondos estructurales europeos (Polonia es, de los 28 países, el principal beneficiario del presupuesto europeo, es la que recibe más fondos con relación a su aportación al presupuesto europeo). La mención más bien vaga de estos “derechos”, en el apartado 3, abre quizás una vía jurídica para conseguir bloquear el pago de todo o de parte de estos fondos. En cualquier caso, nada prohíbe que los dirigentes europeos se muestren creativos a la hora de interpretar los tratados, como fueron capaces de hacer, por ejemplo, durante la crisis del euro.

Sea como fuere, la aplicación de los párrafos 2 y 3 parece poco probable, la Hungría de Orban ya ha avisado de que se opondría. Otros países dichos del grupo de Visegrad podría hacer lo mismo. La unanimidad parece difícil. Pero eso no impide, al menos, pasar al apartado 1. Lo que permitiría dejar el enfoque detallista, texto de ley por texto de ley (a través de procesos de infracción), para abrir un debate más general sobre el giro autoritario de Polonia en una próxima cumbre europea (en octubre). “Hay que acabar con esta retórica del arma nuclear, para hablar del artículo 7. El diálogo informal existente desde hace meses ha puesto de manifiesto sus limitaciones y el artículo 7 es el único que puede resolver el problema de forma sistémica”, dice, un funcionario europeo que conoce la cuestión polaca y que prefiere permanecer en el anonimato.

¿Por qué no se toman medidas contra Hungría?

Resulta difícil de entender: si a la Polonia de Derecho y Justicia finalmente se le aplica el artículo 7, ¿por qué no se hace también con la Hungría de Fidesz, que aplica más o menos las mismas políticas y desde hace más tiempo? Hay varios procesos europeos abiertos contra Hungría (proyecto de reforma del sistema educativo o sobre la política de represión de las ONG), pero el artículo 7 no parece de actualidad .

Desde la Comisión, se explica que no se pueden analizar varios Estados a la vez y que hay que respetar las especificidades de cada país. En Bruselas, off the record, muchos creen que la explicación es otra. En el Parlamento Europeo, el PiS polaco pertenece al grupo del ECR, el de los conservadores británicos de Theresa May. En cuanto al Fidesz de Orban, todavía es miembro del PPE , el primer grupo del hemiciclo, al que pertenece la CDU alemana o Los Republicanos de Francia. También es la familia política de la mayoría de los comisarios europeos, entre ellos Jean-Claude Juncker. Por lo tanto, para la Comisión, es mucho más fácil, endurecer el tono sobre el PiS polaco que sobre el Fidesz húngaro.

El 26 de julio, el Ejecutivo europeo volvió a lanzar la batalla con los países de Visegrad, entre ellos Hungría, por otro asunto, el de la relocalización de los migrantes en el seno de los 28. Polonia, Hungría y República Checa se niegan a aceptar “su” cuota de refugiados y a aplicar una decisión del Consejo Europeo. Después de haber abierto procesos de infracción a estos tres países por “no respetar sus obligaciones jurídicas”, el Ejecutivo europeo les ha enviado un dictamen razonado, tal y como prevé la segunda etapa del proceso. Las autoridades de los tres países tienen un mes para responder a este dictamen. A falta de respuesta juzgada satisfactoria, la Comisión podrá recurrir al Tribunal de Justicia de la UE.

¿Repensar la “vigilancia política” de los Estados de la UE?

Aunque la UE está dotada, en virtud del Tratado de Maastricht, de instrumentos variados –y constatados– para vigilar y coordinar la política económica de sus Estados miembros, en cambio no existe mecanismo ninguno que permita garantizar que sus miembros, una vez en la UE, sigan respetando el Estado de derecho (los criterios de Copenhague que un país debe cumplir cuando quiere entrar en el club de la UE). En un informe de 2013, el exdiputado Rui Tavares abogaba por la creación de un grupo de sabios europeos, encargado de este seguimiento político bastante delicado. En 2016, se adoptó una resolución en Estrasburgo, que amplía el trabajo de Tavares y defiende la creación de un mecanismo de la UE “para la democracia, el Estado de derecho y los derechos fundamentales”. Para la UE, la crisis polaca acentúa un poco más la urgencia a la hora de concretar estos trabajos. Siempre que responda a una cuestión delicada: ¿hasta dónde pueden inmiscuirse las instituciones europeas en la política interior de sus Estados miembros? ______________

Hasta 23 ciudades pugnan por hacerse con la agencias de la UE que saldrán de Londres con el 'Brexit'

Hasta 23 ciudades pugnan por hacerse con la agencias de la UE que saldrán de Londres con el 'Brexit'

Traducción: Mariola Moreno

Leer el texto en francés:

Más sobre este tema
stats